E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS Dr. RAFAEL MÁRQUEZ HERNÁNDEZ GERENTE PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO PLANETA RICA - CÓRDOBA Enero 30 de 2015 E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 RESOLUCIÓN N° 018 (Enero 28 de 2015) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO PARA LA VIGENCIA 2015 El Gerente de la E.S.E.- Hospital San Nicolás del Municipio de Planeta Rica, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Nacional, la Ley 1474 de julio 12 de 20011 y el Decreto Nacional 2145 de noviembre 4 de 1999. CONSIDERANDO Que la Ley 87 de 1993 establece las normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado Colombiano. Que el Decreto Nacional 2145 de 1999, establece en su artículo 13 que es responsabilidad de todos los niveles y áreas de la organización en ejercicio de autocontrol, documentar y aplicar los métodos, metodologías, procesos y procedimientos y validarlos constantemente con el propósito de realizar los ajustes y actualizaciones necesarias de tal manera que sean el soporte orientador fundamental, no solo para el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en el Plan de Gestión 2012-2015 para alcanzar la prosperidad democrática, sino también para el mejoramiento institucional y optimizar el servicio a la comunidad Planeta Rícense. Que el decreto reglamentario 1599 por medio del cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, proporciona una estructura para el control de la estrategia, la gestión y la evaluación de las Entidades del Estado, cuyo propósito es orientarlas hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la contribución de estos a los fines esenciales del Estado. Que el decreto reglamentario 1599 por medio del cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, dispone la responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad u organismo correspondiente y de los jefes de cada dependencia de las entidades, así como E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 los demás funcionarios de la respectiva entidad en el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno. Que la Ley 1474 de 2011, en su artículo 73 establece; PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano. Que el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, a través de la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la Republica señaló la metodología estratégica para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención a la ciudadanía. Que cada jefe de las diferentes dependencias de la E.S.E. Hospital San Nicolás del municipio de Planeta Rica, elabore el mapa de riesgos de corrupción, estructurando las medidas para controlarlos, evitarlos y realizar el debido seguimiento a la efectividad de dichas acciones. Que la consolidación del Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano estuvo a cargo de la Oficina SIAU, como facilitadora de todo el proceso de elaboración. Que el Jefe de Control Interno es el encargado de verificar y evaluar la elaboración, visibilidad, el seguimiento y control del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Por lo anteriormente expuesto, RESUELVE E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 ARTÍCULO PRIMERO: ADOPCIÓN. Adoptar el PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO de la E.S.E.- Hospital San Nicolás del Municipio de Planeta Rica - Córdoba para la vigencia 2015, de conformidad a los parámetros establecidos por la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la Republica, así como los parámetros establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y el Departamento Nacional de Planeación (DNP), en todos sus componentes, así: PRIMER COMPONENTE: METODOLOGÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS DE CORRUPCIÓN Y ACCIONES PARA SU MANEJO SEGUNDO COMPONENTE: ESTRATÉGIA ANTITRÁMITES TERCER COMPONENTE: RENDICIÓN DE CUENTAS CUARTO COMPONENTE: MECANISMOS PARA MEJORAR LA ATENCIÓN AL CIUDADANO ARTÍCULO SEGUNDO: OBLIGATORIEDAD. El PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO, tienen carácter obligatorio en cuanto a su ejecución, seguimiento y evaluación por parte de los jefes de dependencias y/u Oficinas y demás funcionarios de la entidad. ARTÍCULO TERCERO: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. El seguimiento y evaluación del PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO se efectuará en las siguientes fechas: abril 30, agosto 31 y diciembre 31. ARTÍCULO CUARTO: PUBLICIDAD. De conformidad a lo establecido en el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”, así como los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), el PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO de la E.S.E.