acuerdo cee/cg/90/2015 acuerdo del consejo general de la

ACUERDO CEE/CG/90/2015
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL
ELECTORAL, POR EL QUE RESUELVE LAS SOLICITUDES DEL USO DE
APODOS QUE SERÁN UTILIZADOS EN LAS BOLETAS ELECTORALES POR
LAS CANDIDATAS Y LOS CANDIDATOS REGISTRADOS A LOS DISTINTOS
CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR
Monterrey, Nuevo León, a dieciséis de abril de dos mil quince.
Visto para aprobar el proyecto de acuerdo presentado al Consejo General de la
Comisión Estatal Electoral, por el Mtro. Gilberto Pablo de Hoyos Koloffón, en su
carácter de Presidente de la Comisión Especial de Organización y Estadística
Electoral de este organismo electoral, por el que se resuelve las solicitudes del
uso de apodos que serán utilizados en las boletas electorales por las candidatas y
los candidatos registrados a los distintos cargos de elección popular, cuanto más
consta, convino, debió verse, y
RESULTANDO
PRIMERO. Que el día siete de octubre de dos mil catorce, la Comisión Estatal
Electoral, declaró formalmente abierto el inicio del período ordinario de actividad
electoral.
SEGUNDO. Que en fecha siete de febrero de dos mil quince, el Consejo General
de la Comisión Estatal Electoral, aprobó el acuerdo CEE/CG/11/2015, mediante el
cual se aprobó el diseño de los formatos de la documentación electoral, y en
específico lo relacionado con la inclusión de apodos en la boleta electoral,
transcribiéndose la parte que interesa:
“DÉCIMO SEGUNDO. Que de conformidad con la jurisprudencia 10/2013, bajo el
rubro “BOLETA ELECTORAL. ESTÁ PERMITIDO ADICIONAR EL SOBRENOMBRE
1
DEL CANDIDATO PARA IDENTIFICARLO.” , si en la Ley Electoral, no prohíbe o
restringe que en la boleta figuren elementos adicionales como el sobrenombre con el
que se conoce públicamente a los candidatos, está permitido adicionar ese tipo de
datos, siempre y cuando se trate de expresiones razonables y pertinentes que no
constituyan propaganda electoral, no conduzcan a confundir al electorado, ni vayan en
contravención o detrimento de los principios que rigen la materia electoral, dado que
contribuyen a la plena identificación de los candidatos, por parte del electorado.
1
La Sala Superior en sesión pública celebrada el 30 de julio de 2013, aprobó por unanimidad de cinco votos
la jurisprudencia y la declaró formalmente obligatoria, la cual se encuentra publicada en la Gaceta de
Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 6,
Número 13, 2013, páginas 13 y 14, consultable en la liga electrónica del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación, http://www.te.gob.mx/iuse/tesisjur.aspx?idTesis=10/2013.
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En ese sentido, se establecen reglas para incluir apodos, motes, seudónimos, alias o
sobrenombres en la boleta electoral, las cuales son las siguientes:
1. Se entiende por alias, apodo, mote, sobrenombre o seudónimo, al nombre calificativo
con que se distingue especialmente a una persona, ya sea por sus características
físicas, emocionales o intelectuales o bien por su lugar de origen. Ejemplo: Jesús
Molina Delgadillo, “El Gordo Molina”.
2. La petición para incluir el apodo deberá realizarse cuando se solicite la postulación de
candidatos, es decir, durante el periodo del registro de candidatos comprendido del
diecinueve de febrero al quince de marzo del año dos mil quince.
3. En la misma solicitud de registro de candidatos, se deberá expresar el deseo que se
incluya el sobrenombre por el cual se le conoce.
4. Sólo serán procedentes los seudónimos cuando a juicio del Consejo General, los
mismos:
4.1.
No confunda al electorado.
4.2.
No constituya propaganda electoral.
4.3.
No se empleen frases o lenguaje vulgar, denostativo o peyorativo.
4.4.
No se incluyan frases o símbolos religiosos.
4.5.
No contravenga o atenten en contra de la moral y las buenas costumbres,
o del sistema legal electoral o los principios rectores.
