Adenda 2015 - Colegio Sagrado Corazón Sophiano

“COLEGIO “SAGRADO CORAZON”
Dominicas de la Inmaculada Concepción
“PREDICAR LA VERDAD Y PORTAR LA LUZ DE CRISTO”
Carisma de la Fundadora: Madre Eduviges Portalet – Francia.
ADENDA AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
2016
GENERALIDADES
El presente documento debe ser recibido por el padre de familia antes de formalizar la matrícula de su hija; es parte del
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS y contiene el texto del Reglamento Interno en lo referente a
las estudiantes, del régimen disciplinario, la propuesta pedagógica y evaluación, de la participación de los padres de familia y
de las demás características y condiciones del servicio educativo que ofrece la Institución, su observancia y cumplimiento es
obligatorio.
Art. 4º EL COLEGIO, es una INSTITUCIÓN EDUCATIVA sin fines de lucro, que brinda servicios educativos
escolarizados en los niveles: Inicial, Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular y tiene como promotora a la
CONGREGACIÓN RELIGIOSA DE LAS HERMANAS “DOMINICAS DE LA INMACULADA CONCEPCIÓN”. Tiene
como domicilio legal el local destinado a su funcionamiento situado en la Avenida Aviación Nº 445 distrito de Cerro
Colorado, provincia y departamento de Arequipa y su funcionamiento se encuentra autorizado por la RM. Nº 4081 de
fecha 27-10-1947, la RM. Nº 447 de fecha 09-02-1949 y la RM. Nº 3708 de fecha 12-05-1952.
Art. 5º INSTITUCIÓN EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN” ofrece sus servicios educativos, inspirados en los
principios y lineamientos axiológicos de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, del carisma de la CONGREGACIÓN
RELIGIOSA DE LAS HERMANAS “DOMINICAS DE LA INMACULADA CONCEPCIÓN” y de los lineamientos de
política Educativa del Estado Peruano; los padres de familia que matriculan a sus hijas en nuestra Institución, lo harán
aceptando y respetando esta axiología.
Proporcionamos a nuestras estudiantes estrategias que les permitan organizar su proyecto de vida, su vinculación al
mundo del trabajo y a la sociedad del conocimiento, a través de:
 Una sólida formación en valores.
 Exigente formación académica, conductual y espiritual.
 Docentes ejemplares y permanentemente capacitados.
 Un servicio de tutoría y un Programa Educativo Familiar
 Una Visión empresarial de la educación.
 Una adecuada infraestructura, medios informáticos, de comunicación y tecnología nueva.
Art. 6º EL COLEGIO tiene como promotora y se rige por la Congregación Religiosa de las HERMANAS “DOMINICAS DE
LA INMACULADA CONCEPCIÓN; tiene dependencia rn los nuevos enfoques pedagógicos de la UNIDAD DE GESTIÓN
EDUCATIVA LOCAL AREQUIPA UGEL - NORTE y su Régimen laboral se rige por las disposiciones contenidas en la
Legislación de los Trabajadores de la Actividad Privada.
TITULO II
IDENTIDAD INSTITUCIONAL
Art. 8º VISIÓN Y MISION del colegio
a) EL COLEGIO tiene como VISIÓN:
Ser la Institución Educativa líder a nivel nacional por su excelencia espiritual, moral, intelectual,
tecnológica y deportiva formando estudiantes líderes para la práctica de valores humanos y cristianos,
promoviendo la consolidación de su identidad, una adecuada integración a la sociedad, mejorando su
calidad de vida, con una cultura de paz y esperanza.
b) EL COLEGIO tiene como MISIÓN:
Somos una institución educativa católica, regentada por la Congregación Religiosa; Dominicas de la Inmaculada
Concepción, que brinda una educación integral en el nivel de Inicial, Primaria y Secundaria.
Tiene docentes líderes en educación, con vida Cristocéntrica, guiados por la espiritualidad de Santo Domingo de
Guzmán y los principios educativos de Madre fundadora, Eduviges Portalet: premunidos de valores cristianos, de
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fe, con actitud humana y virtuosa; además muy profesionales en el enfoque científico , tecnológico y ecológico,
que les permite desarrollar valores, capacidades y actitudes en las estudiantes.
VALORES FUNDAMENTALES
Art. 9º.- EL COLEGIO tiene como objetivo general promover la formación de la persona en su dimensión humanocristiana, capacitándola para una debida relación con Dios, consigo misma, con los demás y con la naturaleza; su
formación se basa en la práctica permanente de los siguientes valores fundamentales:
a) EL RESPETO consigo mismo y con sus pares; al principio de autoridad y a la axiología de la Institución.
b) LA RESPONSABILIDAD en el cumplimiento de sus deberse y obligaciones.
c) LA PUNTUALIDAD en la práctica de todas sus actividades educativas, personales, sociales
d) LA VERACIDAD como fundamento de su libertad;
e) LA HONESTIDAD que caracterizará todos nuestros actos; y,
f)
LA SOLIDARIDAD que fortalezca el espíritu de confraternidad y ayuda mutua con sus pares.
Art. 10º.- El Personal, estudiantes y padres de familia de la Institución están obligados a dar testimonio y ser ejemplo
de vida de los valores fundamentales que sustentan el servicio educativo que ofrece la Institución, cualquier acto en
contrario, constituye falta grave y puede dar lugar a la aplicación de las sanciones, medidas correctivas o disciplinarias
establecidas en el presente Reglamento Interno
Art. 17º: EL COLEGIO funciona en horario corrido para las estudiantes
Nivel
Inicial
Primaria
Secundaria
Ingreso
8:30
7:40
7:40
Salida
13:45
14:45
15:30
Los talleres se desarrollarán en una (1) hora cronológica, considerada fuera del horario de clases, según lo indicado
por cada docente y Técnico deportivo
Ar 18º Una vez que las estudiantes ingresan al plantel permanecerán en él, hasta culminar sus horarios de clase, no
estando permitido que los Padres de Familia retiren del plantel a sus hijas durante el horario escolar para citas
médicas u otros asuntos familiares.
REGIMEN ADMINISTRATIVO Y PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE LA MATRÍCULA
Art. 119º Con la matrícula, la estudiante se incorpora al Colegio y este hecho obliga a sus padres o apoderados a
cumplir con el presente Reglamento Interno y las disposiciones emanadas del Colegio y especialmente a observar la
axiología, los fines y objetivos, la propuesta pedagógica, el nivel académico y el comportamiento exigido en la
institución.
Art. 120º Son requisitos para la matrícula:
a)
Ficha única de matricula
b) Partida de nacimiento
c)
Presencia de los padres o apoderados.
d) Constancia de pago correspondiente en Tesorería.
e) Firmar l CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
Art. 121º El número de vacantes para cada grado o sección lo dispone la Dirección del Colegio. Cada sección cuenta
con un promedio de 40 estudiantes.
