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P ROGRAMA DE
PRESTACIONES ADICIONALES
AFILIADOS PENSIONADOS
A Ñ O 2015
Aprobado en sesión de Directorio N° 757, ordinaria de 16.12.2014
Modificado en sesión de Directorio N° 760, ordinaria, de 30 de Marzo de 2015
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INTRODUCCION
El presente documento tiene por finalidad establecer el
programa de prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus afiliados
pensionados durante el año 2015, conforme a las normas legales y
reglamentarias vigentes sobre la materia
En la primera parte, se indican las bases generales
consideradas para el desarrollo del programa y se analizan los aspectos de
mayor interés relacionados con el mismo.
En la segunda, se efectúa una definición de cada una de las
prestaciones y, además, se indican los montos, requisitos, plazos y
documentación que se requiere en cada caso.
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BASES DE DESARROLLO
Las prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus Pensionados
durante el año 2015, conforme al Régimen de Prestaciones Adicionales establecido en la Ley
18.833, reglamentado por Decreto Supremo Nº 94 de 1978, y en el artículo 16 de la Ley Nº
19.539, estarán sujetas a las disposiciones contenidas en dichos textos normativos, a las que
contempla el texto refundido del Reglamento Interno del Régimen, vigente desde el 01 de
Octubre de 2013 y al presente Programa.
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1.
PRESTACIONES
En el curso del año 2015, se considera otorgar los siguientes beneficios:
PRESTACION
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
Bono de Nupcialidad
Bono Bodas de Plata
Bono Bodas de Oro
Bono de Natalidad
Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico
Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio
Asignación Matrícula Estudios Profesionales Pensionado (Anual)
Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar (Anual)
Estímulo Enseñanza Básica (7°- 8°) y Media para Pensionados
Estímulo Enseñanza Básica (7°- 8°) y Media para Cargas Familiares
Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Universitaria
Atención Dental
Servicio de Orientación y Asesoría en Materia Habitacional
Cobertura Familiar Integral
Beneficios de Salud
Convenios Educacionales
Prestaciones y Convenios Recreacionales, Culturales, Comerciales y otros
Llamadas de acompañamiento
Premio 2% crédito social colocados hasta 31 Enero 2011
Crédito Los Héroes sin interés
Recaudación Servicios Básicos y Recargas
Auxilio Social Financiero
Auxilio Contingencia Financiera
Ayuda Financiera Reprogramación Especial
Intermediación Financiera Hipotecaria
MONTO
valor unitario
$ 13.000.$ 20.000.$ 34.000.$ 18.000.$ 14.500.$ 14.500.$ 14.500.$ 16.500.$ 24.000.$ 22.000.$ 240.000.-
$922.-
Los afiliados y sus respectivas cargas debidamente acreditadas, cada uno de
ellos por separado, podrán acceder sólo a uno de los beneficios educacionales tipificados en
la tabla precedente de este documento, ya que éstos son excluyentes entre sí. Asimismo, sólo
se otorgará un beneficio de naturaleza educacional, aun cuando un beneficiario o causante
pudiere devengar más de una prestación, por realizar estudios paralelos en más de una
institución o por seguir más de un curso escolar o carrera profesional.
Son incompatibles entre sí los beneficios previstos en los puntos 20, 21 y 22,
de modo que si un pensionado pudiere acceder a más de uno de ellos, necesariamente deberá
optar por el que estime conveniente. Asimismo, si un pensionado accediere a una de dichas
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prestaciones, no podrá postular nuevamente a alguna de ellas en función del mismo crédito
que fue considerado para otorgarle el beneficio.
Cabe señalar que los plazos y requisitos para solicitar y cobrar los diversos
beneficios que se indican más adelante, pueden ser ampliados y/o exceptuados por la
Gerencia General o por quien reciba delegación en esta materia, ante causas justificadas
invocadas por los solicitantes.
Como regla general, se establece un plazo de caducidad de 90 días para
presentar a cobro un beneficio, contado desde la fecha de la contingencia que lo motiva, y de
30 días para cobrarlo efectivamente, contado desde el día en que se hubiere cursado
favorablemente una prestación; transcurrido que sea el primer plazo, sin haberse presentado
la solicitud, o el segundo, sin haberse cobrado la prestación, se perderá el derecho al
beneficio. Se exceptúan de lo anterior aquellas prestaciones respecto de las cuales se
establezcan plazos de presentación o de cobro diferentes.
En todo caso, no tendrán derecho a las prestaciones adicionales, aquellos
pensionados que al momento de impetrar un beneficio no tuvieren la calidad de afiliados a
Los Héroes, ya que este último es un requisito general para acceder a todas las prestaciones.
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I. PRESTACIONES ADICIONALES
De acuerdo a sus características, las prestaciones contempladas en el
presente programa son, por una parte, en dinero, no sujetas a restitución y, por otra parte, se
contempla un presupuesto para prestaciones y servicios, bonificados o no bonificados por Los
Héroes, que se entregarán mediante convenios pactados con terceros proveedores, incluyendo
eventos, actividades culturales, deportivas, turísticas y recreativas, atenciones de salud,
servicios educacionales, servicios de pago de cuentas, servicios financieros y otros.
