Declaración Conjunta de Intención sobre la Alianza

Declaración Conjunta de Intención sobre la Alianza Energética
entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos
y el Gobierno de
la República Federal de Alemania
1. INTRODUCCIÓN
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federal de Alemania (en
adelante denominados conjuntamente como los "Participantes" e individualmente como “Participante”)
dan la bienvenida al Acuerdo de París, pactado por todas las Partes de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en París en diciembre de 2015, comprometiéndose a
mantener el aumento de la temperatura media global muy por debajo de los 2 grados centígrados con
respecto a los niveles preindustriales y a proseguir los esfuerzos para limitar el aumento de la
temperatura a 1.5 grados centígrados.
Reconociendo que se requerirán grandes reducciones de las emisiones globales y reconociendo que el
sector de la energía es la mayor fuente de emisiones de gases de efecto invernadero, ambos
Participantes hacen un llamado a una descarbonización de la economía global en el curso del siglo para
alcanzar los ambiciosos objetivos del Acuerdo de París.
Los Participantes comparten la opinión de que el uso más eficiente de la energía y un mejor uso de las
energías renovables son los métodos más eficaces para mitigar las emisiones de gases de efecto
invernadero. En este sentido, ambos Participantes reconocen las transiciones y reformas energéticas
profundas y de gran alcance que ambos países están llevando a cabo.
Los Participantes comparten la opinión de que la seguridad energética deberá ser reforzada por medidas
que deberían ser, cuando sea posible, económica y ambientalmente sostenibles. Asimismo, coinciden
con que son necesarios sistemas de energía seguros y resilientes para afianzar la prosperidad y el
desarrollo económicos y reconocen a las tecnologías energéticas modernas como un motor de
innovación.
En este sentido, ambos Participantes están determinados a reforzar su diálogo bilateral y fomentar las
inversiones para la transformación del sector energético.
El objetivo principal de la Alianza Energética es fomentar y promover las transiciones energéticas
profundas y de gran alcance que suceden en ambos países mediante el intercambio de puntos de vista,
mejores prácticas y conocimiento en el desarrollo de un sistema energético sostenible, que en particular
se caracterice por un uso más eficiente de la energía y un mayor uso de las energías renovables.
El sector energético ofrece oportunidades de inversión amplias y diversas. En este sentido, la Alianza
Energética se centrará además en incrementar, intensificar y mejorar la participación de las empresas
privadas del sector energético con el fin de explorar nuevas oportunidades de inversión, y a su vez
liberar los potenciales de eficiencia energética.
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Ambos Participantes reconocen las actividades en el marco de diversos diálogos bilaterales y
multilaterales existentes en materia de protección climática, energía renovable, eficiencia energética y
reducción de subsidios ineficientes a los combustibles fósiles.
Como se establece en la Declaración Conjunta entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y
el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre Acción Climática y la Transición Energética y
Biodiversidad, la Alianza Energética es un intercambio de información y mejores prácticas de alto nivel
político y estratégico entre las autoridades competentes, organismos reguladores, operadores de
sistemas energéticos y otros actores relevantes, con un enfoque especial en la participación de los
actores del sector privado. Ambos Participantes aspiran a buscar sinergias con otras autoridades
alemanas y mexicanas en los diálogos bilaterales existentes en materia de energía, a fin de apoyar las
transiciones energéticas en curso en ambos países.
Las actividades de la Alianza Energética estarán estrechamente vinculadas a los trabajos relacionados
con la energía del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía; y estrechamente coordinadas
con la labor del Grupo de Trabajo para el Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático de
la Comisión Binacional para la Alianza para el Futuro México-Alemania
Para establecer la Alianza Energética, ambos Participantes han llegado al siguiente entendimiento:
2. OBJETIVO
Los Participantes destacan su objetivo común de transformar fundamentalmente su sistema energético
con el fin de mejorar la eficiencia energética, aumentar el despliegue de tecnologías de energía
renovable, y cumplir con los ambiciosos esfuerzos acordados por todos los Estados en la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en París en diciembre de 2015, garantizando al
mismo tiempo el suministro y uso asequibles, seguros y sostenibles de la energía.
Los Participantes reconocen además la importancia de la ciencia y la tecnología, así como de las
inversiones seguras y atractivas a largo plazo para promover la energía renovable y eficiencia energética,
y subrayan la importancia y búsqueda de reforzar la cooperación internacional en investigación y
desarrollo de energía. Por lo tanto, ambos Participantes tienen la intención de fortalecer su
cooperación y diálogo en la promoción de servicios eficientes y sostenibles, especialmente las
tecnologías de energía renovable, su integración en el sistema energético y la eficiencia energética.