- Hospital San Nicolás, se publicará en la página web institucional www.esehospitalsannicolas-planetarica-cordoba.gov.co E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 ARTÍCULO QUINTO: AJUSTES. La recepción y evaluación de solicitudes de ajuste al PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO por parte de los jefes de Dependencias y/u oficinas, sobre la modificación de actividades, fechas, responsables u otros, será realizado por el jefe de Recursos Humanos y el Jefe de Oficina de Control Interno. ARTÍCULO SEXTO: La aprobación de los ajustes al PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO 2015, será efectuada por el Gerente. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Planeta Rica – Córdoba a los veintiocho (28) días del mes de enero de dos mil quince (2015) Original firmada por el Gerente RAFAEL MÁRQUEZ HERNÁNDEZ GERENTE E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 INTRODUCCIÓN La E.S.E.- Hospital San Nicolás de Planeta Rica - Córdoba, en cabeza del Gerente Dr. Rafael Márquez Hernández, comprometido con el desarrollo social, económico, cultural y político de nuestra entidad y con las políticas nacionales para la construcción de un Estado comunitario y justo, con el objeto de promover los principios y valores institucionales, contenidos en el Plan de Gestión 20132015, Código de Ética, de Buen Gobierno y el Control Interno Disciplinario de la Entidad. Así mismo, generar un ambiente de confianza constante de los ciudadanos frente a la administración del Hospital y de los particulares que participen en la prestación de los servicios de salud, asegurando el control social, la seguridad ciudadana y la garantía de los derechos mediante procesos transparentes, que garanticen la igualdad de oportunidades, el trato digno y la eliminación de las desigualdades. Por tal razón, se expide el presente PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO para la vigencia 2015, de conformidad a lo establecido en el artículo 73 de la Ley 1474 de julio 12 de 2011 “Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano. El Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción señalará una metodología para diseñar y hacerle seguimiento a la señalada estrategia.” El presente Programa Anticorrupción, se plantea como la estrategia que la E.S.E. ha definido para la lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano, la cual tiene como objetivo específico la prevención de eventos y situaciones de corrupción que eventualmente se puedan presentar en el entorno de nuestro accionar y generar procesos de control ( autocontrol, control institucional, control ciudadano) para garantizar y reconocer los derechos y deberes de todos los que de una u otra manera nos vinculamos con la entidad, ya sea a nivel de personas internas, externas, y/o comunidad. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 A través de este programa de lucha contra la corrupción, se pretende implementar herramientas orientadas a la prevención y disminución de actos de corrupción en articulación con las instituciones públicas, la empresa privada, la ciudadanía, los medios de comunicación y las organizaciones de la sociedad civil. Se presentan acciones y estrategias tendientes a implementar la Cultura de la Transparencia, basado en las capacidades y conocimientos del talento humano idóneo y con la experiencia necesaria para rendir a la comunidad con los resultados de una gestión orientada al logro y cumplimiento de nuestro objeto social. La Gerencia de la E.S.E a través del presente documento reitera su compromiso de lucha contra la corrupción, y a su vez invita a los colaboradores a unirse a esta causa, teniendo como referente los principios y valores éticos, en el relacionamiento de la E.S.E, con sus usuarios, proveedores, entidades del sector salud, entidades de vigilancia y control y otras interesadas. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 VISIÓN En el 2020 seremos una empresa sólida administrativa y financieramente, líder en la prestación de servicios de salud y reconocidos a nivel regional, soportada en los más altos estándares de calidad, basado en un modelo de atención humanizado y de gestión por procesos, la satisfacción de las necesidades y expectativas de nuestros usuarios será la mayor prioridad, contribuyendo de esta forma con el bienestar social de la población. MISIÓN Somos una empresa prestadora de servicios de salud de baja complejidad, comprometida en brindar un servicio de calidad, eficiente, con calidéz y sentido humano, garantizando una atención oportuna, sin discriminación soportada en un excelente Talento Humano enfocada en brindarles seguridad a nuestros pacientes durante todas las etapas del proceso de atención, promoviendo estilos de vida saludable, prevenir factores de riesgo y mejorar las condiciones de salud de la comunidad a través del mejoramiento continuo de nuestros procesos. OBJETIVOS DE LA ENTIDAD Producir servicios de salud eficientes y efectivos que cumplan con las normas de calidad establecidas, de acuerdo con la reglamentación que se expida para tal propósito. Prestar servicios de salud que la población requiera y que la E.S.E.