EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Villavicencio Gobierno de la Ciudad 350.25.007 Villavicencio, 10 de febrero de 2015 Señores: AGM SALUD C.T.A. Asociados del Gremio Medico Nit. 900.267.502-7 R/L ELKIN ENRIQUE MONTOYA PERALTA C.C. N° 71.738.870 Medellín Av. Calle 34 N° 21-15 en Bogotá elkinsolidariolhotmail.com REF: RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES INVITACION PUBLICA N° 001 DE 2015. De manera atenta por medio de la presente se acusa recibo de la comunicación allegada en la recepción de la ESE Municipal de Villavicencio, contentivo de quince (15) folios, con las observaciones a los pliegos de condiciones Invitación pública No. 001 de 2015, las cuales serán resueltas, el día de hoy dentro del término concedido para ello y establecido en el pliego de condiciones no sin antes manifestarle que la potestad para presentar observaciones, está instituida con el fin de que quienes hagan uso de ellas logren la aclaración del contenido del pliego o el cumplimiento de disposiciones legales y no para lograr que las exigencias de los mismos se amolden o se ajusten a las condiciones personales y particulares de cada uno de los solicitantes, por lo antes mencionado esta empresa dará respuesta de la siguiente manera: OBSERVACION N° 01: - a lc;:t da!Sea b pr;rnero ames oferente, suaerir que teniendo duCI se rige la ESE para eirJber ,: 5 ido Numero C06 de 201.4. bel Estado del ¡L, deblaamente pL l or: ae que los oferc.-:',:' ter. base en lo Mi :ovar del reseuestd a 1 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: esevillavo@gmaiLcom EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Villavicencio Gollierno e la Ciudad 1. En el numeral 1.6 MODALIDAD DEL ROCESO DE SELECCION . lern me!-,:_:,:z.,ra e ¡ZIG Estaco de Mu~. !pi,..) Contratación de a Empresa iarido en PREGUNTA: villavicenciaL documento cue r.Igiere dnye e objeto del cuenta que lo ESE busco ur' PROCES-aS contrato seo LA OPERACICH .iD, our.:SUBPROCESOS CONEXOS operador de los servidos de il Ic rieae de salud puesto que para lo tanto ejecutor servicios as: de: tener derWo de lcas activicicIdes prestación de servicios de saud. valgo lo rf:.,:ro aclarar e,)vitanc'o que exista uno mencionado se Cejo como ccnl' lo interrnedioción laboral y/o tergiversdclón frente al terna tercerizoción del servCio. . RESPUESTA N° 01: Nos encontramos en la era de la tecnología, donde la estrategia de Gobierno en línea, liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se constituye como el conjunto de instrumentos técnicos, normativos y de política pública que promueven la construcción de un Estado más eficiente, transparente y participativo, y que a su vez, preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad mediante el aprovechamiento de la tecnología. De lo anterior que con el fin de impulsar la competitividad y el mejoramiento de la calidad del servicio, La ESE Municipal, en su portal web www.esedevillavicencio.qov.co, publica sus actuaciones administrativas, con el fin de imprimirle el principio de publicidad y transparencia, de allí que nos permitamos manifestarle que el ACUERDO N° 006 DE 2014, se encuentra publicado en nuestro portal e web: http://esedevillavicencio.qov.co/ws/uploads/docs/acuerdos/2014/ACUERDO No006 DE 2014. pdf El cual puede ser accesado dando clic en el enlace anterior, siguiendo la ruta: 1. página www.esedevillavicencio.qov.co, 2. página principal, 3. CONTRATACION, 4. Estatuto de Contratación ESE Municipal. 5. Acuerdo No. 0006 Por medio del cual se adopta el Estatuto General de contratación de la Empresa social del Estado del Municipio de Villavicencio. 2 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: [email protected] EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Gobierno de a Ciudad Por lo antes expuesto, y conforme a la iniciativa Cero Papel en la administración pública que busca cumplir las metas de Gobierno en Línea y se orienta por los mismos principios, más aun cuando la implementación de la iniciativa Cero Papel en las entidades está formada por cuatro componentes principales: 1. Los procesos y procedimientos. 2. La cultura organizacional. 3. El componente normativo y de gestión documental. 