5. En ningún caso, el apodo podrá sustituir o modificar, el nombre o apellidos del
candidato, por lo que deberá ser colocado después del nombre completo del o los
candidatos que así lo hayan solicitado. Ejemplo: Juan Pérez Solís “El Pelón Solís”.
6. En caso de que el sobrenombre del candidato, a juicio del Consejo General no reúna
los requisitos antes señalados, no se le incluirá el mismo dentro de la boleta electoral,
apareciendo únicamente el nombre registrado.
7. En el supuesto de que alguno de los candidatos con un mote obtuviera el triunfo, la
constancia de mayoría y validez de los candidatos se expedirá únicamente con el
nombre y apellidos que se encuentre registrados en los libros de la Dirección de
Organización y Estadística Electoral, lo anterior conforme al artículo 147 de la Ley
Electoral.”
TERCERO. Que el registro de candidatos durante los procesos electorales en que
se elijan Gobernador, Diputados Locales y Ayuntamientos estará abierto del día
diecinueve de febrero al quince de marzo del año de la elección.
CUARTO. Que el Consejo General de esta Comisión Estatal Electoral acordó que
las campañas electorales podrían iniciar el seis de marzo y concluir el tres de junio
del dos mil quince.
QUINTO. Que el doce de marzo de dos mil quince, el Partido Verde Ecologista de
México, solicito la modificación del apodo del candidato Juan Francisco González
González, postulado al municipio de Pesquería, Nuevo León
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SEXTO. Que los institutos políticos Partido Acción Nacional, Partido
Revolucionario Institucional, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de
México, Partido Movimiento Ciudadano, Partido Nueva Alianza, Partido
Demócrata, Partido MORENA, Partido Humanista, Partido Encuentro Social y
Coalición Alianza por tu Seguridad, presentaron escritos ante la oficialía de partes
de esta autoridad, solicitando la aprobación para los apodos de sus candidatos
sean incluidos en las boletas electorales para el proceso electoral dos mil quince.
SÉPTIMO. Que el próximo siete de junio de dos mil quince, se celebrarán
elecciones para la renovación de Gobernador, Diputados y los integrantes de los
51 Ayuntamientos en el Estado.
En razón de lo anterior, se estima necesario proceder a resolver las solicitudes de
inclusión de apodos en las boletas electorales, y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que conforme al artículo 43 de la Constitución Política del Estado, la
organización de las elecciones es una función estatal que se lleva a efecto por un
órgano independiente y autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio
propio, formado por ciudadanos del Estado designados por el Instituto Nacional
Electoral.
SEGUNDO. Que según lo ordenado por el artículo 85 de la Ley Electoral, la
Comisión Estatal Electoral tiene como fines contribuir al desarrollo de la vida
democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos, garantizando el
cumplimiento de los principios constitucionales rectores del proceso electoral; el
ejercicio de los derechos político-electorales del ciudadano y vigilar el
cumplimiento de sus obligaciones; la celebración de elecciones periódicas y
pacíficas para la renovación de las autoridades públicas electivas de la entidad;
que sus actos y resoluciones se sujeten al principio de legalidad; velar por la
autenticidad y efectividad del sufragio y por la imparcialidad de los organismos
electorales; así como coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura
democrática y de los derechos político-electorales de los ciudadanos.
TERCERO. Que de acuerdo a lo estatuido en el numeral 87 de la Ley Electoral
para el Estado, la Comisión Estatal Electoral es responsable de la preparación,
dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales ordinarios y
extraordinarios para la elección de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos que
se realicen en la entidad.
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CUARTO. Así las cosas los institutos políticos Partido Acción Nacional, Partido
Revolucionario Institucional, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de
México, Partido Movimiento Ciudadano, Partido Nueva Alianza, Partido
Demócrata, Partido MORENA, Partido Humanista, Partido Encuentro Social y
Coalición Alianza por tu Seguridad, presentaron escritos ante esta autoridad,
solicitando la autorización para la utilización de apodos para ser incluidos en las
boletas electorales para la elección del siete de junio de dos mil quince, en la que
se solicitaron los siguientes:
1. Para el Partido Acción Nacional:
1.1. Ayuntamiento de Salinas Victoria, Nuevo León, postuló al ciudadano
Humberto Apolonio de la Garza Miranda, al cargo de Presidente Municipal,
con el apodo “DR. BETO DE LA GARZA”.
