anexo del boletín oficial n° 4497 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4497
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 444-SSJUS/14
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 445-SSJUS/14
FIN DEL ANEXO
N° 1
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 2
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 27-SSCYSG/14
ANEXO I
RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA
REPARTICION: SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN
TIPO DE FONDO CAJA CHICA COMUN
CONCEPTO
Nº DE RENDICION
5
Nº ORDEN
COMPROBANTE
BENEFICIARIO DE PAGO
EJERCICIO: 2014
Nº CUIT
Nº FACTURA
FECHA
IMPORTE EN PESOS
20-25024050-4
30-68731043-4
B-0001-00009734
B-7123-00689860
01/08/2014
07/08/2014
$
$
155,00
194,60
3
4
5
Alejandro Martin
Costantino
Carrefour Inc. SA
Instituto Tecnológico de
Buenos Aires
Anair SRL
Farmacity S.A.
30-54168947-4
30-66105356-5
30-69213874-7
C-0001-00078637
B-0005-00159322
B-0836-00395953
15/08/2014
21/08/2014
22/08/2014
$
$
$
5.000,00
85,00
487,00
6
Avantecno SA
33-70718113-9
B-0002-00001540
26/08/2014
$
3.500,00
7
CPS Comunicaciones SA
30-69685097-2
B-0007-00384275
26/08/2014
$
450,00
8
Jose Manuel Gonzalez
20-93338301-7
C-0001-00004283
01/09/2014
$
248,00
9
Autopistas de Buenos
Aires S.A.
30-71411283-6
B-0050-00729521
12/09/2014
$
46,20
10
Coordinación Ecológica
Area Metropolitana S.E.
30-57720719-0
B-0113-02150870
12/09/2014
$
13,00
11
12
CPS Comunicaciones SA
Adriana M Osellame
30-69685097-2
27-13807947-9
B-0007-00391125
C-0001-00000558
12/09/2014
12/09/2014
$
$
400,00
1.450,00
$
$
$
$
11.673,05
4.326,95
16.000,00
12.028,80
3.971,20
1
2
1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION
2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR
3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1 + 2)
4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES
5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3 - 4)
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N° 3
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 27-SSCYSG/14 (continuación)
ANEXO II
Resumen de comprobantes por imputacion
REPARTICION SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN
TIPO DE FONDO
CAJA CHICA COMUN
CONCEPTO
Nº DE RENDICION
Nº ORDEN
COMPROBANTE
BENEFICIARIO DE PAGO
2
Carrefour Inc SA
Nº CUIT
Nº FACTURA
5
EJERCICIO
FECHA
30-68731043-4 B-7123-00689860 07/08/2014
café, te edulcorante
$
IMPUTACION DEL
COMPROBANTE
2.1.1
$
487,00
$
248,00
$
0,25
$ 3.500,00
2.1.1
2.3.5
2.5.8
2.9.2
$
$
$
$
681,35
248,00
0,25
3.500,00
$
$
155,00
85,00
2.9.3
2.9.4
$
$
155,00
85,00
$ 5.000,00
3.5.2
$ 1.450,00
3.5.2
$
6.450,00
$
850,00
$
59,20
$
12.028,80
3
Instituto Tecnológico de
Buenos Aires
30-54168947-4 C-0001-00078637 15/08/2014
13
Adriana M Orellana
27-13807947-9 C-0001-00000558 12/09/2014
Zapatilla
Vaso Térmico
Curso IT
Governance Uso
eficiente de
Frameworks
Servicio de
Capacitación
7
CPS Comunicaciones SA
30-69685097-2 B-0007-00384275 26/08/2014
Servicio Internet
$
450,00
3.5.7
12
30-69685097-2 B-0007-00391125 12/09/2014
Servicio Internet
$
400,00
3.5.7
10
CPS Comunicaciones SA
Autopistas de Buenos
Aires
30-71411283-6 B-0050-00729521 12/09/2014
Peajes
$
46,20
3.5.9
11
Coordinación Ecológica
Area Metropolitana S.E
30-57720719-0 B-0113-02150870 12/09/2014
Peajes
$
13,00
3.5.9
20-25024050-4 B-0001-00009734 01/08/2014
30-66105356-5 B-0005-00159322 21/08/2014
Diario El Cronista
Bolsa negra
Tonner
IMPORTE DE SUMA EN PESOS:
FIN DEL ANEXO
SUMATORIA POR PDA
PRESUPUESTARIA
194,35
1
4
30-69213874-7
20-93338301-7
30-68731043-4
33-70718113-9
22/08/2014
01/09/2014
07/08/2014
26/08/2014
café, azúcar,
edulcorante
IMPORTE
Farmacity SA
Jose Manuel Gonzalez
Carrefour Inc SA
Avantecno S.A.
Alejandro Martín
Costantino
Anair S.R.L.
5
9
2
6
B-0836-00395953
C-0001-00004283
B-7123-00689860
B-0002-00001540
CONCEPTO
2014
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N° 4
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 235-UGIS/14
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARESt
2° LLAMADO
Nombre del organismo
Gobierno de fa Ciudad de Buenos Aires
contratante
PROCEDIMIENTO
ITipo:
IClase:
DE SELECCION
CONTRATACIONDIRECTA
I Ejercicio:
2014
ETAPA UNICA
pistema de Contratación:
IActuado:
AA
Ajuste Alzado
UGIS EXP 1203624312014
RENOVACiÓN DE CAÑERlAS COLECTORASDE AGURA POTABLE EN VILLA 1-11-14.
MANZANA 9
Objeto de la contratacion:
ICosto
9263
PLIEGO SIN VALOR
del pliego:
OBRAS A LICITAR
Descripción
Código
RENOVACiÓN DE CANERIAS COLECTORASDE AGUA
532
PRESENTACION
DE OFERTAS
lugar/Dirección
UNIDAD DE GESTION INTERVENCIONSOCIAL
AVDA.CRUZ y ESCALADA
CAP.FED Ciudad Aut. de BS.As
Plazo y Horario
HASTA LAS 12:00HS
Recepción de Oferta~ hasta e114 de Octubre de 2014
a las 12:00 horas
CONSULTA DE PLIEGOS
Lugar/Dirección
UNIDAD DE GESTION INTERVENCIONSOCIAL
AVDA.CRUZ y ESCALADA
Dia y Hora
LUNES A VIERNES DE 10 A 16 HS
CAP.FED Ciudad Aut. de Ss.As
VENTA DE PLIEGOS
Lugar/Dirección
I~.NIDADDE GESTION INTERVENCIONSOCIAL
I"VDA.CRUZ y ESCALADA
CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As
Dia y Hora
LUNES A VIERNES DE 10 A 16 HS
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección
UNIDAD DE GESTION INTERVENCIONSOCIAL
AVDA.CRUZ y ESCALADA
.
Dia y Hora
14 de Octubre de 2014 a las 12:00 horas
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N° 5
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 235-UGIS/14 (continuación)
,.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
2' LLAMADO
CLAUSULAS
PARTICULARES
Forma de pago:
30 OlAS HABILES DESDE LA PRESENTACiÓN
DEL CERTIFICADO
DE OBRA EN LA D.G. DE CONTADURiA
GENERAL
Plazo de mantenimiento de la oferta:
30 dA-as habiles
DESDE LA PRESENTACiÓN
DE OFERTAS
Anticipo Financiero habilitado:
No habilitado
"
Acopio de Materiales habilitado:
No habilitado
Moneda de cotización:
PESOS
OBSERVACIONES
,
GENERALES
VER ANEXO I Y 11.PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
TÉCNICAS
GENERALES,
FIN DEL ANEXO
\
ARTICULARES
Y ESPECIFICACIONES
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 6
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1696-MAYEPGC/14
ANEXO I
ADDENDA AL
CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES Y LA COOPERATIVA DE TRABAJO DE RECUPERADORES
URBANOS DEL OESTE LIMITADA
“Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de
Residuos Sólidos Urbanos Secos”
La DIRECCIÓN GENERAL RECICLADO, dependiente del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, representada por el DIRECTOR GENERAL DE RECICLADO, Sr.
