Declaración Conjunta de Intención sobre la Alianza Energética entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federal de Alemania 1. INTRODUCCIÓN El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federal de Alemania (en adelante denominados conjuntamente como los "Participantes" e individualmente como “Participante”) dan la bienvenida al Acuerdo de París, pactado por todas las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en París en diciembre de 2015, comprometiéndose a mantener el aumento de la temperatura media global muy por debajo de los 2 grados centígrados con respecto a los niveles preindustriales y a proseguir los esfuerzos para limitar el aumento de la temperatura a 1.5 grados centígrados. Reconociendo que se requerirán grandes reducciones de las emisiones globales y reconociendo que el sector de la energía es la mayor fuente de emisiones de gases de efecto invernadero, ambos Participantes hacen un llamado a una descarbonización de la economía global en el curso del siglo para alcanzar los ambiciosos objetivos del Acuerdo de París. Los Participantes comparten la opinión de que el uso más eficiente de la energía y un mejor uso de las energías renovables son los métodos más eficaces para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero. En este sentido, ambos Participantes reconocen las transiciones y reformas energéticas profundas y de gran alcance que ambos países están llevando a cabo. Los Participantes comparten la opinión de que la seguridad energética deberá ser reforzada por medidas que deberían ser, cuando sea posible, económica y ambientalmente sostenibles. Asimismo, coinciden con que son necesarios sistemas de energía seguros y resilientes para afianzar la prosperidad y el desarrollo económicos y reconocen a las tecnologías energéticas modernas como un motor de innovación. En este sentido, ambos Participantes están determinados a reforzar su diálogo bilateral y fomentar las inversiones para la transformación del sector energético. El objetivo principal de la Alianza Energética es fomentar y promover las transiciones energéticas profundas y de gran alcance que suceden en ambos países mediante el intercambio de puntos de vista, mejores prácticas y conocimiento en el desarrollo de un sistema energético sostenible, que en particular se caracterice por un uso más eficiente de la energía y un mayor uso de las energías renovables. El sector energético ofrece oportunidades de inversión amplias y diversas. En este sentido, la Alianza Energética se centrará además en incrementar, intensificar y mejorar la participación de las empresas privadas del sector energético con el fin de explorar nuevas oportunidades de inversión, y a su vez liberar los potenciales de eficiencia energética. 1 Ambos Participantes reconocen las actividades en el marco de diversos diálogos bilaterales y multilaterales existentes en materia de protección climática, energía renovable, eficiencia energética y reducción de subsidios ineficientes a los combustibles fósiles. Como se establece en la Declaración Conjunta entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre Acción Climática y la Transición Energética y Biodiversidad, la Alianza Energética es un intercambio de información y mejores prácticas de alto nivel político y estratégico entre las autoridades competentes, organismos reguladores, operadores de sistemas energéticos y otros actores relevantes, con un enfoque especial en la participación de los actores del sector privado. Ambos Participantes aspiran a buscar sinergias con otras autoridades alemanas y mexicanas en los diálogos bilaterales existentes en materia de energía, a fin de apoyar las transiciones energéticas en curso en ambos países. Las actividades de la Alianza Energética estarán estrechamente vinculadas a los trabajos relacionados con la energía del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía; y estrechamente coordinadas con la labor del Grupo de Trabajo para el Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Comisión Binacional para la Alianza para el Futuro México-Alemania Para establecer la Alianza Energética, ambos Participantes han llegado al siguiente entendimiento: 2. OBJETIVO Los Participantes destacan su objetivo común de transformar fundamentalmente su sistema energético con el fin de mejorar la eficiencia energética, aumentar el despliegue de tecnologías de energía renovable, y cumplir con los ambiciosos esfuerzos acordados por todos los Estados en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en París en diciembre de 2015, garantizando al mismo tiempo el suministro y uso asequibles, seguros y sostenibles de la energía. Los Participantes reconocen además la importancia de la ciencia y la tecnología, así como de las inversiones seguras y atractivas a largo plazo para promover la energía renovable y eficiencia energética, y subrayan la importancia y búsqueda de reforzar la cooperación internacional en investigación y desarrollo de energía. Por lo tanto, ambos Participantes tienen la intención de fortalecer su cooperación y diálogo en la promoción de servicios eficientes y sostenibles, especialmente las tecnologías de energía renovable, su integración en el sistema energético y la eficiencia energética. Ambos países reconocen la relevancia de la cooperación para fomentar la seguridad energética, así como la transparencia y rendición de cuentas en el sector energético. 