MANUAL DE INDUCCIÓN - Secretaria de Hacienda

Manual de Inducción
MANUAL
DE INDUCCIÓN
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Abril 2015
Manual de Inducción
Índice
Contenido
Página
Bienvenida………………………………………………
1
¿Quiénes Somos? …………………………………....
2
Misión…………………………………………………..
3
Visión…………………………………………………...
3
Organigrama General…………………………………
4
¿Qué Hacemos?.......................................................
13
Antecedentes………………………………………....
20
Código de Ética de la Función Pública……………
29
Documentos de Consulta……………………………
36
Páginas de Internet de Consulta……………………
37
Directorio……………………………………………...
38
Despedida……………………………………………..
49
Grupo de Trabajo……………………………………..
50
Manual de Inducción
Bienvenida
La Secretaría de Hacienda te da la más cordial bienvenida, a ti
que a partir de hoy te incorporas a nuestro equipo de trabajo.
Cada uno de los integrantes que conforman esta Institución,
desempeña una labor de vital importancia para el cumplimiento
de nuestra misión institucional en el Gobierno del Estado.
Estamos seguros que en nuestra Dependencia, tendrás la
oportunidad de desarrollar y acrecentar tus conocimientos y
habilidades, aunado al de maximizar tu experiencia, lo cual será
reflejo del cumplimiento de las responsabilidades y compromisos
de servir con eficiencia y eficacia a la ciudadanía, permitiendo
con ello, lograr día con día los objetivos y metas institucionales.
Consciente de que formarás exitosamente parte de este equipo,
se ha elaborado el presente Manual de Inducción, con la
finalidad de darte a conocer el entorno laboral en que
desarrollarás tus funciones y actividades; ya que eres nuestra
prioridad de atención y representas parte fundamental en la tarea
de construir el desarrollo de nuestro Estado.
1
Manual de Inducción
¿Quiénes somos?
La Secretaría de Hacienda, tiene como objetivo formular y
proponer al Ejecutivo del Estado la política relacionada con la
administración de recursos materiales y humanos, así como la
hacendaria, definiendo específicamente la que corresponda a la
administración de los ingresos, el gasto público y su
presupuestación, al financiamiento e inversión de los recursos
públicos, a la contabilidad gubernamental y la deuda pública,
coordinar el desarrollo administrativo, tecnologías de
información, sistemas, comunicaciones, la capacitación de los
servidores públicos, el manejo de las estructuras orgánicas y de
plazas de la Administración Pública Estatal, así como coordinar a
las unidades de apoyo administrativo o su equivalente de todos
los organismos públicos de la administración centralizada y
paraestatal de la Administración Pública Estatal, con la finalidad
de eficientar la racionalidad del gasto público, así como normar,
regular y establecer políticas sobre su actuación.
2
Manual de Inducción
Misión
Procurar la administración del ingreso, de los recursos humanos,
materiales, tecnológicos y del desarrollo administrativo, así como
la asignación prioritaria del presupuesto de egresos basado en
resultados, el financiamiento público y control de las entidades
paraestatales, innovando a través de leyes, sistemas y políticas,
un ejercicio de rendición de cuentas claras y transparentes; que
permita ofrecer servicios de calidad a los contribuyentes,
organismos públicos, federación y municipios.
Visión
Ser la Dependencia líder, que garantice la credibilidad,
transparencia y confianza en las finanzas públicas, capaz de
orientar el desarrollo del Estado y la administración eficiente de
los recursos humanos, materiales y tecnológicos, asegurando el
equilibrio financiero y la administración innovadora y eficaz de la
hacienda pública, privilegiando calidad en los servicios para
propiciar certidumbre social, crecimiento económico y
gobernabilidad en la Entidad.
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Manual de Inducción
Organigrama General
4
Manual de Inducción
Órganos Administrativos Staff
Nota: Las Áreas adscritas a la Unidad de Apoyo Administrativo,
cuentan con Órganos Administrativos hasta el nivel de Sección, a
excepción de las 3 Áreas Regionales Administrativas.
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Manual de Inducción
Subsecretaría de Egresos
Nota: El Departamento de Integración de Programas de la
Dirección de Presupuesto del Gasto de Inversión, no cuenta con
Oficinas.
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Manual de Inducción
Subsecretaría de Ingresos
Nota: Las Direcciones de la Subsecretaría de Ingresos, cuentan
con Órganos Administrativos hasta el nivel de Oficina.
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Manual de Inducción
Delegaciones de Hacienda
Nota: Las Delegaciones de Hacienda Tuxtla Gutiérrez y
Tapachula, cuentan con estructura orgánica de: Oficinas,
Centros de Recaudación Local y Módulos Recaudatorios. Las
Delegaciones de Hacienda de Palenque y Comitán, cuentan con
Oficinas y Centros de Recaudación Local, y las 9 Delegaciones
de Hacienda restantes cuentan con Secciones y Centros de
Recaudaciones Local.
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Manual de Inducción
Tesorería Única
Nota: La Dirección de Coordinación Municipal y Financiamiento
Público y la Dirección de Control Financiero de la Tesorería
Única, cuentan con Órganos Administrativos hasta el nivel de
Oficina.
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Manual de Inducción
Procuraduría Fiscal
Nota: Los Departamentos de las Subprocuradurías cuentan con
Órganos Administrativos hasta el nivel de Oficina.
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Manual de Inducción
Subsecretaría de Administración
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Manual de Inducción
Subsecretaría de Entidades Paraestatales
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Manual de Inducción
¿Qué Hacemos?
Con base al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Chiapas, la Secretaría de Hacienda tiene
las siguientes facultades:
I.
Formular y proponer al Ejecutivo del Estado la política
relacionada con la administración de recursos materiales y
humanos,
así
como
la
hacendaria,
definiendo
específicamente la que corresponda a la administración de los
ingresos, al gasto público y su presupuestación, al
financiamiento e inversión de los recursos públicos, a la
contabilidad gubernamental y la deuda pública, coordinar el
desarrollo administrativo, tecnologías de información,
sistemas, comunicaciones, la capacitación de los servidores
públicos, el manejo de las estructuras orgánicas y de plazas
de la Administración Pública Estatal, así como coordinar a las
unidades de apoyo administrativo o su equivalente de todos
los organismos públicos de la administración centralizada y
paraestatal de la Administración Pública Estatal, con la
finalidad de eficientar la racionalidad del gasto público, así
como normar, regular y establecer políticas sobre su
actuación.
II.
Ejercer la representación legal por sí o a través del
Procurador Fiscal, ante todo tipo de autoridades judiciales,
administrativas y militares, en los juicios, procesos o
procedimientos de toda índole, del ámbito federal, estatal y
municipal; así como ante sociedades y asociaciones.
III.
Emitir normas y lineamientos en materia de administración de
recursos materiales y humanos, hacendaria, gasto público y
su y presupuestación, financiamiento e inversión de los
recursos públicos, contabilidad gubernamental, deuda pública,
desarrollo administrativo, tecnologías de información,
sistemas, comunicaciones y para el manejo de las estructuras
orgánicas y de plazas de la Administración Pública Estatal;
así como las relativas al manejo de los fondos de la Tesorería
Única del Estado, procurando las mejores condiciones en
beneficio del Gobierno del Estado, controlando y evaluando el
ejercicio presupuestal del gasto público de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Estatal.
13
Manual de Inducción
IV.
Manejar a través de la Tesorería Única del Estado, el pago de
proyectos de inversión y de adquisiciones y servicios de la
Administración Pública Centralizada.
V.
