seminario reglamentos técnicos - Fundación Universidad del Valle

Facultad de Artes Integradas
Escuela de Arquitectura
SEMINARIO
REGLAMENTOS TÉCNICOS
DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS RETIE,
DE TELECOMUNICACIONES RITEL, DE
ILUMINACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO
RETILAP, REDES INTERNAS DE
TELECOMUNICACIONES RITEL
Organizado por
Fundación Universidad del valle
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INTRODUCCIÓN:
El país a partir del proceso de modernización del estado y la expedición de la Constitución
Nacional en 1991 inició un proceso de ponerse a tono con la realidad nacional e
internacional, teniendo como referente principios generales como son los de: igualdad,
protección, solidaridad social, autoconservación, participación, diversidad cultural, interés
público o social, precaución, sostenibilidad ambiental, gradualidad, coordinación,
concurrencia, subsidiariedad y oportuna información. En cumplimiento del artículo 2° de la
misma, les corresponde a las autoridades de la Republica proteger a todas las personas
residentes en Colombia en su vida, honra y bienes. En tal sentido el Ministerio de Minas y
Energía como máxima autoridad en materia energética, adopta los reglamentos técnicos
orientados a garantizar la protección de la vida de las personas contra los riesgos que
puedan provenir de los bienes y servicios relacionados con el sector a su cargo.
1. Consecuente con lo anterior este Ministerio expidió Reglamento Técnico de
Instalaciones Eléctricas -RETIE para Colombia, vigente desde mayo del 2005 y
actualizado mediante la Resolución 90708 del 30 de agosto de 2013, teniendo como
insumo adicional lo establecido por la Organización Mundial del Comercio –OMC.
En él proceso de definición se contó con participación de todas las partes
interesadas, se incluyó los estándares de seguridad en la electrotecnia, aplicados
a: las instalaciones eléctricas, los productos allí incorporados, las personas
involucradas en el diseño, construcción, supervisión, operación y mantenimiento de
las instalaciones, los fabricantes o importadores de los productos, las empresas
prestadoras del servicio, los entes certificadores de la conformidad y los usuarios.
RETIE es el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, que fija las
condiciones técnicas que garanticen la seguridad en los procesos de Generación,
Transmisión, Transformación, Distribución y utilización de la energía eléctrica en
todo el territorio Nacional. La norma NTC 2050 "Código Eléctrico Colombiano” es de
obligatorio cumplimiento. Bajo este contexto se espera una gestión de los riesgos
de origen eléctrico y actuación enmarcada en los principios antes señalados, tanto
en lo personal como en lo social, aplicándolos a los bienes utilizados en las
instalaciones eléctricas y en los procedimientos propios de los servicios de diseño,
construcción, operación y mantenimiento de dichas instalaciones.
En el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE se establecen los
requisitos que garanticen los objetivos de protección contra los riesgos de origen
eléctrico, salvaguarden los objetivos legítimos de seguridad nacional, seguridad de
las personas, protección de la vida animal y vegetal, protección del medio ambiente
y evitar prácticas que induzcan al error, por lo que se han incluido en él los preceptos
esenciales que definen el ámbito de aplicación y las características básicas de las
instalaciones eléctricas y algunos requisitos que pueden incidir en las relaciones
entre las personas que interactúan con las instalaciones eléctricas o el servicio y los
usuarios de la electricidad.
Igualmente en concordancia con el proceso de modernización del estado y su
necesaria actualización normativa y teniendo en cuenta que la iluminación como
parte de la instalación eléctrica debe estar regulada de acuerdo con parámetros de
seguridad en diseño, instalación, operación y mantenimiento por su altísima
especialización y relevancia, y por lo tanto requiere de un tratamiento especial, con
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alcances superiores a los del RETIE, el Ministerio de Minas y Energía expidió el
Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público – RETILAP- , mediante la
Resolución 18 1331 del 6 de agosto de 2009, el cual se modifica por la Resolución
180540 de marzo 30 de 2010 del Ministerio de Minas y Energía.
El Reglamento tiene por objeto establecer los requisitos y medidas que deben
cumplir los sistemas de iluminación y alumbrado público, tendientes a garantizar
: los niveles y calidades de la energía lumínica requerida en la actividad visual, la
seguridad en el abastecimiento energético , la protección del consumidor y la
preservación del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los
riesgos originados por la instalación y uso de sistemas de iluminación.
