Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo SUMARIO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 01 Declaración del Reglamento Art. 02 Política de la Empresa CAPITULO II OBJETIVOS Y METAS Art. 03 Objetivos Art. 04 Metas CAPITULO III RESPONSABILIDADES DE GERENCIA Art. 05 Responsabilidad de Gerencia Art. 06 Informe y Conducta del Empleado Art. 07 Responsabilidades y Sanciones. CAPITULO IV PROCEDIMIENTOS GENERALES DE SEGURIDAD Art. 08 Procedimientos de Inspección y Control Operativo Art. 09 Entrenamiento y Preparación de Trabajadores Art. 10 Documentación de Entrenamiento Art. 11 Procedimientos Para Corrección de Riesgos Art. 12 Investigación de Accidentes Art. 13 Procedimientos de Disciplina CAPITULO V SALUD E HIGIENE OCUPACIONAL Art. 14: Son obligaciones de Lopher.SAC: Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo CAPITULO VI PROGRAMA DE CONTINGENCIA Y RESPUESTA A EMERGENCIAS Art. 15 Preparación y Respuesta a Emergencias CAPITULO VII SISTEMA DE GESTION Art. 16 Monitoreo y Mejora Art. 17 Registros Y Control de Documentos Art. 18 Evaluación y Auditoria Art. 19 Revisión del Desempeño CAPITULO VIII MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Art. 20 Trabajos en Circuitos Eléctricos Art. 21 Protección para los Ojos y Rostro Art. 22 Vestimenta. Art. 23 Protección contra caídas. Art. 24 Protección para la Cabeza. Art. 25 Herramientas de mano Art. 26 Escaleras en General Art. 27 Herramientas de corte y de soldar. Art. 28 Manejo y almacenaje de material Art. 29 Uso y Mantenimiento de Vehículos Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo CAPITULO I GENERALIDADES Art. 01: Declaración Del Reglamento Nuestra gerencia ha tratado de desarrollar, poner en práctica y de dar a conocer entre sus trabajadores el desarrollo de una cultura de seguridad y salud, en la cual se aseguren comportamientos y hábitos de trabajo seguros. Esto sólo se logrará a través de un compromiso activo y continuo de la dirección, quien, a través de su comportamiento habitual y su práctica de gestión, comunique y documente de forma eficaz las ideas y acciones derivadas de la política establecida es por eso que nos sentimos gustosos de poder formar parte de este nuevos cambios y retos en cuanto a la prevención de riesgos y políticas de seguridad refieren. Las normas de la Empresa LOPHER SAC son: Todos los miembros de la empresa estarán implicados en actividades preventivas para evitar daños personales y materiales, de acuerdo con las funciones establecidas al respecto. Se dispondrá de los recursos y procedimientos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades preventivas. Cualquier modificación o cambio sustancial que pueda afectar a las condiciones del puesto de trabajo será consultado a los trabajadores. El personal con mando realizará obligatoriamente actividades preventivas básicas tales como investigación de accidentes / incidentes, revisiones y observaciones periódicas de los lugares de trabajo y elaboración y revisión de procedimientos de trabajo, además de otras actividades que específicamente se le encomienden. Se dispondrá de un plan de capacitación y entrenamiento de los empleados en las tareas que realicen. A tal efecto, se desarrollará una formación inicial para toda persona que se incorpore a un puesto de trabajo y una formación continua que permita realizar en todo momento las tareas de forma correcta. Esperando que el cambio sea en forma conjunta gerente – trabajador le instamos a que coopere. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Art. 02: Política de la Empresa Con el objeto de alcanzar los niveles más altos de Seguridad y Salud declaramos los siguientes principios básicos de nuestra política: Estamos al servicio de nuestros clientes, comprometidos con la sociedad, la salud de nuestros trabajadores, respetando el marco legal y normativo establecido para cada caso. Asumimos la necesidad de una mejora continua en la calidad de nuestros servicios, de nuestros procesos y de nuestras condiciones de trabajo. Ello lo logramos con el trabajo bien hecho a la primera y asegurando que ninguna tarea sea realizada sin las debidas medidas de seguridad. Los accidentes de trabajo o cualquier lesión generada en el mismo son fundamentalmente fallos de gestión y por tanto son evitables mediante una gestión adecuada que permita adoptar las medidas para la identificación, evaluación y control de los posibles riesgos Las personas constituyen el valor más importante que garantiza nuestro futuro. Por ello deben estar cualificadas e identificadas con los objetivos de nuestra organización y sus opiniones han de ser consideradas. 1. Establecer y documentar los principios y objetivos de Prevención de Riesgos Laborales. 2. Establecer la estructura organizativa necesaria y obligatoria para la realización de las actividades preventivas. 3. Nueva orientación para el trabajador incluyendo una plática sobre las pólizas y procedimientos de seguridad y la salud. 4. Revisión de nuestro Programa para prevenir Lesiones, Enfermedades y Accidentes. 5. Designar una persona en materia de Seguridad y Salud, en calidad de staff de la Dirección, que coordine y controle las actuaciones y mantenga informada a la organización de lo más significativo en esta materia. Se contratará a un servicio de prevención externo para la realización de prestaciones cuando sea necesario por carencia de medios propios o porque la reglamentación lo establezca (realización de mediciones). Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 6. Establecer las competencias y las interrelaciones de cada departamento en materia de prevención de riesgos laborales. 7. Aprobar los procedimientos de las diferentes actividades preventivas y las instrucciones de trabajo. 8. Asignarlos recursos necesarios, tanto humanos como materiales, para conseguir los objetivos establecidos. 9. Promover y participar en reuniones periódicas para analizar y discutir temas de seguridad y salud, y procurar tratar también estos temas en las reuniones normales de trabajo. 10. Visitar periódicamente los lugares de trabajo para poder estimular comportamientos eficientes, detectar deficiencias y trasladar interés por su solución. 11. Realizar periódicamente auditorias y revisiones de la política, organización y actividades de la empresa, revisando los resultados de la misma. 12. Mostrar interés por los accidentes laborales acaecidos y por las medidas adoptadas para evitar su repetición. 