Emitir y autorizar el proceso de cálculo de nóminas, pago de
sueldos, percepciones en general y compensaciones de los
servidores públicos de la Administración Centralizada.
VI.
Regular las políticas en materia de tecnologías de la
información y comunicaciones de la Administración Pública
Estatal. Así como, normar y validar los procesos de
adquisición de las mismas, mediante la emisión de
estándares que determinen su aplicación, operación e
impacto dentro de la Administración Pública Estatal.
VII.
Regular administrativamente las relaciones entre el Poder
Ejecutivo del Estado y sus servidores públicos, celebrando
para ello los diversos actos jurídicos que correspondan y
expedir los nombramientos de los servidores públicos de la
Administración Centralizada, convalidando aquellos otros que
se expidan en términos de las leyes respectivas.
VIII.
Elaborar con la colaboración de las dependencias y entidades
de la Administración Pública Estatal, las normas y
procedimientos de contabilidad gubernamental, así como
coordinar la aplicación de normatividad, lineamientos y
criterios referentes a las retenciones de impuestos por pagos
de nóminas y honorarios.
IX.
Elaborar los proyectos de Decreto del Presupuesto de
Egresos y de la Ley de Ingresos del Estado, con base en los
ordenamientos aplicables, políticas, proyecciones del entorno
del Estado, así como elaborar los programas anuales de
ingresos y gasto público, con base en las políticas y
proyecciones establecidas, conforme a las disposiciones del
Código de la Hacienda Pública y las demás aplicables.
X.
Recaudar, fiscalizar y administrar los impuestos y otras
contribuciones, los productos y aprovechamientos; así como
determinar los créditos fiscales y sus accesorios y/o verificar
la corrección del cumplimiento de las obligaciones fiscales;
14
Manual de Inducción
recibir y registrar las participaciones y aportaciones federales;
y los ingresos que por cualquier concepto perciba el Estado.
XI.
Fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los
contribuyentes, y en su caso ordenar y practicar la
fiscalización del cumplimiento de las mismas, a través de
visitas domiciliarias, auditorías, inspecciones y verificaciones,
así como aplicar el procedimiento administrativo de ejecución,
conforme a las disposiciones legales de la materia.
XII.
Normar, validar, coordinar, presidir y ejecutar por sí o a través
del servidor público que designe la Ley de Adquisiciones,
Arrendamiento de Bienes Muebles y Contratación de
Servicios para el Estado de Chiapas, los procesos de
adquisición de bienes y servicios que requiera la
Administración Pública Estatal.
XIII.
Tramitar y resolver en los mismos términos de la fracción II de
este precepto legal, todos los recursos administrativos que
interpongan los contribuyentes en defensa de los derechos
que les correspondan, por los actos de autoridad que emita la
propia Secretaría.
XIV.
Defender ante cualquier autoridad por sí o a través de los
funcionarios facultados por la Procuraduría Fiscal, los
intereses de la Hacienda Pública Estatal y de la propia
Secretaría.
XV.
Promover la instrumentación de sistemas de desarrollo
administrativo, de tecnologías de información, de recursos
materiales y servicios que coadyuven a su mejoramiento.
XVI.
Se deroga.
XVII.
Asesorar a los Organismos de la Administración Centralizada
en la elaboración y actualización de sus reglamentos
interiores, y a los de la Administración Paraestatal cuando así
lo soliciten, autorizando dichos instrumentos técnica y
administrativamente, previo a su validación por el Instituto de
Consejería Jurídica y de Asistencia Legal; así como asesorar
a dichas instancias en la elaboración y actualización de los
manuales administrativos.
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Manual de Inducción
XVIII.
Aplicar las políticas y los procedimientos respecto a la
actuación de las unidades de apoyo administrativo o su
equivalente de los organismos de la Administración Pública
Estatal, conforme a las normas que expida la propia
Secretaría.
XIX.
Implementar y operar el Sistema Integral de Administración
Hacendaria Estatal-Presupuestario, estableciendo las normas
correspondientes para su operación.
XX.
Nombrar, designar, cambiar de adscripción, comisionar,
reasignar, remover o trasladar a los titulares de las unidades
de apoyo administrativo o su equivalente de las dependencias
y entidades de la Administración Pública Estatal, en los casos
que juzgue conveniente, conforme a las disposiciones
aplicables y lineamientos que para tales efectos emita la
propia Secretaría.
XXI.
Supervisar la aplicación del marco normativo en materia de
ejercicio de los recursos humanos, materiales y financieros de
las unidades de apoyo administrativo o su equivalente de las
dependencias y entidades de la Administración Pública
Estatal.
XXII.
Participar y representar al Titular del Poder Ejecutivo del
Estado, en los convenios que se celebren con la Federación
para asumir potestades hacendarias en materia federal,
ejerciéndolas en los términos que señalen las leyes, y con
otros Estados para implementar proyectos de prestación de
servicios.
XXIII.
Celebrar convenios con los Ayuntamientos del Estado, para la
administración de contribuciones y aprovechamientos;
incluyendo los que deriven de los convenios con la
Federación, con estricto apego a la autonomía de éstos y en
cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política
Estatal y demás legislación aplicable.
XXIV.
Determinar la asignación del gasto de inversión y su
financiamiento, procurando la congruencia y racionalidad, de
acuerdo con las disposiciones presupuestarias y programas
16
Manual de Inducción
de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Estatal.
XXV.
Determinar la normatividad para el proceso de
presupuestación de los programas de acción de la
Administración Pública Estatal, así como las que
correspondan para el ejercicio, seguimiento y control del
gasto público.
XXVI.
Informar al Titular del Ejecutivo del Estado de los excedentes
de ingresos y de los remanentes del gasto público de las
dependencias y entidades de la Administración Pública
Estatal.
XXVII.
Autorizar el calendario de gasto, así como la asignación y las
adecuaciones presupuestales con criterios de racionalidad,
considerando entre ellas las ampliaciones y reducciones, las
liberaciones, retenciones y recalendarizaciones, y las
ministraciones para los organismos públicos.
XXVIII.
Promover la publicación en el Periódico Oficial de los estados
financieros de las entidades de la Administración Pública
Paraestatal, en forma anual.
XXIX.
Establecer normas sobre subsidios, ayudas y transferencias
que concede el Gobernador del Estado a las dependencias y
sus órganos desconcentrados, entidades y unidades del
Poder Ejecutivo, así como diversos sectores de la población,
personas, instituciones sin fines de lucro y al sector educativo
público.
XXX.
Llevar el registro contable de la deuda pública, e informar al
Titular del Poder Ejecutivo del Estado sobre las
amortizaciones de capital y del pago de intereses.
XXXI.
Ejercer las atribuciones que al Gobierno del Estado le confiere
el Convenio de Colaboración Administrativa en materia Fiscal
Federal, así como los anexos que del mismo emanen,
celebrados con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
XXXII.
Fungir como fideicomitente del Gobierno del Estado, así como
elaborar las iniciativas y los contratos, para la constitución de
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Manual de Inducción
fideicomisos, coordinarlos y prever la estipulación de
recursos, para su constitución en el Presupuesto de Egresos,
o en su caso, solicitar la afectación del patrimonio estatal.
XXXIII.
Normar, registrar, administrar y vigilar, en el ámbito de su
competencia, la operación de la Administración Pública
Paraestatal.
XXXIV.
Promover y ejecutar a través de BANCHIAPAS, las acciones
necesarias para facilitar el acceso al financiamiento público y
privado para el fortalecimiento y desarrollo del Estado.
XXXV.
Suscribir los Convenios de Confianza Municipal a favor de los
Ayuntamientos del Estado, con la finalidad de obtener
recursos para la realización de obra pública.
