0311 - Corpoamazonia

RESOLUCIÓN DTP
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No.
legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
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identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida e
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 I/s, sobre la Quebrada Siguinchica, en las
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coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W:
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departamento Putumayo"
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Corporación para ef (DesarrotTo Sostenible cfer Sur de la Aniazonía
El Director Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de
la Amazonia CORPOAMAZONIA, en uso de sus facultades constitucionales, legales y
reglamentarias especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, Ley 344 de 1996,
Decreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Decreto 3930 de 2010, Resolución 029 de
2004 emanada de CORPOAMAZONIA y Acuerdo 002 de Febrero de 2005, y
CONSIDERANDO
Que CORPOAMAZONIA ejerce la función de máxima autoridad ambiental en el Sur de la
Amazonía Colombiana y en cumplimiento de la Ley 99 de 1993, articulo 31 numeral 12, le
corresponde realizar la evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua,
suelo, el aire y demás recursos naturales renovables que comprenda vertimientos,
emisiones e incorporaciones de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las
aguas en cualquiera de sus formas al aire o al suelo, función que comprende la
expedición de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones.
Que la Ley 344 de 1996 en el artículo 28 establece que "las autoridades ambientales
podrán cobrar el servicio de evaluación y seguimiento de la licencia ambiental y demás
permisos, concesiones y autorizaciones establecidas en la Ley y normas reglamentarias".
Que el Decreto 2811 de 1974 en los artículos 80, 88, 89 y 97 consagra que "sin perjuicio
de los derechos privados adquiridos con arreglo a la ley, las aguas son de dominio
público, inalienables e imprescriptibles... salvo disposiciones especiales, solo puede
hacerse uso de las aguas en virtud de concesión... La concesión de un aprovechamiento
de aguas estará sujeta a las disponibilidades del recurso y a las necesidades que
imponga el objeto para el cual se destina".
Que el Decreto 1541 de 1978 en los artículos 49 y 36 literal m, contempla que "toda
persona natural o jurídica, pública o privada, requiere concesión para obtener el derecho
al aprovechamiento de las aguas, entre otros, para fines de Acuicultura y pesca... Toda
concesión implica para el beneficiario, como condición esencial para su subsistencia, la
inalterabilidad de las condiciones impuestas en la respectiva resolución. Cuando el
concesionario tenga necesidad de efectuar cualquier modificación en las condiciones que
fija la resolución respectiva, deberá solicitar previamente la autorización correspondiente
comprobando la necesidad de la reforma"
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Proyectó: Yanina Andrea Gómez Mutumbajoy
Aprobó: Daniel Esteban Jurado Osorio
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legalmente por el señor HEN Y JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciu adanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), oncesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 1/s, sobr la Quebrada Siguinchica, en las
coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W:
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localizado en la Vereda La Esperanza del municipio de Colon,
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Corporación para ef Desarroa Sostenilife fe! Sur de la Amazonía
Que el día 27 de enero de 2014, el s ñor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ,
identificado con cedula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida en Puerto Asís
(Putumayo), entregó en la Unidad Operativ Andino Amazónica de la Dirección Territorial
Putumayo de CORPOAMAZONIA. el F rmulario Único Nacional de Solicitud de
Concesión de Aguas Superficiales, para el funcionamiento del Acueducto Municipal,
localizado en el municipio de Colon. Depart mento del Putumayo.
Que el día 27 de Enero de 2014 la Direcci n Territorial Putumayo identificó esta solicitud
bajo el código CO-06-86-219-X-002-001-14
Que mediante Auto DTP No. 210 del 1 de Julio de 2014, la Dirección Territorial
Putumayo de CORPOAMAZONIA, admite avoca conocimiento de la solicitud del trámite
de Concesión de Aguas Superficiales, presentada por el señor HENRY JAIRO
GOYENECHE GOMEZ: notificado personalmente el día 23 de julio de 2014.
Que el día 4 de Agosto de 2014, se fijan avisos de Concesión de aguas Superficiales, por
el término de 10 días en la cartelera de la Unidad Operativa Andino Amazónica (Oficina
Sibundoy) de la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, el cual fue
desfijado el 19 de Agosto de 2014.