Este nuevo entorno para el Sector Eléctrico en Colombia aplica para todas las
instalaciones eléctricas, desde la generación, la transformación, la transmisión, la
distribución llegando hasta el usuario final, y a todos los procesos pasando desde el
diseño, la construcción, la supervisión, el mantenimiento y la inspección de las
mismas, garantizando así, no sólo su óptimo desempeño, sino también unas
condiciones mínimas de seguridad y eficiencia
2. Una vez entrada en vigencia el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado
Público (RETILAP) resulta ser de suma importancia para los profesionales del
sector energético y de la construcción del país quienes tendrán que conocerlo y
aplicarlo, para lo cual deberán capacitarse.
Con la entrada en vigencia del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado
Público (RETILAP), se ha generado un nuevo marco normativo para los sistemas
de iluminación en Colombia, cuyo objeto es establecer las reglas generales que se
deben tener en cuenta en los sistemas de iluminación tanto interiores como
exteriores y, dentro de esta última, del alumbrado público en el territorio colombiano,
fomentando el uso racional de energía (URE). . En este marco es necesario que
todos los involucrados tengan las competencias para el diseño, construcción,
mantenimiento e inspección de las instalaciones eléctricas y de iluminación.
.
3. Finalmente, considerando que el artículo 54 de la Ley 1450 de 2011, por medio de
la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014, dispone que la CRC
deberá expedir el reglamento técnico en materia de instalación de redes de
telecomunicaciones en los inmuebles que tengan un régimen de copropiedad o
propiedad horizontal.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 1450 de 2011, la
CRC posee plenas competencias para la expedición de un reglamento técnico que
defina las condiciones relativas al diseño y puesta en funcionamiento de una red
interna de telecomunicaciones destinada para su utilización por los diferentes
proveedores de redes y servicios, cuya implementación deberá llevarse a cabo en
aquéllos inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal previsto en la Ley
675 de 2001, así como en aquellos edificios o conjuntos destinados al uso
residencial, comercial y/o mixto, lo cual permitirá y facilitará el acceso por parte de
los usuarios de esta clase de servicios, entre los cuales se comprenden la telefonía,
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el acceso a Internet y la televisión, a una pluralidad de oferentes en esta clase de
bienes inmuebles.
Que con ocasión de lo previsto en el numeral 11 del artículo 18 de la Ley 1341 de
2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la
entidad competente para ejercer, frente a los proveedores de redes y servicios de
telecomunicaciones, funciones de vigilancia y control. Que le corresponde a la
Superintendencia de Industria y Comercio, conforme lo dispuesto en el artículo 1°
del Decreto 4886 de 2011, controlar y vigilar aquellos reglamentos técnicos cuya
vigilancia se le haya asignado expresamente.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones expide el 15 de Julio de 2013 la
Resolución 4262 denominada Expedir el Reglamento Técnico para Redes Internas
de Telecomunicaciones RITEL, la cual tiene como fundamento lo previsto en el
artículo 365 de la Constitución Política, el cual señala que los servicios públicos al
ser inherentes a la función social del Estado, deben ser prestados de manera
eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, razón por la cual le
corresponde al Estado Colombiano la regulación, control y vigilancia de dichos
servicios y la función de garantizar el mejoramiento continuo relativo a la prestación
y la satisfacción del interés social de los mismos. Adicionalmente la Ley 1341 de
2009 define, entre otros aspectos, principios y conceptos la necesidad de la
información y la organización de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones –TIC y concibe la provisión de redes y servicios de
telecomunicaciones como un servicio público bajo la titularidad del Estado y en el
numeral 2 del artículo precisa que el Estado propiciará escenarios de libre y leal
competencia que incentiven la inversión actual y futura en el sector de las TIC y que
permitan la concurrencia al mercado, con observancia del régimen de competencia,
bajo precios de mercado y en condiciones de igualdad, calidad y eficiencia, en
beneficio de los usuarios.
Que el numeral 6 del artículo 4 de la Ley 1341 de 2009 prevé como uno de los fines
de la intervención del Estado el ofrecer garantías para el despliegue y el uso eficiente
de la infraestructura y la igualdad de oportunidades en el acceso a los recursos
escasos, con el objeto de buscar la expansión y cobertura para zonas de difícil
acceso, en especial beneficiando a poblaciones vulnerables.