13. Consultar a los trabajadores en la adopción de decisiones que puedan afectar a la seguridad, salud y condiciones de trabajo. Para llevar a cabo estos principios, se asumen los siguientes compromisos: Todo el personal con mando asegura unas correctas condiciones de los trabajadores a su cargo. Para ello, muestra interés y da ejemplo como parte de su función. La empresa promueve y establece los medios necesarios para que la comunicación de deficiencias y/o sugerencias de mejora sean analizadas y, de ser posible, aplicadas. El espíritu de innovación y de mejora continua es fundamental para el futuro de nuestra empresa. Establecemos cauces de intercambio de información y de cooperación entre nuestro personal y también con nuestros clientes y proveedores para mejorar Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo continuamente el modo de seleccionar nuestros suministros, de realizar nuestro trabajo, de elaborar nuestros productos y de prestar nuestros servicios. Informamos y formamos a los trabajadores sobre los riesgos inherentes a su trabajo, así como de los medios y las medidas a adoptar para su prevención. Para ello, disponemos de los procedimientos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades preventivas. Analizamos todos los accidentes con potencial de daño e iniciamos su corrección de inmediato. Nuestra empresa asume lo expuesto anteriormente como garantía de pervivencia y crecimiento de la misma. CAPITULO II OBJETIVOS Y METAS Art. 03: Objetivos: - Ser una empresa líder, moderna y altamente competitiva en el mercado, a fin de enfrentar los permanentes cambios experimentados en el sector de servicios eléctricos, basándose en la innovación y la satisfacción de nuestros clientes con servicios de alta calidad. - Establecer criterios y métodos para la corrección de eventos estándares y sub-estándares, de manera que se puedan mitigar y responder eficientemente ante cualquier hecho que involucre peligro para la Seguridad y Salud de nuestros trabajadores. Art. 04: Metas: - Desarrollar con eficiencia y seguridad todas nuestras actividades para lograr un crecimiento sostenido, razonable que permita maximizar eficazmente nuestra gestión en beneficio de las diferentes personas vinculadas a la empresa como son los trabajadores, clientes, colaboradores y la comunidad en que actúa. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo - Proveer de un medio de trabajo seguro a nuestros trabajadores en concordancia con sus cargos y labores de trabajo. - Lograr mejores actitudes de nuestros trabajadores que sean concientes y consecuentes de sus métodos utilizados en la realización de sus labores cotidianas. CAPITULO III RESPONSABILIDADES DE GERENCIA Art. 05: Responsabilidades de Gerencia Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo es por ello la gerencia de la empresa tiene la obligación de proteger a sus trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo. Son obligaciones de la gerencia de la Empresa: a. Llevar a cavo eventos de capacitación en seguridad que permitan al personal actualizarse y reducir riesgos de trabajo. b. Promover el espíritu de competencia y responsabilidad entre todos los trabajadores. c. Cumplir y promover el cumplimiento de las políticas de Seguridad y Salud Ocupacional establecidas por el Estado. d. El incentivar la practica de buenas costumbres, el compañerismo y el trabajo en equipo indispensables en toda empresa. e. Velar por el estricto cumplimiento de las normas y políticas establecidas por el estado en lo que a seguridad y salud ocupacional se refiere. f. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento de Gestión Interna de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como también de las normas y directivas en materia de seguridad existentes. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo g. Propiciar y hacer que se cumpla lo dispuesto en las disposiciones del Ministerio de Trabajo y normatividad interna de LUZ DEL SUR S.A.A... h. Promover la ejecución del Programa Anual de Seguridad e Higiene Ocupacional de aplicación en la Empresa. i. Brindar y equipar al trabajador con equipos e implementos de seguridad que resguarden su integridad física contra aquellos riesgos propios de su labor. j. Establecer programas de compra y mantenimiento de máquinas, herramientas, equipos en la empresa. k. El promover la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo n que puedan ser alcanzadas por el o los responsables de Seguridad en la Empresa. l. El organizar la practica de exámenes médicos de todo el personal al inicio y termino de contrato según lo indicado en la presente norma. m. Brindar las facilidades para la capacitación y entrenamiento adecuado del personal en materia de Seguridad y riesgos ocupacionales. n. Adoptar las medidas necesarias y oportunas para cumplir las recomendaciones los Comités Internos de Seguridad. o. Asegurar la entrega del Reglamento de Gestión Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo a cada trabajador de la Empresa. p. Otorgar y mantener actualizadas las aportaciones por concepto SCTR, del personal a su cargo y en concordancia con las leyes. q. El incentivar al personal mediante premios como respuesta a su desempeño, buen rendimiento y actitud de seguridad que se muestre durante el inicio y termino de sus labores diarias. Art. 06: Informe y Conducta del Empleado Es responsabilidad los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones y políticas de nuestra empresa LOPHER SAC., el tener una conducta correcta dentro y fuera de la empresa que permita propiciar y generar un clima de seguridad y responsabilidad, para lo cual deberán en particular: Conocer y cumplir toda la normativa, procedimientos e instrucciones que afecten a su trabajo, en particular a las medidas de prevención y protección. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Pasar por un examen médico ocupacional inicial y anual determinado por la Empresa, en cumplimiento de lo estipulado D.S. 005 – 2012 T.R, para establecer la aptitud del trabajador con relación a las actividades que desarrolla. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados. Comunicar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención, y, en su caso, al servicio de prevención acerca de cualquier situación que considere pueda presentar un riesgo para la seguridad y salud. Escoger voluntariamente al o los responsables para su representabilidad en la conformación del Comité Interno de Seguridad. Saber y comprender las reglas y normas establecidas en el programa de seguridad. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. Cooperar con sus mandos directos para poder garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. Mantener limpio y ordenado su entorno de trabajo, localizando los equipos y materiales en los lugares asignados. Sugerir las medidas que considere oportunas en su ámbito de trabajo para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo. Velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. Todos los trabajadores deberán comprobar y velar por el buen estado de los sistemas de seguridad de las máquinas y equipos que utilicen en su trabajo, así como de mantener su zona de trabajo ordenada y limpia. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de riesgos. