pliego de condiciones pr-2014-040

AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
PROCESO DE CONTRATACIÓN POR SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS A
TRAVÉS DE PUBLICACIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN CORPORATIVO
www.aguasdeuraba.com
PR-2015-040
PLIEGO DE CONDICIONES PARA:
COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA, TAMBIÉN LLAMADA DE
POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O “QUICK CAM” PARA INSPECCIONAR
REDES DE ALCANTARILLADO
MAYO DE 2015
PLIEGO DE CONDICIONES ........................................................................................ 4
1.
INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES .................................................... 4
1.1. Información General ............................................................................................ 4
1.2. Definición de términos ....................................................................................... 11
1.3. Instrucciones preliminares ................................................................................. 13
2.
PROPUESTA .................................................................................................... 15
2.1. Proponentes ...................................................................................................... 15
2.2 Contenido y documentos de la propuesta .......................................................... 20
2.3. Costos de elaboración de la propuesta .............................................................. 26
2.4. Entrega de la propuesta - fecha y ampliación .................................................... 26
2.5. Retiro o modificación ......................................................................................... 27
2.6. Validez de la propuesta ..................................................................................... 27
2.7. Declaraciones del proponente y/o contratista. ................................................... 27
2.8. Autorización de verificación de listas y de base de datos................................... 29
2.9. Indemnidad. ....................................................................................................... 29
2.10. Rechazo y eliminación, desviaciones y reglas de subsanabilidad. ..................... 30
2.11. Formularios........................................................................................................ 33
3.
EVALUACIÓN ................................................................................................... 60
3.1 Ajuste económico .............................................................................................. 60
3.2. Aspectos técnicos .............................................................................................. 60
3.3. Ponderación....................................................................................................... 60
3.3.2. Valor. ................................................................................................................ 63
3.5. Puntaje total y comparación de las propuestas: ................................................. 63
3.6. Propuestas elegibles ......................................................................................... 64
3.7. Informe de análisis y conclusiones .................................................................... 64
3.8. Negociación directa ........................................................................................... 65
3.9. Suspensión del proceso..................................................................................... 65
3.10. Aceptación de la oferta o declaratoria de desierto del proceso .......................... 66
3.11. Terminación del proceso.................................................................................... 66
4.
CONTRATO ...................................................................................................... 67
4.1. Perfeccionamiento del contrato.......................................................................... 67
4.2. Deber de información ........................................................................................ 67
4.3. Garantías y seguros ............................................. ¡Error! Marcador no definido.
4.4. Formalización .................................................................................................... 70
4.5. Documentos del contrato ................................................................................... 71
4.6. Propiedad de los trabajos y confidencialidad de la información del contrato ...... 71
4.7. Protección de información personal. Indicar N.A. si no aplica ............................ 72
4.8. Legalidad del software ....................................................................................... 73
4.9. Extensión de las condiciones contractuales a otras empresas del Grupo
Empresarial EPM. .............................................................................................. 74
4.10. Opción de compra ............................................................................................. 74
5.
EJECUCIÓN ...................................................................................................... 75
5.1. Orden de inicio .................................................................................................. 75
5.2. Administración ................................................................................................... 75
5.3. Cumplimiento..................................................................................................... 85
5.4. Cláusula penal ................................................................................................... 85
5.5. Descuentos operativos y medidas de apremio provisionales ............................. 86
5.6. Suspensión ........................................................................................................ 89
5.7. Reclamaciones .................................................................................................. 89
5.8. Cláusulas excepcionales. ..................................... ¡Error! Marcador no definido.
5.9. Vigencia ............................................................................................................. 90
6.
TERMINACIÓN ................................................................................................. 92
6.1. Aceptación técnica............................................................................................. 92
Compraventa
mayo 05 de 2015
Proceso de contratación PR-2015-040
2
6.2.
6.3.
6.4.
7.
7.1
7.2
7.3
Devolución de la mercancía ............................................................................... 92
Acta de terminación ........................................................................................... 92
Terminación anticipada del contrato .................................................................. 93
ANEXO TÉCNICO ............................................................................................. 96
Generalidades ................................................................................................... 96
Características de los bienes. ............................................................................ 96
Plan de Calidad .................................................... ¡Error! Marcador no definido.
Compraventa
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Proceso de contratación PR-2015-040
3
PLIEGO DE CONDICIONES
1.
INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES
1.1. Información General
Las personas interesadas en el proceso de contratación, por solicitud pública mediante
el Sistema de Información Corporativo www.aguasdeurabá.com , cuyo contenido y
reglas fija el presente pliego de condiciones, deberán evaluar su capacidad para
participar teniendo en cuenta lo aquí estipulado. Para el efecto, se fijan, a
continuación, las condiciones básicas que delimitan el marco general en el cual se
desarrollará el proceso tanto desde la determinación de la competencia de la empresa
para abrirlo, como en cuanto a su alcance y las obligaciones que asumen quienes en
él participen.
Código de conducta para proveedores y contratistas
Coherentes con el direccionamiento estratégico de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, y
con el objetivo de establecer criterios de conducta para sus proveedores y contratistas
en aspectos legales, éticos, ambientales, sociales y de gobierno, como expresión de la
cultura corporativa y del concepto de empresa extendida, AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P teniendo en cuenta su evolución implementa el Código de Conducta para
Proveedores y Contratistas, tendiente a que cada proveedor y contratista garantice
que sus empleados, representantes y grupos de interés comprendan y cumplan sus
lineamientos relacionados con Derechos Humanos, estándares laborales, protección
de la información, calidad y medioambiente, corrupción y soborno.
Políticas y principios de Responsabilidad Social Empresarial
En los procesos de contratación de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, se observarán los
siguientes principios y políticas:
Principio de comportamiento responsable en la contratación
Las relaciones de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P con sus contrapartes contractuales
estarán basadas en el reconocimiento y seguimiento de las reglas y principios de la
ética y la ley y, en consecuencia, en un ambiente de respeto y confianza que genere
valor para las partes y para la sociedad en general.
El principio de comportamiento responsable implica para las partes, los siguientes
compromisos:
• Mantener relaciones basadas en el respeto mutuo y el de todos los involucrados con
el desarrollo de la relación contractual, incluyendo el respeto por las diferencias.
• Fomentar un ambiente de confianza y abstenerse de realizar acciones
malintencionadas o que atenten contra el buen nombre y la reputación de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P, los competidores en el proceso, el sector y el país.
• Mostrarse dispuesto a participar de un diálogo abierto, trasparente y respetuoso de
las normas vigentes y aplicables a la relación y a las actividades de cada uno.
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Proceso de contratación PR-2015-040
4
Anticorrupción y Transparencia
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011 “Nuevo Estatuto
Anticorrupción”, reglamentado por el Decreto 2641 de 2012, las empresas del sector
público deben propender por el rechazo de las prácticas corruptas y delictivas en
general; prevenir y combatir el fraude, el soborno, la extorsión y otras formas de
corrupción.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, comprometida con los programas que se impulsan
para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la administración, y en
desarrollo de los principios que rigen su contratación; está interesada en garantizar la
absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección
objetiva de sus contratistas.
Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vincule o
pueda vincular a sus servidores en prácticas o actos indebidos para el favorecimiento
de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas, solicita se denuncie todo acto
indebido en el canal dispuesto por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P ubicado en la
página web [email protected] de igual manera está dispuesta la línea de
control interno: 828 66 57 ext. 110.
La información registrada será manejada con la más alta discreción.
Sostenibilidad
Entendiendo la importancia de sumar voluntades en pro de la sostenibilidad, las partes
propenderán por el equilibrio entre el desarrollo empresarial y el impacto en su
entorno buscando lograr condiciones económicas, sociales y ambientales que
favorezcan la permanencia y el desarrollo de las empresas en una relación de
beneficio mutuo con la comunidad.
Directriz de Conducta Transparente
Con el fin de fortalecer los lazos de confianza entre AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y
sus grupos de interés, en adelante, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P solo recibirá
objetos promocionales de marca como práctica normal de las relaciones comerciales
con clientes, usuarios, proveedores y contratistas.
Política Institucional de Derechos Humanos
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P respeta, cumple y promueve el acatamiento de lo
consagrado en la Carta Universal de los Derechos Humanos y sus protocolos,
convenciones y pactos vinculantes, incluidos el Derecho Internacional Humanitario y lo
dispuesto por la Constitución Política y el marco legal colombiano y espera que sus
contratistas se alineen con dichos preceptos.
Compraventa
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Proceso de contratación PR-2015-040
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Objetivo del contrato
Mediante el contrato, que se entiende perfeccionado una vez ha sido comunicada al
proponente la aceptación de su oferta, se vinculará a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P en adelante: AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P - y al “contratista - en adelante: EL
CONTRATISTA -, se fijan las condiciones de carácter legal, económico, material y
demás de cualquier tipo que ambos – a quienes en conjunto, se denomina LAS
PARTES -, consideraron necesario definir para llevar a cabo las actividades con las
cuales se cumpla con el “objeto” del contrato.
En consecuencia, salvo previsión de norma superior en contrario, las labores,
actividades, obligaciones y derechos que LAS PARTES adquieren entre sí o frente a
terceros con motivo de la vinculación mediante este contrato, se guiarán y someterán
en primer lugar a lo aquí pactado, interpretado a partir de los respectivos propósitos de
los contratantes y con aplicación del principio y criterio de la “buena fe”.
1.1.1 Descripción general del proceso
Este documento constituye el pliego de condiciones con base en el cual AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S. inician el proceso de selección o escogencia del contratista que, en
las condiciones y con los requisitos que aquí se describen, ejecute las acciones que se
determinan en los numerales 1.1.2 y 1.1.3 que definen el “objeto” y el “alcance” dentro
de este pliego de condiciones.
En el proceso podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos que se
indican en este mismo pliego y se encuentren en condiciones legales, económicas y
materiales de cumplir con el “objeto” y el “alcance” aquí señalados.
De entre quienes participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos,
criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las
correspondientes condiciones, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P seleccionará a quien
ofrezca las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo
jurídicamente en calidad de “CONTRATISTA”.
Efectuada la selección y aceptada la oferta correspondiente mediante la comunicación
respectiva al proponente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del
contrato, y una vez obtenida, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y “EL CONTRATISTA”
darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados
y siempre dentro del marco de la ley colombiana. En casos especiales, debidamente
justificados se podrá ordenar a “EL CONTRATISTA” el inicio de ejecución del contrato
una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización, de
conformidad con lo establecido en el Decreto 003 de 2015.
1.1.2. Objeto del contrato
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P está interesado en celebrar un contrato de
compraventa para: “COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA,
TAMBIÉN LLAMADA DE POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O “QUICK CAM”
PARA INSPECCIONAR REDES DE ALCANTARILLADO”.
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Proceso de contratación PR-2015-040
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Servicios adicionales: Capacitación, mantenimiento correctivo y/o preventivo.
1.1.3. Alcance y lugar de entrega
Alcance: El presente proceso de contratación está conformado por los siguientes
ítems:
ítem Descripción
1
2
Suministro de cámara de inspección rápida, también llamadas de
poste (Pole Camera), de pértiga o “Quick Cam” para inspeccionar
redes de alcantarillado Dicho sistema deberá contener como
mínimo los siguientes elementos:
- Un (1) Módulo de cámara con zoom óptico y zoom digital, sensor
y estabilizador de imagen y sistema de iluminación.
- Una (1) pértiga o varilla telescópica, con longitud mínima de 1.40
metros hasta 7.30 metros, sin incluir tramos adicionales.
- Una (1) caja para transporte.
- Una (1) Unidad de memoria para almacenamiento y su
adaptador
- Un (1) Manual en español
- Un (1) Cable de conexión a video.
- Una (1) Tarjeta de memoria tipo USB
- Un (1) Monitor para visualización con su cargador
- Un (1) Chaleco porta baterías y su cargador
- Una (1) Unidad de control y mando para reproducir y capturar las
imágenes y datos de la cámara.
- Un (1) día de capacitación al personal de operación y
mantenimiento en manejo y operación del equipo.
- Mantenimiento preventivo y/o correctivo semestral del equipo de los
sistemas de inspección y diagnóstico de redes de alcantarillado
mediante cámara para inspección rápida, también conocida como
“pole camera”, cámara de poste, de pértiga o “quick cam” (No incluye
el suministro de repuestos) en las instalaciones del contratista.
Und
Cant
UN
1
UN
1
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA O PROVEEDOR:
El contratista se obliga durante la vigencia del contrato a:
• Entregar la compra en el lugar establecido por la orden de pedido.
• Retirar, cambiar y entregar aquel equipo que presente fallas de calidad o
incumplimiento en las normas técnicas establecidas en el pliego de condiciones,
a su costa.
• Entregar los elementos que sea necesario cambiar dentro de los diez (10) días
siguientes al requerimiento realizado por parte de Aguas de Urabá S.A E.S.P
• Suministrar los elementos siguiendo las especificaciones técnicas.
• El transporte y la entrega del equipo es responsabilidad del contratista, si este lo
va a entregar directamente deberá presentar la seguridad social de las personas
que realizarán los descargues, o si contrata el servicio de mensajería para la
entrega del equipo, deberá hacerlo con una empresa legalmente constituida y
especializada en servicio de transporte.
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Proceso de contratación PR-2015-040
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• Entregar los elementos solicitados con el cumplimiento de todas las
especificaciones técnicas requeridas en el pliego de condiciones y garantizar la
calidad de estos.
• Garantizar que todos los elementos suministrados son nuevos.
• Mantener los precios ofrecidos durante la vigencia del contrato.
• Cumplir con el pago oportuno de las obligaciones frente a los sistemas de
seguridad social y parafiscales.
• Garantizar el apoyo técnico que pueda requerir AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
durante la instalación de los elementos suministrados en el contrato que surja de
este proceso. El apoyo podrá ser presencial o no de acuerdo a la necesidad.
• Cambiar todos los elementos que sean rechazados por el funcionario delegado
por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. para la supervisión del contrato en un plazo
igual o inferior al establecido en este pliego de condiciones para la entrega. El
funcionario rechazará los elementos cuando se presente incumplimiento a las
especificaciones técnicas o se encuentre que estos no son de buena calidad.
• Entregar la cantidad total de los elementos solicitados que se señalan en la
orden de pedido dada por el funcionario autorizado por AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P. para realizarlos.
• El contratista deberá entregar todos los elementos solicitados en un plazo igual o
inferior al estipulado en el pliego de condiciones.
• Todos los materiales empleados para la fabricación de los elementos deberán
ser nuevos y se deberán entregar las Constancias de Inspección del proveedor
nacional o internacional.
• Entregar toda la documentación requerida que demuestre la legalidad de la
importación del equipo (Registros de importación, certificado de origen, factura
proforma y especificaciones de embarque).
El proveedor deberá garantizar servicio de mantenimiento, asesoría y suministro
oportuno de repuestos. Deberá ser representante legal y técnico del fabricante del
equipo en Colombia (Acreditar lo anterior por escrito con fecha actualizada), con el
fin de garantizar el servicio post-venta, asesoría técnica y la consecución de
repuestos.
Lugar de entrega de los bienes y de prestación de servicios:
El proveedor entregará los equipos en el Almacén de Aguas de Urabá S.A E.S.P
ubicado en la calle 103 N°96-74 en Apartado-Antioquia, la capacitación se realizará
así: la parte teórica en la sede administrativa ubicada en la Calle 97ª N° 104-13, barrio
El Humedal en Apartadó-Antioquia, y la parte práctica en un sitio elegido por Aguas de
Urabá en el municipio de Apartadó, verificando la compatibilidad de todos los
dispositivos.
1.1.4 Etapas y plazos del proceso de contratación
El proceso de contratación se desarrollará en las etapas y dentro de los plazos que se
indican a continuación en el orden correspondiente:
Apertura: Es el momento en el cual AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P da a conocer su
interés en vincular a un CONTRATISTA para llevar a cabo la entrega de los bienes
que pretende obtener y pone a disposición de los interesados el pliego que fija las
condiciones de selección y contratación. En este proceso la apertura se da martes 5
de mayo de 2015.
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Proceso de contratación PR-2015-040
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Adquisición del derecho a participar:
No aplica
Cesión del pliego de condiciones y del derecho de participación:
Todo proponente deberá haber obtenido el pliego de condiciones directamente de la
página web, bien sea mediante compra o gratuitamente según el caso, o mediante
cesión válidamente hecha por quien lo obtuvo de dicha manera, informando de dicha
cesión a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. En los casos en que se programe visita o
reunión, ya sea obligatoria o no, la cesión del pliego de condiciones solo es viable
hacerla antes de la fecha establecida para tales efectos.
Presentación de ofertas: Es el acto mediante el cual, con las formalidades señaladas
en el pliego de condiciones, los interesados presentan una oferta a AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P para que se evalúe dentro del proceso de contratación. La
oportunidad para ello transcurre entre la fecha de la apertura y el momento del cierre
para presentación de ofertas del presente proceso de contratación.
Cierre para presentación de ofertas: Es el momento hasta el cual los interesados
tienen la posibilidad de presentar sus ofertas, fijado en términos de día, hora y lugar.
Para los efectos del presente proceso el cierre se hará el día jueves 14 de mayo de
2015 a las 17:00 horas, en las oficinas de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. ubicadas en
la Calle 97ª Nº 104-13 Barrio El Humedal, municipio de Apartadó – Antioquia,
Teléfono 828 66 57, 828 66 59, 828 58 11, 828 99 57, en el horario de 07:00 a.m. a
11:30 a.m. y entre las 13:00 y las 17:00 horas en días hábiles. AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P se reserva el derecho de ampliar el plazo para realizar el cierre, cuando por
cualquier circunstancia no sea posible o conveniente hacerlo en la fecha indicada.
Acta de ofertas recibidas: En el lugar, día y hora señalados para el “cierre para
presentación de ofertas”, los servidores de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y
debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes (tales
como nombre del proponente, plazo señalado ofrecido, valor global, garantía de
seriedad y representación legal). De todo ello se dejará constancia en un acta que
firmarán al menos dos de dichos servidores y los representantes de los proponentes
que concurran y deseen hacerlo.
Evaluación: Una vez verificados los aspectos generales antes indicados, AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P, a través de sus servidores y con aplicación de las reglas y criterios
contenidos en este pliego de condiciones y en las leyes aplicables, hará la evaluación
de las ofertas.
Selección: Efectuada la evaluación y cumplidos los pasos complementarios tanto
internos como externos –básicamente: “recomendación” y “audiencia pública”, según
el caso- AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P elegirá aquella que haya alcanzado el máximo
puntaje y se halle habilitada por todos los demás aspectos correspondientes para
vincularse contractualmente con ellas en su condición de entidad pública.
Aceptación: Es el acto mediante el cual se le comunica al proponente seleccionado
que su oferta reúne las condiciones fijadas por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P para
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Proceso de contratación PR-2015-040
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entregar los bienes señalados en el “objeto” y, con lo cual, se habrá formado
válidamente la relación o vínculo contractual.
1.1.5. Interpretación, aclaración y modificaciones del pliego
Interpretación. El interesado deberá examinar todas las instrucciones, formularios,
condiciones, especificaciones y anexos que figuren en los documentos del proceso de
contratación, los cuales constituyen la única fuente de información válida para la
preparación de la propuesta. Si la interpretación de los documentos genera alguna
duda para el interesado, deberá formular consulta, por escrito, a AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P, dentro del término establecido para tales efectos.
Aclaración. Si el interesado encuentra ambigüedades, discrepancias, omisiones,
contradicciones o errores, deberá solicitar, por escrito, a AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P, las aclaraciones que sean del caso, antes de presentar la propuesta, dentro del
término establecido para tales efectos.
Las consultas o solicitudes de aclaración se recibirán hasta cinco (5) días hábiles
antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de
contratación. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no se responsabilizará por
correspondencia o comunicaciones mal dirigidas o con desatención de lo previsto en el
numeral 1.3.3 “Correspondencia y Comunicaciones”.
Modificación. Cualquier modificación al pliego de condiciones o el aplazamiento de la
fecha de cierre de la contratación, que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P considere
oportuno hacer, será comunicada, por medio de adenda, a todos y cada uno de los
interesados y será de obligatoria observancia para la preparación de las ofertas. Estas
aclaraciones y modificaciones harán parte del pliego de condiciones.
Las interpretaciones o inferencias que el interesado haga de las estipulaciones del
pliego de condiciones o de las aclaraciones hechas por AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P, serán de su exclusiva responsabilidad.
Las respuestas dadas a los interesados sobre las solicitudes que realicen por escrito
(o en las reuniones o visitas obligatorias o no, si es el caso), sobre la interpretación,
aclaración y modificación del pliego de condiciones, que impliquen complementar o
modificar el texto inicial del mismo, se harán explicitas mediante adendas que serán
comunicadas a todos y cada uno de los interesados y serán de obligatoria observancia
tanto para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P como para los interesados quienes las
deberán tener en cuenta para la preparación de sus ofertas.
Las adendas y las solicitudes de aclaración o interpretación de los pliegos se darán
hasta dos (2) días antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas.
Nota: En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 en lo referente al uso de medios
electrónicos para notificaciones, toda la información relacionada con aclaraciones o
modificaciones al pliego de condiciones que se generen en desarrollo del proceso
contractual, serán publicados en el sitio web destinado para tal fin. Será
responsabilidad de los proponentes realizar la consulta en este sitio para conocer las
novedades que se generen durante el proceso.
1.1.6. Sujeción a la ley colombiana
Para todos los efectos, y, de manera particular, para la determinación de la validez de
los contenidos del contrato y los actos a que LAS PARTES se comprometen, así como
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Proceso de contratación PR-2015-040
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para la interpretación de todos esos aspectos, la normatividad vigente es la nacional
de Colombia.
1.1.7. Jurisdicción Competente
Los conflictos que surjan con ocasión o como consecuencia directa de la celebración
del contrato a que dé lugar este proceso de contratación serán resueltos por los jueces
y tribunales colombianos.
1.1.8. Domicilio
Para todos los efectos y consecuencias que se deriven del proceso de contratación y
el contrato a que dé lugar, se entiende como domicilio el municipio de ApartadoAntioquia.
1.1.9. Idioma
La propuesta deberá presentarse en idioma español. En caso de que la propuesta
incluya dibujos, planos, etc., los textos correspondientes podrán presentarse en idioma
inglés; otros documentos, como certificados, catálogos y constancias, deberán ser
acompañados de su traducción oficial al español.
1.1.10.
Moneda
El proponente deberá cotizar todos los precios de la propuesta en Pesos colombianos.
1.1.11.
Reunión informativa y visita al lugar de entrega de los bienes
1.1.11.1. Reunión informativa.
No aplica
1.1.11.2.
Visita al lugar de entrega de los bienes y de prestación de los
servicios, de supervisión o de montaje de los bienes y pruebas de campo.
No aplica
1.2. Definición de términos
Siempre que aparezcan en el pliego de condiciones, en el contrato y en los
documentos complementarios, las siguientes expresiones, se entenderán como se
indica a continuación:
Aclaración
Acta de acuerdo
Acta de modificación
bilateral
Adenda
Compraventa
Documento producido por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P o el PROPONENTE
mediante el cual se aclara el contenido o se determina el alcance del pliego de
condiciones o la propuesta, respectivamente.
Documento suscrito entre AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y el CONTRATISTA,
mediante el cual se definen condiciones específicas para el desarrollo de las
actividades del contrato.
Documento suscrito entre AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y el CONTRATISTA
mediante el cual se acuerda introducir modificaciones a las condiciones, monto o
cantidades en el contrato.
Documento emitido por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P con fecha posterior a la de
apertura del proceso de contratación y anterior a su cierre o presentación de ofertas,
mediante el cual se modifica el pliego de condiciones y que, por tanto, entra a formar
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Proceso de contratación PR-2015-040
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Almacén de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P.
Contratista
Contrato
Desarrollo del proceso
Documentos de la
propuesta
Especificaciones
Fabricante
Gerente
Inspector
Interesado
Interventor
Ítem
Junta Directiva
AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P
Perfeccionamiento del
contrato
Personal del Contratista
Plazo de ejecución del
contrato
Pliego
Proceso de contratación
Proponente
Proponente seleccionado
Propuesta alternativa
Propuesta básica
Recomendación
Compraventa
parte de éste.
Instalaciones de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, ubicadas en calle 103 N°96-74 en
Apartado Antioquia.
Es el proponente seleccionado a quien AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P ha
comunicado oficialmente la aceptación de su propuesta.
Acuerdo de voluntades entre AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y el CONTRATISTA
mediante el cual se definen las condiciones en las cuales asumen respectivamente
los derechos y obligaciones para el suministro de los bienes motivo del acuerdo.
Hacen parte del contrato el pliego de condiciones y la oferta en las condiciones
aceptadas por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Es todo evento, normal o anormal, que ocurra dentro de las etapas y plazos
señalados para el proceso y que determine –o simplemente haga parte de- el curso
del proceso.
Son el archivo –magnético o en papel- que constituye el cuerpo de la propuesta, y
además, todos los archivos –igualmente, magnéticos o en papel- que el proponente
presente como parte de dicha propuesta. Aquí se incluyen los certificados,
constancias, recibos y demás formas de acreditar requisitos para el proceso.
Conjunto de requisitos y normas que definen las características de los bienes y
servicios requeridos por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y las condiciones en las
cuales ésta aceptará la oferta.
Persona que se encarga de la elaboración de los elementos ya sea en calidad de
CONTRATISTA, subcontratista o simple proveedor de aquél.