Que conforme al artículo 19 de la Ley 1341 de 2009, la Comisión de Regulación de
Comunicaciones -CRC- es el órgano encargado de promover la competencia, evitar
el abuso de posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios
de comunicaciones, con el fin de que la prestación de los servicios sea
económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad, para lo cual la entidad
deberá adoptar una regulación que incentive la construcción de un mercado
competitivo que desarrolle los principios orientadores de la Ley.
Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009,
corresponde a la CRC ''promover y regular la libre competencia para la provisión de
redes y servicios de telecomunicaciones/ y prevenir conductas desleales y prácticas
comerciales restrictivas mediante regulaciones de carácter general o medidas
particulares pudiendo proponer reglas de comportamiento diferenciales según la
posición de los proveedores previamente se haya determinado la existencia de una
falla en el mercado.
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Que de conformidad con lo previsto en el numeral 4° del artículo 22 de la Ley 1341
de 2009 y el artículo 12 de la Ley 1507 de 202, corresponde a la CRC regular el
acceso y uso de todas las redes y el acceso a los mercados de los servicios de
telecomunicaciones, con excepción de las redes destinadas para servicios de
radiodifusión sonora, hacia una regulación por mercados.
Que de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley
1341 de 2009, corresponde a esta Entidad determinar los estándares y certificados,
entre otras, de bienes y otros elementos técnicos indispensables para el
establecimiento de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones.
Con fundamento en lo anterior es menester preguntarse:
a. ¿Conoce usted la reglamentación y los cambios incluidos en la última versión del
RETIE y el RETILAP. ¿Conoce el nuevo reglamento técnico de telecomunicaciones
RITEL?
b. ¿Se encuentra preparado para cumplir con los lineamientos que la última versión
del RETIE, el RETILAP y el RITEL incorporan en la infraestructura de servicios de
las edificaciones que se construyan nuevas y los ajustes necesarios a las antiguas?
c. ¿Considera que es importante actualizarse para la adecuada interpretación y
aplicación de la última versión de estos reglamentos en las actividades de diseño,
construcción, interventoría e inspección de instalaciones eléctricas y de
telecomunicaciones?
d. ¿Están las empresas y los profesionales relacionadas con el sector de la
construcción civil, eléctrica y de telecomunicaciones preparadas para la
implementación adecuada de los requerimientos definidos en los reglamentos
RETIE, RETILAP y RITEL con el fin de lograr su aplicación efectiva?
Consciente de esta necesidad, de dar respuesta a estas preguntas el Departamento de
Tecnología de la Construcción de la Escuela de Arquitectura ha considerado que en el
cumplimiento de su misión formular un seminario en donde se actualice a los profesionales,
tecnólogos y técnicos vinculados al proceso de producción de obras de Edificación y obras
civiles en el conocimiento y aplicación de los Reglamentos Técnicos de: Instalaciones
Eléctricas – RETIE, Iluminación y Alumbrado Público RETILAP y Telecomunicaciones
RITEL, así mismo de la responsabilidades que se derivan tanto para los diseñadores,
constructores, interventores y entes de control. Finalmente éste se constituye en un marco
de referencia conceptual para alcanzar las respectivas competencias para su manejo.
El Seminario comprende tres (3) módulos, uno para cada uno de los reglamentos
mencionados, con una duración total de 32 horas presenciales. El primero hace referencia
al Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE con duración de veinticuatro
(24) horas. El segundo al Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público
RETILAP con duración de cuatro (4) horas y el tercero al Reglamento Técnico de
Telecomunicaciones RITEL con duración de cuatro (4) horas.
OBJETIVOS:
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OBJETIVOS GENERALES:
Dar a conocer a los participantes los contenidos de los Reglamentos Técnicos de
instalaciones eléctricas RETIE, de Iluminación y Alumbrado Público RETILAP y de
Telecomunicaciones RITEL, así como desarrollar las competencias para que sus
fundamentos básicos sean aplicados en el diseño, construcción y pre-inspección de
instalaciones eléctricas, bajo las Normas NTC 2050 y las normas del Operador de Red y la
NTC 5797 Infraestructura de Telecomunicaciones.