Art. 122º La Dirección del Colegio establecerá el cronograma de matrícula y las prioridades para el ingreso y matrícula
considerando:
a)
Hermanas de las estudiantes
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b) Hijas de ex-estudiantes.
c)
Residentes en el área de influencia del Colegio.
d) Rendimiento académico y conducta para el caso de nuevas estudiantes. Toda estudiante que se RETIRE del
colegio, tiene la oportunidad de ser admitida previa evaluación y aprobación de los exámenes
correspondientes al grado inmediato inferior al que postule
Art. 123º Se pierde el derecho de matrícula por:
a)
Conducta observada
b) Traslado de matrícula
c)
No ratificar oportunamente la matrícula.
d) Por deficiencia académica.
e)
Por Repitencia.
f)
Por incumplimiento de la Matrícula con Compromiso Especial: bajo rendimiento académico o mal
comportamiento
g) Ausencia e incumplimiento a las exigencias del Colegio por parte de los padres de familia.
h) No suscribir el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en su oportunidad.
Art. 124º El ingreso de las estudiantes nuevas se efectúa mediante el proceso de admisión que para el efecto realice
el colegio, no admite el ingreso de estudiantes repitentes de otros centros educativos.
PROPUESTA PEDAGOGICA
Art. 111º Todo enfoque PEDAGOGICO del COLEGIO, está destinado a promover la participación activa de las estudiantes.
Art. 112º Toda metodología curricular exige creatividad por parte del docente y promueve el trabajo personalizado y
socializado.
a) La forma personalizada permite a las estudiantes el auto-aprendizaje, el análisis bibliográfico, la experiencia
científica; siempre teniendo en cuenta sus capacidades y estilos propios.
b) La forma socializada promueve el Inter -Aprendizaje a través de trabajos en pequeños grupos o en plenarios en el
aula.
Art. 113º En Educación inicial se aplica EL PROYECTO OPTIMIS: CALIDAD INTEGRAL enfatiza la autonomía y la
educación personalizada. En Educación Primaria EL PROYECTO SNIPE INTEGRAL enfatiza la autonomía y la mejora de
los aprendizajes, el desarrollo de la conciencia crítica, que sean ellas las artífices de su aprendizaje.
Art. 114º En Educación Inicial y Primaria se considera en todo enfoque metodológico los principios de interdisciplinaridad y
trans-disciplinariedad. La interdisciplinariedad exige la integración de los diferentes aprendizajes. La trans-disciplinariedad
orienta el aprendizaje interdisciplinario hacia el logro de los perfiles respectivos y se orienta a la verdad.
Art. 115º Siendo el ambiente de aprendizaje el que influye en todo proceso educativo, en EL COLEGIO, cada persona que
labora y estudia, así como los padres de familia, tienen el deber de coadyuvar con el ejemplo y la acción a la vivencia de
valores y virtudes humano-cristianas.
Art. 116º EL COLEGIO no utiliza texto único. Exige textos científico y tecnológicamente bien estructurados y que cultiven los
valores indicados en el Reglamento. No se admiten textos de tendencia político partidarista o de ideologías distintas a lo
prescrito en la Constitución Política del Perú.
Art. 117º La relación de textos es aprobado por los padres de familia, representados por la COPAFA.
TITULO VII
DE LOS DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS Y MEDIDAS CORRECTIVAS A LAS ESTUDIANTES
Art. 63º: Son estudiantes DEL COLEGIO, quienes luego de aprobar el proceso de admisión, formalizan su matrícula en
cualquiera de los tres niveles que atiende la institución:
Educación inicial.
Educación primaria
Educación secundaria
Art 64º: La matricula y ratificación de matricula se fija anualmente y se cumple de acuerdo a las disposiciones establecidas
por la DIRECCION. Se formaliza y surte su efecto de la suscripción del CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS
EDUCATIVOS.
Es obligatoria la asistencia de los padres o apoderados al acto de matrícula. La matricula de la estudiante signi fica la libre
elección y responsable de aceptar que sus hijas recibirán una educación católica, y que se comprometen a dar testimonio de
fe en Cristo y asumir y cumplir el ideario y el presente Reglamento Interno, de conformidad al precepto constitucional de la
libre elección y el de observar los fines de la institución educativa, declarando con pleno conocimiento de las condiciones y
características del servicio, lo que constara en el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
Art 65º: DE LOS DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES: Toda estudiante tiene los siguientes derechos:
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a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
q)
r)
Recibir una formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral,
física y espiritual.
Ser tratadas con el respeto que merece su dignidad de “Hijas de Dios”.
Recibir trato respetuoso a sus iniciativas, expresar libre y creativamente sus ideas para el pleno desarrollo de su
personalidad.
Participar del régimen de estímulos y premios individuales y grupales, en mérito a su aprovechamiento,
comportamiento, esfuerzo de superación y cualidades morales.
Recibir la información y orientación académica necesaria que le permita lograr las competencias de los
aprendizajes.
Recibir orientaciones de acuerdo a sus periodos de edad, maduración y necesidades.
Recibir el apoyo psicológico y las orientaciones para que pueda superar problemas propios de su edad.
Ser tratada con dignidad y respeto, sin discriminación alguna por el personal del colegio y compañeras.
Ser informada de las disposiciones que concierne como estudiante.
Presentar con todo respeto cualquier reclamo u observación que considere conveniente.
Recibir de su profesor (a) de aula o del área correspondiente las pruebas y trabajos presentados para su revisión.
Gozar de un programa de reajuste y reforzamiento académico en el caso que presente desniveles en su
aprendizaje.
Ser evaluada fuera de las fechas de los exámenes de proceso y bimestrales, siempre y cuando su inasistencia ha
sido debidamente justificada.
Respeto de su integridad física, psicológica, emocional y moral.
Manifestar con libertad la verdad sin temor a la sanción.
Recibir los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad.
Participar libre y voluntariamente de los diferentes clubes estudiantiles y talleres deportivos.
Ser informada permanentemente de su evaluación por área curricular.
Art. 66º DE LOS DEBERES DE LAS ESTUDIANTES: Los deberes y obligaciones que tienen las estudiantes para con la
institución y las personas que la conforman hacen de ellas personas de bien por eso:
1) Comprender y comprometerse a cumplir las normas axiológicas del COLEGIO que le motivan a vivencia principios y
valores propugnados por la Iglesia y los PROMOTORIA del colegio.
2) Colaborar con el mantenimiento del ambiente familia- cristiano del COLEGIO, cultivando la oración, participando
libre y responsablemente en la recepción de los sacramentos y esforzándose por conocer a Cristo, a la Virgen María
y a los santos. Asistir a misa los días domingos en compañía de su familia
3) Lograr un excelente rendimiento académico por su propio esfuerzo y capacidad sometiéndose con honradez a las
prescripciones académicas y de evaluación.
4) En los casos de evaluación de recuperación, rendir las pruebas en el colegio, demostrando haber logrado los
objetivos que se han determinado, salvo caso o casos muy excepcionales y previa autorización de la dirección del
centro educativo rendir las pruebas en otro colegio.
