Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo

Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Empresa Contratista LOPHER S.A.C.
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SUMARIO
CAPITULO I
GENERALIDADES
Art. 01
Declaración del Reglamento
Art. 02
Política de la Empresa
CAPITULO II
OBJETIVOS Y METAS
Art. 03
Objetivos
Art. 04
Metas
CAPITULO III
RESPONSABILIDADES DE GERENCIA
Art. 05
Responsabilidad de Gerencia
Art. 06
Informe y Conducta del Empleado
Art. 07
Responsabilidades y Sanciones.
CAPITULO IV
PROCEDIMIENTOS GENERALES DE SEGURIDAD
Art. 08
Procedimientos de Inspección y Control Operativo
Art. 09
Entrenamiento y Preparación de Trabajadores
Art. 10
Documentación de Entrenamiento
Art. 11
Procedimientos Para Corrección de Riesgos
Art. 12
Investigación de Accidentes
Art. 13
Procedimientos de Disciplina
CAPITULO V
SALUD E HIGIENE OCUPACIONAL
Art. 14: Son obligaciones de Lopher.SAC:
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CAPITULO VI
PROGRAMA DE CONTINGENCIA Y RESPUESTA A EMERGENCIAS
Art. 15
Preparación y Respuesta a Emergencias
CAPITULO VII
SISTEMA DE GESTION
Art. 16
Monitoreo y Mejora
Art. 17
Registros Y Control de Documentos
Art. 18
Evaluación y Auditoria
Art. 19
Revisión del Desempeño
CAPITULO VIII
MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Art. 20 Trabajos en Circuitos Eléctricos
Art. 21 Protección para los Ojos y Rostro
Art. 22 Vestimenta.
Art. 23 Protección contra caídas.
Art. 24 Protección para la Cabeza.
Art. 25 Herramientas de mano
Art. 26 Escaleras en General
Art. 27 Herramientas de corte y de soldar.
Art. 28 Manejo y almacenaje de material
Art. 29 Uso y Mantenimiento de Vehículos
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CAPITULO I
GENERALIDADES
Art. 01: Declaración Del Reglamento
Nuestra gerencia ha tratado de desarrollar, poner en práctica y de dar a conocer
entre sus trabajadores el desarrollo de una cultura de seguridad y salud, en la
cual se aseguren comportamientos y hábitos de trabajo seguros. Esto sólo se
logrará a través de un compromiso activo y continuo de la dirección, quien, a
través de su comportamiento habitual y su práctica de gestión, comunique y
documente de forma eficaz las ideas y acciones derivadas de la política
establecida es por eso que nos sentimos gustosos de poder formar parte de este
nuevos cambios y retos en cuanto a la prevención de riesgos y políticas de
seguridad refieren.
Las normas de la Empresa LOPHER SAC son:

Todos los miembros de la empresa estarán implicados en actividades
preventivas para evitar daños personales y materiales, de acuerdo con las
funciones establecidas al respecto.

Se dispondrá de los recursos y procedimientos necesarios para el desarrollo
de las diferentes actividades preventivas.

Cualquier modificación o cambio sustancial que pueda afectar a las
condiciones del puesto de trabajo será consultado a los trabajadores.

El personal con mando realizará obligatoriamente actividades preventivas
básicas tales como investigación de accidentes / incidentes, revisiones y
observaciones periódicas de los lugares de trabajo y elaboración y revisión
de
procedimientos
de
trabajo,
además
de
otras
actividades
que
específicamente se le encomienden.

Se dispondrá de un plan de capacitación y entrenamiento de los empleados
en las tareas que realicen. A tal efecto, se desarrollará una formación inicial
para toda persona que se incorpore a un puesto de trabajo y una formación
continua que permita realizar en todo momento las tareas de forma correcta.
Esperando que el cambio sea en forma conjunta gerente – trabajador le
instamos a que coopere.
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Art. 02: Política de la Empresa
Con el objeto de alcanzar los niveles más altos de Seguridad y Salud
declaramos los siguientes principios básicos de nuestra política:

Estamos al servicio de nuestros clientes, comprometidos con la sociedad, la
salud de nuestros trabajadores, respetando el marco legal y normativo
establecido para cada caso.

Asumimos la necesidad de una mejora continua en la calidad de nuestros
servicios, de nuestros procesos y de nuestras condiciones de trabajo. Ello lo
logramos con el trabajo bien hecho a la primera y asegurando que ninguna
tarea sea realizada sin las debidas medidas de seguridad.

Los accidentes de trabajo o cualquier lesión generada en el mismo son
fundamentalmente fallos de gestión y por tanto son evitables mediante una
gestión adecuada que permita adoptar las medidas para la identificación,
evaluación y control de los posibles riesgos

Las personas constituyen el valor más importante que garantiza nuestro
futuro. Por ello deben estar cualificadas e identificadas con los objetivos de
nuestra organización y sus opiniones han de ser consideradas.
1. Establecer y documentar los principios y objetivos de Prevención de Riesgos
Laborales.
2. Establecer la estructura organizativa necesaria y obligatoria para la
realización de las actividades preventivas.
3. Nueva orientación para el trabajador incluyendo una plática sobre las pólizas
y procedimientos de seguridad y la salud.
4. Revisión de nuestro Programa para prevenir Lesiones, Enfermedades y
Accidentes.
5. Designar una persona en materia de Seguridad y Salud, en calidad de staff
de la Dirección, que coordine y controle las actuaciones y mantenga
informada a la organización de lo más significativo en esta materia. Se
contratará a un servicio de prevención externo para la realización de
prestaciones cuando sea necesario por carencia de medios propios o porque
la reglamentación lo establezca (realización de mediciones).
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6. Establecer las competencias y las interrelaciones de cada departamento en
materia de prevención de riesgos laborales.
7. Aprobar los procedimientos de las diferentes actividades preventivas y las
instrucciones de trabajo.
8. Asignarlos recursos necesarios, tanto humanos como materiales, para
conseguir los objetivos establecidos.
9. Promover y participar en reuniones periódicas para analizar y discutir temas
de seguridad y salud, y procurar tratar también estos temas en las reuniones
normales de trabajo.
10.
Visitar periódicamente los lugares de trabajo para poder estimular
comportamientos eficientes, detectar deficiencias y trasladar interés por su
solución.
11.
Realizar periódicamente auditorias y revisiones de la política, organización y
actividades de la empresa, revisando los resultados de la misma.
12.
Mostrar interés por los accidentes laborales acaecidos y por las medidas
adoptadas para evitar su repetición.
13.
Consultar a los trabajadores en la adopción de decisiones que puedan
afectar a la seguridad, salud y condiciones de trabajo.
Para llevar a cabo estos principios, se asumen los siguientes compromisos:

Todo el personal con mando asegura unas correctas condiciones de los
trabajadores a su cargo. Para ello, muestra interés y da ejemplo como parte de
su función.