Jefe superior de la administración de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y su
representante legal.
Persona designada por el interventor para llevar a cabo las actividades de vigilancia y
verificación que se le encomienden.
Persona que adquiere el pliego de condiciones del proceso de contratación; no se
considera “interesado” simplemente al que se autocalifica como tal.
Persona designada por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P para llevar a cabo la
“interventoría” o la supervisión del objeto del contrato.
Cada uno de los elementos en los que se desagrega, para efectos de la contratación,
el bien o el conjunto de bienes a entregar, que deberá llevar a cabo el CONTRATISTA
para cumplir con el objetivo del contrato, conforme con la descripción que figura en el
listado de ítems y cantidades.
Órgano general de dirección de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Instalaciones AGUAS DE URABA S.A. E.S.P, Calle 97ª Nº 104-13 Barrio El Humedal,
Teléfono 828 66 57
Condición en la que se encuentra un contrato una vez ha sido comunicada al
proponente la aceptación de su oferta y de lo cual se derivan las obligaciones y
derechos de cada una de las partes. Cuando la ley exige formalidades especiales
para ello, el contrato sólo se perfeccionará una vez esas formalidades se cumplan.
Personas que trabajan en la ejecución del contrato como empleados directos del
CONTRATISTA.
Sumatoria de los tiempos que tiene el CONTRATISTA para cumplir el objeto del
contrato.
Es el documento en el cual AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P fija las condiciones con
base en las cuales seleccionará a un contratista para el desarrollo de las actividades
que definen el “objeto” de un contrato y con las cuales una vez aceptada la oferta se
ejecutara el mismo. Se consideran partes del pliego todos los documentos que lo
complementan o modifican, expedidos válida y oportunamente por AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P.
Es el conjunto de etapas y procedimientos a través de los cuales AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P se propone seleccionar una o más propuestas para la realización del
“objeto” definido dentro de un pliego de condiciones.
También llamado “oferente”, es la persona que presenta formalmente una propuesta a
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P dentro de un proceso de contratación. Se conserva
esta calidad hasta que la situación individual se define mediante “eliminación”,
“rechazo” o “aceptación” de la propuesta.
Es la persona a quien AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, previo el proceso de
evaluación indicado, considera que ha presentado la mejor oferta para la contratación
correspondiente.
Propuesta adicional a la básica que cumpliendo el objeto del proceso de contratación,
incluya modificaciones que se apartan de lo estipulado en los pliegos de condiciones,
en aspectos contractuales, financieros o técnicos.
Propuesta presentada con atención a las condiciones fijadas por AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P en el pliego de condiciones
Es el acto por el cual, con base en el estudio y la evaluación de los diferentes
aspectos de las ofertas, se aconseja aceptar alguna(s) oferta (s), o declarar total o
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Servidor competente
Servidor de AGUAS
URABÁ S.A. E.S.P
DE
Servidor responsable del
proceso
Subcontratista
parcialmente desierto el proceso. De igual manera, se podrá recomendar la
terminación del proceso de contratación en el estado en que se encuentre.
Es el “servidor” de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P que tiene la facultad o función de
tomar una o más de las decisiones correspondientes al proceso de contratación.
Es cada persona que interviene en el proceso de contratación desempeñando una
labor para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P o en su representación.
Es la persona que, en nombre de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, actúa frente a los
interesados o proponentes y tiene capacidad para comunicar las decisiones que
aquellas toman dentro del proceso.
Persona que contrata directamente con el CONTRATISTA para suministrarle mano de
obra, servicios y materiales procesados según diseño especial, pero sin incluir en esta
denominación al que simplemente suministra materias primas no elaboradas.
Donde quiera que en este pliego de condiciones se usen las palabras “Ordenado”,
“Requerido”, “Permitido” o palabras similares, se entenderá que es la orden,
requerimiento o permiso del Interventor.
Las palabras “Aprobado”, “Aceptado”, “Satisfecho” o palabras similares, significarán
“aprobado por”, “aceptado por”, o “satisfactorio para” AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
1.3. Instrucciones preliminares
1.3.1 Financiación
Las obligaciones que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P asumirá dentro del contrato al
que dé lugar el presente proceso de contratación serán cubiertas con recursos propios
de la entidad.
1.3.2 Normatividad aplicable
Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales
como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 (Régimen de Servicios Públicos
Domiciliarios), modificada por la Ley 689 de 2001, las normas de contratación vigentes
para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y las demás de rango legal o reglamentario
pertinentes.
1.3.3. Correspondencia y comunicaciones
Para efectos del presente proceso de contratación y del contrato que se derive del
mismo, con excepción de la propuesta, se establece el siguiente modelo para dirigir
cualquier comunicación a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P:
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Calle 97ª Nº 104-13 Barrio El Humedal, Teléfono 828 66 57
Apartadó, Antioquia
Asunto: Proceso de Contratación PR-2015-040
Objeto: “COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA, TAMBIÉN
LLAMADA DE POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O “QUICK CAM” PARA
INSPECCIONAR REDES DE ALCANTARILLADO”.
Toda comunicación o documentación que se entregue en la oficina de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P deberá ingresar por el archivo y ser radicada, en la oficina ubicada
en la Calle 97ª Nº 104-13 Barrio El Humedal, municipio de Apartadó – Antioquia,
Teléfono 828 66 57, 828 66 59, 828 58 11, 828 99 57.
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La fecha, tanto de recibo como de entrega de cualquier documento, será la que se
registre por el funcionario de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. y será la única
considerada válida.
Por su parte, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. enviará todas las comunicaciones al
proponente o al CONTRATISTA, según sea el caso, a la dirección por él consignada
en su propuesta. Si se presenta algún cambio, éste deberá ser informado a AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P., con la debida anticipación, a la dirección citada anteriormente.
1.3.4. Información reservada
El proponente, en la carta de presentación de su oferta, formulario 2: Carta de
presentación de oferta deberá indicar cuál información de la consignada en ella, tiene
el carácter de reservada y cuáles normas jurídicas prevén dicha reserva, relacionando
expresamente las normas específicas correspondientes.
Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el
carácter de reservada, no es suficiente con hacer mención simplemente de las normas
que en su criterio le otorgan tal carácter, sino que adicionalmente, en documento
anexo a la carta de presentación, suscrito por el representante legal, o por la persona
natural o su representante, si es el caso, debe señalar expresa y debidamente los
fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado.
En el evento de no citar las normas legales, o habiéndolas citado no señale los
fundamentos correspondientes, se entenderá que ningún documento o parte de la
oferta tiene el carácter de reservado y que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se
encuentra autorizada para suministrar la información que le sea solicitada por otro
oferente o un tercero.
1.3.5. Responsabilidad sobre información previa al proceso de contratación
La información contenida en los documentos de contratación sustituye totalmente
cualquier información que por medio de avisos, cartas o cualquier otro sistema pudiese
haber entregado AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, sus servidores o sus representantes,
con anterioridad a la fecha de inicio del proceso de contratación. Por consiguiente,
toda la información preliminar que en cualquier forma hayan recibido los proponentes o
cualquier otra persona o entidad interesada en la contratación, queda sin valor y
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no se responsabilizará por la utilización que de la
misma hagan los proponentes o cualquier otra persona o entidad.
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2.
PROPUESTA
El interesado en presentar propuesta deberá tener en cuenta, en primer lugar, los
requisitos o condiciones de carácter subjetivo o personal que se exigen y asegurarse
de cumplirlos cabalmente; en segundo lugar, deberá acoger estrictamente las reglas
de presentación formal de la propuesta que contiene este pliego y completar de
manera exhaustiva toda la información exigida. Las omisiones, vacíos, contradicciones
o información inexacta que aparezca en la propuesta, habilitarán a AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P para descartarla o para aplicar las reglas de corrección explícitas
que el pliego de condiciones contenga.
2.1.
Requisitos de participación
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P considerará las propuestas de las personas, naturales
o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan sucursal establecida en Colombia o
que tengan vinculación con el país mediante filiales, distribuidores o comercializadores
autorizados o subsidiarias, o en su defecto, mediante apoderados debidamente
constituidos para representarlos judicial y extrajudicialmente que habiendo obtenido el
pliego de condiciones en las condiciones aquí previstas, cumplan con los siguientes
requisitos de participación.
Las personas jurídicas que participen deben tener la condición de fabricantes,
comercializadores o distribuidores autorizados del fabricante, entre los cuales pueden
ser sus filiales o subsidiarias.
NOTA: No se aceptan para el presente proceso consorcios o uniones temporales.
2.1.1.1. Capacidad - Existencia y representación legal.
Certificado de Existencia y Representación Legal. Todo proponente deberá
acreditar su capacidad, existencia y representación mediante los documentos exigidos
por la ley colombiana. La capacidad, existencia y representación legal de las personas
jurídicas colombianas se prueba mediante el certificado de existencia y representación
expedido por la respectiva Cámara de Comercio (salvo casos especiales donde la
competencia para expedir la certificación es de otra entidad).
El certificado de las entidades no inscritas en las Cámaras de Comercio deberá tener
una antigüedad menor de tres (3) meses para los nacionales, a la fecha de cierre de la
contratación.
Las sociedades deberán acreditar como mínimo una duración igual a la del plazo de
ejecución del contrato y un (1) año más.
Si una persona natural o jurídica nacional o extranjera da poder a una persona natural
o jurídica para que contrate en su nombre, deberá anexar en debida forma los
siguientes documentos: a). El certificado de existencia y representación de la
compañía que da el poder. b). El certificado de existencia y representación de quien
recibe el poder, si se trata de una persona jurídica, y c). El documento mediante el
cual la compañía o persona natural mandante confiere poder o autorización a la que
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recibe el poder o mandato. Para el caso de personas naturales se aportará fotocopia
de la cédula de ciudadanía o del documento que haga sus veces.
Si del documento se desprende que el representante legal requiere de una habilitación
especial, para celebrar contratos de determinada cuantía, se deberá anexar copia del
acta correspondiente en donde se le habilite expresamente para la presentación de la
oferta, los actos que se deriven de ella, así como para la celebración del contrato, los
actos que se deriven de él hasta la liquidación del mismo.
Los proponentes extranjeros, de carácter privado, deberán tener en cuenta que es
necesario constituir una sucursal en Colombia con domicilio en Medellín, dentro de los
veinte (20) días, calendario siguientes a la fecha de comunicación de aceptación de la
oferta.
La constancia de la sucursal deberá llenar todos los requisitos exigidos por el Código
de Comercio vigente en Colombia.
La sucursal establecida en Colombia por EL CONTRATISTA extranjero, deberá estar
autorizada para representarlo en todo lo relacionado con el desarrollo y ejecución del
contrato, incluida la liquidación del mismo.
La norma anterior sólo se aplica a las sociedades que ejecuten contratos en el
territorio de la República de Colombia.
Las entidades públicas nacionales de creación constitucional o legal no estarán
obligadas a acreditar su existencia. Las entidades públicas extranjeras demostrarán su
existencia mediante certificación de agente diplomático o consular del país donde
fueron constituidas.
NOTA: No se aceptan para el presente proceso consorcios o uniones temporales.
2.1.1.2.
Habilitación.
No encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad
para celebrar contratos con entidades estatales, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 8 (modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y los artículo 1, 4 y 84
de la Ley 1474 de 2011), 9º y 10º del Estatuto General de Contratación de la
Administración Pública Ley 80 de 1993, artículos 29 y 32 del Decreto 1510 de 2013,
artículo 66 de la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios,
modificado por el artículo 11 de la Ley 689 de 2001; artículos 44 y 49 de la Ley 617 de
2000 modificado, el último, por el artículo 1º de la Ley 1148 de 2007 (modificado a su
vez por artículo 1 de la Ley 1296 de 2009) y artículos 3, 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011
y demás normas legales pertinentes. En consecuencia, al presentar la propuesta, por
sí o por interpuesta persona, el proponente estará afirmando, bajo la gravedad del
juramento, que no se halla comprometido en las mencionadas inhabilidades o
incompatibilidades.
2.1.1.3.
Experiencia.
El proponente debe acreditar mediante certificados, la experiencia en contratos y/o
facturas cuyo objeto haya sido la venta de cámaras de inspección rápida o pole
cameras, efectuados en los últimos tres (3) años hasta la fecha de cierre para la
presentación de propuestas, en una cantidad de al menos dos (2) cámaras.
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En el caso de experiencia con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P o con EPM, el
proponente, informará el número del contrato ejecutado. En todo caso, AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P verificará en los archivos correspondientes y si encuentra
experiencia adicional a la informada en la oferta, se tendrá en cuenta para efectos de
evaluar este aspecto.
Solo se tendrá en cuenta en los contratos acreditados, el valor correspondiente sin
incluir el IVA y los reajustes.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se reservará el derecho de verificar esta información y
de eliminar la propuesta si dicha información es inexacta o falsa.
No se aceptarán remisiones como certificación de experiencia; de igual manera no se
aceptarán certificaciones de experiencia que incluyan en su descripción montaje de los
elementos a certificar. Solo se aceptará cuando se relacione el valor del material a
certificar en la experiencia.
Las facturas de venta, deben cumplir con las disposiciones vigentes en el lugar de
origen y contener como mínimo la siguiente información: Razón social del vendedor y
comprador, fecha venta, descripción de bien y valor.
En el caso en que el proponente sea una filial o subordinada de una casa matriz, se
permite acreditar la experiencia adquirida por la matriz; igualmente, si el proponente es
la casa matriz, se permite acreditar como experiencia la que tengan sus filiales o
subordinadas.
Los valores de los bienes entregados/suministrados y acreditados serán traídos a valor
presente, de acuerdo con el salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) entre el
día de finiquito o del certificado como fecha de terminación del contrato, y la fecha de
cierre para la presentación de propuestas del presente proceso de contratación, en
millones de pesos.
Los certificados que acreditan la experiencia del proponente deben ser presentados en
hoja membrete expedida por la entidad contratante y deberán contener como mínimo
la siguiente información:
 Objeto del proyecto
 Localización.
 Fecha de inicio y terminación del suministro.
 Deberá señalar claramente el cumplimiento de la experiencia solicitada.
 Valor del suministro expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes a la
fecha de terminación del contrato.
 Fecha de expedición de la certificación.
 Nombre y cargo del funcionario que expide la certificación.
2.1.1.5.
Certificación de pago de los aportes a la seguridad social y
parafiscales.
En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002- Ley de reforma laboral, y
el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, relacionados con los aportes a la SEGURIDAD
SOCIAL INTEGRAL (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y PARAFISCALES (Cajas
de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Sena),
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los interesados en participar en los procesos de suministro de bienes y servicios
deberán cumplir con la siguiente obligación:
Las PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES deberán aportar en la(s) oferta(s),
certificado que acredite estar a paz y salvo con el pago de dichos aportes; expedido
por el Revisor Fiscal (si la empresa cuenta con revisoría fiscal), o en su defecto por
el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo
régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo
caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En
el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá
acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Las PERSONAS NATURALES deberán acreditar el pago de los aportes a la
seguridad social integral, conforme a la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003; inciso 1°
del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, esto es, aportes para la seguridad social y
pensiones. Si tiene trabajadores a su servicio, deberá acreditar además el pago de
aportes a la seguridad social por éstos, así como de los parafiscales antes señalados.
Las PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS, que no tengan trabajadores o
empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero acreditaran que
por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales.
UNIONES TEMPORALES Y CONSORCIOS. Cada parte que la conforma deberá
aportar el certificado que acredita estar a paz y salvo en el pago de aportes a la
Seguridad Social Integral y Parafiscales.
En la siguiente tabla que es indicativa, se presentan las obligaciones mencionadas
anteriormente, las cuales pueden sufrir modificaciones de acuerdo con la ley. El
proponente y/o contratista deberán prever, de conformidad con la legislación
colombiana, dichas modificaciones durante todas las etapas del proceso de
contratación y del contrato.
CONCEPTO O ENTIDAD
APORTE
12,5 % del ingreso Base de Cotización,
Salud (ver nota 1)
de los cuales el 4% está a cargo del
trabajador y el 8,5% del empleador.
16 % del ingreso Base de Cotización,
de los cuales el 4% está a cargo del
Pensiones
trabajador y el 12% a cargo del
empleador.
De acuerdo con la clasificación
Sistema General de Riesgos
establecida y totalmente a cargo del
Laborales (ver nota 2)
empleador.
Cajas de Compensación Familiar 4% totalmente a cargo del empleador.
Instituto
Colombiano
de
3% totalmente a cargo del empleador.
Bienestar Familiar (ver nota 1)
SENA (ver nota 1)
2% totalmente a cargo del empleador.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 204 de la Ley 100
de 1993
Artículo 7 de la Ley 797 de
2003
Artículo 6° de la ley 1562 de
2012.
Artículo 7, 9 y 12 de la Ley
21 de 1982
Artículo 1 de la Ley 89 de
1988
Artículo 7, 9 y 12 de la Ley
21 de 1982
Nota 1: Tener en cuenta lo previsto en el artículo 7 del Decreto 1828 del 27 de agosto
de 2013, reglamentario de la Ley 1607 de 2012, sobre exoneración de aportes.
Nota 2: Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por
el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo deberán afiliarse en forma obligatoria al
Sistema General de Riesgos Laborales. El pago de esta afiliación será por cuenta del
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contratante. (Artículo 13, literal a) numeral 5 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado
por el artículo 2 de la Ley 1562 de 2012).
La Afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), también será obligatoria
para todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de
servicios, con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior
a un (1) mes, toda vez que así lo señala la norma.
2.1.1.6. Certificado de gestión de calidad.
Para participar en la presente contratación el oferente deberá presentar certificado
vigente de Sistema de Gestión de Calidad (SGC) del proponente o del fabricante con
base en la norma ISO 9001, otorgado por una institución debidamente acreditada
como organismo certificador. El alcance del certificado debe ser aplicable al objeto de
la contratación.
El certificado deberá estar vigente entre la fecha límite para la presentación de ofertas
del presente proceso de contratación y durante el término previsto por AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P. para la aceptación de la oferta; en caso contrario, la oferta será
eliminada. Adicionalmente, el PROPONENTE a quien se le acepte la oferta deberá
mantener vigente el certificado durante la ejecución del contrato. En el evento en que
el certificado se venza durante el período de ejecución del contrato, el CONTRATISTA
estará obligado a renovarlo con la suficiente antelación, de lo contrario se hará
acreedor a las sanciones establecidas en este pliego de condiciones.
2.1.1.7.
Certificado de la Junta Central de Contadores.
Se deberá aportar el certificado de la Junta Central de Contadores de la inscripción
como Contador Público, correspondiente al Contador Público y al Revisor Fiscal,
según corresponda.
2.1.1.8.
Derecho a participar. NO APLICA
El proponente debe haber adquirido el derecho a participar en el proceso de
contratación de conformidad con lo establecido en el numeral 1.1.4.
2.1.1.9.
Forma de participación.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P recibirá propuestas presentadas en forma individual.
Por ningún motivo, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P aceptará propuestas presentadas
en consorcio o en unión temporal. Las que así se presenten serán rechazadas.
2.1.1.11.
Garantía de seriedad de la propuesta
Cada oferta deberá acompañarse de una garantía emitida por un banco o por una
compañía de seguros que garantice la seriedad de los ofrecimientos presentados por
el proponente.
La garantía de seriedad de la oferta se regirá por las condiciones establecidas en el
numeral 4.3. Garantías y Seguros.
2.1.1.12.
Firma y/o abono de la propuesta - NO APLICA
La firma de la propuesta se cumple con el diligenciamiento del Formulario 2 A. La
propuesta deberá estar suscrita por el representante legal o apoderado, si se trata de
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una persona jurídica, o por el proponente o su representante, si se trata de una
persona natural.
El proponente indicará en el formulario los datos correspondientes a la dirección de su
sede, en el municipio de Medellín u otro lugar, donde desee recibir la correspondencia
relacionada con la presente contratación, así como el nombre de la firma y de su
representante legal, la Cámara de Comercio en la cual se encuentra inscrito y el
número de inscripción en la Matrícula Mercantil.
2.1.1.13.
Requisitos específicos de participación
- Autorización: EL PROPONENTE debe presentar un certificado, documento, permiso
o acuerdo, emitido por el diseñador y fabricante de los bienes referenciados en el
formulario de características garantizadas, donde conste la autorización para ser
representante, distribuidor o comercializador. Certificación que debe tener como
mínimo una vigencia igual al plazo del contrato y un (1) año más. Si dentro de las
políticas de comercialización del fabricante, está contemplado que un distribuidor
mayorista para Colombia, otorgue la distribución autorizada, éste será aceptado
siempre y cuando se anexe la autorización del fabricante al distribuidor mayorista de
otorgar autorización de distribución, situación que se debe declarar en la certificación
expresamente.
Las certificaciones no deben tener una fecha de elaboración superior a noventa (90)
días calendario respecto de la fecha límite para la presentación de propuestas del
presente proceso de contratación.
- Experiencia: El Proponente deberá suministrar la experiencia requerida en el
numeral 2.1.1.4 del presente pliego.
2.1.1.14.
Estabilidad económica y capacidad financiera.
NO APLICA
2.1.1.15.
Asistencia a la reunión y/o visita obligatoria NO APLICA
De la asistencia a la reunión y/o visita obligatoria, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
elaborará un acta en donde se detallaran los aspectos más importantes de la misma,
la cual deberá ser suscrita por los asistentes y servirá de base a AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P para la acreditación del cumplimiento de este requisito de participación por
parte de los interesados. En este proceso no aplica reunión y/o visita obligatoria.
2.2
Contenido y documentos de la propuesta
La propuesta debe presentarse en la forma y con los contenidos que señala el pliego
de condiciones; para el efecto, dicho pliego se publica en la página web. Si el
interesado requiere modificar o diligenciar algún formulario que allí se encuentre,
puede copiarlo en otro archivo y así podrá manipularlo o solicitarlo al funcionario
encargado del proceso para que se lo remita en Word. Sin embargo, deberá tener en
cuenta que la información válida es la que se encuentra en el archivo original de la
página.
Los ítems se describen en forma concisa y no en detalle; por lo tanto, el interesado,
antes de señalar o incluir el valor unitario de cada uno de ellos, deberá consultar en el
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pliego, en la sección correspondiente a “Características garantizadas” y en las
especificaciones, cómo debe ejecutarse cada ítem y su forma de medida y pago. Si se
encontraren discordancias, discrepancias, incongruencias u omisiones entre la
descripción del ítem y lo indicado en la sección del pliego indicada, se deberá solicitar
la aclaración correspondiente a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P en la forma prevista
para ello dentro del mismo pliego.
La propuesta deberá entregarse en sobre cerrado y éste debe estar debidamente
identificado con el nombre y el número del proceso de contratación y acompañada de
todos los documentos anexos, los documentos de la propuesta también deberán
entregasen escaneados en un CD. Deberá presentarse en un (1) ejemplar igualmente
identificado. Los documentos deben presentarse en forma ordenada y de fácil manejo,
numerados todos sus folios y refrendados con la firma del Proponente los que así lo
requerían. Debe presentarse, además, una relación de los documentos que componen
la propuesta, con la indicación de los folios correspondientes a cada uno de ellos. (Ver
Formulario 1).
Las modificaciones hechas por el proponente a los formularios de los documentos
exigidos, no serán válidas. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. se abstendrá de considerar
aquellos documentos que no cumplan las condiciones estipuladas en este pliego de
condiciones.
2.2.1. Aspectos legales
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P considera bajo este concepto –“aspectos legales”aparte de algunos que se contemplan expresamente como requisitos de participación,
el cumplimiento de aquellas condiciones que la ley ha fijado a las personas
potencialmente contratistas de la entidad en razón de su formación o constitución, la
actividad que cumplen y las obligaciones que tienen tanto frente al Estado como frente
a terceros. Por regla general, tales condiciones se acreditan mediante la exhibición de
documentos, y cuando así esté contemplado en normas vigentes, AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P no admitirá otra forma de acreditarlas.
Cuando la ley dispone la obligación de contar con un documento que acredite la
capacidad o habilitación para intervenir en alguna actividad o negocio –como es el
caso en las profesiones regladas- ninguna prueba tendiente a demostrar la posesión
de las habilidades o capacidades será aceptada en sustitución de aquél.
2.2.2 Carta de presentación
El proponente deberá adjuntar la carta de presentación de la propuesta, para lo cual
utilizará el Formulario 2. Adicionalmente, certificará que para la preparación de su
propuesta tuvo en cuenta las adendas recibidas.
2.2.3 Propuestas alternativas
El proponente podrá presentar, además de la propuesta básica, las propuestas
alternativas que desee, las que deberán ser completamente establecidas en la
propuesta con una clara y detallada descripción de su forma, contenido, plazo de
ejecución y justificación y deberán estipular claramente los cambios que se proponen,
incluyendo cálculos de diseño, especificaciones técnicas, los precios correspondientes
con sus respectivos análisis y el plazo de ejecución, e incluir toda la demás
información requerida para su cabal comprensión y evaluación.
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AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P tendrá en cuenta sólo las “propuestas alternativas” de
quienes hayan presentado la propuesta básica en términos y con el alcance para ser
aceptable; en consecuencia, si la propuesta básica es desestimable por algún aspecto,
la “propuesta alternativa” no será considerada.
En todo caso, y para efectos de la aceptación, que es opcional para AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P. se advierte que en la categoría de “propuesta alternativa” sólo se
tendrá en cuenta y aceptará, dado el caso, la del proponente que, una vez aplicados
los criterios de evaluación, resulte seleccionado y siempre y cuando la misma le
resulte conveniente.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no considerará ningún tipo de “propuesta alternativa”
y, en consecuencia, los proponentes deben abstenerse de elaborar o entregar ofertas
clasificables como tales.