5) Participar responsablemente y con alegría en las actividades de extensión, deportes, cívicas patrióticas, defensa
civil, recreacionales, religiosas u otras que se desarrollen en cumplimiento al Calendario Religioso -Cívico Escolar o
por invitaciones de instituciones.
6) Representar al centro educativo con lealtad y dando testimonio de la formación que reciben y del amor cri stiano que
vivencia.
7) Respetar la propiedad privada dentro y fuera del plantel y el honor de las personas.
8) Justificar su inasistencia o inasistencias en el día de su incorporación a la Institución Educativa y tardanzas a la
Institución Educativa mediante carta acompañada de documentos que sustenten dicha inasistencia o tardanza Al
incumplir, se declarara todo pedido de justificación fuera de lugar. Las mismas que serán evaluadas con la mínima
nota dentro de la escala vigesimal
9) Cuidar la buena conservación del local, muebles, útiles escolares, laboratorios y otros materiales del colegio, así
como el orden y la limpieza. Asimismo los Servicios Higiénicos; cualquier deterioro la estudiante asume su
reposición inmediata, como también limpiar en caso de escribir en carpetas y paredes.
10) Participar en campañas de fomento de la paz y de moralización.
11) Aceptar, con dignidad las sanciones a que se hacen merecedor por las faltas y errores causados por negligencia.
12) Permanecer en el aula durante las clases; en los campos deportivos, en los momentos de educación física y en los
patios durante los recreos.
13) Acudir si tiene que formular alguna queja o sugerencia, a quien corresponde en el momento oportuno.
14) Ser cortés y respeta de palabra y obra al personal que trabaja en el Colegio, a sus compañeras
15) Inspirar en su relación con sus compañeras la sencillez, la ayuda y el perdón y evita que sus palabras, gestos o
escritos puedan herir la susceptibilidad de las demás.
16) Aceptar la responsabilidad en actitud de servicio y procurar ser fiel en designación de sus docentes y/o
compañeras para ejercer una función,
17) Asistir correctamente uniformada con sus trabajos y útiles escolares en orden y a la hora indicada,7:40 a.m
Recuerda que debe guardar orden y silencio en:
La formación y desplazamientos las aulas de clase, biblioteca y lugares afines para atender, estudiar y trabajar,
el oratorio para poder reflexionar y orar.
18) Traer la agenda de control todos los días, es un instrumento de comunicación entre el padre de familia y el Colegio.
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19) Entrega y pone en conocimiento a sus padres toda información emanada de la institución y la mantiene en su
archivo personal.
DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL DE LAS ESTUDIANTES
Art 67º: Las estudiantes deberán cumplir las siguientes indicaciones sobre su presentación personal, evitando
a) El uso de alhajas, gargantillas, cintas de colores, aditamentos, El uso de maquillaje, delineador, rubor, lápiz labial,
uñas largas y /o pintadas que atenten contra la sencillez y la correcta presentación de la estudiante.
b) No se permitirá ningún otro accesorio que no sean perlitas o pepitas de color blanco en el caso de aretes.
c) Intercambiar o prestar prendas de vestir de toda índole.
d) Usar un gorro diferente al indicado en el área.
a) Se abstendrán de usar el cabello teñido o iluminado, está prohibido de llevar cabellos delante del rostro,
b) El uniforme oficial deberá llevarse correctamente:
Falda del colegio debajo de la rodilla.
Blusa según modelo oficial.
Blazer de vestir a la altura de la cadera.
Suéter azul.
Polera color plomo (sólo para la época de frío intenso).
Zapatos azules, modelo del colegio.
Medias azul marino con franja verde, debajo de la rodilla.
Lazo del colegio para todas las estudiantes.
Maletín o mochila, sin ruedas, color negro.
Mandil del colegio para el nivel inicial y nivel primario.
Gorro según modelo del colegio.
d) El uniforme de Educación Física es el establecido por EL COLEGIO y debe estar marcado con su nombre y apellido,
al igual que las demás prendas del uniforme escolar. Las prendas de vestir son:
Buzo verde con blanco del colegio
Polo blanco del colegio
Pantaloneta.
Zapatillas color blanco, sin adornos de otros colores.
Medias blancas, debajo de la rodilla para educación física. Prohibiéndose el uso de tobilleras.
Colette de color blanco para inicial, primaria y secundaria.
Gorro, según modelo del colegio.
DE LOS ESTÍMULOS
Art 68º: Las estudiantes se hacen acreedoras a estímulos de carácter personal o grupal, por acciones extraordinarias. Se
consideran acciones extraordinarias las realizadas en bien de su prójimo, su centro educativo, de la comunidad y de la
nación.
Art 69º: Los estímulos que con carácter personal otorga el colegio son:
a) Premio de excelencia a la estudiante que logra el más alto puntaje de aprovechamiento y en comportamiento
durante los cinco años de educación secundaria. El Premio de Excelencia exige la sumatoria de los promedios
ponderados de los cinco años del nivel y haberse destacado en las actividades de la I:E y fuera de él.
b) Premio de merito por haber logrado el mejor promedio ponderado en el respectivo grado.
c) Premio por comportamiento, por haber demostrado actitudes significativas, positivas y haber vivenciado valores y
virtudes humano-cristianas.
d) Ser integrantes de los comités de participación en el aula o de la representación del estudiantado a nivel del colegio.
e) Premios especiales como Izamiento de la bandera del Perú y del colegio, reconocimientos Directorales y otros que
demuestran grado de eficacia y excelencia en actividades del año lectivo, como:
o Actividades culturales.
o Actividades académicas,
o Participaciones deportivas
o Actividades de promoción de la familia y comunidad
o Actividades artísticas.
o Actividades religiosas y otras que se establecen en el PAT.
Art. 70º: Las estudiantes se hacen acreedores de estímulos de carácter grupal, como:
a) El “Escudo Dominicano”, otorgado a la sección o aula que logra el más alto promedio de comportamiento.
b) Ocupar el sitio preferencial en las reuniones que se desarrollan en el Patio de Honor del COLEGIO.
c) Premio de mérito a toda acción, esfuerzo en el trabajo, puntualidad, honradez, disciplina y todo aquello que
contribuye en bien de la comunidad constituye merito a favor de la estudiante.
Art. 71º: Los comités de participación son:
a) Comitê de Pastoral: Movimento Juvenil Dominicano, Ministério de acolitas.
b) Comitê de Deportes
c) Comité de actividades.
d) Comité de Disciplina: Brigadieres, Policía Escolar y Policía Ecológica.
e) Comité académico
f) Comité de defensa civil
g) Colegiado de Jueces de Paz Escolares.
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Art. 72º: Son actividades extracurriculares de participación obligatoria, salvo dispensa otorgada por Dirección, previa
solicitud de los padres de familia:
Retiro espiritual.
Celebración Eucarística por festividades religiosas y/o acontecimientos importantes.
Campañas de ayuda a la comunidad
Colectas y/o campañas de difusión a la comunidad.
Festividades culturales, deportivas y artísticas y otras
Visitas de estudio a museos y lugares históricos.
Excursiones de estudio fuera de la ciudad de Arequipa.