La empresa promueve y establece los medios necesarios para que la
comunicación de deficiencias y/o sugerencias de mejora sean analizadas y, de
ser posible, aplicadas. El espíritu de innovación y de mejora continua es
fundamental para el futuro de nuestra empresa.

Establecemos cauces de intercambio de información y de cooperación entre
nuestro personal y también con nuestros clientes y proveedores para mejorar
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continuamente el modo de seleccionar nuestros suministros, de realizar
nuestro trabajo, de elaborar nuestros productos y de prestar nuestros servicios.

Informamos y formamos a los trabajadores sobre los riesgos inherentes a su
trabajo, así como de los medios y las medidas a adoptar para su prevención.
Para ello, disponemos de los procedimientos necesarios para el desarrollo de
las diferentes actividades preventivas.

Analizamos todos los accidentes con potencial de daño e iniciamos su
corrección de inmediato.
Nuestra empresa asume lo expuesto anteriormente como garantía de pervivencia y
crecimiento de la misma.
CAPITULO II
OBJETIVOS Y METAS
Art. 03: Objetivos:
-
Ser una empresa líder, moderna y altamente competitiva en el mercado, a fin
de enfrentar los permanentes cambios experimentados en el sector de
servicios eléctricos, basándose en la innovación y la satisfacción de nuestros
clientes con servicios de alta calidad.
-
Establecer criterios y métodos para la corrección de eventos estándares y
sub-estándares, de manera que se puedan mitigar y responder eficientemente
ante cualquier hecho que involucre peligro para la Seguridad y Salud de
nuestros trabajadores.
Art. 04: Metas:
-
Desarrollar con eficiencia y seguridad todas nuestras actividades para lograr
un crecimiento sostenido, razonable que permita maximizar eficazmente
nuestra gestión en beneficio de las diferentes personas vinculadas a la
empresa como son los trabajadores, clientes, colaboradores y la comunidad
en que actúa.
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-
Proveer de un medio de trabajo seguro a nuestros trabajadores en
concordancia con sus cargos y labores de trabajo.
-
Lograr mejores actitudes de nuestros trabajadores que sean concientes y
consecuentes de sus métodos utilizados en la realización de sus labores
cotidianas.
CAPITULO III
RESPONSABILIDADES DE GERENCIA
Art. 05: Responsabilidades de Gerencia
Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad
y salud en el trabajo es por ello la gerencia de la empresa tiene la obligación
de proteger a sus trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados
de su trabajo.
Son obligaciones de la gerencia de la Empresa:
a. Llevar a cavo eventos de capacitación en seguridad que permitan al personal
actualizarse y reducir riesgos de trabajo.
b. Promover el espíritu de competencia y responsabilidad entre todos los
trabajadores.
c. Cumplir y promover el cumplimiento de las políticas de Seguridad y Salud
Ocupacional establecidas por el Estado.
d. El incentivar la practica de buenas costumbres, el compañerismo y el trabajo
en equipo indispensables en toda empresa.
e. Velar por el estricto cumplimiento de las normas y políticas establecidas por
el estado en lo que a seguridad y salud ocupacional se refiere.
f. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento de Gestión Interna de
Seguridad y Salud en el Trabajo, así como también de las normas y
directivas en materia de seguridad existentes.
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g. Propiciar y hacer que se cumpla lo dispuesto en las
disposiciones del
Ministerio de Trabajo y normatividad interna de LUZ DEL SUR S.A.A...
h. Promover la ejecución del Programa Anual de Seguridad e Higiene
Ocupacional de aplicación en la Empresa.
i.
Brindar y equipar al trabajador con equipos e implementos de seguridad que
resguarden su integridad física contra aquellos riesgos propios de su labor.
j.
Establecer
programas
de
compra
y
mantenimiento
de
máquinas,
herramientas, equipos en la empresa.
k. El promover la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo
n que puedan ser alcanzadas por el o los responsables de Seguridad en la
Empresa.
l.
El organizar la practica de exámenes médicos de todo el personal al inicio y
termino de contrato según lo indicado en la presente norma.
m. Brindar las facilidades para la capacitación y entrenamiento adecuado del
personal en materia de Seguridad y riesgos ocupacionales.
n. Adoptar
las
medidas
necesarias
y
oportunas
para
cumplir
las
recomendaciones los Comités Internos de Seguridad.
o. Asegurar la entrega del Reglamento de Gestión Interna en Seguridad y Salud
en el Trabajo a cada trabajador de la Empresa.
p. Otorgar y mantener actualizadas las aportaciones por concepto SCTR, del
personal a su cargo y en concordancia con las leyes.
q. El incentivar al personal mediante premios como respuesta a su desempeño,
buen rendimiento y actitud de seguridad que se muestre durante el inicio y
termino de sus labores diarias.
Art. 06: Informe y Conducta del Empleado
Es responsabilidad los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las
instrucciones y políticas de nuestra empresa LOPHER SAC., el tener una
conducta correcta dentro y fuera de la empresa que permita propiciar y generar
un clima de seguridad y responsabilidad, para lo cual deberán en particular:

Conocer y cumplir toda la normativa, procedimientos e instrucciones que
afecten a su trabajo, en particular a las medidas de prevención y protección.
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
Pasar por un examen médico ocupacional inicial y anual determinado por la
Empresa, en cumplimiento de lo estipulado
D.S.
005 – 2012 T.R, para
establecer la aptitud del trabajador con relación a las actividades que
desarrolla.

Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles,
las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de
transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen
su actividad.

Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados.

Comunicar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores
designados para realizar actividades de protección y prevención, y, en su
caso, al servicio de prevención acerca de cualquier situación que considere
pueda presentar un riesgo para la seguridad y salud.

Escoger voluntariamente al o los responsables para su representabilidad en la
conformación del Comité Interno de Seguridad.

Saber y comprender las reglas y normas establecidas en el programa de
seguridad.

Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad
competente con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores en
el trabajo.

Cooperar con sus mandos directos para poder garantizar unas condiciones
de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la
salud de los trabajadores en el trabajo.

Mantener limpio y ordenado su entorno de trabajo, localizando los equipos y
materiales en los lugares asignados.

Sugerir las medidas que considere oportunas en su ámbito de trabajo para
mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo.

Velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras
personas a las que pueda afectar su actividad profesional.

Todos los trabajadores deberán comprobar y velar por el buen estado de los
sistemas de seguridad de las máquinas y equipos que utilicen en su trabajo,
así como de mantener su zona de trabajo ordenada y limpia.
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
Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y
programas de prevención de riesgos en la empresa.

Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva
prevención de riesgos.