Promover la cultura de la seguridad de personas y protección de equipos en el uso de la
electricidad desde el diseño mismo de la instalación eléctrica a partir del conocimiento y
apropiación de las normas de seguridad, los desarrollos de la tecnología y los criterios de
la ingeniería.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
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Impartir el conocimiento acerca de la normativa vigente de tal manera que permitan su
aplicación exitosa en el diseño, la construcción, operación, mantenimiento e inspección
de las instalaciones eléctricas en las obras de edificación.
Actualizar a los participantes en los últimos ajustes efectuados al Reglamento Técnico
de Instalaciones Eléctricas - RETIE en Colombia, Identificando las principales
implicaciones en aspectos de seguridad y salud en el trabajo, ambiente y calidad.
Profundizar en los nuevos lineamientos para establecer sistemas de seguridad en
trabajos con riesgo eléctrico.
Presentar los cambios incluidos en la nueva versión del Reglamento Técnico de
Instalaciones Eléctricas – RETIE que aplica a todas las instalaciones eléctricas en
Colombia.
Analizar las aplicaciones e impactos del Reglamento Técnico de Instalaciones
Eléctricas – RETIE en el Sector Eléctrico
Dar a conocer de manera general los elementos que se deben tener en cuenta en un
proyecto de iluminación, que cumplan con los requerimientos exigidos por el RETILAP
de acuerdo a las actividades que se realicen, que garanticen la salud y seguridad de las
personas y conlleven a realizar un uso racional y eficiente de la energía en iluminación.
Brindar a los participantes los fundamentos esenciales para el correcto diseño,
construcción e inspección de obras eléctricas en el entorno del RETILAP.
Analizar los aspectos de mayor importancia en el diseño, construcción y mantenimiento
y seguridad de instalaciones eléctricas de acuerdo con los parámetros del RETILAP
Desarrollar en el estudiante, habilidades en la interpretación del RETILAP para la
aplicación en procesos de gestión, diseño, construcción, mantenimiento, remodelación,
interventoría e inspección de sistemas de iluminación interior y exterior.
Dar a conocer las últimas disposiciones del Ministerio de Minas y Energía con el uso
de los LEDs en el país.
Analizar el impacto del Reglamento Técnico de Instalaciones de Telecomunicaciones –
RITEL en el Sector de la Construcción.
Dar a conocer de manera general los elementos que se deben tener en cuenta en un
proyecto de propiedad horizontal, para que cumplan con los requerimientos exigidos por
el RITEL.
Brindar a los participantes los fundamentos básicos para el correcto diseño,
construcción e inspección de obras eléctricas en el entorno del RITEL, de tal manera
que permitan su aplicación exitosa en el diseño, la construcción, operación,
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mantenimiento y
pre-inspección de las instalaciones de telecomunicaciones
obligatorias en las obras de toda edificación de propiedad horizontal.
CONTENIDO:
Modulo I Reglamento técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE.
(24 horas)
1. Contenido general del Reglamento RETIE.
a. Requisitos técnicos esenciales.
b. Requisitos de Productos.
c. Requisitos específicos para el proceso de generación y transmisión
d. Requisitos Específicos para el Proceso de Transformación (subestaciones)
e. Requisitos Específicos para el Proceso de Distribución
f. Requisitos Específicos para el Proceso de Utilización
g. Aspectos Reglamentarios del RETIE.
h. Visión del RETIE desde el operador de red
2. Requisitos de seguridad y salud en el trabajo.
a. Análisis de riesgo eléctrico. SISOEL. Plan de emergencias.
o Casuística de la electro-patología.
o Seguridad de las personas.
 Lugares de alta concentración de personas.
 Señalización, marcación de tuberías y conductores.
 Niveles de tensión seguro.
 Valores límites de exposición a los campos electromagnéticos.
o Sistemas puesta a tierra.
o Reglas de oro para trabajo en redes eléctricas desenergizadas.
o Reglas de oro para trabajo en redes eléctricas energizadas. Arco eléctrico,
cortocircuito y uso de los EPP.
b. Distancias de seguridad, límites de aproximación y espacios de trabajo seguro en
c.
d.
e.
f.
g.
h.
subestaciones y en redes eléctricas..
Trabajos en condiciones de alto riesgo
o Trabajos en altura.
o Áreas clasificadas: Clases, Divisiones y Zonas.