Que el día 4 de agosto de 2014, el usuario remite a la Unidad Operativa Andino
Amazónica, oficina Sibundoy, copia del recibo de pago de la visita técnica de evaluación
requerida para el trámite de Concesión de Aguas Superficiales.
Que el día 24 de Octubre de 2014, u contratista de la Unidad Operativa Andino
Amazónica de la Dirección Territorial Pu umayo de CORPOAMAZONIA, realizó visita
técnica de evaluación del proyecto y se emite el concepto Técnico DTP N° 1476 de 2014,
en el cual se destaca lo siguiente:
"(...) 3.1 LOCALIZACIÓN: El proyecto e encuentra ubicado a 1 km del perímetro
urbano, sobre las coordenadas geográfica N: 01°11'66.9", W. 76°58' 813", en un predio
localizado en la vereda La Esperanza del Municipio de Colon, departamento del
Putumayo.
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DOMICILIARIOS, NIT No. 900515257-1 representada
legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 1/s, sobre la Quebrada Siguinchica, en las
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coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0". W:
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Corporación para el <Desarrollo Sosteniófe de( Sur de la Amazonía
3.2 FUENTE ABASTECEDORA DEL ACUEDUCTO: La fuente de abastecimiento de
agua solicitada es la Quebrada Sigüinchica, el sitio de captación se localiza en las
coordenadas geográficas N: 01°11'57.0", W. 76°58'48.4", a 2.232 m.s.n.m.
En el momento de la visita técnica el caudal de la fuente abastecedora correspondió a 470
l/s, valor que se obtuvo según aforo realizado el día de la visita (época de verano), para lo
cual se empleó el método de aforo por Flotador.
Se realizó un recorrido aguas arriba del punto de captación sobre la quebrada
SIGUINCHICA, no se encontró ningún otros usos del agua, ni pertenece a resguardo
indígena, sin embargo, se observó cerca al sitio pastoreo de ganado bovino.
3.3 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO: Actualmente el sistema de acueducto
se encuentra operando normalmente. En cuanto a la infraestructura existente se
observaron las siguientes:
Bocatoma. Se localiza a un (01) kilómetro de la cabecera municipal de Colon, en las
coordenadas geográficas N: 01°11'57.0", W. 76°58'48.4", altitud 2232 m.s.n.m.,
corresponde a bocatoma lateral sumergida con rejillas perpendiculares de 0.45 m de
ancho por 2.50 m de largo, cajilla de recolección, vertedero de excesos y válvulas.
Además, cuenta con un tanque de distribución que se localiza contiguo a la bocatoma en
las coordenadas geográficas N: 01°11'93.3", W: 76°58'80.0", altitud 2231 m.s.n.m,
presenta las siguientes dimensiones: 2 metros por 1.50 metros y 1.20 metros de
profundidad.
Aducción. Se realiza mediante tubería PVC de 6" desde la bocatoma hasta el tnque
desarenador.
Tanque Desarenador. Se localiza cerca a la bocatoma, en las coordenadas geográficas
N: 01°11'9.34, W: 76°5880.2", altitud 2231, presenta las siguientes dimensiones: 11.40
metros por 2.50 metros y 2.30 metros de profundidad, cuenta con tapa de concreto en la
parte superior, con un sistema bypass de 6" y válvulas de limpieza del tanque. De este se
desprende dos (02) tuberías, una de 4" PVC y otra de 6" PVC que intercomunican este
con el prefiltro granular.
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DOMICILIARIOS, NIT No 900515257-1 representada
legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciu adanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), oncesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 I/s. sobr la Quebrada Siguinchica, en las
coordenadas geográficas Dat m WG S84 N: 01°11'57.0", W:
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Corporación para elDesarroff Sostenible delSur de Ca Amazonía
Prefiltro Granular. Se ubica en las coordenadas geográficas N: 01°11'8.72", W.