La descripción, montos y requisitos de cada una de las prestaciones
consideradas, son los que se señalan a continuación.
Los beneficios que tengan cupos limitados se entregarán a quienes cumplan
los requisitos establecidos conforme al orden de presentación de sus solicitudes, hasta su
agotamiento; en caso de que existan dos o más solicitudes de la misma fecha y ellas no
alcancen a ser cubiertas con las disponibilidades presupuestarias, los beneficios se asignarán
por sorteo.
Por otra parte, si se produjere empate entre dos o más solicitudes que deban
ser presentadas dentro de un término establecido (por ejemplo, dentro de los 4 primeros
meses de cada año) y se tratare de prestaciones con cupos limitados, que deban ser asignadas
en función de características de mérito, su distribución definitiva también se hará por sorteo.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que se confiere al Gerente General
para reasignar internamente el presupuesto entre las prestaciones contempladas en este
Programa, o de la modificación presupuestaria que podrá aprobar el Directorio.
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1.
BONO DE NUPCIALIDAD
Descripción del Beneficio.
El Bono de Nupcialidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de
monto único, que se pagará por una vez al afiliado pensionado, cuando éste contraiga
matrimonio.
En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero,
por una permanencia de cinco días en las cabañas habilitadas en los Parques Los Héroes
- San José de Maipo, La Huayca , San Juan, La Herradura, Parque Chillán y
Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de
cargo del propio beneficiario. Esta opción podrá hacerse efectiva entre los meses de
Marzo y Diciembre de cada año, de Lunes a Jueves. No se podrá otorgar este beneficio
cuando existan días feriados en el período solicitado.
En caso que ambos contrayentes sean afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho
a percibir el Bono de Nupcialidad correspondiente, o a optar por el uso de cabañas.
Monto del Beneficio.
El Bono de Nupcialidad tendrá un monto único de $ 13.000.-
Requisitos.
Para solicitar el Bono de Nupcialidad será necesario que el afiliado cumpla con ser
pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la celebración del matrimonio.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 90 días contados desde la fecha de
celebración del matrimonio, adjuntando el correspondiente Certificado de Inscripción o
de Registro de Matrimonio.
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2.
BONOS BODAS DE PLATA Y BODAS DE ORO
Descripción de los Beneficios.
Los Bonos por Bodas de Plata y por Bodas de Oro consistirán en el otorgamiento de una
ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado cuando cumpla 25 y 50
años de matrimonio, respectivamente, contados desde la fecha de las nupcias.
En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero,
por una permanencia de cinco días en las cabañas habilitadas en los Parques Los Héroes
- San José de Maipo, La Huayca, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihuecaso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del
propio beneficiario. Esta opción podrá hacerse efectiva entre los meses de Marzo y
Diciembre de cada año.
En caso que ambos cónyuges sean pensionados afiliados de Los Héroes, cada uno
tendrá derecho a percibir los Bonos, según corresponda. Por lo tanto, cada uno de ellos
podrá optar por la ayuda económica o por el uso de cabañas.
Monto de los Beneficios.
El Bono por Bodas de Plata tendrá un monto único de $ 20.000.El Bono por Bodas de Oro tendrá un monto único de $ 34.000.Requisitos.
Para solicitar los Bonos será necesario que el afiliado reúna los siguientes requisitos:
Bodas de Plata
Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de cumplir 25 años de matrimonio, o
que al adquirir la calidad de tal no hubieren transcurrido más de 90 días, contados desde
la fecha en que se cumplió dicho evento.
Bodas de Oro
Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de cumplir 50 años de matrimonio, o
que al adquirir la calidad de tal no hubieren transcurrido más de 90 días, contados
desde la fecha en que se cumplió dicho evento.
Plazo y Documentación a Presentar.
Los Bonos por concepto de Bodas de Plata y Bodas de Oro deberán ser solicitados
dentro de los 90 días contados desde la fecha en que los cónyuges hubieran cumplido 25
y 50 años de matrimonio, respectivamente, adjuntando el correspondiente Certificado
de Matrimonio.
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3.
BONO DE NATALIDAD
Descripción del Beneficio.
El Bono de Natalidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto
único, que se pagará al pensionado afiliado con ocasión del nacimiento de un hijo.
La prestación podrá otorgarse anticipadamente, después de cumplido el séptimo mes de
embarazo.
Monto del Beneficio.
El Bono de Natalidad tendrá un monto único de $ 18.000.- por el nacimiento de cada
hijo.
Requisitos.
Para solicitar el Bono de Natalidad será necesario que el pensionado cumpla con ser
afiliado a Los Héroes, a la fecha del nacimiento del hijo o del cumplimiento del séptimo
mes de embarazo.
Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado entre la fecha de cumplimiento del séptimo mes de
embarazo y hasta 120 días después del nacimiento del hijo, adjuntando, según el caso, la
siguiente documentación:

Si el beneficiario es la madre, deberá presentar certificado del séptimo mes de
embarazo o certificado de nacimiento.

Si el beneficiario es el padre deberá presentar el certificado de nacimiento del hijo.
En caso de presentar el certificado del séptimo mes de embarazo deberá adicionar
el certificado de matrimonio correspondiente.
En caso que los dos cónyuges sean afiliados a los Héroes, ambos podrán solicitar el
Bono de Natalidad.
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4.
ASIGNACION CAPACITACION PENSIONADO NIVEL BASICO
Descripción del Beneficio.
La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico, consistirá en el otorgamiento de
una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado afiliado cuando éste
siga cursos de capacitación laboral de una duración no inferior a 60 horas de clase en
establecimientos del Estado o reconocidos por éste, o en entidades debidamente
calificadas por la Institución, excluidos cursos de enseñanza básica y media.
El pensionado podrá solicitar dentro del año hasta tres asignaciones de capacitación de
nivel básico, siempre que acredite haber aprobado el curso anterior.
Monto del Beneficio.
La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico, tendrá un monto único de $
14.500.Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes a
la fecha de la matrícula.
Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 90 días contados desde la fecha de
iniciación del curso, adjuntando un certificado que acredite la inscripción del
pensionado.
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5.
ASIGNACIÓN CAPACITACIÓN PENSIONADO NIVEL MEDIO
Descripción del Beneficio.
La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio, consistirá en el otorgamiento de
una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado afiliado cuando éste
siga cursos de capacitación laboral en establecimientos del Estado o reconocidos por
éste, o en entidades debidamente calificadas por la Institución, de una duración de a lo
menos un semestre y con un mínimo de 180 horas académicas, excluidos cursos de
enseñanza básica y media.
El pensionado podrá solicitar dentro del año hasta dos asignaciones de capacitación de
nivel medio, siempre que acredite haber aprobado el curso anterior.
Si la duración del curso que da derecho a la prestación es superior a un semestre, se le
cancelarán hasta dos semestres en el año por el mismo curso.
Monto del Beneficio.
La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio, tendrá un monto único de $
14.500.- por curso o semestre.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes, a
la fecha de la matrícula.
Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para solicitar el beneficio vence el último día hábil de los meses de Junio y
Diciembre para los cursos del primer y segundo semestre, respectivamente.
Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite
la inscripción del pensionado.
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6.
ASIGNACION MATRICULA ESTUDIOS PROFESIONALES PENSIONADO
Descripción del Beneficio.
La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Pensionado, consistirá en una ayuda
económica de monto único que se pagará al pensionado cuando éste siga cursos
regulares en carreras de nivel profesional en alguna Universidad, Instituto Profesional o
Centro de Formación Técnica del país, cuya duración no sea inferior a 5 semestres.
Monto del Beneficio.
La Asignación Estudios Profesionales Pensionado, tendrá un monto de $14.500.- que se
pagará en dos cuotas semestrales de $ 7.250.- cada una. En caso de ser una carrera
anual, se pagará el total del beneficio.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado esté afiliado a Los Héroes, a
la fecha de la matrícula.
Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para solicitar el beneficio vence el último día hábil de los meses de Junio y
Diciembre para los cursos del primer y segundo semestre, respectivamente. En caso de
ser una carrera anual, el plazo se extinguirá el último día hábil de Diciembre.
Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite
la matrícula del pensionado.
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7.
ASIGNACION
FAMILIAR
MATRICULA
ESTUDIOS
PROFESIONALES
CARGA
Descripción del Beneficio.
La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar, consistirá en el
otorgamiento de una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado
por cada carga familiar acreditada como tal ante la entidad pagadora de pensiones, que
curse estudios regulares en carreras de nivel profesional en cualquier Universidad o
Instituto Profesional del país, cuya duración no sea inferior a seis semestres.
Monto del Beneficio.
La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar, tendrá un monto de
$16.500.- y se pagará en dos cuotas semestrales de $ 8.250.- cada una. En caso de ser
una carrera anual, se pagará el total del beneficio.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:


Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la Matrícula.
Encontrarse el estudiante acreditado como carga familiar del pensionado ante la
respectiva entidad pagadora de pensiones.
Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio podrá ser solicitado hasta el último día hábil de los meses de Junio y
Diciembre, según se trate del primer y segundo semestre. En caso de ser una carrera
anual, el plazo se extinguirá el último día hábil de Diciembre.
Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite
la matrícula del alumno y un certificado o resolución de carga familiar emitido por la
entidad pagadora de pensiones que acredite que es carga familiar del pensionado.
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8.
ESTIMULO ENSEÑANZA BASICA (7°- 8°) Y MEDIA PARA PENSIONADOS
Y CARGAS
Descripción del Beneficio.