Art. 73º: También en el colegio existen los talleres o grupos de participación opcional:
a) Grupos de pastoral.
b) Movimiento Juvenil Dominicano
c) Brigadieres Escolares.
d) Colegiado de Jueces de Paz Escolares
e) Grupos de Oración
f) Talleres de arte, música, baile, folklore, ballet, deportes, idiomas, coro y robótica
g) Ministerio de Acolitas.
DE LAS FALTAS DE LAS ESTUDIANTES
Art. 74º: En concordancia con el, reglamento Interno y demás normas, EL COLEGIO orienta el comportamiento de las
estudiantes, a fin que cada una desarrolle su sentido de, libertad, responsabilidad, honradez, veracidad, ayuda mutua y
respeto a la persona.
Art. 75º El timbre para la formación se toca a las 7.40 a.m. Se considera tardanza, después de las 7:45 a.m. Toda tardanza
se anota en el cuaderno de Control de Tardanzas, al acumular cinco tardanzas en el año, se hace acreedora de una
suspensión. La reincidencia se sancionará con una suspensión por dos días y así correlativamente.
No se consideraran para el cómputo de las tardanzas, aquellas que fueron debidamente justificadas por escrito y dirigidas a
Dirección el mismo día de cometida la tardanza.
Art. 76º: Está prohibido para las estudiantes:
a) Comportamientos escandalosos, inadecuados e indecorosos dentro y fuera de la Institución.
b) Participar en concursos de belleza dentro o fuera de la región.
c) Participar en desfiles, corsos, pasacalles; con una presentación no acorde al ideario de nuestra institución.
d) Llevar al colegio revistas, periódicos, radio grabadoras, o publicaciones obscenas, así como dinero, alhajas u otros
objetos que perturben las labores educativas o que puedan causar daño a sus compañeras y personal del colegio.
e) Manifestar expresiones políticas o dedicarse a ellas. Como hacer uso de vocabulario inapropiado o soez.
f) Expresar ideologías que atenten contra la ideología de la iglesia o la deontología expresa en la Constitución Política
del Perú.
g) Falsificar la firma del padre, apoderado y docente, plagiar en las evaluaciones y trabajos.
h) Mostrarse desaseada y/o desordenada en su presentación personal.
i) Realiza tareas o actividades que no corresponden a la hora de clase
j) Acepta compañía masculina con uniforme en el trayecto del colegio a su casa u otro sitio.
k) Causa desorden con risas inoportunas y/o cosas que distraen a sus compañeras a a ella misma.
l) Se detiene en tiendas y lugares públicos mientras lleva el uniforme del colegio
m) Salir del aula o del colegio durante las clases o el horario escolar sin autorización correspondiente.
n) Permanecer en el aula en horas del recreo, Ingresar a otras aulas o ambientes del colegio sin la auto rización
correspondiente.
o) Promover ventas, rifas, colectas u otras actividades sin la debida autorización de la Dirección.
p) Participar sin permiso en reuniones o competencias que alteren el normal desenvolvimiento del colegio. Como
también participar juegos de envite.
q) Usar el nombre del colegio para fines que no son de su competencia
r) Hacer inscripciones en las paredes, puertas, mobiliario y pisos de la institución educativa, como destruir cuadernos,
libros y otros materiales.
s) Asistir al centro educativo estando enfermas.
t) Promover firmas de actas, memoriales o peticiones a favor o en contra del PERSONAL de la institución y/o sobre
asuntos que comprometen su comportamiento
u) Traer al colegio y/o hacer uso de celulares, MP3, MP4, tablets, laptops, smartphones o cualquier otro artefacto de
valor, los que serán retenidos y devueltos al padre de familia quien suscribirá un compromiso que prevenga la
reincidencia. La reincidencia ocasionara que los mismos sean retenidos hasta fin de año.
v) Traer y/o consumir bebidas alcohólicas en el colegio, o asistir a clases con síntomas de ebriedad.
w) Ingresar al colegio después de la hora indicada.
x) El rechazo sistemático a la axiología del COLEGIO
y) Otras faltas no indicadas que a juicio de los directivos o docentes ameriten la aplicación de una medida correctiva o
disciplinaria.
Art. 77º: Se consideran FALTAS GRAVES:
a) Los actos que por su gravedad, contravengan la práctica permanente de los valores fundamentales en los que se
basa el servicio educativo
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b) Cualquier acto u omisión que contravenga en el Reglamento Interno o las disposiciones de las autoridades del
colegio que por su forma, naturaleza o consecuencias, pueda causar daño o perjudique el normal desarrollo de las
actividades educativas, que atente contra la moral, las buenas costumbres, la integridad física, psicológica, moral y
emocional del Personal del Colegio, estudiantes y padres de familia o que perjudique la imagen institucional.
Art. 78°Se consideran faltas de suma gravedad y que impiden el crecimiento integral de la estudiante:
Emitir juicios contra las autoridades, docentes, personal administrativo y de servicio, la familia de las
estudiantes y contra sus propias compañeras.
Causar desorden en la vía pública.
Permanecer con uniforme en lugares públicos: parques, plazuelas, avenidas, quioscos, tiendas
comerciales, bares, atentando contra la moral y las sanas costumbres.
Participar en certámenes que no contribuyen a valorar el rol de la mujer, la identidad nacional, participación
femenina con vestimenta inapropiada…
Traer revistas pornográficas u otras revistas que atentan contra la moral.
Utilizar otra identificación personal.
Utilizar sustancias nocivas al organismo: cigarrillos, alcohol, droga.
Tomar el nombre del colegio para realizar actividades no autorizadas por la Dirección del Plantel.
No asistir a clases estando dentro del Plantel.
Salir de su casa con dirección al Plantel y no ingresar en él.
Abandonar la I.E. sin permiso de las autoridades educativas.
Apropiación ilícita comprobada, intento de fraude.
Llegar reiteradamente tarde a la I.E.
Art.79° Ante estas faltas nuestro sentido de “sanción” va encaminada a recuperar la conducta normal de la estudiante
para que se beneficie de la prestación educativa que ofrece el Colegio y para salvaguardar el derecho educativo de
las demás.
DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS A LAS ESTUDIANTES
Art. 80º: EL COLEGIO determina las medidas correctivas para las estudiantes que infringen las normas que establece el
Reglamento Interno y del Aula. Estas medidas están orientadas a recuperar el nivel académico o comportamiento ejemplar
de la estudiante y salvaguardar el derecho educativo de la familia del COLEGIO.
Art. 81º: Las Medidas Correctivas se sustentan en los siguientes conceptos:
a) El reconocimiento del respeto a la libertad humana.
b) El espíritu de justicia.
c) La comprensión de los problemas propios de la edad de las estudiantes.
d) La formación del criterio de conciencia, de discernir entre el bien y el mal y de asumir los efectos que produce la
conducta de la estudiante
Art. 82º: Las medidas correctivas se aplican a través de acciones preventivas y educativas:
a) Llamada de atención verbal de la persona frente a la cual se cometió la falta.
b) Amonestación escrita y citación del padre de familia o apoderado por la tutora.
c) Suspensión temporal.
d) Otras que el consejo disciplinario vea conveniente.
e) Matrícula condicional.
f) Traslado obligatorio a otra Institución Educativa o Separación del Colegio.