XXXVI.
Participar en la integración del Informe de Gobierno que debe
rendir el Titular del Poder Ejecutivo ante el Congreso de
Estado.
XXXVII.
Establecer los mecanismos de control y seguimiento de los
recursos federales, inherentes a los proyectos de inversión
radicados al Estado, a fin de ser registrados e informados en
la Cuenta Pública.
XXXVIII.
Coordinar a las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Estatal para la integración de la
Cuenta Pública.
XXXIX.
Aprobar presupuestal y funcionalmente, la creación,
modificación y cancelación de las estructuras orgánicas y
plantillas de plazas de proyectos institucionales y de inversión
de la Administración Pública Estatal, emitiendo los
dictámenes correspondientes.
XL.
Normar y validar los procesos de adquisición de las
tecnologías de información y comunicaciones, mediante la
emisión de estándares que determinen su aplicación,
operación e impacto dentro de la Administración Pública
Estatal.
18
Manual de Inducción
XLI.
Evaluar permanentemente el comportamiento del gasto
público de recursos ministrados a las Dependencias y
Entidades de la Administración Pública Estatal, destinado a
cubrir erogaciones por concepto de recursos humanos,
materiales y financieros, a fin de cumplir con las medidas de
austeridad y disciplina presupuestaria; asimismo coordinar y
asesorar técnicamente a dichos organismos públicos en la
aplicación de las políticas y normas en la materia, y servir de
enlace ante otras instancias, sin transgredir la autonomía que
tengan por su naturaleza jurídica.
XLII.
Emitir los tabuladores de sueldos, percepciones en general y
compensaciones de los servidores públicos, con base a las
asignaciones presupuestarias que al respecto autorice.
XLIII.
Concertar y participar en los procesos operativos de
programación y seguimiento de los programas y proyectos
con las instancias federales.
XLIV.
Elaborar el Programa de Inversión Anual de Organismos
Públicos que sean omisos en la elaboración de su Programa.
XLV.
Publicar la tabla de valores y tarifas correspondiente al pago
del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos en
el Periódico Oficial, así como en sus oficinas y en los
acuerdos que se emitan para tal efecto.
XLVI.
Coordinar la implementación de los mecanismos para
integración, evaluación y vinculación de información
operaciones financieras, recursos, derechos o bienes
cualquier naturaleza, para coadyuvar en la prevención
delitos.
XLVII.
Los demás asuntos que le correspondan, en términos de las
leyes aplicables, su Reglamento Interior y los que le instruya
el Gobernador del Estado.
la
de
de
de
19
Manual de Inducción
Antecedentes
Como parte de las adecuaciones orgánicas que se han
efectuado en la Secretaría, así como de las reformas que ha
presentado la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Chiapas, a continuación se dan a conocer sucesos
relevantes en el interior de la misma:
La Secretaría de Hacienda inició sus funciones el 1º de enero
de 1994, integrada por la Coordinación General de
Planeación que tenía bajo su responsabilidad a la Dirección
de Organización y Sistemas, Dirección de Administración
Financiera, Dirección de Programación y Presupuesto,
Dirección de Informática, Dirección de Geografía y
Estadística, y a la Dirección de Planeación para el Desarrollo
del Estado, asimismo, con la Coordinación General de
Finanzas, que estaba integrada por las Direcciones de
Ingresos y Egresos, por último, tres Órganos Staff, Secretaría
Particular, Unidad de Apoyo Administrativo y Unidad de
Apoyo Jurídico que dependían directamente del Titular de la
Dependencia.
Ahora bien, con el propósito de fomentar una cultura
contributiva y apoyar al desarrollo integral de la niñez
chiapaneca, en el que al mismo tiempo de pasar un momento
divertido, pueda ampliar sus conocimientos e informarse de la
actualidad que lo rodea, se crea la Ludoteca de Hacienda.
(Dictamen No. OMG/DOM/087/00, de fecha 22 de agosto del
2000). Bajo este contexto y considerando que la Secretaría de
Educación facilitaría la proyección del centro lúdico en las
instituciones
educativas
del
Estado,
este
órgano
administrativo se transfiere a la Secretaría en mención.
(Dictamen No. SH/DDA/241/2001, de fecha 21 de diciembre
de 2001).
En enero del 2003, da inicio la reorganización de los órganos
desconcentrados con el proyecto denominado TAK´IN, cuyo
objetivo principal fue fortalecer y mejorar los servicios
hacendarios de la Entidad, el cual consistió básicamente en
transformar a las 25 Delegaciones Hacendarias en 4
20
Manual de Inducción
Coordinadoras Regionales de Recaudación, 9 Delegaciones
de Ingresos, 76 Centros de Recaudación Local y 8 Módulos
Recaudatorios, logrando con ello, expandir en forma
estratégica dichos servicios a todos los Municipios del Estado.
(Dictamen No. SA/DDA/008/2003, de fecha 16 de enero de
2003).
Considerando las estrategias que emanan del Plan de
Desarrollo Chiapas 2001-2006, y con base en el Decreto
No.159, publicado en el Periódico Oficial No. 224, del 27 de
febrero del 2004, da origen a la Secretaría de Planeación y
Finanzas, con la fusión de la Secretaría de Hacienda y la de
Planeación, transfiriéndose a la Secretaría de Obras Públicas
y Vivienda, el Instituto de Mejoramiento Integral de Poblados.
(Dictamen No. SA/SUBAPyDA/DDA/069/2004, de fecha 1 de
marzo 2004).
Asimismo, con Decreto No. 5 y 6, se reforman, adicionan y
derogan diversos artículos de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Chiapas, así como de la
Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas,
publicados en el Periódico Oficial No. 400 de fecha 7 de
diciembre de 2006, efectuándose la separación de la
Secretaría de Planeación y Finanzas para dar paso a la
Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Planeación y
Desarrollo Sustentable; lo anterior, para fortalecer la gestión
pública, en las estructuras gubernamentales. (Dictamen No.
SA/SUBDAT/DDA/419/2006, de fecha 21 de diciembre de
2006).
Bajo este contexto y en cumplimiento al Decreto publicado en
el Periódico Oficial Núm. 014, de fecha 21 de Febrero de
2007, que establece la medida de Austeridad, Disciplina y
Racionalidad del Gasto, así como la operatividad de la
Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento del
Gobierno del Estado, en noviembre de 2007, se reestructura
la Tesorería y Subsecretaría de Entidades Paraestatales y
Financiamiento Público, estableciendo a este último un Área
Staff denominada Área de Consolidación Financiera.
21
Manual de Inducción
(Dictamen No. SA/SUBDAT/DDA/321/07, de fecha 10 de
octubre de 2007).
Derivado de reformas y adiciones a diversas disposiciones de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Chiapas, mediante Decreto No. 195, publicado en el Periódico
Oficial No. 097, Tomo III, de fecha 5 de junio de 2008, se
determinó modernizar la estructura orgánica y administrativa
de la Administración Pública, en particular la de las
dependencias que integran el Poder Ejecutivo. Por lo anterior,
se incorpora la Secretaría de Planeación y Desarrollo
Sustentable (SEPLADESU) a la Secretaría de Finanzas,
dando paso a la creación de la Secretaría de Hacienda, la
cual será la responsable del manejo y responsabilidad
financiera y tributaria de la Hacienda Pública del Estado y la
distribución de los recursos estatales, a través de la
incorporación y participación de la sociedad. (Dictamen No.
SH/001/09 de fecha 13 de enero de 2009).