AGUSTIN CASAL, DNI Nº 28.167.774, con domicilio en la Avenida Roque Sáenz Peña
N° 570, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA DGREC”,
por una parte, y, por la otra, LA COOPERATIVA DE TRABAJO RECUPERADORES
URBANOS DEL OESTE LIMITADA, representada por el presidente de su Consejo de
Administración, Sr. Gustavo Adolfo Ibáñez, D.N.I. N° 12.294.213, carácter que acredita
mediante copias certificadas del estatuto social y del acta de distribución de cargos,
con domicilio en la Avenida Independencia N° 766 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en adelante denominada “LA COOPERATIVA”, y conjuntamente denominadas
“LAS PARTES”, acuerdan celebrar la presente ADDENDA al Convenio celebrado entre
el GOBIERNO
DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y LA
COOPERATIVA
DE
TRABAJO
RECUPERADORES
URBANOS
DEL
OESTE
LIMITADA, vinculado al “Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de
Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos”, en adelante “LA ADDENDA”.-------ANTECEDENTES: Mediante la Resolución Nº 918-MAYEPGC/2010 el Sr. Ministro de
Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el
“Proyecto de Gestión Integral de Recolección de Materiales Reciclables o
Reutilizables” presentado por LA COOPERATIVA en el marco de las previsiones
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 7
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1696-MAYEPGC/14 (continuación)
contenidas en el Decreto Nº 424-GCBA/2009 y su reglamentación, aprobada mediante
Resolución Nº 971-MAYEPGC/2009------------------------------------------------------------------Seguidamente,
mediante
Resolución
N°
682/MAYEPGC/2012
se
aprobó
el
“Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos
Sólidos Urbanos Secos”, en adelante el “SUBPROYECTO”, y se otorgó a LA
COOPERATIVA un subsidio de la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y
NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES ($269.573) mensuales, a los fines de
afrontar los costos derivados del SUBPROYECTO.---------------------------------------Posteriormente, mediante Resolución N° 2/MAYEPGC/2014 se prorrogó la vigencia
del SUBPROYECTO por todo el año 2014.---------------------------------------------------------En
este marco,
es
dable
destacar
que dicho subsidio
fue incrementado
sucesivamente, a través de diversos actos administrativos, siendo el último incremento
aprobado por la Resolución N° 1150-MAYEPGC/2014. En virtud de ello, el subsidio
que nos ocupa asciende en hasta la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 550.950.-) mensuales a partir de Junio de 2014,
toda vez que a partir de dicho mes se procedió a la disminución del monto conferido
en concepto de combustible.---------------------------------------------------------------------------Finalmente, mediante Resolución N° ___-MAYEPGC/14 se aprobó un incremento en
el monto del subsidio de hasta la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS
SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 34/100
($1.862.651,34.-), por única vez, en el mes de Septiembre del 2014, con el fin de
posibilitar la reparación integral de los camiones que dispone LA COOPERATIVA,
como así también efectuar el cambio de las cubiertas y llantas de los citados
camiones.----------------------------------------------------------------------------------------------------En virtud de lo establecido en esta Resolución, LAS PARTES acuerdan complementar
al “CONVENIO” los aspectos que a continuación se indican:
CLÁUSULA PRIMERA: LAS PARTES acuerdan que a la suma a que se refiere la
CLÁUSULA PRIMERA del CONVENIO, según su actual redacción, se le adicionará el
monto de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y UNO CON 34/100 ($1.862.651,34.-), por única vez, en el mes de
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 8
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1696-MAYEPGC/14
Septiembre del 2014, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS DOS
MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS UNO CON 34/100
($2.413.601,34.-)., suma que será destinada a solventar los costos emergentes de las
reparaciones y adquisiciones correspondientes a fin de poner en óptimas condiciones
los nueve (9) camiones otorgados en comodato a LA COOPERATIVA.---------------------CLÁUSULA SEGUNDA: LAS PARTES aclaran que, teniendo en cuenta el aumento
concedido mediante la Resolución Nº ___-MAYEPGC/2014, el monto mensual del
subsidio correspondiente al SUBPROYECTO asciende a la suma de hasta PESOS
DOS MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS UNO CON 34/100
($2.413.601,34.-) en el mes de Septiembre del 2014, por única vez. Sin perjuicio de
ello, LAS PARTES manifiestan que a partir del mes de Octubre del corriente, el monto
mensual total del subsidio aludido será de hasta la suma de PESOS QUINIENTOS
CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($550.950.-).-------------CLÁUSULA CUARTA: Los términos del Convenio suscripto entre LAS PARTES
mantienen su vigencia en todo lo que no ha sido objeto de modificación por la
presente.----------------------------------------------------------------------------------------------------En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ……días del mes de
……………. de 2014.
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 87-SSGOBIER/14


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
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






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
$
$
$
$
$
1.251,00
1.160,00
1.257,00
1.168,10
1.163,90

TRIMESTRE
SON PESOS
3º de 2014
Seis Mil
"Se deja constancia que las personas que se detallan no utilizan para sus traslados vehículo oficial"
FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1697-MAYEPGC/14
N° 9
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 10
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 11
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 12
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 13
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 14
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 15
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 16
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 17
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 18
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N° 19
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N° 20
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N° 21
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N° 22
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N° 23
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N° 24
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N° 25
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N° 26
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N° 27
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 28
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 29
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 30
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Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 31
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 32
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N° 33
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N° 34
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 35
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 36
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 37
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 38
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N° 39
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N° 40
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 41
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 42
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 43
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 44
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 45
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 46
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 47
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N° 185
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N° 186
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N° 187
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N° 188
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N° 189
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N° 190
N° 4498 - 9/10/2014
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N° 191
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N° 193
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N° 203
N° 4498 - 9/10/2014
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1699-MAYEPGC/14 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 204
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 205
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 88-SSGOBIER/14



















 
 


 
 





 
 


 
 


 
 


 
 































N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 206
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 88-SSGOBIER/14 (continuación)

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FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 207
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 482-APRA/14
ANEXO I
Se establecen las siguientes condiciones a cumplir:
1. Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Nº 740/07.
2. Reducir los niveles de ruidos y vibraciones de todas las maquinarias y vehículos utilizados, mediante la
utilización de dispositivos adecuados.
3. Desarrollar las actividades susceptibles de generar ruidos y vibraciones molestas en horarios adecuados y
donde se cause el menor impacto negativo posible.
4. Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario Nº 198/06, debiéndose inscribir en el Registro de
Generadores de Fuentes Fijas.
5. Acondicionar las vías de circulación dentro del predio de obra para mitigar la generación de material
particulado.
6. Realizar la carga y descarga de insumos dentro del predio, y no permitir el estacionamiento de vehículos
de carga sobre la vía pública en las inmediaciones de la obra.
7. Instalar todos los vallados, señalizaciones, cintas de seguridad, alarmas y carteles indicadores necesarios
para evitar daños y perjuicios sobre los peatones y vehículos que circulan por la vía pública.
8. Seleccionar el itinerario de los vehículos de carga compatibilizando sus características y el tipo de carga,
con las vías de circulación y el volumen de tránsito, de forma tal de respetar las normas de circulación.
9. Construir la zona de ingreso y egreso de vehículos con un radio de giro tal que se genere un espacio para
la ocupación de vehículos en espera fuera de los carriles de circulación de las calles que limitan el
emprendimiento.
10. Cumplir con la Ley Nº 216 y modificatorias, respecto a la circulación de camiones cuyo peso excedan
las 12 toneladas.
11. Contar con las autorizaciones de la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público para la
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 208
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 482-APRA/14 (continuación)
ocupación de la vía pública.
12. No permitir vehículos en espera con el motor funcionando.
13. Verificar antes de la partida del camión cargado desde o hacia la obra, la adecuada aplicación de
resguardos físicos para evitar derrames, voladuras, caídas, desprendimientos así como riesgos de sobrepesos
y desplazamiento.
14. Contar con Plan de Contingencia para casos de Incendio, Explosión y Derrames firmado por profesional
idóneo. Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad.
15. Contar, en forma previa al inicio de la obra, con planos y toda otra información necesaria para detectar
y evitar las interferencias con servicios públicos.
16. Acordar cronogramas de cortes con empresas de servicios públicos.
17. En caso de tener que descargar efluentes líquidos provenientes de la depresión de napas deberá solicitar
las autorizaciones pertinentes.
18. Se deberán tomar los resguardos necesarios a fin de evitar la descarga de residuos de materiales,
especialmente los provenientes del lavado de hormigoneras, a la red pluvial.
19. Colocar mallas adecuadas a la entrada del sistema de alcantarillado para impedir la descarga de
escombros, suelo excavado o materiales en general.
20. Realizar el acopio o depósito temporario de hidrocarburos, pinturas, solventes, lubricantes, etc. en un
sector delimitado, techado, con solado no absorbente y con pendientes y barreras adecuadas para evitar
derrames e infiltraciones en el suelo.
21. En caso de que las características organolépticas del suelo extraído permitan presumir la existencia de
contaminantes, se deberá analizar el mismo y presentar los resultados ante la Autoridad de Aplicación,
quien determinará la forma correcta de gestionar el suelo contaminado.
22. Documentar y archivar la recepción en el sitio de disposición final del material producto de la
excavación.
23. Contar con un Plan de Gestión de Residuos, que contemple la estricta separación por tipo, establezca las
formas de manipulación, almacenamiento, transporte, frecuencias, disposición y/o recolección dentro del
marco normativo vigente en la materia.
24. Realizar la segregación y disposición de los residuos con características peligrosas en lugares
previamente identificados, debiendo documentar y archivar los Manifiestos de retiro extendidos por
empresas transportistas y tratadoras habilitadas.
25. Inscribirse en el Registro de generadores, operadores y transportistas de Residuos Peligrosos en los
términos y oportunidad prevista en el Artículo 13 del Decreto N° 2.020/07 por el tiempo que demande la
construcción del emprendimiento.
26. Poseer Plan de Contingencias en caso de derrame de residuos o sustancias peligrosas teniendo en cuenta
las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de las sustancias Químicas utilizadas. Su
implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad.
27. Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que
respecta a Control de Vectores.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 209
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 482-APRA/14 (continuación)
28. En caso de la remoción, poda o traslado de especies pertenecientes al arbolado público se deberá dar
intervención a la Dirección General de Espacios Verdes.
29. El titular de la actividad deberá tener en cuenta la observación realizada por la Dirección General de
Arbolado por Nota Nº 2587641-DGARB-2014, respecto a la intervención del arbolado preexistente.
30. Establecer como horario de obra el siguiente: de Lunes a Viernes de 8.00 a 18.00 y Sábados de 9.00 a
14.00 hs.
31. Efectuar procedimientos de comunicación pública que alerten a la población con suficiente antelación
el plan de trabajos y cronograma de cortes y alteraciones al tránsito vehicular y peatonal.
32. Cumplir con la Ley Nº 3263 de “Arbolado Público Urbano” en lo que respecta al trasplante de especies
arbóreas, según Artículo 14 inciso C.
33. Deberá tomar los recaudos necesarios para evitar posibles daños estructurales a los establecimientos
lindantes.
34. La ubicación del obrador deberá contemplar la accesibilidad de los establecimientos educativos, de
sanidad y/o de servicio de la zona afectada a la obra.
35. Mitigar las emisiones de polvo y material particulado a la atmósfera durante toda la etapa de obra.
36. Cumplir con la Resolución N° 550/2011 de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo ante la existencia
de trabajos de demolición y/o tareas de excavación de subsuelos y submuración.
37. Cumplir con la Ley Nacional N° 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, su Decreto
Reglamentario y disposiciones complementarias, incluidas aquellas del GCABA.
38. En caso de encontrarse durante la obra hallazgos de objetos de valor material, científico, artístico o
arqueológicos deberá tomar las medidas necesarias a fin de asegurar su valor patrimonial y deberá dar
intervención al área de competente del GCABA.