No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de
seguridad.

El tener los conocimientos básicos y necesarios de las normas y reglas
establecidas en el programa de seguridad.
Art. 07: Responsabilidades y sanciones:
La prevención es responsabilidad de todos.
Informe del Empleado:
Estará basado en la comunicación y confianza que ofrezca todo empleado a la
empresa y al supervisor de seguridad para que de a conocer sus inquietudes,
riesgos, peligros y procedimientos de trabajo que no se estén ejecutando
correctamente y que por tanto impliquen una violación de las normas de
seguridad.
Mandos directos: son los responsables de informar a los trabajadores a su
cargo sobre los riesgos para la seguridad y la salud laboral.
Coordinador de prevención: es el responsable de asesorar e indicar a los
mandos intermedios qué aspectos de seguridad y salud deben ser transmitidos a
los trabajadores. En su caso, deberá cuidar de informar a todos los trabajadores,
en especial a los de nuevo ingreso, de los riesgos generales del centro de
trabajo y de las normas establecidas.
Delegado de prevención: como representante deberá velar porque todos los
trabajadores estén informados adecuadamente en materia de prevención de
riesgos laborales.
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CAPITULO IV
PROCEDIMIENTOS GENERALES DE SEGURIDAD
Art. 08: Procedimientos de Inspección y Control operativo
La inspección es uno de los mejores instrumentos disponibles para descubrir los
problemas y evaluar sus riesgos antes que ocurran los accidentes y otras
perdidas. Un programa de inspecciones bien dirigido, puede llegar a cumplir
metas como las siguientes:

EI supervisor de seguridad debe tener la capacidad de poder identificar las
posibles Deficiencias que se puedan estar presentando en ciertos equipos de
trabajo.

Los supervisores deberán cerciorarse mediante revisiones e inspecciones
de seguridad de que las instalaciones, equipos y entorno de las áreas bajo
su cargo cumplen con los requisitos necesarios para garantizar la seguridad
y la salud de los trabajadores. También se encargara de realizar controles de
orden y limpieza de sus secciones según procedimiento establecido.

El supervisor de seguridad de las diferentes unidades funcionales deberán
comprobar que las revisiones e inspecciones se efectúan correctamente y en
el plazo establecido. Asimismo, deberán archivar los resultados de dichas
revisiones e inspecciones y tomar las medidas correctoras pertinentes.
También son los encargados de cumplimentar y mantener actualizadas las
tarjetas de registro de partes críticas.

El supervisor de seguridad estará a cargo de llevar a cabo inspecciones
programadas a todas las áreas ya que esto permitirá Identificar acciones
Inapropiadas de los Trabajadores.

Identificar el Efecto que Producen los Cambios.

Identificar las Deficiencias de las Acciones Correctivas.

Entregar una Auto evaluación de la Gerencia.

El supervisor adoptará medidas correctivas que puedan ser aplicadas de
forma inmediatamente mientras dure su inspección; teniendo este ultimo la
facultad de poder sancionar por actos o condiciones inseguras que incurran
los trabajadores.
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
El Supervisores de cada área son los responsables de de la seguridad de
sus trabajadores es por ello que tiene la autoridad de detener y retirar
cualquier equipo, herramienta o implemento de protección; que pueda
representar un peligro o amenaza a sus trabajadores.
Art. 09: Entrenamiento de los Trabajadores
El entrenamiento que sea brindado por Empresa LOPHER SAC. Deberá estar
guiado a beneficiar al personal en mejorar su técnica, actitud y moral; lo cual
permita
formar e implantar una cultura de seguridad entre todos nuestros
trabajadores para beneficio ellos y de la empresa en estricto cumplimiento de
las normas y del programa de seguridad.
Además de acuerdo a las necesidades y deficiencias que se puedan evidenciar
mediante el resultado de
inspecciones y evaluaciones que lleve a cavo el
supervisor de seguridad es como se determinara la elaboración de un programa
de entrenamiento debidamente calendarizado, con las actividades que se van a
realizar y al grupo de personas que va abarcar. Estos programas se deben
cumplir durante todo el año y con una evaluación del personal que participa.
Todo entrenamiento se ejecutará:

Cuando el empleado es nuevo y necesite orientación.

Cuando el empleado sea asignado a nuevas labores para las cuales el
empleado no haya tenido previo entrenamiento.