2.2.4. Aspectos económicos
En este acápite se fijan las reglas con las cuales se deberá atender las obligaciones
de contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender
frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el contrato y para
garantizar el cumplimiento del mismo.
Los interesados han de tener en cuenta para elaborar su propuesta –y en caso de
recibir la aceptación de la misma, en calidad de CONTRATISTA, han de sujetarse
estrictamente a ello- que, el entendimiento, la interpretación y la aplicación o ejecución
de lo aquí previsto son sólo particularidades de los sistemas económico y
macroeconómico respectivos y que ninguna previsión puede considerarse o leerse en
forma aislada o contradictoria con las reglas o conceptos generales vigentes en dichos
sistemas.
El oferente debe incluir los costos inherentes a los recursos necesarios para
administrar el contrato, entendiendo por este concepto los requeridos para mantener la
disponibilidad de su organización y operación, tales como arrendamientos de bienes
inmuebles, pago de nómina, cargas tributarias, servicios públicos, pólizas, el área
normal de ejecución del contrato y/o costos de contingencia por traslado de riesgos
ordinarios, desplazamientos, y en general, todos los costos que le permitirían
mantener condiciones de normalidad en la ejecución de la obra.
Los gastos indirectos se pagarán como una suma fija globalizada y de acuerdo con el
porcentaje fijado en la propuesta y aceptado por la empresa.
Los proponentes deben gestionar los riesgos propios de la actividad y/o servicio a
prestar, entendiéndose que son conocedores de la misma, cuidando de hacer una
oferta que propenda por cuidar la competitividad y la productividad. Por lo tanto, cada
proponente al estructurar los costos de su propuesta, deberá tener en cuenta todos y
cada uno de los factores y los riesgos previsibles que influyan o puedan influir en la
ejecución de la obra, servicios o bienes encomendados; por lo tanto, para la
formulación y la atención de posibles reclamaciones, se tendrá en cuenta dicha
estructura de costos.
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2.2.4.1. Valor (precios)
El proponente deberá indicar, en el formulario correspondiente de la propuesta, el
precio unitario, para todos y cada uno de los bienes y servicios ofrecidos, y los valores
totales que resulten de multiplicar las cantidades por los precios unitarios. En caso de
que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, en caso de no incluirse ningún valor se
procederá de acuerdo con las reglas de subsanabilidad contempladas en este pliego.
Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el proponente
quiera incluirlos, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se reserva el derecho de verificar la
adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se
tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P encuentre.
Las enmendaduras de precios que aparezcan en la propuesta deberán confirmarse
con nota al margen y firma del proponente, tanto en el original como en las copias.
Se advierte expresamente que los precios cotizados por los proponentes, en el
Formulario de cantidades y precios, deben considerar y contener el pago de los bienes
y actividades debidamente terminadas, de conformidad con las especificaciones, y
deberán comprender todos los gastos necesarios en diseños, en equipos, materiales,
herramientas, maquinaria, transporte, mano de obra, prestaciones sociales, dirección y
administración, utilidad del proponente, y todos los gastos que puedan afectar el costo
directo e indirecto de las mismas.
Al preparar su oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que
puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales
como: el impuesto de renta, de timbre, estampilla U. de A. y el de industria y comercio,
entre otros, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con
la ley. Es entendido que el CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los
trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las
mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas.
Si el proponente incluye en los precios de su oferta valores correspondientes a
especificaciones o características no solicitadas, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no
suprimirá o modificará la forma del ofrecimiento, ni podrá hacerlo el proponente so
pena de considerarse modificada su propuesta. En todo caso, si la oferta resultara
aceptada, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P exigirá el cumplimiento de lo ofrecido, en los
términos y a los precios indicados en la oferta.
Los valores unitarios de los bienes cotizados en la oferta serán a precios firmes
durante todo el plazo del contrato.
2.2.4.2.
Impuestos, deducciones y gastos
EL CONTRATISTA deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos,
impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto del trabajo
contratado, en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y
que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de
otros países. Por lo tanto al preparar su oferta deberá tenerlos en cuenta.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P deducirá del valor del contrato todos los impuestos o
retenciones en la fuente del orden internacional, nacional, departamental o municipal a
que haya lugar Renta, impuesto sobre las ventas IVA, Timbre, Industria y Comercio,
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Estampilla U. de A., contribución de guerra, etcétera, en el momento de hacer los
pagos o abonos en cuenta, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Cuando con posterioridad a la fecha de entrega de las propuestas el IVA o los
impuestos al consumo tengan alguna modificación por aumento, disminución o
eliminación, así como la creación de nuevos impuestos al consumo, ello será tenido en
cuenta por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P para hacer los ajustes que sean del caso y
reconocerle a EL CONTRATISTA los mayores costos o hacerle las deducciones.
La modificación por aumento, disminución, eliminación o creación de otro tipo de
tributos no será tenida en cuenta por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P ni para hacer
ajustes ni para hacer deducciones al CONTRATISTA.
Los gastos legales en los cuales se incurra para permitir la iniciación y ejecución del
contrato, serán por cuenta del CONTRATISTA.
Entre otros, y sin ser esta lista taxativa, se causan los siguientes tributos y se aplican
las siguientes retenciones:
Retención en la fuente de renta
Se aplicará a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario
Nacional y otras normas sobre la materia, de acuerdo con las prestaciones que sean
objeto de pago o abono en cuenta.
Autorretención a título de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE)
El CONTRATISTA se deberá autorretener a título de CREE en caso de ser sujeto
pasivo de este impuesto, a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto
Tributario Nacional y demás normas sobre la materia, de acuerdo con su actividad
económica principal.
Impuesto sobre las ventas – IVA.
El impuesto sobre las ventas IVA se causa por la prestación de servicios y la venta de
bienes en el territorio nacional a la tarifa general, según las normas establecidas en el
Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia.
Retención del IVA
Las normas tributarias nacionales establecen la retención en la fuente del impuesto
sobre las ventas IVA a la tarifa vigente al momento de expedición de la factura.
Impuesto de timbre
La tarifa del impuesto de timbre para los contratos que se celebren a partir del 1 de
enero de 2010 es del cero por ciento (0%), en consecuencia, los oferentes no deberán
tener en cuenta en los precios de su oferta suma o costo alguno por el mencionado
impuesto.
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Impuesto de Industria y Comercio
Se efectuará retención en la fuente de Impuesto de Industria y Comercio siempre y
cuando el municipio donde se ejecute el objeto contractual tenga establecida esta
obligación de retener a cargo de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y a las tarifas y sobre
las bases determinadas en el respectivo Acuerdo Municipal que ordene dicha
retención.
Impuesto Estampilla Universidad de Antioquia.
Están sujetos a retención por concepto de Estampilla de la Universidad de Antioquia,
todos los contratos que celebren AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P a la tarifa vigente al
momento del respectivo pago. El mayor valor resultante de las modificaciones o
renovaciones estará también sujeto a esta tarifa.
Se excluyen de esta retención los contratos que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
celebre con entidades públicas, juntas de acción comunal, entre otros.
Nota: Se encuentran excluidos de la Estampilla U. de A., “Los contratos de adquisición
de bienes y prestación de servicios que la empresa ejecute en el extranjero”.
2.2.5. Modalidades y lugar de entrega de los bienes
2.2.5.1. Para los bienes de origen extranjero NO APLICA
2.2.5.2. Para bienes de origen extranjero nacionalizados y/o fabricados o
ensamblados en Colombia.
Entrega de mercancía en el Almacén de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P ya
mencionado antes.
Todo el personal de EL CONTRATISTA que lleve a cabo labores de cargue y
descargue de los bienes, debe estar debidamente afiliado al sistema de seguridad
social en salud, pensiones y riesgos profesionales. Sin este requisito, no se permitirá
el descargue de los bienes.
2.2.6. Aspectos técnicos
Los detalles de carácter técnico, constructivo, operativo y similares, han de buscarse
en el “anexo técnico” que hace parte integral de este pliego y, en todo caso cuando del
“estado de la ciencia”, la “técnica” o la “práctica” no se logre definir la forma de llevar a
cabo una actividad, o la forma que el producto ha de tener una vez acabado, el
CONTRATISTA estará en la obligación de consultar expresamente a AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P acerca de la forma de proceder y ha de atenerse estrictamente a lo
que éstas le indiquen expresamente.
Si el CONTRATISTA considera que la forma como AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P ha
definido la ejecución del objeto del contrato comporta una modificación a los términos
inicialmente pactados y que ello le genera un costo adicional, deberá presentar por
escrito y dentro de los ocho (8) días siguientes a la definición que haya tomado
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, la reclamación correspondiente con la expresión clara
y razonada de los argumentos que le asisten y el aporte de las pruebas que sustentan
su petición.
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2.3. Costos de elaboración de la propuesta
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no asume ningún costo por la elaboración de las
propuestas que reciba.
2.4. Entrega de la propuesta - fecha y ampliación
Los interesados deberán entregar sus propuestas en el lugar y hasta la fecha y hora
que se indica en el numeral 1.1.4. La presentación de la oferta se tomará como
constancia de que el proponente ha examinado completamente el pliego de
condiciones, que ha obtenido de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P aclaraciones
satisfactorias sobre cualquier punto que haya considerado incierto o dudoso, y que ha
aceptado que los documentos están completos y que son compatibles y adecuados
para definir los bienes que se contratan. Las interpretaciones o deducciones que los
proponentes hagan de los documentos del proceso de contratación y de las
aclaraciones hechas por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, serán de exclusiva
responsabilidad de aquellos.
En el lugar de entrega existe un control previo para autorizar el ingreso de personas a
las instalaciones, por lo tanto, el proponente o su delegado deberá presentarse con
suficiente anticipación respecto a la hora límite para la entrega de propuestas. AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de
la propuesta causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no se responsabiliza por los retardos, extravíos y otros
hechos desfavorables para el Proponente, cuando las propuestas no se entreguen en
la oficina indicada en este pliego de condiciones, antes o en la fecha y hora señaladas.
No se aceptará presentación de propuestas enviadas vía fax o por correo electrónico.
En caso de que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P considere necesario ampliar el plazo
para la entrega, lo hará saber a los interesados a través de una adenda expedida
antes del vencimiento del día y hora señalados para expedir adendas. En tal caso, la
vigencia de la garantía de seriedad de todas las propuestas debe comenzar a partir de
la nueva fecha de cierre para la entrega de propuestas del presente proceso de
contratación.
Las propuestas deberán estar debidamente identificadas con el nombre y el número
del proceso de contratación, y acompañadas con todos los documentos anexos.
Deberán presentarse en medio magnético y/o un (1) ejemplare impreso, en sobre
cerrado y marcado: “Original”, respectivamente, en los cuales se hará constar,
además, el nombre del proponente y su dirección completa, así:
PROCESO DE CONTRATACIÓN PR-2015-040
Objeto: “COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA, TAMBIÉN
LLAMADA DE POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O QUICK CAM PARA
INSPECCIONAR REDES DE ALCANTARILLADO”
Original
Si se incluyen medios magnéticos, tales como memorias USB, discos, etc., el
proponente deberá informarlo al momento de entregar la propuesta.
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AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no será responsable por la apertura prematura de una
propuesta, o por no abrirla y, en consecuencia, no tenerla en cuenta, cuando no esté
correctamente dirigida y marcada como se exige en este pliego de condiciones.
Tampoco se responsabilizarán por los retardos, extravíos u otros hechos
desfavorables para el proponente, que puedan presentarse cuando la propuesta sea
enviada por correo.
2.5. Retiro o modificación
Ningún proponente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre
para la entrega de propuestas del presente proceso de contratación, so pena de que
se haga efectiva la garantía de seriedad. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P puede pedir
aclaraciones o informaciones adicionales a cualquiera de los proponentes sobre el
contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para éstos el derecho a
modificarlas o adicionarlas.
2.6. Validez de la propuesta
La oferta tendrá una validez de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la
fecha de cierre para la presentación de ofertas de este proceso de contratación,
término dentro del cual AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P aceptará la propuesta o
declarará desierta la contratación.
El término para aceptar la oferta o declarar desierto el proceso podrá ser ampliado por
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, antes de su vencimiento y por un término que no será
superior a la mitad del plazo inicialmente fijado, en cuyo caso todos los proponentes
deberán ampliar la validez de sus propuestas y la vigencia de las garantías de
seriedad.
2.7. Declaraciones del proponente y/o contratista.
2.7.1. Declaración de origen de los bienes y recursos del proponente y/o
contratista.
Con la presentación de la propuesta, se entienden presentadas bajo la gravedad de
juramento la siguiente declaración, que se entenderá incorporada al contrato en el
evento de ser aceptada su propuesta:
a) Que los ingresos o bienes del oferente y/o EL CONTRATISTA no provienen de
ninguna actividad ilícita contempladas en el Código Penal Colombiano o en
cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique. En consecuencia declara
que sus ingresos o bienes están ligados al desarrollo normal de actividades lícitas
propias de su objeto social en el caso de personas jurídicas o del ejercicio de su
profesión u oficio en el caso de ser persona natural.
b) Que el oferente y/o EL CONTRATISTA no ha efectuado transacciones u
operaciones destinadas a la realización o financiamiento de actividades ilícitas
contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo
sustituya, adicione, o modifique, o a favor de personas relacionadas con dichas
actividades.
c) Que los recursos o bienes objeto del presente contrato, no provienen de ninguna
actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal colombiano o en cualquier
norma que lo modifique, adicione o sustituya.
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d) Que en la ejecución del presente contrato, EL CONTRATISTA se abstendrá de
tener vínculos con terceros que se conozca por cualquier medio estén vinculados a
actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo, fraude o corrupción.
e) Que EL CONTRATISTA cumple con las normas sobre prevención y control al
lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), fraude o corrupción que le
resulten aplicables, teniendo implementados las políticas, procedimientos y
mecanismos de prevención y control al Lavado de activos o financiación del
terrorismo, prevención del Fraude y Corrupción que se derivan de dichas
disposiciones legales.
f) Que ni EL CONTRATISTA ni sus accionistas, asociados o socios que directa o
indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o
participación, ni sus representantes legales, ni sus Revisores Fiscales, ni sus
Auditores Externos y miembros de Junta Directiva, se encuentran en la lista
internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho
internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de
Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista
OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales o internacionales
relacionadas con actividades ilícitas, fraude o corrupción (listas del Banco Mundial
y del Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-), estando AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P facultado para efectuar las verificaciones que considere
pertinentes y podrá dar por terminada cualquier relación contractual si verifica que
alguna de tales personas figuran en dichas listas.
g) Que no existe en contra de EL CONTRATISTA ni de sus accionistas, asociados o
socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del
capital social, aporte o participación, ni de sus representantes legales y sus
miembros de la Junta Directiva, ni de sus Revisores Fiscales o Auditores
Externos, una sentencia judicial en firme que los condene por la comisión de
delitos dolosos o que se encuentren vinculados a investigaciones penales por
delitos dolosos, estando AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P facultado para efectuar las
verificaciones que considere pertinentes en bases de datos y en informaciones
públicas nacionales o internacionales y podrá dar por terminada cualquier relación
comercial si verifica que contra alguna de tales personas existen investigaciones o
procesos o existen informaciones en dichas bases de datos públicas que puedan
colocar a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P frente a un riesgo legal o reputacional.
h) EL CONTRATISTA se obliga a indemnizar a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P por
todos los perjuicios probados que le llegare a causar por el incumplimiento de esta
declaración.
2.7.2. Declaración sobre bienes sujetos a extinción de dominio: El oferente y/o
EL CONTRATISTA declara que los activos objeto del presente contrato, no se
encuentran incursos en las siguientes circunstancias consagradas en el artículo 16 la
ley 1708 de 2014 sobre extinción de dominio:
a. Que sean producto directo o indirecto de una actividad ilícita.
b. Que correspondan al objeto material de la actividad ilícita, salvo que la ley
disponga su destrucción.
c. Que provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica
del producto, instrumentos u objeto material de actividades ilícitas.
d. Que formen parte de un incremento patrimonial no justificado, cuando existan
elementos de conocimiento que permitan considerar razonablemente que
provienen de actividades ilícitas.
e. Que hayan sido utilizados como medio o instrumento para la ejecución de
actividades ilícitas.
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f.
Que de acuerdo con las circunstancias en que fueron hallados, o sus
características particulares, permitan establecer que están destinados a la
ejecución de actividades ilícitas.
g. Que constituyan ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de
los anteriores bienes.
h. Que sean de procedencia lícita, utilizados para ocultar bienes de ilícita
procedencia.
i. Que sean de procedencia lícita mezclados material o jurídicamente con bienes de
ilícita procedencia.
j. Que sean de origen lícito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes
descritos en los numerales anteriores, cuando la acción resulte improcedente por
el reconocimiento de los derechos de un tercero de buena fe exenta de culpa.
k. Que sean de origen lícito cuyo valor corresponda o sea equivalente al de bienes
producto directo o indirecto de una actividad ilícita, cuando no sea posible la
localización o afectación material de estos.
l. Que sean bienes objeto de sucesión por causa de muerte, cuando en ellos
concurra cualquiera de las causales previstas en la ley 1708 de 2014.
2.8. Autorización de verificación de listas y de base de datos.
EL oferente y/o EL CONTRATISTA autoriza para que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
verifique en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el
derecho internacional (lista de las Naciones Unidas), la lista emitida por la Oficina de
Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América,
Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo- y aquellas otras
listas o bases de datos públicas o privadas donde se relacionen personas
presuntamente vinculadas a cualquier actividad ilícita, fraude o corrupción a EL
CONTRATISTA y a sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente
tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, a sus
representantes legales, miembros de la Junta Directiva, Revisores Fiscales y/o
Auditores Externos.
Para el efecto, EL CONTRATISTA deberá informar el nombre e identificación de los
accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento
(5%) o más del capital social, aporte o participación.
El CONTRATISTA autoriza a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P a comunicar o reportar a
las autoridades nacionales cualquiera de las causales descritas en la cláusula
(terminación unilateral del contrato), así como a suministrar a dichas autoridades las
informaciones que ellas requieran.
2.9. Indemnidad.
EL CONTRATISTA mantendrá indemne a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, es decir,
libre de asumir cualquier indemnización o pago originado en reclamaciones de
terceros y que se deriven de actuaciones del CONTRATISTA, de sus subcontratistas o
dependientes. Por lo anterior, el CONTRATISTA asumirá todos los gastos e
indemnizaciones a que haya lugar por los reclamos, demandas, acciones legales, y en
general costos asociados a las mismas que se sustenten u originen en daños
materiales, personales, o en general a intereses jurídicos de terceros, ocasionados
durante la ejecución del objeto y obligaciones contempladas el presente contrato.
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En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad del
CONTRATISTA se le comunicará a la mayor brevedad para que adopte
oportunamente las medidas previstas por la ley y/o el presente contrato, para
mantener la indemnidad aquí pactada y adelante los trámites para llegar a un arreglo
del conflicto cuando ello fuera posible.
2.10. Rechazo y eliminación, desviaciones y reglas de subsanabilidad.
Se entiende por “rechazo” la determinación de no considerar una propuesta por la
carencia de alguno de los requisitos de participación previstos en este pliego o por
incumplimiento de algún requisito legal.
Se entiende por “eliminación” la decisión de excluir del proceso una propuesta cuando
dentro de su análisis, se detectan errores, faltas, incoherencias, o en general
información no admisible, o cuando se presente alguna (s) de las causales descritas
más adelante.
2.10.1. Causales de rechazo
Serán causales para rechazar la oferta el incumplimiento de los requisitos de
participación previstos en el numeral 2.1.1. de este pliego o en la ley.
2.10.2. Causales de eliminación
Podrán ser causales de eliminación de las ofertas, cuando no se ajusten a las
exigencias del pliego de condiciones o de la ley y las que a continuación se enuncian,
a menos que hubiere posibilidad de subsanarse conforme a lo previsto en este pliego:
2.10.2.1. Cuando la propuesta fuere presentada por una persona, natural o jurídica,
que haya intervenido, directa o indirectamente, en los diseños o en la asesoría técnica
del proyecto para el que se requieren los bienes objeto de este proceso de
contratación, o participado en la elaboración de éstos pliegos de condiciones, o por las
compañía cuyos socios o personal a su servicio hayan tenido tal intervención.
2.10.2.2. Cuando un socio o empleado de quien presente propuesta, haya participado
en la elaboración de la oferta de otro oferente o proponente, que igualmente participe
en este proceso de contratación.
2.10.2.3. Cuando la propuesta presente desviaciones sustanciales en los términos del
numeral 2.10.3.
2.10.2.4. Cuando la propuesta o sus aclaraciones contengan información inexacta,
contradictoria, confusa, indefinida o ambigua.
2.10.2.5. Cuando la propuesta se modifique por el proponente de manera unilateral o
ante una solicitud de aclaración de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
2.10.2.6. Cuando uno o varios precios presentados en la propuesta presenten
desequilibrios no justificados en relación con los precios normales del mercado.
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2.10.2.7. Cuando los oferentes celebren acuerdos entre sí, con el fin de restringir o
distorsionar la libre competencia o para que sea seleccionado uno de ellos o pongan
en riesgo los derechos de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
2.10.2.8. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o
presionar a los servidores de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P encargados del estudio y
evaluación de las propuestas, o de la aceptación de la oferta.
2.10.2.9. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del proponente
desde la presentación de su propuesta por cualquier causa que, a juicio de AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P, limite seriamente la capacidad técnica, operacional o
financiera del proponente.
2.10.2.10. Cuando el proponente no haya respondido requerimientos de información
de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, o los responda de manera insatisfactoria o
inconsistente, o lo haga modificando la propuesta.
2.10.2.11. Cuando el proponente se encuentre incluido en la lista internacional
vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las
Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del
Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o
bases de datos nacionales o internacionales relacionadas con actividades ilícitas,
fraude o corrupción (listas del Banco Mundial y del Grupo BID -Banco Interamericano
de Desarrollo-). Cuando el proponente sea una persona jurídica, esta causal se
extiende a los socios o accionistas que tengan directa o indirectamente más del cinco
por ciento (5%) de participación o acciones, miembros de junta directiva, Revisores
Fiscales, Auditores Externos y representantes legales.
2.10.2.12. Cuando el proponente, sus accionistas, asociados o socios que directa o
indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o
participación, o sus representantes legales y miembros de Junta Directiva, se
encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco
Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la
“Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano
de Desarrollo)” por haberse determinado que estuvieron involucradas en prácticas
fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas u obstructivas en violación de las
políticas anticorrupción del Grupo BID.
2.10.2.13. Cuando el proponente haya sido condenado en cualquier país, mediante
sentencia judicial en firme, por la comisión de los delitos de lavado de activos, alguno
de sus delitos fuente o por financiación del terrorismo. Esta causal se extiende en caso
de personas jurídicas a los socios o accionistas que tengan directa o indirectamente
más del cinco por ciento (5%) de participación o acciones, miembros de junta directica,
Revisores Fiscales, Auditores Externos y representantes legales.
2.10.2.14. Cuando el objeto del contrato involucre activos y el o los activos se
encuentren con medidas cautelares por estar vinculado a un proceso de extinción de
domino y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad quien
haga sus veces no se haya tomado el control o no haya nombrado un depositario
directo.
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2.10.2.15. Cuando se presenten dos ofertas básicas, la segunda será eliminada, salvo
que el pliego lo permita; así mismo, cuando se presente oferta básica y oferta
alternativa sin que el pliego lo permita, se eliminará la propuesta alternativa.
2.10.2.16. Cuando la oferta esté condicionada (artículo 855 del Código de Comercio).
2.10.2.17. Cuando se presente propuesta en forma individual y a la vez como
integrante de una unión temporal o un consorcio; evento en el cual se eliminaran las
dos propuestas.
2.10.2.18. Cuando se presente propuesta como integrante de más de una unión
temporal o consorcio, se considerará la que primero se haya presentado. Si se
presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas.
2.10.2.19. Cuando el representante o los representantes legales de una persona
jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que igualmente
participen en este proceso de contratación, se considerará la que primero se haya
presentado. Si se presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas.
2.10.2.20. Cuando el proponente no acepte la renuncia a reclamación diplomática, o
cuando la propuesta estipule la obligatoriedad de que las diferencias que surjan entre
las partes durante la ejecución del contrato sean sometidas a la decisión de tribunales
de arbitramento.
2.10.2.21. Cuando la propuesta no resulte elegible por obtener un puntaje inferior al
sesenta por ciento (60%) del puntaje máximo establecido para la evaluación de la
misma, de acuerdo con los factores de ponderación
2.10.3. Desviaciones
Se considera desviación la disconformidad de la oferta frente a las condiciones del
pliego.
Desviaciones sustanciales. Son sustanciales las desviaciones que:
a. Afectan de manera “esencial” la forma, el alcance, la calidad o el funcionamiento de
los bienes o servicios especificados.
b. Limita los derechos de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P o las obligaciones del
oferente emanadas del contrato.
Las demás desviaciones son no sustanciales y serán corregidas directamente por
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P cuando ello sea factible a partir de la información
consignada por el proponente; en caso contrario, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se
reserva el derecho de solicitar las aclaraciones, precisiones o correcciones que sean
necesarias, sin que ello suponga el derecho del oferente a modificar los otros aspectos
de la propuesta. El proponente requerido deberá atender el llamado de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P dentro del término que para el efecto se le señale; en caso de no
hacerlo AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá eliminar su oferta.
