Supresión de pago de tasas en efectivo A partir del segundo trimestre de 2014 la Dirección General de Tráfico, mejora las garantías de los ciudadanos con el organismo a través de nuevas medidas para el cobro de tasas necesarias para la realización de diferentes trámites administrativos de tráfico y seguridad vial. Tráfico está llevando a cabo un extraordinario esfuerzo de simplificación administrativa que se está manifestando en una disminución de los tiempos de atención a ciudadanos y en una mayor eficiencia en la tramitación. Algunas de estas medidas son la reserva de cita previa a través del teléfono 060 o internet, la disponibilidad de nuevos servicios telemáticos en internet, o la mejora en el intercambio de información con otras Administraciones que reducen considerablemente las trabas administrativas a los ciudadanos. La mayor parte de la oferta de servicios a ciudadanos y empresas que se ofrecen nuestras oficinas requieren de la expedición previa de tasas públicas. Dichas tasas pueden abonarse por distintas vías, a través de internet, en cualquier entidad financiera, o en la propia oficina de Tráfico. Con el cobro en efectivo de tasas en las propias oficinas de Tráfico surgen una serie de inconvenientes como… • La inseguridad que genera en los ciudadanos ante el peligro de robo o extravío • El aumento de la posibilidad de fraude • Incremento del tiempo de atención en las ventanillas de tramitación. • La limitación legal para cobrar en efectivo más de 2,500 €uros en una sola operación1 • La dificultad para disponer de cambio de efectivo en las ventanillas al efecto. Se abre una oferta de posibilidades que proporcionan mayores garantías a nuestros ciudadanos. Nuestras oficinas provinciales y locales están transformando la forma de relacionarse con los ciudadanos. Están pasando así de una atención departamentada por áreas de tramitación, como vehículos, conductores, sanciones, etc., a una atención basada en puestos polivalentes. Desde éstos se resuelven múltiples trámites, inclusive el correspondiente cobro de sanciones o tasas asociadas a dicha tramitación. Esta sustancial mejora del cobro de tasas y sanciones en múltiples ventanillas de atención al ciudadano, trae consigo la supresión del efectivo como forma de cobro en las Jefaturas y Oficinas locales de Tráfico. Dicha eliminación de efectivo ya se realizó para el cobro de sanciones durante el primer trimestre de 2013. Se evitan así algunas de las consecuencias directas , como es el aumento del tiempo de espera de ciudadanos y empresas en nuestras oficinas al ser atendido en limitadas ventanillas de Caja. (1) Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es ó contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 2/6 Supresión de pago de tasas en efectivo Se ofrece a los ciudadanos un abanico amplio de canales para el pago de tasas, cuya operativa se describe a continuación: 1 Internet A través de nuestra página web, en la sede electrónica, se encuentra el servicio de pago electrónico de tasas por internet. https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/ Admite el pago de tasas por cargo en cuenta o con tarjeta de crédito o débito. Los códigos de las tasas adquiridas por este medio se descargan en etiquetas que pueden entregadas directamente en las ventanillas de atención de las oficinas de Tráfico sin esperas innecesarias. Es un servicio con múltiples ventajas… • Comodidad: El ciudadano o empresa no tiene que desplazarse a la oficina de Tráfico • Voluntariedad: Su uso es opcional, ya que los ciudadanos y empresas que lo quieran pueden acudir a Tráfico o a una entidad financiera a realizar el pago. • Múltiples formas de cobro: Se admiten dos formas, en cuenta corriente o con tarjeta de crédito o de débito, y entre las admitidas por la AEAT. • Seguridad: Sólo el titular de la cuenta está autorizado a realizar los pagos electrónicos y siempre se requiere la firma electrónica. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 3/6 Supresión de pago de tasas en efectivo 2 Con tarjeta de crédito o débito en nuestras oficinas. Con independencia de la cuantía, se admiten cobros con tarjeta de crédito en múltiples ventanillas polivalentes de nuestras oficinas, no sólo en puestos de Caja que habían sido exclusivos para ello hasta ahora. Se admiten tarjetas de banda, chip y progresivamente nuevas vías basadas en contactless (sin contacto) u otras tecnologías. El pago con tarjeta en nuestras oficinas introduce una serie de ventajas complementarias a las que encontramos con otras vías de pago: • Exactitud: El gestor que realiza el trámite determina con exactitud las cuantías a abonar, sin el riesgo de que las tasas abonadas con anterioridad no se ajusten a la correspondiente al trámite que realiza el ciudadano • Máxima seguridad y control: la tarjeta presentada nunca sale del control del ciudadano, y con su clave o pin garantiza el control total sobre la cantidad abonada. • Económico, fácil y accesible: Cualquier ciudadano puede conseguir una tarjeta de débito o crédito a través de su entidad financiera con total facilidad y a bajo coste. • Flexibilidad en las operaciones: Cualquier disconformidad o anomalía con los cargos realizados sobre las tarjetas pueden ser solventados por el gestor de tramitación de la oficina. • Sin comisiones: esta alternativa de cobro de tasas, al igual que a través de internet, no tiene comisión alguna sobre las tarjetas con las que se realiza el pago. 3 A través de previo pago en entidades financieras con modelo 791. Esta alternativa supone que el ciudadano abone las tasas en una entidad financiera, tanto en efectivo como en cargo en una cuenta bancaria asignada. Se deberá cumplimentar un formulario de liquidación conforme el modelo 791. El formulario dispone de tres ejemplares: uno para el interesado, otro para la Administración y uno para la entidad financiera colaboradora. Este formulario se puede descargar desde la misma página del pago electrónico de tasas señalado anteriormente: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/ Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 4/6 Supresión de pago de tasas en efectivo Se han de seguir los siguientes pasos: • Completar en el formulario 791, bien manual o electrónicamente, con las tasas que desee adquirir, el total a cobrar y la identificación personal. Se han de completar los tres ejemplares con la misma información. • Consignar en la parte inferior la cuenta bancaria en la que desee que se realice el cargo correspondiente o bien marque la opción de efectivo. • Tras el pago, la entidad financiera se quedará con la hoja "Ejemplar para la Entidad colaboradora" y le entregará las otras dos con la firma o sello autorizado, y validación mecánica de dicha entidad. • Posteriormente, deberá presentar en las ventanillas de las oficinas de Tráfico, el "Ejemplar para la Administración" y el “Ejemplar para el interesado”. • En ese momento, el gestor de la oficina de Tráfico, le entregará al ciudadano las tasas correspondientes pagadas en la entidad financiera, para poder aplicarse en los trámites oportunos. También le sellará el "Ejemplar para el interesado" para que le sirva como justificante del pago y posterior emisión de las tasas. Esta forma de pago aporta los siguientes beneficios: • Uso de efectivo: Se mantienen como alternativa para el pago en metálico por los ciudadanos. • Facilidad del cargo en cuenta: Asimismo, la entidad financiera receptora puede realizar un cargo en la cuenta bancaria que indique el ciudadano, alternativa que además está disponible en Internet. Recordar que cada formulario de autoliquidación 791 dispone de código que se repite en los tres ejemplares. Acceder y descargar los tres ejemplares del formulario cada vez que desee realizar un pago, ya que estos códigos son únicos; no utilizar fotocopias. • Extensa red de cobro: Estas liquidaciones son admitidas por prácticamente la totalidad de entidades financieras, con lo que los ciudadanos se benefician de una extensa red de oficinas de cobro. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 5/6 Supresión de pago de tasas en efectivo ¿Cuándo entra la medida de supresión del cobro en efectivo de las oficinas de Tráfico? La medida se irá implantando de forma gradual en todas las Jefaturas y Oficinas locales de Tráfico, y se finalizará a finales de 2014. Consulte en la oficina más próxima o en el teléfono 060 para más información. ¿Esta medida aplica por igual a particulares y a empresas? Efectivamente, la medida se aplica de uniformemente a cualquier colectivo en el mismo momento, si bien es cierto que muchas de las empresas que tienen una relación habitual con Tráfico no suelen realizar pagos en