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BOCM
Pág. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015
B.O.C.M. Núm. 11
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
23
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Servicio Público de Empleo Estatal
BOCM-20150114-23
Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes administrativos para el reintegro de la protección por desempleo indebidamente percibida, anteriormente indicada, y la extinción/exclusión del derecho a la misma, contra los interesados que
a continuación se citan, y los motivos que, asimismo, se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el
artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles de que, de
conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985,
de 2 de abril, disponen de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrán efectuar
en IBAN ES51 0049 5103 7125 1655 0943 del “Banco Santander”, a nombre del Servicio
Público de Empleo Estatal.
También podrá solicitar el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya
concesión conllevará el correspondiente devengo del interés de demora establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que se encuentre vigente en cada
momento durante la duración del aplazamiento y que será exigible desde su concesión hasta la fecha de pago.
En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario
de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el artículo 34 del Real Decreto 625/1985.
Transcurridos los treinta días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se
iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985.
Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se
realizase con posterioridad a la finalización del plazo de treinta días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará, a partir del primer mes posterior al período del pago reglamentario, con un recargo según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 36/2011,
de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá interponer ante esta Dirección
Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de treinta días
desde la notificación de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los expedientes reseñados estarán de manifiesto por el mencionado plazo de treinta días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
6.664,86
17.077,32
X9254051R 28201300007918
Y0107726P 28201300007908
X9475854S 28201300007900
00387280Y 28201300003902
NUÑEZ LEON JACQUELINE CLAR
http://www.bocm.es
BRICENO DE PASCAL ARELI
JOSEFINA
ABZALIAN ASGHAR
LOPEZ SAGUAR ANGEL
GIRALDO ZAPATA NESTOR WBEIMAR 54003430M 28201300003899
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
50638742X 28201300003438
47233132X 28201300003425
CONSUEGRA SEGURA ANA GLORIA
RODRIGUEZ CASTAÑARES
SAMANTHA
915,10
1.343,32
12.301,80
1.675,71
949,76
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
1.098,12
1.611,98
14.762,16
2.010,85
762,72
1.600,34
1.139,71
781,14
835,56
20.492,78
7.997,83
7.892,04
6.662,64
5.898,24
12.920,17
1.908,48
Importe
con recargo
Motivo
05/03/2012 COLOCACION POR CUENTA AJENA
30/03/2012
01/09/2011 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES
01/09/2011 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS
14/09/2010 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES
14/09/2010 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS
30/03/2010 EMIGRACION O TRASLADO AL
30/05/2010 EXTRANJERO
17/11/2010 EMIGRACION O TRASLADO AL
30/12/2010 EXTRANJERO
12/06/2010 EMIGRACION O TRASLADO AL
11/07/2010 EXTRANJERO
02/12/2009 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES
30/12/2009 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS
15/12/2009 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/01/2010 GENERADO COBRO INDEBIDO. CAUTELAR.
EXTINCION
01/03/2013 JUBILACION
30/03/2013
03/12/2012 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES
03/12/2012 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS
05/12/2012 PAGO ÚNICO. TRABAJADORES
30/12/2012 AUTÓNOMOS NO MINUSVÁLIDOS
27/07/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/11/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
02/01/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
28/02/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
24/02/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
10/01/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
25/08/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
16/07/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
20/04/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
11/08/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
Período
MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015
Madrid, a 3 de octubre de 2014.—La directora provincial, Piedad Martín Álvarez.
(02/6.860/14)
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20150114-23
47020498B 28201300003456
HERNANDEZ LOPEZ ANA BELEN
BARRETO HERRERA LEIDY JOHANNA 53906717F 28201300003462
X8170581S 28201300003458
635,60
X6394915H 28201300003463
MACHADO EMILIANO
GARCIA DE LA TORRE ORALIA
LORELIS
1.333,62
11871105T 28201300003853
PINEDA DELGADO OSCAR
650,95
48082139H 28201300003869
AGHARBI AGHARBI RACHID
696,30
50275140S 28201300003895
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
Tipo
recargo
B.O.C.M. Núm. 11
CEBALLOS CACERES EVA
6.576,70
5.552,20
4.915,20
10.766,81
02775011S 28201300007930
1.590,40
Importe
LUCIO SANCLEMENTE ALVARO
ERNESTO
Expediente
48247049H 28201300007931
N.I.F.
EL JAOUZI FETTI AHMED
Interesado
RELACIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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