Art. 83º: Dan lugar a la no ratificación de la matrícula en el Colegio:
a) El incumplimiento reiterado del Cronograma del Pago de Pensiones de Estudios.
b) No haber alcanzado el NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO u observado mal comportamiento en el año escolar anterior.
c) Sostener deudas por pensiones de enseñanza a la finalización del año anterior.
Art. 84º: El Colegio no puede otorgar la permanencia en la I.E. y la renovación de la matrícula para el siguiente año a una
estudiante que no haya alcanzado el NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO u observado mala conducta; en este caso y al momento
de renovar la matrícula, los padres de familia o tutores de estas estudiantes deberán suscribir un COMPROMISO DE
HONOR que obligue superar estas deficiencias.
Art. 85º: La separación temporal, y la separación definitiva, son aplicadas por Resolución Directoral, con opinión del Consejo
Disciplinario y el informe o informes, que estime la Dirección del Colegio. Puede determinarse también mediante ACTA con la
presencia del Padre de Familia.
Art. 86º: Procede Traslado obligatorio a otra Institución Educativa o Separación del Colegio, en los casos siguientes:
a) Falta grave.
b) Incumplimiento de lo establecido en la “Matrícula con Compromiso Especial”
c) Causar daño o atentar contra la integridad física, moral y psicológica del Personal del Colegio, así como de sus
compañeras y padres de familia.
d) Causar daño a la imagen o prestigio de la Institución.
e) No cumplir las exigencias académicas y de comportamiento del COLEGIO.
f) Demostrar falta de interés en los estudios.
g) No alcanzar el NIVEL ACADÉMICO ÒPTIMO
h) Por repetir de grado más de una vez en el plantel.
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DEL NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO DE LA ESTUDIANTE
Art.87° NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO: Los padres de familia responsables, son consientes que la educación y
formación de las estudiantes constituye la principal inversión familiar para su futuro, por ello asumen con la misma
responsabilidad las obligaciones que sostienen con el Colegio y coadyuvan al logro del NIVEL ACADÉMICO OPTIMO
de sus hijas.
Art. 88º.- En ese contexto, es preocupación permanente del Colegio elevar su Nivel Académico, lo que se concreta en
la exigencia constante en el rendimiento sus estudiantes, quienes para poder garantizar el logro de las competencias,
capacidades y objetivos, deben alcanzar el NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO obteniendo como mínimo un promedio
ponderado de 13.
Art. 89º.- El promedio ponderado está dado por la suma total de los promedios finales dividido entre el número de
áreas curriculares que comprende el Plan de Estudios por cada grado o año.
Art. 90º se considera bajo rendimiento escolar, no alcanzar el NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO por haber obtenido un
promedio ponderado inferior a 13 del total de las Áreas que comprenden el Plan de Estudios al finalizar el año
académico.
DEL NIVEL DE COMPORTAMIENTO DE LA ESTUDIANTE
Art. 91º Los estudiantes deberán observar un BUEN COMPORTAMIENTO, este nivel se alcanza obteniendo como
mínimo un promedio anual de 14.
Art. 92º La aplicación de una medida correctiva, puede dar lugar a la pérdida automática del NIVEL DE BUEN
COMPORTAMIENTO y obliga a la superación de esta suficiencia mediante la suscripción de un compromiso de
matrícula.
Art. 93º En caso de reincidencia se procederá a la separación definitiva del colegio
DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LA ESTUDIANTE
Art 94º: El Sistema de evaluación del COLEGIO considera las características de cada nivel educativo; inicial, primario
y secundario.
En todo caso es integral, permanente y flexible.
a) Integral, porque abarca a todos los dominios y niveles de aprendizaje.
b) Permanente, por su carácter formativo, orientador. La evaluación es en sí un medio de aprendizaje.
c)
Flexible, porque se aplica adecuándolo a las características, necesidades e intereses de las educandas.
Art. 95 º EL COLEGIO, considera los siguientes tipos o etapas de evaluación.
a)
De contexto, para caracterizar la problemática del COLEGIO y determinar la condición de la educanda.
b) De entrada o Inicial, para verificar:
–
Si las estudiantes tienen el pre-requisito para nuevos aprendizajes
–
El grado de conocimientos y los niveles de aprendizaje ya logrados de los previstos en las programaciones
curriculares.
c)
De proceso, que en si es la evaluación permanente, formativa y orientadora; y que, el docente lo considera
como medio para verificar los logros inmediatos y ofrecer el reforzamiento pertinente y oportuno.
d)
De Salida o Final, para verificar los logros de lo previsto en la Programación Anual.
Art. 96º En el periodo de planificación inicial, EL COLEGIO establece el diseño de evaluación, especificando
indicadores, procedimientos, instrumentos y periodos evaluativos, adecuándolos a las características especificadas
anteriormente.
Art. 97º Los indicadores de evaluación de aprendizajes se especifican en los mismos objetivos.
Art. 98º Se determinan como procedimientos e instrumentos de evaluación:
a)
Observación, utilizando fichas o registros de conductas significativas, fichas de observación y registros
anecdóticos.
b) Auto-evaluación, utilizando fichas, diarios.
c)
Pruebas orales, con guiones de entrevistas y cuestionarios estructurados.
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d) Pruebas escritas, que son:
-
Proyectos educativos.
-
Verbales: de composición, reflexión o redacción, objetivas, gráficas.
-
Trabajos Prácticos de análisis bibliográficos.
-
Pruebas de ejecución
Otros
Art. 99º La Dirección del COLEGIO, en conformidad a la normatividad vigente, está autorizada a decretar.
a)
Convalidación, revalidación o subsanación de estudios realizados en el extranjero, siempre que quienes lo
soliciten estudien en EL COLEGIO.
b) Adelanto o postergación de evaluaciones bimestrales en los casos de cambio de domicilio o por viajes en
delegaciones oficiales.
c)
Nuevas pruebas de evaluación, siempre que en la prueba anterior hayan desaprobado más del 51%. Estas
pruebas se decretan en todo caso con la opinión favorable de la Asamblea de Profesores.
Art. 100º Las estudiantes deben cumplir u observar las siguientes disposiciones sobre evaluación:
a)
Estar preparadas permanentemente con fines de evaluación, sin necesidad de aviso y para cumplir con el
principio de aprender para la vida, no para el examen.
b) Las estudiantes recibirán con una semana de anticipación el rol de evaluaciones por cada bimestre
c)
Las evaluaciones escritas serán firmadas por la estudiante y llevadas a casa para la revisión de sus padres.
