SUBDIRECTOR DE GESTION FARAMACEUTICA DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD A. ATT. D. JOSE LUIS SANCHEZ CHORRO D. CIPRIANO PANTOJA SORIANO, mayor de edad provisto de NIF 8788444Y, en su calidad de PRESIDENTE de la FEDERACION DE TRABAJADORES DE FARMACIA (FETRAFA), organización sindical de ámbito nacional del Sector de Farmacia, y con domicilio a efectos de notificaciones en DONOSO CORTES, 6 2º de Badajoz (06002) y provista de CIF G06481832, como mejor proceda en derecho, EXPONE: Que mediante este documento, el colectivo requiere de ese Organismo Autónomo el reconocimiento profesional de la titulación académica que ostentamos, y se proceda a crear la categoría profesional de Técnico en Farmacia y Parafarmacia en el Sistema Extremeño de Salud, y, en consecuencia, regular sus funciones y requisitos de acceso, basándonos en los siguientes hechos: HECHOS: Primero: El título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia se estableció ya en 2007 mediante un Real Decreto (1689/2007, de 14 de diciembre) en el que se fijaban también sus enseñanzas mínimas. En este R.D. se contempla en su Art. 7: Entorno profesional que las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes de estos profesionales entre los que se encuentra el de Técnico en Farmacia. Segundo: Las distintas CC.AA. tienen dentro de sus competencias el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados y modalidades, por lo que en Extremadura, se estableció mediante el Decreto 226/2009, de 30 de octubre, el currículo del ciclo formativo de Grado Medio de Técnico en Farmacia y Parafarmacia en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Pero mientras otras comunidades autónomas han dado un paso más y han creado la categoría de Técnico en Farmacia y Parafarmacia dentro de sus servicios autonómicos de Salud (como ha ocurrido en Andalucía1 o Galicia2) en Extremadura las sucesivas promociones de técnicos formados por nuestro sistema educativo nos encontramos con que NO EXISTE oferta pública de empleo para esta titulación dentro del Sistema Extremeño de Salud. Por todo lo expuesto anteriormente SOLICITA Se cree la categoría de Técnico en Farmacia y Parafarmacia en el Sistema Extremeño de Salud y se regulen sus funciones y sus requisitos de acceso, adaptando así nuestro sistema sanitario a las nuevas categorías profesionales que se han ido creando, mejorando con ello el servicio y la atención a los usuarios del mismo y ofreciendo a estos nuevos profesionales formados una nueva salida profesional acorde a su formación, por ser de justicia. Y una reunión para la ampliación y exposición del objeto que se solicita. Badajoz, a 22 de Diciembre de 2014 Fdo. CIPRIANO PANTOJA SORIANO. Orden de 3 de junio de 2008, por la que se crea la categoría de Técnico en Farmacia en el ámbito de los Centros y de las Instituciones Sanitarias de Atención Especializada del Servicio Andaluz de Salud, se regulan sus funciones, requisitos de acceso… 1 Decreto 9/2010, de 21 de enero, por el que se crea la categoría estatutaria de personal técnico en farmacia en el ámbito del Servicio Gallego de Salud. 2 SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD AV. DE LAS AMERICAS 2 06800 MERIDA (BADAJOZ)
© Copyright 2024 ExpyDoc