Asimismo, con la finalidad de seguir coadyuvando de manera
coordinada a la consecución de los programas establecidos
en el Plan de Desarrollo Chiapas Solidario 2007-2012, así
como lo derivado de las reformas emitidas que buscan la
modernización de las instituciones que forman parte del Poder
Ejecutivo del Estado, mediante Decreto No. 19, publicado en
el Periódico Oficial No. 132 del 24 de diciembre de 2008; fue
necesario integrar en una sola dependencia a la Secretaría de
Hacienda, quien no solamente se encargará de la
recaudación y aplicación del gasto público, sino también de
coordinar las políticas, emitir normas y lineamientos para la
administración de recursos humanos, materiales y servicios,
lo que conllevó a la supresión de la Secretaría de
Administración. (Dictamen No. SH/020/09 de fecha 16 de
enero de 2009).
Como una atribución más en la cual, la Secretaría de
Hacienda será la encargada de promover y ejecutar acciones
para facilitar el acceso al financiamiento público y privado
para el fortalecimiento y desarrollo de la Entidad, fue
22
Manual de Inducción
necesaria
la
transferencia
y
reestructuración
de
BANCHIAPAS, como órgano desconcentrado de la Secretaría
de Desarrollo Social a la Secretaría de Hacienda. (Dictamen
No. SH/SUBA/DGRH/DEO/101/2009, de fecha 02 de marzo
de 2009).
De igual forma, a la Secretaría se le asigna la responsabilidad
de manejar con eficacia y eficiencia los programas de
financiamiento que tiene como principal estrategia contribuir y
fortalecer a la constitución de nuevas empresas e
instrumentos financieros de fácil acceso a los diversos
sectores, así como de las actividades productivas que
generen empleo y mejores condiciones de competitividad y el
desarrollo en el Estado, por ello resultó necesario la
transferencia de la Coordinación Ejecutiva del Fondo de
Fomento Económico Chiapas Solidario “FOFOE”, órgano
administrativo desconcentrado de la Secretaría de Turismo y
Relaciones Internacionales a la Secretaría de Hacienda.
(Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/137/2009, de fecha 30
de marzo de 2009).
Bajo el mismo contexto, mediante Decreto No. 186, publicado
en el Periódico Oficial No. 095, Segunda Sección, de fecha 28
de mayo de 2008, se crea el Fideicomiso para la Promoción y
Fomento de la Vivienda, como un Organismo Descentralizado
de la Administración Pública Estatal, sectorizado a la
Secretaría de Hacienda.
Asimismo, a efecto de otorgar mayor certidumbre jurídica y
evitar confusión en cuanto a la figura jurídica y la
denominación del Organismo Descentralizado antes
mencionado, se abrogó el Decreto de creación, dando lugar al
Decreto No. 318 publicado en el Periódico Oficial No. 204, de
fecha 16 de diciembre de 2009, y se crea la Promotora de
Vivienda Chiapas (PROVICH), Organismo Descentralizado de
la Administración Pública Estatal, sectorizado a la Secretaría
de Hacienda.
23
Manual de Inducción
Derivado del Decreto No. 233, de fecha 13 de mayo de 2009,
publicado en Periódico Oficial No.164 Segunda Sección, se
crea como Organismo Descentralizado de la Administración
Pública del Estado, el Instituto de Energías Alternativas,
Renovables, Biocombustibles y Energías Eléctricas del
Estado de Chiapas, sectorizado a la Secretaría de Hacienda.
En este mismo año, según Decreto No. 034, cambia de
denominación a Comisión de Energías y Biocombustibles del
Estado de Chiapas.
De igual forma, mediante Decreto No. 045, publicado en el
Periódico Oficial No. 207, Segunda Sección, de fecha 30 de
diciembre de 2009, la Dirección de Patrimonio, se transfiere al
Instituto de la Consejería Jurídica y de Asistencia Legal
(Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/149/2010, de fecha 12
de marzo de 2010); así como, con Decreto No. 041, publicado
en el Periódico Oficial No. 263, de fecha 5 de noviembre de
2010, se autoriza la transferencia de la Dirección de Catastro
Urbano y Rural de la Secretaría de Hacienda al Instituto en
comento. (Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/089/2011, de
fecha 20 de Abril de 2011).
Considerando que el Instituto de la Consejería Jurídica y de
Asistencia Legal, es responsable de coordinar el sector
relacionado al Registro Público de la Propiedad, Patrimonio y
Catastro, se sectoriza la Promotora de Vivienda Chiapas, a
ese Instituto, de acuerdo a Decreto No. 151, publicado en
Periódico Oficial No. 292, de fecha 30 de marzo de 2011.
Con anterioridad, la Secretaría de Hacienda, operaba con
procesos separados en la planeación y presupuestación del
gasto público, enmarcados en dos áreas sustantivas,
denominadas Subsecretaría de Planeación y Evaluación, y
Subsecretaría de Programación y Presupuesto. Por lo anterior
y con la finalidad de contar con una sola instancia
responsable de los procesos concernientes a la planeación,
programación y presupuestación del gasto público, se llevó a
cabo el cambio de denominación y cancelación
respectivamente, de las Subsecretarías antes mencionadas,
24
Manual de Inducción
dando origen a la Subsecretaría de Planeación, Presupuesto
y Egresos, lo que permitió reestructurar y modernizar las
estructuras administrativas y sistemas de información, a fin de
desarrollar acciones de manera ágil y sin obstáculos
burocráticos. (Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/365/2010,
de fecha 11 de octubre de 2010).
Derivado de que el Sistema Nacional de Seguridad Pública,
impulsa un esquema novedoso denominado Modelo Nacional
de Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica, se crea la
Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica en esta
Dependencia, misma que será responsable de la planeación,
recopilación, evaluación, integración, análisis y diseminación
de la información económica y patrimonial que sirvan como
instrumento para el combate a la delincuencia. (Dictamen No.
SH/SUBA/DGRH/052/2012, de fecha 28 de marzo de 2012).
Con la finalidad de dar cumplimiento al Plan de Acción para el
Proceso de Entrega-Recepción de la Administración Pública
Estatal 2007-2012, en donde se señala la importancia que
tiene la actualización de las plantillas de personal de los
organismos públicos; así mismo, realizar una mejor
distribución de los recursos humanos que coadyuven a elevar
la productividad en el ejercicio de sus atribuciones
garantizando transparencia en la Administración Pública
Estatal, se hace necesario adecuar la estructura orgánica y la
plantilla de plazas de la Secretaría de Hacienda. (Dictamen
No. SH/SUBA/DGRH/DEO/183/2012, de fecha 12 de
septiembre de 2012).
Para poder ejercer y aplicar los recursos del Estado con
racionalidad y equidad, se crea la Coordinación de Unidades
Administrativas, instancia que permitirá regular y evaluar con
oportunidad la función administrativa en cada organismo
público, y quienes se adscriban a un mecanismo permanente
de control, actualización, seguimiento y evaluación, bajo
estándares de calidad y mejora continua. (Dictamen
No. SH/SUBA/DGRH/DEO/007/2013, de fecha 12 de marzo
de 2013).
25
Manual de Inducción
Considerando la necesidad de contar con el apoyo
documental e información para la toma de decisiones
estratégicas del gobierno que fortalezcan y den seguimiento a
los temas acordados en el seno de las comisiones
intersecretariales del gobierno del estado y de este modo
lograr una eficiente atención a las necesidades de la
sociedad, mediante Decreto No. 034 publicado en el Periódico
Oficial No. 001, Segunda Sección, de fecha 12 de diciembre
de 2012, se adiciona la fracción III-A al artículo 27 y el artículo
30-A de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Chiapas, se crea la Secretaría de Planeación,
Gestión Pública y Programa de Gobierno. (Dictamen No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/056/2013, de fecha 10 de abril de
2013).