76°58'7.55", altitud 2203 m.s.n.m., este tipo de filtro corresponde al filtro grueso de los
sistemas de Tratamiento denominado 7-iltración Múltiple por etapas, ascendente
compuesto por dos tanques de filtración, cada uno de 5 metros por 5 metros de sección
por 1.6 metros de profundidad, con un lecho filtrante en grava de diferentes
granulometrías presenta una profundidad 1.1 m de los 1.6 m.
Planta de Tratamiento. El agua llega a la planta de tratamiento mediante dos tuberías
PVC de 4", cuenta con dos sistemas qe tratamiento en la planta; una planta de
tratamiento convencional en una parte y compacta en otra parte del sistema, cuenta con
cámara de llegada. un tanque de floculació , un tanque desarenador secundario y filtros.
Tanques de almacenamiento. Se ubica 500 metros aprox. de la bocatoma, en las
coordenadas geográficas N: 01°11'62.8",
76°58'79.2", altitud 2208 m.s.n.m., se cuenta
con tres (03) tanques de almacenamiento emienterrados en concreto reforzado; uno con
una capacidad máxima de 173 m3 el cual e antiguo y dos con una capacidad máxima de
280 m3, los cuales con nuevos.
Caseta de cloración. Se cuenta con una caseta de cloración, donde funciona el equipo
de cloración para adición de cloro gaseoso.
4. CONSIDERACIONES TÉCNICAS
4.1 PARÁMETROS DE DISEÑO
De acuerdo al RAS 2000 y la Resolución No. 2320 del 27 de Noviembre de 2009, el
análisis de la demanda del agua para abas ecer el proyecto es el siguiente:
Población: según censo anexo al F N de Solicitud de Concesión de aguas
Superficiales, para el año 2014 la .oblación beneficiada del "ACUEDUCTO
MUNICIPAL, QUEBRADA S1GUINCHICA , equivale 831 usuarios y un promedio de
habitantes por vivienda de 5, para un tota de 4.155 habitantes aproximadamente, dato
que corresponde a la población actual a un nivel de complejidad medio según la
siguiente tabla:
Tabla 1. Nivel del sistema de acuerdo a la oblación
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Aprobó: Daniel Esteban Jurado Osorio
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legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 I/s, sobre la Quebrada Siguinchica, en las
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Corporación para el (Desarrollo Sostenible del "Sur de la Amazonía
Población
Menos de 2.500 habitantes
Entre 2.501 y 12.500 habitantes
Entre 12.501 y 60.000 habitantes
Más de 60.001 habitantes
Nivel de Complejidad del sistema
Bajo
Medio
Medio Alto
Alto
Fuente: Normas RAS 2000 Titulo E.
Población futura: Para obtener una cobertura del 100% en abastecimiento del recurso
hídrico se debe proyectar la población futura a beneficiar.
Pf = Pe (1+0' donde;
r = Rata de crecimiento (2.4% anual según DANE)
n = Años de vida útil de diseño (25 años)
Pe= Población existente (4.155 habitantes)
Pf = Población futura
Pe = 4.155 (1 + 0,024)25
Pf = 7.517 Habitantes
Dotación neta Máxima: para determinar la dotación neta máxima se tiene en cuenta la
demanda establecida en la Resolución No. 2320 de 27 de Noviembre de 2009 "Por la cual
se modifica parcialmente la Resolución No. 1096 de 2000 que adopta el Reglamento
Técnico para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico -RAS-".
La dotación neta máxima corresponde al agua requerida para satisfacer las necesidades
básicas de un habitante sin considerar las pérdidas que ocurran en el sistema de
acueducto, la cual no deberá superar los valores establecidos en la tabla No.2,
dependiendo del nivel de complejidad del sistema.
Tabla 2. Dotación Neta según nivel de complejidad.
Nivel de complejidad Dotación neta máxima población
del sistema
con clima frío
Bajo
Medio
Dotación neta máxima,
población clima cálido
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Alto
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Fuente, Resolución No. 2320 del 27 de NoVembre de 2009.
Se tomará una dotación neta de 115L/hab "a, teniendo en cuenta el clima de la zona, y
los desperdicios en el consumo y según el ivel de complejidad (medio) del proyecto
Correcciones de la Dotación Neta
Efecto del clima en la Dotación
Debido a que la temperatura de la zona s: debe corregir la Dotación en un 15% (Tabla
B.2.3 RAS 2000), dando como resultado u a dotación neta corregida teniendo en cuenta
la siguiente tabla.
