Bases de Aplicación “CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA INSTITUTOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN” ACUERDA: A. OBJETIVO GENERAL El objetivo de la “CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROGRAMAS Y/O PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO – INSTITUTOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN”, es incentivar y fortalecer las capacidades investigativas de los Institutos Públicos de Investigación, a través del financiamiento de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico, acorde a los objetivos de desarrollo del Plan Nacional del Buen Vivir. B. JUSTIFICACIÓN Mediante Acuerdo No. 2015-17, de 09 de febrero de 2015, el Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, expidió las Bases Marco de aplicación para la presentación de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo en el Ecuador; respecto del cual la norma superior que lo rige será el Reglamento de Selección y Adjudicación de Programas y/o Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (I+D) Financiados y Cofinanciados por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación; y de manera subsidiaria se podrá aplicar las disposiciones constantes en el Instructivo para la presentación, selección, y adjudicación de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D) financiados de forma directa a instituciones públicas por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. Asimismo, el párrafo 1ro del literal F sobre el Proceso de Postulación a Nivel Nacional, del artículo 1 del Acuerdo No. 2015-17, dispone que: “la Comisión Ejecutiva de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D) por delegación del Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación aprobará las bases, lineamientos, y otros parámetros de evaluación acorde a las políticas vigentes, de las convocatorias específicas correspondientes para la presentación de programas y/o proyectos de I+D.”; En tal virtud, y con el objeto de dar cumplimiento a las disposiciones Constitucionales, Legales y Reglamentarias, mediante memorando No. No. SENESCYT-DODC-2015-0033MI, de fecha 14 de abril de 2015, la Dirección de Orientación, Diseño y Coordinación de la Investigación Científica, presenta a la Subsecretaría de Investigación Científica, para que se ponga a consideración previo a la aprobación de la Comisión Ejecutiva de Programas y/o Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (I+D), la propuesta de Bases Específicas de Aplicación para la “CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA INSTITUTOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN” y sus anexos; Consecuentemente, la Comisión Ejecutiva de Programas y/o Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (I+D) declara que la investigación interinstitucional e interdisciplinar es actualmente la norma a nivel global, ya que garantiza el incremento de transferencia de conocimiento entre todos los participantes. En este contexto, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación financiará investigaciones fundamentales y aplicadas en cualquiera de las áreas temáticas descrita en las presentes bases y que ayudarán a generar una mejor comprensión de los sistemas naturales que generan impacto en el desarrollo del ser humano y en la calidad de vida, respetando al mismo tiempo el medio ambiente y los pueblos originarios; Con este afán, la Comisión Ejecutiva de Programas y/o Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (I+D) por delegación del Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación; mediante ACTA No. CEPPID-SDIC-020-2015, de fecha 16 de abril de 2015, discutió y aprobó las Bases Específicas de Aplicación para la “CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA INSTITUTOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN” y sus anexos. C. INSTITUCIONES QUE PUEDEN APLICAR A LA CONVOCATORIA Se consideran instituciones elegibles para financiamiento a los institutos públicos de investigación del Ecuador, quienes serán las instituciones ejecutoras del programa y/o proyecto. Podrán participar en calidad de co-ejecutoras otras universidades o escuelas politécnicas públicas o privadas, al igual que otros institutos públicos de investigación quienes se someterán a la normativa aplicable vigente y deberán suscribir con la institución ejecutora el respectivo convenio de cooperación. D. ÁREAS TEMÁTICAS DE LOS PROGRAMAS Y/O PROYECTOS INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DE Áreas de Investigación Las áreas y líneas de investigación científica y desarrollo tecnológico motivo de esta convocatoria deberán enmarcarse a la competencia de cada instituto público de investigación, acorde a los objetivos de desarrollo del Plan Nacional del Buen Vivir. . Excepcionalmente podrán ser considerados aquellos programas y/o proyectos que demuestren un impacto científico y tecnológico de gran relevancia e incidencia nacional. E. PROCESO DE POSTULACIÓN A NIVEL NACIONAL El proceso de postulación, evaluación, selección y adjudicación se realizará de conformidad al procedimiento establecido en el Acuerdo No. 2015-17 que contiene las Bases Marco de aplicación para la presentación de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo en el Ecuador; respecto del cual la norma superior que lo rige será el Reglamento de Selección y Adjudicación de Programas y/o Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (I+D) Financiados y Cofinanciados por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación; y de manera subsidiaria se podrá aplicar las disposiciones constantes en el Instructivo para la presentación, selección, y adjudicación de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D) financiados de forma directa a instituciones públicas por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. F. CLAUSULAS OBLIGATORIAS: Forman parte de la presente Convocatoria, y por consiguiente son de cumplimiento obligatorio, las demás cláusulas establecidas en el Acuerdo No. 2015-17 que contiene las Bases Marco de aplicación para la presentación de programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo en el Ecuador; respecto del cual la norma superior que lo rige será el Reglamento de Selección y Adjudicación de Programas y/o Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (I+D) Financiados y Cofinanciados por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, las cuales se detallan a continuación: 1. Protección de la propiedad intelectual y de la confidencialidad; 2. Seguimiento, control y evaluación de los programas y/o proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico; 3. Suscripción del convenio de financiamiento; 4. Requisitos para la adjudicación de fondos para los programas o proyectos aprobados; 5. Prohibiciones; 6. Financiamiento; 7. Plazos de ejecución de programas y/o proyectos; 8. Las demás que establezca el presente Acuerdo y el Acuerdo No. 2015-17. G. PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE NOTAS CONCEPTUALES Y DE PROPUESTAS COMPLETAS DE PROGRAMAS Y/O PROYECTOS INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO (I+D) Los postulantes realizarán la presentación de las propuestas a nivel de notas conceptuales y de propuestas completas de programas y/o proyectos investigación científica y desarrollo tecnológico (I+D), de ser el caso, de conformidad a los lineamientos y formatos establecidos por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. Las notas conceptuales deberán ser presentadas en formato digital y en idioma español al correo electrónico: [email protected]; y, Las propuestas completas deberán ser presentadas en formato digital y físico, en idioma español al correo antes señalado. H. REQUISITOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE FONDOS PARA LOS PROGRAMAS O PROYECTOS APROBADOS Para la adjudicación de los fondos para los programas y/o proyectos, los institutos públicos de investigación deberán remitir los requisitos establecidos en la normativa vigente. I. CONVOCATORIA La convocatoria es de carácter permanente y los institutos públicos de investigación podrán presentar sus programas y/o proyectos a partir de la aprobación de las presentes bases. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- Los proyectos y/o programas de investigación científica que se encuentren en elaboración podrán presentarlos en el plazo de 15 días posteriores a la vigencia de la presente Base Específica, en los formatos anteriores.
© Copyright 2024 ExpyDoc