COMO INTERPRETAR LA JUBILACION ANTICIPADA EN LA ETAPA TRANSITORIA HASTA EL AÑO 2027: Ejemplo para los despidos: Despido Colectivo; ERE; Art. 52.C; Proceso Concursal, con resolución judicial; Muerte del empresario; Fuerza por causa mayor; Jubilación o incapacidad del empresario individual o la extinción de la personalidad jurídica del contratante; La extinción laboral mujer trabajadora, consecuencia ser víctima de género. (4 años antes de su edad ordinaria, tener 33 años mínimos cotizados). 1er. Paso: Mirar los años que cotizará hasta la fecha que se jubilará el afectado. Ejemplo: tendrá 36 cotizados para el año 2019 y quiere jubilarse 4 años antes de su edad ordinaria 2º Paso: Mirar en la tabla del INSS de jubilación ordinaria (período transitorio) la edad que le correspondería (Cuadro 1). En 2019 dice: menos de 36 años y 9 meses: edad exigida: 65 años y 8 meses (si hubiese llegado a los 36 años y 9 meses de cotización, la edad ordinaria habría sido 65 años) 3er Paso: Restaríamos a la edad ordinaria que le corresponde los 4 años que va a adelantar la jubilación. Su edad de jubilación involuntaria anticipada será 61 años y 8 meses. 4º Paso: Coeficientes reductores: ir a la tabla (Cuadro 2) para ver la penalización que le corresponde que en nuestro ejemplo sería: Con menos de 38 años y 6 meses….1, 875 trimestral (7,5 anual). Nota: Este método vale para cualquier tipo: Cese involuntario: 4 años antes de la edad ordinaria, (33 años mínimo cotizados) Cese voluntario: 2 años antes de la edad ordinaria; Contar con 35 años mínimo cotizados, (35 años mínimo cotizados) Cuadro 1. Edad ordinaria de jubilación en el período transitoria 2013-2027 Cuadro 2: Coeficientes reductores
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