2.10.4. Reglas de subsanabilidad.
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Serán subsanables los aspectos de forma de la oferta y en tal sentido primará lo
sustancial sobre lo meramente formal. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se reserva el
derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustantivas de las ofertas o
cotizaciones, y de pedir información o aclaraciones adicionales sin que ello implique el
derecho de los oferentes a modificarlas, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
En caso de identificar inconsistencias, errores o ausencia de documentos para la
acreditación de los requisitos de participación, dentro del término que se establezca en
estos pliegos o en la comunicación en la cual se requiera al oferente para el efecto,
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá solicitar la prueba del cumplimiento de los
requisitos de participación.
En caso de que el oferente presente en su oferta la información a través de la cual
pretenda obtener puntaje en algún(os) factor(es) de ponderación y no anexe la prueba
que lo demuestra, se le podrá solicitar que subsane tal omisión, si la información fue
relacionada en la oferta. En todo caso, los hechos o circunstancias acreditados deben
ser anteriores a la fecha de cierre para la presentación de ofertas.
No obstante, cuando un requisito de participación sea a la vez factor de ponderación,
se podrá solicitar su subsanabilidad conforme a lo indicado, pero sólo se tendrá en
cuenta como requisito de participación y no en la ponderación.
Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas
serán corregidos directamente por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P de la siguiente
manera:
a.
Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se
obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes,
prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un
error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el
precio total cotizado y se corregirá el precio unitario;
b.
Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta
de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y
c.
Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto
expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación
con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los
literales a y b precedentes.
2.11. Formularios
En la elaboración de la propuesta el interesado deberá tener en cuenta que
determinado tipo de información que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P requiere para
evaluar las ofertas, debe consignarse en formularios previamente suministrados por la
entidad con este pliego. En consecuencia, y salvo casos especiales en los que pueda
demostrarse que la omisión es subsanable, el no consignar debidamente la
información de cada formulario o diligenciarlo indebida o incompletamente, supondrá
la calificación de la propuesta como “incompleta”.
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FORMULARIO 1
PR-2015-040
RELACIÓN DE DOCUMENTOS
El PROPONENTE __________________________________________, somete la
presente oferta a consideración de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, cuyo contenido es
el siguiente:
Folio
DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO
DESDE
HASTA
Folios de la oferta
FORMULARIO 1 – Relación de documentos
FORMULARIO 2 – Carta de presentación
Anexo a la carta de presentación
FORMULARIO 2 A – Abono de la propuesta. N/A
FORMULARIO 3 – Certificación de pago de aportes de seguridad y
parafiscales
Garantía de seriedad de la oferta
Certificado de existencia y representación legal
FORMULARIOS 4 – Cantidades y precios
FORMULARIOS 4 (A) – Cantidades y precios N/A
FORMULARIO 5 - Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo.
FORMULARIO 6 – Certificado de Gestión de Calidad del Proponente
FORMULARIO 7 – Certificado de Gestión de Calidad del fabricante N/A
FORMULARIO8 – Experiencia del Proponente
FORMULARIO 9 – Experiencia del Fabricante N/A
FORMULARIO 10 – Cumplimiento del Proponente en contratos anteriores.
FORMULARIO 11 – Certificado de autorización otorgado por el Fabricante
FORMULARIO 12 – Características Técnicas Garantizadas
FORMULARIO 13 – Adendas y aclaraciones recibidas por el proponente.
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FORMULARIO 2
PR-2015-040
CARTA DE PRESENTACIÓN
Lugar: ____________, fecha: ____________________
Señores:
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
Calle 97ª N°104-13, Barrio Humedal.
Teléfono (4) 828 66 57
Municipio de Apartado – Antioquia
Asunto: Proceso de contratación PR-2015-040
Objeto: “COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA, TAMBIÉN
LLAMADA DE POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O QUICK CAM PARA
INSPECCIONAR REDES DE ALCANTARILLADO”.
El (los) suscrito(s) __________________________________habiendo examinado
cuidadosamente los documentos de la contratación y (sus adendas), _______recibidas
las
aclaraciones
solicitadas,
presento
oferta
para
___________________________________relacionadas con el objeto del proceso de
contratación del asunto.
De ser aceptada la oferta nos comprometemos a formalizar un contrato de
conformidad con lo establecido en los documentos de la contratación y a presentar la
documentación requerida, dentro del período indicado para el efecto.
Ejecutaremos el contrato por los precios cotizados en nuestra oferta, según
procedimiento establecido en el pliego, en las condiciones contractuales y técnicas
exigidas en los documentos de esta contratación y previstas por las normas que rigen
la contratación con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P de conformidad con la aceptación
que se nos haga y en el plazo estipulado en el pliego.
Mantendremos válida nuestra oferta durante el término que se establece en los
documentos de esta contratación, contados desde la fecha de cierre para la
presentación de ofertas; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de la
garantía de seriedad, si se diere el supuesto contemplado en el pliego.
Manifestamos que a la fecha no incurrimos en ninguna causal de inhabilidad o
incompatibilidad para contratar con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y en caso de
sobrevenir alguna, informaremos inmediatamente a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y
cederemos el contrato, previa autorización escrita de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y
de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar con su ejecución.
Declaramos que la información contenida en nuestra oferta es exacta y veraz, y que
aportaremos las pruebas que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P considere necesarias
para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para AGUAS DE
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URABÁ S.A. E.S.P conforme a las exigencias de los documentos de esta contratación,
aceptamos que nuestra oferta sea eliminada.
Con la presentación de esta oferta autorizo a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y a sus
subordinadas para para utilizar la información referente a datos personales para
actividades propias de su negocio y su tratamiento estará regulado por la Ley 1581 de
2012.
Declaramos expresamente que la presente propuesta si ____ no ____ tiene
información reservada y la información que tiene dicho carácter es:
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_________________________
Lo anterior con fundamento en las siguientes normas:
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_________________________
Declaramos que estamos informados y aceptamos las condiciones y procedimientos
que para los ajustes de informalidades y de precios unitarios se han estipulado en el
pliego, así mismo aceptamos que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P realice el ajuste de
precios a los que tiene previamente determinados de acuerdo con los presentados en
el formulario de precios y aceptamos el contrato único con dichos precios, en caso de
que nos sea aceptada la oferta y las demás condiciones y especificaciones contenidas
en el mismo.
Nombre del oferente: _____________________________NIT: __________________
Dirección para comunicaciones y/o notificaciones del oferente y/o contratista:
___________________________ Teléfono No: ____________
Fax No.: ___________________________E-mail: ___________________________
Atentamente,
Representante legal: ___________________________
Cédula de Ciudadanía: ___________________________
Firma: ______________________
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Anexo:
Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el
carácter de reservada señalar expresa y debidamente, en el presente anexo los
fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado.
___________________________
Atentamente,
Representante legal: ___________________________
Cédula de Ciudadanía: ___________________________
Firma: ______________________
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FORMULARIO 2 A
N/A
PR-2015-040
DATOS GENERALES, FIRMA
ABONO DE LA PROPUESTA
En el siguiente cuadro, presentamos los datos generales de nuestra empresa, la firma
del representante legal y el abono de la(s) propuesta(s) presentada(s) para participar
en el proceso de contratación.
DATOS DEL PROPONENTE
NOMBRE DEL PROPONENTE
NIT
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO)
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO)
CÉDULA DE CIUDADANÍA
DIRECCIÓN DEL PROPONENTE
DE
CIUDAD
TELÉFONO (S)
FAX
CÁMARA DE COMERCIO EN LA CUAL SE ENCUENTRA INSCRITO
NÚMERO O CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN
E-MAIL
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA
PARA RECIBIR
COMUNICACIONES Y
NOTIFICACIONES.
Nota:
Esta dirección deberá mantenerse
actualizada por el proponente o
contratista.
ABONO DE LA PROPUESTA
NOMBRE DE QUIEN ABONA LA PROPUESTA
FIRMA DEL INGENIERO QUE ABONA LA PROPUESTA
TÍTULO
MATRÍCULA No.
CÉDULA DE CIUDADANÍA
SECCIONAL
de
Se anexa la fotocopia de la tarjeta profesional del ingeniero que abona la propuesta
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ANEXO A LA CARTA DE PRESENTACIÓN
Lugar: ____________, fecha: ____________________
Señores:
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
Calle 97ª N°104-13, Barrio Humedal.
Teléfono (4) 828 66 57
Municipio de Apartado – Antioquia
Asunto: Proceso de contratación PR-2015-040
Objeto: “COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA, TAMBIÉN
LLAMADA DE POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O QUICK CAM PARA
INSPECCIONAR REDES DE ALCANTARILLADO”.
El suscrito, actuando en mi condición de __________________________(escribir si es
Presidente, Gerente, u otro cargo directivo, o persona natural) y, por lo tanto,
Representante Legal de la sociedad __________________________, legalmente
constituida tal como consta en el certificado de existencia y representación legal
vigente expedido por la __________________________ (especificar si es Cámara de
Comercio u otro organismo competente para el efecto y de que ciudad), se permite
manifestar que el Representante Legal, los socios (o Junta Directiva), y la sociedad
PROPONENTE (cuando sea persona jurídica), o la persona natural, no están incursos
en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P.
Atentamente,
_____________________________________
Nombre y firma del Representante Legal
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FORMULARIO 3
PR-2015-040
CERTIFICACIÓN DE PAGO DE LOS APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y
PARAFISCALES
Lugar: __________________________, fecha: __________________________
Señores:
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
Calle 97ª N°104-13, Barrio Humedal.
Teléfono (4) 828 66 57
Municipio de Apartado – Antioquia
Asunto: Proceso de contratación PR-2015-040,
Objeto: “COMPRA DE UNA CÁMARA DE INSPECCIÓN RÁPIDA, TAMBIÉN
LLAMADA DE POSTE (POLE CAMERA), DE PÉRTIGA O QUICK CAM PARA
INSPECCIONAR REDES DE ALCANTARILLADO”.
Certifico que la sociedad proponente (o la persona natural, de ser el caso),
__________________________, con Nit. (o cédula de ciudadanía, de ser el caso),
__________________________ se encuentra a paz y salvo con las obligaciones del
pago de los aportes de nuestros empleados, a los sistemas de salud, riesgos
profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Atentamente,
____________________________________________________________
Nombre y firma del Revisor Fiscal
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FORMULARIO 4
PR-2015-040
CANTIDADES Y PRECIOS
ítem
Descripción
1
Suministro de cámaras de inspección rápida, también llamadas de poste (Pole
Camera), de pértiga o “Quick Cam” para inspeccionar redes de alcantarillado Dicho
sistema deberá contener como mínimo los siguientes elementos:
- Un (1) Módulo de cámara con zoom óptico y zoom digital, sensor y estabilizador
de imagen y sistema de iluminación.
- Una (1) pértiga o varilla telescópica, con longitud mínima de 1.40 metros hasta
7.30 metros, sin incluir tramos adicionales.
- Una (1) caja para transporte.
- Una (1) Unidad de memoria para almacenamiento y su adaptador
- Un (1) Manual en español
- Un (1) Cable de conexión a video.
- Una (1) Tarjeta de memoria tipo USB
- Un (1) Monitor para visualización con su cargador
- Un (1) Chaleco porta baterías y su cargador
- Una (1) Unidad de control y mando para reproducir y capturar las imágenes y
datos de la cámara.
- Un (1) día de capacitación al personal de operación y mantenimiento en manejo y
operación del equipo.
2
Und Cant
UN
1
- Mantenimiento preventivo y/o correctivo semestral de los equipos de los sistemas de
inspección y diagnóstico de redes de alcantarillado mediante cámara para inspección
UN
rápida, también conocida como “pole camera”, cámara de poste, de pértiga o “quick
cam” (No incluye el suministro de repuestos) en las instalaciones del contratista.
1
COSTO DIRECTO
IVA 16%
COSTO TOTAL
Moneda en que cotiza: _______________________________________________________________________
Plazo propuesto para la entrega de los bienes: _____________ (______) días calendario.
Nombre del fabricante de los bienes: ____________________________________________________________
Ciudad y país de origen de los bienes: ___________________________________________________________
Firma del Representante Legal: ______________________________________________
Notas:
1. Si los precios cotizados contienen cifras decimales, máximo deben ser dos (2)
2. El oferente debe cotizar Almacén de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Nota aclaratoria: Este formato debe utilizarse cuando la forma de entrega sea en el extranjero N/A
FORMULARIO 4 (A) PARA ENTREGA FOB/FCA
PC 201X-XXX
CANTIDADES Y PRECIOS
ítem
Descripción
Unidad
Cantidad
1
2
3
Valor total de la oferta, sin incluir el IVA
Moneda en que se cotiza: ___________________________________________________
Lugar de entrega de los bienes (FOB) o (FCA) ___________________________
Plazo propuesto para la entrega (FOB) o (FCA):_____________ (___) días calendario.
Nombre del fabricante de los bienes: __________________________________________
Ciudad y país de origen de los bienes: _________________________________________
Notas:
1. Si los precios cotizados contienen cifras decimales, máximo deben ser dos (2)
Precio unitario sin IVA
Total
ANEXO A LOS FORMULARIOS DE CANTIDADES Y PRECIOS
EMPAQUE, EMBALAJE Y POSICIÓN ARANCELARIA DE BIENES FOB/FCA
1. INFORMACIÓN DE LOS BIENES
Subpartida Arancelaria por Ítem
Descripción del bien
Nota: Si los bienes a suministrar conforman una unidad funcional, favor especificar la posición arancelaria del equipo que cumple la función
principal. En caso contrario se debe informar la subpartida arancelaria de cada uno de ellos.
País de Origen
País de Compra
País de Embarque
Nombre del puerto/aeropuerto internacional de entrega y ciudad puerto/aeropuerto de embarque:
Nota: La oferta debe ser presentada para entrega en puerto/aeropuerto comercial y de tráfico internacional.
Información Comercial
Contratista
Exportador
Despachador
Empresa:
Contacto:
Dirección:
Teléfono:
Fax:
Mail:
Ciudad-País:
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Observaciones adicionales
La carga se puede remontar:
Indicar cantidad máxima: XXXXXXX
Si
No
Si
No
Otro
(Cuál)
Contenedor
40’ Std
Total:
Carga Suelta
Peso Total (Kg)
Peso Unitario (Kg)
Volumen Total (M3)
Total:
Tipo de despacho (marcar con
x)
20’ Std
Total:
Volumen unitario (M3)
No. De
Unidades
de
empaque
(Cantidad)
Alto
(m)
Tipo de
empaque
de la
mercancía
(Estiba,
Huacal,
Carrete,
etc.)
Ancho (m)
ESPECIFICACIONES DE LA CARGA POR ENTREGA
Largo (m)
2
Total
de
20’std:
Total
de 40’
std:
Total
otro:
Carga peligrosa
IMO:
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Recomendaciones adicionales para
transporte
(indicar)
Diligenciar por cada entrega, el numeral 2 “ESPECIFICACIONES DE LA CARGA POR ENTREGA” de este formulario.
Esta información debe corresponder a las unidades de carga que se entregarán a un transportista o agente de carga, para el transporte internacional. Según
lo anterior, favor no informar especificaciones de la mercancía en su empaque original, sino de la unidad de carga que reúne varias de éstas mercancías.
Notas:






Si el peso y/o el volumen de la carga justifica utilizar algunos de los tipos de contenedores que existen, el PROPONENTE deberá incluir en
la oferta los costos en origen hasta la entrega (transportes internos y el llenado de los mismos). De todas maneras, si el PROPONENTE
no suministra esta información requerida, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P entenderá que están incluidos en el precio de los bienes y
podrán contratar el transporte internacional en contenedores.
Si el despacho se va a efectuar en CONTENEDORES, tener en cuenta que se deben optimizar como mínimo en un 85% de su capacidad.
Se deberá tener en cuenta lo indicado en el numeral 5.2.10.2“Embalaje y transporte”.
Si el oferente indica como País de Origen y País de Embarque un país con el cual Colombia tiene convenio para preferencia arancelaria,
el contratista debe suministrar el Certificado de Origen con el lleno de los requisitos para que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se pueda
acoger a tal desgravación; en caso contrario, el contratista correrá con todos los gastos adicionales y extra costos que la ausencia de
dicho certificado implique en el proceso de nacionalización por parte de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
En caso de no diligenciar este formulario en forma completa, en cuanto a especificaciones de la mercancía (peso, volumen y dimensiones
por unidad de carga y total), para efectos de valuación económica serán tenidos en cuenta los suministrados por el oferente que indique
las mayores especificaciones, así este sea eliminado por cualquier evento.
Este formulario se debe diligenciar para cada grupo cotizado.
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL___________________________________
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FORMULARIO 5
PR-2015-040
“Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo”
INTRODUCCIÓN E INSTRUCCIONES
Aguas de Urabá S.A E.S.P., en su calidad de sujeto responsable de contar con un
sistema de gestión de riesgos Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo,
en adelante LA/FT, ha dispuesto el presente formulario para quienes deseen
vincularse con ella, encoherencia con sus actuales Políticas de Gestión Integral de
Riesgos y de Responsabilidad Social Empresarial.
El presente formato debe ser entregado con la propuesta y ser diligenciado totalmente.
Tenga en cuenta que:
a) Es posible que alguna información no aplique, en cuyo caso así se deberá
expresar.
b) En el caso de personas jurídicas, el formato debe ser rubricado por el
Representante Legal, acompañándolo de fotocopia de su cédula de ciudadanía y
del RUT de la empresa.
c) Para el caso de las personas naturales, el formato debe ser rubricado por el
proponente (persona natural) adjuntando fotocopia de su cédula de ciudadanía y
del RUT.
INFORMACIÓN BÁSICA
NOMBRE, RAZÓN O
DENOMINACIÓN
SOCIAL:
IDENTIFICACIÓN:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
TELÉFONO:
EMAIL 1:
EMAIL 2:
INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRES:
APELLIDOS:
IDENTIFICACIÓN:
FECHA Y CIUDAD DE
EXPEDICIÓN:
TELÉFONO:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
EMAIL 1:
EMAIL 2:
Compraventa
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INFORMACIÓN DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA/ CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN O SU EQUIVALENTE
NOMBRES:
APELLIDOS:
IDENTIFICACIÓN:
FECHA Y CIUDAD DE
EXPEDICIÓN:
TELÉFONO:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
EMAIL 1:
EMAIL 2:
INFORMACIÓN DE REVISORES FISCALES1
NOMBRES:
APELLIDOS:
IDENTIFICACIÓN:
FECHA Y CIUDAD DE
EXPEDICIÓN:
CARGO: (INDICAR SI ES
PRINCIPAL O SUPLENTE)
TELÉFONO:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
EMAIL 1:
EMAIL 2:
En caso de tener una firma o persona jurídica, indicar los datos de la misma:
RAZÓN SOCIAL:
IDENTIFICACIÓN:
ACCIONISTAS O SOCIOS2 CON PARTICIPACIÓN SUPERIOR O IGUAL AL CINCO
POR CIENTO (5%)
Certifico que los asociados, accionistas o socios que tienen más de CINCO (5%) de
participación en el capital social de la entidad que represento son las personas
naturales o jurídicas que aparecen en la siguiente relación:
Nombre
sY
Apellid
os
1
2
Identificati
on
Número
de
Accione
s,
Cuotas
o Partes
De
Interés
Participaci
ón en el
capital
social (%)
Teléfon
o:
Direcció
n:
Ciuda
d:
Diligenciar para el Revisor Principal y para el Suplente.
Diligenciar en cuadro aparte cuando se requiera informar múltiples socios.
Compraventa
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Nota: Utilizar un cuadro aparte para detallar todos los socios en caso de requerir más
espacio
MANIFESTACIONES
Con la presentación de la oferta declaro que:
Los recursos con los cuales se ejecutara el contrato no provienen de ninguna actividad
ilícita y aquellos que eventualmente recibiré por ejecución del contrato no serán
destinados a financiar ninguna actividad ilícita.
La información consignada y anexa a este formulario es veraz y admito que cualquier
omisión o inexactitud en estos documentos podrá ocasionar el rechazo de esta
solicitud y la devolución de la documentación, como también la cancelación de mi
inscripción.
En caso de ser persona jurídica, declaro que los recursos con los cuales fue
constituida no provienen de ninguna actividad ilícita.
AUTORIZACIÓN
Mediante la presente, autorizo a Aguas de Urabá S.A E.S.P. para que consulte las
listas establecidas para el control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo,
así como las centrales de información y/o bases de datos públicas, correspondiente a
la persona jurídica que represento, a sus representantes legales, revisores fiscales,
miembros de Junta Directiva y Socios. Para el caso de personas jurídicas, autorizo la
consulta, tanto de la persona jurídica, como de los representantes legales, accionistas
con participación igual o superior al 5% del capital social.
Manifiesto que cualquier variación en la información suministrada será puesta en
conocimiento de Aguas de Urabá S.A E.S.P. De igual forma, se procederá cuando
Aguas de Urabá S.A E.S.P lo requiera durante la ejecución del proceso de
contratación o del contrato (en caso que éste llegue a concretarse).
Para la constancia,
FIRMA
(REPRESENTANTE DEL PROPONENTE/ PROPONENTE PERSONA NATURAL)
NOMBRES y APELLIDOS:
IDENTIFICACIÓN:
FECHA:
Compraventa
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FORMULARIO 6 N/A
PR-2015-040
CERTIFICADO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL PROPONENTE
Se refiere al certificado que debe acreditar el Proponente, de acuerdo con lo
establecido en el numeral 2.1.1. “Requisitos específicos de participación”, del
presente pliego de condiciones.
Firma del Proponente: _________________________________
Nota: No aplica para este proceso
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FORMULARIO 7
PR-2015-040
CERTIFICADO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL FABRICANTE
Se refiere al certificado que debe acreditar el Proponente, de acuerdo con lo
establecido en el numeral 2.1.1. “Requisitos específicos de participación”, del presente
pliego de condiciones.
Firma del Proponente: _________________________________
Compraventa
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Proceso de contratación PR-2015-040
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FORMULARIO 8
PR-2015-040
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Para acreditar esta experiencia se deberá anexar certificados expedidos por las
respectivas entidades públicas o privadas a las cuales se les suministraron los
bienes, y deberán como mínimo contener la siguiente información:
Nombre de la firma que certifica
Dirección
Teléfono y fax
Ciudad y país
e-mail
No. del contrato y objeto
Valor del contrato
Fecha de suscripción del contrato
Fecha inicio y terminación del contrato
Características de los bienes
Nombre y firma de la persona que certifica
En caso de que los contratos fueran ejecutados con personas naturales, deberá
presentarse como certificado copia de la factura de venta del producto suministrado.
La evaluación de este aspecto se efectuará con la información suministrada por el
PROPONENTE y los certificados otorgados por los clientes.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá verificar, cuando lo estime conveniente, que la
información acá consignada sea exacta y veraz, y en el caso de falsedad, el
PROPONENTE será descalificado.
Nota: El PROPONENTE deberá diligenciar este formulario por cada contrato
ejecutado, que desee acreditar como experiencia.
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FORMULARIO 9 N/A
PR-2015-040
EXPERIENCIA DEL FABRICANTE
Para acreditar esta experiencia se deberá anexar certificados expedidos por las
respectivas entidades públicas o privadas a las cuales se les suministraron los
bienes, y deberán como mínimo contener la siguiente información:
Nombre de la firma que certifica
Dirección
Teléfono y fax
Ciudad y país
e-mail
No. del contrato y objeto
Valor del contrato
Fecha de suscripción del contrato
Fecha inicio y terminación del contrato
Características de los bienes
Nombre y firma de la persona que certifica
En caso de que los contratos fueran ejecutados con personas naturales, deberá
presentarse como certificado copia de la factura de venta del producto suministrado.
La evaluación de este aspecto se efectuará con la información suministrada por el
PROPONENTE y los certificados otorgados por los clientes.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá verificar, cuando lo estime conveniente, que la
información acá consignada sea exacta y veraz, y en el caso de falsedad, el
PROPONENTE será descalificado.
Nota: En este proceso no se solicita experiencia del fabricante
Compraventa
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FORMULARIO 10
PR-2015-040
CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS
El Proponente deberá relacionar en este formulario tanto los incumplimientos
contractuales que se le han declarado durante los últimos tres (3) años, así como las
multas aplicadas en firme durante los últimos tres (3) años y/o medidas de apremio
provisionales o definitivas, a través de vínculos contractuales celebrados con
entidades públicas o privadas, o con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, donde estos
períodos se contabilizarán hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas del
presente proceso de contratación, o, en su defecto, la afirmación de la no ocurrencia.
En caso de que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P compruebe la no veracidad de esta
información, será motivo suficiente para tomar las acciones que conduzcan a la
eliminación de la oferta.
A. Declaración de incumplimientos y/o multas y/o medidas de apremio
provisionales o definitivas. (Relacionar el Nro. del contrato, objeto del contrato,
entidad contratante, ciudad del trabajo, fechas del plazo contractual, valor del contrato
y motivos del incumplimiento y/o la multa):
1.____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
2.____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
B. Declaración de la no ocurrencia de incumplimientos y/o multas y/o medidas
de apremio provisionales o definitivas. Si al Proponente no se le ha declarado
ningún tipo de incumplimiento durante los últimos tres (3) años, y/o no se le aplicó
ninguna multa en contratos celebrados durante los últimos tres (3) años, contados
hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de
contratación, debe manifestar esta aseveración:
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
Firma del Proponente: __________________________________
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Proceso de contratación PR-2015-040
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FORMULARIO 11
PR-2015-040
CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN OTORGADO POR EL FABRICANTE
Se refiere al certificado que debe acreditar el Proponente, de acuerdo con lo
establecido en el numeral 2.1.1.13. “Requisitos específicos de participación”, del
presente pliego de condiciones.