Cuando se introduzcan en el área de trabajo nuevos procedimientos o equipos
que evidencien nuevos riesgos.
Art. 10: Documentación del entrenamiento
Todo entrenamiento llevado a cavo por la Empresa deberá ser documentado y
registrado por algún medio;
se requiere que aquellos empleados que hayan
recibido entrenamiento firmen el documento su asistencia y entendimiento que
establezca el respaldo de una buena sesión de entrenamiento. Se considerarán
también las asistencias a eventos que organicen diferentes instituciones o
empresas. Toda esta información será ingresada al Sistema de Gestión de
Seguridad implantado por la Empresa.
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Art. 11: Procedimientos para Corrección de Riesgos
Una de las políticas internas de nuestra empresa para poder llevar a cavo la
corrección de riesgos es poder identificar y evaluar los riesgos para lo cual se
hace planificar las actividades preventivas para su debido control y obtención de
mejores resultados para nuestra empresa, entre las cuales podríamos hacer
mención:
a. El supervisor debe establecer objetivos y plazos así como medios y
estrategias que le permitan Priorizar las medidas de protección colectiva
frente a las de protección individual y utilizando las normas y la señalización
complementarias cuando sea necesario.
b. La gerencia por intermedio del supervisor serán los encargados de brindar
información y formación sobre los riesgos a que están expuestos los
trabajadores y sobre las medidas y actividades de prevención y protección
aplicables
en la empresa como una medida de poder corregir posibles
riesgos.
c. En cuanto a la formación, los trabajadores deberán recibir una formación
suficiente en materia de prevención, tanto en el momento de su contratación
como cuando se produzcan cambios que afecten a las funciones que llevan a
cabo en la empresa o a las tecnologías o equipos con los que trabajan. La
formación deberá ser planificada como resultado de la evaluación de riesgos
y estará basada en los procedimientos de trabajo establecidos. Esta
formación se impartirá de forma continuada y siempre que sea posible con
medios y personal propios (trabajadores con más experiencia, mandos
directos, etc.) y se realizará siempre que sea posible dentro de la jornada
laboral, o en su defecto en otras horas, pero con reducción del tiempo
dedicado a la misma.
d. El supervisor de seguridad en coordinación con los supervisores de cada
área Deberán establecerse una serie de actividades para el control de los
riesgos existentes o previsibles. Esto conlleva el seguimiento y revisión de
aspectos clave para asegurar que las medidas preventivas establecidas son
eficaces en el tiempo (inspecciones periódicas, mantenimiento; la vigilancia
de la salud es a su vez una actividad preventiva de control esencial).
e. Los accidentes de trabajo o cualquier lesión generada en el mismo son
fundamentalmente fallos de gestión y por tanto son evitables mediante una
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gestión adecuada que permita adoptar las medidas para la identificación,
evaluación y control de los posibles riesgos
f.
El supervisor de seguridad y los supervisores de cada área en forma
conjunta llevaran una relación de todas las situaciones relacionadas con la
seguridad y condiciones sub estándares detectadas en campo para su
posterior evaluación y mitigación.
Art. 12: Investigación de Accidentes
Cada vez que ocurra un accidente no olvide reflexionar sobre las posibilidades
que tiene de poder sacarle provecho a estas circunstancias.
De una investigación efectiva se puede lograr varias cosas:
1.-
Descripción del acontecimiento. Una investigación exhaustiva permite
generalmente llegar aclarar evidencias contrapuestas lo cual hace posible
establecer con precisión lo que exactamente aconteció.
2.-
Identificación de las causas reales. Es un hecho lamentable comprobar que
gran porcentaje de las investigaciones son tan superficiales que se tornan
inútiles. Como las causas reales no se llegar a determinar nunca los
beneficios que se obtienen del tiempo invertido en esta actividad son
prácticamente nulos.
3.-
Determinación de los Riesgos. Las investigaciones efectivas pueden
proporcionar las bases para predecir la probabilidad de ocurrencia y el
potencial de perdida grave, considerando dos factores críticos para
determinar el monto de tiempo y dinero que se invertirá en las acciones
correctivas.
4.-
Desarrollo de los controles. Los controles adecuados para minimizar o
eliminar un problema solo pueden provenir de una investigación efectiva
que haya resuelto el problema. De otra manera, el problema crecerá una y
otra vez pero con síntomas diferentes.
5-
Identificación de la Tendencias. Pocos accidentes corresponden a
acontecimientos realmente aislados. Cuando se realiza un número
significativo de buenos informes se hace posible identificar las tendencias
que se evidencias lo cual permite tratarla adecuadamente.
6.-
Demostración de interés. Los accidentes le dan a las personas una imagen
vivida de los peligros que amenazan su bienestar. Una investigación
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oportuna y objetiva en pleno desarrollo brinda seguridad al personal. Las
investigaciones bien realizadas contribuyen a un clima laboral positivo
entre los trabajadores.
Se investigarán y registrarán:

Todos los accidentes que hayan causado un daño para los
trabajadores.

Todos los accidentes con pérdidas materiales significativas o que
impliquen paro de proceso.

Los accidentes/ incidentes que, potencialmente o cambiando alguna
condición, podrían haber tenido consecuencias graves, tales como de
incendios, caídas libres, electrocuciones, etc.
Los accidentes deberán ser investigados inmediatamente después de
que ocurran.
El supervisor principal conducirá la mayoría de las
investigaciones. Accidentes que resulten en graves o mortales deberán
ser investigados por el Ingeniero Supervisor de seguridad y por
miembros de gerencia.
Se comunicarán y presentarán los informes respectivos de los
accidentes e incidentes relevantes en cumplimiento con lo dispuesto por
OSINERGMIN.