Tabla 3. Nivel de complejidad del sistema % de pérdidas por efecto del clima.
Nivel de complejidad
del sistema
Bajo
Medio
Medio Alto
Alto
Clima cálido
(+ de 28°C)
+15%
+15%
+20%
+20%
Clima templado
(Entre 20°C y 28 °C)
+10%
+10%
+15%
+15%
Clima frío
(menos de 20°C)
No se
admite
corrección
por
clima
Teniendo en cuenta el clima de la zon se toma un 15% más de la dotación neta,
entonces se tendría una dotación de:
115 x 0.15 132 L/hab-día
Porcenta'e admisible de • érdidas té nicas: el porcentaje de pérdidas técnicas
admisibles no deberá superar el 25%, seg n Resolución 2320 de 2009.
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identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo). Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 l/s, sobre la Quebrada Siguinchica, en las
coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W:
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Corporación para erDesarrolTo Sosten:9-e del- Sur de fa Ameizonía
Dotación Bruta: Para determinar la Dotación bruta, se tiene en cuenta que el porcentaje
de pérdidas equivale al 25% y se aplica la fórmula:
D bruta =
D neta
= 176 L/hab-día
1- % pérdidas
Demanda de agua:
CAUDAL MEDIO DIARIO-QMD
Qmd = p*Dbruta/86400
Qmd = 15.3
Consumo industrial y comercial: Debido a las condiciones económicas de la población
se tendrá en cuenta un consumo industrial y comercial de 0.5 l/s.
Demanda = caudal domestico + caudal comercial e institucional
Demanda = 15.31/s + 0.5 L/s = 15.8 l/s = 161/s
Que el caudal requerido por el proyecto es de 16 L/s aproximadamente para uso
doméstico con una población beneficiada de 7.517 personas aproximadamente y 0,5 L/s
para uso industrial y Comercial.
Durante la visita se observa que el acueducto se encuentra operando, por consiguiente se
realizó aforo del caudal captado y se establece que se encuentran captando 15 l/s, donde
se pudo evidenciar el dato calculado anteriormente.
4.2 DESCRIPCIÓN DE LA FUENTE ABASTECEDORA Y CONSIDERACIONES
TÉCNICAS
La quebrada Siguinchica presenta un caudal de 470. L/s según el aforo realizado durante
la visita técnica. Por lo tanto, para otorgar la Concesión de aguas se debe tener en cuenta
lo siguiente:
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identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 1/s, sobré la Quebrada Siguinchica, en las
coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W: Is° m°1
76°58'48.4", para el proyecto "ACUEDUCTO MUNICIPAL" 4:"~
localizado en la Vereda La Esperanza del municipio de Colon,
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Corporación para elDesarrolk SostenibQ del Sur de la Amazonía
Caudal estiaje. Se determina de acuerdo a la época de verano de la región para esta
Fuente se tomara un porcentaje de reducci n en época de estiaje de 25%.
Caudal de estiaje: 470* 25%= 117.51/s, lo al deja un caudal disponible de 352.5 L/s.
Caudal ecológico. Es el requerimiento mí imo de agua para conservar la biodiversidad
existente en un cauce de agua superficial egún estudios de la CVC, puede oscilar entre
el 10 y el 30% del caudal medio mensual m Manual más bajo, para este caso se adquiere
el 30% del caudal ecológico, el cual corres onde a 141. L/s
Caudales otorgados. Para el caso, COR OAMAZONIA aguas arriba de la bocatoma no
ha otorgado ninguna Concesión de aguas bre la quebrada Siguinchica.
Caudal disponible. El caudal disponible p ra otorgar en una concesión, es el resultado
De restarle al caudal total, el caudal ec lógico, el caudal de época de estiaje y los
Caudales otorgados anteriormente.