Protección contra descargas atmosféricas.
Responsabilidad civil, normas generales de la ley laboral: constitución nacional y el
código sustantivo del trabajo. (Art. 25 Constitución Nacional de Colombia y Titulo XI
del Código Sustantivo del trabajo).
Aplicabilidad de las normas de seguridad en el RETIE y la aplicación del reglamento
a la normatividad laboral Colombiana.
Elementos y criterios de inspección en instalaciones de uso final, mediciones y
equipos aplicables.
Mantenimiento de instalaciones y de puestas a tierra.
3. Requisitos de productos. Demostración de la conformidad de producto.
4. Instalaciones de uso final Básicas.
a. Dimensionamiento de subestaciones.
b. Área necesaria de subestaciones.
c. Sistemas de canalización permitidos.
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5. Análisis de riesgo frente a descargas atmosféricas. Apantallamiento.
6. Instalaciones provisionales.
7. Instalaciones de uso final Especiales:
a. Hospitalarias.
b. Áreas clasificadas industriales.
c. Áreas clasificadas en minería.
d. Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto.
e. Instalaciones eléctricas en minas de socavón.
8. Prohibiciones y sanciones
9. Vigilancia, control del RETIE
 Proceso de una inspección.
 Elaboración de dictamen de inspección.
 No conformidades típicas.
 Clasificación de las no conformidades.
Módulo II Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público RETILAP. (4 horas)
1. Presentación general del RETILAP
a. Objeto y alcance del reglamento.
b. Requisitos generales de un sistema de iluminación.
c. La iluminación de emergencia en el análisis de riesgos.
d. Instrumentos de medición de la iluminción.
e. Entidades de vigilancia
f. Evaluación de conformidad
g. Régimen sancionatorio
h. Interpretación
2. Uso racional y Eficiente de la Energía en Iluminación
3. Fundamentos sobre la luz, la visión y la iluminación.
a. Ciencia de la luz
b. Luz y visión
c. Leyes de la luminotecnia
d. Fotometría
e. Documentos fotométricos.
f. Respuesta al color.
g. Temperatura del color.
4. Iluminación exterior y alumbrado público.
a. Conceptos Básicos sobre Iluminación: Iluminancia, Luminancia, uniformidad.
b. Parámetros para diseño de alumbrado público.
c. Curvas fotométricas.
d. Cálculos de alumbrado público. Ejemplo ya realizado
e. Iluminación de túneles.
f. Contaminación lumínica.
5. El uso de software DIALUX para cálculos de iluminación:
a. Diseño básico de iluminación interior con el software DIALUX.
b. Importación de Planos desde Autocad al DIALUX.
c. Incorporación de fotometrías nuevas al DIALUX.
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6. Iluminación interior.
a. Requisitos para la iluminación interior residencial, comercial e industrial.
b. Diseño de alumbrado interior.
c. Cálculos para iluminación interior.
d. Especificaciones de iluminación interior.
7. Nuevas tecnologías: automatización del control de sistemas de iluminación.
Módulo III Reglamento Técnico de Instalaciones de Telecomunicaciones RITEL. ( 4
horas)
1. ASPECTOS LEGALES Y REGLAMENTACION
a. Reglamentación C.R.C.
b. Ley de Propiedad Horizontal.
c. Novedades en Expedición de licencias de construcción.
d. Inspección y certificación.
e. Control y vigilancia.
f. Vigencia del reglamento, transición y autoridades competentes.
2. ASPECTOS TÉCNICOS. ESPECIFICACIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS
REDES DE UN INMUEBLE :
a. Redes inalámbricas
b. Redes Cableadas en:
 Pares de cobre.
 Coaxial.
 Fibra óptica.
3. ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS DE LAS REDES DE UN
MULTIFAMILIAR O EDIFICACION
a. Redes Cableadas en:
 Pares de cobre.
 Coaxial.
 Fibra óptica.
o
4. ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS DE LA INFRAESTRUCTURA
NECESARIA PARA INSTALAR LAS REDES DE TELECOMUNICACIONES
a. Obras civiles de cuarto técnico, llegada de señales por cable y satelitales.
b. Obras Civiles de canalizaciones y cajas de registro dentro de las zonas comunes
de la Edificación.
c. Obras civiles de canalizaciones y cajas de salida dentro de cada inmueble.