2. Para el Partido Revolucionario Institucional:
2.1. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Cuarto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Eva Patricia
Salazar Marroquín, con el apodo “PATRICIA SALAZAR”.
2.2. Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León, postuló a la ciudadana
Cristina Ana Garza Selio, al cargo de Presidenta Municipal, con el apodo
“PROFE CRISTINA GARZA”.
2.3. Ayuntamiento de Hualahuises, Nuevo León, postuló al ciudadano Jesús
Homero Aguilar Hernández, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“CHUCHO”.
2.4. Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, postuló al
ciudadano Bernardo Bichara Assad, al cargo de Presidente Municipal, con
el apodo “BICHARA”.
3. Para el Partido del Trabajo:
3.1. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Cuarto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Karla Edith
García Marqueda, con el apodo “KARLA MARQUEDA”.
3.2. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Quinto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana María de
Lourdes Aguilar Sánchez, con el apodo “LULA”.
3.3. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Séptimo Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana María de los
Ángeles Juárez Godina, con el apodo “MARY JUAREZ”.
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3.4. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Distrito Electoral en
el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Esperanza Alicia
Rodríguez López, con el apodo “MAESTRA ESPERANZA”.
3.5. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Quinto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Andrea
Esthela Cantú Cadena, con el apodo “ANDY CANTU”.
3.6. Ayuntamiento de Doctor Coss, Nuevo León, postuló al ciudadano Juan
Ángel Gutiérrez Ríos, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“JUAN GUTIERREZ”.
3.7. Ayuntamiento de Galeana, Nuevo León, postuló al ciudadano Severo
Arreola Díaz, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “GÜITO”.
3.8. Ayuntamiento de General Zaragoza, Nuevo León, postuló al ciudadano
Juan Antonio Torres Grimaldo, al cargo de Presidente Municipal, con el
apodo “TOÑO TORRES”.
3.9. Ayuntamiento de Juárez, Nuevo León, postuló al ciudadano Jesús
Fernández Garza, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “PROFE
JESUS FERNANDEZ”.
3.10.
Ayuntamiento de El Carmen, Nuevo León, postuló al ciudadano Félix
Garza Ayala, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “DR. FELIX”.
3.11.
Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, postuló al ciudadano
Patricio Eugenio Zambrano de la Garza, al cargo de Presidente Municipal,
con el apodo “PATO ZAMBRANO”.
3.12.
Ayuntamiento de Montemorelos, Nuevo León, postuló al ciudadano
José Gerardo García Hernández, al cargo de Presidente Municipal, con el
apodo “EL BUJIAS”.
3.13.
Ayuntamiento de Vallecillo, Nuevo León, postuló al ciudadano Adolfo
Chapa Ramón, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “EL
PROFE”.
4. Para el Partido Verde Ecologista de México:
4.1. Para el cargo de Diputada Suplente por el Segundo Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Angélica Patricia Villarreal
Cisneros, con el apodo “PATY VILLARREAL”.
4.2. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Distrito Electoral en
el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Elida Villarreal Morales,
con el apodo “ELY VILLARREAL”.
4.3. Para el cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Primer Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Alberto
Segarra Rodríguez, con el apodo “BETO SEGARRA”.
4.4. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Cuarto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Sanjuana
González González, con el apodo “JUANY GONZALEZ”.
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5. Por el Partido Movimiento Ciudadano:
5.1. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Segundo Distrito Electoral en
el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Yahaira Alicia González
Chapa, con el apodo “YACKIE GONZÁLEZ”.
5.2. Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Segundo Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Jesús Garza
Saucedo, con el apodo “DON CHUY GARZA”.
5.3. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Noveno Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana María del
Carmen Arellano Garza, con el apodo “MARYCARMEN ARELLANO”.