Derivado de lo anterior, se realiza la reestructuración de la
Secretaría
de
Hacienda.
(Dictamen
No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/056/2013, de fecha 10 de abril de
2013). Así mismo, se realizan cambios de denominación de
órganos administrativos de esta Dependencia, con la finalidad
de adecuar los nombres conforme a la naturaleza de sus
funciones. (Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/098/2013, de
fecha 14 de mayo de 2013).
En junio de 2013, se realiza la transferencia externa de la
Coordinación Ejecutiva del Fondo Económico Chiapas
Solidario “FOFOE”, órgano desconcentrado de la Secretaría
de Hacienda a la Secretaría de Economía. (Dictamen No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/144/2013, de fecha 28 de junio de
2013).
Derivado del Decreto No. 207 publicado en el Periódico Oficial
No. 040, de fecha 26 de junio de 2013, se replantean las
atribuciones asignadas a la Secretaría de Hacienda con la
finalidad de fomentar una administración eficiente de los
recursos disponibles para el desarrollo de las labores, dando
como resultado la transferencia de la Subsecretaría de
Desarrollo Administrativo y Tecnológico de la Secretaría de la
26
Manual de Inducción
Función Pública a la Secretaría de Hacienda. (Dictamen No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/199/2013, de fecha 14 de agosto de
2013).
Con base a lo anterior, se hace necesaria la adecuación de la
estructura orgánica en la Secretaría de Hacienda evitando
con ello duplicidad de funciones. (Dictamen No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/214/2013, de fecha 4 de septiembre
de 2013).
Asimismo, según Decreto No. 260 publicado en el Periódico
Oficial No. 056, de fecha 17 de septiembre de 2013, por el
que se autoriza al Ejecutivo del Estado, la disolución de la
empresa de participación estatal denominada Sociedad
Operadora de la Torre Chiapas, Sociedad Anónima de Capital
Variable, y a la vez establece que la Secretaría de Hacienda
asumirá la administración, mantenimiento y operación del
edificio “Torre Chiapas” y sus anexos, por lo que se hace
necesaria la “Creación de la Dirección Operativa de la Torre
Chiapas en la Secretaría de Hacienda” para continuar
manteniendo una infraestructura cómoda, segura y funcional,
en donde Dependencias y Entidades de la Administración
Pública, así como empresas privadas e inversionistas,
desempeñen sus labores a favor de la economía local.
(Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/243/2013, de fecha 26
de noviembre de 2013).
Con fundamento en el Decreto No. 286 publicado en el
Periódico Oficial No. 068, de fecha 20 de noviembre de 2013,
y como parte de las acciones para disminuir la incidencia de
la violencia por medio de intervenciones de carácter
preventivo e integral, asimismo recuperar la seguridad, elevar
el bienestar común, promover la cultura de paz, impulsar la
participación ciudadana y fortalecer la cohesión social; se
realiza la transferencia de la Dirección de Ciudadano Vigilante
de la Secretaría de Hacienda a la Procuraduría General de
Justicia
del
Estado.
(Dictamen
No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/003/2014, de fecha 15 de enero de
2014).
27
Manual de Inducción
Asimismo, en seguimiento al Decreto No. 207 publicado en el
Periódico Oficial No. 040, de fecha 26 de junio de 2013,
mediante el cual se reforma el artículo 30-A de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas,
y en particular al artículo tercero transitorio, se realiza la
transferencia externa del Departamento de Programas para el
Desarrollo de la Región Petrolera de la Secretaría de
Hacienda a la Secretaría de Planeación, Gestión Pública y
Programa
de
Gobierno.
(Dictamen
No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/057/2014, de fecha 26 de febrero de
2014).
Con la finalidad de verificar el cumplimiento de las
obligaciones fiscales y aduaneras, se llevó a cabo el
fortalecimiento estructural y funcional de la Dirección de
Auditoría Fiscal y de la Subprocuraduría de Resoluciones y de
lo Contencioso en materia aduanal. (Dictamen No.
SH/SUBA/DGRH/DEO/283/2014, de fecha 8 de septiembre
de 2014).
Bajo los criterios generales que rigen la emisión de
información financiera de los entes públicos para lograr su
adecuada armonización, se fortaleció estructural y
funcionalmente la Dirección de Contabilidad Gubernamental.
(Dictamen No. SH/SUBA/DGRH/DEO/297/2014, de fecha 10
de octubre de 2014).
Por lo anterior, es importante destacar que cada
reestructuración tiene la finalidad de conformar un sistema de
interacción entre la Dependencia y su entorno, que posibilite
su auto renovación y permita plantear nuevas acciones, en
donde se conjugue la participación de los recursos humanos y
la tecnología.
28
Manual de Inducción
Código de Ética de la Función Pública
El presente Código de Ética de la Función Pública, representa el
conjunto de valores y principios, reglas generales de conducta y
prohibiciones éticas para lograr un cambio en la actitud del
servidor público, que se traduzca en una mayor disposición y
vocación de servicio, exhortándolo a respetar las normas legales,
para conducir su actuación en un sentido recto, reconociendo
como primera obligación, realizar su trabajo con amabilidad,
sentido de justicia, equidad y transparencia, procurando siempre
enaltecer y honrar con todos sus actos y en todo momento, a la
institución en la que presta sus servicios, mostrando una actitud
profesional con gratitud, probidad, responsabilidad y eficiencia,
consciente de que su desempeño dispone de los recursos,
instrumentos y la formación institucional para servir a la
sociedad.
Los principios, valores y demás disposiciones previstas en el
presente Código, son de observancia general para todos los
servidores públicos de la Administración Pública del Estado,
cualquiera que sea su nivel jerárquico o especialidad, sin
perjuicio de lo establecido en otras normas o disposiciones que
regulen el desempeño de los servidores públicos, por ende, toda
persona que ingrese o se encuentre adscrita como servidor
público, deberá conocerlo y asumir el compromiso de su debido
cumplimiento.
Valores y Principios que deben aplicarse en el ejercicio
de la Función Pública
Honradez: En el desarrollo de sus actividades los servidores
públicos deben actuar con la máxima rectitud posible, sin
pretender obtener con base en el cargo, empleo o comisión que
desempeñan ventaja o provecho alguno, para sí o para terceros.
Asimismo, deben abstenerse de aceptar o buscar prestaciones o
compensaciones provenientes de cualquier persona, evitando de
esta manera la realización de conductas, que pudieran poner en
duda su integridad o disposición para el cumplimiento de los
deberes propios del cargo.
29
Manual de Inducción
Legalidad: El servidor público debe ejercer sus actividades con
estricto apego al marco jurídico vigente, por ende, se encuentra
obligado a conocer, respetar y cumplir la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del
Estado de Chiapas, la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Chiapas, y demás leyes y reglamentos que
regulan sus funciones.
Prudencia: En aquellos casos en que el servidor público se
encuentre ante situaciones no previstas por las leyes, éste
deberá utilizar la razón, a efecto de ser capaz de distinguir lo
bueno y lo malo, procurando por encima de cualquier interés
particular el bienestar colectivo.
Imparcialidad y objetividad: Los servidores públicos se
encuentran comprometidos a proceder de manera correcta
durante el ejercicio de las funciones que desempeñan, dirigiendo
su conducta de acuerdo a las normas legales que para el caso
se encuentren establecidas, dejando a un lado cualquier tipo de
influencias extrañas que pudieran desviarla, actuando sin
conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o
persona alguna; evitando que influya en su juicio y conducta,
intereses externos que perjudiquen o beneficien a personas o
grupos en detrimento del bienestar de la sociedad, desarrollando
su actuación sin aprensiones o prejuicios, apegándose en todo
momento a las reglas institucionales que al efecto existan.