Otros que, a juicio del mando directo, sea conveniente investigar.
Art. 13: Procedimientos de Disciplina
La observancia de los procedimientos de disciplina laboral que se deben guardar
en la empresa LOPHER S.A.C. es de obligación individual y colectiva de todos
los trabajadores sin excepción por cuanto constituye un elemento esencial para la
consecuencia de los objetivos económicos y sociales en que se desempeñen los
trabajadores; es por ello que consideramos violación de los procedimientos de
disciplina a los actos y conductas siguientes:
a) La infracción del horario de trabajo;
b) La ausencia injustificada;
c) La falta de respeto a superiores, compañeros de trabajo o terceras personas
en la entidad.
d) La desobediencia.
e) La negligencia;
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f)
Las violaciones de las disposiciones reglamentarias de Seguridad y salud
llevadas a cavo en la empresa.
h) La pérdida, sustracción o apropiación mediante engaños de bienes o valores
de propiedad del centro de trabajo o de terceros.
i)
Cometer hechos o incurrir en conductas que puedan ser constitutivas de
delito en la entidad laboral o en ocasiones del desempeño del trabajo.
j)
La inobservancia de los reglamentos disciplinarios vigentes en las la entidad
laboral.
k) El incumplimiento injustificado por parte del trabajador de los deberes que la
legislación sobre protección y salud del trabajo establece.
Teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción cometida, las circunstancias
concurrentes, las condiciones personales del infractor, su historia laboral, su
conducta actual, la gravedad de los hechos y los perjuicios causados, puede
aplicarse una de las medidas disciplinarias siguientes:
a) Amonestación privada o pública.
b) Traslado temporal a otra plaza de menor remuneración calificación.
c) Traslado a otra plaza con pérdida de la que ocupaba el trabajador.
d) Separación definitiva de la entidad.
CAPITULO V
SALUD E HIGIENE OCUPACIONAL
Art. 14: Son obligaciones de LOPHER SAC:
a. Programar anualmente, el examen medico ocupacional
de carácter
obligatorio para todos los trabajadores de la Empresa.
b. Analizar, actualizar e identificar nuevos riesgos que pudiesen afectar la Salud
y bienestar de los trabajadores.
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CAPITULO VI
PROGRAMA DE CONTINGENCIA Y RESPUESTA EMERGENCIA
Art. 15: Preparación y Respuesta de Emergencias
Las situaciones de emergencia se producen esporádica e infrecuentemente.
Este hecho representa una dificultad añadida para mantener alerta y preparada
la organización.
Para responder con eficacia e inmediatez es preciso comprobar periódicamente
la operatividad de los equipos humanos y materiales, mediante ejercicios y
simulacros.
Corresponde al supervisor de seguridad la fijación del desarrollo de operaciones
concretas y simulacros, así como las directrices de su realización.
Dicha preparación tendrá la siguiente estructura:
-
Identificación de situaciones de emergencia.
-
Medidas de Prevención.
-
Capacitación y Simulacros.
-
Planes de acción.
De manera específica se procederá a los programas y acciones elaborados por la
Empresa; tales como:
-
Constitución y organización de las brigadas de Emergencia.
-
La realización del programa de mantenimiento e inspección de las
instalaciones peligrosas y de los medios de prevención y protección
(detección, alarma y extinción), así como de los de primeros auxilios
(botiquín,…)
-
La correcta selección, formación y adiestramiento de los componentes de los
equipos de intervención previstos en el Plan de Emergencia.
-
La realización de simulacros que permitan comprobar la adecuación del Plan
de Emergencia, así como habituar a los componentes a evacuar el edificio.
-
La correcta difusión del Plan de Emergencia mediante información tanto al
personal de la propia empresa como a los visitantes y usuarios de la misma.
-
La correcta señalización de evacuación.
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-
La investigación de siniestros, con el fin de determinar las causas que
posibilitaron
su
origen,
propagación
y
consecuencias,
analizar
el
comportamiento de las personas y los equipos de emergencia y adoptar las
medidas correctoras necesarias.
-
Se debe simplificar al máximo la extensión del Plan de Emergencia de
manera que sea fácil su consulta y lectura, resaltando los puntos importantes.
CAPITULO VII
SISTEMA DE GESTION
Art. 16: Monitoreo y Mejora
Se monitoreará los indicadores del desempeño, los controles, el progreso de los
objetivos y metas, los procedimientos y mejoras a los programas de prevención
laboral que permitan a la Empresa y al Sistema implantado controlar su Propio
Desempeño a través del tiempo.
Se revisarán los registros sobre el desempeño de la Empresa, con el fin de
cerciorarse sobre la eficacia o carencia de las acciones correctivas o preventivas
que contribuya a la mejora del Sistema de Gestión de Seguridad y tomar
acciones para prevenir su ocurrencia.
Se considerarán las opiniones, dudas, consultas y propuestas de los
participantes en los comités internos de Seguridad que contribuyan al
perfeccionamiento del sistema.
Art. 17: Registro y Control de Documentos
Mediante este procedimiento se ofrece de forma sintetizada el conjunto de
documentos que deberían conformar el sistema de prevención de riesgos
laborales de una organización, el cual, además de cumplir lo dispuesto en la
materia, ha de facilitar un aceptable diseño e implantación del mismo.
Por otro lado cave mencionar que los documentos deben de ser capaces que
recogen todos los resultados de las actividades preventivas. El diseño de estos
documentos debe ser sencillo y con informaciones básicas de medición, para
poder ser revisados periódicamente y facilitar el autocontrol y la toma de
decisiones, base del éxito de toda planificación preventiva.
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Para ello y en cumplimiento de las disposiciones dispuestas en el Art.17 del
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado por el Estado Peruano
y gestión Interna se llevarán los registros respectivos; respetando el derecho a la
confidencialidad, siendo estos:
-
Registro de Accidentes y enfermedades ocupacionales.
-
Registro de exámenes médicos.
-
Registro de investigaciones y medidas correctivas adoptadas en cada caso.
-
Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de
riesgo ergonómicos.
-
Registro de inspecciones y evaluaciones de salud y seguridad.
-
Estadísticas de seguridad y salud.
-
Registro de incidentes y sucesos peligrosos.
-
Registro de equipos de seguridad o emergencia.
-
Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
emergencias.
-
Registro de los indicadores de Gestión S.S. Interna de la Empresa.
-
Libro Especial de Observaciones.
-
Otro documento necesario para la implementación del Sistema de Gestión
Interno que se crea conveniente insertar.
Serán validas como control de
los registros la documentación impresa,
digitalizada o magnética. Que pueda asegurar su identificación y disponibilidad,
monitoreo, control, mejora y revisión del Sistema de Gestión en función de los
objetivos, metas, programas y adecuaciones que estén al alcance de las
personas o instituciones que la soliciten; guardando el grado de confidencialidad
sea el caso.
Art. 18: Evaluación y Auditoria
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en cumplimiento con lo
establecido en el D.S. Nº 005–2012 TR y por medio de sus inspectores será el
primer ente calificador del fiel cumplimiento del Sistema de Gestión implantado
en la Empresa.
El Ingeniero Supervisor de Seguridad responsable será el intermediario para dar
a conocer todos los alcances que requiera el inspector.
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La coordinación de la Gerencia, evaluará la condición para hacer al Sistema de