Nota: Declaración expresa de que el fabricante conoce y acoge las condiciones de
pago y deducciones establecidas en este pliego.
Firma del Proponente: _________________________________
Compraventa
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Proceso de contratación PR-2015-040
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FORMULARIO 12
PR-2015-040
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GARANTIZADAS
El proponente deberá suministrar la totalidad de las características técnicas aquí
solicitadas con el fin de garantizar el cumplimiento de estas exigencias contractuales.
Podrá suministrar, además, la información adicional que, en su consideración, deban
conocer AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P para que ella pueda identificar el bien
ofrecido.
Este “Formulario” debe llenarse completamente y en forma clara y concisa. La
información suministrada en forma confusa, incompleta, errónea y/o con espacios en
blanco, podrá ser causal para la eliminación de la oferta.
Todas las aclaraciones que un proponente considere necesario hacer respecto de
alguna o algunas de las características técnicas a garantizar, las podrá incluir en hoja
anexa al presente “Formulario” de su oferta, mecanismo que le permitirá a AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P la evaluación ágil y confiable de los bienes ofrecidos. Estas
aclaraciones se tomarán como parte integral de las características técnicas
garantizadas.
En caso de que alguna información solicitada no sea aplicable a los bienes ofrecidos,
se indicará con las siglas N.A. (No Aplica), comprometiéndose el proponente a
sustentar esta respuesta, la cual se analizará en el momento de la evaluación de la
oferta.
Toda la información que el proponente suministre en este “Formulario”, serán los datos
técnicos válidos. Por tal motivo, los deberá soportar por medio de catálogos, hojas
técnicas, especificaciones originales de fábrica y/o demás documentos anexos (ya sea
en CD, documento preimpreso, o en ambos), e indicando para cada considerando el
número de folio correspondiente al soporte donde, sin lugar a equívocos, pueda
validarse la característica técnica que ofrece el proponente. De todas maneras, la
información suministrada en cada una de las celdas de este “Formulario”, regirán
sobre los datos de los catálogos, hojas técnicas, especificaciones originales de fábrica
y/o demás documentos anexos, pero deben ser consistentes con éstos.
En caso de existir incompatibilidad entre las características técnicas garantizadas y los
catálogos, hojas técnicas, especificaciones originales de fábrica y/o demás
documentos anexos, se deberán aclarar; de lo contrario, se considerará que la
característica técnica garantizada no es válida.
Las características técnicas garantizadas por el Proponente deben corresponder, en
su totalidad, a las que tienen los bienes que cotiza. En el evento de salir favorecido
con el contrato debe entenderse que estas mismas características serán las que, ya
en calidad de contratista, se compromete y certifica que entregará en cada uno de los
bienes durante la ejecución del mismo.
El OFERENTE garantizará las características técnicas de los bienes que está
ofreciendo, y referenciará el número de catálogo o anexo y las páginas donde AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P puede corroborar dicha información.
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Proceso de contratación PR-2015-040
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CARACTERÍSTICA
Fabricante
País de origen
Modelo
Marca
Catalogo
Sensor de imagen
Zoom Óptico
Zoom Digital
Resolución para
imagen y video
Foco
REQUERIDO ADU
SI
Monitor color LCD
Máximo 7
pulgadas
Mínimo 120 mts.
SI
Intensidad de
iluminación
Mínimo 400
lumens a 200
pies
Monitor a color con
protección para reflejo
de luz solar
SI
Potencia lumínica
Mínimo 16.000
candelas
Medida a punto de
foco
Incluye maletín para
el almacenaje y
transporte de la
cámara
opcional
SI
Año Fabricación
SI
Estanqueidad de la
cámara
Norma IP68
Peso del equipo
Máximo 9 kg
Dimensiones
Duración de batería
Formato de videos
Compraventa
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OBSERVACIONES
SI
SI
SI
SI
SI
Sensor de color
Mínimo 18 X
Mínimo 12 X
Minima de 450
Líneas TV
Manual y
automático,
seleccionable
Grado de protección
(Humedad y Polvo)
Alcance de
iluminación
¿Posee diagnóstico
interno?
GARANTIZADAS
POR EL OFERENTE
Debe garantizar
protección en caso
de inmersión
Incluye cámara,
pértiga, monitor y
sistema de energía
SI
Mínimo 5 horas
Extensión
(MPEG) y/o
(.AVI)
Proceso de contratación PR-2015-040
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CARACTERÍSTICA
Formato de fotos
Interfase para
conexión a PC
Consumo de potencia
Capacidad de
Almacenamiento de
información
Puerto para
transferencia de video
Chaleco de Seguridad
y Controlador para
Operador
REQUERIDO ADU
SI
SI
Mínimo 30 GB
Especificar tipo de
formato
Especificar tipo de
conexión
Especificar el
número de GB
SI
SI
Mínimo 1.4 mts
Tramos adicionales
de pértiga
Opcional
Material de la pértiga
Composite y/o
Carbono
Cable de alimentación
con conexión para
encendedor de
vehículo
SI
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OBSERVACIONES
SI
Longitud de pértiga o
poste
Compraventa
GARANTIZADAS
POR EL OFERENTE
Especificar longitud
total y número de
cuerpos de la
pértiga
Especificar la
longitud y el
número de tramos
adicionales que
ofrecen
Especificar
material
Proceso de contratación PR-2015-040
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FORMULARIO 13
PR-2015-040
ADENDAS Y ACLARACIONES RECIBIDAS POR EL PROPONENTE
ADENDA
Nro.
FECHA DE RECIBO
ACLARACIONES (Nro.
del oficio de AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P)
FECHA DE RECIBO
Firma del Proponente: _________________________________
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Proceso de contratación PR-2015-040
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3.
EVALUACIÓN
La evaluación consiste en una serie de pasos que se inician con la revisión de los
aspectos formales y documentales de la propuesta, tendiente a determinar el
cumplimiento de los requisitos de participación y el carácter “completo” de la propuesta y
terminan con la aplicación de los factores, criterios y fórmulas de ponderación que
permiten hacer comparables las propuestas en términos de puntajes.
3.1
Ajuste económico
Previos los estudios y análisis pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13
título III del Decreto 003 de 2015, cuando se presenten una o más ofertas y se considere
que se pueden obtener mejores condiciones económicas, el jefe de la dependencia que
adelanta el proceso de contratación decidirá si se procede a la etapa de ajuste
económico, previos los estudios y análisis pertinentes
En este caso, se solicitará a los proponentes que presenten una nueva propuesta
económica en sobre cerrado, dentro del término que para tal fin se fije, vencido el cual se
procederá a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación
establecidos.
Durante la etapa de ajuste económico ningún proponente podrá retirar su oferta, ni
introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerlas más desfavorable para
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
La etapa de ajuste económico podrá adelantarse en cualquier momento hasta antes de la
aceptación de la oferta.
Si alguno o algunos de los proponentes no presentan nueva propuesta económica, se
entenderá que mantienen su ofrecimiento inicial.
3.2. Aspectos técnicos
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P revisará exhaustivamente la oferta en cuanto a la
descripción de equipos y personal que incluye, con miras a determinar la capacidad
técnica que ello proporciona para el cumplimiento del “objeto” del contrato. En este
aspecto de la evaluación no sólo se considerará la cantidad de equipos y personal, sino
las características que ellos tienen según el ofrecimiento. Si las calidades del equipo o del
personal merecen algún reparo a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, el proponente estará
obligado a hacer las aclaraciones del caso, siempre sin que ello comporte la facultad de
modificar su oferta; si las cantidades de equipo o de personal resultan insuficientes a la
luz de las prácticas o conocimientos vigentes y habida cuenta de una programación
racional de los mismos, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá eliminar la propuesta.
3.3. Ponderación
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P examinará las propuestas para determinar si los
proponentes están habilitados para formularlas de acuerdo con los requisitos de
participación exigidos, si están completas, si se ha suministrado la garantía requerida, si
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Proceso de contratación PR-2015-040
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los documentos han sido debidamente presentados, si no hay errores de cálculo, y en
general, si se ajustan a los documentos del presente proceso de contratación.
Entre las propuestas que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos, y
previa ponderación se seleccionará la propuesta más favorable en su conjunto para LOS
CONTRATANTES, de acuerdo con el puntaje máximo que le sea asignado a cada uno de
ellos.
La ponderación se hará teniendo en cuenta el valor inicial de la oferta o el valor ajustado,
en caso de haber optado por el ajuste económico.
Factores de ponderación
FACTOR
PUNTAJE
100
900
Cumplimiento
Valor de la propuesta
3.3.1. Cumplimiento
En el formulario correspondiente, el proponente individual y cada uno de los integrantes
del consorcio o de la unión temporal, si se permite esta forma de participación, deberá
relacionar las multas, medidas de apremio provisionales o definitivas, sanciones u otros
incumplimientos que se le hayan aplicado o declarado en contratos anteriores por parte
de sus contratantes, dentro de los tres (3) años anteriores contados hasta la fecha de
cierre del proceso de contratación.
En el caso de multas, medidas de apremio, provisionales o definitivas, sanciones u otros
incumplimientos en que haya incurrido el proponente durante la ejecución de contratos
celebrados con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, se deberá informar el número del contrato
(incumplido). No obstante lo anterior, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P verificará en sus
archivos, y si encuentra multas, sanciones u otros incumplimientos adicionales a los
relacionados en la oferta, se considerarán en la evaluación de este criterio.
3.3.1.1.
Ponderación cumplimiento
Al proponente que no tenga relacionada ninguna sanción, multa o incumplimiento,
medidas de apremio provisionales o definitivas en el período señalado, se le asignarán en
letras y en números cien (100) puntos y, en todo caso, a quienes tengan algún evento de
los mencionados, se le disminuirán, por cada uno de ellos, cuarenta (40) puntos.
El demérito o disminución en el puntaje de cumplimiento se aplicará a los casos en los
que el proponente haya sido objeto de “multas” o medidas de apremio provisionales o
definitivas.
Por “multa” o medidas de apremio provisionales o definitivas, debe entenderse tanto los
eventos explícitamente calificados como tales como los que, bajo cualquier otra
denominación, hayan dado lugar a sanciones al contratista o a su obligación de resarcir
perjuicios causados a la entidad contratante.
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En los casos señalados el demérito se aplicará sólo cuando el acto respectivo se
encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado por la entidad
pública o privada correspondiente dentro de los tres (3) últimos años contados desde la
fecha límite para la presentación de las ofertas.
En el caso de las multas o incumplimientos o medidas de apremio provisionales o
definitivas, en que haya incurrido un contratista durante la ejecución de un contrato con
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, se entiende por firme o aplicado el acto correspondiente,
así: (i) En la fecha de la comunicación mediante la cual AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P le
informa al contratista que se ratifica la declaratoria de la multa o incumplimiento con base
en la causal respectiva, cuando el contratista haya hecho uso del derecho que le otorgan
las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los
cuales pretende justificar el incumplimiento, y (ii) Al día hábil siguiente de la fecha de
vencimiento del término que se le concede al contratista para que exponga las razones de
su incumplimiento, sin que haya hecho uso de dicha facultad.(iii) Para el caso de medidas
de apremio provisionales se entiende aplicada en la fecha en que se vence el término
para presentar argumentos que justifiquen la improcedencia de la misma y éstos no se
presentan y en caso de presentarse, la fecha en la que se comunique la confirmación de
la aplicación y para la medida de apremio definitiva, cuando se presente una de las
situaciones previstas en este pliego.
3.3.1.1.1. El demérito en puntaje que se aplicará al oferente por concepto de cada multa
cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente
aplicado, o cuando la medida de apremio aplicada por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P sea
definitiva será de cincuenta (50) puntos, sin considerar si el contrato se encuentra
terminado o en ejecución.
3.3.1.1.2. El demérito en puntaje que se aplicará al oferente por concepto de cada
medida de apremio provisional aplicada por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P será de diez
(10) puntos, sin considerar si el contrato se encuentra terminado o en ejecución.
3.3.1.1.3.
En los casos de incumplimiento que den lugar a la terminación de un
contrato, no se reconocerá puntaje alguno al proponente en este factor o aspecto.
Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que
las multas o incumplimientos, medidas de apremio provisionales o definitivas, se
encuentren registrados o reportados ante las cámaras de comercio o en la base de datos
de la empresa.
La aplicación de los factores que modifican el pago o contraprestación al CONTRATISTA,
relacionados con los Acuerdos de Niveles de Servicios – ANS -, no serán tenidos en
cuenta para la evaluación y ponderación de este factor, salvo que el pliego de condiciones
u otras normas o reglas contractuales expresamente les hayan dado el carácter de
multas, incumplimientos o factores sancionatorios del CONTRATISTA.
La interpretación y aplicación de las reglas precedentes debe hacerse en forma integral,
entendiendo que cada una es complementaria de las otras.
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3.3.2.
Valor.
Se considerará como “valor” de la propuesta, en primer término el que el proponente
señale explícitamente como tal en el aparte correspondiente, dentro de los formularios
contenidos en el pliego. Encontrándose errores o incongruencias subsanables –porque,
por ejemplo, puedan inferirse de los datos explícitos suministrados por el proponenteAGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P asumirá como valor el que resulte de hacer las
correcciones o adecuaciones legalmente pertinentes.
Ponderación valor
Al proponente que ofrezca el menor precio comparable y total, se le asignarán
novecientos (900) puntos y a los demás se les asignará un puntaje inversamente
proporcional de acuerdo con la siguiente fórmula:
Po(i) = Vo x 900
V (i)
Donde:
Po(i) = Puntaje de la propuesta analizada.
V(i) = Valor comparable de la propuesta analizada
Vo = Valor comparable de la propuesta más económica
3.3.3 Experiencia
En los términos del numeral 2.1.1.3. del pliego, el proponente deberá acreditar la
experiencia requerida.
Ponderación de la experiencia
En el presente proceso la experiencia no será tenida en cuenta como factor de
ponderación, sino como requisito de participación.
3.4.
Descuentos
Los descuentos no condicionados consignados en la propuesta serán aplicados, para lo
cual el proponente deberá indicar cuál es el descuento específico que ofrece para cada
uno de los ítems y los deberá indicar en los precios de la propuesta.
Los descuentos condicionados ofrecidos no serán tenidos en cuenta para la evaluación y
comparación de la propuesta. Estos serán tenidos en cuenta para la aceptación de la
propuesta siempre y cuando sean favorables para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
3.5. Puntaje total y comparación de las propuestas:
Una vez evaluadas las propuestas en cada uno de los factores señalados, se sumarán los
puntajes obtenidos en cada uno de éstos y se asignará el puntaje total de cada propuesta;
con base en éste se hará la comparación correspondiente mediante la elaboración de una
lista que ubique respectivamente a cada proponente desde el que ha obtenido el mayor
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puntaje total hasta el que obtiene el menor. El proponente que ocupe el primer lugar se
considerará seleccionado y su oferta se recomendará al servidor competente para la
aceptación.
Si al hacer las ponderaciones resultaren dos o más propuestas con igual puntaje, se
preferirá la propuesta con mayor puntaje en el factor Precio. Si permaneciere la igualdad,
se preferirá la propuesta con el menor número de incumplimientos en contratos anteriores
y, si continúa la igualdad, se preferirá la propuesta que haya acreditado mayor
experiencia. Si persiste la igualdad, se definirá la propuesta adjudicataria a través de
sorteo.
3.6. Propuestas elegibles
En todo caso en el que se presente más de una oferta, el proceso de evaluación
terminará con la elaboración de una lista en la que aparezcan los proponentes
organizados según los puntajes totales alcanzados luego de la ponderación de los
factores fijados, en orden descendente desde el primero –que será el que haya obtenido
el mayor puntaje- hasta el último –que corresponderá a quien presente el menor puntaje.
En ningún caso la lista incluirá proponentes que no hayan obtenido un mínimo del sesenta
por ciento (60%) del puntaje máximo señalado.
3.7. Informe de análisis y conclusiones
El informe de análisis y conclusiones permanecerá a disposición de los oferentes en la
dependencia responsable por un término mínimo de tres (3) días hábiles y será enviado a
los mismos para que presenten, por escrito, las observaciones que consideren pertinentes
dentro este mismo plazo, el cual se contará a partir del día siguiente al envío del informe.
En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar o modificar sus
ofertas, so pena de ser rechazadas.
Agotado el trámite anterior, se analizarán y responderán las observaciones que se
presenten, y se procederá a hacer el ajuste económico o la negociación directa, si hay
lugar a ello.
Las respuestas a las observaciones serán enviadas a la dirección que señalen los
proponentes en su oferta.
Presentación previa al Comité de Contratación. El informe de análisis y conclusiones
debe ser presentado al Comité de Contratación, antes de ser sometido a consideración de
los oferentes para que presenten sus observaciones.
Informe de análisis y conclusiones sin observaciones. Cuando sobre el informe de
análisis y conclusiones no se presenten observaciones, se elaborará el informe de
recomendación de aceptación de oferta o de declaratoria de desierto del proceso de
contratación, sin que el mismo deba someterse nuevamente a consideración del Comité
de Contratación, salvo cuando se haya agotado la etapa de ajuste económico o
negociación directa. El informe de recomendación será comunicado a todos los oferentes.
Informe de análisis y conclusiones con observaciones. Cuando sobre el informe de
análisis y conclusiones se presenten observaciones, se procederá a elaborar el informe
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de recomendación de la decisión del proceso de contratación, el cual contendrá la
respuesta a las observaciones presentadas y se someterá al Comité de Contratación.
3.8. Negociación directa
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Decreto 003 de 2015, se podrá
adelantar cuando exista una o más ofertas elegibles y se considere que se pueden
obtener condiciones más favorables de carácter técnico, comercial, económico o de
cualquier otra índole.
Se podrá realizar con los proponentes invitados a participar bajo cualquiera de las
modalidades de solicitud de ofertas: única, privada y pública. En la solicitud pública de
ofertas, la negociación se hará como mínimo con el proponente elegible que haya
obtenido el mayor puntaje, y máximo con tres (3) proponentes elegibles de mayor puntaje,
salvo que en el pliego de condiciones o en la solicitud de oferta se estipule algo diferente.
El equipo evaluador se reunirá con los proponentes llamados a esta etapa, con el fin de
que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y los proponentes conozcan en detalle los elementos
de la oferta sobre los cuales se llevará a cabo la negociación y sobre los cuales se
pretende obtener una mejora técnica, comercial, económica o de cualquier otra índole.
El negociador podrá aclarar inquietudes y listar los elementos que no han sido solicitados
y que afecten el valor económico.
Surtida esta etapa, se solicitará que se presente una nueva oferta con las condiciones
objeto de negociación, dentro del término que para tal fin se fije, vencido el cual se
procederá a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación
establecidos en el caso de la solicitud pública o privada de ofertas.
Durante la etapa de negociación ningún proponente podrá retirar su oferta.
Si el proponente guarda silencio o las respuestas no satisfacen las expectativas de
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, se evaluará la conveniencia de aceptar la oferta en su
forma original y en caso de no considerarla conveniente se dejará constancia por escrito
de los motivos que así lo indican.
En los procesos cuyo valor sea igual o inferior a cinco mil salarios mínimos legales
mensuales vigentes (5000 SMLMV), la negociación directa, en caso de proceder, se hará
después de comunicado el informe de recomendación y resueltas las observaciones a
que haya lugar.
3.9. Suspensión del proceso
El proceso de contratación podrá suspenderse antes de la comunicación de la aceptación
de la oferta y reiniciarse cuando desaparezcan las causas que la motivaron. Una vez el
proceso se reanude las ofertas deberán mantener su validez y en tal sentido se deberá
informar a los proponentes.
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3.10. Aceptación de la oferta o declaratoria de desierto del proceso
La aceptación de la oferta la hará el servidor competente de AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P dentro del período de validez de la oferta, y se comunicará al oferente(s) o
cotizantes(s) favorecido(s) y se informará a los demás.
Así mismo, el servidor competente, dentro del periodo de validez de la oferta declarará
desierto el proceso de contratación en el evento en que no se reciba ninguna oferta o
cotización, o ninguna de las recibidas resulte válida para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P,
lo cual se informará a los oferentes.
Cuando el proceso de contratación está conformado por varios grupos, se podrá aceptar o
declarar desierto uno o varios de ellos. Igualmente, la decisión final de la selección podrá
tomarse en distintos momentos para los diversos grupos, siempre antes del vencimiento
de la validez de las ofertas.
3.11. Terminación del proceso
Cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P para la aceptación o declaración de desierto del proceso, o aparezca
un vicio en éste que pueda generar una nulidad de lo actuado, o cuando las exigencias
del servicio lo requieran o las circunstancias de orden público lo impongan, o cuando a
juicio de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P el proceso resulte inconveniente, AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P dará por terminado el proceso de contratación en el estado en que se
encuentre, decisión que será informada a los proponentes interesados.
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4.
CONTRATO
4.1. Perfeccionamiento del contrato
El o los contratos a que dé lugar este proceso de contratación se entiende(n)
perfeccionados en la fecha en la que los oferentes seleccionados reciban la comunicación
de la aceptación de la oferta y en consecuencia, nace la relación jurídica en los términos
de la ley, lo que implica la generación y exigibilidad de los mutuos derechos y
obligaciones que el contrato crea para las partes.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 60 de la
Ley 610 de 2000, se abstendrá de celebrar el o los contratos con las personas que se
encuentren registradas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General
de la República, para lo cual harán las consultas que en tal sentido le corresponde.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se abstendrá de celebrar el contrato cuando el oferente,
sus accionistas, asociados o socios, sus representantes legales o miembros de Junta
Directiva, estén reportados en alguna de las listas asociadas al Lavado de Activos y
Financiación de Terrorismo LA/FT, o cuando se encuentren en el “Listado de firmas y
personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las
disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas
sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” para lo cual se
harán las consultas que en tal sentido correspondan.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P declara que dentro del proceso de contratación ha
actuado con buena fe exenta de culpa, que cumplió con las obligaciones establecidas en
la normatividad que le aplica relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado
de activos y financiación del terrorismo, así como con los procedimientos internos
establecidos en esta materia. En consecuencia AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P en la
suscripción del presente contrato obró con la máxima diligencia establecida en la
normatividad aplicable y sus procedimientos internos relacionados con esta materia.
4.2. Deber de información
EL CONTRATISTA se obliga a entregar a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P la información
veraz y verificable que esta última le exija para dar cumplimiento a la normatividad
relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del
terrorismo, así como a actualizar los datos suministrados mínimo una vez al año.
De la misma forma, EL CONTRATISTA deberá informar a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
del inicio de cualquier proceso penal, sin importar si se encuentra en etapa de
investigación o juicio, que lleve a cabo la autoridad competente en donde EL
CONTRATISTA sea parte del proceso, así como cualquier citación que le realice dicha
autoridad para que comparezca dentro de una investigación o proceso penal, sin importar
en la calidad que sea citado.
4.3
Garantías y seguros.
EL CONTRATISTA deberá constituir a favor de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. las
garantías de seriedad y cumplimiento y los seguros en las condiciones que se enuncian a
continuación.
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Para efectos de las garantías de seriedad y cumplimiento, podrán ser emitidas por un
banco o por una compañía de seguros, y en el caso de los seguros solo podrán ser
emitidos por una compañía de seguros.
Las garantías se expedirán teniendo como asegurado/beneficiario de la misma a AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P. NIT: 900.072.303-1.
Cuando haya modificación del plazo y/o valor del contrato, EL CONTRATISTA deberá
gestionar ante la compañía de seguros o el banco, el certificado modificatorio de las
garantías a que haya lugar, en el que constará el desplazamiento en proporción al nuevo
plazo y/o el ajuste del valor. Si la modificación no afecta el plazo y/o valor, EL
CONTRATISTA deberá enviar a la compañía de seguros o al banco, la comunicación de
la modificación
Cuando se permita la participación de consorcios o de uniones temporales, en la garantía
deberá aparecer como tomador y/o garantizado el consorcio o unión temporal,
especificando el nombre, la razón o denominación social y Nit de quienes la conforman.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
Por medio de esta garantía se cubre a la entidad contratante cuando el PROPONENTE
se abstenga de ampliar la vigencia de la garantía de la seriedad de la oferta cuando el
plazo para la aceptación o para formalizar el contrato es prorrogado, o de suscribir el
CONTRATO objeto de la solicitud pública o privada de ofertas, de acuerdo a las
especificaciones de contratación para el cual presentó oferta; así como cuando el
proponente retire, modifique o revoque la oferta, o por el incumplimiento de cualquiera de
las obligaciones y requisitos necesarios para la celebración, perfeccionamiento,
formalización e inicio de la ejecución del contrato, de conformidad con los parámetros
previstos en este proceso de selección y en las demás condiciones exigidas por el
Contratante.
Esta garantía deberá constituirse por la(s) siguiente(s) suma(s) asegurada(s) o valor(es)
garantizado(s) de seis millones ($6´000.000) de pesos.
La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta será del período de validez de la oferta,
más sesenta (60) días calendario, contados a partir de la hora y día fijado para cierre del
presente proceso de contratación. En todo caso, la garantía de seriedad de la oferta debe
estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de
cumplimiento del contrato.
