BASES DEL SORTEO NÓMINAS/PENSIONES 2015 (II) “100 tarjetas regalo de 100 euros (II)” PRIMERA - PERIODO DE VIGENCIA Y CONDICIONES GENERALES Unicaja Banco S.A., en adelante Unicaja, realizará una promoción dirigida a todos los clientes que tengan domiciliada la nómina o pensión en Unicaja con alta de la domiciliación anterior a la fecha del sorteo, en las condiciones que más adelante se detallan. El ámbito territorial de la promoción será todo el territorio nacional. SEGUNDA - OBJETIVO El objetivo es premiar la fidelidad de los clientes que tienen domiciliada la nómina o pensión en Unicaja, en las condiciones que más adelante se detallan. TERCERA - PARTICIPANTES Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Participarán todos aquellos clientes personas físicas mayores de edad que tengan su nómina o pensión domiciliada en Unicaja, y que cumplan las siguientes condiciones a la fecha del sorteo: Domiciliación de la nómina o pensión activa y con alta de la misma anterior al 1 de julio de 2015. Tener informado el número de teléfono y la dirección de correo electrónico, prestando su consentimiento a utilizar estos datos con fines comerciales mediante la firma del documento correspondiente. Los datos quedan incorporados a un fichero informatizado, siendo el responsable del fichero y de su tratamiento Unicaja, con domicilio en Málaga, Avenida de Andalucía 10-12, C.P. 29007. Se considerarán clientes con nómina domiciliada, aquellos que reciban ingresos regulares por pago de haberes o rentas del trabajo que sean iguales o superiores a 600 euros netos mensuales, siempre que vengan emitidos por la empresa pagadora y correctamente informados el código de abono y el beneficiario del mismo. En ningún caso se admitirán abonos en efectivo o transferencias realizadas por el mismo cliente en concepto de nómina. En el caso de percibir la nómina fraccionada, tendrá consideración de nómina si al menos uno de los ingresos es igual o superior a 600 euros. Se considerarán clientes con pensión domiciliada, aquellos perceptores de pensiones contributivas o no contributivas procedentes de la Seguridad Social u otro organismo oficial español, que sean iguales o superiores a 300 euros netos mensuales. Por otra parte, quedan excluidos aquellos clientes que tengan algún impago en el momento del sorteo y que no cumplan lo establecido en estas bases del sorteo. Quedan excluidos de los participantes los empleados de Unicaja. CUARTA - PREMIOS Se sortearán 100 tarjetas regalo de 100 euros cada una entre los participantes. A cada titular premiado se le entregará 1 tarjeta regalo cargada con un saldo de 100 euros. QUINTA - MECÁNICA DEL SORTEO El sorteo se celebrará ante Notario, en la Dirección de Marketing de Unicaja, sita en C/Ancla, 2 7ª planta, en Málaga, el 20 de julio de 2015. Unicaja se reserva la posibilidad de modificar la fecha del sorteo de mediar motivos justificados. El sorteo se realizara siguiendo una mecánica común que pasamos a describir: En la mecánica del sorteo, Unicaja, presentará ante el Notario de su elección un archivo informático que contenga los datos actualizados de todos los usuarios de la campaña. En el archivo aparecerán: la numeración, nombre, apellidos, NIF y código de la oficina de los usuarios. El soporte informático a utilizar para el sorteo, será un PC convencional. La obtención de los registros premiados se realizará por el sistema de combinación aleatoria de tracto único, a través de aplicación informática facilitada por el Notario, donde se obtendrá un número, se considerarán premiados los 50 anteriores y los 50 posteriores. Como suplentes se contarán 25 más por el tramo superior y otros 25 por el tramo inferior. Los registros suplentes, en orden de extracción, sustituirán a los premiados para el caso de identificación incompleta o incorrecta, incumplimiento o no aceptación de los requisitos exigidos en las presentes bases del sorteo, o imposibilidad de localización transcurridos 10 días hábiles para la aceptación del premio por parte de éste desde la celebración del sorteo. SEXTA - COMUNICACIÓN DE RESULTADOS DEL SORTEO Una vez efectuado el sorteo, y verificados los datos por parte de Unicaja, a poder ser en el mismo día, se enviará un informe a la oficina del titular que haya resultado agraciado, para que cada oficina proceda a su comunicación a los ganadores a través de los datos proporcionados por éstos. SÉPTIMA - ENTREGA Y ACEPTACIÓN DE PREMIOS Para recibir el premio, se identificará al ganador por el NIF que esté informado en la base de datos, quién deberá cumplir los requisitos exigidos en las presentes bases del sorteo. La adjudicación de premios de la presente promoción está limitada a un premio por titular. La entrega del premio se realizará al premiado en su oficina. El cliente deberá aceptar previamente la entrega, así como, autorizar a Unicaja a la utilización de sus datos en caso de publicación del resultado del sorteo, e igualmente deberá prestar su consentimiento expreso para que Unicaja pueda utilizar su imagen en el material publicitario, sin que tenga derecho a contraprestación económica alguna. No existe la posibilidad de transferir el premio a otra persona que designe el premiado. En caso de rechazar el premio, éste será transferido al suplente. Por otra parte, en caso de no aceptación del premio por parte del premiado en un plazo de 10 hábiles días desde la celebración del sorteo, se entenderá que el cliente renuncia al mismo. OCTAVA - FISCALIDAD A los premios del presente sorteo les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 75.3.f del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por la que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios derivados de sorteos por valor no superior a 300,00 euros no se encuentran sujetos a retención a cuenta del IRPF. NOVENA – PUBLICIDAD DE PREMIOS La simple aceptación del premio por parte del ganador implicará necesariamente que autoriza a Unicaja a utilizar publicitariamente su nombre e imagen en el material publicitario relacionado con el presente sorteo, sin que tenga derecho a contraprestación económica alguna. DÉCIMA - ACEPTACIÓN DE LAS BASES DEL SORTEO Por el mero hecho de tener domiciliada la nómina o pensión y cumplir con las condiciones descritas anteriormente se entiende que los participantes aceptan sus bases y el criterio con que Unicaja resuelva cualquier cuestión relacionada con el sorteo. UNDÉCIMA – PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES El participante queda informado de que los datos personales facilitados se incorporan al correspondiente fichero del Banco, autorizando a éste al tratamiento de los mismos para su utilización en relación con el desenvolvimiento de estas promociones, así como para el desarrollo de acciones comerciales (por medio de correo postal, teléfono, fax, SMS, correo electrónico y cualquier medio telemático), de carácter general o adaptadas a sus características personales, y para la oferta y contratación con el cliente de los productos y servicios del propio Banco, así como de otras empresas con las que nuestra compañía pueda firmar acuerdos de colaboración, relativos a productos financieros, seguros, etc. perdurando su autorización, incluso una vez concluida su relación con el Banco, en tanto no sea revocada. El interesado queda informado de su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación, respecto de sus datos personales en los términos previstos en la Ley, pudiendo ejercitar este derecho por escrito mediante carta dirigida al Departamento de Atención al Cliente de Unicaja, con domicilio en Málaga , Avenida de Andalucía, 10-12, C.P.29007.
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