5.4. Ayuntamiento de Allende, Nuevo León, postuló a la ciudadana Patricia
Elena Muñoz Zavala, al cargo de Presidenta Municipal, con el apodo “DRA
PATY MUÑOZ”.
5.5. Ayuntamiento de Aramberri, Nuevo León, postuló al ciudadano Eliud
Bazaldúa Amaya, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “EL
CHINO BAZALDUA”.
5.6. Ayuntamiento de Hidalgo, Nuevo León, postuló al ciudadano Francisco
Javier Lozano Ovalle, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“KIKO LOZANO”.
5.7. Ayuntamiento de Santiago, Nuevo León, postuló al ciudadano Rogelio
Garza Ríos, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “ROGER
GARZA”.
6. Por el Partido Nueva Alianza:
6.1. Ayuntamiento de Galeana, Nuevo León, postuló al ciudadano Francisco
Moreno Reséndez, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“PANCHO LA GÜERA”.
7. Por el Partido Demócrata:
7.1. Para el cargo de Diputado Propietario por el Primer Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Marcos González Treviño,
con el apodo “MARCOS GONZÁLEZ”.
7.2. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Tercer Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Laura Raga Hernández,
con el apodo “LAURA RAGA”.
7.3. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Cuarto Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Marta Patricia Pérez
Quirarte, con el apodo “DRA. MARTA PATRICIA”.
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7.4. Para el cargo de Diputado Propietario por el Quinto Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Pedro Martínez Esquivel, con
el apodo “EL VECINO”.
7.5. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Sexto Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Argelia Hernández
Mendoza, con el apodo “DRA. ARGELIA”.
7.6. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Séptimo Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Aida Aracely Almaraz
Marines, con el apodo “AIDA ALMARAZ”.
7.7. Para el cargo de Diputado Propietario por el Octavo Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Christian Omar Almaguer
Chapa, con el apodo “CHRISTIAN ALMAGUER”.
7.8. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Noveno Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Martha Verónica Mendoza
Hernández, con el apodo “VERONICA”.
7.9. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Sandra Mayte Lerma
Martínez, con el apodo “SANDRA MAYTE”.
7.10.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Primer Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Gustavo Víctor
Franco Garza, con el apodo “FRANCO”.
7.11.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Segundo Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Javier Eduardo
García Barrón, con el apodo “JAVY GARCÍA EL CHUTA”.
7.12.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Tercer Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Adrián Rojas
Cedillo, con el apodo “EL BROTHER”.
7.13.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Cuarto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Leidy Laura
Cerda Martínez, con el apodo “LEIDY CERDA”.
7.14.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Quinto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Brenda
Alejandra Excena Colunga, con el apodo “BRENDA”.
7.15.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Sexto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Adriana
Fierro Martínez, con el apodo “FIERRO”.
7.16.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Séptimo Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Juan Luis
Martínez Montaño, con el apodo “JUAN LUIS”.
7.17.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Octavo Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Miguel Ángel
Soto Rodríguez, con el apodo “MIGUEL ÁNGEL SOTO”.
7.18.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Noveno Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Rubén
Sepúlveda Castañeda, con el apodo “DR. SEPULVEDA”.
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7.19.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Primer Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Rafael
Eduardo Ornelas Gaytán, con el apodo “RAFAEL ORNELAS”.
7.20.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Segundo
Distrito Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Nora
Silvia Chapa Cantú, con el apodo “NORA SILVIA CHAPA”.
7.21.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Tercer Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano José
Guadalupe Rocha Segovia, con el apodo “PEPE ROCHA”.
7.22.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Cuarto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Pedro Miguel
Márquez Rosas, con el apodo “MIKE MARQUEZ”.
7.23.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Quinto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Ofelia
Miriam Arredondo Arrambide, con el apodo “OFELIA ARREDONDO”.
7.24.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Sexto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Martha
Alicia Reyes Reyes, con el apodo “MARTHA ALICIA”.
7.25.
Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, postuló a la
ciudadana Diana Elizabeth Cavazos Gutiérrez, al cargo de Presidente
Municipal, con el apodo “DIANA CAVAZOS”.
7.26.
Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, postuló a la
ciudadana Ana Isabel Arellano García del Campo, al cargo de Presidente
Municipal, con el apodo “ANABEL”.
7.27.
Ayuntamiento de Salinas Victoria, Nuevo León, postuló al ciudadano
Miguel Ángel Rodríguez Lozano, al cargo de Presidente Municipal, con el
apodo “MIGUEL ÁNGEL”.
7.28.
Ayuntamiento de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, postuló al
ciudadano Mario Alberto Guerrero Cortés, al cargo de Presidente
Municipal, con el apodo “MARIO GUERRERO”.
8. Por el Partido MORENA:
8.1. Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, postuló al ciudadano Fernando
Javier Abrego Rodríguez, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“EL PELON ABREGO”.
8.2. Ayuntamiento de Montemorelos, Nuevo León, postuló al ciudadano
Rosalinda García Amaro, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“MAESTRA ROSALINDA”.
8.3. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Segundo Distrito Electoral en
el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana María Silvestre Galván
Arellano, con el apodo “LA DALIA”.
8.4. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Séptimo Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Ángel Sendic Tovalin Castillo,
con el apodo “SANZOBEK”.
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8.5. Para el cargo de Diputada Propietaria por el Octavo Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana María Saturnina Hernández
Jasso, con el apodo “NINA”.
8.6. Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Noveno Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano J. Jesús
Gallegos Delgadillo, con el apodo “EL ARPA”.
8.7. Para el cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Distrito Electoral en
el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Gerardo Villarreal Pérez,
con el apodo “EL LUPILLO”.
8.8. Para el cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Cuarto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Edelmiro
Santiago Santos Díaz, con el apodo “DOCTOR SANTOS”.
9. Por el Partido Humanista:
9.1. Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, postuló a la ciudadana
Cecilia Margarita Cantú Montemayor, al cargo de Presidenta Municipal, con
el apodo “CECY CANTU”.
9.2. Ayuntamiento de Ciénega de Flores, Nuevo León, postuló a la ciudadana
María Eulalia Tovar Vallejo, al cargo de Presidenta Municipal, con el apodo
“ULE”.
9.3. Ayuntamiento de Anáhuac, Nuevo León, postuló al ciudadano Mucio
Mauricio Gallegos, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“MUCIO”.
9.4. Ayuntamiento de Santiago, Nuevo León, postuló al ciudadano Manuel
Espronceda Valdés, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo “LA
MORE”.
9.5. Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, postuló al ciudadano Juan
Enrique Barrios Rodríguez, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“KIKE BARRIOS”.
9.6. Para el cargo de Diputado Propietario por el Quinto Distrito Electoral en el
Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Luis Alberto Quimbar Salinas,
con el apodo “DR. QUIMBAR”.
10. Por el Partido Encuentro Social:
10.1.
Ayuntamiento de Pesquería, Nuevo León, postuló al ciudadano
Francisco Esquivel Garza, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“CISCO”.
10.2.
Ayuntamiento de Aramberri, Nuevo León, postuló al ciudadano José
Abelardo Reyna Aguilar, al cargo de Presidente Municipal, con el apodo
“PEPE REYNA”.
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10.3.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Tercer Distrito Electoral
en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano Juan José Rosales
Martínez, con el apodo “J.R.”.
10.4.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Décimo Distrito Electoral
en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana Rosa Elena Guerrero
Aguirre, con el apodo “ROSY GUERRERO”.
10.5.
Para el cargo de Diputado Propietario por el Décimo Octavo Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló al ciudadano José
Guadalupe Martínez Martínez, con el apodo “LUPILLO”.
10.6.
Para el cargo de Diputada Propietaria por el Vigésimo Sexto Distrito
Electoral en el Estado de Nuevo León, postuló a la ciudadana María
Dolores Flores Hernández, con el apodo “LOLIS”.
11. Para la Coalición Alianza por tu Seguridad:
11.1.
Ayuntamiento de Guadalupe, Nuevo León, postuló al ciudadano
Francisco Reynaldo Cienfuegos Martínez, al cargo de Presidente
Municipal, con el apodo “PACO CIENFUEGOS”.