GARANTÍA ÚNICA:
El Proponente favorecido con la adjudicación del contrato constituirá, a favor de AGUAS
DE URABA S.A. E.S.P., una garantía única, en la moneda del contrato, otorgada por un
banco o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y preferiblemente
con domicilio y poderes decisorios en la ciudad de Medellín.
La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de pago, estar firmada por el
contratista, deberá incluir las condiciones generales de la póliza, estará constituida a favor
de entidades estatales y deberá ser constituida en forma tal que cubra única y
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exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía no
expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, al igual que el de las
ampliaciones a que haya lugar.
Cuando haya modificación del plazo y/o los precios del contrato, EL CONTRATISTA
deberá ampliar el valor de las garantías y obtener el desplazamiento del plazo según
corresponda, en proporción a los nuevos valores y plazos.
Se deberá dejar sin efecto el parágrafo que corrientemente se incluye en la cláusula
segunda de la garantía y que reza: “...En la hipótesis prevista en el numeral primero
anterior, la entidad estatal contratante tiene la obligación de prorrogar el plazo para el
cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA o modificar las estipulaciones
contractuales teniendo en cuenta las circunstancias que originaron la causal de
exoneración de responsabilidad de EL CONTRATISTA.”
Los riesgos que la garantía única deberá cubrir son los siguientes:
 Amparo de Cumplimiento: Para asegurar el total y estricto cumplimiento de las
obligaciones del contrato, deberá amparar una suma igual al veinte por ciento
(20%) del valor inicial del contrato, con la cual se cubren, además, los apremios y
la cláusula penal pecuniaria. Se hará efectiva al contratista, en favor de AGUAS
DE URABA S.A. E.S.P., en caso de incumplimiento de cualquiera de las
obligaciones que haya adquirido en virtud del contrato. Este amparo deberá estar
vigente durante el plazo del contrato y treinta (30) días calendario más. Parágrafo
1: Cuando haya modificación del plazo o del valor del contrato, el contratista
deberá ampliar las garantías para conservar el monto porcentual y las vigencias
aquí pactadas. Parágrafo 2: En la constitución de la garantía única deberá tenerse
en cuenta que el tomador/afianzado es el contratista y el Asegurado es AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P.
 Amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes: El
CONTRATISTA debe garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los bienes
entregados bajo el contrato, avalando que cumplan en un todo con las
especificaciones técnicas y con las características garantizadas, que incorporan
todas las mejoras recientes de configuración y materiales. El CONTRATISTA debe
garantizar, además, que todos los bienes entregados bajo el contrato estarán
libres de cualquier defecto proveniente de diseño, de materiales, mano de obra,
procesos de fabricación o de cualquier acto u omisión del CONTRATISTA o del
fabricante, y libres de defectos que puedan surgir por el uso normal en las
condiciones de su destino final. Se debe constituir por una suma equivalente al
veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. Este amparo debe tener una
vigencia igual a la duración del contrato y un (1) año más contado, a partir de la
entrega a satisfacción final de la obra. Parágrafo 1: Cuando haya modificación del
plazo o del valor del contrato, el contratista deberá ampliar las garantías para
conservar el monto porcentual y las vigencias aquí pactadas. Parágrafo 2: En la
constitución de la garantía única deberá tenerse en cuenta que el
tomador/afianzado es el contratista y el Asegurado es AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P.
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 Amparo de pago anticipado: Por medio de este amparo se garantiza la
devolución a la Entidad Contratante, cuando a ello hubiere lugar, de la diferencia
existente, entre la suma entregada por la Entidad Contratante al CONTRATISTA a
título de pago anticipado y la suma correspondiente a la remuneración de la parte
ejecutada o cumplida del contrato. El valor asegurado o valor garantizado será
igual al cien por ciento (100%) del monto entregado como pago anticipado del
contrato. Este amparo deberá estar vigente hasta que se verifique el cumplimiento
de todas las actividades o la entrega de todos los bienes o servicios asociados al
pago anticipado. Parágrafo 1: Cuando haya modificación del plazo o del valor del
contrato, el contratista deberá ampliar las garantías para conservar el monto
porcentual y las vigencias aquí pactadas. Parágrafo 2: En la constitución de la
garantía única deberá tenerse en cuenta que el tomador/afianzado es el contratista
y el Asegurado es AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
4.4. Formalización
El contrato se entiende formalizado cuando AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P apruebe los
documentos que sean necesarios para la iniciación de la ejecución del contrato.
4.4.1. Presentación de los documentos para la formalización del contrato.
El CONTRATISTA deberá allegar, completamente diligenciados y en debida forma según
lo requerido por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, todos los documentos necesarios para la
formalización del contrato, dentro de los diez (10) días hábiles, si es nacional, o de veinte
(20) hábiles si es extranjero siguientes a la fecha de recibo de la comunicación en la cual
se le informa que ha sido aceptada su oferta. En caso que los documentos presentados
contengan algún error, inconsistencia o faltante, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se lo hará
saber por escrito y por cualquier medio al CONTRATISTA quien deberá hacer las
correcciones necesarias en un plazo no superior a dos (2) días hábiles.
4.4.2. Documentos para la formalización del contrato
La siguiente documentación deberá dirigirse a la oficina de AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P, ubicada en la Calle 97ª Nº 104-13 Barrio El Humedal, municipio de Apartadó –
Antioquia:



Garantías y seguros del contrato, conforme con lo indicado en este pliego de
condiciones.
Si se trata de una persona jurídica, el certificado de existencia y representación legal
con una fecha de expedición menor a los tres (3) meses. Si es el caso.
Certificado de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social, acorde con el
artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Tratándose de personas jurídicas extranjeras, que
no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta
certificación, pero certificarán que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos
aportes parafiscales.
Nota: En el eventual caso en que EL CONTRATISTA no llegaré a formalizar el
correspondiente contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta a
los oferentes que hayan resultado elegibles de conformidad con los términos del pliego de
condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y
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así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se
encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
4.5. Documentos del contrato
Constituyen documentos integrantes del contrato los siguientes y su valor relativo para
guiar el cumplimiento de las obligaciones y fijar la interpretación será en orden de
importancia en el que aparecen de mayor a menor:
4.5.1. El pliego de condiciones y sus anexos y adendas.
4.5.2. Las comunicaciones mediante las cuales AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P aclara el
pliego en relación con aspectos consultados por los proponentes.
4.5.3. La propuesta aceptada por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
4.5.4. La comunicación de aceptación de oferta.
4.5.5. El contrato escrito cuando dicha formalidad se establezca.
4.5.6. Las comunicaciones entre LAS PARTES posteriores a la aceptación de la oferta.
4.5.7. Las actas contentivas de modificaciones o formalización de atribuciones o
facultades que el contrato otorga a las partes.
4.5.8. Los demás documentos generados en ejecución del contrato o destinados a dar
cumplimiento a obligaciones o derechos derivados de él.
4.6. Propiedad de los trabajos y confidencialidad de la información del contrato
EL CONTRATISTA deberá garantizar que respeta la normas nacionales e internacionales
de protección a la propiedad intelectual, respecto a los bienes y activos que emplea para
el desarrollo del objeto contractual, y para dar cumplimiento al objeto del contrato, para lo
cual deberá verificar la cadena ininterrumpida de cesiones o de licencias que lo facultan
para su uso dentro del contrato, y para la entrega a la contratante cuando hubiere lugar a
ello.
En el evento de que se presente reclamación, denuncia, demanda o requerimiento de un
tercero por asuntos referentes a la propiedad intelectual, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
se considerará de buena fe respecto a la infracción. EL CONTRATISTA desde ahora
declara indemne a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y se compromete a asumirla
responsabilidad civil y penal que se derive de tales acciones. Con el propósito de cumplir
el plazo del contrato, el de sus prórrogas o renovaciones, EL CONTRATISTA deberá
sustituir los bienes afectados por otros que cumplan las condiciones de legalidad y que
tengan funciones equivalentes y homólogas, caso en el cual la mayor onerosidad que de
ello pudiere devenir será asumida por EL CONTRATISTA y no se considerará causal de
desequilibrio económico del contrato ni dará lugar a la revisión de los términos
económicos originalmente pactados.
Salvo acuerdo expreso en contrario, los derechos patrimoniales de propiedad intelectual
sobre los estudios, informes, documentos, inventos, entregables, planos, procedimientos y
en general las nuevas creaciones desarrolladas por EL CONTRATISTA y/o sus
subcontratistas en virtud del contrato, quedarán única y exclusivamente de titularidad de
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P - LA CONTRATANTE o ENCARGANTE, los cuales se
podrán utilizar para los fines que se estimen convenientes, dando el crédito debido a los
autores morales de la creación.
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EL CONTRATISTA deberá considerar como confidencial toda la información, análisis,
estudios y resultados que le sean suministrados y que obtenga en el desarrollo de su
trabajo.
Además EL CONTRATISTA no podrá hacer uso de los informes, entregables, planos,
proyectos, informaciones técnicas, resultados de ensayos y demás trabajos ejecutados
para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P - LA CONTRATANTE, para fines diferentes a los
contemplados en el mismo, sin la autorización previa y explícita de esta.
Para tales efectos se tendrá como confidencialidad cualquier información no divulgada
que posea legítimamente su titular que pueda usarse en alguna actividad productiva,
industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero, en la medida en
que dicha información sea secreta, en el sentido que como conjunto o en la configuración
y reunión precisa de sus componentes no sea generalmente conocida ni fácilmente
accesible a quienes se encuentran en los círculos que en forma usual manejan la
información respectiva, tenga un valor comercial por ser secreta, y haya sido objeto de
medidas razonables tomadas por su legítimo poseedor para mantenerla secreta.
La obligación de reserva consiste en abstenerse de usar, facilitar, divulgar o revelar, sin
causa justificada y sin consentimiento del titular, la información sobre cuya
confidencialidad se le haya prevenido en forma escrita; dicha obligación subsistirá durante
la vigencia del contrato, y luego de su terminación mientras subsistan las características
para considerarla como información confidencial.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P conservará en su totalidad el derecho de propiedad sobre
bienes, documentos, escritos, planos, diseños, fotografías, material de informática,
plantillas, modelos, maquetas, conceptos, métodos y procedimientos que se comuniquen
o entreguen a EL CONTRATISTA y que pongan a su disposición en el desarrollo del
contrato y EL CONTRATISTA no podrá, sin la autorización escrita de AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P, utilizarlos para fines diferentes a los relacionados con la ejecución del
contrato.
En los contratos que EL CONTRATISTA suscriba con sus subcontratistas, dentro del
desarrollo de los trabajos objeto del contrato, deberá estipularse la obligación que tienen
de cumplir con lo escrito en este numeral.
4.7. Protección de información personal.
En aplicación de lo dispuesto para los procesos de gestión de tecnología de información y
como consecuencia de la política de Protección de Datos que ha adoptado AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P, EL CONTRATISTA asume la obligación de proteger los datos
personales a los que acceda con ocasión de este contrato, así como la obligación de
cumplir las obligaciones que como responsable o encargado le correspondan acorde con
la ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios en cuanto sean aplicables. Por tanto,
deberá adoptar las medidas de seguridad, confidencialidad, acceso restringido y de no
cesión en relación con los datos personales a los cuales accede, cualquiera que sea la
forma de tratamiento. Las medidas de seguridad que deberán adoptarse son de tipo
lógico, administrativo y físico acorde a la criticidad de la información personal a la que
accede y/o recolecta, para garantizar que este tipo de información no será usada,
comercializada, cedida, transferida y no será sometida a tratamiento contrario a la
finalidad comprendida en lo dispuesto en el objeto contractual. En caso de tratarse de
datos sensibles, de niños, niñas y adolescentes, tales como origen racial, organizaciones
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sociales, datos socioeconómicos, datos de salud, entre otros, las medidas de seguridad a
adoptar serán de nivel alto.
EL CONTRATISTA indemnizará los perjuicios que llegue a causar a AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P como resultado del incumplimiento de las leyes 1581 de 2012 y 1266 de 2008,
aplicables al tratamiento de la información personal, así como por las sanciones que
llegaren a imponerse por violación de la misma. En estos casos autoriza de manera
expresa a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, con la presentación de la oferta y al
comunicársele la aceptación de la misma, de ser el caso, a deducir de las sumas de
dinero que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P le adeude en el momento en que se notifique
la decisión desfavorable por la entidad competente, el valor de las multas impuestas, sin
perjuicio de que llegaren a demostrarse daños por cuantía superior a la multa impuesta.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P informa a EL CONTRATISTA que en Colombia configura
delito el tratamiento no autorizado de datos personales según lo dispuesto en la ley 1273
de 2009. Por tanto transmitirá esta obligación también a los dependientes, trabajadores y
demás personas que actúen por su cuenta y riesgo.
EL CONTRATISTA reconoce el derecho que tiene AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P de
auditar el cumplimiento de esta obligación de protección de datos personales; en este
sentido, autoriza el ingreso y/o acceso de los servidores públicos y/o terceros designados
para este fin a sus instalaciones e infraestructura, así como el acceso a la información
requerida para verificar la adecuada protección de los datos personales custodiados con
ocasión de este contrato.
Es obligación de EL CONTRATISTA informar a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P cualquier
sospecha de pérdida, fuga o ataque contra la información personal a la que ha accedido
y/o trata con ocasión de este contrato, aviso que deberá dar una vez tenga conocimiento
de tales eventualidades. La pérdida, fuga o ataque contra la información personal implica
así mismo la obligación de EL CONTRATISTA de gestionar el incidente de seguridad de
la información conforme los lineamientos en la materia señalados en las normas ISO
27001/27002.
El incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta cláusula se considera como un
incumplimiento grave por los riesgos legales que conlleva el indebido tratamiento de datos
personales, y en consecuencia será considerada justa causa para la terminación del
contrato, y dará lugar al cobro de la cláusula penal pactada, sin necesidad de ningún
requerimiento, a los cuales renuncia desde ahora.
4.8. Legalidad del software
Legalidad del software de contratistas y proveedores de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
El software utilizado por contratistas y proveedores para desarrollar los productos y
prestar los servicios objeto del contrato debe ser legal. Los contratistas y proveedores a
solicitud de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, deberán acreditar la calidad de titulares del
software por haberlo creado o por haberlo adquirido de un tercero, o en caso de que sean
licenciatarios, bien de software propietario, bien de software libre, deberán entregar a
petición de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P los datos de las licencias del software
utilizado, incluyendo: Nombre completo del software, versión del software, número de
serie y propietario de la licencia con el que se elaborarán los productos y se prestaron los
servicios objeto del contrato.
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4.9. Extensión de las condiciones contractuales a otras empresas del Grupo
Empresarial EPM
En caso de que una o varias empresas del Grupo Empresarial EPM no incluidas en este
proceso de contratación, llegare(n) a requerir los mismos bienes y/o servicios durante el
término de ejecución del contrato a que dé lugar este proceso de contratación, que para
estos efectos se denomina contrato originario, (los) CONTRATISTA(s) asume(n) la
obligación de extender las mismas condiciones contractuales para la venta o suministro
de los bienes y/o servicios objeto del contrato originario, a la(s) empresa(s) que
presente(n) su solicitud de compra a través de la modalidad de selección establecida para
tal efecto, dentro del término indicado.
Los precios de los bienes y/o servicios, deberán ser iguales o más favorables a los
inicialmente pactados, más el valor que corresponda al transporte y a las condiciones de
entrega diferentes a los aquí establecidas, si es del caso. Este valor debe ser negociado
con cada empresa antes de la firma del respectivo contrato.
En todo caso, el proponente tendrá en cuenta que EL CONTRATANTE, con quien
suscriba el contrato originario, no se hace responsable de ninguna obligación contraída
por las demás empresas con motivo de la firma de contratos que surjan en virtud de lo
aquí estipulado.
4.10. Opción de compra
Nota: Ver artículo 24 Decreto 003 de 2015.
Para el ejercicio de la opción de compra se requiere de la elaboración previa de un
estudio o análisis de mercado cuyo resultado determine la conveniencia para AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P y se requerirá de la autorización previa del servidor competente,
acorde con el valor de los bienes a adquirir.
Para el ejercicio de la opción de compra en la adquisición de bienes y servicios, se
establecerá un término o condición que, de cumplirse, dará lugar a la facultad de ejercer
esta.
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5.
EJECUCIÓN
Una vez formada la relación jurídica contractual y formalizado el contrato, las partes darán
inicio al cumplimiento de sus respectivas obligaciones, con atención estricta a los términos
que se consignan en los documentos del contrato, siempre con atención y respeto de las
normas legales vigentes, consultando los intereses, objetivos y propósitos de ambos y con
aplicación de los principios de la buena fe y la fidelidad contractual.
Los pasos y elementos que componen esta etapa del contrato son los que se listan en
forma genérica a continuación, pero las partes reconocen que el contenido de cada uno
de ellos se determina por particularidades que definen las disciplinas, prácticas y
costumbres vigentes y que, en caso de desconocer dichos factores determinantes, no se
procederá unilateralmente o sin consultar debidamente a su contraparte.
Nota: En caso que durante la ejecución del contrato se presenten incumplimientos graves
y sistemáticos de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las
acciones legales y contractuales pertinentes.
5.1. Orden de inicio
Cumplidas las obligaciones referentes a la formalización del contrato, AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P, a través del servidor competente y por escrito, dará la orden de inicio para la
ejecución del contrato. La fecha fijada como de inicio será el punto de partida para
contabilizar el plazo o los plazos de ejecución del mismo.
En todo caso AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá, con atención a sus normas de
contratación, dar la orden de inicio para la ejecución del objeto con anterioridad a la
formalización del contrato.
Cuando de la valoración de riesgo se advierta que es necesario contar con la aprobación
de uno o varios de los amparos de las garantías, el inicio anticipado deberá contar con
dicha aprobación.
5.2. Administración
Bajo el concepto de “Administración” AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P entiende reunidos
los elementos y pasos que deben conducir a la ejecución de las obras / prestación de
servicios/ suministro de bienes, y el cumplimiento debido de los compromisos y
obligaciones adquiridos mediante el contrato. No obstante, expresamente AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P advierte que la enunciación de etapas, actividades y pasos aquí
listados y las atribuciones que de ello se derivan para las partes y sus representantes, no
tienen carácter exhaustivo ni enervan la posibilidad de realizar gestiones que el logro de
los objetivos contractuales impongan en un marco de razonabilidad. Así mismo, el
administrador del contrato evaluará el desempeño del CONTRATISTA conforme con la
Guía metodológica para la evaluación del desempeño económico, social y ambiental de
contratistas del Grupo AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
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Aspectos legales
En el concepto de “aspectos legales” el pliego de condiciones determina el alcance de los
elementos que, fundamentalmente, por disposición legal o por la estructura jurídica del
acuerdo que mediante este proceso se construye, son esenciales para garantizar la
validez de lo pactado y su ejecución.
5.2.1. Plazo de ejecución
El plazo de ejecución del contrato, que es el tiempo que tiene EL CONTRATISTA para
cumplir el objeto del contrato y los servicios adicionales estipulados se fijan en dos cientos
treinta y cinco días (235) días calendario, contados a partir de la fecha que se señale en la
orden de inicio dada por escrito por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Plazo para la entrega de los bienes:
- El plazo para la entrega de los bienes consignados en el ítem N° 1 será de cuarenta y
cinco (45) días calendario, contados a partir de la fecha que se señale en la orden de
inicio escrita dada por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. El descargue será por cuenta del
CONTRATISTA.
Todo el personal de EL CONTRATISTA que lleve a cabo labores de cargue y descargue
de los bienes, debe estar debidamente afiliado al sistema de seguridad social en salud,
pensiones y riesgos profesionales. Sin este requisito, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no
permitirá el descargue de los bienes.
EL CONTRATISTA programará la llegada de los bienes al sitio de entrega de acuerdo con
el plan de transporte escogido por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, con el fin de evitar
bodegajes y manejo en el sitio de entrega.
Se entenderá como fecha de entrega de cualquiera de los despachos, la fecha en la cual
el último elemento constitutivo de tal entrega haya sido puesto por EL CONTRATISTA a
disposición de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, de acuerdo con la modalidad de entrega
establecida en este contrato.
En caso de que el plazo sea omitido en la oferta, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P le
asignará el acá establecido.
En el caso que durante la ejecución del contrato, se presenten incumplimientos graves y
sistemáticos de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones
legales y contractuales pertinentes.
Plazo para la prestación de los servicios adicionales:
- El plazo para la capacitación y entrenamiento del personal de AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P en manejo y operación de la cámara será de dos (2) días calendario, contados a
partir de la entrega del equipo. El lugar para la capacitación teórica se hará en las
instalaciones de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P ubicada en la Calle 97ª N°104-13, Barrio
Humedal y la parte práctica se hará en el lugar designado por el supervisor del contrato
en el área urbana del municipio.
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- El plazo durante el cual se realizará el mantenimiento del ítem N°2 preventivo y/o
correctivo en las instalaciones de EL CONTRATISTA será a los ciento noventa (190) días
calendario, contados a partir de la aceptación y entrega del bien.
5.2.2. Lugar de entrega de los bienes

Almacén de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.: Los bienes deben entregarse en el
Almacén de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P., ubicado en la calle 103 N°96-74 en
Apartado Antioquia, Colombia, libre de todo costo. El descargue de los bienes será por
cuenta del CONTRATISTA, con personal idóneo debidamente afiliado al sistema de
seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, y que además deberá
contar con los elementos de seguridad apropiados para la labor.
5.2.3 Valor del contrato
El valor total del contrato será el que resulte de multiplicar las cantidades solicitadas por
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y realmente entregadas por EL CONTRATISTA y
recibidas a satisfacción por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, por los precios unitarios
aceptados.
5.2.4. Forma de pago
Se pagará en la siguiente forma: Una vez se haya legalizado y perfeccionado el contrato,
se podrá otorgar un pago anticipado del veinte por ciento (20%) del valor del ítem N°1
“suministro de cámara de inspección rápida” del pliego, después de aprobada la orden de
compra, una vez haya sido entregado la totalidad del equipo objeto de este proceso en el
lugar de entrega acordado, recibido a satisfacción y previa autorización del funcionario
supervisor de AGUAS DE URABÁ SA. E.S.P, se pagará el restante del ítem N°1, en
moneda nacional colombiana.
Cuando se haya ejecutado el ítem N°2 “Mantenimiento preventivo y/o correctivo semestral
del equipo” dentro del plazo ya mencionado y una vez recibido a satisfacción se pagará su
valor previa autorización del supervisor, completando así el valor total del contrato y se
procederá a liquidar el contrato.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. podrá retener todo o parte de cualquier pago en cuanto
sea necesario para protegerse de pérdidas debidas a trabajos defectuosos no corregidos,
a garantías no cumplidas o para el pago de posibles deducciones por compensaciones
debidas o perjuicios recibidos. Cuando desaparezcan las causas que originaron la
retención se efectuarán los pagos de los valores retenidos.
La factura deberá ser aprobada y recibida a satisfacción por parte de la interventoría, con
los documentos necesarios para el trámite de pago, estipulados por financiera.
Nota: Para los bienes nacionales o nacionalizados cotizados en dólares, ésta será
liquidada a la tasa de cambio de la divisa frente al dólar certificada por el Banco de la
República para obtener dólares (de la misma fecha de pago), y éstos a su vez se
liquidaran a la tasa representativa del mercado (TRM) certificada por la Superintendencia
Financiera de la fecha de pago, para obtener la equivalencia en pesos.
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AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P pagará los bienes bienes nacionales o nacionalizados en
moneda nacional colombiana, previa la presentación de la copia de la declaración de
importación, si es el caso, y de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento
de todos los requisitos legales, tanto de forma como de contenido, dentro de los treinta
(30) días calendario, previo recibo y aceptación de los bienes por parte del supervisor
designado de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. Quien tenga la obligación de expedir
factura de venta deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la DIAN.
El Proponente deberá adjuntar una declaración del beneficiario del pago, en la que
expresa que conoce y acoge las condiciones de pago y deducciones establecidas
en este pliego de condiciones.
Para efecto del pago de los valores mencionados, si EL CONTRATISTA es una entidad
sin ánimo de lucro deberá presentar y radicar ante AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P copia
de la respectiva resolución expedida por la entidad que la vigila, para la exención de la
retención en la fuente.
Nota: No se aceptarán formas de pago alternativas distintas a las establecidas por
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Es requisito indispensable para efectuar los pagos, que EL CONTRATISTA acompañe a
la factura de cobro la constancia de cancelación de los salarios y prestaciones sociales a
los trabajadores, así como copia de pago al sistema de seguridad social integral (EPS,
AFP, ARP), y Parafiscales (Caja de compensación familiar, ICBF y SENA, según
corresponda acorde con la normatividad vigente), donde se detalle el periodo de
cotización, número de cédula y salario base de cotización.
Es entendido que el oferente favorecido con la aceptación de la oferta y en su
calidad de CONTRATISTA faculta expresamente a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
para:
a). Revisar y verificar los pagos por los anteriores conceptos en las entidades
correspondientes, durante la vigencia del contrato, según lo definido en el Art. 50 de la
Ley 789 de 2002 y Ley 828 de 2003.
b). Retener los pagos que EL CONTRATISTA tenga a su favor, en caso de presentar
mora en los aportes a la seguridad social y parafiscales y/o en el pago a los trabajadores
vinculados mediante contrato de trabajo o a cualquiera de los ex trabajadores del mismo,
por concepto de salarios, prestaciones sociales o cualquiera otra obligación de carácter
laboral pendiente.
c). Pagar todos los conceptos laborales contemplados en el literal b.) de esta cláusula,
como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda con cargo a
las sumas adeudadas al CONTRATISTA, sin que ello implique que AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones
laborales a cargo del CONTRATISTA.
d). Exigir, a través de la interventoría, las constancias de pago correspondientes a
salarios, prestaciones sociales, seguridad social, parafiscales y cualquier otro concepto de
pago que se hubiere causado a cargo del contratista empleador en favor de cualquiera de
sus trabajadores durante el plazo contractual.
