EL ESTADO SELECCIONA MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO – DECRETO N° 2098/200 8 Y MODIFICATORIOS PERFIL: ABOGADO EXPERTO EN GESTIÓN DE COBRANZAS DE RECURSOS NO TRIBUTARIOS DEL TESORO NACIONAL Convocatoria GENERAL Podrá participar únicamente el personal permanente, no permanente (transitorio y contratado) comprendido en el referido Sistema Nacional de Empleo Público. Identificación del Puesto: ABOGADO EXPERTO EN GESTIÓN DE COBRANZAS DE RECURSOS NO TRIBUTARIOS DEL TESORO NACIONAL Cantidad de Cargos a cubrir: 1 Número del Registro Central de Ofertas de Empleo Público: 2015-012446-MINECO-P-SI-X-A Agrupamiento:Profesional Tipo de Cargo: Simple Nivel Escalafonario: A Tramo: General Remuneración:$ 17.904 más el 35% (de la Escala jerárquica del puesto: Secretaría de asignación básica) de suplemento por Hacienda, Subsecretaría de Presupuesto, Agrupamiento Profesional. Tesorería General de la Nación, Dirección de Gestión de Cobranzas Asiento(Lugar de trabajo):Hipólito Yrigoyen Horario de trabajo: 40 horas semanales 250, Piso 4, Oficina 435/436 - CABA. Objetivo General del Puesto Coordinar, controlar, efectuar el seguimiento de la gestión de cobranzas de recursos no tributarios del Tesoro Nacional asegurando su adecuación legal y procedimental. Principales actividades: 1.- Dirigir, planificar y promover las acciones y el marco normativo necesario para la realización de las cobranzas de recursos no tributarios del Tesoro Nacional. 2.- Supervisar la gestión, control y seguimiento en la gestión de los procesos de aportes al Tesoro Nacional, remanentes de ejercicios anteriores, recupero de préstamos otorgados por el Tesoro Nacional, fondos rotatorios, multas y todo otro ingreso que corresponda por normativa vigente. 3.- Supervisar el diseño y optimización de los sistemas de información que reflejen las gestiones de cobranzas del Tesoro Nacional conforme el marco normativo aplicable. 4.- Asesorar legalmente sobre las cobranzas del Tesoro Nacional con relación a la Cuenta de Inversión. 5.- Promover el marco normativo para la elaboración de manuales de proceso utilizados en la gestión de cobranzas del Tesoro Nacional conducentes a la implementación de un Sistema de Calidad bajo la Norma IRAM ISO 9001:2008. 6.- Dirigir y asistir legalmente en las actividades de fortalecimiento institucional que se desarrollen en su ámbito. 7.- Asistir en los aspectos legales vinculados al Sistema de Tesorería. Responsabilidad en el Puesto: Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de objetivos generales y resultados establecidos en términos de excelencia, cantidad, calidad y oportunidad en las respectivas políticas, normas, planes o programas y para las unidades organizativas o grupo o equipos de trabajo a su cargo, el asesoramiento al más alto nivel organizativo o político, sujeto a políticas generales y a los marcos normativos, profesionales o técnicos del campo de actuación, con delegación de máxima autonomía dentro de la competencia asignada. Requisitos para desempeñarse en el Puesto Requisitos Excluyentes: a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164”. b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley Nº 25.164). c. Título: Título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años de Abogacía. d. Experiencia en la especialidad atinente a la dicha función o puesto acreditada no inferior a SEIS (6) años después de la titulación. e. Especialización avanzada en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios o cursos de postgrado o en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional. f. Idioma: Lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero aplicable al puesto. g. Herramientas informáticas: nivel intermedio, para el procesamiento de textos, planilla de cálculo, correo electrónico y navegación por Internet. Requisitos deseables: Experiencia laboral:Acreditada en funciones afines al cargo. Formación y/o capacitaciones afines:Actividades de formación o capacitación afines al cargo. Idioma: Lectura y comprensión de texto en idioma inglés. Competencias Técnicas: Conocimiento Avanzado: - Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario Nº 1344/2007. - Ley Nº 27.008 de Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio en curso y Decisión Administrativa Nº 1/2015 distributiva del presupuesto. - Ley Nº 11.672 (t.o.2014) Complementaria Permanente de Presupuesto sus modificatorias. - Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario Nº 1759/1972 (t.o. 1991). - Ley Nº 19.983 régimen de resolución de los conflictos interadministrativos. - Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional Decreto 1023/2001 y Reglamento de Contrataciones Decreto 893/2012. - Ley Nº 25.917 de Responsabilidad Fiscal y modificatorias. - Resolución Conjunta de la Secretaría de Hacienda Nº 476/06 y Secretaría de FinanzasNº 7/06 de Registro de Créditos a Cobrar (RECAC). - Decreto Nº 660/2010 de Creación del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas y Resoluciones MEyFPNros. 