Es responsabilidad de cada profesor de Área entregar las pruebas parciales debidamente evaluadas a las
estudiantes.
d)
Las estudiantes podrán ser evaluadas con pruebas escritas u orales en un máximo de tres áreas por día,
dosificándose las tareas y/o trabajos pendientes para esos días.
e)
En el tiempo de evaluaciones escritas finales los profesores están prohibidos de dejar tareas y/ o algún otro
tipo de trabajo a las estudiantes para que sea realizado en casa.
f)
Mantener sin alteraciones la hoja informativa mensual y bimestral. Las alteraciones son consideradas falta
grave.
g) Es responsabilidad de los profesores, el de dosificar las tareas y/o trabajos de extensión de las estudiantes
durante el desarrollo de la unidad de aprendizaje.
h) Las evaluaciones postergadas por inasistencias, son autorizadas por la Dirección y tomadas en fechas
determinadas.
i)
La no justificación de inasistencia a las evaluaciones son consideradas como faltas y registradas con la nota
mínima de la escala vigesimal.
Art. 101º Para los casos de recuperación pedagógicas, la Coordinación Académicas determinará programación y
fechas. En todo caso, las pruebas de recuperación deben exigir los aspectos más significativos de los aprendizajes.
La Dirección autorizará con Decreto Directoral a las estudiantes a asistir al periodo de recuperación organizados por
otros Centros Educativos
Art.102° La evaluación de los aprendizajes se realiza en los tres niveles dentro del marco de la Ley General de
Educación, Ley de Colegios Privados, Directiva 004-VMGP-2005, aprobada por R.M. 0234-2005-ED, y R.M. 06672005-Ed y Directivas Anuales del Ministerio de Educación.
Art. 103° La evaluación se realiza por bimestres, informando al Padre de Familia del avance o proceso a la mitad de
cada bimestre. La disciplina se evalúa por períodos (dos por cada bimestre).
Art. 104° Al finalizar cada bimestre, en Primaria y Secundaria, se aplican evaluaciones bimestrales de acuerdo a lo
establecido.
Art. 105° En Inicial, Primaria y Secundaria, al finalizar cada bimestre, se obtiene la nota bimestral y se aplican las
normas oficiales específicas de evaluación de cada nivel.
Art. 106°| La participación de las estudiantes que representan el Colegio en lo académico, deportivo, artístico y cívico
es evaluada en las Áreas correspondientes.
Art. 107° Las estudiantes permanentemente informadas sobre el proceso de evaluación. Es obligación del docente,
comunicar los resultados del proceso evaluativo y su desarrollo de manera oportuna para conocimiento de Padres de
Familia.
Art. 108° El Registro Auxiliar de Evaluación es un documento oficial, de responsabilidad del docente, cuyo manejo se
hace de acuerdo a las orientaciones de la Coordinación Académica.
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Art. 109° La Dirección del Colegio puede autorizar el adelanto postergación de evaluaciones sólo en los casos
siguientes:
a. Cambio de residencia
b. Viajes en delegación oficial enfermedad programada debidamente comprobada
Los interesados deben presentar la documentación sustentatoria con la anticipación debida, para el trámite
correspondiente.
Art. 110° La Dirección del Colegio, exonera el trabajo físico del área de Educación física de acuerdo a los dispositivos
legales vigentes y previa solicitud de los padres y/o apoderados, refrendado por Resolución Directoral.
Art. 111° La Dirección del Colegio convalida mediante Resolución Directoral los estudios realizados en el extranjero
de acuerdo a lo establecido legalmente.
Art. 112° Los reclamos sobre evaluaciones debidamente fundamentados, se presentan por escrito a la Dirección del
Colegio, dentro de los 05 días hábiles luego de entregadas las pruebas de proceso, bimestrales y reportes
académicos.
Art. 113° Evaluación de Aprendizajes de Educación Inicial:
a) La escala de calificación del Nivel de Educación Inicial EBR es literal y descriptiva, de acuerdo a la escala.
Letra
AD
B
C
b) El calificativo de período en cada
de los aprendizajes previstos.
Significado
Logro Previsto
En Proceso
En Inicio
Área se obtiene analizando la tendencia progresiva del estudiante hacia el logro
c) El calificativo anual del Área, considerado que la evaluación es un proceso, es el mismo que obtuvo el estudiante
en dicha área en el último bimestre.
d) En la lengua materna se evaluará el desarrollo de la oralidad, comprensión de textos lingüísticos y la producción
de textos de acuerdo a su nivel, así como la expresión de otros lenguajes. En inglés se evalúa la expresión y
comprensión oral y escrita.
e) Todas las estudiantes son promovidas, salvo solicitud expresa del padre de familia, par que su hija, siga en el
Nivel por razones de no haber logrado los aprendizajes.
Art. 114° Evaluación de los aprendizajes en EDUCACIÓN PRIMARIA, PROMOCIÓN Y REPITENCIA.
a) La escala de calificación del Nivel de Educación Primaria es literal y descriptiva, de acuerdo a la escala:
LETRA
SIGNIFICADO
AD
Logro Destacado
A
Logro Previsto
B
En Proceso
C
En Inicio
b) El calificativo bimestral del Área Curricular resulta de la ponderación de los calificativos de las competencias.
El calificativo de cada competencia se obtiene de la ponderación de los resultados que se evidencian en los
indicadores de logro.
c) Los resultados de la evaluación de los aprendizajes en las Áreas Curriculares, se anotan en el “Registro de
Evaluación de los Aprendizajes” y en el Reporte de Evaluación o “Informe de mis Progresos”, para conocimiento
de los padres de familia.
d) La promoción, Repitencia y recuperación pedagógica se determina de la siguiente manera:
1. Las estudiantes, del primer grado son promovidos al grado superior en forma automática, salvo solicitud
expresa del padre de familia por razones de ritmo de aprendizaje.
2. Las estudiantes de 2º. 3º y 4º grados son promovidos si obtienen como mínimo “A” en las Áreas Curriculares
de Comunicación y Matemática y, como mínimo B en las otras áreas o talleres curriculares.
3. Las estudiantes de 5º y 6º grados son promovidos si obtienen como mínimo “A” en las Áreas Curriculares de
Comunicación, Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente y, como mínimo “B” en las otras Áreas.
4. Repiten el grado automáticamente los estudiantes de 2º, 3º, 4º, 5º y 6º grados, que al término del año escolar
obtienen “C” en las Áreas Curriculares de Comunicación y Matemática.
5. Repiten el grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación Pedagógica y/o la Evaluación de
Recuperación no alcancen los calificativos requeridos, tal como lo dispone incisos 2 y 3.
Art. 115° Evaluación de los aprendizajes en EDUCACIÓN SECUNDARIA, PROMOCIÓN Y REPITENCIA.
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1. La evaluación en Secundaria es vigesimal siendo la nota mínima aprobatoria 11(once).
2. La evaluación anual de cada Área curricular se obtiene de acuerdo al Art. 46º del presente reglamento.
3. La promoción, Repitencia y recuperación se determina de la siguiente manera:
3.1. Serán promovidos las estudiantes cuando al término del año escolar aprueben todas las áreas
curriculares, y el Área Curricular pendiente de subsanación si corresponde (curso de cargo).