Compromiso: Los servidores públicos deberán procurar que
durante el desarrollo de sus funciones vaya más allá del simple
cumplimiento de su deber, pretendiendo que el ejercicio de sus
actividades sea efectivo, eficaz y eficiente.
Responsabilidad: El servidor público se encuentra obligado a
cumplir con esmero, cuidado y atención todos sus deberes,
reconociendo y aceptando las consecuencias de los hechos que
ha realizado, en concordancia con los principios y valores
previstos en el presente Código de Ética.
Dignidad y Decoro: El servidor público debe observar una
conducta digna y decorosa, actuando con sobriedad y
30
Manual de Inducción
moderación; consecuentemente su trato hacia el público y para
con los demás funcionarios, debe ser en todo momento con
pleno respeto y corrección.
Transparencia y Discreción: El servidor Público debe velar por
que se garantice plenamente la transparencia del servicio público
y el derecho fundamental de toda persona al acceso a la
información pública, sin más limitaciones que las previstas por
causa de interés público y la confidencialidad de datos
personales, establecidos por las leyes de transparencia y acceso
a la información, impidiendo o evitando el mal uso, sustracción,
destrucción, ocultamiento o inutilización de los mismos;
Asimismo, no debe utilizar, en beneficio propio, de terceros o
para fines ajenos al servicio, información de la que tenga
conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus
funciones y que no esté destinada para su difusión.
Justicia: El respeto al estado de derecho es una obligación de
todo individuo que se integre a la sociedad, en este sentido el
servidor público es quien se encuentra mayormente
comprometido a ello, es por eso, que en el ejercicio de sus
funciones deberá conducirse con respeto hacia la sociedad y con
estricto apego a las normas jurídicas que regulan el ejercicio de
sus funciones, procurando en todo momento la aplicación del
derecho.
Igualdad: El servidor público no debe realizar actos
discriminatorios en su relación con el público o con los demás
servidores públicos, otorgando a todas las personas igualdad de
trato en igualdad de situaciones. Se entiende que existe igualdad
de situaciones cuando no median diferencias que de acuerdo
con las normas vigentes, deben considerarse para establecer
alguna preferencia.
Este principio se aplica también a las relaciones que el
funcionario mantenga con sus subordinados.
Respeto: Es la actitud que todo servidor público debe guardar
frente a los demás, a efecto de aceptar, comprender y considerar
durante el ejercicio de sus funciones los derechos, libertades y
31
Manual de Inducción
cualidades que cada individuo posee, reconociendo de esta
manera el valor de la condición humana, lo que le permitirá poder
brindar a los miembros de la sociedad un trato digno, cortés,
cordial y tolerante.
Integridad: Todo servidor público debe ejercer sus funciones
con plena rectitud y probidad, atendiendo siempre la verdad,
fomentando la credibilidad en las instituciones y la confianza por
parte de la sociedad.
Tolerancia: El servidor público debe respetar las ideas,
creencias y prácticas de la sociedad, observando en todo
momento un grado de tolerancia superior al ciudadano común,
con respecto a las críticas del público y de la prensa.
Otros Principios y Valores que deben existir en el ejercicio
de la función pública
Idoneidad: El servidor público deberá desarrollar las actividades
que le sean encomendadas con la aptitud técnica, legal y moral,
necesaria que propicie el adecuado ejercicio de la función
pública. Ninguna persona debe aceptar ser designada en un
cargo para el que no tenga la capacidad y disposición para el
buen desempeño o ejercicio del mismo.
Aunado a lo anterior, quien disponga la designación de un
servidor público, deberá verificar que éste, es apto para
desempeñar la función que deberá de asignársele.
Capacitación: Todo servidor público debe actualizarse
permanentemente en los conocimientos y técnicas que utilice
para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo, a
efecto de prestar sus servicios con la calidad y excelencia
necesaria.
Colaboración: El servidor público que se encuentre ante
situaciones extraordinarias, debe realizar aquellas tareas que por
su naturaleza o modalidad no sean las estrictamente inherentes
a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar,
neutralizar o superar las dificultades que enfrente el Organismo
Administrativo al que se encuentre adscrito.
32
Manual de Inducción
Obediencia: El servidor público debe dar cumplimiento a las
órdenes que en el ejercicio de sus funciones le dicte su superior
jerárquico, siempre y cuando reúnan las formalidades del caso y
tengan por objeto la realización, de actos de servicio que se
vinculen con las funciones a su cargo, salvo el supuesto de
arbitrariedad o ilegalidad manifestadas.
Obligación de denunciar: El servidor público debe denunciar
ante su superior o las autoridades correspondientes, los actos de
los que tuviera conocimiento con motivo o en ocasión del
ejercicio de sus funciones y que pudieran causar algún perjuicio
o constituir un delito o violaciones a cualquiera de las
disposiciones contenidas en el presente Código de Ética.
Puntualidad: El servidor público deberá de asistir con
puntualidad al desempeño diario de sus actividades, respetando
el horario establecido.
Uso adecuado de los bienes y recursos: El servidor público
debe proteger y conservar los bienes que se le asignen,
utilizando los que le fueran asignados para el desempeño de sus
funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o
desaprovechamiento; utilizarlos exclusivamente para los fines a
que estén afectos, sin que pueda emplearlos o permitir que otros
lo hagan para fines particulares o propósitos que no sean
aquellos para los cuales hubieran sido específicamente
destinados.
Entorno Cultural y Ecológico: El servidor público debe evitar
en todo momento la afectación de nuestro patrimonio cultural y
de nuestro ecosistema, asumiendo una actitud de respeto,
defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de
nuestro Estado.
Prohibiciones Éticas para los Servidores Públicos
El servidor público derivado de su cargo o comisión deberá
abstenerse de lo siguiente:
33
Manual de Inducción
a) Solicitar, aceptar o admitir dinero, dádivas, beneficios,
regalos, favores, promesas u otras ventajas, directa o
indirectamente, para sí o para terceros.
b) Retardar o dejar de hacer tareas relativas a sus funciones.
c) Hacer valer su influencia ante otro servidor público, a fin de
que éste agilice, retarde o deje de hacer tareas relativas a sus
funciones.
Se presumirá especialmente que el beneficio está prohibido si
proviene de una persona o entidad que:
a) Lleve a cabo actividades reguladas o fiscalizadas por el
órgano o entidad en el que se desempeña el servidor público.
b) Gestione o explote concesiones, autorizaciones, privilegios o
franquicias otorgados por el órgano o entidad en el que se
desempeña el servidor público.
c) Sea o pretendiera ser contratista o proveedor de bienes o
servicios de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
d) Procure una decisión o acción del órgano o entidad en el que
se desempeña el servidor público.
e) Tenga intereses que pudieran verse significativamente
afectados por la decisión, acción, retardo u omisión del
órgano o entidad en el que desempeña el servidor público.
Quedan exceptuados de las prohibiciones establecidas en el
presente Código de Ética:
a) Los reconocimientos protocolares recibidos de los gobiernos
municipal o estatal, organismos internacionales o entidades
sin fines de lucro, en las condiciones en las que la ley o la
costumbre oficial admitan esos beneficios.
b) Los gastos de viaje y estadía recibidos de instituciones de
enseñanza o entidades sin fines de lucro, para el dictado de
34
Manual de Inducción
conferencias, cursos o actividades académico-culturales, o la
participación en ellas, siempre que ello no resultara
incompatible con las funciones del cargo o prohibido por
normas especiales.
c) Los arreglos o beneficios que por su valor exiguo y de menor
cuantía, se realicen por razones de amistad o relaciones
personales con motivo de acontecimientos en los que resulta
usual efectuarlos y que no pudieran ser considerados como un
medio tendiente a afectar la recta voluntad del servidor público.