5. SISTEMAS DE CAPTACION Y EQUIPOS DE CABECERA. CUARTO TECNICO E
INFRAESTRUCTURA BASICA NECESARIA. ADMINISTRACION DE LA RED.
6. PUESTA EN SERVICIO DE LA RED DE TELECOMUNICACIONES. CERTIFICACION
DE LA RED
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a. Verificación del cableado y equipos.
b. Medición y señales en cuarto técnico y puntos de entrega de señal.
c. Certificación de la Red mediante protocolos de medición.
7. ALIMENTACION ELECTRICA DE LAS REDES DE TELECOMUNICACIONES
a.
b.
Capítulo 8 NTC 2050.
Puestas a tierra.
8. INTEGRACION DEL CONTROL DOMOTICO DE UNA INSTALACION CON LAS REDES
DE TELECOMUNICACIONES
a.
b.
c.
d.
Controles de Acceso.
Confort.
Vigilancia Web mediante videocámaras.
Redes de Sonido.
METODOLOGIA
La metodología del seminario comprende conferencias magistrales en las que se
expondrán los conceptos fundamentales de los Reglamentos, se citaran ejemplos o casos
en donde se apliquen con el fin de permitir la asimilación de conocimiento por parte de los
participantes.
DIRIGIDO A:
Ingenieros eléctricos, electrónicos, civiles, arquitectos, técnicos, tecnólogos que participan
en el proceso de producción de obras de Edificación, en las áreas de diseño, construcción
y mantenimiento de la infraestructura de servicios de energía y de telecomunicaciones.
CERTIFICACION Y ACREDITACIÓN
La Fundación Universidad del Valle y el Departamento de Tecnología de la Construcción
de la Escuela de Arquitectura de la Universidad del Valle expedirán los respectivos
Certificados de Asistencia, a los participantes que asistan como mínimo al 80% de las
sesiones programadas,
DOCENTES
Ingeniero Eléctrico: Luis Gerardo Caicedo Castro.
Ingeniero Eléctrico: Gustavo García.
Ingeniero Alonso Collazos.
Arquitecto: Luis Humberto Casas F.
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La Universidad del Valle se reserva el derecho de hacer cambios en la nómina
de docentes y en el programa del presente curso.
podrá
cancelar los Cursos cuando no haya un número mínimo de participantes.
INFORMACIÓN GENERAL
 DURACIÓN: 32 Horas
 INVERSIÓN: $ 630.000
Exentos del cobro de IVA. Institución de Educación No Formal con
Resolución No. 023 de Febrero 5 de 2003, expedida por la Secretaría de
Educación Municipal.

DESCUENTOS PARA GRUPO DE 5 PERSONAS EN ADELANTE
OPCIONES DE PAGO
 Tarjetas Débito y Crédito
 Cheques
 Efectivo
 INICIACIÓN: Mayo 29 de 2015.
 INSCRIPCIONES Y PAGOS HASTA: Mayo 27 de 2015.
 HORARIO: Viernes de 5:30Pm a 9:30Pm - Sábados de 8:00 am a
12:00M
IMPORTANTE: Se reintegrará el 70% del dinero cuando la persona tenga
problemas de salud debidamente certificados que le imposibiliten física y
sicológicamente continuar con el programa y el 100% cuando la Universidad,
por algún motivo, cancele el evento. Las personas que se hayan matriculado
y cancelado podrán retirarse antes del inicio, previa solicitud escrita, caso en
el cual se devolverá el 80% del valor pagado por el alumno o se le abonará el
100% pagado para la inscripción en otro evento programado. Los alumnos
matriculados podrán retirarse antes de haber transcurrido el 10% de la
duración del programa y tendrán derecho a la devolución del 70% de lo
pagado. Los retiros después de transcurrido más del 10% del programa no
darán lugar a devolución alguna de dinero pero podrá abonarse a otro
programa siempre y cuando no haya transcurrido más del 50% del programa.
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INFORMES E INSCRIPCIONES
FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DEL VALLE
Carrera 27 No 4 – 15, B/ San Fernando.
Teléfonos 554 55 81- 331 80 04 - Cel.: 318-716 12 44
Email:capacitació[email protected]
[email protected]
Cali – Colombia
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