Ambos países reconocen la relevancia de la cooperación para fomentar la seguridad energética, así
como la transparencia y rendición de cuentas en el sector energético.
3. ALCANCE Y ÁREAS DE COOPERACIÓN
Los Participantes tienen la intención de mantener un diálogo e intercambio sobre el progreso y la
sustancia de las respectivas transformaciones de sus sistemas energéticos, políticas energéticas
subyacentes, un marco adecuado y condiciones de inversión y tienen la intención de dar seguimiento a
los resultados de los esfuerzos de cooperación en virtud de la presente Declaración Conjunta de
Intención.
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Los Participantes se proponen centrar su cooperación y diálogo político en la transformación de los
sistemas energéticos, particularmente en las siguientes áreas:
a) despliegue y desarrollo de tecnologías de energía renovable, tales como mecanismos de apoyo,
cuestiones regulatorias, así como la evaluación de las estrategias de apoyo a la energías renovables
existentes y nuevos modelos de negocio, siendo todos mecanismos que contribuyen a mitigar el
cambio climático;
b) desarrollo de los mercados de electricidad y gas (aspectos reglamentarios, integración de energías
renovables al sistema, expansión de redes inteligentes);
c) mejora y fomento de la eficiencia energética (instrumentos y financiamiento de políticas de eficiencia
energética);
d) Sistemas de Gestión de la Energía;
e) seguridad energética;
f) movilidad inteligente en centros urbanos;
g) acoplamiento del sector;
h) cooperación en materia de transparencia y rendición de cuentas en las industrias de extracción de
petróleo y gas en el marco de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI);
i) exploración y producción de hidrocarburos, marcos regulatorios en el sector del petróleo y el gas, así
como en el marco de la iniciativa “Cero Quema Rutinaria de Gas para 2030”, endosada por ambos
Participantes;
j) producción de combustibles más limpios, así como reducción de la demanda a través del incremento
en la eficiencia del parque vehicular;
k) desarrollo y operación de infraestructura de almacenamiento de gas natural y análisis y lecciones
aprendidas de los procesos de liberalización del mercado de gas natural;
l) reducción de los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles;
m) investigación y desarrollo en las áreas antes mencionadas, cuando sea apropiado, en el marco de los
instrumentos de cooperación internacional existentes.
Los Participantes alentarán a las empresas del sector privado a cooperar estrechamente y explorar
nuevas oportunidades de negocio en el marco de este diálogo.
Los Participantes están comprometidos con la protección adecuada y efectiva de los derechos de
propiedad intelectual, de conformidad con las regulaciones de la Organización Mundial del Comercio y
las leyes nacionales e internacionales, mientras se lleven a cabo actividades en la implementación de la
presente Declaración Conjunta de Intención.
4. AUTORIDADES COMPETENTES
Las autoridades competentes responsables de coordinar el diálogo y las actividades conjuntas en virtud
de la presente Declaración Conjunta de Intención son:
a) en el caso de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría de Energía;
b) en el caso de la República Federal de Alemania, el Ministerio Federal de Asuntos Económicos y
Energía.
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Las autoridades competentes responsables de los Participantes cooperarán estrechamente y podrán
incluir en sus actividades a otros ministerios y autoridades relevantes.
Del lado alemán, serán el Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio para la Cooperación y
Desarrollo Económicos y el Ministerio de Ambiente, Conservación de la Naturaleza, Construcción y
Seguridad Nuclear.
Los programas y proyectos de las autoridades alemanas competentes, el Ministerio Federal de
Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) y el Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la
Naturaleza, Construcción y Seguridad Nuclear (BMUB) continuarán coordinándose en el marco del
Grupo de Trabajo sobre Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático bajo la Comisión
Binacional. El Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía y el Grupo de Trabajo sobre el
Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático bajo la Comisión Binacional –incluyendo a
todos los ministerios involucrados y otras autoridades de ambos Participantes– trabajarán
estrechamente en la medida en que se traten cuestiones relacionadas con la energía.
5. ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO DIRECTIVO DE ALTO NIVEL
Con el propósito de conducir la Alianza Energética y sus actividades:
a) Los Participantes se proponen establecer un Grupo Directivo de Alto Nivel con representantes de alto
nivel de autoridades relevantes de cada país. Cada Participante podrá convocar a otros interesados,
también del sector privado, según lo considere necesario para cualquier reunión. La agenda, hora y el
lugar de las reuniones del Grupo Directivo de Alto Nivel serían decididos por ambos Participantes.