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e). Exigir Registros de importación, certificado de origen, factura proforma y
especificaciones de embarque.
5.2.5. Descuentos por pronto pago
El CONTRATISTA podrá ofrecer descuentos por pagos que se efectúen antes del
respectivo vencimiento, cuando su valor sea superior a cinco millones de pesos
($5’000.000), pero para ser aceptados, dichos descuentos no pueden ser inferiores a la
tasa del DTF + 4 puntos para la moneda nacional. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P,
dependiendo de su situación de liquidez, se reserva el derecho de adelantar los pagos a
quienes los soliciten.
Para obtener el pago anticipado, EL CONTRATISTA deberá enviar una comunicación al
área financiera de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, indicando que ofrece un descuento por
pronto pago, relacionando el código de proveedor, el número de la factura y su valor.
5.2.6. Inscripción de proveedores para pago por consignación
Igualmente ha de tener en cuenta EL CONTRATISTA, que AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P sólo efectúa pagos mediante el sistema de consignación electrónica y que, para el
efecto, deberá inscribir una cuenta que haga posible dicha forma de pago, llenando los
correspondientes formatos que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P pone a su disposición. El
incumplimiento de este trámite exonera a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P de cualquier
retraso o dificultad que genere la imposibilidad de efectuar el pago tal y como se prevé.
La cuenta reportada deberá figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. Las
personas jurídicas deberán anexar una copia vigente (es decir, con no más de noventa
(90) días calendario de expedición) del certificado de existencia y representación legal, al
momento del primer pago y cuando se cambie el representante legal.
5.2.7. Procedimiento para facturación
Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL
CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian
a continuación:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Estar denominada expresamente como factura de venta.
Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.
Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios,
junto con la discriminación del IVA pagado.
Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de
facturas de venta.
Fecha de su expedición.
Descripción específica o genérica de los bienes vendidos o servicios prestados, o de
la obra ejecutada a pagar.
Valor total de la operación. el ciento por ciento (100%) del valor de la entrega
(independientemente de los porcentajes de pago).
El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.
Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.
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10.
Indicar la resolución de autorización de la numeración respectiva expedida por la
DIAN, fecha e intervalo.
*Las cuentas de cobro deben cumplir como mínimo los numerales 2, 3,5 y 7 sin
discriminar IVA.
11. Incluir en el cuerpo de la factura, documento equivalente o cuenta de cobro
información relacionada con el contrato:
•
Número del contrato dentro del cual se factura.
•
Número de la Orden de Compra o equivalente que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
le haya asignado
•
Centro de responsabilidad de la dependencia que está realizando la transacción,
Área Financiera AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
•
Nombre del interventor o responsable de la transacción
•
En la descripción deberá informar si corresponde a pago de reajuste o anticipo o
pago anticipado.
•
Unidad de Negocio a la cual corresponde (Se debe presentar una factura por cada
Unidad de Negocio, según la información que EL CONTRATISTA haya recibido de
la dependencia que contrata la actividad o servicio.
12. Detallar en el cuerpo de la factura el nombre del municipio donde se desarrolló la
actividad y el código de la actividad económica correspondiente. En caso de ser
varios municipios debe indicarse el ingreso que corresponda a cada uno de ellos. Si
está exento de Impuesto de Industria y Comercio, deberá aportar copia del acto
mediante el cual se estableció dicha exención.
13. Los gastos reembolsables deben ser cobrados a través de una cuenta de cobro y no
de una factura. La cuenta de cobro debe traer anexas las facturas que soportan el
gasto expedidas a nombre de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y una relación
detallada de costos y gastos firmada por Revisor Fiscal y/o Contador Público.
14. Los consorcios y uniones temporales deben detallar en el cuerpo de la factura:
•
Apellidos y nombre o razón y NIT de los consorciados o unidos temporalmente,
indicando los atributos fiscales de cada uno (autorretenedores, exenciones de Ica si
las tienen).
•
Porcentajes de participación de los consorciados o unidos temporalmente.
15. La presentación de facturas, documentos equivalentes o documentos de cobro por
parte del CONTRATISTA, deberá acompañarse de los soportes, donde el
funcionario supervisor del contrato exprese que el bien fue recibido a entera
satisfacción, el informe parcial o final –según corresponda- de los servicios
prestados y la constancia de pagos al sistema de seguridad social, parafiscales y
salarios y prestaciones sociales.
16. Para efectuar el pago se debe entregar en AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P el original
de la factura. En caso que no se entregue el original de la factura en el momento de
radicarla, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P asume que la factura va a ser negociada y
antes del vencimiento el portador del título valor debe enviar a AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P el original para realizarle el respectivo pago.
El no cumplimiento de los requisitos de facturación será causal de devolución de las
facturas, documentos equivalentes o documentos de cobro por parte de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P al CONTRATISTA.
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5.2.8. Retención de pagos
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá retener todo o parte de cualquier pago en cuanto
sea necesario para protegerse de pérdidas debidas a entregas defectuosas no corregidas,
a garantías no cumplidas o para el pago de posibles deducciones por compensaciones
debidas o perjuicios recibidos. Cuando desaparezcan las causas que originaron la
retención se efectuarán los pagos de los valores retenidos. Si EL CONTRATISTA
demuestra que la retención de los pagos fue indebida se le efectuaran los pagos
actualizados con base en el IPC.
5.2.9. Cesión de los derechos económicos del contrato
EL CONTRATISTA sólo podrá ceder los derechos económicos del contrato después de
que se haya ejecutado más del cincuenta por ciento (50%) del mismo, sin perjuicio de las
retenciones y deducciones de las sumas que legal y contractualmente deban realizarse.
5.2.10. Responsabilidad por los bienes
EL CONTRATISTA será responsable de todo riesgo o siniestro sobre materiales,
elementos, partes y componentes, hasta su entrega en el Almacén de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P. EL CONTRATISTA asumirá todos los riesgos sobre el suministro
rechazado a partir de la fecha en que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P le comunique dicho
rechazo.
5.2.10.1
Lista de materiales de despacho
Antes de proceder al despacho de los elementos, EL CONTRATISTA deberá presentar a
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P el modelo de la lista de materiales de despacho que
pretende utilizar para el control de los despachos. La lista de los materiales de despacho
deberá detallar la identificación que se usará en las distintas unidades de empaque
(fardos, cajas, huacales, etc.), y la cuantificación de su contenido. Cada elemento deberá
identificarse de acuerdo con los planos del material, por nombre, número de código, subensamble o ensamble a que pertenece y demás indicaciones que permitan identificar a
cada parte despachada sin llegar a dudas. Además la lista deberá contener información
sobre el número de partes del suministro, el número de partes despachadas y el número
de partes pendientes de despacho, en tal forma que se tenga control permanente de los
despachos. Aprobada la lista por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, se procederá a dar las
instrucciones sobre identificación de las unidades de empaques.
5.2.10.2.
Embalaje y transporte
Con relación a los bienes cotizados para entrega en el exterior y para efectos de la
evaluación económica, se deberá incluir en la oferta el programa de entregas, en el
formulario “Empaque y embalaje de los bienes a suministrar”, discriminando para éstas
las especificaciones de cada unidad de carga, como son: dimensiones (largo x ancho x
alto), peso y volumen, en la unidad de medida correspondiente, tipo de empaque,
cantidad y tipo de contenedores, y demás información que consideren necesaria para el
transporte de la misma. Si las especificaciones de la carga para el transporte internacional
superan en un diez por ciento (10%) las informadas en la oferta, se trasladarán al
CONTRATISTA, si a ello hubiere lugar, los extra costos que se originen en el transporte
internacional y nacional de la carga, tributos aduaneros (gravamen arancelario e IVA),
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seguros de transporte, uso de instalaciones, bodegaje, cargue a vehículo, y las
diferencias de todos estos rubros cuando, además, en la oferta se hubiera especificado
que el embarque sería en contenedores estándar y en la realidad se requieran
contenedores especiales, y demás en que se incurran en la importación.
El CONTRATISTA preparará, embalará y marcará todas las piezas que componen los
elementos a entregar para transporte de acuerdo con las normas internacionales de
empaques y embalajes establecidas para los bienes objeto de esta contratación y las
mejores prácticas reconocidas, de tal manera que permitan su manejo y puedan resistir
las condiciones más rigurosas sin riesgo de desajuste, deterioro y daño, durante el
transporte, manejo y almacenamiento.
El CONTRATISTA será responsable y asumirá todos los costos, reemplazos,
reparaciones y perjuicios ocasionados a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P derivados de
cualquier desajuste, deterioro, daño, extravío que se produzca a cualquiera de las piezas
de los elementos durante el transporte, manejo y almacenamiento desde el sitio de
despacho hasta el sitio de recepción, por una inapropiada preparación, embalaje o marca
de los elementos y adicionalmente será responsable por todos los daños ocasionados a
terceros derivados de ello.
Las unidades de mercancía se agruparán para conformar unidades de carga (pallets,
estibas, huacales, etc.), dependiendo del medio de transporte a utilizar, aunque por el
peso se requiera el uso de equipo mecánico.
Las piezas de los elementos que por su naturaleza no permitan un manejo seguro
operando los equipos de alce, se despacharán con eslingas, abrazaderas, argollas,
armellas, pernos de ojo, espigas, placas o soportes para alce, directamente fijadas a la
pieza y accesibles desde fuera del embalaje de tal manera que puedan ser fácilmente
manejadas con el equipo de alce y en condiciones seguras.
Las piezas sueltas pequeñas y expuestas a pérdida o extravío se agruparán y empacarán
en cajas o fardos marcados adecuadamente para su identificación.
Preferiblemente cada embalaje no deberá exceder en su peso bruto una tonelada métrica
y en sus dimensiones 2.60 m de altura, 2.50 m de ancho y 12.20 m de largo. De no ser
posible cumplir con una de las dos condiciones anteriores, EL CONTRATISTA notificará a
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, antes de enviar los bienes al sitio de entrega pactado,
sobre dichos embalajes, informando el peso bruto y las dimensiones (altura, ancho y
largo), con el fin de que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P pueda obtener los permisos
necesarios para el transporte terrestre.
Cada embalaje deberá marcarse al menos sobre las tres caras distintas, en forma legible
e indeleble, en español y se indicarán las condiciones del manejo por medio de símbolos
internacionales.
Además deberá incluir una copia de la lista de empaque, en español, empacada en sobre
a prueba de agua y la cual debe contener como mínimo la siguiente información: peso
bruto, el peso neto, las dimensiones, el número de empaque con la descripción completa
del contenido en cuanto a cantidad, valor unitario, valor de cada pieza y descripción, lo
anterior por exigencia de la compañía de seguros.
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Si para el transporte de la carga EL CONTRATISTA utiliza embalajes de madera o
soportes para acomodación de la carga que sean de madera, deberá cumplir con las
norma NIMF 15 (Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias No.15) de la Secretaría
de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), al igual que con la Resolución 01079
del 3 de junio de 2004 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
En caso de que el empaque y soportes de madera no cumplan con las anteriores normas,
el CONTRATISTA deberá asumir todos los gastos y extra costos ocasionados por las
actividades necesarias para la liberación del cargamento y por las demoras generadas.
5.2.10.3. Registros de importación, certificado de origen, factura proforma y
especificaciones de embarque.
De acuerdo con la modalidad contratada EL CONTRATISTA deberá presentar la factura
proforma y especificaciones de embarque de los bienes cuya entrega es FOB/FCA puerto
o aeropuerto de embarque, a más tardar con treinta (30) días calendario de anticipación a
la fecha de la entrega, con el fin de que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P pueda adelantar
los trámites para el nombramiento del embarcador y gestionar los respectivas registros de
importación. En caso de que los bienes tengan que cumplir con el certificado de
conformidad de producto con el RETIE, este documento debe ser aportado con la factura
proforma para que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P pueda solicitar el correspondiente
registro de importación.
Todos los trámites e impuestos, incluyendo los registros de importación, de materias
primas, bienes intermedios y bienes terminados extranjeros nacionalizados, así como la
materia prima para bienes nacionales con entrega en el Almacén de AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P, serán gestionados directamente por EL CONTRATISTA, por su cuenta y
responsabilidad.
En el evento de que EL CONTRATISTA entregue los documentos errados, incompletos o
tardíamente, se hará acreedor a las deducciones establecidas.
5.2.11 .Características garantizadas y datos técnicos de los bienes
5.2.11.1.
Características garantizadas
EL PROPONENTE deberá establecer las características garantizadas de los materiales,
equipos y sistemas ofrecidos, de acuerdo con los formularios adjuntos (con el formulario
de características técnicas garantizadas), las cuales, en caso de serle aceptado el
contrato, deberán ser verificadas y/o comprobadas por EL CONTRATISTA mediante
pruebas, exámenes o inspección en fábrica y/o en el sitio de las obras, según
corresponda o se establezca en este pliego de condiciones y especificaciones. Las ofertas
que no contengan toda la información requerida en este numeral podrán ser rechazadas
por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Como oferta básica se entiende una oferta que se ciñe a todos los términos, condiciones y
especificaciones de los documentos del proceso de contratación y que por lo tanto no
presenta modificaciones o reservas sustanciales o significativas, de acuerdo a lo indicado
en este pliego de condiciones.
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5.2.11.2.
Datos técnicos
EL PROPONENTE deberá presentar una descripción general de los bienes ofrecidos, en
particular sobre aspectos relacionados con su configuración general, formas de
construcción, requerimientos de montaje y cualquier otra información que permita verificar
si cumplen los requisitos de los documentos de contratación. Igualmente, EL
PROPONENTE podrá anexar, como información general, literatura técnica disponible e
información complementaria sobre los bienes, tales como boletines, folletos y catálogos
los cuales seran de carácter informativo.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P no aceptará modificaciones o excepciones sustanciales a
los datos técnicos. La oferta que presente desviaciones que a juicio de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P sean sustanciales de acuerdo con lo establecido en el pliego, será
eliminada.
Durante la ejecución del contrato y como resultado de los diseños de detalle de los
bienes, algunos datos técnicos de los bienes, tales como ubicación, dimensiones
generales, pesos, disposición, detalles constructivos y otros, podrán variar ligeramente.
5.2.12.
Cesión y Subcontratación
5.2.12.1.
Cesión
El contrato podrá cederse siempre y cuando se cuente con previa autorización escrita de
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, para lo cual deberá acreditarse que el cesionario cumple
con las mismas o mejores calidades que acreditó para la aceptación de la oferta el
cedente. Del análisis de estas calidades y requisitos se dejara constancia por el Área
administradora del contrato, previa la autorización de la cesión. En el evento de que la
cesión sea el resultado de una fusión en que EL CONTRATISTA sea absorbido, o de una
operación en que un tercero adquiera la totalidad o una parte sustancial de los activos de
EL CONTRATISTA, deberá igualmente notificarse previamente a AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P revisará previamente el documento donde consta la
cesión del contrato para verificar si las condiciones de la misma son aceptables y de ser el
caso, hacer reserva de las excepciones a que se refiere el artículo 896 del Código de
Comercio.
En los eventos en que se permita la participación de consorcios o uniones temporales, no
se permitirá la cesión total de la participación en la ejecución del contrato de uno de sus
integrantes en alguno o entre los demás integrantes del mismo; de todas maneras no
podrá haber cesión total del contrato entre quienes lo integran.
5.2.12.2.
Subcontratación
Una vez recibida la aprobación de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, EL CONTRATISTA
podrá subcontratar partes del trabajo objeto del contrato, sin que esta facultad lo exima de
responsabilidad para con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, ni se la atenúe. No habrá
relación contractual, laboral, administrativa ni de otra índole entre AGUAS DE URABÁ
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S.A. E.S.P, los subcontratistas, como tampoco la habrá con los proveedores y empleados
de éstos y con los de EL CONTRATISTA”.
EL CONTRATISTA será, en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de sus
empleados, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P.
EL CONTRATISTA será, en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de
sus empleados, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra AGUAS
DE URABÁ S.A. E.S.P.
5.3.
Cumplimiento
El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las
acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los compromisos u
obligaciones que asume, y con atención a las características formales y de tiempo
previstas para ello.
Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido
consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de
“incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se produzcan los efectos legal o
contractualmente previstos para ello.
Cuando se estipule expresamente, será suficiente la configuración objetiva del evento
constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones
o tome las medidas resarcitorias correspondientes.
Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el
contrato en los casos en los cuales esta formalidad se establezca de conformidad con lo
previsto en este pliego o no aportar la documentación necesaria para la formalización del
contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P considerará que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez (10) días
calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho
término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos
casos, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá aceptar la oferta del proponente clasificado
en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a
la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia
por parte del nuevo proponente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y
bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo.
En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el incumplimiento acabado de
relacionar, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P hará efectiva la garantía de seriedad de la
oferta y el proponente quedará en la situación de inhabilidad para contratar que contempla
la Ley 80 de 1993.
5.4.
Cláusula penal
De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen
que en caso de incumplimiento del CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de
la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P en calidad de cláusula penal una suma equivalente al diez por ciento (10%) del
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valor total del contrato que corresponde a una tasación anticipada de los perjuicios
derivados de dicho incumplimiento, para lo cual se aclara que esta suma será
considerada como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P, por eso, en exceso de esta suma AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
podrá cobrar los perjuicios adicionales que demuestre ha causado el incumplimiento del
contratista, en otras palabras, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P descontará de los perjuicios
totales del incumplimiento el valor de la cláusula penal y sobre este valor no tendrá
necesidad de probar el monto de los perjuicios. El valor de la cláusula penal se tomará
directamente de cualquier suma que se adeude al CONTRATISTA, de ser posible, o se
cobrará directamente a EL CONTRATISTA, o se hará efectiva la garantía de cumplimiento
del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. Si posteriormente
EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de
responsabilidad, y éstas son aceptadas por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, habrá lugar a
la entrega a EL CONTRATISTA de los dineros deducidos o pagados. Los dineros que
deban ser entregados a EL CONTRATISTA en este concepto serán reajustados en el
porcentaje igual al índice de precios al consumidor para el año en que se proceda a la
devolución y en proporción al tiempo durante el cual fueron retenidos.
5.5. Descuentos operativos y medidas de apremio provisionales
Los descuentos operativos y las medidas de apremio provisional son un mecanismo de
solución directa de las controversias que puedan surgir durante la ejecución del contrato,
por el incumplimiento parcial de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, en los
casos contemplados en este numeral.
Con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad consagrado en el 1602 del
Código Civil Colombiano y en la costumbre mercantil, con la presentación de la propuesta
y la celebración del contrato, EL CONTRATISTA acuerda y acepta como descuentos
operativos y medida de apremio provisional, los siguientes:
5.5.1. Descuentos operativos: En el evento de incurrir en alguna de las siguientes
causales:
5.5.1.1. Descuento por calidad en los bienes, por mermas o deterioro imputable a EL
CONTRATISTA: Si la inspección indica que cualquiera de los materiales, partes, bienes y
sistemas que conforma el objeto del contrato no cumplen con las especificaciones, o no
funciona correcta y seguramente bajo todas las condiciones de operación, AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P podrá sancionar a EL CONTRATISTA con una medida de apremios
del cinco por mil (0,5%) del valor del contrato, por cada día calendario de retardo hasta la
entrega completa a plena satisfacción.
5.5.1.2.Descuento por demoras en la entrega de los bienes: En el caso de que EL
CONTRATISTA no cumpliere con la entrega de los bienes objeto del contrato en el plazo
de entrega pactado o del plazo otorgado para la nueva entrega de los bienes devueltos
por defectos de calidad, EL CONTRATISTA otorga un descuento del cinco por mil (0.5%),
del valor de la entrega atrasada por cada día calendario de retardo hasta la entrega
completa a plena satisfacción, hasta un tope del diez por ciento (10%) del valor de la
entrega inconforme.
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5.5.2. Procedimiento para la aplicación de los descuentos operativos:
LAS PARTES acuerdan que para aplicar los descuentos operativos antes mencionados,
se adelantará la siguiente actuación:
Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de descuentos pactadas en el
contrato, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P a través del jefe de la dependencia que tiene a
su cargo la administración del contrato, adelantará el siguiente trámite, según la
clasificación:
En contratos con pagos nacionales-residentes cambiarios: AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
elaborará un documento de cobro con el valor a descontar, EL CONTRATISTA deberá
responder informando a cuál factura se le debe hacer el descuento, en caso de no hacerlo
dentro del tiempo señalado, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P lo pueda deducir de cualquier
suma que le adeude al CONTRATISTA. En caso de que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
no cuente con dineros retenidos a favor del contratista, éste deberá proceder con el pago
del documento de cobro y lo deberá entregar en al administrador del contrato.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P comunicará a EL CONTRATISTA la aplicación del
descuento y ordenará la retención de todos los pagos pendientes en este contrato, hasta
tanto, EL CONTRATISTA haga entrega de los documentos que soportan el descuento
(tales como: la factura o una nota de abono o crédito o factura de rectificación) o es su
defecto cancele el valor correspondiente a dicho descuento. Esta retención no genera
intereses a favor del CONTRATISTA.
Nota: Si EL CONTRATISTA no entrega los documentos soporte del descuento o cancela
el valor respectivo, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P ejecutará las garantías.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P aplicará los descuentos y en ningún caso su aplicación
será entendida como liberatoria o atenuante de cualquiera de las obligaciones adquiridas
en virtud del contrato.
5.5.3. Medida de apremio provisional.
El incumplimiento o la mora de cualquiera otra de las obligaciones contenidas en el pliego
de condiciones y el contrato, diferente de los eventos a que se refiere de manera explícita
los descuentos operativos, causará una medida de apremio provisional por un monto del
cinco por mil (0.5%), por cada día de retardo en el cumplimiento de la obligación
correspondiente, hasta por un tope del diez por ciento (10%) del valor del contrato.
Adicionalmente a las demás obligaciones contempladas para cada parte en presente
pliego de condiciones, EL CONTRATISTA acepta que confirmada la aplicación de la
medida provisional del apremio, surge para él la obligación de pago de la misma, la cual
será exigible en los términos señalados con antelación.
5.5.3.1.
Procedimiento para la aplicación de la medida de apremio provisional.
Si EL CONTRATISTA incurre en la causal de medida de apremio provisional pactada en
el contrato, a través del jefe de la dependencia que tiene a su cargo la administración del
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contrato, se le comunicará por escrito la causal en que presuntamente incurrió. En la
mencionada comunicación se le concederá un término de dos (2) días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para que exponga o
justifique las razones del incumplimiento.
Finalizado el término indicado, se enviará a EL CONTRATISTA comunicación escrita
debidamente motivada, informando:
1.
Que no se aplicará la medida de apremio provisional, de aceptarse las
justificaciones y explicaciones presentadas, si es el caso.
2.
Que se aplica la medida de apremio provisional, si no manifestaron las razones
que justifiquen el incumplimiento de la respectiva obligación, o de haberlas
presentado no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente.
De considerarse aplicable la medida de apremio provisional, en la respectiva
comunicación se concederá un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día
siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentarían la
inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este término se enviará una nueva
comunicación escrita confirmando la aplicación de medida de apremio o revocándola.
Cuando la comunicación establezca la aplicación de la medida de apremio provisional se
procederá así:
•
En contratos con pagos nacionales-residentes cambiarios: AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P elaborará un documento de cobro con el valor a descontar, EL CONTRATISTA
deberá responder informando a cuál factura se le debe hacer el descuento, en caso de no
hacerlo dentro del tiempo señalado, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P lo pueda deducir de
cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA. En caso de que AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P no cuente con dineros retenidos a favor del contratista, éste deberá proceder
con el pago del documento de cobro y lo deberá entregar en al administrador del contrato.
5.5.3.2.
Carácter definitivo de la medida de apremio
La medida de apremio dejará de ser provisional y en consecuencia quedara en la base de
datos de la empresa CONTRATANTE y se reportará al RUP, en los siguientes eventos:
5.5.3.2.1. Cuando ha caducado la acción para controvertirla ante la jurisdicción.
5.5.3.2.2. Cuando se profiera y esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la
procedencia de su aplicación.
5.5.3.2.3. Cuando EL CONTRATISTA pague el valor de la medida de apremio.
Se considerará como fecha de la medida de apremio, aquella en que se le comunique a
EL CONTRATISTA la aplicación de la misma sino se presentan argumentos que
sustentarían la revocatoria y en caso de que se presenten, la fecha en la que comunique
la confirmación de la aplicación.
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5.5.3.3.
Pérdida de efectos de la medida de apremio y devolución de las sumas
cobradas o pagadas.
La medida de apremio deberá dejarse sin efectos cuando:
5.5.3.3.1. Cuando se profiera y esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la
improcedencia de su aplicación. El valor de la medida de apremio se devolverá en las
condiciones que se fijen en el fallo.
5.5.3.3.2. Cuando EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo
exoneren de responsabilidad. En este caso habrá lugar a la entrega del dinero cobrado o
deducido, indexado de conformidad con la Circular 1295 de diciembre 27 de 2004 o el
acto que lo modifique.