De las Sanciones
Aquellos servidores públicos, que como resultado del
incumplimiento de alguna de las disposiciones contenidas en el
presente Código de Ética, actualicen algún supuesto
responsabilidad prevista por la normatividad vigente, serán
sancionados conforme a las normas legales que regulen el caso
concreto.
35
Manual de Inducción
Documentos de Consulta
Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Federal del Trabajo.
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
Estatal
Constitución Política del Estado de Chiapas.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Chiapas.
Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas.
Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la
Información Pública para el Estado de Chiapas.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Chiapas.
Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de
Chiapas.
Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles
y Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas.
Ley de Ingresos del Estado de Chiapas.
Ley de Derechos del Estado de Chiapas.
Código de la Hacienda Pública para el Estado de
Chiapas.
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento
de Bienes Muebles y Contratación de Servicios para el
Estado de Chiapas.
Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013–2018.
Decreto que establece las Medidas de Austeridad y
Disciplina del Gasto de la Administración Pública del
Estado de Chiapas.
Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de la
Función Pública.
Manual de Organización de la Secretaría de Hacienda.
Manual de Procedimientos de la Secretaría de Hacienda.
Manual de Servicios de la Secretaría de Hacienda.
36
Manual de Inducción
Páginas de Internet de Consulta
http://www.chiapas.gob.mx
http://www.normateca.chiapas.gob.mx/secretariahacienda
http://www.haciendachiapas.gob.mx
http://www.chiapas.gob.mx/funcionarios/estatal/ejecutivo/
secretaria-hacienda
37
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Oficina del C. Secretario
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65015
Secretaría Particular
(961) 69 14043
65015
Unidad de Apoyo Administrativo
Área de Recursos Humanos
Área de Recursos Financieros y
Contabilidad
Área de Recursos Materiales y
Servicios Generales
Área Regional Administrativa en
Tapachula
Área Regional Administrativa en San
Cristóbal de las Casas
Área Regional Administrativa en
Yajalón
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65537
65392
(961) 69 14043
65333
(961) 69 14043
65369
(962) 62 62455
(962) 62 64311
------
(967) 67 80402
-------
(919) 67 40551
------
Unidad de Informática
Área de Informática de Programación
y Presupuesto
Área de Informática de Ingresos
Área de Soporte Técnico
Área de Informática de Tesorería
Área de Sistemas y Web
Área del SIAHE
(961) 69 14043
65419
(961) 69 14043
65807
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 61 87200
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65153
65806
65835
65424
65212
Unidad de Planeación
Área de Organización
Área de Planeación y Evaluación
Área de Sistemas de Calidad
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65346
65288
65554
65532
38
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Coordinación de Unidades
Administrativas
Área de Evaluación y Seguimiento al
Gasto de Recursos Financieros
Área de Evaluación y Seguimiento al
Gasto de Recursos Humanos y
Materiales
Coordinación Técnica
Unidad de Coordinación
Hacendaria
Área de Coordinación Fiscal Federal
Área de Coordinación Fiscal
Municipal
Unidad de Estructuración
Financiera
Teléfono
Ext.
(961) 69 14043
65216
(961) 69 14043
65542
(961) 69 14043
65021
(961) 69 14043
65131
(961) 69 14043
65140
(961) 69 14043
65309
(961) 69 14043
65308
(961) 69 14043
65816
Unidad de Inteligencia Patrimonial
y Económica
39
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Subsecretaría de Egresos
Dirección General de Presupuesto
y Cuenta Pública
Dirección de Presupuesto del
Gasto Institucional
Departamento de Proyectos
Institucionales
Departamento de Educación y Salud
Departamento de Control del
Ejercicio Presupuestal
Dirección de Presupuesto del
Gasto de Inversión
Departamento de Integración de
Programas
Departamento de Proyectos de
Inversión
Dirección de Política del Gasto
Departamento de Normatividad del
Gasto
Departamento de Análisis y Política
del Gasto
Dirección de Contabilidad
Gubernamental
Departamento de Normatividad
Contable
Departamento de Evaluación de los
Subsistemas de Recaudación,
Fondos y Deuda Pública
Departamento de Evaluación del
Subsistema de Egresos
Departamento de Consolidación y
Cuenta Pública
Departamento de Evaluación de
Entidades Paraestatales y
Fideicomisos Públicos
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65011
(961) 69 14043
65393
(961) 69 14043
65231
(961) 69 14043
65233
(961) 69 14043
65237
(961) 69 14043
65241
(961) 69 14043
65417
(961) 69 14043
65285
(961) 69 14043
65245
(961) 69 14043
65217
(961) 69 14043
65397
(961) 69 14043
65399
(961) 69 14043
65049
(961) 69 14043
65055
(961) 69 14043
65053
(961) 69 14043
65057
(961) 69 14043
65059
(961) 69 14043
65156
40
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Subsecretaría de Ingresos
Coordinación de Programas
Especiales y Evaluación Operativa
Área de Seguimiento y Evaluación
Área Operativa y Administrativa
“MIGO”
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65030
(961) 69 14043
65134
(961) 69 14043
65130
(961) 69 14043
65145
Dirección de Ingresos
Departamento de Registro y Control
de Obligaciones Fiscales
Departamento de Asistencia y Difusión
Fiscal
Departamento de Contabilidad de
Ingresos
Departamento de Registro y Control
Vehicular
(961) 69 14043
65036
(961) 69 14043
65069
(961) 69 14043
65046
(961) 69 14043
65072
(961) 69 14043
65070
Dirección de Auditoría Fiscal
Departamento de Visitas Domiciliarias
Departamento de Revisiones de
Escritorios
Departamento de Revisiones Estatales
Departamento de Programación,
Evaluación y Análisis
Departamento de Revisiones
Regionales
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65033
65062
(961) 69 14043
65061
(961) 69 14043
65063
(961) 69 14043
65064
(961) 69 14043
65066
Departamento de Métodos Masivos
(961) 69 14043
65106
Departamento de Fiscalización de
Comercio Exterior
Departamento de Seguimiento a
Procedimientos Legales
(961) 69 14043
65111
(961) 69 14043
65051
Dirección de Cobranza
Departamento de Cobranza Coactiva
Departamento de Seguimiento y
Control de Créditos
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65035
65068
(961) 69 14043
65067
41
Manual de Inducción
Directorio
Órgano
Administrativo
Delegación de
Hacienda Tuxtla
Gutiérrez
Delegación de
Hacienda Cintalapa
Delegación de
Hacienda Villaflores
Delegación de
Hacienda Tapachula
Delegación de
Hacienda Tonalá
Delegación de
Hacienda Huixtla
Delegación de
Hacienda Motozintla
Delegación de
Hacienda Palenque
Delegación de
Hacienda Pichucalco
Delegación de
Hacienda Reforma
Delegación de
Hacienda Comitán
Delegación de
Hacienda San
Cristóbal
Delegación de
Hacienda Ocosingo
Teléfono
Directo
(961) 61 21673
(961) 60 01861
Conmutador
Ext.