11.2.
Ayuntamiento de Linares, Nuevo León, postuló al ciudadano Juan
Antonio Rodríguez González, al cargo de Presidente Municipal, con el
apodo “EL BRUJO”.
De lo anterior, se aprecia que los anteriores apodos propuestos cumplen con los
criterios establecidos en el acuerdo CEE/CG/11/2015, aprobado por este órgano
electoral, autorizándose que se incluyan en la boleta electoral, debido a que no
confunden al electorado, ni constituyen propaganda electoral, no se emplean
frases o lenguaje vulgar, denostativo o peyorativo, no se incluyen frases o
símbolos religiosos, ni contravienen o atentan en contra de la moral y las buenas
costumbres, o del sistema legal electoral o los principios rectores, en tal virtud, se
aprueban los apodos a que se hacen mención en líneas precedentes, lo anterior a
fin de que sean incluidos en la boleta electoral.
Ahora bien, no pasa desapercibido por esta autoridad, la solicitud de fecha catorce
de abril del presente año, mediante la cual el Partido Demócrata, solicita para el
cargo de Diputado Propietario por el Vigésimo Distrito Electoral en el Estado de
Nuevo León, cuyo candidato registrado es el ciudadano Alain Gerardo Sandoval
Serna, la inclusión del apodo “EL HONESTO”.
Al respecto es de precisarse que dicho “apodo” por sí mismo no constituye un
seudónimo válido para ser incluido en la boleta electoral, ya que dicha palabra se
infiere a la honestidad de la persona, lo que representa una cualidad inherente al
ser humano, es decir, que se encuentra ajeno a corromperse y sin macula,
induciendo por ese simple hecho una promoción en la boleta electoral,
conduciendo con ello a un desequilibrio en la contienda electoral frente a otras
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candidatas o candidatos al momento de emitir el sufragio, ya que no es
propiamente un mote con que se reconozca a un apersona, sino un señalamiento
de la cualidad del candidato.
Por lo anterior, lo procedente es negar la inclusión del apodo en la boleta electoral
solicitada por el Partido Demócrata, respecto del ciudadano Alain Gerardo
Sandoval Serna, por los motivos expuestos, lo anterior de conformidad con los el
principio rector de equidad establecido en el artículo 3 de la Ley Electoral para el
Estado de Nuevo León y lo determinado por la jurisprudencia 10/2013, bajo el
rubro “BOLETA ELECTORAL. ESTÁ PERMITIDO ADICIONAR EL
SOBRENOMBRE DEL CANDIDATO PARA IDENTIFICARLO.”2, que establece
medularmente que, si en la Ley Electoral, no prohíbe o restringe que en la boleta
figuren elementos adicionales como el sobrenombre con el que se conoce
públicamente a los candidatos, está permitido adicionar ese tipo de datos, siempre
y cuando se trate de expresiones razonables y pertinentes que no constituyan
propaganda electoral, no conduzcan a confundir al electorado, ni vayan en
contravención o detrimento de los principios que rigen la materia electoral, dado
que contribuyen a la plena identificación de los candidatos, por parte del
electorado.
Asimismo, se recibió el quince de abril, escrito del Partido Encuentro Social en el
que solicitó la inclusión del apodo para el candidato a la presidencia municipal del
ayuntamiento de Hidalgo, Nuevo León, a favor de Luis Antonio Garza Cisneros,
bajo el seudónimo “EL BRONCO DE HIDALGO”.
Al respecto, es de precisarse que con fecha cinco de marzo de dos mil quince, el
Consejo General de la Comisión Estatal Electoral aprobó el acuerdo
CEE/CG/CI/01/2015, mediante el cual se aceptó el registro de la candidatura
independiente del ciudadano Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, al cargo de
Gobernador, en el cual se autorizó el emblema, colores y el apodo “EL BRONCO”,
para que sea utilizado en la boleta electoral.