5.6. Suspensión
Cuando circunstancias particulares lo impongan, cualquiera de las partes podrá solicitar a
la otra la suspensión del contrato o de su ejecución. Cuando los motivos que se invoquen
sean eventos de fuerza mayor o caso fortuito, la aceptación de la contraparte será
obligatoria. En caso contrario, la solicitud quedará a criterio de quien la recibe.
Durante la suspensión las partes quedan relevadas de sus obligaciones contractuales,
pero cada una será responsable de la custodia y mantenimiento de los bienes sobre los
cuales se ejecuta el contrato y deberá reparar los perjuicios que irrogue su desatención
sobre ello. Salvo que las disposiciones legales pertinentes lo contemplen, la suspensión
no legitimará el incumplimiento de ninguna obligación debida frente a terceros o frente al
Estado. EL CONTRATISTA deberá informar a la compañía de seguros sobre la
suspensión del contrato, y de su reanudación, copia de éstas comunicaciones deberá ser
entregada a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Una vez superadas las causas que ameritaron la suspensión, las partes acordarán la
reiniciación de actividades en el menor tiempo posible. La renuencia para hacerlo o para
llegar a un acuerdo constituirá incumplimiento del contrato.
5.7. Reclamaciones
Cualquier reclamo relacionado con el contrato deberá presentarlo EL CONTRATISTA por
escrito a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P dentro de los diez (10) días calendario,
siguientes a la primera ocurrencia del hecho motivo del reclamo, señalando claramente y
en detalle sus fundamentos. EL CONTRATISTA acepta que no apelará a reclamaciones
diplomáticas en lo tocante a derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo en el caso
de denegación de justicia, la cual se entiende que no existe cuando EL CONTRATISTA ha tenido
expeditos los recursos y medios de acción, que conforme a las leyes colombianas puedan emplearse
ante la rama judicial del poder público.
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P tramitará la reclamación agotando los procedimientos e
instancias internos y EL CONTRATISTA estará obligado, tanto por la ley como por este contrato, a
esperar una respuesta dentro de los términos de oportunidad allí contemplados, antes de intentar
una acción alternativa o diferente.
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Por su parte, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P presentará al CONTRATISTA las reclamaciones
que consideren pertinentes con motivo del pacto o de la ejecución del “objeto” del contrato, y EL
CONTRATISTA estará obligado a pronunciarse al respecto de manera clara y oportuna. Es
entendido, así mismo, que EL CONTRATISTA deberá responder ante los organismos de control que
ejercen vigilancia sobre AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, cuando estos hallen incongruencias o
irregularidades en cualquier aspecto pertinente del contrato o su ejecución.
Reclamaciones de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P a EL CONTRATISTA relacionadas
con la calidad de los bienes y equipos suministrados en el contrato.
Si durante la vigencia del contrato o dentro del período de validez de la garantía de
calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados, se encuentra que cualquier
parte de los bienes no cumple en un todo con las características garantizadas o con las
especificaciones, o muestra defectos por diseño, materiales, mano de obra, procesos de
fabricación, actos u omisiones de EL CONTRATISTA o el fabricante, o cualquier defecto o
mal funcionamiento imputable al CONTRATISTA o al fabricante, AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P notificará al CONTRATISTA y éste tendrá un plazo máximo de diez (10) días
hábiles para dar una respuesta por escrito a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, luego de los
análisis por parte de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P y si se aceptan los argumentos
presentados por EL CONTRATISTA y si se llega a un acuerdo con EL CONTRATISTA,
éste ejecutará inmediatamente todas las acciones que sean necesarias para subsanar las
anomalías dentro del plazo fijado por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
Si EL CONTRATISTA habiendo sido notificado no toma acción remedial inmediata o
descuida la reparación del defecto en forma tal que se obligue a mantener por fuera de
servicio todo o parte del suministro por un término superior a ocho (8) días hábiles,
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá ejecutar cualquier acción remedial que consideren
necesaria a riesgo y costo de EL CONTRATISTA, con cargo a cualquier pago debido a
éste o a la garantía de calidad y correcto funcionamiento. Lo anterior se entenderá sin
menoscabo de cualquier acción que puedan emprender AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P
en contra de EL CONTRATISTA y tendiente al reconocimiento de los perjuicios recibidos.
En caso de que sea necesario el reemplazo o reposición de una parte defectuosa del bien
o equipo suministrado o entregado, EL CONTRATISTA deberá cumplir con estas
obligaciones de reemplazo en los términos de la garantía técnica o de calidad de sus
productos, de conformidad con la normatividad respectiva, incluyendo entre otros el
estatuto del consumidor.
La revisión que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P de los documentos suministrados por EL
CONTRATISTA o a los bienes o a la inspección que ejecuten durante el desarrollo del
contrato no relevará, liberará, exonerará, atenuará o trasladará la obligación de EL
CONTRATISTA de garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los bienes o
equipos suministrados o instalados en la forma establecida en los documentos del
contrato.
5.8. Cláusulas excepcionales. NO APLICA
5.9. Vigencia
Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación al CONTRATISTA
y la fecha en se realiza el acta de terminación de que habla el numeral 6.3 de este pliego.
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En el término de esta vigencia las partes están habilitadas para ejercer los derechos y
cumplir las obligaciones adquiridas en virtud del contrato, pero no podrá entenderse que,
por ello, se modifica el plazo de ejecución que operará dentro de la vigencia, pero
independientemente de ella.
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6.
TERMINACIÓN
6.1. Aceptación técnica
A criterio de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, los bienes se someterán a las pruebas de
laboratorio a que haya lugar y/o a las pruebas en operación pertinentes, antes de emitir la
comunicación de aceptación técnica, la cual se dará siempre y cuando los resultados
obtenidos estén acordes con los fines para los cuales fueron adquiridos los bienes y
cumplan con las especificaciones técnicas.
Si AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se abstiene de realizar las citadas pruebas, la
aceptación técnica se dará luego de la inspección física por parte del área técnica,
siempre y cuando los bienes cumplan las condiciones y especificaciones de este pliego.
Si la aceptación no ha sido expedida dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes
a la fecha de la entrega, por causas no imputables al CONTRATISTA, éste podrá solicitar
a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P un documento en que conste que la totalidad de los
bienes han sido entregados y que ha aportado la documentación exigida. Dicho
documento hará las veces de la aceptación técnica para efectos de la liberación de
cualquier suma retenida.
6.2. Devolución de la mercancía
Si luego de la fecha de recepción de los bienes y aceptación de los mismos por parte del
área técnica de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P, aparecen daños o defectos en los bienes,
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P lo comunicará por escrito al CONTRATISTA, para darle
oportunidad de inspeccionarlos y/o corregirlos, dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes al comunicado. Pasado este tiempo si aún los bienes continúan dañados o
defectuosos, el CONTRATISTA los deberá reponer, sin costo para AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P, en un término que no podrá exceder los treinta (30) días calendario, de lo
contrario se considerará que hay incumplimiento del plazo de entrega, por lo tanto, se
podrá aplicar la deducción que se estipula en el numeral 5.5.1.2 y se podrá hacer efectiva
la garantía de cumplimiento.
En todos los casos la reposición de los bienes se hará en el Almacén de AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P y por tanto EL CONTRATISTA correrá con todos los costos asociados.
6.3. Acta de terminación
La terminación del contrato se dará en las siguientes causas: (a) en primer lugar cuando
se ha efectuado la entrega de los bienes objeto del contrato dentro del plazo o plazos
fijados en el contrato; (b) si, vencido el plazo de ejecución, los bienes no han sido
entregados, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá declarar el incumplimiento del contrato
y exigir del contratista la indemnización de los perjuicios ocasionados con su
incumplimiento.
En el caso del literal (a) anterior, las partes suscribirán un “Acta de Terminación” del
contrato que dé cuenta de la culminación de la relación contractual. En ella se dejará
constancia de los aspectos que las partes deseen formalizar por escrito y se declarará la
satisfacción y cumplimiento de los derechos y obligaciones mutuas.
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6.4. Terminación anticipada del contrato
6.4.1. Por incumplimiento de una de las partes
Con fundamento en los artículos 1602 y 1546 del Código Civil Colombiano, en
concordancia con el artículo 870 del Código de Comercio, las partes acuerdan que el
contratante cumplido podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada, cuando se
presente un incumplimiento grave, total o parcial, de las obligaciones a cargo de la otra
parte.
Se considera, entre otros, como incumplimiento grave de:
EL CONTRATISTA la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: a) La demora en el
cumplimiento del programa de trabajo en un porcentaje superior al sesenta (60%); b)
Cuando haya incurrido en causales de medidas de apremio provisionales o definitivas que
superen el diez por ciento (10%) del valor del contrato; c) El incumplimiento de una
obligación ambiental que dé lugar a la revocatoria de un permiso o licencia ambiental; d)
El incumplimiento que dé lugar a que AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. incumpla una
obligación de carácter regulatorio o legal; e) El incumplimiento de lo previsto en la
cláusula 4.7. De este pliego en cuanto a las obligaciones de protección a la información
personal.
Para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción, la parte que invoca la
causal de terminación anticipada comunicará a la otra por medio del correo electrónico
indicado para recibir comunicaciones y notificaciones o en su defecto por medio de correo
certificado, la decisión de iniciar el proceso de terminación del contrato, indicándole la
causal que se invoca.
En caso de que la parte incumplida demuestre claramente en un plazo no superior a diez
(10) días calendario que está en capacidad de cumplir sus obligaciones, la parte cumplida
determinará si continúa la ejecución del contrato y en tal caso se definirán los hitos de
seguimiento que garanticen el efectivo cumplimiento del mismo, los cuales, en el evento
de ser incumplidos, darán lugar a la terminación del contrato.
Tanto en el incumplimiento de los hitos a los que hace relación el párrafo anterior, como si
la parte incumplida no demuestra su capacidad para atender sus obligaciones en el plazo
fijado, las partes acuerdan que habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se
comunicará inmediatamente a la parte incumplida y se procederá al cierre de cuentas del
contrato en el estado en que se encuentre.
6.4.2. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá dar por terminado de manera unilateral el
contrato, sin que por este hecho esté obligada a indemnizar algún tipo de perjuicios a EL
CONTRATISTA, por las siguientes causales:
a)
Cuando EL CONTRATISTA no diere cumplimiento a las disposiciones legales
relacionadas con la prevención y control al lavado de activos y el financiamiento del
terrorismo que le sean aplicables.
b)
Cuando EL CONTRATISTA o algunos de sus accionistas, asociados o socios que
directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o
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participación, sus representantes legales, Revisores Fiscales, Auditores Externos y sus
miembros de la Junta Directiva, figuren en las listas internacionales vinculantes para
Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas), en
las listas de la OFAC, Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo y/o
en las listas nacionales o internacionales
c)
Cuando exista en contra de EL CONTRATISTA o de sus accionistas, asociados o
socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital
social, aporte o participación, de sus representantes legales, Revisores Fiscales,
Auditores Externos y sus miembros de la Junta Directiva, sentencia judicial en firme que
los condene por la comisión de delitos dolosos o se encuentren vinculados a
investigaciones o procesos penales por delitos dolosos, o exista información pública con
respecto a tales personas que pueda colocar a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P frente a un
riesgo legal o reputacional.
d)
Cuando se presenten elementos que puedan representar para AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P riesgos reputacionales, legales, operativos o de contagio relacionados con el
lavado de activos y/o la financiación del terrorismo.
e)
Cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la legalidad
de las operaciones de EL CONTRATISTA, la licitud de sus recursos o que EL
CONTRATISTA ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a dichas
actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas.
f)
Cuando se presenten yerros, inconsistencias, discrepancias o falsedades en la
documentación e información aportada por EL CONTRATISTA ejecución del presente
contrato.
6.4.3. Así mismo, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P podrá dar por terminado de manera
unilateral el contrato, cuando EL CONTRATISTA, sus accionistas, asociados o socios que
directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o
participación, o sus representantes legales y miembros de Junta Directiva, se encuentren
en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por
haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas
y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” por
haberse determinado que estuvieron involucradas en prácticas fraudulentas, corruptas,
colusorias, coercitivas u obstructivas en violación de las políticas anticorrupción del Grupo
BID.
6.4.4. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P dará por terminado de manera unilateral el contrato
cuando cualquier activo objeto del presente contrato sea objeto de una medida de
extinción de dominio y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad
que haga sus veces no tenga el control o no le haya sido nombrado un depositario directo.
En consecuencia, EL CONTRATISTA indemnizará los perjuicios presentes y futuros
ocasionados por el inicio de la acción de extinción de dominio sobre los bienes objeto de
la operación realizada en virtud de este contrato que afecte cualquier derecho real
adquirido en la relación jurídica.
6.4.5. AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P dará por terminado el contrato cuando se presente
situaciones de orden público que hagan inviable la ejecución del mismo.
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Nota 1: Cuando la causal de terminación anticipada corresponda a las consignadas en los
numerales 6.4.2. a 6.4.4., para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción,
AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P comunicará EL CONTRATISTA por medio del correo
electrónico indicado para recibir comunicaciones y notificaciones o en su defecto por
medio de correo certificado, la decisión de iniciar el proceso de terminación del contrato,
indicándole la causal que se invoca.
EL CONTRATISTA podrá demostrar en un plazo no superior a quince (15) días calendario
que subsanó o se eliminó la situación.
Si EL CONTRATISTA no demuestra en el plazo fijado, que subsanó o eliminó la causal de
terminación, las partes acuerdan que habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se
comunicará inmediatamente a EL CONTRATISTA y se procederá al cierre de cuentas del
contrato en el estado en que se encuentre.
Nota 2: La parte que dé lugar a la terminación anticipada del contrato, por las causales
previstas en los numerales 6.4.1., 6.4.2., 6.4.3.y 6.4.4. deberá indemnizar los perjuicios
causados.
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7. ANEXO TÉCNICO
7.1
Generalidades
Esta parte del pliego de condiciones corresponde a las especificaciones técnicas que
deben cumplirse para la fabricación y entrega de materiales objeto del contrato.
Se entiende por especificación un conjunto de requisitos y normas de cumplimiento
obligatorio por parte del CONTRATISTA, que forman parte de estos documentos,
incluyendo cualquier código o reglamentación en ellos mencionados, y cualquier
información adicional solicitada.
7.2
Características de los bienes.
El CONTRATISTA deberá garantizar la entrega de los bienes que se le soliciten durante
el desarrollo del contrato, los cuales deben corresponder a bienes iguales a los que se le
aceptaron en su propuesta en cuanto a marca, referencia, presentación y demás
características especificadas en los Formularios de Precios y Cantidades de este pliego
de condiciones, o a las modificaciones que sean aceptadas durante el desarrollo del
contrato.
Los bienes a suministrar deben cumplir con lo aquí estipulado y en el respectivo
formulario de Características Garantizadas, el cual hace parte integral de estas
Especificaciones Técnicas y debe ser completa y correctamente diligenciado en su
totalidad por EL PROPONENTE.
Aspectos generalidades.
7.3.1 Cámara para inspección rápida y capacitación en el manejo
Descripción: Cámara para inspección rápida de tuberías de alcantarillado, también
conocida como “Pole Camera”, cámara de pértiga o “Quick Cam”.
Función: Monitoreo del estado de la tubería mediante fotos y video almacenables en
formato (.MPEG) y/o (.AVI).
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
Funciones: El equipo deberá poseer la capacidad de fotografiar y grabar de manera
continua el estado interno de la tubería de alcantarillado a partir de seis pulgadas de
diámetro.
Intensidad de iluminación: El equipo deberá tener un sistema de iluminación alineado,
con una capacidad de hasta 400 lumens a 200 pies.
Fuente de potencia: Poseerá una batería interna que le suministre potencia para un
mínimo de 5 horas de operación, con indicador por pantalla en caso de falta de suministro
de energía.
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Accesorios básicos: Pértiga o Pole, sistema de iluminación, monitor a color con
protección para el reflejo de la luz solar o que permita escualizar (movimiento del monitor
para evitar el reflejo).
Peso y tamaño: El equipo debe ser máximo de 9 kg (cámara, pértiga, monitor y sistema
de energía) para que pueda ser fácilmente transportado entre cámaras de inspección de
alcantarillado o man-holes.
Funciones especiales: el equipo deberá permitir descargar las fotos y videos en formato
y Software actualizable y podrá medir la distancia al punto de foco e iluminación.
Sensor de color y zoom total: poseerá sensor de color y zoom total máximo de 432:1.
Imagen y Video: el equipo deberá tener una capacidad de resolución mínimo de 450
líneas, el enfoque deberá ser Manual y automático, seleccionable
Manual: Incluir dos manuales completos, uno de operación del equipo y otro con las
partes del equipo para mantenimiento; los dos manuales serán en español.
Especificaciones técnicas garantizadas.
• Intensidad de iluminación: hasta 400 lumens a 200 pies
 La cámara deberá escualizar (movimiento sobre su eje vertical), para lograr un mejor
enfoque cuando sea necesario
• Batería: mínimo de operación 5 horas
• Zoom Total: hasta 432X.
• Material y altura del poste o pértiga: varilla telescópica en material composite y/o fibra de
carbono, con longitud mínima de 1.40 metros, sin incluir tramos adicionales.
• Rango de visión: de mínimo 30 metros
• Cargador de baterías de alimentación 12VCC|
Características del proveedor: El proveedor deberá garantizar servicio de
mantenimiento y asesoría en la operación de las cámaras. Deberá ser representante legal
y técnico del fabricante del equipo en Colombia (Acreditar lo anterior por escrito con fecha
actualizada), con el fin de garantizar el servicio post-venta, asesoría técnica y la
consecución de repuestos.
Capacitación: Las instalaciones de AGUAS DE URABA S.A E.S.P., en donde se
adquieran estos equipos deberán concertar con el proveedor el adiestramiento de cinco
(5) personas como mínimo en la operación del equipo en campo, elaboración de los
reportes, monitoreo y en los procedimientos que se establezcan para el correcto
funcionamiento de las cámaras y sus componentes; el total de horas de capacitación
teórico práctica será de mínimo cuatro en la sede administrativa de AGUAS DE URABA
S.A E.S.P.
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7.3.2 Programa de mantenimiento preventivo y/o correctivo del equipo
7.3.2.1
Mantenimiento preventivo y/o correctivo semestral
Alcance
EL CONTRATISTA suministrará los conocimientos y mano de obra necesarios para la
correcta operación del sistema de monitoreo de redes de alcantarillado mediante cámaras
de poste, y para la ejecución de todos los mantenimientos correctivos y/o preventivos
necesarios en las cámaras de poste y sus accesorios suministrados en este contrato.
El alcance de los trabajos solicitados es el siguiente:
 Mano de obra calificada para la ejecución de los mantenimientos preventivos y
correctivos a que haya lugar durante la vigencia del contrato.
 Mano de obra calificada para la ejecución de las reparaciones a que haya lugar durante
la ejecución del contrato.
 Suministro de materiales, repuestos y elementos consumibles que serán utilizados por
EL CONTRATISTA durante la ejecución de los mantenimientos y trabajos.
Todos los equipos, materiales, herramientas, accesorios, repuestos y demás elementos
que sean necesarios para el mantenimiento, deben ser suministrados por EL
CONTRATISTA.
El Proponente deberá presentar una lista de todos los repuestos con los respectivos
precios unitarios, suministrados y colocados en la sede de AGUAS DE URABA S.A E.S.P.
Cualquier ítem no mencionado en estas especificaciones pero que se considere necesario
para la prestación de los servicios de mantenimiento y catalogado como repuestos o
consumibles, debe ser tenido en cuenta por EL CONTRATISTA para ser suministrado, sin
que se originen costos adicionales a los propuestos, a no ser que en su propuesta EL
CONTRATISTA haya anotado claramente su no inclusión dentro de los precios
presentados.
El mantenimiento preventivo y/o correctivo se llevará a cabo en las instalaciones del
contratista, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P se encargará de enviar el equipo al lugar
designado por EL CONTRATISTA, una vez allí el proponente favorecido tendrá a su cargo
y bajo su completa responsabilidad la integridad y la seguridad del equipo mientras se
encuentre en su sede. Una vez terminada la inspección técnica se debe regresar el
equipo dentro de los tiempos ya estipulados en este pliego para su recibo a satisfacción
por parte del supervisor del contrato y así dar por terminado las obligaciones del
contratista a través de acta de terminación y liquidación del contrato y proceder al pago de
este ítem bajo las condiciones ya mencionadas en el numeral 5.2.4 forma de pago del
presente pliego.
Operación
EL CONTRATISTA atenderá las llamadas que se le hagan por cualquier problema que se
presente en la operación del equipo suministrado bajo este contrato y tomará las medidas
necesarias para corregir inmediatamente cualquier deficiencia que pudiera existir.
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Mantenimiento
EL CONTRATISTA hará las inspecciones necesarias requeridas en todas las cámaras y
accesorios de acuerdo al programa de mantenimiento preventivo establecido, bajo los
parámetros de los manuales técnicos entregados por los fabricantes y anotará los
resultados.
Reparaciones
Todo equipo, sistema, elemento, etc. que requiera reparación y que el deterioro, fallo o
daño sea atribuible por garantía debe ser atendido y reparado inmediatamente, sin ningún
costo para AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. Puesto que el período de mantenimiento tiene
una duración de doscientos treinta y cinco (235) días calendario, paralelo con la garantía
de todos los equipos. Todas las partes, elementos, recursos, transporte, materiales,
logística y mano de obra para las reparaciones y puesta nuevamente en funcionamiento
serán suministradas por EL CONTRATISTA sin ningún costo adicional para AGUAS DE
URABÁ S.A. E.S.P.
7.3.2.2
Documentación e información para el mantenimiento
El CONTRATISTA debe suministrar antes del inicio de las labores de mantenimiento
pactadas, lo siguiente:

Informe de campo de mantenimiento preventivo y/o correctivo en el formato
establecido para ello, donde se deposita toda la información relacionada con la rutina
de mantenimiento preventivo y/o correctivo, los correctivos y las atenciones
ejecutadas, en donde se describe lo ocurrido. Es un resumen como registro de los
acontecimientos más importantes que fueron atendidos por EL CONTRATISTA.
7.3.2.3
Descripción del servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo.
La duración de cada inspección será máximo de diez (10) días, es obligación del
CONTRATISTA disponer del personal calificado, en la cantidad adecuada durante todo el
tiempo que demande la inspección para garantizar el cumplimiento total del programa de
mantenimiento preventivo, la continuidad y confiabilidad en la operación de los equipos.
Los documentos solicitados por AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. deberán ser diligenciados
por personal del CONTRATISTA en medio impreso y magnético para certificar la
prestación de los servicios de mantenimiento. Estos documentos forman parte del
soporte de las facturas de cobro del CONTRATISTA, sin los cuales AGUAS DE URABÁ
S.A. E.S.P. no realizan los pagos correspondientes.
Es obligación del CONTRATISTA informar de INMEDIATO cualquier eventualidad, daño o
problema en las cámaras de poste y sus accesorios del presente contrato y las acciones a
tomar respecto al mismo.
7.3.2.4.1
Mantenimiento preventivo
Consiste en la inspección, ajuste, lubricación, limpieza y verificación del buen
funcionamiento de forma periódica y sistemática de las cámaras de poste y sus
accesorios, acordes con las actividades y rutinas de mantenimiento preventivo las cuales
deben ser enviadas por EL CONTRATISTA a la interventoría de AGUAS DE URABÁ S.A.
E.S.P., con las frecuencias en las que se efectuara. Las rutinas se deben presentar para
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cada uno de los tipos de equipos instalados y suministrados por EL CONTRATISTA en
este contrato.
Queda excluido del mantenimiento preventivo, el reemplazo de elementos cuyo daño
claramente sea atribuible a uso indebido, vandalismo, fuerza mayor, caso fortuito o el
ocasionado por personal ajeno al contratista.
7.3.3 Personal de mantenimiento
EL CONTRATISTA deberá mantener el orden, y garantizar que el mantenimiento sea
realizado por personal experimentado en los trabajos que se le encomiendan y de
capacidad suficiente con el fin de que el servicio se ejecute en forma técnica, eficiente y
dentro del tiempo estimado en el programa de trabajo. Todo el personal será de libre
vinculación y desvinculación por EL CONTRATISTA y no adquiere vinculación laboral,
administrativa, ni de ninguna índole con AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.; por lo tanto,
correrá a cargo de EL CONTRATISTA el pago de salarios, indemnizaciones,
bonificaciones y prestaciones sociales cotizados en la propuesta o los mínimos legales
cuando aquellos sean inferiores. No obstante lo anterior, AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
podrán solicitar a EL CONTRATISTA, la desvinculación de cualquier trabajador en la
etapa del mantenimiento materia del contrato sin que por ello adquieran obligación alguna
con el trabajador o con EL CONTRATISTA.
Es entendido que EL CONTRATISTA está obligado a reconocer a los empleados y
trabajadores que utilice en la ejecución de los trabajos, las prestaciones sociales y
salarios a que tengan derecho de acuerdo con las leyes colombianas.
EL CONTRATISTA deberá mantener oportuna, permanente y detalladamente informadas
a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P. de cualquier conflicto laboral colectivo, real o potencial,
en relación con el personal empleado en la ejecución del contrato y de cualquier otro
hecho del cual tenga conocimiento que pueda afectar el desarrollo del contrato o la
seguridad de las obras o de AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P., sus empleados, agentes o
de sus bienes.
EL CONTRATISTA deberá entregar en forma oportuna a AGUAS DE URABÁ S.A. E.S.P.
la planilla donde conste el pago de los salarios, ARP, EPS, pensión y parafiscales a sus
trabajadores.
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