39. En caso de encontrarse durante la obra túneles con cualquier vestigio de valor arqueológico o sótanos se
deberá informar a la Secretaría de Planeamiento de su existencia para su registro y catalogación.
40. En caso de corresponder, disponer las medidas más adecuadas, respecto al impacto acústico, para
asegurar el normal desarrollo de las actividades en los establecimientos sanitarios aledaños.
41. Cumplir con Plan de Gestión Ambiental detallado en el Capítulo VII para esta etapa.
42. El titular de la actividad deberá cumplir con lo establecido por la Dirección General de Infraestructura
por Informe Nº 07110037-DGINFU-2014.
43. El titular de la actividad deberá dar intervención a la Dirección General de Infraestructura si es que
existieran obras hidráulicas.
44. Acordar con la Dirección General de Hidráulica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
las obras referidas a la infraestructura de desagües pluviales.
45. El titular de la actividad deberá tener en cuenta las observaciones realizadas por la Gerencia Técnica
dependiente de la Dirección Operativa de Construcciones de Autopistas Urbanas S.A. por Nota N° 178/GT
y GC/2014.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 210
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 482-APRA/14 (continuación)
47. Una vez definida la apertura de la calle Cochabamba, deberá presentar la documentación pertinente en
el Expediente Nº 31.087/2005.
48. Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Conjunta N° 2.521/APRA/SSGEYAF/10, mediante la
presentación de la documentación correspondiente ante la Dirección General de Seguros dependiente de la
Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, en relación al Seguro Ambiental.
49. Presentar la Auditoría Ambiental a los noventa (90) días de finalizada la obra demostrando el
cumplimiento de las condiciones establecidas para esta etapa en el Certificado de Aptitud Ambiental
otorgado.
50. Cumplir con las condiciones establecidas por la Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica por
Informe N° 5932100-DGET-2014:
Etapa de obra:
a) Adoptar las recomendaciones realizadas por el profesional, a saber:
b) Limitar el horario de las obras en general y en particular para las actividades que generan altos niveles
de ruido, como demoliciones, utilización de máquinas de corte, etc.
c) Informar a vecinos de edificios linderos, comercios e industrias acerca de dichos horarios, asó como de
la programación de las obras en general.
d) Establecer horarios para carga y descarga de materiales.
e) Utilizar máquinas y herramientas de baja emisión de ruido.
f) Realizar mantenimiento y control permanente de escapes y silenciadores en todos los equipos y vehículos
de combustión afectados a la obra.
g) Utilizar instalaciones que conformen pantallas perimetrales de protección de transmisión de polvo y
ruidos al entorno.
h) Proveer a los operarios de equipos de protección personal de acuerdo a lo estipulado por la legislación
vigente.
Etapa operacional:
a) Presentar dentro de los sesenta (60) días de haberse habilitado la totalidad de la obra, un Informe Técnico
comprendiendo monitoreos de los niveles sonoros continuos equivalentes existentes en la región
involucrada y en los puntos de referencia utilizados para la presentación de Informe de Evaluación de
Impacto Acústico siguiendo lo establecido en el Anexo IV del Decreto N° 740/07.
b) En caso de que con la ejecución del proyecto se verificasen incrementos de significativa magnitud en el
nivel de presión sonora respecto de la situación observada en la etapa preoperacional, deberán ejecutarse las
medidas de mitigación pertinentes, de manera de minimizar las emisiones sonoras generadas por el flujo
vehicular en la región comprometida.
c) En tal sentido habrá de otorgársele especial interés a la situación, en términos de niveles de presión
sonora, alcanzada en el punto de referencia N°6.
FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 211
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 146-DGDOIN/14
ANEXO I
Cronograma Concurso Becas de Capacitación e Investigación 2014
Inscripción
La inscripción y entrega de los proyectos en papel y en formato digital (Word, PDF) se realizará
desde el 29 de septiembre de 2014 hasta el día 29 de octubre de 2014, en la Dirección de
Investigación, y en la Dirección de Capacitación y Docencia Av. Amancio Alcorta 2195 (entrada
SAME) de lunes a viernes, de 9 a 12 hs.
Publicación de listado de inscriptos
http://www.buenosaires.gob.ar/areas/salud/dircap/2013becas.php?
menu_id=19168
30 y 31 de octubre de 2014
Recusaciones y excusaciones
3 y 4 de noviembre de 2014. Serán recibidas mediante nota firmada, en la Dirección de Investigación
y en la Dirección de Capacitación y Docencia Av. Amancio Alcorta 2195 (entrada SAME) de 9 a 12
hs.
Actuación del Jurado
Desde el 4 de noviembre hasta el 12 de noviembre de 2014
Publicación orden de mérito
12 de noviembre de 2014
Notificación a los postulantes y presentación de observaciones o reclamos
13 y 14 de noviembre de 2014, en la Dirección de Investigación y en la Dirección de Capacitación y
Docencia, Av. Amancio Alcorta 2195 (entrada SAME)
Decisión sobre observaciones o reclamos
18 de noviembre de 2014.
Comienzo de la beca 1 de diciembre de 2014.
FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 212
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48-DGTALPG/14
SEC
002
008
009
N° ENTE
MANDATARIOS
SIGAF (*)
BENGOLEA JUAN CARLOS
2488
82618 PAIXAO MARIA EMILIA
DIEZ CARLOS ALBERTO
2439
013
2441
016
16747
027
8863
030
14234
MORELLI FRANCISCO MARIO
033
75765
JANIN GABRIELA SARA
038
2479
043
82636
BERTOLOTTO MARIEL NELLY
048
82627
SANCHEZ SORONDO MATIAS G.
057
2466
DAMONTE RICARDO
CABICHE MARIA
BAGNAT JUAN CARLOS
PEREZ TABOADA MANUEL ANTONIO
TAPIA CARLOS DANIEL
CUENTA
CUIT
11953/1 A
21340/0 A
11939/5 A
20-04389806-0
27-18535390-2
20-13230085-3
$ 2,954.00
$ 2,810.00
$ 634.00
12343/5 CC
20-08533913-4
15299/2 A
27-18397050-5
$ 3,780.00
15501/4 A
20-08464770-6
13636/7 A
20-10492934-7
20008/0 A
27-17761953-7
12337/4 CC
20-04514417-9
21350/9 A
27-12824466-8
21342/4 A
20-16940566-3
10414/6 A
20-13184605-4
11960/9 A
20-11355524-7
25968/6 A
27-17630989-5
19346/3 A
27-16696316-3
17754/8 A
20-23093503-4
20927/8 A
27-18093671-3
24-04360200-0
$ 2,220.00
$ 545.00
$ 2,150.00
$ 1,980.00
$ 2,874.00
$ 1,768.00
$ 6,944.13
$ 230.00
$ 560.00
063
2480
DATES LUIS ENRIQUE
066
117187
CASAS SILVIA ADRIANA
067
66422
LAYUN EDITH MARCELA
070
50745
LEYES LAZARO MIGUEL
076
80392
SANDIANES ANALIA
093
25441
CANDIOTI RAUL HORACIO
12391/6 CC
095
9489
VALERA CECILIA LAURA
136226
27-06394011-4
20-20350808-6
$ 4,096.00
101
14984/8 A
34425/0 CC
106
95197
GIUSTI SANDRA PATRICIA
22739/7 A
27-13102656-6
$ 1,160.00
112
100325
CAGNI FAZZIO JUAN MARTIN
24113/1 A
20-18778122-2
$ 1,350.00
118
109494
MANARA CARLOS MARTIN
23731/2 A
20-26718222-2
$ 3,858.00
MELENDEZ ELEAZAR CHRISTIAN
$ 1,800.00
$ 201.00
$ 40.00
$ 6,508.00
$ 2,812.92
$ 15.00
$ 51.290,05
Exp. Nº 13216350-2014
FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 213
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (PBCP)
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El objeto de la presente Contratación Directa
Compra Menor es la adquisición de “Tarjetas magnéticas para el control de acceso” con
destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicada en
la calle Uruguay 440/466, CABA.2. NORMATIVA APLICABLE: El presente llamado a Contratación Directa se regirá
por las disposiciones de la Ley Nº 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su Decreto
Reglamentario Nº 95/GCBA/14 (B.O.C.B.A N° 4355), Decreto N° 1145/09, cláusulas
previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 396/DGCyC/2014 y el
respectivo Pliego de Especificaciones Técnicas.
3. REQUISITOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS:
3.1 FORMA DE COTIZAR: Las propuestas económicas deberán ser efectuadas en
pesos de curso legal en la República Argentina, no admitiéndose cotizaciones en otras
monedas.
Los precios que se consignen en las Ofertas serán finales, es decir, incluirán las
pertinentes incidencias de impuestos, tasas, ingresos brutos, contribuciones, impuesto al
valor agregado (IVA), derechos nacionales y locales y los que afecten la actividad,
vigentes al momento de formular la misma. Asimismo, contemplarán los sueldos y
jornales de su personal, la incidencia de cargas sociales y los seguros de accidentes de
trabajo. También incluirán los gastos de fletes, pólizas de seguro y todo otro gasto
directo o indirecto. Es decir, toda tarea inherente a los servicios a prestar se considerará
incluida en el precio de la Oferta.
4. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS:
4.1 CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Los interesados en participar en los
procedimientos de selección electrónica deberán haber iniciado el trámite de inscripción
como proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del
portal Buenos Aires Compras (BAC) en el Registro Informatizado Único y Permanente
de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección
General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda.
Es condición para la preadjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el
RIUPP a través del BAC.
Inscripción en el RIUPP. La inscripción debe realizarse por el interesado a través del
BAC, con la obligación de presentar con posterioridad toda la documentación requerida
en original o copias debidamente certificadas, ante las oficinas del RIUPP conforme lo
establece la reglamentación.
4.2 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
•
Constancia de inscripción en la AFIP.
•
Certificado del registro de deudores alimentarios morosos.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 214
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
•
Declaración jurada de aptitud para contratar. (Anexo I PUBCG)
5. REQUISITOS TÉCNICOS:
5.1 ANTECEDENTES TÉCNICOS: Los Oferentes deben demostrar fehacientemente
que realizan o han realizado prestación con características similares a las solicitadas en
la presente Contratación. Deberán aportar referencias de organismos públicos y/o
privados por la prestación del producto objeto de la presente Contratación.