Caudal disponible = Caudal Total-(Caudal stiaje+Caudal ecológico+Caudal Otorgado)
Caudal disponible = [470 — (1 r 7.51/s+141 l/s + 0)] l/s =211.51/s
De acuerdo con los cálculos realizados d
caudal disponible de la fuente hídrica, se
abastecimiento del acueducto, caudal que
según las normas técnicas y para este ca
agotada cuando las concesiones otorgada
demanda total de agua del proyecto y con el
comienda otorgar un caudal de 16 Ils para el
o altera las condiciones actuales de la fuente,
o se determinan que la fuente se considerará
sobre ella sumen los 211.5 L/s.
5. CONCEPTO
Revisada la documentación presentada
Servicios Públicos Domiciliarios, represe
GOYENECHE GOMEZ y de acuerdo
"ACUEDUCTO MUNICIPAL, QUEBRADA
Esperanza del Municipio de Colon, acued
a los habitantes del Municipio de Colo
aproximadamente corresponde a 831 usu
por la Asociación Junta Administradora de
tada legalmente por el señor HENRY JAIRO
con la visita se verificó que el proyecto
IGUINCHICA", se desarrollará en la vereda La
to que servirá para abastecer de agua potable
con una población actual 4.155 habitantes
ríos y una población futura de 3.362 habitantes
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DOMICILIARIOS, NIT No. 900515257-1 representada
legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 I/s, sobre la Quebrada Siguinchica, en las
coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0". W:
76°58'48.4". para el proyecto ACUEDUCTO MUNICIPAL"
localizado en la Vereda La Esperanza del municipio de Colon,
departamento Putumayo "
Corporacú5n para el- Desarma-o Sosterzilik der Sur de fa Amazont'a
en jurisdicción del municipio de Colon, departamento del Putumayo.
Que se observó que el acueducto se encuentra operando, y según aforo se establece que
actualmente se está captando un caudal igual a 15 l/s sobre la quebrada Siguinchica,
aunque el titular de la Concesión de Aguas Superficiales solicitó un caudal de 20I/s.
La demanda para abastecer y satisfacer el requerimiento de las necesidades básicas de
la población beneficiaria del acueducto Municipal de Colon es de 16 L/s. equivalente al
7.57% del caudal disponible de la fuente, por lo que se considera que la fuente tiene la
capacidad suficiente para abastecer los requerimientos hídricos del proyecto. La fuente se
considerará agotada, cuando los caudales de las concesiones futuras otorgadas en el
punto de captación superen los 211.5 I/s.
Es procedente otorgar Concesión de Aguas Superficiales a nombre de la
Asociación Junta Administradora de Servicios Públicos Domiciliarios NIT No.
900515257-1 representada legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE
GOMEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida en Puerto
Asís (Putumayo), para el proyecto "ACUEDUCTO MUNICIPAL, QUEBRADA
SIGUINCHICA", localizado en la Vereda La Esperanza del municipio de Colon,
departamento Putumayo, en una cantidad de 16 lis por 10 años, desde el punto de
captación, ubicado en la vereda La Esperanza cuyas coordenadas geográficas
Datum WGS84 son: N: 01°11'57.0", W: 76°58'48.4", altitud 2232 m.s.n.m.(...)"
Que en merito de lo anteriormente expuesto, CORPOAMAZONIA en uso de sus
facultades legales,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Otorgar a la ASOCIACIÓN JUNTA ADMINISTRADORA DE
SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. NIT No. 900515257-1 representada legalmente
por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ identificado con cédula de ciudadanía
No. 18.111.496 expedida en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 1/s, sobre la sobre la Quebrada Siguinchica, en las coordenadas
geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W: 76°58'48.4", para el proyecto
"ACUEDUCTO MUNICIPAL" localizado en la Vereda La Esperanza del Municipio de
Colon, Departamento Putumayo.
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Proyectó: Yanina Andrea Gómez Mutumbajoy
Aprobó: Daniel Esteban Jurado Osorio
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ARTÍCULO SEGUNDO: El término de la presente resolución es por diez (10) años
contados a partir de la ejecutoría de la presente Resolución, prorrogable previa revisión
por parte de la CORPOAMAZONIA, siempre y cuando no se presente cambios que
requieran de la modificación o derogatoria del presente acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: El titular de la concesión de aguas superficiales, deberá dar
especial cumplimiento a las siguientes obligaciones:
1.