4. El componente de tecnología. Y teniendo en cuenta que el mismo se encuentra publicado en la web no se expedirán copias, por lo mismo se le recomienda seguir las instrucciones para su obtención electrónica, y de considerar la ruta complicada le ofrecemos poner el título del acto administrativo y el nombre de la empresa en cualquier buscador de internet y de manera automática le aparecerá el link para su descarga inmediata. Ya frente a la sugerencia, de transformar o recontextualizar el objeto del proceso, es menester de esta empresa aclarar, primero, que el objeto del proceso de contratación lo define la entidad dentro de la ejecución de un plan anual de compras y dentro de la ejecución de políticas administrativas, debidamente debatidas por la Junta directiva y ejecutadas por el ordenador del gasto, que no encuentra esta empresa fundada su observación en razón a que si bien es cierto el objeto se definido: EJECUTAR LOS PROCESOS ASISTENCIALES DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEL MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO A TRAVÉS DE UN OPERADOR EXTERNO QUE OPERE LOS SERVICIOS MÉDICOS — ASISTENCIALES QUE LA ESE TIENE HABILITADO. Subrayado es nuestro, no es menos cierto que la dinámica de la ejecución está determinada en el numeral 1.1.1. ALCANCE DEL OBJETO, debidamente aclarado por medio de Adenda N° 01 al proceso de selección. Es extraña la redacción de su observación, pues al momento de hacer nuestro análisis técnico del mercado, se verificaron innumerables contratos cuyos alcances contractuales fuesen similares a este, con el fin de ajustar nuestras condiciones a las del mercado y cumplir con esto un lineamiento de transparencia en el proceso, y se verifico dentro de la base de datos revisada, que AGM SALUD COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO, Nit. 900267502-7 ejecuto en el 2014, Contrato N° 03 en Cerete-Córdoba, cuyo objeto es "La gestión como OPERADOR de servicios de salud para el desarrollo de los procesos y subprocesos en: Admisiones, servicios de urgencias, servicios ambulatorios, servicios hospitalarios, apoyo nutricional, procedimientos de asepsia, manejo de residuos, terapéutico y transporte ambulatorio, además de los conexos y complementarios a ellos, teniendo en cuenta los principios de autonomía, autodeterminación y autogobierno, asumiendo la totalidad de las obligaciones legales inherentes a su naturaleza jurídica, de conformidad con los programas y necesidades del CONTRATANTE". Subrayado es nuestro, no estamos buscando como ESE Municipal de Villavicencio, la contratación de un OPERADOR de servicios de salud, si no como el objeto y desarrollo del pliego lo establecen, quien ejecute los procesos asistenciales que LA ESE tiene habilitados. 3 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: [email protected] EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Gobierno de la Ciudad OBSERVACIÓN N° 02: En el numeral 1.9. DOCUMENTOS DE LA INVITACION PUBLICA. Cuen7d duden:id rj CD-r- h b !-••• conlcr: que so disminuya a realice dicho se :tT oferente`, RESPUESTA N° 02: Es relevante indicar al posible oferente, que lo importante aquí no es el número de personas que indica el numeral (5 personas), sino las garantías adicionales que determino esta empresa dentro del pliego, pues al momento de generar su observación usted se detiene en el párrafo segundo y obvia lo que indica el párrafo primero que dice: "(...) dentro de los términos contemplados en el cronograma de ello, indicando la dirección, e mail, número telefónico y de fax del interesado, con el fin de enviarle por escrito las aclaraciones del caso, de las cuales se enviará copia a todas las personas que hayan retirado oficialmente los pliegos de condiciones. Cualquier aclaración o modificación de los pliegos se realizará mediante adenda debidamente numerada". Al respecto y con el fin de ser garantista se estableció dentro del pliego (cronograma) fecha de Audiencia de aclaraciones de pliegos y asignación de riesgos la cual se llevó a cabo en la Sede Administrativa de la Empresa Social del Estado del Municipio de Villavicencio, Carrera 42 No 33-24, Barrio El Barzal de Villavicencio- Meta, a las 8 am del día 02 de febrero de 2015, SIN la presencia de posibles oferentes, para constancia se cargó en la página web y en la cartelera de empresa, el acta de audiencia. Es importante mencionar que dicha fecha fue publicitada en la resolución de apertura del proceso y en los pliegos de condiciones. Por lo anterior su observación no será aceptada por la ESE Municipal. OBSERVACION N° 03: 3. Numeral 1.12 FORMA DE PAGO .'I q...):e!