Los antecedentes técnicos deberán ser presentados por los oferentes de manera tal de
permitir al Comitente evaluar su calidad y ponderar adecuadamente su correcto
cumplimiento.
5.2 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA: Se incluirá toda aquella documentación técnica
y/o folletos que los Oferentes consideren importantes para una mejor comprensión y
evaluación del producto ofrecido.
5.3 REPRESENTACIÓN TÉCNICA: Los Oferentes designarán ante el Organismo
Contratante un Representante Técnico Responsable.
5.4 VISITA TÉCNICA: La visita técnica a fin de evaluar el sistema actualmente
instalado, para evitar posibles deficiencias/inconsistencias con el bien objeto de la
presente Contratación, es de carácter OBLIGATORIO y deberá coordinarse
previamente con la U.O.A.P.G (Tel: 4323-9291 o [email protected]). Al
momento de realizarla, se extenderá un “Certificado de visita”, el cual deberá ser
incluido con la presentación de la Oferta. El incumplimiento de este recaudo dará lugar
al rechazo de la Oferta presentada sin posibilidad de reclamo alguno por parte del
interesado.
5.5 MUESTRA: Se deberá proporcionar una muestra en la Unidad Operativa de
Adquisiciones de la Procuración General, sita en Uruguay 440/66 1er. Piso Of. 114,
previo a la apertura de ofertas mediante el sistema de compras electrónicas Buenos
Aires Compras. Se emitirá recepción de muestra.
6. MOTIVO DE RECHAZO: La acreditación de la representación o personería de los
firmantes de la oferta y la propuesta económica son considerados requisitos
absolutamente inexcusables y su ausencia o incumplimiento total o parcial, dará lugar al
rechazo de la propuesta.
7. CIRCULARES, CONSULTAS Y ACLARACIONES: Las consultas relacionadas
con el presente proceso de compra deberán realizarse mediante la utilización del sistema
Buenos Aires Compras –BAC-.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por la Repartición Contratante, asimismo,
deberán ser debidamente comunicadas a cada uno de los oferentes a través del referido
sistema –BAC-, de conformidad con lo previsto en el Decreto N° 1.145/GCBA/09.
8. IMPUGNACIONES A LOS PLIEGOS: Se establece como condición de
admisibilidad de las impugnaciones a los pliegos, el previo depósito en efectivo en la
Cuenta Corriente Nº 4555/9 “Garantías de Oferta, de Adjudicación e Impugnaciones”,
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 05 Tribunales, del monto
equivalente al tres por ciento (3%) del valor estimado de la contratación, de
conformidad con el artículo 17.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales BAC (PUBCG BAC).
La impugnación deberá ser recibida hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y
hora fijada para la apertura de las ofertas y se tramitará en forma paralela al desarrollo
del procedimiento. Sólo tiene derecho a impugnar el Pliego el proveedor acreditado que
hubiera cumplimentado con el proceso exigido por BAC y el establecido en el Art. 21
PUBCG BAC.9. IMPEDIMIENTOS PARA SER OFERENTE: No pueden presentarse a ningún
procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires:
a)
Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio,
según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de
alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2095
modificada por la Ley 4764, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b)
Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación
por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley
2095 modificada por la Ley 4764, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c)
Los cónyuges de los sancionados.
d)
Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido
en la Ley de Ética Pública Nº 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
e)
Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de
aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la
administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en
estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en
contrario.
f)
Los inhibidos.
g)
Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad,
contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la
Convención Interamericana contra la Corrupción.
h)
Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local,
previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
10. ALCANCE DE LAS OFERTAS: Los Oferentes deberán presentar sus Ofertas
mediante el sistema –BAC-, de acuerdo a lo establecido en el Art. 12º del Pliego de
Bases y Condiciones Generales, incluyendo la totalidad de los bienes y/o servicios
requeridos en el presente y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Se considerará
que dentro de los precios unitarios, de los montos parciales y totales ofertados, se
encuentran incluidos todos los impuestos y contribuciones que los Oferentes deban
abonar con motivo de las actividades correspondientes al objeto de la presente
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N° 216
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
contratación, así como todo otro que les correspondan, de conformidad con la cláusula
3.1 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
En consecuencia, los interesados con carácter previo a formular sus Ofertas, deberán
realizar los estudios, evaluaciones, indagaciones e inspecciones que estimen pertinentes,
a fin de que sus Ofertas no contengan errores, inexactitudes y/u omisiones. Los errores,
inexactitudes y/u omisiones que contengan las Ofertas son de exclusiva responsabilidad
de los Oferentes y no podrán ser utilizadas por éstos últimos para plantear y/o justificar
solicitudes de reconocimientos o resarcimientos adicionales.
La presentación de la Oferta implica el pleno conocimiento de las condiciones en las
que se desarrollará la presente contratación y la aceptación de las condiciones y
estipulaciones que rige el presente llamado a contratación directa, de tal manera que
luego de la adjudicación, el oferente no podrá alegar desconocimiento o error para el
cumplimiento de los presentes PBCP y PET.
11. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deberán mantener
las ofertas por el término de treinta (30) días a contar de la fecha del acto de apertura. Al
vencimiento del plazo indicado, éste se prorrogará automáticamente por igual plazo. El
oferente tendrá la oportunidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo mínimo de
treinta (30) días a contar desde la fecha de apertura, debiendo a tal efecto notificar en
forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con
una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo.
12. APERTURA DE OFERTAS: La apertura de ofertas se realizará mediante el sistema
BAC el día 14 de Octubre a las 15 horas, de acuerdo a lo dispuesto en el acto
administrativo de llamado a Contratación Directa.
13. FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos contenidos en la oferta
dará lugar a la inmediata exclusión del respectivo oferente. Si la falsedad fuere
advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del
contratista, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
14. EXÁMEN DE LAS OFERTAS: La Procuración General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires evaluará el adecuado cumplimiento de las propuestas recibidas, de lo
exigido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, en el Pliego de Especificaciones
Técnicas, y en el presente Pliego, desde los puntos de vista técnico, económico,
financiero y de la idoneidad del oferente, para determinar la oferta más conveniente para
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En dicha evaluación se tendrá también en cuenta
la trayectoria y experiencia en el mercado de cada Oferente.
La Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General se reserva el derecho
de solicitar la ampliación y/o aclaración de la documentación presentada, a fin de
evaluar correctamente los antecedentes de la empresa, sin que ello implique una
modificación de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 2095
modificada por la Ley 4764 y su decreto Reglamentario N° 95/14.
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
15. ADJUDICACIÓN: Sólo será adjudicado el oferente cuya oferta resulte la más
conveniente para la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
virtud de la calidad, la idoneidad técnica del oferente y los precios y condiciones
ofertadas.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la
esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
16. FACULTADES DE LA ADMINISTRACION: La Repartición Contratante, se
reserva el derecho de revocar el llamado a contratación directa o de rechazar la totalidad
de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que
dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar
reclamo alguno.
17. CONTRATACIÓN DIRECTA FRACASADA: En caso de que los oferentes no
reúnan a entera satisfacción de la Repartición Contratante las condiciones y requisitos
mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Contratación será
declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los
oferentes.
18. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: En conformidad con el
artículo 101 inciso b) de la Ley 2095 modificada por la Ley 4764, la presente
Contratación Directa se encuentra excluida de la presentación de garantía de
cumplimiento del contrato.
19. FORMALIZACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA: El funcionario competente
será quién firme el acto administrativo que apruebe la presente contratación y suscriba
la respectiva Orden de Compra, mediante el sistema BAC.
20. PLAZO DE ENTREGA: De acuerdo a lo establecido en el Art. 32º del PBCG, se
establece como plazo de entrega de la presente Contratación Directa: 20 (VEINTE)
DÍAS HÁBILES desde el perfeccionamiento mediante BAC de la orden de compra.
21. LUGAR DE ENTREGA: De acuerdo a lo establecido en el Art. 32 del PBCG se fija
como domicilio de entrega del producto objeto de la presente Contratación Directa:
Uruguay 440/466 1er. Piso Of. 114 Unidad Operativa de Adquisiciones de la
Procuración General, CABA. Previa coordinación al tel. 4323-9291.22. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El Contratista deberá ajustarse
estrictamente a la documentación contractual consignada en los Pliegos, obligándose a:
a)
Emplear, exclusivamente, durante toda la vigencia del contrato, personal
capacitado, con pericia y experiencia en sus respectivas especialidades, de acuerdo a las
necesidades de las tareas establecidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
b)
Todo el personal afectado al cumplimiento del contrato, estará bajo el exclusivo
cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y
previsionales y cualquier otro gasto sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo
relación de dependencia con la Procuración General y/o el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires. El GCBA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo
conflicto o litigio que eventualmente se generase entre el adjudicatario y el personal que
éste ocupare para ejercer la actividad objeto del presente proceso de contratación. No se
admitirá incumplimiento por parte del adjudicatario basado en conflictos que aquel
tenga con su personal dependiente.
c)
En concordancia con las distintas disposiciones legales o sin perjuicio del
cumplimiento de las distintas disposiciones legales aplicables al caso, y las relativas a
higiene y seguridad en el trabajo, como así también las disposiciones de carácter laboral
y previsional, el Contratista deberá contratar un seguro contra accidentes de trabajo para
todo su personal.
d)
Responder, en forma exclusiva, por cualquier daño, rotura, deterioro o
desaparición de elementos, que pudiere ocasionarse a personas y/o a bienes de la
Administración y/o a terceros y/o a los bienes de éstos últimos con motivo de la
prestación del objeto de la presente Contratación, razón por la cual el Contratista
mantendrá indemne en todo momento a la Procuración General y al GCBA de y contra
cualquier reclamo, daño, pérdida y/o responsabilidad en relación directa con cualquier
investigación, litigio o procedimiento relativo al objeto de la presente Contratación.