Abstenerse de transferir por venta, donación o permuta las aguas de uso público o
constituir sobre ellas derechos persona les o de otra naturaleza.
2. Cumplir con las disposiciones legales eferentes al uso y goce de las aguas para su
mejor aprovechamiento salubridad e igiene, ocupación de bienes de uso público y
aquellas sobre las mismas materia s rijan en un futuro no habiendo posterior
reclamación por su parte.
3. Solicitar a la Corporación autorización revia en caso de ceder y hacer traspaso total
o parcial de la concesión otorgada.
4. Preservar la calidad de las aguas, cui ar y mantener la vegetación protectora de la
misma.
5. Dar a las aguas objeto de esta concesi n el uso dispuesto.
6. En el evento de generarse sobrantes devolverlos a la fuente de manera adecuada,
sin generar impactos que causen dete oro ambiental sobre el medio y el recurso.
7. Proteger. conservar la vegetación arbórea existente y promover la regeneración
natural y enriquecimiento de la franja paralela no inferior a 30m al lado y lado del
cauce de la Fuente hídrica abastecedora.
8. Regular el caudal y suspender el volumen de agua cuando no se requiera, con el fin
de evitar desperdicios y captar más de lo otorgado.
9. El Beneficiario deberá mantener las instalaciones y obras hidráulicas en condiciones
adecuadas;
10. Abstenerse de arrojar a los cuerpos de agua superficiales, residuos sólidos.
11. En cumplimiento a la ley 373 de 1997 se solicita a la Asociación Junta Administradora
de Servicios Públicos Domiciliarios instalar un dispositivo para la macro medición del
caudal de salida del tanque de almacenamiento y entregar estos reportes
semestrales a CORPOAMAZONIA.
12. Elaborar y/o incluir en el Programa de Ahorro y Uso Eficiente del agua, este debe ser
entregado dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de ejecutoria de la
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-Por rnVdio de la cual se otorga a la ASOCIACIÓN JUNTA
ADMINISTRADORA
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SERVICIOS
PÚBLICOS
DOMICILIARIOS. NIT No. 900515257-1 representada
legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 1/s. sobre la Quebrada Siguinchica, en las
coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W:
76°58'48.4", para el proyecto "ACUEDUCTO MUNICIPAL"
localizado en la Vereda La Esperanza del municipio de Colon,
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13.
14.
15.
16.
17.
presente providencia. En este programa se incluirá el programa de pérdidas en todo
el sistema (captación, aducción, conducción y distribución). Este programa deberá ser
aprobado por CORPOAMAZONIA. En todo caso la entidad podrá realizar los
requerimientos necesarios hasta lograr su respectiva aprobación.
Presentar ante la Dirección Territorial Putumayo, los costos de operación anual del
proyecto, dentro de los 30 días siguientes ala notificación de la resolución.
Permitir y facilitar a los funcionarios de CORPOAMAZONIA la realización de las
visitas técnicas de seguimiento y monitoreo de la presente resolución.
El beneficiario deberá consignar a favor de CORPOAMAZONIA, por seguimiento y
monitoreo de la presente resolución, los valores establecidos de acuerdo a las
normas y reglamentos vigentes de la Corporación, y presentar copia de la
consignación ante la Unidad Operativa Andino Amazónico, Oficina Sibundoy.
Cancelar a favor de CORPOAMAZONIA en la cuenta que se designe el valor
correspondiente por Tasa por Uso de Agua, de conformidad con lo establecido en la
normatividad vigente.
El titular de la presente providencia deberá tramitar con los propietarios, tenedores.
poseedores u ocupantes los actas de servidumbre requeridos para la operación del
proyecto "ACUEDUCTO MUNICIPALDE COLON, QUEBRADA SIGUINCHICA", así
como los que sean necesarios durante la vida útil del mismo, lo cual debe
presentarse en un término de 90 días posterior a la notificación de la presente
Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: CORPOAMAZONIA, se reserva el derecho de revisar esta
concesión de oficio o a petición de parte, cuando las circunstancias que se tuvieron en
cuenta para otorgarla hayan variado; como parte del seguimiento ambiental, el titular de la
presente resolución facilitará los elementos, personal e información necesaria para tal
verificación.