El Estímulo de Enseñanza Básica (7°- 8°) y Media consistirá en una ayuda económica
de monto único, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento
escolar de aquellos pensionados afiliados y cargas que sigan cursos regulares en la
enseñanza básica y media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste.
De acuerdo al programa se ha definido otorgar en el presente año un número
determinado, a nivel nacional, de beneficios de este tipo para pensionados que cursen
séptimo u octavo año de enseñanza básica o alguno de los niveles de enseñanza media y
de un número determinado beneficios para cargas de pensionados que cursen séptimo u
octavo año de enseñanza básica o alguno de los niveles de enseñanza media. Su
otorgamiento se efectuará previo un proceso de postulación y selección de los
pensionados y cargas que cumplan con los requisitos establecidos al efecto.
Monto del Beneficio.
El Estímulo de Enseñanza Básica (7°- 8°) y Media tendrá un monto de $24.000.- para
pensionados y de $22.000.- para las cargas familiares. Se pagará un solo estímulo, aun
cuando el beneficiario hubiere cursado simultáneamente más de un nivel en el mismo
año escolar.
Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Pensionado.

Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la solicitud del beneficio.

Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o
reconocido por éste que imparta enseñanza básica o media para adultos.

Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,6 el año escolar
inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
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Cargas.

Ser causante de asignación familiar del pensionado afiliado a Los Héroes y
estar acreditado como tal ante la entidad pagadora de pensiones a la fecha de
la solicitud del beneficio.

Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o
reconocido por éste que imparta enseñanza básica o media.

Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,6 el año escolar
inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio se inicia el 02 de febrero de 2015 y vence el 30 de
abril de 2014.
Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo en que se
indique el promedio de notas obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior.
Asimismo, deberá presentarse la resolución de autorización de cargas familiares emitida
por la entidad pagadora de pensiones o un certificado donde se acredite la calidad de tal,
cuando corresponda.
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9.
ESTIMULO CARGA
PROFESIONAL
FAMILIAR
MEJOR
EGRESADO
CARRERA
Descripción del Beneficio.
El Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Profesional, consistirá en una
ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar a un número determinado
alumnos que tengan la calidad de carga familiar de un pensionado afiliado, que hubieren
logrado el mejor rendimiento dentro del total de egresados de su promoción, cuando
éste haya seguido cursos regulares en una Universidad o Instituto Profesional del país,
de una duración curricular no inferior a seis semestres.
Monto del Beneficio.
El Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Profesional, tendrá un monto único
de $ 240.000.Requisitos.
Para postular al beneficio será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

El beneficiario deberá ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha en que se
postule al beneficio

La carga familiar deberá ser causante de asignación familiar reconocido ante la
entidad pagadora de pensiones, o haberlo sido hasta el 31 de Diciembre del año
anterior, si tiene más de 24 años.

Presentar la última liquidación de pensión del afiliado pensionado.
Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio es hasta el 30 de Abril de 2015.
Deberá presentarse la solicitud respectiva, acompañada con un certificado emitido por
la Universidad o Instituto Profesional en que se acredite haber obtenido el primer lugar
como egresado de la carrera correspondiente a su promoción dentro del año 2014.
Además, un certificado emitido por la entidad pagadora de pensiones que acredite la
calidad de causante de asignación familiar del pensionado.
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10.
ATENCION DENTAL
Descripción del Beneficio.
La Atención Dental consistirá en brindar a los pensionados afiliados y a su grupo
familiar la posibilidad de cubrir sus necesidades en materia de salud odontológica
mediante los profesionales o centros dentales con quienes Los Héroes tenga suscrito un
convenio
Monto del Beneficio.
La Atención Dental se otorgará de modo que su prestación resulte substancialmente
inferior al arancel sugerido por el Colegio de Dentistas de Chile A.G. El pensionado
afiliado convendrá directamente con el profesional los honorarios, los que deberán
enmarcarse en los contemplados en el arancel pactado con Los Héroes en el respectivo
convenio.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes.
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11.
SERVICIO DE ORIENTACION Y ASESORIA EN MATERIA
HABITACIONAL
Descripción del Beneficio.
Este beneficio consistirá en orientar y asesorar a los interesados con el objeto de
adquirir una vivienda, para cuyo efecto se proporcionará información específica
respecto de las distintas alternativas de financiamiento para acceder a la casa propia, de
acuerdo a las características individuales de cada uno.
Además se entregará información y se prestará asesoría en la tramitación de
postulaciones a beneficios que puedan asistirles para la consecución de dicho objetivo,
como asimismo, se ofrecerá la preparación de las carpetas de documentación requerida
en cada caso, y se facilitarán otras gestiones tendientes al logro propuesto.
En materia de subsidio habitacional, se asesorará para la obtención de aquel
contemplado en la ley Nº 19.281, o se propondrá un plan de ahorro para la obtención del
subsidio tradicional, según convenga al interesado.