3.2. Serán promovidas las estudiantes cuando al término del Programa de Recuperación y Evaluación de
Recuperación, aprueben todas la áreas curriculares, hayan aprobado como máximo un área curricular.
3.3. Repiten el grado, las estudiantes que al término del año escolar, desaprueban cuatro áreas curriculares o
tres áreas curriculares más el Área Curricular pendiente de subsanación (curso de cargo).
3.4. Repiten el grado, las estudiantes que al término del Programa de Recuperación Pedagógica o en la
Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más Áreas Curriculares.
3.5. Las estudiantes del Quinto Grado de Secundaria, que al finalizar el año académico haya obtenido
calificativos desaprobatorios (10) o menos hasta en tres (03) áreas curriculares, incluyendo el Área
pendiente de subsanación (cargo), podrán participar del Programa de Recuperación Pedagógica, hasta
antes del año lectivo siguiente; de persistir la desaprobación en más de un área curricular, en el mes de
febrero; desaprobarán el año escolar.
EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA
Art. 116 Se evalúa literalmente la disposición frente al Reglamento Interno. La coordinadora del Servicio de Tutoría,
las tutoras y auxiliares de Educación son responsables de dicha evaluación.
Art. 117° Se ha determinado una escala valorativa literal para la evaluación de la conducta:
A: Cuando demuestra una correcta actitud o tiene Actitudes positivas.
B: Cuando las actitudes positivas que demuestra están en proceso de formación.
C: Cuando no demuestra actitudes positivas o carece de ellas.
Art. 118° Si la estudiante al finalizar el año, obtiene conducta C será considerada con matrícula condicional, firmando
un Compromiso, previa entrevista con la Coordinadora del servicio de Tutoría.
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TITULO XII
GENERALIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Art. 157º Son Padres de Familia del Colegio, los que matriculan a sus hijas en edad escolar, previa suscripción del
CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS. Los Padres de Familia, participan en el proceso educativo de su hija
de
conformidad con lo establecido en el presente reglamento, observando estrictamente los principios. Normas, disciplina y
demás disposiciones complementarias dictadas por el Colegio así como en las condiciones y cláusulas establecidas del
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
Art. 158º Los Padres de Familia tienen los siguientes derechos:
a) Tomar conocimiento del proceso educativo de su hija y/o evaluaciones, conforme al rol de entrevistas que programe
el Colegio.
b) A recibir del Colegio, charlas, orientaciones Técnico- Pedagógicas, etc., para mejorar el proceso educativo y formativo
de su hija
c)
A recibir de manera permanente la información sobre el rendimiento académico de su hija así como de los medios
de recuperación académica. El ejercicio de este derecho está condicionado al cumplimiento del pago de pensiones de
conformidad con las normas legales vigentes.
d) A participar en todas las actividades que programe la I.E a nivel de Padres de Familia.
e) La reserva de la vacante y matrícula de su hija, dentro del rol establecido.
f)
A recibir información sobre los dispositivos legales, reglamentos y demás disposiciones normativas de la I.E. que sean
de su competencia.
g) La oportunidad de presentar reclamos en forma correcta y a su debido tiempo.
h) La tramitación eficiente de sus solicitudes y demás documentos oficiales relacionados con la educación que brinda el
Colegio.
i)
Las instalaciones del Plantel para actividades que redunden en la formación de los estudiantes, previa autorización y
en coordinación con la Dirección.
Art. 159 Son obligaciones de los Padres de Familia:
a) Suscribir oportunamente el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, acatando las condiciones y
cláusulas que en ella se establecen. El CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, es un contrato de
naturaleza civil y obliga a sus partes a su estricto cumplimiento.
b) Señalar domicilio real, con teléfono fijo y celular permanente al momento de suscribir el CONTRATO DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS, lugar a donde se le harán llegar las comunicaciones que el Colegio tenga que
cursarle. En caso de tener vivienda de difícil ubicación, deberá de señalar un domicilio y teléfonos alternativos
c)
Cumplir oportunamente con el pago de las pensiones de enseñanza.
d) Cumplir con el pago de las Multas que el Colegio señale por inasistencia a las reuniones con Padres de Familia o
cuando se le cite a la Institución.
e) Cumplir con el pago de moras e intereses así como el costo de los gastos legales y notariales que genere el
incumplimiento del pago de pensiones dentro del Cronograma establecido en el Contrato.
f)
Asumir el costo de las notificaciones notariales que se le curse por falta de pago de pensiones o por suspensión
del servicio.
g) Matricular a su hija dentro del cronograma establecido por la I.E.
h) Concurrir a la I.E. obligatoriamente en el horario establecido de entrevistas con los docentes.
i)
Concurrir obligatoriamente por citación expresa de la I.E.
j)
Participar en las actividades de los Padres de Familia aprobadas por la I.E.
k) Participar en el Proceso Educativo de la estudiante , apoyando y respetando los principios, normas, disciplina y
demás disposiciones complementarias dictadas por el Colegio.
l)
Participar activamente en el proceso educativo y formativo de la estudiante con ejemplo de vida.
m) Apoyar el logro de los objetivos planteados por la Dirección del colegio.
n) Velar por el prestigio y progreso del plantel.
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o) Velar por las buenas relaciones institucionales
p) Acatar las disposiciones emanadas de las autoridades del Colegio.
q) Suscribir los documentos oficiales, citaciones y esquelas.
r)
Enviar a su hija
con puntualidad, debidamente uniformada, aseada, y adecuadamente implementada para
cumplir las tareas escolares y por tanto la consecución del logro de su formación integral.
s)
Aceptar y ser consecuentes con la axiología del Colegio.
t)
En caso de resolución del CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS o de no mediar renovación del mismo, el padre
de familia deberá de proceder al retiro de los documentos de matrícula y los certificados de estudios, caso
contrario el Colegio procederá a su devolución por vía notarial, sin perjuicio al cumplimiento de las obligaciones
pendientes de pago.
Art. 160º El ingreso al Colegio es voluntario, los padres de familia que solicitan y logran acceder a una vacante para su hija,
lo hacen bajo el compromiso de cumplir con todas y cada una de las disposiciones que emanan de la Institución. Así
mismo, se someten a las decisiones normativas y disciplinarias que se dictan: por esta razón;
al momento de la
matrícula, los Padres de Familia expresarán su voluntad de cumplir con los requerimientos que formula el Colegio,
mediante el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, el cual se observará rigurosamente.
.
TITULO XIII
DEL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL COLEGIO
Art. 195º Son ingresos del COLEGIO:
a)
Los ingresos del Proceso de Admisión.
b) Las cuotas de ingreso,
c)
El pago por concepto de matrículas
d) Las pensiones de estudios
e)
Los ingresos por tasas educativas
f)
Las cuotas extraordinarias y cualquier otro concepto cobrado por el servicio educativo a que se contrae el numeral
1 del ANEXO I del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, reglamentario del Decreto Legislativo 882.
Los costos del proceso de admisión, la cuota de ingreso, la matrícula y las pensiones de estudios son fijados por la
Dirección del Colegio.