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. El tener los conocimientos básicos y necesarios de las normas y reglas establecidas en el programa de seguridad. Art. 07: Responsabilidades y sanciones: La prevención es responsabilidad de todos. Informe del Empleado: Estará basado en la comunicación y confianza que ofrezca todo empleado a la empresa y al supervisor de seguridad para que de a conocer sus inquietudes, riesgos, peligros y procedimientos de trabajo que no se estén ejecutando correctamente y que por tanto impliquen una violación de las normas de seguridad. Mandos directos: son los responsables de informar a los trabajadores a su cargo sobre los riesgos para la seguridad y la salud laboral. Coordinador de prevención: es el responsable de asesorar e indicar a los mandos intermedios qué aspectos de seguridad y salud deben ser transmitidos a los trabajadores. En su caso, deberá cuidar de informar a todos los trabajadores, en especial a los de nuevo ingreso, de los riesgos generales del centro de trabajo y de las normas establecidas. Delegado de prevención: como representante deberá velar porque todos los trabajadores estén informados adecuadamente en materia de prevención de riesgos laborales. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo CAPITULO IV PROCEDIMIENTOS GENERALES DE SEGURIDAD Art. 08: Procedimientos de Inspección y Control operativo La inspección es uno de los mejores instrumentos disponibles para descubrir los problemas y evaluar sus riesgos antes que ocurran los accidentes y otras perdidas. Un programa de inspecciones bien dirigido, puede llegar a cumplir metas como las siguientes: EI supervisor de seguridad debe tener la capacidad de poder identificar las posibles Deficiencias que se puedan estar presentando en ciertos equipos de trabajo. Los supervisores deberán cerciorarse mediante revisiones e inspecciones de seguridad de que las instalaciones, equipos y entorno de las áreas bajo su cargo cumplen con los requisitos necesarios para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores. También se encargara de realizar controles de orden y limpieza de sus secciones según procedimiento establecido. El supervisor de seguridad de las diferentes unidades funcionales deberán comprobar que las revisiones e inspecciones se efectúan correctamente y en el plazo establecido. Asimismo, deberán archivar los resultados de dichas revisiones e inspecciones y tomar las medidas correctoras pertinentes. También son los encargados de cumplimentar y mantener actualizadas las tarjetas de registro de partes críticas. El supervisor de seguridad estará a cargo de llevar a cabo inspecciones programadas a todas las áreas ya que esto permitirá Identificar acciones Inapropiadas de los Trabajadores. Identificar el Efecto que Producen los Cambios. Identificar las Deficiencias de las Acciones Correctivas. Entregar una Auto evaluación de la Gerencia. El supervisor adoptará medidas correctivas que puedan ser aplicadas de forma inmediatamente mientras dure su inspección; teniendo este ultimo la facultad de poder sancionar por actos o condiciones inseguras que incurran los trabajadores. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo El Supervisores de cada área son los responsables de de la seguridad de sus trabajadores es por ello que tiene la autoridad de detener y retirar cualquier equipo, herramienta o implemento de protección; que pueda representar un peligro o amenaza a sus trabajadores. Art. 09: Entrenamiento de los Trabajadores El entrenamiento que sea brindado por Empresa LOPHER SAC. Deberá estar guiado a beneficiar al personal en mejorar su técnica, actitud y moral; lo cual permita formar e implantar una cultura de seguridad entre todos nuestros trabajadores para beneficio ellos y de la empresa en estricto cumplimiento de las normas y del programa de seguridad. Además de acuerdo a las necesidades y deficiencias que se puedan evidenciar mediante el resultado de inspecciones y evaluaciones que lleve a cavo el supervisor de seguridad es como se determinara la elaboración de un programa de entrenamiento debidamente calendarizado, con las actividades que se van a realizar y al grupo de personas que va abarcar. Estos programas se deben cumplir durante todo el año y con una evaluación del personal que participa. Todo entrenamiento se ejecutará: Cuando el empleado es nuevo y necesite orientación. Cuando el empleado sea asignado a nuevas labores para las cuales el empleado no haya tenido previo entrenamiento. Cuando se introduzcan en el área de trabajo nuevos procedimientos o equipos que evidencien nuevos riesgos. Art. 10: Documentación del entrenamiento Todo entrenamiento llevado a cavo por la Empresa deberá ser documentado y registrado por algún medio; se requiere que aquellos empleados que hayan recibido entrenamiento firmen el documento su asistencia y entendimiento que establezca el respaldo de una buena sesión de entrenamiento. Se considerarán también las asistencias a eventos que organicen diferentes instituciones o empresas. Toda esta información será ingresada al Sistema de Gestión de Seguridad implantado por la Empresa. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Art. 11: Procedimientos para Corrección de Riesgos Una de las políticas internas de nuestra empresa para poder llevar a cavo la corrección de riesgos es poder identificar y evaluar los riesgos para lo cual se hace planificar las actividades preventivas para su debido control y obtención de mejores resultados para nuestra empresa, entre las cuales podríamos hacer mención: a. El supervisor debe establecer objetivos y plazos así como medios y estrategias que le permitan Priorizar las medidas de protección colectiva frente a las de protección individual y utilizando las normas y la señalización complementarias cuando sea necesario. b. La gerencia por intermedio del supervisor serán los encargados de brindar información y formación sobre los riesgos a que están expuestos los trabajadores y sobre las medidas y actividades de prevención y protección aplicables en la empresa como una medida de poder corregir posibles riesgos. c. En cuanto a la formación, los trabajadores deberán recibir una formación suficiente en materia de prevención, tanto en el momento de su contratación como cuando se produzcan cambios que afecten a las funciones que llevan a cabo en la empresa o a las tecnologías o equipos con los que trabajan. La formación deberá ser planificada como resultado de la evaluación de riesgos y estará basada en los procedimientos de trabajo establecidos. Esta formación se impartirá de forma continuada y siempre que sea posible con medios y personal propios (trabajadores con más experiencia, mandos directos, etc.) y se realizará siempre que sea posible dentro de la jornada laboral, o en su defecto en otras horas, pero con reducción del tiempo dedicado a la misma. d. El supervisor de seguridad en coordinación con los supervisores de cada área Deberán establecerse una serie de actividades para el control de los riesgos existentes o previsibles. Esto conlleva el seguimiento