(961) 69 14043
90575
90576
(968) 68 42048
(961) 69 14043
(965) 65 20182
(961) 69 14043
(962) 62 64311
(961) 69 14043
(966) 66 30046
(961) 69 14043
(964) 64 22367
(961) 69 14043
(962) 64 10157
(962) 64 10665
(916) 34 50110
(916) 34 51573
(932) 32 30018
(932) 32 30829
(917) 32 80231
(917) 32 80967
(963) 63 20512
(963) 63 20047
(967) 67 80402
(967) 67 80990
(961) 69 14043
90550
90551
90555
90556
90535
90536
90565
90566
90545
90546
90595
90596
90540
90541
90520
90521
90510
90511
90505
90506
90570
90571
(919) 67 30606
(919) 67 30996
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 69 14043
(961) 69 14043
90515
90516
42
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Tesorería Única
Área de Gestión de Finanzas e
Inversiones
Dirección de Coordinación
Municipal y Financiamiento
Público
Departamento de Planeación y
Evaluación Financiera
Departamento de Atención a
Municipios
Departamento de Financiamiento
Público
Teléfono
(961) 69 14043
(961) 69 14043
Ext.
65830
65886
65888
(961) 69 14043
65831
(961) 69 14043
65857
(961) 69 14043
65860
(961) 69 14043
65852
Dirección de Control Financiero
(961) 69 14043
65863
Departamento de Nóminas
Departamento de Control de Fondos
(961) 61 87214
(961) 61 87215
(961) 69 14043
65881
Departamento de Contabilidad
(961) 69 14043
65890
Dirección de Pagos
Departamento de Pago a
Proveedores y Contratistas
Departamento de Organismos
Públicos
Departamento de Banca Electrónica
(961) 69 14043
------
65843
(961) 69 14043
65846
(961) 69 14043
65870
(961) 69 14043
65864
43
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Procuraduría Fiscal
Subprocuraduría de Legislación y
Asuntos Jurídicos
Departamento de Legislación y
Consulta
Departamento de Asuntos Jurídicos
Departamento de Procedimientos
Administrativos y Laborales
Subprocuraduría de Resoluciones y
de lo Contencioso
Departamento de lo Contencioso
Departamento de Fianzas
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65253
(961) 69 14043
65264
(961) 69 14043
65263
(961) 69 14043
65271
(961) 69 14043
65251
(961) 69 14043
65259
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65259
65270
44
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Subsecretaría de Administración
Dirección General de Recursos
Humanos
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65525
(961) 69 14043
65481
Coordinación Operativa del FAIFAP
(961) 69 14043
65498
Dirección de Administración de
Nóminas
Departamento de Personal
Administrativo
Departamento de Personal del Sector
Educativo
Departamento de Sistemas de
Nóminas
Departamento de Archivo de
Expedientes Laborales
(961) 69 14043
65082
(961) 69 14043
65895
(961) 69 14043
65468
(961) 69 14043
65312
(961) 61 69403
Directo
(961) 69 14043
65502
(961) 69 14043
65463
(961) 69 14043
65487
(961) 69 14043
65422
(961) 69 14043
65495
(961) 69 14043
65493
(961) 69 14043
65494
(961) 69 14043
65450
Dirección de Obligaciones Fiscales
y Retenciones
Departamento de Obligaciones
Fiscales
Departamento de Retenciones
Dirección de Estructuras Orgánicas
Departamento Sector Educación,
Salud, Desarrollo Social y Campo
Departamento Sector Gobierno,
Seguridad y Medio Ambiente
Departamento Sector Administración,
Finanzas y Obra Pública
Departamento de Reglamentos
Interiores y Manuales Administrativos
45
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65517
65129
65900
Dirección de Adquisiciones
Departamento de Asuntos Especiales
Departamento de Programación y
Seguimiento de Procesos
Departamento de Pedidos,
Estadísticas y Archivo
Departamento 1 de Atención al
Gabinete de Gobierno
Departamento 2 de Atención al
Gabinete de Educación y de
Asistencia Social
Departamento 3 de Atención al
Gabinete de Salud, de Seguridad
Pública y de Protección Civil
Departamento 4 de Atención al
Gabinete Económico de
Infraestructura y de Medio Ambiente
(961) 69 14043
(961) 69 14043
65476
65474
(961) 69 14043
65164
(961) 69 14043
65477
(961) 69 14043
65503
(961) 69 14043
65471
(961) 69 14043
65526
(961) 69 14043
65005
Dirección de Servicios
Departamento de Normatividad y
Seguimiento
Departamento de Operación de
Servicios
Departamento de Administración de
Seguros de Vida y Bienes
Patrimoniales
(961) 69 14043
65508
(961) 69 14043
65507
(961) 69 14043
65509
(961) 69 14043
65513
Dirección Operativa del FOPROVEP
Departamento de Contabilidad
Departamento de Enlace Jurídico
(961) 61 21335
(961) 61 29244
(961) 61 21335
(961) 61 21335
----------------
46
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Dirección General de Tecnologías
de Información y Comunicaciones
Dirección de Normatividad e
Infraestructura Tecnológica
Departamento de Capacitación en
Tecnologías de Información
Departamento de Infraestructura
Tecnológica y Comunicaciones
Departamento de Normatividad y
Proyectos Informáticos
Dirección de Innovación y
Desarrollo Tecnológico
Departamento de Desarrollo
Tecnológico
Departamento de Ingeniería y Gestión
Tecnológica
Departamento de Análisis y Desarrollo
de Sistemas
Teléfono
(961) 69 14020
(961) 69 14025
Ext.
67533
(961) 69 14020
67514
(961) 69 14020
67513
(961) 69 14020
67517
(961) 69 14020
67512
(961) 69 14020
67548
(961) 69 14020
67547
(961) 69 14020
67545
(961) 69 14020
67546
47
Manual de Inducción
Directorio
Órgano Administrativo
Subsecretaría de Entidades
Paraestatales
Teléfono
(961) 69 14043
Ext.
65340
Dirección de Fideicomisos
Estatales
Departamento de Análisis y
Evaluación
Departamento de Normatividad
Fiduciaria
(961) 69 14043
65343
(961) 69 14043
65006
(961) 69 14043
65336
Dirección de Organismos y
Empresas Públicas
Departamento de Evaluación y
Seguimiento
(961) 69 14043
65048
(961) 69 14043
65339
Departamento de Análisis Jurídico
(961) 69 14043
65141
Dirección Operativa de la Torre
Chiapas
Departamento de Logística y
Servicios de Arrendamientos
Departamento de Mantenimiento
General
(961) 69 14059
69951
(961) 69 14059
69951
(961) 69 14059
69963
48
Manual de Inducción
Despedida
Te recomendamos tener a tu alcance, esta información que será de
gran utilidad para ti, ahora que estas iniciando tus actividades
laborales y a lo largo de tu permanencia en la Secretaría de
Hacienda.
Te invitamos a mejorar aptitudes y actitudes, trabajando en equipo, a
través de un desempeño responsable y comprometido con la
Dependencia.
49
Manual de Inducción
Grupo de Trabajo
Coordinación
Lic. Cecilio de Jesús Díaz Rincón
Jefe de la Unidad de Planeación
Secretaría de Hacienda
Desarrollo del Documento
Lic. Jorge Luis Domínguez Trujillo
Jefe del Área de Organización
Secretaría de Hacienda
Asesoría
Lic. Arturo Fernando Villatoro Ruíz
Director de Estructuras Orgánicas
Secretaría de Hacienda
Lic. Gerardo Barajas Cruz
Jefe del Departamento de Reglamentos Interiores
y Manuales Administrativos
Secretaría de Hacienda
Lic. Estamia Guadalupe Anza Jiménez
Asesora
Departamento de Reglamentos Interiores
y Manuales Administrativos
Secretaría de Hacienda
50
Manual de Inducción