En tal virtud, al haber dos apodos fonéticamente similares de “EL BRONCO” y “EL
BRONCO DE HIDALGO”, causarían confusión en el electorado, lo cual es
contrario a los criterios aprobados por este órgano electoral, por lo tanto, lo
procedente es negar la inclusión del apodo en la boleta electoral solicitada por el
Partido Encuentro Social, respecto del ciudadano Luis Antonio Garza Cisneros, ya
que previo a la solicitud ya existía la aprobada del candidato independiente a
Gobernador del ciudadano Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón.
2
La Sala Superior en sesión pública celebrada el 30 de julio de 2013, aprobó por unanimidad de cinco votos
la jurisprudencia y la declaró formalmente obligatoria, la cual se encuentra publicada en la Gaceta de
Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 6,
Número 13, 2013, páginas 13 y 14, consultable en la liga electrónica del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación, http://www.te.gob.mx/iuse/tesisjur.aspx?idTesis=10/2013.
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Por otra parte, con relación a la petición efectuada por el Partido Verde Ecologista
de México, el doce de marzo de dos mil quince, en el sentido de modificar el
apodo “Jhonny” por “Johnny”, para el candidato Juan Francisco González
González, postulado al municipio de Pesquería, Nuevo León, se aprueba la
misma, toda vez que está conforme a los criterios del acuerdo CEE/CG/11/2015,
aprobado por este órgano electoral.
Por lo que hace a las diversas peticiones de inclusión de apodos en las boletas
electorales, se consideran que son procedentes, en tal virtud, se propone al
Consejo General de este organismo electoral para su revisión y aprobación en su
caso, el presente acuerdo en los términos propuestos y en atención a lo previsto
en los artículos 187, fracción III y 188 de la Ley Electoral para el Estado de Nuevo
León.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se resuelve:
PRIMERO. Se aprueba la inclusión de los apodos en las boletas electorales en los
términos del considerando cuarto del presente acuerdo.
SEGUNDO. Se niegan las solicitudes relacionadas con: 1. El ciudadano Alain
Gerardo Sandoval Serna, candidato al cargo de diputado propietario por el
Vigésimo Distrito Electoral en el Estado de Nuevo León, postulado por el Partido
Demócrata, para que se incluya en las boletas electorales el apodo de “EL
HONESTO”; y, 2. El ciudadano Luis Antonio Garza Cisneros, candidato al cargo
de presidente municipal al ayuntamiento de Hidalgo, Nuevo León, postulado por el
Partido Encuentro Social, para que se incluya en las boletas electorales el apodo
de “EL BRONCO DE HIDALGO”, por los motivos expuestos en el acuerdo.
TERCERO. Se aprueba la modificación del apodo “Jhonny” por “Johnny”,
solicitada por el Partido Verde Ecologista de México, para el candidato Juan
Francisco González González, postulado al municipio de Pesquería, Nuevo León,
en los términos del acuerdo.
Notifíquese a los partidos políticos y las candidatas y los candidatos
independientes por conducto de sus representantes acreditados ante esta
Comisión Estatal Electoral; por oficio al Instituto Nacional Electoral, a través de la
Junta Local Ejecutiva en Nuevo León y difúndase en el portal de internet de esta
Comisión Estatal Electoral, para los efectos legales a que haya lugar.
Revisado y analizado que fue por el Consejo General el presente acuerdo, lo
aprueban por unanimidad los Consejeros Electorales que integran el quórum de la
presente Sesión Extraordinaria conforme a los artículos 88 y 94 de la Ley Electoral
para el Estado, Dr. Mario Alberto Garza Castillo, Ing. Sara Lozano Alamilla, Mtra.
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Miriam Guadalupe Hinojosa Dieck, Mtra. Sofía Velasco Becerra, Lic. Claudia
Patricia de la Garza Ramos, Mtro. Gilberto Pablo de Hoyos Koloffón y Lic. Javier
Garza y Garza; firmándose para constancia legal en los términos de los artículos
98, fracción VIII y 103, fracción VI de la aludida Ley Electoral para el Estado y 40
del Reglamento de Sesiones del Consejo General de la Comisión Estatal Electoral
y de las Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León.- Conste.-
Dr. Mario Alberto Garza Castillo
Consejero Presidente
Lic. Héctor García Marroquín
Secretario Ejecutivo
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