-■ debe t.¿-.1nry y rj °Cr obvtarnente cji,...istacto a tos pi;e11 los per factural'o o la ESE DE se. y con';-.):er..sas conexas suproc., que debe tener el :Lt<Dnorrid mensu011.1".<ante. 7en;.e.ncie en laboral no es viable operador y evilonde el lema de por porte de lo ESE cue ni recorr,et -3 05 irahcijodores tia e pagar (. que: :1:0 el VILLAVv... es uno .7 d:J'e ilprocw<; .y" tercero: J,1 de focultd:.. s- i 5 • social. es impetic.nle ningú-'■ i'•\ 4 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: [email protected] EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 tire debe n7 pi...ede ya que esto consribuiría Para lo Que está tacultadó certificación tirrnada por el Pe../sor información. la empresa cliente laboral. Lo único es paro entregar una en donde conste dicho en ,..- 1en1(.1 que el operador es Debe En el parágrafo , BSERVItiCiON. Al referirse o i! autónomo en la que tiatandose de uls: las remuneraciones es 1.-,rnr -loción y autogobierno este tercero que tiene -ctutonor.-J. opemclor la forma, el tiempo Ítem no aplica, y a que es y en general la re-soansaailidad de: pago a sus trabajadores yie asociados, en el coso de las o.7:,,,x_-7erativas c r. trabajo asociado. RESPUESTA N° 03: La presente respuesta se le entregara desde el ámbito contractual y no laboral, el seguimiento a la ejecución efectiva de las obligaciones contractuales entre ellas la de verificación del paz y salvo de la seguridad social y/o pago efectivo al personal dispuesto para la ejecución del contrato, no puede confundirse con intermediación laboral. En este sentido el hecho de que el operador externo sea una persona jurídica con autosuficiencia administrativa y presupuestal no le impide a las entidades del estado, efectuar los controles e implementar estrategias de verificación, y exigencias frente a compromisos de índole prestacional que son de obligatorio cumplimiento. La Procuraduría ha precisado que los deberes de supervisión y seguimiento a los contratos estatales se desprenden de las obligaciones de control y dirección que tienen las entidades estatales, haciendo énfasis en la de verificar el cumplimiento de la obligación del contratista de pagar los aportes de seguridad social, puesto que con ella se verifica, comprueba y confirma que las obligaciones del contrato se cumplan a cabalidad, y que la supervisión bien puede realizarla directamente por quien representa a la entidad o por medio de la designación de funcionarios subalternos, si bien el personal dispuesto para la ejecución no será contratista de la ESE Municipal, la persona jurídica que se le adjudique el presente proceso, SI, por lo mismo tiene el deber de asegurar el pago de su personal para con ello generar garantías desde el contrato para la correcta ejecución del objeto y alcance contractual. Lo anterior en concordancia con el riesgo detectado en la matriz de riesgos (CONPES 3714-2011) y numerado en la casilla número 4, adjunta como anexo a los pliegos de condiciones. Por lo anterior su observación ni es compartida, ni será aceptada por la ESE Municipal. 5 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: [email protected] EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 OBSERVACION N° 04: Numeral 1.13.2 GARANTIAS EXIGIDAS PARA LA PRESENTE CONTRATACION, Literal C. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES. r clue Vc.vgc..1 oraclar eslá bus. " procesos rvicias. es :7t-1:t1;:-.,ciriaible expresamente- :-.1e1 pago ,z14:-.; ÍrwikOción nlenciona cuanto ÍRABAS:2) SO r.: quienes de rr.n.,-bill-.3c.:das al r...cao de tos n es fundan trabajo. .A or a lz: en 79 1988 no es • RESPUESTA N° 04: Al respecto lo primero que debe indicar la ESE Municipal, es que el proceso no se elabora y estructura en razón al tipo jurídico y/o societario de los posibles oferentes, segundo que por principio de autonomía de la administración pública, las entidades son autónomas de escoger sus lineamientos en los procesos contractuales siempre y cuando no sean contrarias a la ley y al Derecho, y en ese sentido es importante mencionar que cada oferente debe al momento de participar en un proceso público de contratación, revisar