ARTÍCULO QUINTO: El beneficiario de la presente concesión de aguas deberá cancelar
a favor de CORPOAMAZONIA las tasas por utilización de agua. de conformidad con lo
establecido en el Decreto Reglamentario 155 de 2004 o la normatividad que se encuentre
vigente.
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identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
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en la cantidad de 16 l/s, sobre la Quebrada Siguinchica, en las
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ARTÍCULO SEXTO: CORPOAMAZONIA podrá revocar o suspender la presente
resolución, cuando quiera que las condici nes y exigencias por ella establecida no se
estén cumpliendo conforme a los términos el presente acto.
ARTÍCULO DECIMO PRIMERO: El titular e esta providencia se obliga al cumplimiento
de las normas establecidas en esta Resolución y a las que en particular contengan las
leyes y decretos vigentes y que regulen la materia y demás servicios ambientales.
ARTÍCULO SÉPTIMO: El incumplimiento de las normas y de las obligaciones impuestas
mediante esta Resolución dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en la
Ley 1333 de 2009, previo el trámite sancionatorio respectivo.
ARTÍCULO OCTAVO: Notifíquese personalmente o por aviso el contenido de la presente
providencia al señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ identificado con cédula de
ciudadanía No. 18.111.496 expedida en uerto Asís (Putumayo), o quien haga de sus
veces, en la Carrera 9 No. 2 — 75 Barrio C ntro — JASCOLON E.S.P. - en el municipio de
Colon, Departamento del Putumayo. confo me lo señalan los artículos 66, 67, 68, 69 y 71
del Código de Procedimiento Administrativ y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO NOVENO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición
que se interpondrá ante el Director Territorial Putumayo y el de apelación ante el Director
General de CORPOAMAZONIA los cuales deberán presentarse dentro de los Diez (10)
días hábiles siguientes a la diligencia de notificación personal o a la desfijación del edicto
si a ello hubiere lugar, con plena observanCia de los requisitos establecidos en los artículo
67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTICULO DÉCIMO SEXTO: Cuando CORPOAMAZONIA lo considere pertinente,
realizará visitas de seguimiento y monitor eo, sobre lo cual se emitirá concepto técnico,
para dejar constancia de lo observado n el terreno y del cumplimiento o no de las
obligaciones establecidas. Todos los coste s que se ocasionen en el seguimiento de esta
Autorización, correrán a cargo del solicitan e.
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DOMICILIARIOS, NIT No. 900515257-1 representada
legalmente por el señor HENRY JAIRO GOYENECHE GOMEZ
identificado con cédula de ciudadanía No. 18.111.496 expedida
en Puerto Asís (Putumayo), Concesión de Aguas Superficiales
en la cantidad de 16 l/s, sobre la Quebrada Siguinchica. en las
coordenadas geográficas Datum WGS84 N: 01°11'57.0", W:
76°58'48.4", para el proyecto "ACUEDUCTO MUNICIPAL"
localizado en la Vereda La Esperanza del municipio de Colon,
departamento Putumayo"
ISO 9001
41,1P.0.13,19
Corporación para elDesarroCIO Sostenible del Sur tle Ca Amazonía
ARTÍCULO DÉCIMO SEPTIMO: Publíquese el contenido de la presente Resolución en la
página Web de Corpoamazonia www.corpoamazonia.qov.co , el día de su notificación.
ARTÍCULO DECIMO: Remitir copias de la presente Resolución a la Procuraduría Judicial,
Ambiental y Agraria de Nariño y Putumayo, para lo de su Competencia y fines pertinentes.
ARTÍCULO DECIMO PRIMERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su
ejecutoria.
NOTIFÍQUESE, COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Mocoa (Putumayo), a los
2 0 MAR 2015
MANUE HOYDE
Z OSSA
Dir ctor Territoria Putumayo
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