INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL DIRECCIÓN DE

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS No.8
NARCISO BASSOLS
ACADEMIA DE DIBUJO TÉCNICO.
LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNATURA DE DIBUJO TÉCNICO I Y II 2014-2015 /B
El presente documento está basado en los lineamientos del reglamento interno del Instituto Politécnico Nacional
y deberá aplicarse a la asignatura de dibujo técnico I y II del C.E.C y T “Narciso Bassols”
La materia de Dibujo Técnico está considerada como teórico practica y se encuentra ubicada en el área básica
del mapa curricular.
CAPITULO I.-OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ALUMNO.
 Artículo 1.- Serán alumnos de la materia únicamente los alumnos que integren las listas oficiales, que
proporcione la Subdirección Servicios Educativos e Integración Social de cada plantel, por conducto de
Gestión Escolar.
 Artículo 2.-Los alumnos deberán cumplir con las siguientes Obligaciones:
a. Conocer y acatar los lineamientos de la unidad de aprendizaje.
b. Asistir puntualmente a un mínimo del 80% de las clases impartidas durante el semestre.
c. Elaborar y entregar a tiempo un mínimo del 80% de los trabajos programados en el semestre.
d. Asistir a clases con todos los útiles e instrumentos necesarios para el correcto desarrollo de los
trabajos en cada sesión (se anexa lista de útiles).
e. Entregar al término de cada semestre, un álbum que contenga mínimo el 80% de las láminas
elaboradas en clase y debidamente avaladas por el profesor titular o el profesor adjunto.
f. Abstenerse de portar gorra, comer o tirar basura dentro del salón de clases.
g. Deberá presentarse al salón de clases con el debido aseo personal.
h. El alumno deberá acatar las medidas de seguridad de la unidad de protección civil del plantel.
i. Dentro del salón de clases queda estrictamente prohibido correr, gritar, empujarse o estacionarse en
los pasillos. El uso de palabras altisonantes.
j.
Comportarse con el debido respeto con sus compañeros, profesores y cualquier otra persona que
se encuentre en el salón de clase.
k. El alumno está obligado a cuidar del buen estado del aula y del mobiliario. Quedando prohibido el
rayar, pintar o romper cualquier artículo del aula y se deberá reportar al profesor, cualquier
desperfecto que detecte. El alumno que sea sorprendido en cualquier acto vandálico será
sancionado y tendrá que reponer el objeto dañado en su totalidad.
l. Se sancionara al alumno que juegue dentro del salón con el material de dibujo o cualquier otro
artículo.

Artículo 3.- Los alumnos podrán disfrutar de los siguientes Derechos:
a. Diez minutos de tolerancia al inicio de clase.
b. Asesoría por parte de un profesor de la unidad de aprendizaje según los horarios establecidos por la
academia, en el número necesario y suficiente para aclarar sus dudas.
c. Justificar inasistencias de forma escrita presentando la receta médica solo de IMSS, ISSSTE o
cualquier instancia gubernamental y avalada por el servicio el servicio médico del plantel o carta del
padre o tutor anexando una copia de credencial de elector vigente, para evitar sanciones.
d. Oportunidad de entregar trabajos extemporáneos, debidamente justificados y de común acuerdo con
el profesor.
e. Ante problemas académicos o desacuerdo con la forma de evaluar o el desempeño del profesor
titular o profesor adjunto, el alumno podrá apelar ante el presidente de la materia, el jefe del área
básica, el subdirector académico y el director del plantel, en ese orden.
f. Conocer los resultados de las evaluaciones realizadas en el periodo escolar. En un lapso no mayor
a 72 hrs. Después de realizada la evaluación.
g. Oportunidad de repetir láminas no acreditadas o de calificación menor a 8, para el dominio de la
competencia (a criterio del profesor).
h. El alumno no se quedara sin clase cuando falte el profesor titular de la materia, el profesor adjunto u
otro profesor asignado, realizara las actividades previstas en programa (de acuerdo a disponibilidad
de profesores).
i. El alumno podrá expresar libremente sus opiniones, dudas o sugerencias sobre la materia
guardando el debido respeto y con una visión constructiva.
CAPITULO II.- EVALUACIONES Y PERIODOS.




Artículo 4.- Una vez terminada la 3ra. Competencia no se realizaran exámenes de recuperación de las
mismas. Se deberá presentar un examen extraordinario.
Artículo 5.- Se practicara un examen extraordinario, evaluándose las tres competencias. Siempre y cuando
cumpla el 80% de asistencia y el 80% de trabajos realizados en clase.
Artículo 6.- Las calificaciones serán de cero a diez en números enteros, obtenidas en cada una de las
competencias, mismas que deberán ser aprobatorias para acreditar el curso.
a. Se considerará reprobatoria, cuando no se acredite cualquiera de las competencias de la unidad de
aprendizaje.
Artículo 7.- En los tres periodos de competencias, las evaluaciones ordinarias tendrán el valor especificado
en el programa vigente de Dibujo Técnico I y II. El 100% de la evaluación serán los trabajos elaborados en
clase (láminas y actividades).
a. Exámenes a Titulo de Suficiencia. El alumno podrá asistir a asesorías previas a sus exámenes
ETS siendo estas avaladas por los profesores de la Academia. a sí mismo para su revisión
deberá presentar credencial vigente de la escuela.
NOTA: La copia de la credencial de elector o documento que avale la tutoría del alumno
Funge únicamente como verificación de la firma del padre o tutor
________________________________
Nombre y firma del Alumno
________________________________________
Nombre y firma del Padre (madre) o Tutor.
Tel:
________________________________
Mail
________________________________
______________________________
Nombre y firma del Profesor.
Grupo: _________________________
Fecha: ______________________________.
Me comprometo a seguir todos los lineamientos del presente documento y a cumplir en tiempo y forma con el
trabajo que se me asigne durante el presente periodo de estudio en la Academia de Dibujo Técnico.
Documento elaborado por la Academia de Dibujo Técnico TM.
Responsable de modificar el formato:
Academia de Dibujo Técnico T.M.
Codigo:LJ-ADIB-01
Fecha de aprobación:26/01/12
México D.F. Marzo 2015
Version:03
Página 2 de 2