y revisión de aspectos clave para asegurar que las medidas preventivas establecidas son eficaces en el tiempo (inspecciones periódicas, mantenimiento; la vigilancia de la salud es a su vez una actividad preventiva de control esencial). e. Los accidentes de trabajo o cualquier lesión generada en el mismo son fundamentalmente fallos de gestión y por tanto son evitables mediante una Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo gestión adecuada que permita adoptar las medidas para la identificación, evaluación y control de los posibles riesgos f. El supervisor de seguridad y los supervisores de cada área en forma conjunta llevaran una relación de todas las situaciones relacionadas con la seguridad y condiciones sub estándares detectadas en campo para su posterior evaluación y mitigación. Art. 12: Investigación de Accidentes Cada vez que ocurra un accidente no olvide reflexionar sobre las posibilidades que tiene de poder sacarle provecho a estas circunstancias. De una investigación efectiva se puede lograr varias cosas: 1.- Descripción del acontecimiento. Una investigación exhaustiva permite generalmente llegar aclarar evidencias contrapuestas lo cual hace posible establecer con precisión lo que exactamente aconteció. 2.- Identificación de las causas reales. Es un hecho lamentable comprobar que gran porcentaje de las investigaciones son tan superficiales que se tornan inútiles. Como las causas reales no se llegar a determinar nunca los beneficios que se obtienen del tiempo invertido en esta actividad son prácticamente nulos. 3.- Determinación de los Riesgos. Las investigaciones efectivas pueden proporcionar las bases para predecir la probabilidad de ocurrencia y el potencial de perdida grave, considerando dos factores críticos para determinar el monto de tiempo y dinero que se invertirá en las acciones correctivas. 4.- Desarrollo de los controles. Los controles adecuados para minimizar o eliminar un problema solo pueden provenir de una investigación efectiva que haya resuelto el problema. De otra manera, el problema crecerá una y otra vez pero con síntomas diferentes. 5- Identificación de la Tendencias. Pocos accidentes corresponden a acontecimientos realmente aislados. Cuando se realiza un número significativo de buenos informes se hace posible identificar las tendencias que se evidencias lo cual permite tratarla adecuadamente. 6.- Demostración de interés. Los accidentes le dan a las personas una imagen vivida de los peligros que amenazan su bienestar. Una investigación Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo oportuna y objetiva en pleno desarrollo brinda seguridad al personal. Las investigaciones bien realizadas contribuyen a un clima laboral positivo entre los trabajadores. Se investigarán y registrarán: Todos los accidentes que hayan causado un daño para los trabajadores. Todos los accidentes con pérdidas materiales significativas o que impliquen paro de proceso. Los accidentes/ incidentes que, potencialmente o cambiando alguna condición, podrían haber tenido consecuencias graves, tales como de incendios, caídas libres, electrocuciones, etc. Los accidentes deberán ser investigados inmediatamente después de que ocurran. El supervisor principal conducirá la mayoría de las investigaciones. Accidentes que resulten en graves o mortales deberán ser investigados por el Ingeniero Supervisor de seguridad y por miembros de gerencia. Se comunicarán y presentarán los informes respectivos de los accidentes e incidentes relevantes en cumplimiento con lo dispuesto por OSINERGMIN. Otros que, a juicio del mando directo, sea conveniente investigar. Art. 13: Procedimientos de Disciplina La observancia de los procedimientos de disciplina laboral que se deben guardar en la empresa LOPHER S.A.C. es de obligación individual y colectiva de todos los trabajadores sin excepción por cuanto constituye un elemento esencial para la consecuencia de los objetivos económicos y sociales en que se desempeñen los trabajadores; es por ello que consideramos violación de los procedimientos de disciplina a los actos y conductas siguientes: a) La infracción del horario de trabajo; b) La ausencia injustificada; c) La falta de respeto a superiores, compañeros de trabajo o terceras personas en la entidad. d) La desobediencia. e) La negligencia; Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo f) Las violaciones de las disposiciones reglamentarias de Seguridad y salud llevadas a cavo en la empresa. h) La pérdida, sustracción o apropiación mediante engaños de bienes o valores de propiedad del centro de trabajo o de terceros. i) Cometer hechos o incurrir en conductas que puedan ser constitutivas de delito en la entidad laboral o en ocasiones del desempeño del trabajo. j) La inobservancia de los reglamentos disciplinarios vigentes en las la entidad laboral. k) El incumplimiento injustificado por parte del trabajador de los deberes que la legislación sobre protección y salud del trabajo establece. Teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción cometida, las circunstancias concurrentes, las condiciones personales del infractor, su historia laboral, su conducta actual, la gravedad de los hechos y los perjuicios causados, puede aplicarse una de las medidas disciplinarias siguientes: a) Amonestación privada o pública. b) Traslado temporal a otra plaza de menor remuneración calificación. c) Traslado a otra plaza con pérdida de la que ocupaba el trabajador. d) Separación definitiva de la entidad. CAPITULO V SALUD E HIGIENE OCUPACIONAL Art. 14: Son obligaciones de LOPHER SAC: a. Programar anualmente, el examen medico ocupacional de carácter obligatorio para todos los trabajadores de la Empresa. b. Analizar, actualizar e identificar nuevos riesgos que pudiesen afectar la Salud y bienestar de los trabajadores. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo CAPITULO VI PROGRAMA DE CONTINGENCIA Y RESPUESTA EMERGENCIA Art. 15: Preparación y Respuesta de Emergencias Las situaciones de emergencia se producen esporádica e infrecuentemente. Este hecho representa una dificultad añadida para mantener alerta y preparada la organización. Para responder con eficacia e inmediatez es preciso comprobar periódicamente la operatividad de los equipos humanos y materiales, mediante ejercicios y simulacros. Corresponde al supervisor de seguridad la fijación del desarrollo de operaciones concretas y simulacros, así como las directrices de su realización. Dicha preparación tendrá la siguiente estructura: - Identificación de situaciones de emergencia. - Medidas de Prevención. - Capacitación y Simulacros. - Planes de acción. De manera específica se procederá a los programas y acciones elaborados por la Empresa; tales como: - Constitución y organización de las brigadas de Emergencia. - La realización del programa de mantenimiento e inspección de las instalaciones peligrosas y de los medios de prevención y protección (detección, alarma y extinción), así como de los de primeros auxilios (botiquín,…) - La correcta selección, formación y adiestramiento de los componentes de los equipos de intervención previstos en el Plan de Emergencia. - La realización de simulacros que permitan comprobar la adecuación del Plan de Emergencia, así como habituar a los componentes a evacuar el edificio. - La correcta difusión del Plan de Emergencia mediante información tanto al personal de la propia empresa como a los visitantes y usuarios de la misma. - La correcta señalización de evacuación. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo - La investigación de siniestros, con el fin de determinar las causas que posibilitaron su origen, propagación y consecuencias, analizar el comportamiento de las personas y los equipos de emergencia y adoptar las medidas correctoras necesarias. - Se debe simplificar al máximo la extensión del Plan de Emergencia de manera que sea fácil su consulta y lectura, resaltando los puntos importantes. CAPITULO VII SISTEMA DE GESTION Art. 16: Monitoreo y Mejora Se monitoreará los indicadores del desempeño, los controles, el progreso de los objetivos y metas, los procedimientos y mejoras a los programas de prevención laboral que permitan a la Empresa y al Sistema implantado controlar su Propio Desempeño a través del tiempo. Se revisarán los registros sobre el desempeño de la Empresa, con el fin de cerciorarse sobre la eficacia o carencia de las acciones correctivas o preventivas que contribuya a la mejora del Sistema de Gestión de Seguridad y tomar acciones para prevenir su ocurrencia. Se considerarán las opiniones, dudas, consultas y propuestas de los participantes en los comités internos de Seguridad que contribuyan al perfeccionamiento del sistema. Art. 17: Registro y Control de Documentos Mediante este procedimiento se ofrece de forma sintetizada el conjunto de documentos que deberían conformar el sistema de prevención de riesgos laborales de una organización, el cual, además de cumplir lo dispuesto en la materia, ha de facilitar un aceptable diseño e implantación del mismo. Por otro lado cave mencionar que los documentos deben de ser capaces que recogen todos los resultados de las actividades preventivas. El diseño de estos documentos debe ser sencillo y con informaciones básicas de medición, para poder ser revisados periódicamente y facilitar el autocontrol y la toma de decisiones, base del éxito de toda planificación preventiva. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Para ello y en cumplimiento de las disposiciones dispuestas en el Art.17 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado por el Estado Peruano y gestión Interna se llevarán los registros respectivos; respetando el derecho a la confidencialidad, siendo estos: - Registro de Accidentes y enfermedades ocupacionales. - Registro de exámenes médicos. - Registro de investigaciones y medidas correctivas adoptadas en cada caso. - Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de riesgo ergonómicos. - Registro de inspecciones y evaluaciones de salud y seguridad. - Estadísticas de seguridad y salud. - Registro de incidentes y sucesos peligrosos. - Registro de equipos de seguridad o emergencia. - Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencias. - Registro de los indicadores de Gestión S.S. Interna de la Empresa. - Libro Especial de Observaciones. - Otro documento necesario para la implementación del Sistema de Gestión Interno que se crea conveniente insertar. Serán validas como control de los registros la documentación impresa, digitalizada o magnética. Que pueda asegurar su identificación y disponibilidad, monitoreo, control, mejora y revisión del Sistema de Gestión en función de los objetivos, metas, programas y adecuaciones que estén al alcance de las personas o instituciones que la soliciten; guardando el grado de confidencialidad sea el caso. Art. 18: Evaluación y Auditoria El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en cumplimiento con lo establecido en el D.S. Nº 005–2012 TR y por medio de sus inspectores será el primer ente calificador del fiel cumplimiento del Sistema de Gestión implantado en la Empresa. El Ingeniero Supervisor de Seguridad responsable será el intermediario para dar a conocer todos los alcances que requiera el inspector. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo La coordinación de la Gerencia, evaluará la condición para hacer al Sistema de Gestión implementado en la Empresa. Art. 19: Revisión Del Desempeño La gerencia a creído conveniente establecer procedimientos que permitan observar y analizar las actuaciones de los trabajadores en el desempeño de sus funciones para así asegurar que el trabajo se realice de forma segura y de acuerdo con lo establecido. Con el fin de incorporar las correcciones y/o mejoras que se estimen oportunas y adecuadas, especialmente en materia de formación e instrucciones y normas de trabajo; cabe indicar que por medio de observación planeada del trabajo se controla, fundamentalmente, el cumplimiento de las instrucciones de trabajo y la efectividad de la formación en la realización de tareas, que nos permiten evaluar el desempeño de nuestro personal. CAPITULO VIII MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Art. 20: Trabajos en circuitos eléctricos a. Ninguna reparación o modificación podrá llevarse a cabo sobre los equipos con tensión. b. No obstante lo indicado en el párrafo anterior, si se requiere hacer ajustes, pruebas y calibraciones – mientras el equipo esté con tensión – se tomará todas las precauciones necesarias para que estas operaciones se realicen en forma segura. c. Todo trabajo en circuitos o equipos energizados requiere de normas y procedimientos específicos. d. Los trabajadores deberán conocer perfectamente los procedimientos de seguridad para su aplicación. f. Todo trabajo en una instalación eléctrica, o en su proximidad, que con lleve un riesgo eléctrico deberá efectuarse sin tensión, salvo en los casos en donde existan métodos comprobados que garanticen realizar estas tareas con las máximas medidas de seguridad requeridas. g. Una vez identificados la zona y los elementos de la instalación donde se va a realizar el trabajo, y salvo que existan razones esenciales para hacerlo de Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo otra forma, se seguirá el proceso que se describe a continuación y que se desarrolla secuencialmente en cinco etapas: 1ª Desconectar. 2ª Prevenir cualquier posible realimentación. 3ª Verificar la ausencia de tensión. 4ª Poner a tierra y en cortocircuito. 