Requisitos - Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

MINISTERIO
DE ASUNTOS EXTERIORES
Y DE COOPERACIÓN
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA
QUITO
VISADOS DE CORTA DURACIÓN (SCHENGEN)
INFORMACIÓN IMPORTANTE: las solicitudes de visados de corta duración (Schengen) serán gestionadas por el
Centro de Solicitud de Visados VFS Global ubicado en el Edificio Proaño, Av. Amazonas N26-159 y La Niña, tienen un
costo adicional de 20€ y el trámite tarda aproximadamente 8 días. Las citas serán programadas de lunes a viernes de 8.30
a 15.00 horas a través de los siguientes medios:
Teléfono:
Web:
Correo:
043904250
www.vfsglobal.com/spain/latinamerica/
[email protected]
Si usted prefiere solicitar el visado en este Consulado, puede pedir cita personalmente en la ventanilla de información y el
pago de las tasas lo realiza el día de la cita. Este trámite tarda 30 días.
Los visados de corta duración (Schengen) habilitan para el tránsito o para estancias en España, Alemania, Austria, Bélgica,
Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein,
Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza, cuya duración no
sea superior a 90 días en el territorio de los Estados Schengen.
El Consulado General de España en Quito recibe solicitudes de visado para España, Finlandia y Lituania, únicamente de
residentes en las provincias de su demarcación consular (Bolívar, Carchi, Chimborazo, Cotopaxi, Esmeraldas, Imbabura,
Morona Santiago, Napo, Orellana, Pastaza, Pichincha, Sucumbíos, Tungurahua, Sto. Domingo de los Tsáchilas).
Igualmente representa a Grecia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal y República Checa para los residentes en todo el
Ecuador.
Pasaportes diplomáticos y oficiales
Los ciudadanos ecuatorianos titulares de un pasaporte diplomático u oficial no necesitan visado para viajar a España,
Holanda, Luxemburgo y Portugal. Para viajar a Malta, no necesitan visado los titulares de pasaporte diplomático
(únicamente).
Tasas
El solicitante abonará una tasa de visado de 60 €. Los niños de entre seis y doce años de edad abonarán una tasa de 35 €. Se
cobrará el importe equivalente en dólares americanos.
Quedarán exentos del pago de las tasas de visado los solicitantes que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
a) Niños menores de seis años;
b) Estudiantes de terceros países que se desplacen con fines de investigación científica tal como se define en la
Recomendación 2005/761/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de septiembre de 2005, con miras a facilitar
la concesión por los Estados miembros de visados uniformes para estancias cortas a los investigadores nacionales de
terceros países que se desplacen dentro de la Comunidad con fines de investigación científica;
c) Representantes de organizaciones sin ánimo de lucro que no sean mayores de veinticinco años y que vayan a participar
en seminarios, conferencias o acontecimientos deportivos, culturales o educativos, organizados por organizaciones sin
fines de lucro.
Presentación de la solicitud
La solicitud de visado uniforme de corta duración (Schengen) debe presentarse dentro de los tres meses anteriores al
comienzo del viaje previsto; no se pueden tramitar solicitudes con mayor antelación.
TODA LA DOCUMENTACIÓN ENTREGADA PARA LA SOLICITUD DE VISADO SE QUEDARÁ EN EL
EXPEDIENTE Y NO SERA DEVUELTA (HAGA COPIA DE LOS DOCUMENTOS QUE VAYA A NECESITAR).
Requisitos
• Formulario de solicitud de visado debidamente cumplimentado que puede descargarse gratuitamente de la página
•
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Web o puede ser obtenido también gratuitamente en todas las Oficinas Consulares de España en el extranjero
Justificante de asignación de cita.
Fotografía actual tamaño pasaporte, a color, con fondo blanco, que deberá ir pegada en el formulario de solicitud.
No se aceptarán fotografías realizadas con sombrero, pañuelo, gorro, lentes o gafas, ni de otro tamaño o color.
Cédula de identidad o acreditación como extranjero residente legal en Ecuador (original y copia simple).
Pasaporte o documento de viaje válido al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio
Schengen con, al menos, dos páginas en blanco (original y copia simple de la página de datos personales).
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• Documentos en los que se indique el motivo del viaje.
• Documentos justificativos del alojamiento (reserva de hotel, contrato de alquiler, carta de invitación expedida por
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una Comisaría de Policía en España en caso de ser invitado por un particular, etc.)
Documentos que demuestren que el solicitante dispone de medios de subsistencia suficientes para la totalidad de la
estancia prevista y para el regreso a su país de origen o de residencia (declaración de renta, extractos bancarios de
los seis últimos meses, etc.) Si el solicitante es dependiente económicamente, la documentación será la de los
padres, cónyuge o hijos, en su caso y acreditación del parentesco por medio de la correspondiente partida de
nacimiento o matrimonio íntegra, original y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Documentos que prueben que el solicitante tiene la intención de abandonar el territorio del Espacio Schengen antes
de la expiración del visado. Entre estos documentos se encuentran: reserva de billete de ida y vuelta, prueba de
medios económicos en el país de residencia, prueba de empleo (certificación laboral en la que se indique como
mínimo el tiempo de trabajo y de vacaciones o licencia concedido, cargo, salario y tres últimas nóminas), prueba de
propiedad inmobiliaria, prueba de integración en el país de residencia (lazos familiares, situación profesional,
etc.)…
Seguro médico de viaje que cubra, durante el período previsto de estancia en el Espacio Schengen, los gastos que
pueda ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención
hospitalaria de urgencia, válido en todo el territorio de los Estados Schengen y con una cobertura mínima de 30.000
euros. Este seguro NO debe tener deducible.