En otro orden, se intentará celebrar convenios con distintas entidades del sector
inmobiliario, de modo de poder ofrecer, a los afiliados y ahorrantes, distintas opciones
ajustadas a sus particulares posibilidades. Se procurará que estos convenios contengan
cláusulas que representen un tratamiento especial, tales como descuentos en cuotas de
inscripción, en gastos operacionales, en el precio u otros, o la prestación de servicios
relacionados con la postulación.
Monto del Beneficio.
Los pensionados afiliados que lo soliciten tendrán como beneficio una asesoría en estas
materias, en principio gratuita, para recibir orientación en la búsqueda de solución a su
problema habitacional, la que se prestará con personal calificado de la Caja o personal
capacitado de entidades en convenio con Los Héroes.
Cuando el interesado lo requiera se le otorgará una asesoría completa para obtener su
vivienda, otorgándole un servicio integral en la materia, la que se le proporcionará en
condiciones de precio inferiores a lo cobrado por otras entidades del mercado,
atendiendo a los costos administrativos que dichas gestiones representen.
Además, en los convenios que se celebren con otras entidades, el afiliado o ahorrante se
beneficiará con la obtención de descuentos por distintos conceptos tales como, costos de
reserva, gastos operacionales, precios u otros.
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Adicionalmente y como un beneficio general, Los Héroes informará a los afiliados a
través de circulares, folletos y por otros medios, acerca de distintas ofertas
habitacionales y de financiamiento existentes, conforme a los antecedentes y bases de
datos que recopile en el mercado nacional inmobiliario y financiero.
Requisitos.
Para acceder al beneficio será necesario que, a la fecha de solicitud, el interesado sea
afiliado pensionado.
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12.
COBERTURA FAMILIAR INTEGRAL
Descripción del Beneficio.
Consistirá en ofrecer al pensionado diversos planes alternativos tendientes a
protegerlo a él y a su familia frente a riesgos de diversa naturaleza, tales como muerte,
enfermedad, emergencias, accidentes, incendios, pérdida de mobiliarios o equipos,
conflictos o dificultades legales, o contingencias de diversa naturaleza.
La cobertura familiar integral será otorgada a través de pólizas de seguro o convenios
de servicios que Los Héroes pueda convenir con alguna de las compañías o empresas
especialistas en los distintos rubros, y que le merezcan confianza y seriedad en la
prestación de los servicios y en el otorgamiento de los beneficios contratados.
Monto del Beneficio.
Los seguros o servicios podrán ser contratados por montos alternativos, de acuerdo a
las necesidades o contingencias que el pensionado desee incorporar en la cobertura
familiar integral, de suerte que su costo resulte inferior al regular del mercado. Los
Héroes convendrá con las empresas aquellas tarifas que garanticen lo anterior.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de
pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la solicitud. Algunos de estos seguros
o servicios podrán contratarse sólo al momento de tomar un crédito social.
Plazo y Documentación a presentar.
De conformidad a las exigencias de la póliza o servicio que se contrate.
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13.
BENEFICIOS DE SALUD
Descripción del Beneficio.
Consistirá en brindar a los pensionados afiliados y a su grupo familiar la
posibilidad de acceder a prestaciones, descuentos, bonificaciones y acciones de salud
orientadas a su prevención y a su recuperación, a través de terapias, incluidas
psiquiátricas, psicológicas y
psicoterapias, acciones preventivas, acciones
quirúrgicas, elementos y procedimientos de diagnóstico y de curación, tales como
exámenes de laboratorio, scanner, diálisis, prótesis, medicamentos, tratamientos
ambulatorios, hospitalizaciones y otros de similar naturaleza.
Para los efectos anteriores, Los Héroes podrá pactar convenios con instituciones,
empresas, profesionales o agrupaciones de los mismos, debidamente calificados, o
bien, realizará los reembolsos directamente en sus sucursales
Monto del Beneficio.
Los beneficios podrán consistir en la obtención de bonificaciones o
reembolsos otorgados por los prestadores o entregados directamente por Los Héroes,
descuentos en servicios, medicamentos y otros artículos y elementos relacionados con
la salud, atenciones preferenciales y otras alternativas de acuerdo a las coberturas,
condiciones y tarifas que se lleguen a convenir con los respectivos prestadores de
servicio y proveedores, todo ello, con el debido resguardo en cuanto a su calidad y
costo.
La bonificación o reembolso para medicina general que entregará Los Héroes
será hasta 80% (el porcentaje de descuento dependerá de la institución en convenio
con Los Héroes) del pago realizado por el beneficiario, con un máximo del valor
equivalente al copago establecido por FONASA nivel 3 para esa prestación. Para el
caso de exámenes y consultas de especialidades, el porcentaje de devolución o
reembolso será hasta un 60% (el porcentaje de descuento dependerá de la institución
en convenio con Los Héroes) del pago realizado por el beneficiario, con un máximo
del valor equivalente al copago establecido por FONASA nivel 3 para esa prestación.