23. PROHIBICIÓN: Se deja establecido que queda expresamente prohibida la cesión
del contrato, sin previa conformidad expresa y por escrito del Organismo Contratante,
bajo el apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley 2095 modificada por
la Ley 4764.
24. INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO:
DE LAS SANCIONES Y PENALIDADES: El Adjudicatario podrá, a exclusivo criterio
de GCBA, ser pasible de las sanciones y penalidades previstas en la Ley Nº 2095
modificada por la Ley 4764.
Las multas y/o sanciones de las que pudiera resultar pasible la contratista, serán
aplicadas aún cuando el contrato se encuentre ejecutado y/o rescindido; ello en tanto
que el hecho motivador hubiere ocurrido durante la vigencia del contrato.
Cuando un mismo hecho encuadre en distintos supuestos punibles, se aplicará las
sanciones que para cada uno de ellos corresponda, salvo cuando una trasgresión
presuponga otra, en cuyo caso será aplicable la pena más grave prevista.
En el caso de las infracciones de carácter permanente, el Contratista deberá subsanarlas
dentro del plazo que a tal fin fijare el Organismo Contratante vencido el cual si
subsistiera, se considerarán a los fines punitivos como un hecho nuevo.
25. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE PENALIDADES: La aplicación de las
penalidades previstas en el presente Pliego y toda otra documentación contractual, así
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
como cualesquiera otras penalidades, previstas en el Art. 123 de la Ley 2095 modificada
por la Ley 4764, se ejecutarán conforme al siguiente procedimiento: verificada la
infracción, se labrará un acta de constatación cuya copia será notificada al Contratista.
El Organismo Contratante llevará un registro, donde consignará las deficiencias
observadas, a los efectos de verificar el cumplimiento del objeto de la presente
Contratación Directa. El resultado de la compilación de los incumplimientos se
notificará fehacientemente.
El Contratista podrá formular descargo dentro de los diez (10) días de notificado.
Vencido ese plazo, el Organismo Contratante emitirá el correspondiente Acto
Administrativo, que deberá ser notificada fehacientemente al Contratista con la cual se
iniciará, de corresponder, el trámite de descuento del Parte de Recepción Definitiva.
El Contratista podrá recurrir la penalidad impuesta conforme a las previsiones del
D.N.U. Nº 1510-GCBA-97, aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98. La
presentación del recurso no suspende la aplicación y demás efectos de la sanción.
No obstante la aplicación de las sanciones que procedieren, el GCBA podrá, previa
intimación, solicitar al Contratista que corrija su deficiencia en el plazo que se le fije, el
que no podrá exceder de veinticuatro (24) horas.
26. PENALIDADES: La Administración podrá aplicar multas aún vencido el plazo
contractual cuando los incumplimientos se hubieran producido dentro del plazo de
vigencia del contrato. El incumplimiento en término de las obligaciones emergentes del
contrato coloca al Contratista en estado de mora automática y, por lo tanto, sujeto a la
aplicación de las sanciones establecidas en los artículos siguientes:
CAUSALES Y DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS
a) Por no cumplir con el tiempo en la entrega del producto objeto de la presente
Contratación Directa, por causas imputables al adjudicatario: Por cada día de demora:
tres por ciento (3%) sobre el monto total adjudicado.
b) Por no cumplir con el standard tecnológico establecido en el Pliego de
Especificaciones Técnicas (MIFARE Classic 1K) del producto objeto de la presente
Contratación Directa, por causas imputables al adjudicatario: Tres por ciento (3%) sobre
el monto total adjudicado.
c) Por no cumplimentar con lo establecido en el Art. OBLIGACIONES DEL
CONTRATISTA: Por cada día de demora: cincuenta centésimos por ciento (0,50%)
sobre el monto total adjudicado.
27. DE LAS MULTAS: Sin perjuicio de lo expuesto, el incumplimiento por parte del
Contratista de las obligaciones emergentes de la relación contractual y de las normas
que fijan los requisitos y modalidades de la prestación del servicio en general, facultará
a la aplicación de multas correspondientes.
Se aplicarán multas por la/s mora/s en el cumplimiento de la prestación. La multa diaria
por mora en el cumplimiento de la prestación será de uno por mil (1/1.000) del monto
del Contrato. A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del
Contrato al monto original del mismo. Cuando el importe de las multas por cualquier
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
concepto alcance al diez por ciento (10%) del monto del Contrato, el GCBA podrá optar
por su rescisión por causas atribuibles al Contratista o bien decidirá la continuidad del
mismo, sin que en el período restante hasta la terminación del Contrato pueda ser
pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. Este límite en la sanción por
retraso no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios a
terceros o al GCBA.
El importe de las multas, será deducido del pago correspondiente del precio previsto en
el presente Pliego.
28. HECHOS QUE PUEDEN ORIGINAR SANCIONES: Podrá dar lugar a la
aplicación de cualquiera de las sanciones previstas en el Art. 135 y siguientes de la Ley
2095 modificada por la Ley 4764 por parte del GCBA, el incumplimiento del
Contratista de cualquier obligación que estuviera a su cargo en virtud de los Pliegos.
29. RESCISIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO:
29.1 RESCISIÓN: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá rescindir el
contrato de pleno derecho, cuando se produjeren algunas de las causales previstas en los
Art. 128° al 132° de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley 4764.
29.2 INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Vencido el plazo de cumplimiento del
contrato, sin que haya sido entregado el objeto de la presente Contratación Directa, de
conformidad, se rescindirá el mismo de pleno derecho, sin necesidad de interpelación
judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo contratante proceder al dictado de
la declaración formal de rescisión.
29.3 FRAUDE O NEGLIGENCIA: Cuando el Contratista incurre en negligencia en la
ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante
puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del contratista la
reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo es
causal de rescisión del contrato por culpa del contratista y con las consecuencias
precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que
fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión.
29.4 TRANSFERENCIA O CESIÓN DEL CONTRATO: Cuando el contratista
transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente
por la entidad contratante, ésta rescindirá unilateralmente el contrato por culpa del
contratista.
29.5 RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL: La rescisión del contrato pueden ser total o
parcial, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquel.
29.6 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Las penalidades establecidas en la Ley
2095 modificada por la Ley 4764, no son aplicadas cuando el incumplimiento de la
obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado y
probado por el interesado y aceptado por el Organismo Contratante. La existencia de
caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos
contraídos por el oferente o los adjudicatarios, debe ser puesta en conocimiento del
Organismo Contratante dentro del plazo de 5 (cinco) días que establezca la
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N° 221
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
reglamentación de la mencionada ley. Transcurrido dicho plazo, no puede invocarse el
caso fortuito o fuerza mayor.
30. JURISDICCIÓN: Las partes se someterán única y exclusivamente a la jurisdicción
de los Tribunales Contenciosos Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
31. RECEPCIÓN DEFINITIVA: El Adjudicatario deberá presentar a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal, el remito de entrega de los productos objeto de
la presente. Conformado, se remitirá a la U.O.A.P.G., que dará intervención a la
Comisión de Recepción Definitiva del Organismo Contratante a efectos., para luego
extender el Parte de Recepción Definitiva.
Obtenido el parte, el Contratista procederá a confeccionar la factura conforme a la
mecánica establecida al respecto en el PBCG BAC.
32. FORMA Y PLAZO DE PAGO: A los fines del pago a los Proveedores, finalizada la
prestación, el Organismo contratante emitirá 1 (un) Parte de Recepción Definitiva
(PRD).
El PRD deberá ser adquirido a través del sitio web del Gobierno de la Ciudad de
Buenos
Aires
http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/
“Autogestión
de
Proveedores”, previa autenticación y presentando posteriormente la factura ante el
Organismo competente para el pago de la obligación.
El plazo establecido para el pago es de 30 (treinta) días hábiles contados a partir de la
presentación de la factura y documentación ante la Dirección General de Contaduría.
33. DOMICILIO: Se considerará como domicilio legal el declarado en calidad de
constituido en RIUPP y el domicilio electrónico constituido, el correo electrónico
declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP, en el que se
tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el
GCABA.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fija su domicilio legal en los
términos de la Resolución N° 77-PG-2006 (B.O.C.B.A. N° 2430).
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 52-DGTALPG/14 (continuación)
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (PET)
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El objeto de la presente Contratación Directa Compra Menor es la adquisición de
“Tarjetas magnéticas para el control de acceso” con destino la Procuración General de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicada en la calle Uruguay 440/466.RENGLÓN N° 1: TARJETAS MAGNÉTICAS DE CONTROL DE ACCESO
Cantidad: 1000 (mil) tarjetas magnéticas para el control de acceso.ESPECIFICACIÓN TÉCNICA:
Tarjetas de Proximidad: Se empleará como elemento de identificación personal una
tarjeta de proximidad pasiva (sin baterías), la cual será expuesta al Lector para
habilitación del acceso.Dado el sistema actualmente instalado en esta Procuración General, las tarjetas
magnéticas requeridas deberán ser, únicamente, del tipo “tarjeta de crédito”, de 85 mm.
de largo, 54 mm. de ancho y 1 mm. de espesor, según norma ISO 7816-1IDK1, color
blanco, de lectura por proximidad según “estándar de hecho” Mifare Classic 1K.En el anverso las tarjetas deberán contar la impresión del logotipo institucional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al siguiente detalle:
GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES
85 mm.
PROCURACIÓN GENERAL
En caso de perdida
rogamos llamar
al tel. 4323-9200
54 mm.
Espesor 1 mm.
COMPATIBILIDAD:
El lector, actualmente instalado, deberá reconocer la tarjeta hasta una distancia máxima
de por lo menos 15 cm. y serán también compatibles Mifare Classic en modo cifrado.