Art. 196º Durante el proceso de matrícula EL COLEGIO está obligado a brindar en forma escrita, veraz, suficiente y
apropiada la información sobre las condiciones económicas a que se ajustará la prestación del servicio educativo. Dicha
información constará en un documento que será suscrito por el padre de familia y por la Directora del COLEGIO.
Art. 197º La pensión de enseñanza es anual y se divide en diez cuotas mensuales comprendidas de marzo a diciembre,
más el costo de matrícula que es un monto igual al de la cuota mensual, la misma se paga en el acto de la matrícula o su
ratificación y las cuotas restantes conforme al CRONOGRAMA DE PAGOS establecido en el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS EDUCATIVOS.
Las pensiones se vencen el último día hábil del mes cumplido, sin embargo, los padres de familia podrán efectuar el pago
de sus pensiones de estudios hasta el quinto día hábil del siguiente mes al vencido sin recargo de moras, transcurrido este
periodo, abonará las moras desde el primer día de vencimiento.
DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Art. 198º EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS se suscribe al momento de la matrícula o su
ratificación; este es el único documento que formaliza y regula el vínculo entre el padre de familia y el Colegio; en él se
encuentran comprendidos el cronograma del pago de pensiones, las características y condiciones del servicios y es
suscrito con manifiesta voluntad de las partes.
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Art. 199º Los padres de familia no podrán acumular más de dos meses de pensión sin pago, en este caso el Colegio citará
al deudor mediante CARTA NOTARIAL cuyo costo será asumido por el padre de familia. De no asistir a la citación, de no
lograrse ningún acuerdo o de incumplirse el mismo, se procederá a la resolución automática del Contrato. Las
evaluaciones de los Estudiantes cuyos padres de familia mantengan deudas por concepto de pensiones, serán retenidas
en el Departamento de Notas y no se consignarán en los Registros de Evaluación hasta la cancelación de lo adeudado.
Art. 200º El cumplimiento extemporáneo de las pensiones de estudios genera moras, intereses o penalidades
debidamente establecidos en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Art. 201º No es procedente la devolución de pagos por concepto de matrículas, inscripción, pensiones de enseñanza,
cuotas de ingreso, donaciones u otros efectuados al Colegio o a la Asociación de Padres de Familia en el acto de matrícula
o su ratificación en los casos que el ESTUDIANTE sea separado del Colegio o traslado a otro Centro Educativo.
Art. 202º El Colegio, tiene la facultad de retener o no incluir en los Registros Oficiales de Evaluación y de Información al
Padre de Familia la información de los resultados de evaluación y los certificados de estudios los periodos no pagados.
DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Art. 203º El CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS, se renovara o no será renovado en los siguientes
casos:
a) No concurrir a la I.E. cuando se le notifique por falta de pago de dos o más pensiones o cuando incumpla el
cronograma de refinanciación de la deuda por pensiones, moras y gastos legales y/o notariales.
b) Atentar contra la imagen institucional, la dignidad y buen nombre del personal de la Institución, de sus padres de
familia y Estudiantes, sea en medios públicos o privados, de difusión masiva o cualquier otra forma de
comunicación.
c)
Realizar reuniones fuera del Colegio sin autorización de la Dirección para tratar asuntos relacionados directa o
indirectamente con el Colegio. Sin perjuicio a la resolución del Contrato, los acuerdos, decisiones o acciones
adoptadas y las consecuencias en estas circunstancias no serán vinculantes con el C.E. y carecen de toda validez.
d) No acatar o respetar las medidas correctivas disciplinarias establecidas por el C.E. en el presente reglamento.
e) Interferir en asuntos técnico pedagógicos, administrativos y de personal que disponga la I.E.
f)
No haber cumplido con consignar información correcta en el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
EDUCATIVOS, en especial en lo referente a su identificación y domicilio, conforme a lo exigido en el presente
Reglamento
g) Haber observado reiterados atrasos en el pago de pensiones por más de dos meses consecutivos.
h) Haber observado un elevado record de amonestaciones o sanciones por medida disciplinaria, inasistencia o
reiteradas tardanzas injustificadas de sus hijas.
i)
No asistir a más de 2 reuniones de PP.FF.
Art. 204º La Resolución del Contrato no impide la culminación del año escolar de la estudiante; sin embargo, dará lugar a
la NO RATIFICACIÓN DE LA MATRÍCULA para el año siguiente, sin perjuicio de la facultad del COLEGIO de retener la
información de los resultados de evaluación y los certificados de los periodos no pagados.
Art. 205º Los gastos de operación del COLEGIO se cubren con los ingresos de las pensiones de enseñanza.
Art. 206º Los gastos derivados por el deterioro causado por usuarios del servicio educativo, serán cubiertos por quien los
origine.
Art. 207º En caso de eventualidades derivadas de ajustes por inflación o disposiciones de ley que afecten los gastos de
operación del Colegio o en situaciones de emergencia, la Directora gestionará, el reajuste pertinente de las pensiones ante
la Autoridad Educativa como cuota extraordinaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Ley de los Centros
Educativos Privados Nº 26549.
DE LA ORGANIZACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Art. 164.- La COMUNIDAD DE PADRES DE FAMILIA “COPAFA” en la única organización de padres de familia del COLEGIO,
las actividades que desarrolla deberán observar obligatoriamente, la axiología, principios, valores; y en especial, las
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disposiciones que emitan sus autoridades y las que se encuentran contenidas en el Reglamento Interno de la Institución.
Toda acción que contravenga lo establecido, no tiene validez.
Art. 166.- La “COPAFA” es parte de la organización interna de la Institución y está constituida por los padres de familia y/o
apoderados de las alumnas matriculadas en el plantel, siendo Apoderados las personas debidamente acreditadas
mediante Carta Poder presentada a la Dirección del Colegio.
Art. 168.- La COPAFA es un órgano de participación y apoyo a la consecución de los objetivos que plantea la Dirección del
Colegio, en acción directa o concertada con los demás integrantes de la comunidad educativa. Se organiza a partir de los
Comités de Aula.
Art. 169.- La COPAFA se rige por lo siguientes principios:
a) Corresponde a la Promotoría y a la Dirección del COLEGIO, establecer la organización, régimen económico y forma
de participación de los padres de familia en el proceso educativo, conforme a lo establecido en el presente
Reglamento.
b) La COPAFA se integra por todos los padres de familia cuyas hijas cursan estudios en el COLEGIO, su registro en el
padrón es automático y se formaliza con la matrícula en cada año académico.
c) La COPAFA se identifica y adecúa sus actividades a los principios axiológicos, valores, fines y objetivos de la
Institución.
d) La COPAFA como ente que alberga a todos los padres de familia, es un organismo de apoyo a la Institución; no es
deliberante, no tiene autonomía y sus actividades son propuestas por su Comité de Padres de Familia , en calidad
de presidentes de aula (COPAFA) y aprobada por la Dirección del Colegio para su ejecución.
Arequipa, abril del 2015.
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