Certificado del centro educativo, en caso de solicitantes estudiantes, en el que se indiquen los estudios que están
cursando y el período de vacaciones autorizado.
Autorización para viajar de quienes ejerzan la tutela en caso de solicitantes menores de edad, junto con el certificado
de nacimiento del menor y el pasaporte o documento de identidad de la persona o personas que firmen la
autorización.
Si la solicitud se realiza mediante representante (éste debe demostrar documentalmente que es familiar directo del
solicitante de visado), poder notarial de quienes tengan atribuida la custodia del menor, realizado ante Notario
Público español, como máximo un año antes de la solicitud. Original y copia simple. El representante deberá aportar
además, original y copia de su cédula de identidad.
En función del motivo del viaje, los documentos que se pueden aportar para probar el motivo del viaje son los siguientes:
Visita familiar
• Registros de nacimiento, matrimonio, etc., que acrediten el parentesco entre el solicitante de visado y la persona
•
invitante.
Tarjeta de residencia o DNI del familiar que se encuentra en España.
Viaje de negocios
• Carta de invitación de la(s) empresa(s) invitante legalmente establecida(s) en España en la que se explique
•
detalladamente el período por el que invita, el motivo de la invitación y la actividad que realiza.
Acreditación de las relaciones comerciales con la empresa invitante, mediante una carta del representante legal de la
empresa del solicitante que mantiene vínculos comerciales con la empresa española especificando el cargo del
solicitante y el objeto o motivo del viaje e indicando si se hacen cargo de los gastos del viaje.
Actividades artísticas, científicas, culturales, deportivas, acontecimientos religiosos u otros
• Carta del organismo español que invita especificando el objeto o motivo del viaje y duración de la estancia.
• Carta del organismo o institución del país al que pertenece el solicitante de visado, especificando claramente el
cargo del solicitante y el objeto o motivo del viaje e indicando si se hace cargo de los gastos del viaje. Si el
interesado no viaja avalado por alguna institución (española o del país) debe aportar la justificación de medios
económicos propios.
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Visita médica
• Cita para diagnóstico o tratamiento con un doctor en medicina colegiado en España.
• Si el tratamiento se va a realizar en un hospital público, autorización del organismo competente en la materia
•
(INSALUD o Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma) indicando el centro sanitario en que se va a realizar
el tratamiento médico y duración aproximada del mismo. A este documento hay que añadir los documentos que
acrediten la disponibilidad de recursos económicos suficientes para sufragar los gastos de viaje y la estancia, además
de la atención médica, tanto del paciente como del acompañante, en su caso.
Si el tratamiento se va a realizar en Centro sanitario privado, certificación de dicho centro, indicando duración
aproximada del tratamiento y costo del mismo. A este documento hay que añadir los documentos que acrediten la
disponibilidad de recursos económicos suficientes para sufragar los gastos de viaje y la estancia, además de la
atención médica, tanto del paciente como del acompañante, en su caso.
Visados Schengen de familiares de ciudadanos de un estado miembro de la UE o de un estado del
Acuerdo EEE
Se considerarán a efectos de este tipo de visado los siguientes familiares:
a) El cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
b) La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos
en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo;
c) Los descendientes directos y los de su cónyuge o pareja registrada, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que
dependan económicamente del ciudadano comunitario, o incapaces.
d) Los ascendientes directos y los de su cónyuge o pareja registrada que dependan económicamente del ciudadano
comunitario.
Siempre que acompañen o viajen a reunirse con el ciudadano comunitario y su estancia en territorio Schengen no sea
mayor a 3 meses (90 días) en un período de 6 meses (180 días).
No pagan las tasas consulares.
No piden cita en el Banco de Guayaquil, debiendo presentarse en este Consulado General de lunes a viernes de 8:30 a 11:00.
Deberán aportar los siguientes documentos:
ƒ Formulario de solicitud de visado debidamente cumplimentado, que puede descargarse gratuitamente de la página
Web o puede ser obtenido también gratuitamente en todas las Oficinas Consulares de España en el extranjero.
ƒ Fotografía actual tamaño pasaporte, con fondo blanco, que deberá ir pegada en el formulario de solicitud. No se
aceptarán fotografías realizadas con sombrero, pañuelo, gorro, lentes o gafas, ni de otro tamaño o color.
ƒ Cédula de identidad o acreditación como extranjero residente legal en Ecuador (original y copia simple).
ƒ Pasaporte o documento de viaje válido al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio
Schengen con, al menos, dos páginas en blanco (original y copia simple de la página de datos personales).
ƒ Reserva de vuelo. Si viaja acompañando al ciudadano comunitario, deberá aportar, la reserva de vuelo de ambos
(solicitante y ciudadano comunitario).
ƒ Carta firmada por el ciudadano comunitario ante notario, manifestando su voluntad de invitar al solicitante de
visado.
ƒ Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte del ciudadano comunitario vigente.
ƒ Certificado del Registro Civil que acredite el vínculo familiar alegado; legalizado y apostillado por el Ministerio de
Relaciones Exteriores. Original. En el caso de cónyuge, este certificado debe ser expedido en los últimos cuatro
meses por el Registro Civil o Consular de la nacionalidad de quien realiza la invitación.
Los descendientes directos y los de su cónyuge o pareja registrada, mayores de 21 años, así como los ascendientes directos y
los de su cónyuge o pareja registrada, deberán acreditar documentalmente que dependen económicamente del ciudadano
comunitario que realiza la invitación, a través de los envíos de dinero durante los últimos doce meses.