33/2011, 36/2013, 108/2014, 445/2014 y 705/2014. - Resolución Secretaría de Hacienda Nº 363/2014 de cierre del ejercicio fiscal 2014. - Disposición Contaduría General de la Nación Nº 2/2015de apertura del ejercicio fiscal 2015. - Resolución Secretaría de Hacienda Nº 87/2014 de Fondo Rotatorio. - Resolución Secretaría de Hacienda Nº 22/2006 que aprueba el Procedimiento Transitorio para disponer la cancelación con el Tesoro Nacional de las obligaciones vencidas de los organismos referidos en el Artículo 8º de la Ley Nº 24.156, que operan en el sistema de Cuenta Única del Tesoro (C.U.T.). - Resolución Secretaría de Hacienda Nº 388/2013 que aprueba la actualización y ordenamiento de las Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional a partir del ejercicio fiscal 2014. - Disposición Subsecretaría de Presupuesto Nº 429/2002 sobre criterios metodológicos para la definición de los remanentes a ingresar al Tesoro Nacional. - Disposición Conjunta Contaduría General de la Nación Nº 8/2013 Y TGN Nº 11/2013 de Procedimiento para la devolución de fondos que los organismos descentralizados efectúan con financiamiento del Tesoro Nacional, por los pagos que éste último realiza en operaciones de Crédito Público. - Resolución Ministerio de Economía yFinanzas Públicas Nº 29/2011 sobre el procedimiento para la liquidación de la tasa de cargo y de mora de obligaciones contraídas por avales caídos. - Dictámenes de la Procuración del Tesoro Nacional relacionadoscon la temática. - Disposición Contaduría General de la Nación Nº Formulario C 43 de Fondo Rotatorio. - Disposición Conjunta Tesorería General de la Nación Nº 7/2004 y Contaduría General de la Nación Nº 30/2004 para la registración, rectificación y devolución de créditos erróneos. - Cuenta de Inversión del ejercicio 2013. - Decreto Nº 333/1985 de Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa. - Constitución de la Nación Argentina. - Decreto Nº 214/2006 – Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional: Prólogo y Principios que orientan la carrera administrativa. - Decreto Nº 2098/2008 – Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial - Sistema Nacional de Empleo Público. - Ley N° 25.188, Decreto N° 862/01 y modificatorios - Ética en el ejercicio de la Función Pública. Deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción a todas las personas que se desempeñen en la función pública. Objeto y sujetos alcanzados. Deberes y pautas de comportamiento ético. Incompatibilidades y conflicto de intereses. - Ley N° 22.520: Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) - Aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del Ministerio de Economía. Decretos Nros. 1359/2004, 1025/2010, 1070/2014, 2083/2009, 251/2012, 28/2001 concepto y utilización del Ley Nº 25.164 – Marco de Regulación del Empleo Público Nacional y su decreto reglamentario Nº 1.421/2002, en lo concerniente a Ámbito, Autoridad de Aplicación, Requisitos e impedimentos para el ingreso, Derecho a la estabilidad, Deberes, Prohibiciones y Causales de Egreso. Decreto Nº 357/02. Aprueba el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría. - 673/2012 y 1308/2012 y Decisión Administrativa N° 3 89/2009. Aprobación de la estructura organizativa de segundo nivel operativo del Ministerio de Economía. Decretos Nros. 87/2012 y 1070/2014 y Resoluciones del MEyFP Nros. 1013/2012, 779/2004, 611/2010, 1002/2006, 249/2010, 881/2012, 132/2006, 383/2007, 355/2009, 394/2009 y 203/2013. Competencias Institucionales Compromiso con la organización • Utiliza una sólida comprensión del entorno para convertir oportunidades crecimiento. estratégicas en planes específicos para el • Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales Integridad y ética profesional • Refuerza los estándares éticos que son asumidos por el organismo. • Muestra criterio independiente y resuelve sobre conductas no éticas o ilegales buscando apoyo en instancias superiores. Trabajo en equipo y cooperación • Construye compromiso de una visión y valores compartidos. Involucra a los demás en los planes y decisiones que los afectan. • Mantiene un balance adecuado entre las conductas de liderar el equipo y mostrarse como miembro colaborativo. Construcción de relaciones • Actúa en forma multidisciplinaria e interdepartamental y contribuye al "trabajo en red" de la organización. • Tiene una visión integral del organismo y de la APN y utiliza la "red" en la atención de las diversas necesidades de los ciudadanos.
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