- Hospital San Nicolás, de acuerdo a su desarrollo, pueda ofrecer. Garantizar mediante un manejo Gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la entidad. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Ofrecer a las Entidades Promotoras de Salud y demás personas naturales o jurídicas que los demande, servicios y paquetes a tarifas competitivas en el mercado. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamientos. Garantizar los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria establecidos por la Ley y los reglamentos. PRINCIPIOS CORPORATIVOS Eficiencia: Buscar la mejor aplicación del talento humano y de los recursos administrativos, tecnológicos y financieros disponibles, con criterios de rentabilidad social y economía. Integridad Humana: Garantizar los derechos universales e irrenunciables de la persona y la comunidad, para mejorar la calidad de vida y el desarrollo individual y social de conformidad con la dignidad que debe reconocerse a todo ser humano y los recursos disponibles para la institución. Eficacia: Garantizar la solución de aquellos problemas de salud de la población usuaria que correspondan a sus principales necesidades y expectativas. Universalidad: Atender a todas las personas que soliciten los servicios sin ninguna discriminación de conformidad con las disposiciones legales y los recursos disponibles. Calidad: Mejorar permanentemente los patrones para caracterizar la gestión y los servicios. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Compromiso: Cumplir con profesionalismo, vocación, disciplina, diligencia y oportunidad todas las actividades que le han sido encomendadas para desarrollar sus funciones. Imparcialidad: Actuar con legalidad y justicia, tanto en sus relaciones laborales con los compañeros, como con los usuarios en la prestación de servicios, sin tratar con privilegio o discriminación a las personas, sea cual fuere su condición. Solidaridad: Estar presto a colaborar de manera entusiasta y desinteresada con todas las personas, a fin de lograr un objetivo común. VALORES INSTITUCIONALES Los servidores públicos y contratistas de la Empresa Social del Estado Hospital San Nicolás de Planeta Rica, se comprometen a orientar su trabajo bajo los siguientes valores: Colaboración: Trabajamos en común con otra persona u otras personas, para contribuir al logro de sus fines y de esta forma ayudarlas en su trabajo, para que así puedan lograrlos y poder contribuir a que el Hospital cumpla con su misión, en la prestación de los servicios de salud. Cumplimiento: Cumplimos con nuestro deberes en los términos previstos a lo que como funcionarios públicos estamos en la obligación de hacer. Participación: Aceptamos la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización del Hospital y del sistema en su conjunto. Respeto: Mantenemos un trato cordial y de manera uniforme entre servidores y usuarios, independiente de su condición política, social, económica, raza, religión o creencia, promoviendo así una sana convivencia. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Responsabilidad: Asumimos con compromiso y conciencia las consecuencias de nuestros actos, con dedicación e interés máximo en el cumplimiento de los deberes y funciones desempeñadas. Servicios: Las funciones desempeñadas por los empleados de la E.S.E.Hospital San Nicolás, deben estar encaminadas a satisfacer necesidades del público. OBJETIVO GENERAL Contribuir en la lucha contra la corrupción, a través del establecimiento de un programa que permita desarrollar estrategias y actividades concretas de anticorrupción, de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política, las demás normas vigentes, el Código de Ética, el Código del Buen Gobierno, orientándose hacia una gestión íntegra y transparente, con principios y valores éticos frente a todos sus grupos de interés. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Definir las estrategias de apoyo a la lucha contra la corrupción a desarrollar por el Hospital Fortalecer los mecanismos de atención al ciudadano tendientes a fortalecer la cultura de la denuncia de actos corruptos, gestionando la totalidad de las denuncias que se reciban en la E.S.E.