El tiempo desde que el elemento de identificación personal llega al punto de lectura
hasta que se produce la habilitación de ingreso no deberá ser superior a 1 segundo, este
tiempo debe ser verificado en ensayos de evaluación antes de la recepción definitiva del
producto.MUESTRA DEL PRODUCTO:
Se deberá proporcionar una muestra en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la
Procuración General, sita en Uruguay 440/66 1er. Piso Of. 114, previo a la apertura de
ofertas mediante el sistema de compras electrónicas Buenos Aires Compras. Se emitirá
recepción de muestra.-
FIN DEL ANEXO
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N° 223
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 201-GA/14
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONTRATACIÓN MENOR N° 38/2014
EXPEDIENTE Nº 2559/2014
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES:
ARTÍCULO 1° - OBJETO
El objeto de la presente es la contratación de una pauta comercial en el portal web “Agencia
Comunas”, dominio www.agenciacomunas.com.ar, para el ENTE UNICO REGULADOR DE
SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en adelante el
“ENTE”.Los servicios contratados serán prestados por el ADJUDICATARIO, conforme las condiciones
establecidas en este Pliego de Bases y Condiciones y en las Especificaciones Técnicas
obrantes como ANEXO I y al siguiente detalle. Enmarcándose en la Ley 2095, sus
modificatorias y correspondientes Decretos Reglamentarios.RENGLON ITEM
1
1
DESCRIPCION
UNIDAD
DE
MEDIDA
CANT.
Contratación de pauta comercial en el portal web
“AGENCIA COMUNAS”, dominio
www.agenciacomunas.com.ar ; s/ Anexo I de
Especificaciones Técnicas
Mes
12
ARTÍCULO 2º – DURACIÓN
La presente contratación tendrá una duración de doce (12) meses, a partir del día de inicio de
la prestación de los servicios contratados.
ARTÍCULO 3º - PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El inicio de la prestación del servicio comenzará a regir a partir del primer día del mes siguiente
a la notificación de la orden de compra.
ARTÍCULO 4° - AMPLIACION/ PRÓRROGA
En caso de considerarse conveniente para las necesidades del Organismo, el ENTE podrá
solicitar la ampliación/ prórroga del contrato original en los términos establecidos en el Art.117º
de la Ley 2.095/06 Decreto Reglamentario y normas complementarias.-
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N° 224
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 201-GA/14 (continuación)
CAPÍTULO II.- OFERTA
ARTÍCULO 5º - SUJETOS HABILITADOS A OFERTAR
Pueden ser oferentes de la presente contratación, las personas físicas o jurídicas con
capacidad para obligarse que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores y que no queden comprendidos en alguna de las siguientes
situaciones:
• Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el
caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno
de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2095, mientras
dichas sanciones sigan vigentes.
• Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por
parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley
2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
• Los cónyuges de los sancionados.
• Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la
Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
• Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de
aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la
administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en
estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en
contrario.
• Los inhibidos.
• Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la
Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la
Convención Interamericana contra la Corrupción.
• Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales,
alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
• Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del
directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los
artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo
“Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley 451 - Régimen de Faltas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una
misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o
persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
ARTÍCULO 6° - LUGAR, PLAZOS Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La oferta deberá ser presentada de lunes a viernes de 10.00 a 15.00 hs., hasta las 12.00 hs del
día 29 de septiembre de 2014, ante el “Ente” mediante fax al 4343-4260, vía correo electrónico
a [email protected] o en sobre cerrado en la Mesa de Entradas del ENTE,
Bartolomé Mitre 760, Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso de ser
presentadas en sobre cerrado, el mismo deberá estar dirigido a: Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Gerencia de Administración –
Departamento de Compras y Contrataciones, – identificando número de Contratación y
Expediente.-
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N° 225
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 201-GA/14 (continuación)
ARTÍCULO 7° - FORMULACIÓN DE LA OFERTA
El OFERENTE deberá cotizar UN ÚNICO PRECIO TOTAL, no pudiendo hacerlo parcialmente.
ARTÍCULO 8° - INFORMACIÓN A SUMINISTRAR
El oferente deberá presentar:
8.1. Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I del Pliego de Cláusulas Generales)
8.2. El oferente deberá presentar la documentación vigente a la fecha de apertura de ofertas,
que acredite la propiedad-dominio del sitio web cotizado.
ARTÍCULO 9° - PRECIOS
Los precios cotizados deberán ser finales, discriminando precios unitarios y total de la oferta,
con todos los impuestos y gravámenes incluidos, debido que la condición del “ENTE” frente a
impuestos es EXENTO. En la oferta se deberá indicar si se ofrecen bonificaciones y/o
descuentos por pronto pago, especificando porcentajes y cantidad de días para obtener el
descuento por pronto pago.ARTÍCULO 10º - MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGO
La moneda de cotización y pago de la presente contratación será en PESOS de curso legal.ARTÍCULO 11° - PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
El OFERENTE deberá presentar y mantener su oferta por un término no menor a diez (10)
días hábiles a partir de la fecha de la apertura de ofertas, prorrogable por un lapso igual y así
sucesivamente, salvo que el oferente comunique fehacientemente su no renovación seis (6)
días corridos antes de su vencimiento.ARTÍCULO 12° - INFORMACION DEL OFERENTE
El ENTE se reserva el derecho de requerir al oferente, toda la información ampliatoria, que
considere necesaria respecto de su capacidad técnica o financiera.ARTÍCULO 13° - MEJORA DE PRECIOS
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada, resulta excesivo con relación al
monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta, a los
fines de conseguir la más conveniente a los intereses del “ENTE”, por aplicación de los
principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley. 2095.
CAPÍTULO III – DE LAS GARANTÍAS
ARTÍCULO 14° - GARANTÍAS
- DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES:
A fin de impugnar el Pliego de Bases y condiciones, deberán presentar una garantía del 3% del
presupuesto oficial o monto estimado de la compra.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 226
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 201-GA/14 (continuación)
ARTÍCULO 15º- FORMA DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA
Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la Cuenta Corriente correspondiente al “ENTE”,
Nº 28429/5 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro Nº 111.
b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria, a la orden del Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El “ENTE”
depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del “ENTE”, constituyéndose el fiador
en deudor solidario, liso y llano principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de
división y excusión en los términos del artículo 2.013 del Código Civil, así como al beneficio de
interpelación judicial previa.
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros
autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 16° - EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS
No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación en la adquisición de
publicaciones periódicas y contratación de avisos publicitarios.
CAPÍTULO IV.- SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO
ARTÍCULO 17° - CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS
La adjudicación recaerá en la propuesta más conveniente para el Organismo, teniendo en
cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del OFERENTE y demás condiciones de la oferta.
ARTÍCULO 18º - CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Es rechazada de pleno derecho la oferta que incurriere en los siguientes supuestos:
-Si el original no estuviere firmado por el oferente o su representante legal;
-Si estuviere escrita con lápiz.
-Si careciera de la garantía exigida.
-Si no se presentan las muestras que el pliego de bases y condiciones particulares dispusiere.
-Si contuvieren condicionamientos.
-Si tuvieren raspaduras, enmiendas o interlineas en el precio, cantidad, plazo de entrega o
alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
-Si contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
-Si incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevean en
el pliego de bases y condiciones.
CAPÍTULO V.- IMPUGNACIONES
ARTÍCULO 19° - TIPO DE IMPUGNACIONES Y PLAZOS
La impugnación del pliego puede ser recibida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la
fecha de apertura de las ofertas, y se tramita por cuerda separada.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 227
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 201-GA/14 (continuación)
ARTÍCULO 20° - PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES
A fin de dar curso a las impugnaciones presentadas, el interesado deberá constituir garantías
correspondientes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del presente Pliego.
El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Corriente Nº 28429/5 del Banco de la Ciudad de
Buenos Aires, Sucursal Centro Nº 111, correspondiente al Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que será reintegrado a los
OFERENTES, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Mesa de Entradas del ENTE,
Bartolomé Mitre 760, Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de
10:00 a 15:00 horas, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes
mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será
considerada como impugnación.
CAPÍTULO VI.- PAGO
ARTÍCULO 21º - PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Las facturas en original, confeccionada conforme los términos establecidos por la AFIP, serán
presentadas mensualmente por el ADJUDICATARIO, acompañada del respectivo Parte
Certificación de Prestación de Servicios, de lunes a viernes de 10:00 a 14:30 horas,
Departamento de Tesorería del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sito en Bartolomé Mitre 760, Piso 9º, de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
La presentación de las facturas, se efectuará en forma conjunta con la documentación
detallada a continuación fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago
correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura, del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos de acuerdo con las constancias de inscripción que haya
acompañado con la oferta
El número de CUIT correspondiente al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires es 30-70732346-5. La condición frente al I.V.A. es exento.
ARTÍCULO 22º: PLAZO Y FORMA DE PAGO
El Organismo abonará la factura presentada por el ADJUDICATARIO dentro de los treinta (30)
días corridos de su presentación en debida forma (conforme lo dispuesto en el artículo
anterior).
En atención a que el Organismo es un ente autárquico, con independencia funcional, el pago
se efectuará en el Departamento de Tesorería del Ente Único Regulador de los Servicios
Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante entrega de cheque de la cuenta
corriente bancaria de este Organismo.
ANEXO I – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Contratación de pauta comercial en el portal web
“AGENCIA COMUNAS”
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
La pauta publicitaria en la página web de “Agencia Comunas” con dominio
www.agenciacomunas.com.ar, constará de un banner de 150 por 150 píxeles en la home y en
las secciones internas. Dicho banner estará alojado en el home de la página web en cuestión.
FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 46-UOA/14
N° 228
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 46-UOA/14 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 229
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 230
ANEXO - OL 3331
PROCESO DE COMPRA Nº 42S-078S-LPU14
IFICACIONESTECNICAS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPEC
CONTRATACiÓN MENOR.
ción directa que se aplica cuando
La contratación menor es aquel procedimiento de contrata
a cien mil (100.000) unidades de
el monto total de la contratación no supere el equivalente
compra. VALOR U.e. $ 5,50
EFECTOSDE LA PRESENTACiÓN DE LA OFERTA.
