El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y sus incentivos productivos Índice 1 Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad 2 Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) 3 Incentivos Tributarios del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones 4 Contrato de Inversión Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad 3 MCPEC coordina a 6 ministerios y otras organizaciones públicas relacionadas a la producción. Instituciones relacionadas a inversiones con las que coordinamos actividades • Es el organismo responsable de definir las políticas de desarrollo productivo y el fomento de las inversiones. • Máximo organismo de rectoría gubernamental en materia de inversiones. MCPEC preside el Consejo Sectorial de la Producción, que contiene alrededor de 20 instituciones públicas. Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) Características del COPCI Una ley orgánica con regulaciones específicas – Libro I: Desarrollo Productivo, Mecanismos y Órganos de Competencia – Libro II: Desarrollo de la Inversión Productiva y de sus Instrumentos – Libro III: Desarrollo Empresarial de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y de la Democratización de la Producción – Libro IV: Comercio Exterior, sus Órganos de Control e Instrumentos – Libro V: Competitividad Sistémica y de la Facilitación Aduanera – Libro VI: Sostenibilidad de la Producción y su Relación con el Ecosistema Características del COPCI Libro II Inversión Productiva Art. 13, literal a) • Flujo de recursos destinados a producir bienes y servicios, a ampliar la capacidad productiva y a generar empleo en la economía nacional Inversión Extranjera Art . 13, literal c) • Inversión realizada por personas naturales o jurídicas extranjeras domiciliadas en el extranjero, o que implique capital que no se hubiere generado en el Ecuador. Inversión Nueva Art. 13, literal b) • Flujo de recursos destinados a incrementar el acervo de capital de la economía : Inversionista Nacional Art. 13, literal e) • Persona natural o jurídica ecuatoriana propietaria o que ejerza control de una inversión realizada en territorio ecuatoriano. mediante una inversión en activos productivos que permita ampliar, que permita ampliar la capacidad productiva futura, generar un mayor nivel de producción de bienes y servicios, o generar nuevas fuentes de trabajo. Características del COPCI Libro II Trato no discriminatorio Los inversionistas nacionales y extranjeros gozan de igualdad de condiciones para invertir. Seguridad Jurídica Los inversionistas nacionales y extranjeros gozan de protección y seguridad. Características del COPCI Libro II Derecho a la propiedad Se garantiza el derecho a la propiedad y se prohíbe toda forma de confiscación a la inversión nacional y extranjera. Contrato de Inversión Contrato hasta por 15 años, renovable por una vez más, por la misma duración original. Características del COPCI Libro II ART. 19 – Derechos del Inversionista • Libertad de producción y comercialización de bienes y servicios lícitos; • Acceso a procedimientos administrativos y acciones de control que establezca el Estado; • Libertad de importación y exportación de bienes y servicios con excepción de aquellos límites establecidos por la normativa vigente; • Libre transferencia al exterior, en divisas, de las ganancias periódicas o utilidades una vez cumplidas las obligaciones correspondientes; • Libertad para adquirir, transferir o enajenar acciones, participaciones o derechos de propiedad sobre la inversión; • Libre acceso a sistema financiero nacional y al mercado de valores. Incentivos Tributarios del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Incentivos Tributarios Incentivos Generales Incentivos Sectoriales Incentivo para Zonas Deprimidas Incentivos para ZEDE Incentivos Generales Incentivos Generales ¿En qué consisten? • Impuesto a la Renta: 22% para inversiones productivas que no provengan de paraísos fiscales; • Anticipo al Impuesto a La Renta: - Nuevas empresas: Exoneración por 5 años, a partir de la generación de ingresos. - Empresas existentes: No forma parte del cálculo del anticipo, los gastos incrementales en los rubros que incentiva el COPCI para inversiones productivas • Para micro, pequeñas y medianas empresas: tendrán una deducción adicional del 100% de los gastos incurridos para el cálculo del IR en capacitación técnica, investigación e innovación (hasta el 1% de gasto en sueldos); estudios de mercado y competitividad (hasta el 1% de las ventas); viaje, estadía y promoción comercial para aperturar nuevos mercados (hasta el 50% de costos y gastos de publicidad). Incentivos Generales ¿En qué consisten? • • • • Deducción del 100% adicional sobre los gastos de depreciación por adquisición de maquinaria de ecoeficiente, monto que no podrá superar el 5% de los ingresos totales. Exoneración del Impuesto a la salida de divisas (ISD) por el pago de capital e intereses en préstamos del exterior otorgados por instituciones financieras. Exoneración del Impuesto a la salida de divisas (ISD) a los pagos realizados al exterior por dividendos distribuidos por sociedades a favor de otras sociedad es o personas naturales, no residentes en el