BOCM Pág. 86 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015 B.O.C.M. Núm. 11 II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 23 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Servicio Público de Empleo Estatal BOCM-20150114-23 Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes administrativos para el reintegro de la protección por desempleo indebidamente percibida, anteriormente indicada, y la extinción/exclusión del derecho a la misma, contra los interesados que a continuación se citan, y los motivos que, asimismo, se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles de que, de conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, disponen de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrán efectuar en IBAN ES51 0049 5103 7125 1655 0943 del “Banco Santander”, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal. También podrá solicitar el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés de demora establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que se encuentre vigente en cada momento durante la duración del aplazamiento y que será exigible desde su concesión hasta la fecha de pago. En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el artículo 34 del Real Decreto 625/1985. Transcurridos los treinta días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo de treinta días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará, a partir del primer mes posterior al período del pago reglamentario, con un recargo según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá interponer ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de treinta días desde la notificación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados estarán de manifiesto por el mencionado plazo de treinta días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal. 6.664,86 17.077,32 X9254051R 28201300007918 Y0107726P 28201300007908 X9475854S 28201300007900 00387280Y 28201300003902 NUÑEZ LEON JACQUELINE CLAR http://www.bocm.es BRICENO DE PASCAL ARELI JOSEFINA ABZALIAN ASGHAR LOPEZ SAGUAR ANGEL GIRALDO ZAPATA NESTOR WBEIMAR 54003430M 28201300003899 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 50638742X 28201300003438 47233132X 28201300003425 CONSUEGRA SEGURA ANA GLORIA RODRIGUEZ CASTAÑARES SAMANTHA 915,10 1.343,32 12.301,80 1.675,71 949,76 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 1.098,12 1.611,98 14.762,16 2.010,85 762,72 1.600,34 1.139,71 781,14 835,56 20.492,78 7.997,83 7.892,04 6.662,64 5.898,24 12.920,17 1.908,48 Importe con recargo Motivo 05/03/2012 COLOCACION POR CUENTA AJENA 30/03/2012 01/09/2011 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES 01/09/2011 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS 14/09/2010 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES 14/09/2010 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS 30/03/2010 EMIGRACION O TRASLADO AL 30/05/2010 EXTRANJERO 17/11/2010 EMIGRACION O TRASLADO AL 30/12/2010 EXTRANJERO 12/06/2010 EMIGRACION O TRASLADO AL 11/07/2010 EXTRANJERO 02/12/2009 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES 30/12/2009 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS 15/12/2009 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO 30/01/2010 GENERADO COBRO INDEBIDO. CAUTELAR. EXTINCION 01/03/2013 JUBILACION 30/03/2013 03/12/2012 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES 03/12/2012 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS 05/12/2012 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES 30/12/2012 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS 27/07/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO 30/11/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION 02/01/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO 28/02/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION 24/02/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO 10/01/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION 25/08/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO 16/07/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION 20/04/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO 11/08/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION Período MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015 Madrid, a 3 de octubre de 2014.—La directora provincial, Piedad Martín Álvarez. (02/6.860/14) D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20150114-23 47020498B 28201300003456 HERNANDEZ LOPEZ ANA BELEN BARRETO HERRERA LEIDY JOHANNA 53906717F 28201300003462 X8170581S 28201300003458 635,60 X6394915H 28201300003463 MACHADO EMILIANO GARCIA DE LA TORRE ORALIA LORELIS 1.333,62 11871105T 28201300003853 PINEDA DELGADO OSCAR 650,95 48082139H 28201300003869 AGHARBI AGHARBI RACHID 696,30 50275140S 28201300003895 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% Tipo recargo B.O.C.M. Núm. 11 CEBALLOS CACERES EVA 6.576,70 5.552,20 4.915,20 10.766,81 02775011S 28201300007930 1.590,40 Importe LUCIO SANCLEMENTE ALVARO ERNESTO Expediente 48247049H 28201300007931 N.I.F. EL JAOUZI FETTI AHMED Interesado RELACIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92 BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 87
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