- Hospital San Nicolás, realizando para ello un análisis jurídico de las denuncias relacionadas con corrupción administrativa utilizando los medios disponibles para aclarar y documentar los hechos de la denuncia. Identificar los procesos o áreas más susceptibles o vulnerables frente al riesgo de corrupción, estableciendo las conductas en las que pueden incurrir e E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 incorporando las acciones preventivas en los respectivos mapas de riesgos acorde a la metodología implantada por la entidad. Detectar y atacar las causas estructurales que favorecen la existencia del fenómeno de la corrupción en la E.S.E. y fortalecer la cultura de la probidad, transparencia y los comportamientos éticos de los colaboradores del Hospital, sus clientes internos, externos y en general todas las partes interesadas. PORTAFOLIO DE SERVICIOS ATENCIÓN MÉDICA POR URGENCIA ATENCIÓN AMBULATORIA CONSULTA EXTERNA DE MEDICINA GENERAL Y ODONTOLOGÍA CONSULTA PRIORITARIA CONSULTA DE ENFERMERÍA CONTROL DE PACIENTES EN PROGRAMAS ESPECIALES CONSULTA DE MEDICINA ESPECIALIZADA GINECO OBSTETRICIA PEDIATRÍA CIRUGÍA GENERAL ANESTESIA SERVICIO DE HOSPITALIZACIÓN ATENCIÓN DEL PARTO CIRUGÍA GENERAL Y GINECOLOGÍA FISIOTERAPIA SERVICIO DE AYUDAS DIAGNÓSTICAS LABORATORIO CLÍNICO ELECTROCARDIOGRAMA ECOGRAFÍA RAYOS X LABORATORIO DE CITOLOGÍA CÉRVICO-UTERINO E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 AMBULANCIAS (3) PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN SALUD ATENCIÓN DEL PARTO ATENCIÓN DEL RECIÉN NACIDO VACUNACIÓN SALUD BUCAL PLANIFICACIÓN FAMILIAR DETECCIÓN TEMPRANA ALT C-D (1 A 11 AÑOS) ALT DESARROLLO DEL JÓVEN (11 A 29 AÑOS) ALT DEL EMBARAZO ALT DEL ADULTO MAYOR CÁNCER DE SENO E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 MARCO LEGAL Y TEÓRICO MARCO LEGAL: Constitución Política de Colombia: En la Constitución del 1991 se consagraron principios para luchar contra la corrupción administrativa en Colombia. La cual dio gran importancia a la participación de la ciudadanía en el control de la gestión pública y estableció la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos. Los artículos relacionados con la lucha contra la corrupción son: 23, 90, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 183, 184, 209 y 270. Ley 80 de 1993: Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. En sus normas establece causales de inhabilidad e incompatibilidad para participar en licitaciones públicas o concursos para contratar con el Estado; También establece la responsabilidad patrimonial por parte de los funcionarios y se consagra la acción de repetición. Decreto 0734 de 2012: El presente Decreto reglamenta las disposiciones legales conferidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, así como otras disposiciones legales aplicables a la contratación estatal. Ley 489 de 1998: Por medio de esta se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo No. 189 de las Constitución Política y se dictan otras disposiciones. Ley 734 de 2002: Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. En donde se contemplan como faltas disciplinarias las acciones u omisiones que lleven a incumplir los deberes del servidor público, a la extralimitación en el ejercicio de sus derechos y funciones, a incumplir las normas sobre prohibiciones; También se contemplan el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, así como E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 impedimentos y conflicto de intereses, sin haber amparo en causal de exclusión de la responsabilidad de acuerdo con lo establecido en la misma Ley. Ley 909 de 2004: Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se distan otras disposiciones. Ley 617 de 2000: La cual reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto1421 de 1993, se dictan otras normas tendiente a fortalecer la descentralización y se dictan normas para la racionalización del gasto púbico. Ley 795 de 2003: Por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones. Ley 819 de 2003: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones. Ley 850 de 2003: Por medio de la cual se reglamentan las Veedurías Ciudadanas. Crea el marco legal para el ejercicio de la veeduría en nuestro país, así como un procedimiento para la constitución e inscripción de grupos de veeduría y principios rectores. Ley 1474 de 2011: Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción, actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Decreto 2170 de 2002: Por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993, se modifica el Decreto 855 de 1994 y se dictan otras disposiciones en aplicación de la Ley 527 de 1999. Este decreto dispuso un capitulo a la participación ciudadana en la contratación estatal. Ley 872 de 2003: Esta crea el Sistema de Gestión de calidad en la Rama Ejecutiva del poder público y en su artículo 3° establece que dicho sistema es E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 complementario Administrativo. con los sistemas de Control Interno y de Desarrollo Decreto Nacional 4110 de 2004: En su artículo 1°, adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 y el Decreto 4485 de 2009, la actualiza a través de la versión NTCGP 1000:2009. Decreto Nacional 1599 de 2005: Adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano. Decreto 0984 de 2012: Modifica el artículo 22 del Decreto 1737 del 1998, el cual faculta a los Jefes de Control interno, a presentar un informe periódico en la Austeridad en el Gasto Público de las entidades territoriales. Circular 04 del 22 de diciembre de 2006: La cual solicita a los Representantes Legales y a los Jefes de las Oficinas de Control Interno de las entidades y organismos públicos del orden nacional y territorial, la información relacionada con la “verificación, recomendaciones y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de derecho de autor sobre Software”. Resolución 004 de 2013: Por la a cual se modifica la 0087 de 2012, por medio de la cual se reglamenta la Rendición de Cuentas, revisión, términos y se unifica la información, que se presenta a la Contraloría General del Departamento de Córdoba y se dictan otras disposiciones. Resolución Interna No. 098 de marzo 17 de 2009: Código de Ética de la E.S.E.Hospital San Nicolás. Resolución Interna No. 419 de junio 01 de 2012: Control Interno Disciplinario. Plan de Gestión 2013-2015: de la E.S.E.- Hospital San Nicolás de Planeta Rica. DECRETO No.1510 de julio 17 de 2013, por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 DECRETO 1396 DE 2010. Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores y Alcaldes, y se dictan disposiciones en materia prestacional. CIRCULAR No. 10 DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA de agosto 22 de 2013, para los sujetos vigilados por la Contraloría General de la República, en el manejo de recursos públicos en épocas pre-electoral. CIRCULAR No. 016, de septiembre 3 de 2013 DE LA PROCURADURIA NACIONAL, para representantes legales y ordenadores del gasto de entidades públicas y entidades territoriales, en las recomendaciones para los procesos electorales de 2014. LEY 951 de marzo 31 de 2005. Por la cual se crea el acta del informe de Gestión. MARCO TEÓRICO La corrupción es un mal que destruye y lesiona a los gobiernos, desacredita a las instituciones públicas y privadas, socava la sociedad y frena el desarrollo. El fenómeno de la corrupción debilita la economía de un país y quebranta a las naciones, a la democracia y al Estado de Derecho, destruye el orden institucional y fortalece la delincuencia y el crimen. Objetivos de la Ley Anticorrupción Atender las principales causas que generan corrupción. Cerrar los espacios que se abren los corruptos para usar la ley a su favor. En este marco se ha identificado que una de las principales actividades para apropiarse de los recursos públicos es a través de la contratación. Mejorar los niveles de transparencia en las gestiones de la administración pública en general. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Disuadir el accionar de los corruptos pues la falta de sanción a los actos de corrupción posibilita una percepción de garantía de impunidad que incentiva la comisión de conductas corruptas. MODALIDADES DE CORRUPCIÓN Peculado: “abuso de fondos o bienes” que estén a disposición del funcionario en “virtud o razón de su cargo”. El peculado a su vez puede consistir en la apropiación directa de bienes, en la disposición arbitraria de los mismos o en otra forma semejante. Cohecho: Delito bilateral, pues exige la participación de un particular que toma la iniciativa y ofrece a un funcionario ofertas, promesas, dones o presentes, para la ejecución de un acto propio de sus funciones. Se vuelve un doble sentido cuando el funcionario acepta el ofrecimiento. Concusión: En este caso es el funcionario el que exige, descarada o solapadamente, un pago o contribución indebidos al particular que tiene algún asunto pendiente de su resolución. En esta figura el particular se ve forzado a hacer el pago, pues si no lo hace, el asunto que le interesa no será despachado. Soborno: Es la dádiva con que se soborna y la acción y efecto de sobornar. Se refiere a corromper a alguien con dinero, regalos o algún favor para obtener algo de esta persona. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 MECANISMOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO PARA FORTALECER LA CULTURA DE LA TRANSPARENCIA EN LA E.S.E.- HOSPITAL SAN NICOLAS El Plan Anticorrupción y Estrategia de Atención al Ciudadano, tiene por objetivo brindar a la comunidad confianza, promoviendo el ejercicio del control ciudadano, la transparencia en las actuaciones de la administración de la E.S.E y fortalecer las herramientas para la atención a las peticiones, quejas, sugerencias y reclamos de la ciudadanía. ATENCIÓN AL CIUDADANO En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 76 de la Ley 1474 de julio 12 de 2011, establece que la OFICINA DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y RECLAMOS. En toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad. La oficina de Control Interno deberá vigilar que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular. En la página web principal de toda entidad pública deberá existir un link de quejas, sugerencias y reclamos de fácil acceso para que los ciudadanos realicen sus comentarios. La E.S.E.