, el pleno conocimiento de toda
La presentación de la oferta, importa de parte del oferente
de selección, la evaluación de todas las
la normativa que rige el procedimiento
ión en su totalidad de las bases
circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptac
es con y sin consulta que se
y condiciones estipuladas, como asi también de las circular
por lo que no es
ocimiento,
hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su descon
nes con la oferta, salvo que los
necesaria la presentación de los pliegos de bases y condicio
ntación que integra la misma."
mismos sean solicitados como requisitos junto con la docume
CRITERIO DE SElECCiÓN DE OFERTAS
conveniente, teniendo en cuenta
La adjudicación debe realizarse a favor de la oferta más
los costos asociados de uso y
,
para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente
oferta.
la
mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de
os creados por Ley N" 778,
Las micro y pequeñas empresas, cooperativas y talleres protegid
el valor ofertado en todos los
tendrán un margen a favor del cinco por ciento (5%) en
e ley, respecto de los restantes
procedimientos de contratación normados por la present
oferentes.
Este margen sólo será otorgado
haber resultado adjudicatario.
a cada oferente
una vez por ejercicio
presupuestario,
de
el valor ofertado establecido
Para acceder al margen del cinco por ciento (5%) en
to en la presente ley en lo
prescrip
lo
a
precedentemente, las cooperativas deben ajustarse
as."
que hace a la facturación para las micro y pequeñas empres
RECEPCiÓN PROVISIONAL.
nal y los recibos o remitos que
La recepción de los bienes y servicios tiene carácter provisio
ón definitiva."
firmen los funcionarios designados quedan sujetos a la recepci
EQUIPAMIENTO SOLICITADO
DE PLANTA
ANALIZADOR DE QUIMICA ClINICA PARA LABORATORIO
de reactivos
deberá entregar por el plazo que dure la presente licitación
además de hacerse cargo del
un equipo con las características que a continuación se detalla,
preventivo, presentando el
acarreo, instalación, entrenamiento del personal, mantenimiento
de las 24 hs. de recibido el llamado.
cronograma del mismo y mantenimiento correctivo dentro
La empresa adjudicataria
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 231
ANEXO - OL 3331 (continuación)
disponible en el laboratorio,
Conexión al sistema informático
separadamente:
cuyas características se detallan
s y consumibles necesarias para
Incluir controles, calibradores, controles y soluciones auxiliare
los insumos necesarios para la
todas las determinaciones solicitadas, como también todos
rios para realizar los informes
impresión de protocolos, hojas de papel A4, toners necesa
correspondientes.
o
o
o
o
multiparametrico.
Se solicita un Sistema Random acceso de última generación,
sueros.
Que tenga la posibilidad de consolidar el área de trabajo de
Clínica: potencíometría
Que incluya las siguientes metodologías para el área de Química
para química clinica básica,
ISE para determinaciones electroliticas, inmunoturbidimetría
de drogas terapéuticas y de
proteínas séricas y que permite incluir dosajes de monitoreo
abuso en un futuro.
sellados, con estabilidad
Presentación de los reactivos listos para usar, en casetes auto
PARA CUMPLIMIENTO DE
prolongada, para evitar manipulaciones (SIENDO OPTIMOS
NORMAS DE BIOSEGURIDAD) y diluciones.
o
es para reactivos.
Capacidad en el instrumento para por lo menos 60 posicion
al.
Racks adaptables a varios tipos de tubos. Transporte univers
o
Software común a toda la plataforma.
o
o
s y curvas de calibración.
Memoria suficiente como para almacenar reactivos, muestra
Back up que permita almacenar datos en distintos soportes.
o
Procesamiento
o
Controles automáticos
o
inmediato
de emergencias.
de calibración posterior al cambio de reactivos.
o
forma remota las pantallas con
Actualización remota de datos (teleservice). Compartir en
servicio técnico.
o
Recibir información
o
Realizar rutinas de mantenimiento
o
Mantenimiento
o
Actualización de aplicaciones.
sobre fallas del instrumento.
en forma remota.
actualizado de la base de datos de controles y calibradores.
Características técnicas: test con temperatura
controlada.
Cargo de reactivos durante la operación.
Pipetas para detección de coágulos.
rndices sérico s con orientación
de resultados.
HbA1C en sangre entera.
namiento
Trazabilidad de reactivos, calibradores y controles con almace
Sistema de auto lavado para cubetas.
de resultados.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 232
ANEXO - OL 3331 (continuación)
Eliminación bioseguridad de desechos Iiquidos.
las lecturas de las determinaciones
Fotómetro con todas las longitudes de onda necesaria para
solicitadas.
el Laboratorio
Se solicita además dos puestos con conexión a internet en
Central.
DE GUARDIA
ANALIZADOR DE QUIMICA CLlNICA PARA LABORATORIO
de reactivos
deberá entregar por el plazo que dure la presente licitación
además de hacerse cargo del
un equipo con las características que a continuación se detalla,
preventivo, presentando el
acarreo, instalación, entrenamiento del personal, mantenimiento
de las 24 hs. de recibido el llamado.
cronograma del mismo y, mantenimiento correctivo dentro
La empresa adjudicataria
s y consumibles necesarias para
Incluir controles, calibradores, controles y soluciones auxiliare
los insumos necesarios para la
todas las determinaciones solicitadas, como también todos
rios para realizar los informes
impresión de protocolos, hojas de papel A4, toners necesa
correspondientes.
dos a un sistema informático que
Se solicita que todos los equipos del laboratorio estén conecta
funciona en el Laboratorio Central.
emita las planillas de trabajo, protocolos de informes, tal como
o
o
o
o
multiparametrico.
Se solicita un Sistema Random acceso de última generación,
sueros.
Que tenga la posibilidad de consolidar el área de trabajo de
Clínica: potenciometria
Que incluya las siguientes metodologías para el área de Química
para química clinica básica,
ISEpara determinaciones electroliticas, inmunoturbidimetría
de drogas terapéuticas y de
proteínas séricas y que permite incluir dosajes de monitoreo
abuso en un futuro.
sellados, con estabilidad
Presentación de los reactivos listos para usar, en casetes auto
PARA CUMPLIMIENTO DE
prolongada, para evitar manipulaciones (SIENDO OPTlMOS
NORMAS DE BIOSEGURIDAD) y diluciones.
o
es para reactivos.
Capacidad en el instrumento para por lo menos 60 posicion
al.
Racks adaptables a varios tipos de tubos. Transporte univers
o
Software común a toda la plataforma.
o
•
s y curvas de calibración.
Memoria suficiente como para almacenar reactivos, muestra
Back up que permita almacenar datos en distintos soportes.
•
Procesamiento
•
Controles automáticos
o
inmediato de emergencias.
de calibración posterior al cambio de reactivos.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 233
ANEXO - OL 3331 (continuación)
•
forma remota las pantallas con
Actualización remota de datos (teleservice). Compartir en
servicio técnico.
•
Recibir información
•
Realizar rutinas de mantenimiento
•
•
sobre fallas del instrumento.
en forma remota.
s y calibradores.
Mantenimiento actualizado de la base de datos de controle
Actualización de aplicaciones.
Características técnicas: test con temperatura
controlada.
Cargo de reactivos durante la operación.
Pipetas para detección de coágulos.
fndices séricos con orientación
de resultados.
namiento
Trazabilidad de reactivos, calibradores y controles con almace
de resultados.
Sistema de auto lavado para cubetas.
Eliminación bioseguridad de desechos líquidos.
las lecturas de las determinaciones
Fotómetro con todas las longitudes de onda necesaria para
solicitadas.
Conectar al sistema informático
e instalar en el Laboratorio de Guardia.
LA ENTREGA DE LOS REACTIVOS DEBERA EFECTUARSESEGÚN
NECESIDADES DEL SERVICIO.
DEL EQUIPAMIENTO ESTARAN A
EL FLETE, ENTRENAMIENTO DE PERSONAL E INSTALACiÓN
N INSTALACiÓN, ESTIBA, CARGA Y
CARGO DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA, COMO ASI TAMBIE
R CON UN SEGURO CONTRA TODO
DESCARGA DEL EQUIPO A INSTALAR, ADEMÁS DE CONTA
RIESGO POR EL EQUIPO EN PRESTAMO.
ARIO SE HARÁ CARGO DE LAS
EN CASO DE SER NECESARIO REFORMAS FfslCAS ELADJUDICAT
MISMAS.
NIMIENTO PREVENTIVO MENSUAL Y
LA ADJUDICATARIA DEBERA HACERSECARGO DEL MANTE
TADA LA REPARACiÓN DEL
CORRECTIVO DEL EQUIPO DENTRO DE LAS 24 HS. DE SOLICI
ENDO CAMBIO DE REPUESTOS,
EQUIPAMIENTO DURANTE EL PERIODO DE PRESTAMO, INCLUY
NAMIENTO DURANTE EL PERIODO
INSUMOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU OPTIMO FUNCIO
QUE DURE LA CONTRATACION.
RESUELTO EN FORMA INMEDIATA, EL
EN CASO DE DESPERFECTOTÉCNICO QUE NO PUEDE SER
DE CARACTERfsTICAS IGUALES O
ADJUDICATARIO PROCEDERA A SU REEMPLAZO POR UNO
SUPERIORES.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 234
ANEXO - OL 3331 (continuación)
TODO RIESGO PARA lOS
El ADJUDICATARIO DEBERA CONTRATAR UN SEGURO CONTRA
EQUIPOS EN PRESTAMO.
CON LA CONSTANCIA
PARA EMITIR El PRIMER PRO El PROVEEDOR DEBERA CONTAR
PROVISTO POR LA DIVISiÓN PATRIMONIO.
INGRESO DEL EQUIPAMIENTO
DE
CON LA OFERTA El CERTIFICADO DE APROBACION DEL ANMAT
IMACION DE LA
COTIZADO (LA NO PRESENTACION SERA CAUSAL DE DESEST
PRESENTAR CONJUNTAMENTE
DEL EQUIPAMIENTO
OFERTA).
ADA EN El CODIGO DE CATALOGO Y
EN CASO DE DIFERENCIAS ENTRE LA DESCRIPCION EXPRES
ECERA lO DETALLADO EN LAS
LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE CADA RENGlON, PREVAl
MENCIONADAS ESPECIFICACIONES TECNICAS.
a de Ofertas una Declaración Jurada
El OFERENTE DEBERA: Presentar al momento de la Apertur
los productos cotizados se ajustan a
del Director Técnico avalada por el apoderado legal que todos
y sus modificatorias). El
lo establecido por la ley 16463 y sus modificatorias (Dcto. 9763/64
el nombre genérico y la marca
oferente deberá indicar en cada renglón de su presupuesto
de Autorización de Venta otorgado
comercial de los productos cotizados, número de Certificado
especialidad medicinal y denominación
por Autoridad Sanitaria Nacional, nombre comercial de la
tración, presentación y/o embalaje,
del Establecimiento Elaborador, forma farmacéutica, concen
según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.