Para el beneficio de gastos de farmacia se determinará en los convenios que se
suscriban con las entidades proveedoras, los porcentajes de descuento que otorgarán
dichas entidades y de reembolso directo que otorgará Los Héroes, aplicables a una
lista determinada de medicamentos afectos al beneficio. Asimismo, se determinará el
monto anual máximo de las devoluciones a realizar por Los Héroes a los beneficiarios
y sus cargas familiares.
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Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de
pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la prestación.
Para su entrega se pedirá la última liquidación de pensión.
Plazo y Documentación a presentar.
De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que
se celebren con las entidades, empresas, profesionales y proveedores, o en el
procedimiento que se establezca para el reembolso directo en sucursales de Los
Héroes.
En el caso de que se detectare que algún trabajador de una entidad empleadora afiliada
estuviese realizando un mal uso del convenio (por ejemplo, cobro de reembolsos de terceros
no beneficiarios ni causantes, adulteración de comprobantes de gastos y otros) Los Héroes
podrá suspender la entrega de dicho beneficiario, e iniciar las acciones extrajudiciales y
judiciales para perseguir las responsabilidades correspondientes y obtener la reparación de
los perjuicios ocasionados.
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14.
CONVENIOS EDUCACIONALES
Descripción del Beneficio.
Este beneficio consiste en ofrecer a los pensionados y sus cargas familiares, la
posibilidad de acceder a instituciones educacionales de reconocido prestigio, para
cursar estudios de carácter profesional o técnico y participar de actividades
coprogramáticas, para su desarrollo en el plano educativo y personal.
Para estos efectos, Los Héroes suscribirá convenios con dichas instituciones,
acordando rebajas en los aranceles de matrícula, inscripción y colegiatura, o el
financiamiento de becas parciales o totales que irán en directo beneficio de los
pensionados afiliados y su grupo familiar
Monto del Beneficio.
El porcentaje de las rebajas de los aranceles o el monto de las becas, se convendrá
procurando buscar las mejores condiciones económicas para los pensionados
afiliados, como también las entidades que aseguren un óptimo nivel académico y
acrediten seriedad en la prestación de sus servicios, no discriminatorio respecto al
resto del alumnado.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de
pensionado afiliado o de carga familiar de un pensionado afiliado, a la fecha de la
matricula.
Plazo y Documentación a Presentar.
De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que
se celebren con las entidades educacionales.
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15.
PRESTACIONES Y CONVENIOS RECREACIONALES, CULTURALES,
COMERCIALES Y OTROS
Descripción del Beneficio.
Tienen por objeto, brindar a los pensionados y su grupo familiar, la oportunidad de
acceder a la adquisición de bienes y contratación de servicios, que den satisfacción a
sus necesidades materiales, recreativas, culturales, o de análoga naturaleza, en el
marco de su bienestar económico social.
Lo anterior se materializará a través de convenios suscritos por Los Héroes con los
proveedores de estos bienes y servicios, acordando descuentos especiales para
nuestros pensionados afiliados, o bien cofinanciando parcial o totalmente la Caja el
costo de la prestación o servicio; asegurando la calidad del servicio y estableciendo
los procedimientos administrativos correspondientes.
Monto del Beneficio.
El monto de los beneficios dependerá de las condiciones establecidas en los convenios
suscritos por Los Héroes, o en los valores que la Caja haya definido cofinanciar
parcial o totalmente, procurando convenir importantes descuentos para sus
pensionados afiliados, con el debido resguardo de la calidad y costo de los productos y
servicios ofrecidos.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de
pensionado afiliado a la fecha de la solicitud.
Plazo y Documentación a Presentar.
De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que
se celebren con las entidades prestadoras.
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16.
LLAMADAS DE ACOMPAÑAMIENTO
Descripción del Beneficio.
Esta prestación consiste en un servicio de llamados telefónicos a los pensionados
afiliados con el fin de acompañarlos y entregarles información de interés para ellos.
Este beneficio busca solucionar en parte el problema de soledad que sufre un gran
porcentaje de las personas al llegar a la tercera edad.
Las llamadas se realizarán en forma aleatoria, sin perjuicio de la continuidad después
de logrado el primer contacto, dependiendo directamente de la disponibilidad y
contactabilidad que tengan los números telefónicos de los pensionados afiliados.
Requisitos.
Ser afiliado pensionados de Los Héroes y tener un teléfono registrado válido, fijo o
móvil, para acceder a los llamados telefónicos.
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17.
PREMIO DEL 2% PARA CREDITOS EN PESOS A 84 CUOTAS Y MENOS DE
UF 200. BENEFICIO CON VIGENCIA PARA CRÉDITOS TOMADOS HASTA
EL 31 DE ENERO DE 2011
Descripción del Beneficio.
Tiene por objeto premiar la responsabilidad en el pago de las cuotas del crédito y
consiste en otorgar un premio por cada 6 cuotas efectivamente pagadas, durante todo
el período de vigencia real del crédito.