Gestión implementado en la Empresa.
Art. 19: Revisión Del Desempeño
La gerencia a creído conveniente establecer procedimientos que permitan
observar y analizar las actuaciones de los trabajadores en el desempeño de sus
funciones para así asegurar que el trabajo se realice de forma segura y de
acuerdo con lo establecido. Con el fin de incorporar las correcciones y/o mejoras
que se estimen oportunas y adecuadas, especialmente en materia de formación
e instrucciones y normas de trabajo; cabe indicar que por medio de observación
planeada del trabajo se controla, fundamentalmente, el cumplimiento de las
instrucciones de trabajo y la efectividad de la formación en la realización de
tareas, que nos permiten evaluar el desempeño de nuestro personal.
CAPITULO VIII
MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Art. 20: Trabajos en circuitos eléctricos
a. Ninguna reparación o modificación podrá llevarse a cabo sobre los equipos
con tensión.
b. No obstante lo indicado en el párrafo anterior, si se requiere hacer ajustes,
pruebas y calibraciones – mientras el equipo esté con tensión – se tomará
todas las precauciones necesarias para que estas operaciones se realicen
en forma segura.
c. Todo trabajo en circuitos o equipos energizados requiere de normas y
procedimientos específicos.
d. Los trabajadores deberán conocer perfectamente los procedimientos de
seguridad para su aplicación.
f.
Todo trabajo en una instalación eléctrica, o en su proximidad, que con lleve
un riesgo eléctrico deberá efectuarse sin tensión, salvo en los casos en
donde existan métodos comprobados que garanticen realizar estas tareas
con las máximas medidas de seguridad requeridas.
g. Una vez identificados la zona y los elementos de la instalación donde se va a
realizar el trabajo, y salvo que existan razones esenciales para hacerlo de
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otra forma, se seguirá el proceso que se describe a continuación y que se
desarrolla secuencialmente en cinco etapas:
1ª Desconectar.
2ª Prevenir cualquier posible realimentación.
3ª Verificar la ausencia de tensión.
4ª Poner a tierra y en cortocircuito.
5ª
Proteger frente a elementos próximos en tensión, en su caso, y
establecer una señalización de seguridad para delimitar la zona de
trabajo.
Hasta que no se hayan completado las cinco etapas no podrá autorizarse el
inicio del trabajo sin tensión y se considerará en tensión la parte de la
instalación afectada. Sin embargo, para establecer la señalización de
seguridad indicada en la quinta etapa podrá considerarse que la instalación
está sin tensión si se han completado las cuatro etapas anteriores y no
pueden invadirse zonas de peligro de elementos próximos en tensión.
h. La reposición de la tensión sólo comenzará, una vez finalizado el trabajo,
después de que se hayan retirado todos los trabajadores que no resulten
indispensables y que se hayan recogido de la zona de trabajo las
herramientas y equipos utilizados.
El proceso de reposición de la tensión comprenderá:
1° La retirada, si las hubiera, de las protecciones adicionales y de la
señalización que indica los límites de la zona de trabajo.
2º La retirada, si la hubiera, de la puesta a tierra y en cortocircuito.
3º El desbloqueo de los dispositivos de corte.
4º El cierre de los circuitos para reponer la tensión.
Desde el momento en que se suprima una de las medidas inicialmente
adoptadas para realizar el trabajo sin tensión en condiciones de seguridad,
se considerará con tensión la parte de la instalación afectada.
i.
Todo trabajo en altura será efectuado por personal especializado, equipado y
supervisado.
j.
Los ambientes, zonas o áreas donde existan equipos e instalaciones
eléctricas con tensión, deberán permanecer protegidas, cerradas y
adecuadamente señalizadas a fin de prevenir y advertir los riesgos
existentes.
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k. Queda prohibido el ingreso de personas ajenas a las instalaciones o áreas
energizadas, pudiendo ingresar a estas áreas solo personal autorizado.
Art. 21: Protección para los ojos y rostro
Deberá usarse una protección adecuada para los ojos y rostro cuando un
empleado se encuentra en las siguientes actividades de trabajo, o cuando la
directiva relacionada a este tema de la empresa lo exija:
a. Perforando o cortando piedra, ladrillos, concreto, revestimiento de tuberías o
metal.
b. Esmerilando, pulido o cepillado de alambre, cajas, etc.
c. Soldando, cortando o calentando con equipo oxiacetileno (deberán usarse
lentes oscuros debidamente aprobados).
d. Utilizando herramientas eléctricas tales como taladros, amoladores, entre
otros.
e. Desprendimiento de partículas volantes causadas por otros trabajadores, si
el empleado se encuentra dentro del alcance de tales partículas (se podrá
usar una pantalla o criba de protección adaptada alrededor del área de
trabajo).
f.
Cualquier otro peligro de daño para los ojos o por las indicaciones de un
supervisor o capataz.
g. Se deberán usar gafas de seguridad cuando exista la posibilidad de un
desperfecto eléctrico en cualquier momento.
h. Utilizando herramientas eléctricas.
Art. 22: Vestimenta
a. Todos los trabajadores de la Empresa deberán usar siempre ropa y zapatos
adecuados al tipo de trabajo particular que están realizando.
b. El personal de la división servicios, usará uniforme y zapatos dieléctricos
como uniforme de trabajo.
c. Deberá usarse ropa (de preferencia de material no sintético, 100% algodón al
menos 11 onzas por yarda, grueso sencillo) y un casco de seguridad
dieléctrico cuando se trabaja cerca de partes vivas, donde existe la
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posibilidad de un arco eléctrico. No se puede usar ropa hecha de acetato,
poliéster, nylon o rayón (ya sea sencillo o en doblados), a menos que haya
sido tratada debidamente o si se usa de tal manera que se evite cualquier
peligro.
d. Está terminantemente prohibido el uso de cadenas, aros, pulseras o algún
tipo de alhajas metálicas durante la realización de las labores, más aun si
estas se realizaran en circuitos energizados.
e. Cada empleado deberá usar guantes apropiados para el trabajo que
desempeña. No deben usarse guantes protectores de hule como guantes de
trabajo.
f.
No deben usarse anillos y joyería innecesaria mientras se sube o se baja de
estructura o vehículos, o mientras se realiza cualquier tarea donde un anillo
puede quedar atrapado o enganchado en un elemento saliente. Los anillos y
relojes de pulsera con caja metálica y relojes de banda no deben usarse
mientras se trabaja con equipo energizado o cerca de líneas energizadas.
Art. 23: Protección contra caídas
a. Cuando un empleado está expuesto a una caída de más de 1.20 metro de
altura (4 pies) y no son prácticas las medidas de protección tales como
plataformas protectoras, guardarrieles y redes, el empleado deberá
protegerse
utilizando
un
equipo
contra
caídas
o
dispositivos
de
posicionamiento tales como cinturones de seguridad, arneses de cuerpo o
correas de seguridad y agarraderas. Cuando se seleccionan equipos contra
caídas o dispositivos de posicionamiento, se debe dar consideración al tipo
de trabajo a ser ejecutado y a los límites de carga de impacto en el cuerpo
del que lo usa en caso de una caída libre.
b. Los trabajadores deben instalar el equipo contra caídas de tal manera que no
caigan o contacten cualquier objeto bajo a más de 1.83 metros (6 pies) de
altura. Cuando se usan los dispositivos de posicionamiento, éstos deben ser
instalados para limitar una caída libre a 60 centímetros (2 pies). Los puntos
de anclaje para los equipos contra caídas y dispositivos de posicionamiento
deben ser capaces de soportar una carga de impacto y estar colocados