Ecuador, excepto paraísos fiscales. (LORTI, Art. 153) Reducción de 10 puntos porcentuales sobre la tarifa del IR sobre monto reinvertido en activos productivos. Incentivos Sectoriales para Inversiones en Sectores Priorizados Sectores Priorizados Metalmecánica Petroquímica Biotecnología y software aplicado Cadena agroforestal y productos elaborados Turismo Alimentos frescos, congelados e industrializados Energías renovables Farmacéutica Servicios Logísticos de Comercio Exterior Sustitución de Importaciones Substancias químicas básicas Radios, televisores y celulares Prendas y Textiles Plaguicidas y productos de uso agropecuario Productos químicos Calzado de cuero Jabones, detergentes, perfumes y preparados de tocador Productos de cerámica Electrodomésticos Incentivo en Sectores Priorizados Exoneración del Impuesto a la Renta durante 5 años desde que se generen ingresos para: – nuevas inversiones que se realicen en Impuesto a la Renta Sectores Priorizados y Sustitución de Importaciones (entre ambos suman 18 sectores) REQUISITOS 1. Nueva Compañía (Constituida a partir de la expedición del COPCI 29 de diciembre del 2010) 2. 3. Nueva inversión desarrollada fuera del perímetro urbano de Quito y Guayaquil Inversión en: • Sectores priorizados, ó • Sustitución de importaciones Incentivos en Sectores Priorizados Exoneración del Impuesto a la Renta por 10 años para Industrias Básicas: A partir del primer año en que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión. Este plazo se ampliará por dos (2) años más en el caso de que las inversiones se realicen en cantones fronterizos del país. Industrias Básicas a) Fundición y refinación de cobre y/o aluminio; b) Fundición siderúrgica para la producción de acero plano; c) Refinación de hidrocarburos; d) Industria petroquímica; e) Industria de celulosa; y, f) Construcción y reparación de embarcaciones navales. Incentivos en Sectores Priorizados Para las sociedades constituidas antes de la vigencia del Código Orgánico de la Producción, la deducción del 100% adicional del costo de depreciación anual de activos fijos nuevos y productivos por cinco (5) años contados desde que se produzca el inicio de su uso productivo. Este incentivo también es aplicable para las sociedades constituidas a partir del 30 de diciembre de 2010 dentro de las jurisdicciones urbanas de Quito y Guayaquil. Para aplicar este beneficio: La inversión deberá efectuarse dentro de uno de los sectores económicos prioritarios; El mero cambio de propiedad de activos productivos, que ya se encuentran en funcionamiento u operación, no implica inversión nueva; No será aplicable el beneficio previsto en esta disposición cuando los activos fijos, nuevos y productivos, han sido adquiridos para tener derecho a otros beneficios ya previstos en la ley tributaria. Incentivo para Zonas Deprimidas (Zonas con altos índices de desempleo, necesidades insatisfechas , vulnerabilidad ) Tendrán una deducción adicional del 100% (doble) los gastos incurridos para el cálculo al IR: Los sueldos, salarios, y beneficios sociales por generación de nuevo empleo en zonas deprimidas(fuera de Quito o Guayaquil), por 5 años Art. 24.3 Incentivo para Zonas Deprimidas Existen 89 cantones en el Ecuador considerados como zonas deprimidas Ej: Cantón Pujilí, Cotopaxi • 16km (15 min) del aeropuerto de Latacunga • 9.7km (9 min) de la Panamericana Sur • 99 km (1h20m) de Quito Ej: Cantón Salitre, Guayas • 52 km (55 min) del aeropuerto y puerto de Guayaquil • 38 km (24 min) de Babahoyo y de la carretera E25 CSP sesión ordinaria No.062011, 03 de octubre de 2011. Incentivos para Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE) Las Zonas Especiales de Desarrollo Económico -ZEDE- son espacios delimitados del territorio nacional, identificados como un destino aduanero para que se desarrollen nuevas inversiones de actividades de transferencia y desagregación de tecnología e innovación, diversificación industrial y de servicios logísticos, facilitando de esta manera los encadenamientos productivos de los sectores económicos y la diversificación de la oferta exportable. ZEDE PARQUE INDUSTRIAL • Connotación mayor en términos de desarrollo económico para el país, ya que potencian industrias nuevas e innovadoras con orientación al mercado externo y se caracterizan por ser áreas muy extensas que asimilan la figura de ciudades • Espacios delimitados donde se pueden ubicar diferentes tipos de industrias, tanto tradicionales como nuevas, cuyo objeto es abastecer al mercado local e internacional y el área que abarca es menor a lo contemplado en una ZEDE, no tiene una caracterización de ciudad. Incentivos Tributarios para el administrador y operadores de ZEDE • Reducción adicional de 5 puntos porcentuales en el impuesto a la renta 17%. • Exención del pago de aranceles de las mercancías extranjeras que ingresen a dichas zonas, para el cumplimiento de los procesos autorizados. • Tarifa 0% de IVA en importación de bienes destinados exclusivamente a la zona autorizada o incorporados en alguno de los procesos de transformación productiva allí desarrollados. Incentivos Tributarios para el administrador y operadores de ZEDE • Crédito Tributario y devolución en el IVA pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios provenientes del territorio nacional que se incorporen al proceso productivo. • La exoneración del ISD por concepto de importaciones de bienes y servicios relacionados con su actividad autorizada. • La exoneración del ISD para las operaciones de financiamiento externo. ZEDE Eloy Alfaro Ubicación: Manabí y ZEDE industrial y logística ZEDE Yachay Ubicación: Imbabura ZEDE Tecnológica, Industrial y Logística Contrato de Inversión CONTENIDO DEL CONTRATO DE INVERSIÓN 1. HARÁ constar el tratamiento que se le otorga a la inversión bajo el ámbito del COPCI y su Reglamento. 