Monto del Beneficio.
El beneficio equivale al 2% del monto bruto inicial del crédito, por cada 6 cuotas del
crédito efectivamente pagadas durante todo el período de vigencia real del crédito.
Requisitos.
El pensionado debe haber cursado hasta el 31-01-2011 un crédito social en pesos a 84
cuotas cuyo monto no podrá exceder de UF 200, el que deberá encontrarse vigente al
momento de pagarse la sexta cuota de cada secuencia de seis cuotas que habilita para
impetrar el beneficio.
Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para solicitar el pago de cada premio expirará el último día hábil de mes
subsiguiente a aquel en que se pague la 6° cuota, de la respectiva secuencia de 6
cuotas que otorgue derecho a ese premio.
Transcurrido el plazo descrito en el punto anterior, caducará definitivamente el
derecho a cobro del premio, si no se hubiere solicitado el pago dentro del plazo.
La descripción detallada del premio y sus condiciones particulares están contenidas en
el “Anexo solicitud de crédito social para acceder al Crédito con Premio” que se
imprime al solicitar un crédito a 84 cuotas y menos de UF 200, y que debe ser firmado
por el afiliado en señal de conformidad.
Este beneficio será válido para todas aquellas personas que hubieren suscrito su
solicitud de afiliación hasta el 31.11.2010 y hubieren tomado un crédito en las
condiciones ya descritas en esta prestación, hasta el 31.01.2011.
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18.
CREDITO LOS HEROES SIN INTERÉS
Descripción del Beneficio.
Tiene por objeto cubrir el gasto financiero producto de costo de fondo, pérdida
estimada y seguro de desgravamen de los créditos sin interés (3 cuotas sin intereses)
otorgados por los Heroes.
Monto del Beneficio.
El beneficio equivale a $922 (novecientos veinte y dos pesos) unitario que será
otorgado durante la vigencia del crédito tasa cero (sin intereses)
Requisitos.
El pensionado debe cursar entre el 01.01.2015 y el 31.12.2015 un crédito social de $
30.000 pesos líquidos, más costo del impuesto Ley de Timbres, a pagar en 3 cuotas
mensuales.
Plazo y Documentación a Presentar.
Documentación regular requerida para la tramitación de un crédito social y firma de la
solicitud del beneficio.
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19. RECAUDACIÓN SERVICIOS BÁSICOS Y RECARGA DE CELULARES
Descripción del Beneficio.
Tiene por objeto poner a disposición de los pensionados y su grupo familiar, la
oportunidad de pagar en sucursales de Los Héroes que se determinarán, sus cuentas de
servicios básicos (tales como electricidad, agua, gas, telefonía fija y móvil, tv por
cable, entre otros) y recargar teléfonos celulares, televisión de prepago, tarjeta BIP y
otros servicios similares, según convenios que se suscribirán con las respectivas
empresas o con empresas recaudadoras intermediarias.
Monto del Beneficio.
El servicio será gratuito para el pensionado y su grupo familiar.
Requisitos.
Ser pensionado afiliado o integrante del grupo familiar de un pensionado afiliado.
Plazo y Documentación a Presentar.
De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que
se celebren con las entidades prestadoras.
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20. AUXILIO SOCIAL FINANCIERO
Descripción del Beneficio.
Los Héroes financiará el prepago parcial del crédito social vigente del pensionado
postulante, sólo por el monto suficiente que permita reprogramar su obligación y
reducir su cuota mensual para el servicio de la deuda, a una cantidad equivalente al
porcentaje máximo de descuento de su pensión líquida para el correspondiente
segmento, previsto en el párrafo 10.2. de la Circular 2052-2003 de la
Superintendencia de Seguridad Social y sus modificaciones.
Monto del Beneficio.
El monto del beneficio dependerá de las condiciones del respectivo crédito, con el
objeto de cumplir con el porcentaje de descuento máximo definido precedentemente.
El beneficio tendrá un máximo de 40 cupos, que serán asignados por orden de su
fecha de presentación, a quienes cumplan los requisitos, de acuerdo a la resolución de
un Comité debidamente establecido para resolver estos casos.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario que el pensionado cumpla los siguientes
requisitos copulativos:
a. Acredite una situación de vulnerabilidad social demostrada a través de un
informe de la municipalidad respectiva o mediante su Ficha de Protección
Social (FPS) con puntaje inferior o igual a 4.213 puntos, o informe del Agente
de sucursal Los Héroes.
b. Tenga una deuda vigente en Los Héroes, con relación cuota/renta superior
a la normativa del párrafo 10.2. de la Circular 2052-2003 de la SUSESO.
c. Esté afiliado al momento de solicitar el beneficio.
d. Tenga una pensión menor o igual al ingreso mínimo mensual
Documentación a Presentar.


Ficha de Protección Social o Informe Social de la Municipalidad de su
domicilio o informe del Agente de sucursal Los Héroes, y
Última liquidación de su pensión.