efectivo. Una vez que acudo a mi cita concertada en Tráfico, me indican que he de pagar una tasa para realizar el trámite. Si sólo dispongo de efectivo… ¿Me atenderán? ¿Perderé mi cita y tendría que volver otro día? Siempre será atendido en nuestras oficinas y en ningún caso perderá su cita para volver otro día. Es conveniente informarse antes en la solicitud de cita si admite o no cobro en efectivo en la Jefatura que vaya a acudir. No obstante, si acude a su cita y sólo dispone de efectivo para abonar la tasa que le corresponda por el trámite realizado, en la misma oficina le realizarán una solicitud de pago con un modelo 791, que llevará a cualquier entidad financiera para que le admitan el cobro en efectivo. A continuación, con la carta de pago debidamente sellada y validada mecánicamente, se entregaría en Tráfico durante el transcurso del mismo día de su cita. Si no dispongo de tarjeta de crédito ¿Qué opciones tengo para abonar la tasa que me corresponde? En este caso, tiene la posibilidad de pagar por internet a través del cargo en una cuenta corriente de que disponga. Para ello sólo ha de disponer de un certificado digital para firma electrónica o bien del DNI electrónico, y lo podrá llevar a cabo las 24 horas del día. Para más información, acceda a aquí: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/ Otra posibilidad es que acuda a su entidad financiera con un modelo 791 debidamente cumplimentado con sus datos y el total de la cuantía de tasas a adquirir. Si tiene alguna dificultad a la hora de cumplimentar dicho modelo, no se preocupe, en la misma oficina de tráfico se lo cumplimentarán adecuadamente. Recomendamos que se informe previamente de la tasa a adquirir para el trámite a realizar. En este documento https://sede.dgt.gob.es/images/Descripcion_Tasas_2014.pdf dispone de información de las tasas y las cuantías aplicables. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 6/6 Supresión de pago de tasas en efectivo Si se produce un error en las cuantías abonadas por cualquiera de las alternativas existentes, ¿Puedo reclamar la devolución? En la medida que se trate de errores producidos por cuantías indebidas o incidencias producidas en la tramitación de Tráfico, le ayudaremos a tramitar su devolución, con independencia del medio o forma de pago. Si optara por realizar el pago de la tasa por internet o por el banco ¿Qué he de presentar en Tráfico a la hora de realizar el trámite? En cualquier caso, es necesario que cumplimente y firme el impreso correspondiente del trámite, independientemente de la naturaleza de este… eje. transferencia de vehículo, prórroga del permiso de conducir, transportes especiales, etc. A continuación ha de presentar el código de la tasa correspondiente con estas posibilidades a) Si ha pagado por internet, ha de presentar el código de la tasa, que puede adjuntar a mano en el impreso del trámite, así como el justificante con el modelo 791 que le proporciona la página web. Si son muchas tasas, puede llevar una hoja con los múltiples códigos de barras de cada tasa que serán admitidos por el operador de tráfico. b) Si lo ha realizado por el banco, tiene dos opciones. Si usted ha cumplimentado ya el modelo 791 y se dirige directamente al banco para abonar el total, recuerde que… • Ha de llevar al banco los tres ejemplares, para el interesado, para la Administración y para la entidad financiera. Esta última se la queda la entidad y devuelven las otras dos. • Estas dos copias han de estar selladas, firmadas y validadas electrónicamente, incluyendo la cantidad abonada en esta validación. • La copia para la Administración se entrega en Tráfico a la hora de realizar el trámite y en la oficina le generan los códigos de tasa correspondientes en el mismo momento de la realización del trámite. Si, por el contrario, no dispone del modelo de autoliquidación 791, no se preocupe, en la misma oficina de tráfico le ayudan en su realización, reportándoles los tres ejemplares con la cuantía abonar. Seguidamente, seguirá los pasos del caso anterior, y volverá a la oficina de Tráfico sin tener que solicitar una nueva cita. ¿Qué horario de atención tienen las entidades financieras? Para el abono del modelo de autoliquidación 791 en entidades financieras, éstas no suelen tener horarios restringidos como para el pago de recibos, por lo que su horario de cobro se corresponde con el de la ventanilla de caja disponible. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 7/6 Supresión de pago de tasas en efectivo En caso de adquirir las tasas por Internet… ! ! ! ! Es necesario presentar en la oficina de Tráfico el correspondiente la copia o justificante de su compra con el modelo 791 junto con las tasas adquiridas a presentar con el trámite. Si adquiere muchas tasas y de forma habitual, es muy aconsejable que disponga de etiquetas adhesivas tamaño 70 x 16.9 mm, en Din A4. Dichas etiquetas son impresas en el sistema con los códigos de barras con cada número de cada tasa. Estas etiquetas adhesivas se pegarían en los formularios correspondientes de trámites. Si tiene algún problema para obtener la tasa tras la compra, debe consultar su cuenta corriente o tarjeta de crédito o débito para asegurarse que si se ha producido el cargo correspondiente. En caso de haberse producido y no haber podido descargar las tasas adquiridas, debe acceder al servicio de consulta de pagos de tasas realizados en la sede electrónica de Tráfico. Si persisten los errores, puede contactar con la Jefatura de Tráfico más próxima , o comunicarlo a través del teléfono 060 o la página web www.060.es. En ningún caso realice directamente la anulación del pago de tasas realizado en el banco. Su entidad financiera le limitaría esta posibilidad al tratarse de ingresos directos a cuentas del tesoro público y podrían quedar sus tasas bloqueadas para su uso. Acuda previamente a la oficina de Tráfico más cercana o contacte con nosotros a través del 060 y le resolveremos cualquier incidencia. En caso de adquirir las tasas tras el pago en el banco del modelo 791 … ! ! Recuerde que el modelo 791 es una carta o presupuesto de pago. Una vez pagado siempre ha de acudir a una oficina de Tráfico a que le generen las tasas correspondientes. Este es el aspecto diferencial frente a la adquisición por Internet, que emite las tasas aplicables directamente a los trámites. Si usted mismo cumplimenta el modelo 791 descargado de nuestra página de Internet, trate de completar la información de forma mecánica y no manualmente. Si tiene cualquier duda, pregúntenos y le ayudaremos a cumplimentarlo adecuadamente. ! No reutilice nunca los modelos 791 descargados. Recuerde que todos incluyen un número único que no ha de repetirse ya que podría invalidar el pago y emisión posterior de tasas en Tráfico. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 8/6 Supresión de pago de tasas en efectivo En caso de adquirir las tasas tras el pago en el banco del modelo 791 … (continúa) ! Recuerde que el modelo 791 es una carta o presupuesto de pago. Una vez pagado siempre ha de acudir a una oficina de Tráfico a que le generen las tasas correspondientes. Este es el aspecto diferencial frente a la adquisición por Internet, que emite las tasas aplicables directamente a los trámites. ! Una vez realizado el pago en la entidad financiera, habrán de entregar a los operadores de ventanilla de Tráfico los dos ejemplares para el interesado y para la Administración. Recuerde que, al menos, el ejemplar para la Administración (en este caso Tráfico) ha de estar debidamente validado mecánicamente y sellado por la entidad financiera. En la oficina de Tráfico podrían rechazar el justificante de pago del modelo 791 si no cumpliera con dicho requisito. Una vez verificado, éstos dos ejemplares serán sellados convenientemente por dicho operador, y devuelto el ejemplar para el interesado. Seguidamente se emitirán las tasas correspondientes. ! En el caso en el que, por alguna causa justificada solicite una anulación de un pago realizado y la correspondiente devolución del dinero abonado o el cargo realizado, como ocurre con la alternativa de adquisición de tasas por Internet, en ningún caso realice directamente la anulación del pago de tasas realizado en el banco. Acuda a la oficina de Tráfico donde le atendieron que regularizarán y solventarán las anomalías detectadas. Cuando proceda, se emitirá un certificado para la entidad financiera autorizando la correspondiente devolución o bien se realizará a través del correspondiente expediente de devolución en Tráfico. Para saber más… 060.es Tf: 060 www.dgt.es o contacte con la Jefatura de Tráfico más cercana. 9/6
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