b) El Grupo Directivo de Alto Nivel trabajará en coordinación y cooperación con el Grupo de Trabajo
para Asuntos Económicos y Energía de la Comisión Binacional para la Alianza para el Futuro MéxicoAlemania. En aquellos años en que la Comisión Binacional sesione, las reuniones sobre asuntos
energéticos del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Económicos y Energía de la Comisión Binacional y las
reuniones del Grupo Directivo de Alto Nivel, se llevarán a cabo de manera conjunta. Mientras tanto,
el Grupo Directivo de Alto Nivel debería mantener informado al Grupo de Trabajo sobre Asuntos
Económicos y Energía. El Grupo Directivo de Alto Nivel se coordinará estrechamente con el Grupo de
Trabajo para el Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Cambio Climático bajo la Comisión
Binacional para la Alianza para el Futuro México-Alemania.
c) El Grupo Directivo de Alto Nivel podrá establecer los grupos de trabajo que sean necesarios con un
mandato de duración determinada, para desarrollar la cooperación en áreas específicas, entre otras,
las indicadas en el punto (3).
d) El Grupo Directivo de Alto Nivel se reuniría una vez al año o dentro de los intervalos que puedan ser
necesarios, para fines de discutir, investigar y evaluar las oportunidades presentadas por cualquiera
de los Participantes o dar seguimiento a las acciones decididas en reuniones anteriores. Las
reuniones se celebrarían alternativamente en México y Alemania. Las sinergias entre las reuniones
de la Alianza de Energía, las reuniones de la Comisión Binacional y otras instancias de coordinación
de política nacional como el Consejo Consultivo para la Transición Energética de México y los grupos
de trabajo, se utilizarían en la medida de lo posible.
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e) El Grupo Directivo de Alto Nivel sería responsable de:
1. el enfoque estratégico general y la dirección de la Alianza Energética;
2. la identificación y aprobación de las actividades conjuntas;
3. la revisión del progreso en la implementación de actividades conjuntas, bajo la presente
Declaración Conjunta de Intención y el reporte a los Participantes;
4. la consideración de cualquier otro aspecto relevante para la promoción de la cooperación
bilateral en el sector de los recursos energéticos; y
5. la decisión sobre el establecimiento de grupos de trabajo y sus áreas de trabajo.
f)
El Participante anfitrión presidiría la reunión y el acta de dicha reunión sería aprobada y firmada por
ambos Participantes.
g) Cada Participante actuaría de buena fe y buscará activamente oportunidades en las que ambos
Participantes puedan trabajar juntos para su beneficio mutuo. Tales oportunidades identificadas por
un Participante serían propuestas a los Grupos de Trabajo.
h) La agenda, hora y lugar de las reuniones sería decidida por los Participantes.
i) Los Participantes decidirían sobre el aprovechamiento de posibles oportunidades para reuniones e
intercambios a nivel ministerial.
6. FINANCIAMIENTO
Los Participantes entienden que los gastos de estancia y viaje de los participantes que asistan al Grupo
Directivo de Alto Nivel y a las reuniones del Grupo de Trabajo y a las reuniones de las actividades,
programas o proyectos conjuntos en virtud de la presente Declaración Conjunta de Intención serían
asumidos por cada Participante o por sus autoridades designadas.
7. CONSULTAS
Los Participantes podrán sostener las consultas que estimen necesarias, a fin de atender cualquier
aspecto relacionado con la implementación o interpretación de la presente Declaración Conjunta de
Intención.
8. CONFIDENCIALIDAD
Ambos Participantes comprenden que no se debería publicar las actas de las reuniones bajo esta
Declaración Conjunta de Intención sin el consentimiento por escrito del otro Participante.
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9. DISPOSICIONES FINALES
Esta Declaración Conjunta de Intención podrá ser modificada en cualquier momento por consentimiento
mutuo por escrito de ambos Participantes.
Esta Declaración Conjunta de Intención será efectiva en la fecha de firma. Está destinada a permanecer
vigente hasta que cualquiera de los Participantes informe a la otra por escrito, con seis (6) meses de
antelación, su intención de dar por terminada la cooperación bajo la presente Declaración Conjunta de
Intención.
A pesar de la terminación de la cooperación bajo la presente Declaración Conjunta de Intención, sus
disposiciones y las disposiciones de cualquier otro acuerdo celebrado por los Participantes seguirían
rigiendo los compromisos existentes o vigentes asumidos o iniciados bajo esta Declaración Conjunta de
Intención. Estos compromisos o programas deberían llevarse a cabo hasta su finalización, como si esta
Declaración Conjunta de Intención se encontrara todavía vigente.
Esta Declaración Conjunta de Intención fue firmada por duplicado en Berlín, Alemania, el 12 de abril de
2016, en los idiomas alemán, español e inglés.
POR EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS
POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE
MEXICANOS
ALEMANIA
PEDRO JOAQUÍN COLDWELL
SIGMAR GABRIEL
SECRETARIO DE ENERGÍA
MINISTRO FEDERAL DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y
ENERGÍA
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