TERRA PRETA Bases del concurso para el diseño de un logotipo 1. Objetivo: Diseño de un logotipo destinado a ser la imagen representativa de la marca TERRA PRETA , dedicada a producción y comercialización de abonos, enmiendas orgánicas, compost, humus de lombriz, tierras enriquecidas…en toda la difusión de información sobre la misma, a través de su página web y otros documentos. 2. Participantes: Abierto a todo interesado. Se admite más de un diseño por participante. 3. Criterios de valoración: (1) (2) (3) (4) Facilidad de identificación de la propuesta Diseño innovador, creativo y tecnológico. Adaptabilidad a cualquier soporte de difusión de la documentación. Es condición imprescindible que el logotipo sea original e inédito. 4. Formato presentación: Las propuestas deben ser enviadas a la dirección de correo electrónico: [email protected], deberán incluir: nombre completo del diseñador o diseñadores, DNI, teléfono de contacto y correo electrónico. Manual Básico de uso del logotipo: tipografías en su caso, relación de tamaños y situación entre elementos, colores (pantone)… Se adjuntaran en formato digital escalable para permitir su manipulación y visualización con los programas de diseño habituales. 5. Jurado: La decisión sobre el logo ganador será adoptada de forma inapelable por la dirección de la empresa. 6. Condiciones: La participación en el concurso implica la aceptación de estas bases y el fallo inapelable del Jurado. El ganador del concurso será la única persona con derecho a la recepción del premio otorgado. En caso de que el ganador fuera un equipo, será el representante del mismo, tal y como figure en la ficha de inscripción realizada, a quien se le entregará el citado premio. 7. Plazo de presentación: El plazo para presentar los diseños comenzará el 05 de Marzo de 2015 y finalizará 31 de Mayo de 2015. El concurso podrá declararse desierto, en caso de que ninguna de las propuestas presentadas resulte suficientemente satisfactoria para los objetivos del concurso. TERRA PRETA 8. Dotación del premio: Se establece un premio único de 500 Euros 9. Propiedad intelectual: El logotipo premiado quedará en propiedad exclusiva y permanente de la empresa organizadora, que tendrá completa libertad para utilizarlo total o parcialmente o para modificarlo en el momento y la forma en que lo considere necesario. Por ello es requisito que la persona que resulte ganadora del concurso entregue, como condición necesaria para recibir el premio, una versión informática del logotipo hecho con la aplicación original con la que se diseñó. Se le podrán solicitar copias en diferentes formatos. 10. Publicación: La documentación relativa al trabajo premiado quedará en poder la empresa organizadora que podrá hacer libre uso de la misma reservándose el derecho de publicación y difusión de los trabajos presentados, citando a su autor o autores, sin que ello devengue ningún derecho a los mismos. La documentación presentada no será devuelta. La empresa organizadora se reserva el derecho a la cesión del diseño ganador. Los participantes eximen a la organización de cualquier responsabilidad que se derive del plagio o cualquier otra transgresión de la legislación vigente en la que pudieran incurrir los participantes. La totalidad de los derechos derivados de los trabajos presentados serán propiedad de la empresa organizadora, sin perjuicio de la reserva de los derechos irrenunciables que la legislación sobre propiedad intelectual reconozca a los autores. En todo caso, los autores de los trabajos premiados ceden en exclusiva a la empresa organizadora, sin límite de tiempo y para todos los países del mundo, todos los derechos de explotación de los mismos, presentes y futuros por cualquier soporte conocido o que pueda inventarse en el futuro, incluyendo a título de ejemplo y no exhaustivo los derechos de modificación, impresión, publicación, difusión y comunicación, por cualquier procedimiento y modalidad, en cualquier soporte y cuantas veces se considere necesario, para los fines previstos en las presentes bases. La empresa organizadora podrá realizar las modificaciones que estime del logotipo premiado, al objeto de adaptarlo a los diferentes soportes o inscribir el trabajo ganador y los derechos que sobre el mismo ostente, en los registros oficiales que considere necesario, como por ejemplo el Registro de la Oficina Española de Patentes y Marcas o el Registro de Propiedad Intelectual. 11. Cuestiones judiciales: Para resolver las cuestiones judiciales que surjan, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Asturias
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