2. PODRÁ establecer compromisos contractuales que sean necesarios para el desarrollo de la nueva inversión, que serán previamente aprobados por el ente rector de la materia en que se desarrolle la inversión. 3. PODRÁ otorgar estabilidad sobre los incentivos tributarios, en el tiempo de vigencia de los contratos, de acuerdo a las prerrogativas de este Código. Fuente: COPCI, artículo 25 CONTRATO DE INVERSIÓN ALCANCE.- Otorgar estabilidad tributaria sobre los incentivos tributarios del COPCI. • • • • Es Opcional: Para acceder a los incentivos tributarios, no es necesario firmar el Contrato de Inversión. Sector: Todos las empresas que desarrollen actividades productivas. Vigencia: De hasta 15 años, renovable por el período inicial aprobado. Solución de Controversias: Arbitraje Internacional en caso de inversionistas extranjeros. REQUISITOS: Inversión nueva: mínimo USD 250.000 el primer año. 1 millón por todo el proyecto. Generación de empleo en función del promedio sectorial. Contenido nacional (para los sectores de sustitución de importaciones definidos) CONTRATO DE INVERSIÓN ALCANCE.- Otorgar estabilidad tributaria respecto al Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a la Salida de Divisas y otros impuestos directos Sector: Empresas dedicadas a la minería metálica a mediana y gran escala. a) Para efectos de impuesto a la renta, la estabilidad se extenderá sobre todas las normas que permiten determinar la base imponible y la cuantía del tributo a pagar, vigentes a la fecha de suscripción del contrato de inversión. La tarifa será del 22% b) La estabilidad tributaria podrá hacerse extensiva al impuesto a la salida de divisas y otros impuestos directos nacionales, exclusivamente respecto de las tarifas y exenciones de cada impuesto, vigentes a la fecha de suscripción del contrato de inversión. c) En el caso de las sociedades que realicen inversiones para la explotación de minería metálica a mediana y gran escala, cuya producción se destine a la exportación, también podrán obtener estabilidad tributaria del impuesto al valor agregado, exclusivamente respecto de sus tarifas y exenciones. CONTRATO DE INVERSIÓN ALCANCE.- Otorgar estabilidad tributaria respecto al Impuesto a la Renta, Impuesto a la Salida de Divisas y otros impuestos directos Sector: Industrias básicas Sector: Empresas de sectores productivos. La tarifa será del Impuesto a la Renta será 22% La tarifa del Impuesto a la Renta será del 25%. a) Para efectos de impuesto a la renta, la estabilidad se extenderá sobre todas las normas que permiten determinar la base imponible y la cuantía del tributo a pagar, vigentes a la fecha de suscripción del contrato de inversión. b) La estabilidad tributaria podrá hacerse extensiva al impuesto a la salida de divisas y otros impuestos directos nacionales, exclusivamente respecto de las tarifas y exenciones de cada impuesto, vigentes a la fecha de suscripción del contrato de inversión. Requisitos: 1. El monto de la inversión sea mayor a 100 millones de dólares; 2. Informe técnico realizado por el Ministerio con competencias en el ámbito de la inversión, sobre los beneficios económicos que reportará dicha inversión para el país; Ventaja adicional del Contrato de Inversión El Contrato de Inversión será el título habilitante para: Reducción total o parcial del pago de aranceles para mercancías calificadas como bienes de capital, siempre que no exista producción nacional de los mismos y/o cuyos estándares técnicos no se generen en el país (Resolución 082 , COMEX). La aprobación de dicho beneficio, es facultativa, por cuanto responde a una evaluación del Comité de Comercio Exterior (COMEX). Proceso para la suscripción del Contrato de Inversión El tiempo de duración de este proceso depende del empresario, no más de 60 días. Coordinación Generar de Atención al Inversionista – Capacitación COPCI y Kit del Inversionista (MCPEC) 30 días laborables Entrega de Anexos del Kit y Solicitud de Contrato de Inversión Presentación del Proyecto al Pleno del Consejo Sectorial de la Producción Firma del Contrato de Inversión 30 días laborables Kit del Inversionista: Documentos informativos y formularios que permiten el correcto análisis del proyecto, entregados a la Coordinación General de Atención al Inversionista por la empresa interesada, en base a esta documentación el Proyecto de Inversión será sea presentado al Pleno del Consejo Sectorial de la Producción. 37 Algunos Contratos de Inversión… Se han aprobado 24 Contratos de Inversión, con una inversión total de USD 4.009 millones aprox.
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