arriba del cinturón de seguridad del empleado o puntos de unión de los
arneses.
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c. Los cinturones de seguridad deben usarse ajustados justo arriba de las
caderas del empleado.
d. Los trabajadores deberán evitar el uso de las siguientes conexiones de
gancho de mosquetón de correas de seguridad para eliminar la posibilidad
de un desenganche accidental.
i. Ganchos de mosquetón sin seguros
ii. Dos (o más) ganchos de mosquetón conectados a un anillo D.
iii. Dos ganchos de mosquetón conectados uno con otro
iv. Un gancho de mosquetón conectado en su misma correa de seguridad
v. Dimensiones no adecuadas de un anillo D, soporte u otra conexión a la
dimensión del gancho de mosquetón.
e. Cada empleado deberá estar protegido por una correa de seguridad
separada cuando se usan líneas de seguridad vertical. La línea de seguridad
deberá estar debidamente lastrada en el suelo y terminada para impedir que
un dispositivo como una agarradera se suelte de ella.
f.
Las líneas de seguridad horizontales deberán estar limitadas a dos personas
a la vez entre apoyos.
g. Antes de cada uso, el empleado deberá inspeccionar visualmente todo el
equipo contra caídas y dispositivos de posicionamiento para detectar cortes,
quebradas, desgarres o abrasiones, estiramientos indebidos, deterioro en
general, moho o manchas de humedad, defectos operacionales, daños por
calor, ácido u otra corrosión. El equipo que muestre cualquier defecto debe
ser puesto fuera de servicio.
h. Todo equipo contra caídas y dispositivos de posicionamiento sujetos a
impactos causados por una caída libre o por pruebas deberán ser puestos
fuera de servicio.
i.
Los trabajadores deben guardar todo el equipo contra caídas y dispositivos
de posicionamiento en un lugar seco y fresco, el cual no debe estar expuesto
a la luz directa del sol.
j.
Los trabajadores no deben utilizar el equipo contra caídas o dispositivos de
posicionamientos hasta que hayan sido debidamente capacitados para su
uso.
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El equipo contra caídas deberá usarse en postes por trabajadores calificados
cuando existe la presencia de condiciones tales como hielo, vientos fuertes,
diseño de la estructura (sin guardamanos) que podrían causar que el
empleado pierda su posición o equilibrio.
Art. 24: Protección para la Cabeza
a. Todos los trabajadores deberán usar un equipo aprobado de seguridad para
la cabeza en áreas donde caen objetos, existe contacto eléctrico u otros
riesgos que puedan causar una lesión en la cabeza y donde lo requiera la
política de la Empresa.
b. El equipo de seguridad para la cabeza, o conjunto de banda para la cabeza,
no deberá deformarse o alterarse en ninguna manera, sin previa
autorización.
c. Los equipos de seguridad para la cabeza, no deben de ser usados con otro
fin que no sea el de protección contra impactos por elementos extraños u
impactos eléctricos.
Art. 25: Herramientas de Mano (Manuales)
a. Todas las herramientas, sin importar su dueño, deberán ser del tipo
apropiado, aprobadas por la empresa y mantenerse en buenas condiciones.
(Las herramientas están sujetas a inspección en cualquier momento. Los
supervisores tienen la autoridad y responsabilidad de confiscar herramientas
inservibles, sin importar su dueño).
b. Las herramientas defectuosas deben ser etiquetadas para evitar su uso o
deberán sacarse del sitio de trabajo.
c. Los trabajadores deberán usar siempre la herramienta adecuada para el
trabajo específico a realizar. Las herramientas improvisadas o sustitutas
deberán usarse solamente con la autorización correspondiente y bajo
supervisión.
d. Martillos con mango de metal, destornilladores o cuchillos con mangos de
metal, así como también cintas metálicas o varillas metálicas de medición no
deberán usarse en o cerca de circuitos y equipo eléctrico energizados.
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e. Las herramientas no deberán tirarse de un lugar a otro, o de una persona a
otra. Las herramientas que necesiten ser levantadas o bajadas de una
elevación a otra deberán colocarse en cubetas de herramientas o amarrarse
firmemente a mensajeros (líneas de guía).
f.
Las herramientas que sean usadas en trabajos en altura deberán ser
desplazadas en carteras especialmente diseñadas para tal fin.
g. Nunca deberán colocarse herramientas en lugares inseguros o elevados.
h. Cuando las herramientas de impacto tales como cinceles, punzones, barras
alienadoras, etc. se agrietan o quiebran, deberán esmerilarse, repararse o
reemplazarse antes de usarse.
i.
Los cinceles, taladros, punzones, varillas a tierra y tuberías deberán
mantenerse con grapas, agarraderas o alicates apropiados (no con las
manos) cuando están siendo golpeados por otro empleado.
j.
No deberá usarse una tubería para extender el mango de una llave de
tuercas como brazo de palanca adicional, a menos que la llave de tuercas
haya sido diseñada para tal uso.
k. Las herramientas deberán usarse solamente para los propósitos para los
cuales fueron aprobadas.
l.
Las herramientas con puntas deberán guardarse y manejarse de tal manera
que no causen alguna lesión o daño. “No deberán ser llevadas en los
bolsillos”.
m. Deberán reemplazarse los mangos de madera que están flojos, quebrados o
astillados. El mango no deberá amarrarse con cinta adhesiva o alambre.
n. Todas las herramientas cortantes como sierras, cinceles para madera,
cuchillas de dos mangos o hachas, deberán guardarse en estuches
adecuados o en compartimentos especiales y por ningún motivo podrán
transportarse en los bolsillos de la vestimenta del trabajador.
o. Las herramientas no deberán dejarse tiradas en cualquier parte donde
puedan causar que una persona se tropiece o caiga.
p. Cuando se usan herramientas tales como desatornilladores y llaves de
tuercas, los trabajadores deberían evitar tener sus muñecas en una posición
doblada, extendida o torcida por largos períodos de tiempo. Los trabajadores
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deberían mantener sus muñecas en una posición neutral (recta y
ergonómica).
Art. 26: Escaleras en General
a. Las escaleras de madera no deberán pintarse para ocultar un defecto en la
madera; solamente se deberá usar un barniz claro y no conductor.
b. Todas las escaleras deberán inspeccionarse con frecuencia y regularmente.
Las escaleras con peldaños débiles, quebrados, faltantes, laterales
quebrados u otros defectos deberán etiquetarse y ponerse fuera de servicio.
c. Las escaleras deberán ser lo suficientemente fuertes para el uso al cual son
destinadas.
d. Las escaleras metálicas portátiles y otras escaleras conductoras portátiles no
deberán usarse en los alrededores de líneas y equipos energizados.
e. Las escaleras no deberán colocarse en frente de puertas que se abren hacia
ellas, a menos que la puerta esté abierta, cerrada o vigilada.
f.
Cuando se sube o baja una escalera, los trabajadores deberán tener ambas
manos libres y estar de frente a la escalera.
g. Solamente un empleado deberá trabajar en una escalera a la vez (excepto
en escaleras de tipo gancho). Si se necesitan dos trabajadores, se deberá
usar una segunda escalera.
h. Los trabajadores deberán usarse solamente las escaleras que la empresa
haya autorizado, garantizando así su perfecto estado.
i.
Las escaleras no deberán usarse como plataformas o andamios, a menos
que estén diseñadas específicamente para ese propósito.
j.
Las cajas, sillas etc., no deberán usarse como escaleras.
k. Todas las escaleras deberán ser capaces de soportar al menos 2.5 veces al
máximo de carga estimada de trabajo sobre ellas sin ninguna avería o falla.
l.
Cuando se trabaja en una escalera portátil, ésta debe estar colocada con
seguridad, sostenida, atada, o asegurada de otra forma para prevenir un
deslizamiento o caída.