VENCIMIENTO
Y CANJE:
a los doce (12) meses al momento de
los productos tendrán una fecha de vencimiento no inferior
les antes de la fecha de su
la entrega. Si los productos no fueran utilizados por los Hospita
a la Firma adjudicataria, la que deberá
vencimiento se notificará con 3 (tres) meses de anticipación
de productos, con un vencimiento no
proceder al canje de los mismos, por igual cantidad y calidad
el derecho de considerar ofertas
inferior a los doce (12) meses. El Organismo licitante se reserva
os en el Pliego de Bases y
con vencimientos y/o plazos para el canje distintos a los solicitad
Condiciones.
ALTERNATIVA:
características
se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de
incluidos envases, formas
distintas a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones,
a los solicitados. En el caso de ofrecer
farmacéuticas, y/o presentaciones de contenidos diferentes
El Organismo licitante
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 235
ANEXO - OL 3331 (continuación)
ser presentadas por separado
distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán
radas ofertas válidas.
como ofertas alternativas, de lo contrario no serán conside
, vencimiento,
RECEPCION DE MERCADERIA: el remito deberá contar como mínimo
numero de
lote.
En los rótulos deberá estar consignada la siguiente información:
A.
Rótulos de envases primarios
•
Nombre genérico del producto.
•
Nº de Registro Sanitario.
•
Forma farmacéutica
•
Número de lote o partida.
•
Fecha de vencimiento.
•
Vía de administración.
•
Nombre del laboratorio
B.
Rótulos de envases secundarios
•
Nombre genérico del producto en letras destacadas
•
Nº de Registro Sanitario.
•
Cantidad de envases unitarios
•
Número de lote o partida
•
Fecha de Vencimiento
•
Condiciones de conservación
•
Nombre y dirección del laboratorio
y concentración
de los principios activos.
elaborador y/o importador.
ido,
Contenido en número de unidades totales (tableta o comprim
•
vaginales, cápsulas, frascos, etc.).
óvulos, tabletas
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 236
ANEXO - OL 3331 (continuación)
•
País de procedencia
•
Director Técnico
larios,
Aquellos productos que no se entreguen en envases hospita
respectivos troqueles inutilizados para su uso comercial.
DOCUMENTACiÓN
se deberán entregar con los
REQUERIDA PARA LA ENTREGA:
(tres) copias en los que se indicará la
los insumas deberán ser entregados en remito original y 3
o, nombre comercial, número de
siguiente información: el número de renglón, el nombre genéric
las fechas de vencimiento de
certificado de autorización de venta, número de lote y/o partida,
de Compra.
cada uno de los articulas entregados, y el número de Orden
FIN DEL ANEXO
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 237
ANEXO - OL 3364
CIRCULAR CON CONSULTA N° 1
LICITACIÓN PÚBLICA N° 19/2014
Buenos Aires, 7 de octubre de 20114
Señor:
Por la presente, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en el marco de la Licitación Pública N° 19/2014, referida a la Contratación de un
Servicio de Resguardo de Documentación, que tramita por Expediente CM Nº DCC147/14-0, y en función de las consultas efectuadas por las firmas Bank S.A. (Actuación
N° 25026/14, obrante a fojas 91/93) y Administradora de Archivos S.A. (Actuación N°
25026/2014, obrante a fojas 94/101), se dirige a Ud. a los efectos de efectuar la siguiente
modificación y respectivas aclaraciones al Pliego de Condiciones Particulares:
Consulta N° 1: Siendo que se solicita cotizar un servicio mensual por el término de
veinticuatro (24) meses a partir de la adjudicación, se consulta si en caso de ser necesario
y justificado podrán considerarse aplicar a futuro algún mecanismo de ajuste de precios.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 238
ANEXO - OL 3364 (continuación)
Modificación N° 1: Se modifica el Pliego de Condiciones Particulares, incorporándose
como Punto 15 del Pliego de Condiciones Particulares la Cláusula relativa a la
Redeterminación de Precios, que quedará conformada de la siguiente manera:
“15. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El precio de la presente contratación es fijo e invariable y no admite el reconocimiento de
mayores costos, salvo que la adjudicataria acredite que por circunstancias no imputables a
la misma su prestación se ha tornado excesivamente onerosa o de imposible
cumplimiento, motivos que deberán ser acreditados fehacientemente acompañando toda
la documentación necesaria a tales efectos.
Se considerará que la prestación se ha tornado excesivamente onerosa o de imposible
cumplimiento cuando se encuentre debidamente acreditado el desequilibrio en las
prestaciones contractuales.
Para que sea viable la readecuación de precios resulta indispensable que las distorsiones
que se produzcan determinen que los precios adjudicados superen en conjunto el DIEZ
POR CIENTO (10%).
De superarse el DIEZ POR CIENTO (10%) indicado anteriormente, el adjudicatario
podrá solicitar la redeterminación de precios mediante nota dirigida al Consejo de la
Magistratura de la C.A.B.A., la cual deberá ser acompañada de toda la documentación
que acredite fehacientemente la distorsión.
En ningún caso podrá solicitarse dicha readecuación antes de haberse cumplido el
séptimo mes de prestación efectiva de los servicios objeto de la presente contratación.
Formulado el pedido por la adjudicataria, el Consejo de la Magistratura analizará y
resolverá la compensación que considere procedente.”
Consulta N° 2: En relación al Subrenglón 1.1 se solicita que se indique si se debe cotizar
el precio de la caja más el transporte para la entrega de las mismas en los domicilios
indicados, y que se especifique cuáles serían los domicilios de entrega de las cajas
requeridas.
Aclaración N° 2: El Consejo de la Magistratura cuenta con edificios sitos en Av. Julio A.
Roca 530, Tacuarí 138, Tacuarí 124, Beruti 3345, Beazley 3860, Av. De Mayo 654,
Hipólito Yrigoyen 932, Lavalle 369, Diagonal Norte 636, Libertad 1046 y Cabildo 3067,
todos en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La oferta deberá incluir todos los gastos de flete, carga, descarga y traslado de los bienes
adjudicados, los que serán por cuenta exclusiva del adjudicatario, resultando sin cargo
para este Consejo de la Magistratura.
Consulta N° 3: En relación al Subrenglón 1.2 se solicita que se indique si solo hay que
cotizar el servicio de traslado o transporte, que incluye personal para la carga en vehículo
y la descarga en planta de la empresa o si debe incluir otros conceptos como tareas de
trasvase de la documentación, la referenciación del contenido de cada caja, el armado de
palletes para el transporte y la emisión de remitos con detalle de cajas retiradas entre otros
servicios.
N° 4498 - 9/10/2014
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 239
ANEXO - OL 3364 (continuación)
Aclaración N° 3: Se debe cotizar el costo del traslado inicial de hasta ocho mil (8.000)
cajas desde los diferentes edificios señalados en la aclaración anterior hasta los depósitos
de la adjudicataria.
La oferta deberá incluir todos los gastos de flete, carga, descarga y traslado, incluyendo el
personal necesario para realizar dichas tareas, así como todo aquello que resulte necesario
para el adecuado cumplimiento de la prestación objeto de la contratación.
Consulta N° 4: En relación al Subrenglón 1.3 se solicita que se aclare si se debe cotizar
el precio por guarda por caja más el costo de informatización de cada caja para darla de
alta en el sistema de gestión de la adjudicataria.
Aclaración N° 4: Se debe cotizar el resguardo o custodia en depósito de la adjudicataria
de hasta un máximo de ocho mil (8.000) cajas archivadoras.
Consulta N° 5: En relación al Subrenglón 1.4 se solicita que se aclare si en el servicio de
consulta están involucrados costos de transporte y de mano de obra que aplican al
movimiento de la caja solicitada en consulta, así como el costo de devolución de las cajas
consultadas, y que se determine la cantidad de cajas estimadas que serán consultadas en el
plazo estimado en el que se realizarán los mencionados 480 viajes.
Aclaración N° 5: El servicio deberá ser cotizado incluyendo el transporte y mano de obra
por movimientos de las cajas. El oferente deberá especificar la cantidad máxima de cajas
que pueden ser transportadas por viaje, incluyendo el personal necesario para la carga y
descarga.
Dr. Alejandro Rabinovich
Administrador General del Poder Judicial
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
FIN DEL ANEXO
29.583.239
3º de 2014
Seis Mil
Tortarolo, María Soledad
TRIMESTRE
SON PESOS
Planta de Gabinete
Locación de Servicios
Planta de Gabinete
Locación de Servicios
Planta de Gabinete
MODALIDAD DE CONTRATACION DEL
AGENTE
$
$
$
$
$
599,00
508,00
605,00
508,10
521,90
IMPORTE EROGADO
TAXI/REMISE
$
$
$
$
$
652,00
652,00
652,00
660,00
642,00
IMPORTE EROGADO RESTO
TRANSPORTE PUBLICO
1.251,00
1.160,00
1.257,00
1.168,10
1.163,90
6.000,00
$
$
$
$
$
$
IMPORTE TOTAL
EROGADO
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
FIN DEL ANEXO
"Se deja constancia que las personas que se detallan no utilizan para sus traslados vehículo oficial"
32.553.642
37.008.568
Spina, Belen
24.249.178
Gauthier, Clara María
28.152.427
Barrio, Sabrina Soledad Teresa
D.N.I.
Borelli, Sergio Oscar
APELLIDO Y NOMBRE
PLANILLA DE RESUMEN TRIMESTRAL
SSGOBIER
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2014, AÑO DE LAS LETRAS ARGENTINAS ”
N° 4498 - 9/10/2014
N° 240
ANEXOS - RESOLUCIÓN N° 87 /SSGOBIER/14