3. ALCANCE Y ÁREAS DE COOPERACIÓN Los Participantes tienen la intención de mantener un diálogo e intercambio sobre el progreso y la sustancia de las respectivas transformaciones de sus sistemas energéticos, políticas energéticas subyacentes, un marco adecuado y condiciones de inversión y tienen la intención de dar seguimiento a los resultados de los esfuerzos de cooperación en virtud de la presente Declaración Conjunta de Intención. 2 Los Participantes se proponen centrar su cooperación y diálogo político en la transformación de los sistemas energéticos, particularmente en las siguientes áreas: a) despliegue y desarrollo de tecnologías de energía renovable, tales como mecanismos de apoyo, cuestiones regulatorias, así como la evaluación de las estrategias de apoyo a la energías renovables existentes y nuevos modelos de negocio, siendo todos mecanismos que contribuyen a mitigar el cambio climático; b) desarrollo de los mercados de electricidad y gas (aspectos reglamentarios, integración de energías renovables al sistema, expansión de redes inteligentes); c) mejora y fomento de la eficiencia energética (instrumentos y financiamiento de políticas de eficiencia energética); d) Sistemas de Gestión de la Energía; e) seguridad energética; f) movilidad inteligente en centros urbanos; g) acoplamiento del sector; h) cooperación en materia de transparencia y rendición de cuentas en las industrias de extracción de petróleo y gas en el marco de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI); i) exploración y producción de hidrocarburos, marcos regulatorios en el sector del petróleo y el gas, así como en el marco de la iniciativa “Cero Quema Rutinaria de Gas para 2030”, endosada por ambos Participantes; j) producción de combustibles más limpios, así como reducción de la demanda a través del incremento en la eficiencia del parque vehicular; k) desarrollo y operación de infraestructura de almacenamiento de gas natural y análisis y lecciones aprendidas de los procesos de liberalización del mercado de gas natural; l) reducción de los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles; m) investigación y desarrollo en las áreas antes mencionadas, cuando sea apropiado, en el marco de los instrumentos de cooperación internacional existentes. Los Participantes alentarán a las empresas del sector privado a cooperar estrechamente y explorar nuevas oportunidades de negocio en el marco de este diálogo. Los Participantes están comprometidos con la protección adecuada y efectiva de los derechos de propiedad intelectual, de conformidad con las regulaciones de la Organización Mundial del Comercio y las leyes nacionales e internacionales, mientras se lleven a cabo actividades en la implementación de la presente Declaración Conjunta de Intención. 4. AUTORIDADES COMPETENTES Las autoridades competentes responsables de coordinar el diálogo y las actividades conjuntas en virtud de la presente Declaración Conjunta de Intención son: a) en el caso de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría de Energía; b) en el caso de la República Federal de Alemania, el Ministerio Federal de Asuntos Económicos y Energía. 3 Las autoridades competentes responsables de los Participantes cooperarán estrechamente y podrán incluir en sus actividades a otros ministerios y autoridades relevantes. Del lado alemán, serán el Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio para la Cooperación y Desarrollo Económicos y el Ministerio de Ambiente, Conservación de la Naturaleza, Construcción y Seguridad Nuclear. Los programas y proyectos de las autoridades alemanas competentes, el Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) y el Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza, Construcción y Seguridad Nuclear (BMUB) continuarán coordinándose en el marco del Grupo de Trabajo sobre Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático bajo la Comisión Binacional. El Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía y el Grupo de Trabajo sobre el Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático bajo la Comisión Binacional –incluyendo a todos los ministerios involucrados y otras autoridades de ambos Participantes– trabajarán estrechamente en la medida en que se traten cuestiones relacionadas con la energía. 5. ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO DIRECTIVO DE ALTO NIVEL Con el propósito de conducir la Alianza Energética y sus actividades: a) Los Participantes se proponen establecer un Grupo Directivo de Alto Nivel con representantes de alto nivel de autoridades relevantes de cada país. Cada Participante podrá convocar a otros interesados, también del sector privado, según lo considere necesario para cualquier reunión. La agenda, hora y el lugar de las reuniones del Grupo Directivo de Alto Nivel serían decididos por ambos Participantes. b) El Grupo Directivo de Alto Nivel trabajará en coordinación y cooperación con el Grupo de Trabajo para Asuntos Económicos y Energía de la Comisión Binacional para la Alianza para el Futuro MéxicoAlemania. En aquellos años en que la Comisión Binacional sesione, las reuniones sobre asuntos energéticos del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía de la Comisión Binacional y las reuniones del Grupo Directivo de Alto Nivel, se llevarán a cabo de manera conjunta. Mientras tanto, el Grupo Directivo de Alto Nivel debería mantener informado al Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía. El Grupo Directivo de Alto Nivel se coordinará estrechamente con el Grupo de Trabajo para el Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático bajo la Comisión Binacional para la Alianza para el Futuro México-Alemania. c) El Grupo Directivo de Alto Nivel podrá establecer los grupos de trabajo que sean necesarios con un mandato de duración determinada, para desarrollar la cooperación en áreas específicas, entre otras, las indicadas en el punto (3). d) El Grupo Directivo de Alto Nivel se reuniría una vez al año o dentro de los intervalos que puedan ser necesarios, para fines de discutir, investigar y evaluar las oportunidades presentadas por cualquiera de los Participantes o dar seguimiento a las acciones decididas en reuniones anteriores. Las reuniones se celebrarían alternativamente en México y Alemania. Las sinergias entre las reuniones de la Alianza de Energía, las reuniones de la Comisión Binacional y otras instancias de coordinación de política nacional como el Consejo Consultivo para la Transición Energética de México y los grupos de trabajo, se utilizarían en la medida de lo posible. 4 e) El Grupo Directivo de Alto Nivel sería responsable de: 1. el enfoque estratégico general y la dirección de la Alianza Energética; 2. la identificación y aprobación de las actividades conjuntas; 3. la revisión del progreso en la implementación de actividades conjuntas, bajo la presente Declaración Conjunta de Intención y el reporte a los Participantes; 4. la consideración de cualquier otro aspecto relevante para la promoción de la cooperación bilateral en el sector de los recursos energéticos; y 5. la decisión sobre el establecimiento de grupos de trabajo y sus áreas de trabajo. f) El Participante anfitrión presidiría la reunión y el acta de dicha reunión sería aprobada y firmada por ambos Participantes. g) Cada Participante actuaría de buena fe y buscará activamente oportunidades en las que ambos Participantes puedan trabajar juntos para su beneficio mutuo. Tales oportunidades identificadas por un Participante serían propuestas a los Grupos de Trabajo. h) La agenda, hora y lugar de las reuniones sería decidida por los Participantes. i) Los Participantes decidirían sobre el aprovechamiento de posibles oportunidades para reuniones e intercambios a nivel ministerial. 6. FINANCIAMIENTO Los Participantes entienden que los gastos de estancia y viaje de los participantes que asistan al Grupo Directivo de Alto Nivel y a las reuniones del Grupo de Trabajo y a las reuniones de las actividades, programas o proyectos conjuntos en virtud de la presente Declaración Conjunta de Intención serían asumidos por cada Participante o por sus autoridades designadas. 7. CONSULTAS Los Participantes podrán sostener las consultas que estimen necesarias, a fin de atender cualquier aspecto relacionado con la implementación o interpretación de la presente Declaración Conjunta de Intención. 8. CONFIDENCIALIDAD Ambos Participantes comprenden que no se debería publicar las actas de las reuniones bajo esta Declaración Conjunta de Intención sin el consentimiento por escrito del otro Participante. 5 9. DISPOSICIONES FINALES Esta Declaración Conjunta de Intención podrá ser modificada en cualquier momento por consentimiento mutuo por escrito de ambos Participantes. Esta Declaración Conjunta de Intención será efectiva en la fecha de firma. Está destinada a permanecer vigente hasta que cualquiera de los Participantes informe a la otra por escrito, con seis (6) meses de antelación, su intención de dar por terminada la cooperación bajo la presente Declaración Conjunta de Intención. A pesar de la terminación de la cooperación bajo la presente Declaración Conjunta de Intención, sus disposiciones y las disposiciones de cualquier otro acuerdo celebrado por los Participantes seguirían rigiendo los compromisos existentes o vigentes asumidos o iniciados bajo esta Declaración Conjunta de Intención. Estos compromisos o programas deberían llevarse a cabo hasta su finalización, como si esta Declaración Conjunta de Intención se encontrara todavía vigente. Esta Declaración Conjunta de Intención fue firmada por duplicado en Berlín, Alemania, el 12 de abril de 2016, en los idiomas alemán, español e inglés. POR EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE MEXICANOS ALEMANIA PEDRO JOAQUÍN COLDWELL SIGMAR GABRIEL SECRETARIO DE ENERGÍA MINISTRO FEDERAL DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y ENERGÍA 6
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