- Hospital San Nicolás, cuenta con la Oficina de servicio de información y atención al usuario SIAU como receptora de la documentación entrante a la E.S.E, quien da respuestas a su vez, a las Quejas, Sugerencias y Reclamos presentada por los usuarios de la entidad; en ciertas instancias la oficina SIAU, cuando los casos ameritan son enviados a la Oficina Jurídica con el objeto de darle respuesta, conforme a los términos establecidos en la ley colombiana; en los casos que se deslumbre queja contra funcionarios de la administración de la E.S.E, por la supuesta comisión de conductas constitutivas de faltas disciplinarias, la Oficina de Recursos Humanos, pondrá a consideración ante el Comité de Control Interno Disciplinario, para su estudio. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 BUZÓN DE SUGERENCIAS La entidad cuenta con tres (03) buzones de sugerencias para los usuarios distribuidos en los diferentes pasillos de forma visible, los cuales se abren de forma mensual mediante un acta de apertura donde se contabiliza el número de PQRS en presencia del Comité De Apertura Del Buzón, el cual está conformado por: 2 representantes de usuarios Jefe de enfermería Trabajadora social También la oficina cuenta con el formulario de solicitud y trámite de quejas y reclamos, que es diligenciado en el sistema por la Trabajadora Social así: REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 FORMULARIO DE SOLICITUD Y TRÁMITE DE QUEJAS Y RECLAMOS N° RADICADO EN SISTEMA DATOS DE QUIEN PRESENTA LA QUEJA TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD NUMERO DE IDENTIFICACIÓN Cédula de ciudadanía Registro civil Tarjeta de identidad Pasaporte Cédula de extranjería APELLIDOS: EDAD NOMBRES: SEXO Dirección de residencia: MUNICIPIO: PLANETA RICA Desplazado ÁREA ETNIA Urbana Rural AFRO INDÍGENA GITANO OTRO Discapacitado E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 TIPO DE VINCULACIÓN AL S.G.S.S.S. Subsidiado Vinculado Entidad: Contributivo Otro (cual) DIRECCIÓN DE CORRESPONDENCIA MUNICIPIO Correo electrónico TELÉFONOS Casa: Oficina Celular NOMBRES Y APELLIDOS DEL AFECTADO (Si es diferente al peticionario) IDENTIFICACIÓN (tipo y número) MOTIVO DE LA QUEJA O RECLAMO: Intermediación para procedimientos Intermediación para consecución de cita Atención al usuario Insatisfacción del usuario en el servicio de salud Suministro de materiales y/o insumos Intermediación para descuentos Intermediación para gestión de medicamentos Otro DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS DOCUMENTOS ANEXOS SOPORTE DE LA QUEJA Fotocopia de documento de identidad Carné Otro Día Fecha de ocurrencia Mes Año SUGERENCIAS PARA MEJORAR EL SERVICIO OBJETO DE LA QUEJA Firma de quien interpone la queja N° Identificación Ciudad o Municipio Fecha ESPACIO PARA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA SIAU DE LA ESE HOSPITAL SAN NICOLÁS Funcionario que recibe la queja Cargo Firma Fecha de Radicación E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 TRÁMITE REALIZADO Traslado a Oficina de Aseguramiento Apertura de investigación interna Traslado a Oficina de Salud Pública Traslado a Oficina externa Solución Inmediata Cuál ____________________________________ MEDIO DE RECEPCIÓN Personal Correo electrónico Buzón de sugerencias Funcionario que recepcionó la queja: Cargo MARIA PATRICIA BERRIO GARCIA Trabajadora Social (coordinadora SIAU) DERECHOS DE PETICIÓN La institución cuenta con un Manual Para El Trámite De Derechos De Petición. Las actuaciones administrativas que adelante la E.S.E HOSPITAL SAN NICOLÁS, en cumplimiento de las normas establecidas en el presente manual, conforme lo dispuesto por el artículo 209 de la constitución política y del artículo 3 de la ley 1437 de 2011, se orientarán por los siguientes principios: Debido proceso, Igualdad, Imparcialidad, Buena Fe, Moralidad, Participación, Responsabilidad, Transparencia, Publicidad, Coordinación, Eficacia, Economía y Celeridad. Desde el punto de vista legal e interpretativo, se puede decir que cualquier solicitud que sea presentada en la E.S.E HOSPITAL SAN NICOLÁS, tiene el carácter de derecho de petición, excepto los documentos que sean recibidos dando respuesta a un oficio enviado por la institución, los informativos y los atinentes a trámites o procedimientos contractuales. De acuerdo con la normatividad vigente en materia de derecho de petición estos se clasifican de dos formas a saber: según el interés perseguido y según el objeto de la petición. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Según el interés perseguido las peticiones pueden ser: De interés general De interés particular Según el objeto de la petición las mismas pueden ser: Solicitud de servicio Solicitud y acceso a la información Copia de documentos Queja, denuncia y/o reclamo Consulta Interposición de un recurso Petición en cumplimiento de un deber legal Queja ambiental Peticiones presentadas por organismos de control (Procuraduría y Contraloría) ESPACIO WEB Y CORREOS ELECTRÓNICOS INSTITUCIONALES 1. Portal Web cordoba.gov.co institucional www.esehospitalsannicolas-planetarica- 2. Disposición de un link para la recepción de quejas, reclamos, peticiones y sugerencias. 3. Correos electrónicos: Gerencia [email protected] Laboratorio [email protected] SIAU [email protected] Facturación facturació[email protected] E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Estadística estadí[email protected] Almacén almacé[email protected] Recurso Humano [email protected] Control Interno [email protected] Financiera [email protected] Presupuesto [email protected] Archivo Clínico [email protected] Oficina jurídica contratació[email protected] VISIBILIDAD DE LA CONTRATACION Con el objetivo de promover la transparencia, la objetividad y el ejercicio del control ciudadano, la E.S.E.- Hospital San Nicolás, se regirá por la normativa de la Ley 100 /1993, artículo 195 numeral 6 “En materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales al derecho común previstas en el Estatuto General De Contratación De La Administración Pública”. La entidad cuenta con el Estatuto de Contratación Pública y El Manual Interno De Contratación vigencia 2014, diseñado y fundamentado en las normas vigentes establecidas. Así mismo, se promoverá el ejercicio de la transparencia y la objetividad en la escogencia de los funcionarios y contratistas de la entidad, bajo los criterios de idoneidad, calidad y legalidad. Por otra parte la E.S.E.- Hospital San Nicolás, adoptó el Plan Anual de Adquisiciones PAA para la vigencia 2015, fundamentado en la norma del Decreto 1510 de julio 17 de 2013. Realizar una efectiva Rendición de Cuentas de manera periódica (Final de la Vigencia Fiscal), con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre el proceso de avance y cumplimiento de las metas contenidas en el Plan de Gestión 2013-2015), E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Planes Operativos Anuales, indicadores de gestión, producción y calidad, el presupuesto de la E.S.E. a través de los siguientes mecanismos, entre otros: Audiencias Públicas, divulgación de la Rendición de Cuentas en la página Web del Hospital, Informes de Gestión presentados a los entes rectores, de vigilancia y de control. La E.S.E.- Hospital San Nicolás, debe promover la participación de la ciudadanía, organizaciones sociales y comunitarias, usuarios y beneficiarios, veedurías y comités de vigilancia, entre otros, para prevenir, racionalizar, proponer, acompañar, sancionar y controlar la gestión pública, sus resultados y la prestación de los servicios de salud suministrados por nuestra Entidad, garantizando la gestión al servicio de la comunidad. MAPA DE RIESGOS DE CORRUPCIÓN Es una herramienta metodológica que permite identificar, de manera clara y sistemática, áreas y procesos que propician o son más vulnerable a la comisión de hechos de corrupción y definición de medidas para mitigar los riesgos, identificar, gestionar y monitorear los riesgos de corrupción al interior de la E.S.E.- Hospital San Nicolás de Planeta Rica. En base a lo anterior, se identificarán los riesgos de corrupción en nuestra Entidad, en procesos sensibles frente al tema de la corrupción, de igual forma se establecerán los indicadores de monitoreo y control, los cuales serán incluidos en la metodología de mapas de riegos establecida por la entidad. La Gerencia velará por el seguimiento y cumplimiento de este instrumento, de contrarrestar el riesgo de corrupción. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Una vez realizado el proceso para identificar los riesgos de corrupción y las medidas para mitigarlos, se elabora el mapa de riesgos de corrupción de la E.S.E Hospital San Nicolás, a través del siguiente modelo suministrado por el DAFP: E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 MAPA DE RIESGOS DE CORRUPCIÓN Entidad: Misión: Identificación Proceso y objetivo Causas Análisis Riesgo N° Probabilidad de Descripción materialización Cuadro N° 1: Formato Mapa De Riesgos Medidas de mitigación Valoración Tipo de control Seguimiento Acciones Administración del riesgo Responsable Indicador E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 SEGUIMIENTO A LAS ESTRATEGIAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAN ANTICORRUPCIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO Entidad: Año: Publicación Estrategia, mecanismo, medida Actividades realizadas