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21. AUXILIO CONTINGENCIA FINANCIERA
Descripción del Beneficio.
Los Héroes financiará el pago de hasta 3 cuotas no vencidas del crédito social del
postulante, liberando en consecuencia al deudor de la obligación de pagar las mismas.
Monto del Beneficio.
El monto del beneficio dependerá de las condiciones en que se encuentre otorgado el
crédito social del afiliado.
El beneficio tendrá un máximo de 44 cupos, que serán asignados por orden de su
fecha de presentación, siempre y cuando se cumplan los requisitos, de acuerdo a la
decisión de un Comité debidamente establecido para resolver estos casos.
Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario que el pensionado acredite que se encuentra
en alguna situación de contingencia social que le impida o dificulte gravemente hacer
frente al pago de las cuotas futuras de su crédito social tales como:
a) Gastos por enfermedades del afiliado o familiares directos
b) Daños a la vivienda familiar (muebles e inmuebles)
c) Otras contingencias que signifiquen altos gastos
d) Disminución permanente de la renta
Además, el deudor debe tener un ingreso mensual menor o igual al ingreso mínimo
mensual.
Plazo y Documentación a Presentar.
 Documento que acredite la contingencia social que le afecta y,
 Última liquidación de pensión.
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22. AYUDA FINANCIERA REPROGRAMACIÓN ESPECIAL CREDITO SOCIAL
PBS O EQUIVALENTE
Descripción del Beneficio:
Beneficio asociado a la “Reprogramación Especial de Crédito Social Pensionados
PBS y Pensionados con pensión igual o inferior a PBS” cuya cuota mensual para el
pago de la deuda sea superior al 15% de la pensión líquida.
Se realizará la simulación de una reprogramación especial del crédito con tasa de
interés cero, extendiendo el plazo residual del crédito el número de meses que sea
necesario para que la relación cuota/ renta sea 15% y se pague el saldo insoluto de la
deuda en un plazo no superior a 60 meses, contado desde la fecha de pago de la
primera cuota del crédito reprogramado.
Para los casos en que, aplicada la formula precedente la extensión del plazo de la
reprogramación superare los 60 meses, se efectuará un prepago parcial del capital
insoluto del crédito para llegar a una relación cuota/renta del 15%, con una extensión
del plazo residual no superior a 60 meses.
Este prepago parcial se financiará con esta nueva prestación adicional de “Ayuda
Financiera Reprogramación Especial”, que el deudor deberá solicitar conjuntamente
con la solicitud de reprogramación especial de su crédito.
Monto del Beneficio.
El monto del beneficio dependerá del valor de la pensión, y de las condiciones y
saldo del crédito social cuya reprogramación especial se solicite.
Requisitos
Ser afiliado pensionado a Los Héroes al momento de solicitar la reprogramación especial de
su crédito, y percibir una pensión mensual igual o inferior a una PBS.
Actualmente la relación de la cuota de su crédito social y su pensión líquida mensual supere
el 15%.
Documentación a Presentar
Última liquidación de pensión
Cédula de Identidad
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23 .- INTERMEDIACIÓN FINANCIERA HIPOTECARIA
Descripción del Beneficio.
Tiene por objeto brindar a los pensionados la posibilidad de acceder a un crédito
hipotecario otorgado por las entidades financieras que suscriban un convenio con Los
Héroes, conforme al cual aquellas otorgarán a los afiliados de la entidad, por su
calidad de tal, uno o más beneficios específicos vinculados a dicho producto.
Lo anterior se materializará a través de convenios suscritos por Los Héroes con las
respectivas entidades financieras, en los cuales se asegurará la entrega por éstas de él
o los beneficios pactados a favor de sus afiliados y los procedimientos administrativos
correspondientes. Adicionalmente, y sólo en el caso que así se pacte en el convenio,
Los Héroes podrá colaborar en la recopilación de antecedentes del postulante, para su
entrega a la entidad financiera.
Fuera de él o los beneficios específicos que Los Héroes pacte en los convenios que
suscriba con las entidades financieras, y cuyo cumplimiento exigirá a éstas, la Caja no
asumirá obligación alguna con el afiliado postulante ni con la entidad financiera que le
otorgue el crédito. En consecuencia, Los Héroes no garantizará que la entidad
financiera aprobará el crédito solicitado por el afiliado, ni las condiciones del mismo.
Monto del Beneficio.
El monto y tipo de beneficios que otorgarán las respectivas entidades financieras
dependerá de las condiciones establecidas en los convenios que éstas suscriban con
Los Héroes. Los servicios que preste Los Héroes a los afiliados postulantes para la
gestión de sus créditos serán gratuitos.
Requisitos.
Para acceder el beneficio será necesario que el postulante tenga la calidad de
pensionado afiliado a la fecha de la solicitud.
Plazo y Documentación a Presentar.
De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que
se celebren con las entidades financieras.
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