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m. El uso de los peldaños de escaleras arriba de los 6.10 metros (20 pies) está
prohibido y no se recomienda en absoluto el uso de escaleras de extensión
de más de 7.3 metros (24 pies). Consultar a la norma de uso de escaleras de
la empresa.
n. Las escaleras de cualquier tipo no deben dejarse por demasiado tiempo
colocadas en un lugar cuando los trabajadores abandonan el puesto de
trabajo. Deberán colocarse sobre el suelo o piso, en un lugar seguro, o
deben regresarse al camión (guardada en su posición correspondiente).
o. Para el trasporte de las escaleras, estas deberán de realizarse en los
vehículos que cuenten con soportes especialmente diseñados para tal fin, de
tal manera que estos soportes cuenten con una base de caucho o algún otro
elemento amortiguante que no ocasione rajaduras ni ralladuras durante el
transporte de estas.
Art. 27: Herramientas de corte y de soldar
a. La soldadura y el corte deberán ser hechos solamente por personal
experimentado y debidamente capacitado para tales fines. Antes de
comenzar a soldar o cortar, el área deberá inspeccionarse para descubrir
peligros potenciales de incendio y deberá obtenerse una autorización para
trabajo en líneas energizadas, si lo requiere la política de la empresa.
b. Cuando se está soldando o cortando en posiciones elevadas, deberán
tomarse las precauciones
necesarias para evitar que chispas o metal
caliente caiga sobre las personas o materiales inflamables que se
encuentren abajo.
c. El equipo apropiado para extinción de incendios deberá estar fácilmente
disponible en todos los lugares donde se usa equipo de soldar o cortar.
d. Deberá mantenerse una vigilancia contra incendios cuando se realicen
operaciones de soldadura o corte en lugares donde los materiales
combustibles presentan un peligro de incendio. Media hora después de
soldar, deberá realizarse una inspección para detectar posibles incendios en
el área.
e. Cuando se encuentran presentes materiales combustibles tales como
pedazos de papel o virutas de madera, deberá barrarse y limpiarse el piso en
un radio de 10 metros (35 pies) antes de soldar. Los pisos combustibles
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deberán mantenerse mojados o deberán estar protegidos con escudos o
recubrimientos resistentes al fuego. En las áreas donde los pisos han sido
mojados, el personal que opera con equipos de soldadura de arco o de corte
deberá protegerse de posibles contactos eléctricos.
f.
Para protegerse los ojos, rostro y cuerpo durante la soldadura y corte, el
operador deberá usar el casco o las gafas protectoras aprobados, así como
también guantes protectores y ropa adecuada. Los ayudantes deberán usar
la adecuada protección para los ojos. Otros trabajadores no deberán
observar las operaciones de soldadura, a menos que ellos también usen la
protección adecuada para ojos.
g. La protección apropiada para los ojos deberá usarse para protegerse contra
partículas voladoras cuando el caso y las gafas protectoras están levantados.
h. En espacios donde hay mucho polvo o gases, y pueda existir la posibilidad
de una explosión, no deberá usarse el equipo de soldadura o corte hasta que
el espacio esté ventilado apropiadamente.
i.
Los soldadores deberán colocar el cable de soldar, mangueras y otros
equipos de tal forma que estén lejos o no estorben en los pasillos o
corredores, escaleras de mano y gradas.
j.
Donde lo permita el lugar de trabajo, el soldador debería estar encerrado en
una cabina individual o deberá rodearse con pantallas no combustibles.
Tanto los trabajadores como otras personas que se encuentren cerca de las
áreas de soldadura deberán protegerse de los rayos por medio de escudos,
o deberá pedírseles que usen la protección apropiada para ojos y rostro.
k. Después de terminar las operaciones de soldadura o corte, el soldador
deberá marcar el metal caliente o proporcionará otros medios de advertencia
para otros trabajadores.
l.
Los
materiales
potencialmente
peligrosos
en
fundentes
(castinas),
revestimientos, cubiertas y metales de aporte son liberados en la atmósfera
durante las operaciones de soldadura o corte. Deberá usarse el equipo
apropiado de respiración aprobada o una adecuada ventilación mientras se
está soldando o cortando.
m. Soldadura eléctrica: Solamente deberá usarse el equipo eléctrico de
soldadura aprobado:
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i. La
máquina
de
soldadura
eléctrica
deberá
ponerse
a
tierra
correctamente antes de usarse.
ii. Deberán seguirse las reglas e instrucciones proporcionadas por el
fabricante o impresas en la máquina.
iii. Los soldadores no deberán formar un arco con un electrodo cuando se
encuentran cerca personas que podrían resultar afectadas por el arco.
iv. Cuando los porta-electrodos se tienen que dejar desatendidos, deberán
quitarse los electrodos y los porta-electrodos deberán colocarse o
protegerse de tal manera que no puedan entrar en contacto con
trabajadores u objetos conductores.
v. Cuando el soldador tenga que dejar o suspender el trabajo que realiza
por un período de tiempo considerable, o cuando la máquina soldadura
deba ser movida, el interruptor de la fuente de alimentación del equipo
deberá abrirse.
Art. 28: Manejo y Almacenaje de Material
a. Un empleado deberá obtener ayuda al levantar objetos pesados o usar
equipo motorizado.
b. Cuando dos o más personas están cargando un objeto pesado, el cual debe
bajarse o descargarse, deberá existir una señal previa para liberar la carga.
c. Cuando dos o más personas están cargando un objeto, cada empleado, si es
posible, deberá estar ubicado frente a la dirección hacia lo cual el objeto
debe ser llevado. Los trabajadores no deberán intentar levantar un objeto
más allá de sus fuerzas. Se debe tener precaución cuando se levanta o jala
en una posición incómoda.
d. La forma correcta de levantar algo es la más segura y fácil. Agacharse o
sentarse en cuclillas con los pies cerca del objeto a ser levantado; asegurar
el equilibrio; agarrar firmemente el objeto; doblar las rodillas; mantener la
espalda vertical; y levantarse doblando las rodillas, usando la pierna y
músculos del muslo.
e. Los trabajadores deben evitar torcerse o doblarse excesivamente cuando
levantan o bajan cargas.
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f.
Cuando se mueve una carga horizontalmente, los trabajadores deberán
empujarla en lugar de jalarla.
g. Cuando se realiza una tarea que requiere levantar objetos varias veces, la
carga debe colocarse de tal forma que permita un límite para doblarse y
torcerse. Se debe considerar el uso de mesas de levantamiento (plataformas
elevadoras), paletas y otros dispositivos mecánicos.
h. Cuando se sujeta, agarra o levanta un objeto como un tubo o tabla, debe
usarse la mano completa y todos los dedos. Se debe evitar sujetar, agarrar y
levantar objetos solamente con el dedo pulgar e índice.
Art. 29: Uso y Mantenimiento de Vehículos
Los vehículos de la empresa serán utilizados teniendo en cuenta las siguientes
normas:
a. Los
vehículos
periódicamente
serán
adecuadamente
especialmente
en
mantenidos
sus sistemas
y
chequeados
principales:
Frenos,
suspensión, motor, luces, llantas.
b.
El uso del cinturón de seguridad en los vehículos de la empresa es
obligatorio.
c. Todo vehículo deberá contar con botiquín de primeros auxilios, extintor,
triangulo de seguridad y otros elementos de acuerdo a lo normado por la ley.
d. No se permitirá el transporte de pasajeros que excedan la capacidad del
vehículo o en la tolva.
e. La relación de personal autorizado para conducir vehículos de la empresa
será autorizada.
f.
Todo vehiculo deberá contar con llanta de repuesto, llave en mano y extintor.
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