su condiciones para verificar si encajan o no en lo que quiere adquirir la entidad, y/o si está dispuesta al cumplimiento de dichos condicionamientos. En este sentido la verificación debe ser subjetiva y/o autónoma por cada persona jurídica, y dichas condiciones garantistas para la ejecución contractual, no deben ser vistas como un requisito de imposible cumplimiento. Respecto de la póliza, la misma se solicitó en concordancia con el Acuerdo N° 006 de 2014, y protegerá a la ESE Municipal de posibles contingencias jurídicas en relación con la prestación de servicio a cargo del contratista. Por lo anterior su observación no es aceptada por la ESE Municipal. OBSERVACION N° 05: 6 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: [email protected] EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Cólmenlo dertiiidad 5. Numeral 2.1.2 CERTIFICACION DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL Y AUTORIZACION O REGISTRO MERCANTIL. N.Sencic no dentro del numeral otur:t e: .Dbiere.:1 SC)Cinl ictt COne rfl C. deberán incluir les siguientes aclIviducles: .6622 A ,1_1 8691 ACT 8692 ACTIVIDAD 72,1E e pu e a e dad debe está,. áie 01 -. e en Ui za: que busca al tercero RESPUESTA N° 05: En esta observación es importante manifestarle que las exigencias que establezcan las entidades deben ser concordantes y afines con los procesos públicos de contratación que se siguen, en este sentido sería totalmente desfasado e incoherente que exigiéramos empresas expertas en materias alejadas de la esencia y del alcance del contrato, cuál sería el panorama de la observación, si los requerimientos de actividad comercial que realizaremos fuesen en razón de "proporcionar el personal temporal de apoyo asistencial", desnaturalizaríamos la esencia del contrato, por lo anterior que lo conminemos de manera respetuosa a analizar el pliego de condiciones desde la esfera de la ejecución idónea del objeto contractual y no desde la subjetividad de las condiciones con las que usted cuenta como persona jurídica interesada en el proceso. OBSERVACION N° 06: 7 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: esevitlavoumait.com EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Numeral 2.1.3 SEDE teniendo en cuenta que esto u:: . se exija acreditar una sede c.-.3c.t. de Villavicencie, VIllav.cencio con „ir antiaCeCiOd corriC: ::o ry:.:4-Jue--isd. de ptesentaciór principio de en cuenta Que 5.:01(.) externo. podria condición den-lasidde la ciudad de Villavicencio y tan especie,.I. Comediciarnen',e e:.‹c,uido de !os p:ielz.105. Yllavicencio Gobierno dila''''Clúclad y de CA, no oplicaoie que tvlJn'alpio CCrnerc::::., Te-c.na .,.7 lo Ceja enfreve,r quienes viven en .Dra este jrQCeS{) requisilo. seo RESPUESTA N° 06: Frente al numeral 2.1.3. Esta empresa se permite manifestar que anexo en el expediente precontractual, se dejó constancia del análisis del mercado, y como quiera que existe pluralidad de oferentes, y Villavicencio es capital de Departamento y en aspectos comerciales capital regional de la media Colombia, no es desproporcionada la exigencia ni con ella se lesiona interés alguno, pues dicho condicionamiento exige que quien se presenten además de tener identidad comercial en esta región, tenga reconocimiento y trayectoria, y no se generen espacios para que empresas de carpeta o fachadas como las denominan los entes de control y vigilancia, se queden con contratos que en esencia son el pulmón de la salud publica en Villavicencio. Reiteramos que las observaciones se constituyen como esa posibilidad que tienen los oferentes de lograr la aclaración del contenido del pliego o el cumplimiento de disposiciones legales y no para lograr que las exigencias de los mismos se amolden o se ajusten a las condiciones personales y particulares de cada uno de los solicitantes. OBSERVACION N° 07: valor del corrir(Ific) er.",."1 Numeral 2.2.1.3 OBSERVACION: . 11unc:5 de pesos para el ,-,: 1$7.520.000.000.00L ia sumo eco3-ic5n-iic.c. Sugiero oferente es unín;ma en re.;,o‹.-:ián con :o por cíenlo 150 e! oferente ciedile crrno L! dtcs pre Cprobacios, us...pc , RE-SPUEsTA.