Actividades Responsable Enero 31 de 2015 Abril Agosto Diciembre 30 31 31 Mapa de riesgos de corrupción Estrategia antitrámites Estrategia de rendición de cuentas Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano Consolidación del documento Cargo: Nombre: Firma: Seguimiento de la estrategia Jefe de control interno: Nombre: Firma: Cuadro N°2: Formato seguimiento a las estrategias para la construcción del plan anticorrupción y atención al ciudadano Anotaciones E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 RIESGOS EN LA GESTIÓN CONTRACTUAL Solicitar dádivas o acceder a sobornos: Tolerar por parte del supervisor de los contratos, el incumplimiento en la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la E.S.E.- Hospital San Nicolás, o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias o certificar como recibida a satisfacción, obra, suministro o servicio que no ha sido ejecutado a cabalidad a cambio de un beneficio particular. Favorecimiento a terceros: Favorecer en forma deliberada la selección y/o adjudicación de contratos de insumos, servicios, obras, etc. a proveedores y contratistas de manera amañada para lucrarse o beneficiarse de ello. Concusión – Fraude: Aprovechamiento del cargo o autoridad, inducir a la realización de compras innecesarias de insumos y/o equipos, amañando los costos, necesidades reales u obviando requisitos técnicos y estudios para obtener un beneficio personal, generalmente económico afectando los recursos de la E.S.E. Peculado por Apropiación: Utilización impropia de los recursos, infraestructura, insumos, dispositivos y equipos del Hospital, buscando provecho particular, usufructo y/o apropiamiento de los mismos en detrimento de la institución. Conflicto de Interés: Es cuando se incurre en presentar un interés o beneficio económico por parte de un funcionario del Hospital o de algún miembro de su familia, que tenga o busque tener relación de negocios con el Hospital. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 RIESGOS EN LA ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO Tráfico De Influencias: Ejercer cualquier clase de coacción sobre servidores públicos o sobre particulares que ejerzan funciones públicas invocando influencias reales o simuladas, para obtener provecho personal o para terceros, o para que procedan en determinado sentido (nombramientos irregulares,). Peculado (manejo indebido de nómina): Realizar pagos de nómina y/o percibir remuneración oficial por servicios no prestados, o por cuantía superior a la legal, obteniendo un beneficio particular o favorecer a terceros. Incumplimiento de Funciones: Permitir y/o tolerar el incumplimiento de las normas y obligaciones establecidas para los funcionarios de la E.S.E.- Hospital San Nicolás y la aplicación de los Manuales de Procesos y Procedimientos de Funciones y Competencias a cambio de dineros, dádivas o beneficios particulares. Conflicto de Intereses: Cuando un colaborador, funcionario o miembro de la Junta Directiva no se declarare impedido para actuar en un asunto cuanto tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, su socio o socios de hecho o de derecho. RIESGOS EN LA GESTIÓN DE LA FACTURACIÓN, RECAUDO Y PAGOS Acceder a Cohecho – Soborno (Indebido Manejo de Pagos): Realizar pagos a los proveedores por servicios no prestados o por cuantía superior a lo legal con el fin de obtener provecho propio y/o a cambio de dineros, dádivas o beneficios particulares. E.S.E. HOSPITAL SAN NICOLÁS DE PLANETA RICA NIT. 891.000.736-5 Calle 15 cra 17 Cohecho (Manejo Irregular de asignación de Citas Médicas): Generar obstáculos y/o trabas de trámites abusando de su cargo o de sus funciones con el fin de obtener dádivas, prebendas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios a cambio de agilizar los trámites para la asignación de citas y/o servicios a los que tiene derecho el usuario de la E.S.E.- Hospital San Nicolás. Manejo Indebido de Dineros (Cajas – Facturación): Apropiación para sí mismo o para terceros del dinero (hacer negocios con los recaudos) en efectivo recaudado en las cajas por prestación de los servicios asistenciales. RIESGOS EN LA GESTIÓN AL USUARIO Cohecho (Manipulación indebida de información): Omitir, negar, retardar, falsear o entrabar la orientación o suministro de información a los usuarios que requieren los servicios de la E.S.E. y que no tienen seguridad social con el fin de realizar las encuestas socioeconómicas a cambio de dádivas, prebendas, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios. Cohecho (Diligenciamiento indebido de formularios): Solicitar dádivas o algún beneficio de tipo particular o económico a cambio de la elaboración del estudio de la capacidad de pago como soporte de pagarés para usuarios que no poseen capacidad de pago.
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