5ª Proteger frente a elementos próximos en tensión, en su caso, y establecer una señalización de seguridad para delimitar la zona de trabajo. Hasta que no se hayan completado las cinco etapas no podrá autorizarse el inicio del trabajo sin tensión y se considerará en tensión la parte de la instalación afectada. Sin embargo, para establecer la señalización de seguridad indicada en la quinta etapa podrá considerarse que la instalación está sin tensión si se han completado las cuatro etapas anteriores y no pueden invadirse zonas de peligro de elementos próximos en tensión. h. La reposición de la tensión sólo comenzará, una vez finalizado el trabajo, después de que se hayan retirado todos los trabajadores que no resulten indispensables y que se hayan recogido de la zona de trabajo las herramientas y equipos utilizados. El proceso de reposición de la tensión comprenderá: 1° La retirada, si las hubiera, de las protecciones adicionales y de la señalización que indica los límites de la zona de trabajo. 2º La retirada, si la hubiera, de la puesta a tierra y en cortocircuito. 3º El desbloqueo de los dispositivos de corte. 4º El cierre de los circuitos para reponer la tensión. Desde el momento en que se suprima una de las medidas inicialmente adoptadas para realizar el trabajo sin tensión en condiciones de seguridad, se considerará con tensión la parte de la instalación afectada. i. Todo trabajo en altura será efectuado por personal especializado, equipado y supervisado. j. Los ambientes, zonas o áreas donde existan equipos e instalaciones eléctricas con tensión, deberán permanecer protegidas, cerradas y adecuadamente señalizadas a fin de prevenir y advertir los riesgos existentes. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo k. Queda prohibido el ingreso de personas ajenas a las instalaciones o áreas energizadas, pudiendo ingresar a estas áreas solo personal autorizado. Art. 21: Protección para los ojos y rostro Deberá usarse una protección adecuada para los ojos y rostro cuando un empleado se encuentra en las siguientes actividades de trabajo, o cuando la directiva relacionada a este tema de la empresa lo exija: a. Perforando o cortando piedra, ladrillos, concreto, revestimiento de tuberías o metal. b. Esmerilando, pulido o cepillado de alambre, cajas, etc. c. Soldando, cortando o calentando con equipo oxiacetileno (deberán usarse lentes oscuros debidamente aprobados). d. Utilizando herramientas eléctricas tales como taladros, amoladores, entre otros. e. Desprendimiento de partículas volantes causadas por otros trabajadores, si el empleado se encuentra dentro del alcance de tales partículas (se podrá usar una pantalla o criba de protección adaptada alrededor del área de trabajo). f. Cualquier otro peligro de daño para los ojos o por las indicaciones de un supervisor o capataz. g. Se deberán usar gafas de seguridad cuando exista la posibilidad de un desperfecto eléctrico en cualquier momento. h. Utilizando herramientas eléctricas. Art. 22: Vestimenta a. Todos los trabajadores de la Empresa deberán usar siempre ropa y zapatos adecuados al tipo de trabajo particular que están realizando. b. El personal de la división servicios, usará uniforme y zapatos dieléctricos como uniforme de trabajo. c. Deberá usarse ropa (de preferencia de material no sintético, 100% algodón al menos 11 onzas por yarda, grueso sencillo) y un casco de seguridad dieléctrico cuando se trabaja cerca de partes vivas, donde existe la Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo posibilidad de un arco eléctrico. No se puede usar ropa hecha de acetato, poliéster, nylon o rayón (ya sea sencillo o en doblados), a menos que haya sido tratada debidamente o si se usa de tal manera que se evite cualquier peligro. d. Está terminantemente prohibido el uso de cadenas, aros, pulseras o algún tipo de alhajas metálicas durante la realización de las labores, más aun si estas se realizaran en circuitos energizados. e. Cada empleado deberá usar guantes apropiados para el trabajo que desempeña. No deben usarse guantes protectores de hule como guantes de trabajo. f. No deben usarse anillos y joyería innecesaria mientras se sube o se baja de estructura o vehículos, o mientras se realiza cualquier tarea donde un anillo puede quedar atrapado o enganchado en un elemento saliente. Los anillos y relojes de pulsera con caja metálica y relojes de banda no deben usarse mientras se trabaja con equipo energizado o cerca de líneas energizadas. Art. 23: Protección contra caídas a. Cuando un empleado está expuesto a una caída de más de 1.20 metro de altura (4 pies) y no son prácticas las medidas de protección tales como plataformas protectoras, guardarrieles y redes, el empleado deberá protegerse utilizando un equipo contra caídas o dispositivos de posicionamiento tales como cinturones de seguridad, arneses de cuerpo o correas de seguridad y agarraderas. Cuando se seleccionan equipos contra caídas o dispositivos de posicionamiento, se debe dar consideración al tipo de trabajo a ser ejecutado y a los límites de carga de impacto en el cuerpo del que lo usa en caso de una caída libre. b. Los trabajadores deben instalar el equipo contra caídas de tal manera que no caigan o contacten cualquier objeto bajo a más de 1.83 metros (6 pies) de altura. Cuando se usan los dispositivos de posicionamiento, éstos deben ser instalados para limitar una caída libre a 60 centímetros (2 pies). Los puntos de anclaje para los equipos contra caídas y dispositivos de posicionamiento deben ser capaces de soportar una carga de impacto y estar colocados arriba del cinturón de seguridad del empleado o puntos de unión de los arneses. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo c. Los cinturones de seguridad deben usarse ajustados justo arriba de las caderas del empleado. d. Los trabajadores deberán evitar el uso de las siguientes conexiones de gancho de mosquetón de correas de seguridad para eliminar la posibilidad de un desenganche accidental. i. Ganchos de mosquetón sin seguros ii. Dos (o más) ganchos de mosquetón conectados a un anillo D. iii. Dos ganchos de mosquetón conectados uno con otro iv. Un gancho de mosquetón conectado en su misma correa de seguridad v. Dimensiones no adecuadas de un anillo D, soporte u otra conexión a la dimensión del gancho de mosquetón. e. Cada empleado deberá estar protegido por una correa de seguridad separada cuando se usan líneas de seguridad vertical. La línea de seguridad deberá estar debidamente lastrada en el suelo y terminada para impedir que un dispositivo como una agarradera se suelte de ella. f. Las líneas de seguridad horizontales deberán estar limitadas a dos personas a la vez entre apoyos. g. Antes de cada uso, el empleado deberá inspeccionar visualmente todo el equipo contra caídas y dispositivos de posicionamiento para detectar cortes, quebradas, desgarres o abrasiones, estiramientos indebidos, deterioro en general, moho o manchas de humedad, defectos operacionales, daños por calor, ácido u otra corrosión. El equipo que muestre cualquier defecto debe ser puesto fuera de servicio. h. Todo equipo contra caídas y dispositivos de posicionamiento sujetos a impactos causados por una caída libre o por pruebas deberán ser puestos fuera de servicio. i. Los trabajadores deben guardar todo el equipo contra caídas y dispositivos de posicionamiento en un lugar seco y fresco, el cual no debe estar expuesto a la luz directa del sol. j. Los trabajadores no deben utilizar el equipo contra caídas o dispositivos de posicionamientos hasta que hayan sido debidamente capacitados para su uso. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo El equipo contra caídas deberá usarse en postes por trabajadores calificados cuando existe la presencia de condiciones tales como hielo, vientos fuertes, diseño de la estructura (sin guardamanos) que podrían causar que el empleado pierda su posición o equilibrio. Art. 24: Protección para la Cabeza a. Todos los trabajadores deberán usar un equipo aprobado de seguridad para la cabeza en áreas donde caen objetos, existe contacto eléctrico u otros riesgos que puedan causar una lesión en la cabeza y donde lo requiera la política de la Empresa. b. El equipo de seguridad para la cabeza, o conjunto de banda para la cabeza, no deberá deformarse o alterarse en ninguna manera, sin previa autorización. c. Los equipos de seguridad para la cabeza, no deben de ser usados con otro fin que no sea el de protección contra impactos por elementos extraños u impactos eléctricos. Art. 25: Herramientas de Mano (Manuales) a. Todas las herramientas, sin importar su dueño, deberán ser del tipo apropiado, aprobadas por la empresa y mantenerse en buenas condiciones. (Las herramientas están sujetas a inspección en cualquier momento. Los supervisores tienen la autoridad y responsabilidad de confiscar herramientas inservibles, sin importar su dueño). b. Las herramientas defectuosas deben ser etiquetadas para evitar su uso o deberán sacarse del sitio de trabajo. c. Los trabajadores deberán usar siempre la herramienta adecuada para el trabajo específico a realizar. Las herramientas improvisadas o sustitutas deberán usarse solamente con la autorización correspondiente y bajo supervisión. d. Martillos con mango de metal, destornilladores o cuchillos con mangos de metal, así como también cintas metálicas o varillas metálicas de medición no deberán usarse en o cerca de circuitos y equipo eléctrico energizados. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo e. Las herramientas no deberán tirarse de un lugar a otro, o de una persona a otra. Las herramientas que necesiten ser levantadas o bajadas de una elevación a otra deberán colocarse en cubetas de herramientas o amarrarse firmemente a mensajeros (líneas de guía). f. Las herramientas que sean usadas en trabajos en altura deberán ser desplazadas en carteras especialmente diseñadas para tal fin. g. Nunca deberán colocarse herramientas en lugares inseguros o elevados. h. Cuando las herramientas de impacto tales como cinceles, punzones, barras alienadoras, etc. se agrietan o quiebran, deberán esmerilarse, repararse o reemplazarse antes de usarse. i. Los cinceles, taladros, punzones, varillas a tierra y tuberías deberán mantenerse con grapas, agarraderas o alicates apropiados (no con las manos) cuando están siendo golpeados por otro empleado. j. No deberá usarse una tubería para extender el mango de una llave de tuercas como brazo de palanca adicional, a menos que la llave de tuercas haya sido diseñada para tal uso. k. Las herramientas deberán usarse solamente para los propósitos para los cuales fueron aprobadas. l. Las herramientas con puntas deberán guardarse y manejarse de tal manera que no causen alguna lesión o daño. “No deberán ser llevadas en los bolsillos”. m. Deberán reemplazarse los mangos de madera que están flojos, quebrados o astillados. El mango no deberá amarrarse con cinta adhesiva o alambre. n. Todas las herramientas cortantes como sierras, cinceles para madera, cuchillas de dos mangos o hachas, deberán guardarse en estuches adecuados o en compartimentos especiales y por ningún motivo podrán transportarse en los bolsillos de la vestimenta del trabajador. o. Las herramientas no deberán dejarse tiradas en cualquier parte donde puedan causar que una persona se tropiece o caiga. p. Cuando se usan herramientas tales como desatornilladores y llaves de tuercas, los trabajadores deberían evitar tener sus muñecas en una posición doblada, extendida o torcida por largos períodos de tiempo. Los trabajadores Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo deberían mantener sus muñecas en una posición neutral (recta y ergonómica). Art. 26: Escaleras en General a. Las escaleras de madera no deberán pintarse para ocultar un defecto en la madera; solamente se deberá usar un barniz claro y no conductor. b. Todas las escaleras deberán inspeccionarse con frecuencia y regularmente. Las escaleras con peldaños débiles, quebrados, faltantes, laterales quebrados u otros defectos deberán etiquetarse y ponerse fuera de servicio. c. Las escaleras deberán ser lo suficientemente fuertes para el uso al cual son destinadas. d. Las escaleras metálicas portátiles y otras escaleras conductoras portátiles no deberán usarse en los alrededores de líneas y equipos energizados. e. Las escaleras no deberán colocarse en frente de puertas que se abren hacia ellas, a menos que la puerta esté abierta, cerrada o vigilada. f. Cuando se sube o baja una escalera, los trabajadores deberán tener ambas manos libres y estar de frente a la escalera. g. Solamente un empleado deberá trabajar en una escalera a la vez (excepto en escaleras de tipo gancho). Si se necesitan dos trabajadores, se deberá usar una segunda escalera. h. Los trabajadores deberán usarse solamente las escaleras que la empresa haya autorizado, garantizando así su perfecto estado. i. Las escaleras no deberán usarse como plataformas o andamios, a menos que estén diseñadas específicamente para ese propósito. j. Las cajas, sillas etc., no deberán usarse como escaleras. k. Todas las escaleras deberán ser capaces de soportar al menos 2.5 veces al máximo de carga estimada de trabajo sobre ellas sin ninguna avería o falla. l. Cuando se trabaja en una escalera portátil, ésta debe estar colocada con seguridad, sostenida, atada, o asegurada de otra forma para prevenir un deslizamiento o caída. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo m. El uso de los peldaños de escaleras arriba de los 6.10 metros (20 pies) está prohibido y no se recomienda en absoluto el uso de escaleras de extensión de más de 7.3 metros (24 pies). Consultar a la norma de uso de escaleras de la empresa. n. Las escaleras de cualquier tipo no deben dejarse por demasiado tiempo colocadas en un lugar cuando los trabajadores abandonan el puesto de trabajo. Deberán colocarse sobre el suelo o piso, en un lugar seguro, o deben regresarse al camión (guardada en su posición correspondiente). o. Para el trasporte de las escaleras, estas deberán de realizarse en los vehículos que cuenten con soportes especialmente diseñados para tal fin, de tal manera que estos soportes cuenten con una base de caucho o algún otro elemento amortiguante que no ocasione rajaduras ni ralladuras durante el transporte de estas. Art. 27: Herramientas de corte y de soldar a. La soldadura y el corte deberán ser hechos solamente por personal experimentado y debidamente capacitado para tales fines. Antes de comenzar a soldar o cortar, el área deberá inspeccionarse para descubrir peligros potenciales de incendio y deberá obtenerse una autorización para trabajo en líneas energizadas, si lo requiere la política de la empresa. b. Cuando se está soldando o cortando en posiciones elevadas, deberán tomarse las precauciones necesarias para evitar que chispas o metal caliente caiga sobre las personas o materiales inflamables que se encuentren abajo. c. El equipo apropiado para extinción de incendios deberá estar fácilmente disponible en todos los lugares donde se usa equipo de soldar o cortar. d. Deberá mantenerse una vigilancia contra incendios cuando se realicen operaciones de soldadura o corte en lugares donde los materiales combustibles presentan un peligro de incendio. Media hora después de soldar, deberá realizarse una inspección para detectar posibles incendios en el área. e. Cuando se encuentran presentes materiales combustibles tales como pedazos de papel o virutas de madera, deberá barrarse y limpiarse el piso en un radio de 10 metros (35 pies) antes de soldar. Los pisos combustibles Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán mantenerse mojados o deberán estar protegidos con escudos o recubrimientos resistentes al fuego. En las áreas donde los pisos han sido mojados, el personal que opera con equipos de soldadura de arco o de corte deberá protegerse de posibles contactos eléctricos. f. Para protegerse los ojos, rostro y cuerpo durante la soldadura y corte, el operador deberá usar el casco o las gafas protectoras aprobados, así como también guantes protectores y ropa adecuada. Los ayudantes deberán usar la adecuada protección para los ojos. Otros trabajadores no deberán observar las operaciones de soldadura, a menos que ellos también usen la protección adecuada para ojos. g. La protección apropiada para los ojos deberá usarse para protegerse contra partículas voladoras cuando el caso y las gafas protectoras están levantados. h. En espacios donde hay mucho polvo o gases, y pueda existir la posibilidad de una explosión, no deberá usarse el equipo de soldadura o corte hasta que el espacio esté ventilado apropiadamente. i. Los soldadores deberán colocar el cable de soldar, mangueras y otros equipos de tal forma que estén lejos o no estorben en los pasillos o corredores, escaleras de mano y gradas. j. Donde lo permita el lugar de trabajo, el soldador debería estar encerrado en una cabina individual o deberá rodearse con pantallas no combustibles. Tanto los trabajadores como otras personas que se encuentren cerca de las áreas de soldadura deberán protegerse de los rayos por medio de escudos, o deberá pedírseles que usen la protección apropiada para ojos y rostro. k. Después de terminar las operaciones de soldadura o corte, el soldador deberá marcar el metal caliente o proporcionará otros medios de advertencia para otros trabajadores. l. Los materiales potencialmente peligrosos en fundentes (castinas), revestimientos, cubiertas y metales de aporte son liberados en la atmósfera durante las operaciones de soldadura o corte. Deberá usarse el equipo apropiado de respiración aprobada o una adecuada ventilación mientras se está soldando o cortando. m. Soldadura eléctrica: Solamente deberá usarse el equipo eléctrico de soldadura aprobado: Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo i. La máquina de soldadura eléctrica deberá ponerse a tierra correctamente antes de usarse. ii. Deberán seguirse las reglas e instrucciones proporcionadas por el fabricante o impresas en la máquina. iii. Los soldadores no deberán formar un arco con un electrodo cuando se encuentran cerca personas que podrían resultar afectadas por el arco. iv. Cuando los porta-electrodos se tienen que dejar desatendidos, deberán quitarse los electrodos y los porta-electrodos deberán colocarse o protegerse de tal manera que no puedan entrar en contacto con trabajadores u objetos conductores. v. Cuando el soldador tenga que dejar o suspender el trabajo que realiza por un período de tiempo considerable, o cuando la máquina soldadura deba ser movida, el interruptor de la fuente de alimentación del equipo deberá abrirse. Art. 28: Manejo y Almacenaje de Material a. Un empleado deberá obtener ayuda al levantar objetos pesados o usar equipo motorizado. b. Cuando dos o más personas están cargando un objeto pesado, el cual debe bajarse o descargarse, deberá existir una señal previa para liberar la carga. c. Cuando dos o más personas están cargando un objeto, cada empleado, si es posible, deberá estar ubicado frente a la dirección hacia lo cual el objeto debe ser llevado. Los trabajadores no deberán intentar levantar un objeto más allá de sus fuerzas. Se debe tener precaución cuando se levanta o jala en una posición incómoda. d. La forma correcta de levantar algo es la más segura y fácil. Agacharse o sentarse en cuclillas con los pies cerca del objeto a ser levantado; asegurar el equilibrio; agarrar firmemente el objeto; doblar las rodillas; mantener la espalda vertical; y levantarse doblando las rodillas, usando la pierna y músculos del muslo. e. Los trabajadores deben evitar torcerse o doblarse excesivamente cuando levantan o bajan cargas. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo f. Cuando se mueve una carga horizontalmente, los trabajadores deberán empujarla en lugar de jalarla. g. Cuando se realiza una tarea que requiere levantar objetos varias veces, la carga debe colocarse de tal forma que permita un límite para doblarse y torcerse. Se debe considerar el uso de mesas de levantamiento (plataformas elevadoras), paletas y otros dispositivos mecánicos. h. Cuando se sujeta, agarra o levanta un objeto como un tubo o tabla, debe usarse la mano completa y todos los dedos. Se debe evitar sujetar, agarrar y levantar objetos solamente con el dedo pulgar e índice. Art. 29: Uso y Mantenimiento de Vehículos Los vehículos de la empresa serán utilizados teniendo en cuenta las siguientes normas: a. Los vehículos periódicamente serán adecuadamente especialmente en mantenidos sus sistemas y chequeados principales: Frenos, suspensión, motor, luces, llantas. b. El uso del cinturón de seguridad en los vehículos de la empresa es obligatorio. c. Todo vehículo deberá contar con botiquín de primeros auxilios, extintor, triangulo de seguridad y otros elementos de acuerdo a lo normado por la ley. d. No se permitirá el transporte de pasajeros que excedan la capacidad del vehículo o en la tolva. e. La relación de personal autorizado para conducir vehículos de la empresa será autorizada. f. Todo vehiculo deberá contar con llanta de repuesto, llave en mano y extintor. Empresa Contratista LOPHER S.A.C. VERSION: 03 FECHA: FEB-2015
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