-N.94)7: sc,•bregiros oulorzacics, cré 8 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: esevillavo cr gmail.com ESE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 Gobierno défla4Eiúclad Su observación no será aceptada, en tanto la exigencia es proporcional con el riesgo presupuestal, pues la FORMA DE PAGO, obedecen a mensualidades, y para hacer efectivo el pago como ya se debatió se exigen unos requisitos que garantizan que el riesgo pase de ser del 50% del presupuesto oficial a menos de un 10% del presupuesto oficial, que es el valor proyectado a mes de ejecución, por lo anterior que se cubra con esta exigencia un porcentaje del 80% del riesgo que se asume: Vs = (10% del PO x 80%) = $600.000.000 Vs (valor solicitado) 10% (valor promedio mensual de ejecución) PO (Presupuesto oficial) 80% (flujo de caja permanece constante) OBSERVACION N° 08: Numeral 2.5 EXPERIENCIA ESPECIFICA DEI PROPONENTE: i. ar71:) de sol:cito aisrnin,;:r dionc operador en el sectot RESPUESTA N° 08: Dicha exigencia se genera en concordancia con los procesos que en el mismo sentido adelanto la entidad, en vigencias anteriores, de allí que por principio de transparencia sea inamovible, pues ello sin justa causa, genera restricciones que afectarían la pluralidad de oferentes y arriesgarían la continuidad del proceso de selección pública. OBSERVACION N° 09: Numeral 2.6 PERSONAL MINIMO PARA LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA: c-ssó VL.L., Sea lo ;--. en búscueuci , rscf, En -r-T• el suministro de parte de la E5,E servicios y la laboral. Debe que ejecución, lo di toienio C 0 con:dejarles c-:n esla es unci Con que se reu zcr- 5 ()peración por kinc:lenarn Operador qu;en cteh.E: l'r..nr5oncier a !d ESE r.)or procesüs ce aguerz.io '" dr:aao en el contrato. 9 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: [email protected] EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Carrera 42 No. 33-24 Conmutador (098) 6614100 Fax (098) 6614100 NIT. 822.002.459-8 iláVlréhéio Góbierno e la Ciudad RESPUESTA N° 09: En la presente es claro establecerle al observante que la solicitud de idoneidad frente al personal, para nada desnaturaliza la esencia de un contrato, pues ello sería como creer que los requerimiento de calidad de los perfiles profesionales dentro de la prestación de un servicio o un proceso para la escogencia de un consultor o interventor, deriva en una intermediación laboral, en un proceso como este no se puede detener en un verbo rector OPERAR y creer que con ello esta creado, soportado y racionalizado un proceso de contratación, al contrario debe analizarse cuál es la esencia del proceso, cual es la necesidad que se plantea superar con la contratación, cuáles serían los factores de ponderación más relevantes y que le permitirán a la entidad la escogencia de la mejor oferta, de todos estos y muchos más, es que se debe estructurar un proceso contractual, de allí que si lo que se busca el quien EJECUTE LOS PROCESOS ASISTENCIALES DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO DEL MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO pues deben generarse exigencias dentro de los pliegos, que le permitan al comité evaluador y a la entidad misma, en cabeza del Representante Legal llegar a la plena convicción que quien se evaluó y recomendó como posible adjudicatario cumpla con la esencia las obligaciones contractuales. De la presente respuesta se deduce que el contrato que resulte del proceso de Invitación Publica N° 001 de 2015 no puede ser visto como un contrato más, pues con él se operaran procesos asistenciales que tiene habilitada la IPS Publica del Municipio de Villavicencio, Capital del Meta, y no se puede creer, ni caer en la imprecisión de confundir un proceso de valoración, verificación y ponderación como intermediación laboral, cuando la norma y la jurisprudencia en Colombia conocen a fondo la ejecución de los procesos de operación para la prestación de servicios asistenciales, y debe existir dentro de los procesos de contratación un factor diferencial para las personas jurídicas que posean perfiles profesionales o asistenciales mínimos, acordes con el proceso que ha de ejecutarse. No siendo otro el motivo de la presente, éntamente, JULIO GUILLER Gerente Revisado• AS CRUZ PATRICIA ANDREA ROJAS BONILLA Subdirectora Científica Dr. E ar- Enrique Arcilla Barbosa Abogado Externo 10 Carrera 42 número 33 - 24 Barrio Barzal TEL. 6 614100 FAX. Ext. 118 Email: esevillavogmail.com
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