LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y LA UNIDAD DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA DE NUEVO LEÓN; CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 61 DE LA LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE; Y 9 FRACCIÓN II, X, XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN CONVOCAN AL PERSONAL DEL SISTEMA FEDERAL CON FUNCIONES DOCENTES, TÉCNICO DOCENTES, DE DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN, ASÍ COMO DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN, EN LA EDUCACIÓN BÁSICA, QUE DESEE PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE PERMUTAS DE ADSCRIPCIÓN, CICLO ESCOLAR 2015-2016, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES: BASES I. 1. 2. 3. 4. 5. 6. II. 1. 2. 3. 4. CRITERIOS Ocupar su(s) plaza(s) con nombramiento definitivo Encontrarse en servicio activo al momento de solicitar permuta de adscripción y hasta la conclusión del programa; por lo tanto, no deberá disfrutar de licencia de ningún tipo excepto por gravidez. Obtener su solicitud de permuta de adscripción en la página www.uienl.edu.mx Contar con al menos un año de servicio ininterrumpido a la fecha de la solicitud, desempeñando funciones Docentes, Técnico Docentes, de Dirección, Supervisión o de Apoyo y Asistencia a la Educación, en el Centro de Trabajo de Adscripción. Constancia de servicios expedida por el departamento de Registros y Controles del Sistema Federal, en la que asiente el tipo de nombramiento definitivo en la(s) plaza(s) que ostente, fecha de ingreso a la SEP, plaza presupuestal y domicilio del centro de trabajo. Acreditar el perfil académico correspondiente y desempeñar las funciones Docentes, Técnico Docente, de Dirección o Supervisión, previstas en la Ley General del Servicio Profesional Docente; el personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, deberá presentar constancia o certificado del último grado de estudios. REGLAS La Secretaría de Educación en el Estado de Nuevo León, validará la información de las solicitudes y los requisitos que se integran a las mismas; comprobará que los interesados cumplan con todos los términos con lo dispuesto en la presente Convocatoria; con base en ello, determinará o no la procedencia de la permuta de adscripción. Las permutas de adscripción que se autoricen se realizarán en el mismo nivel educativo; tipo de servicio o modalidad; según corresponda; en el cual preste sus servicio el trabajador; para los Docentes y Técnico Docentes que se desempeñan por hora-semana-mes, se aprobarán en la asignatura, tecnología o taller de que se trate, con el mismo número de horas. Las permutas de adscripción que se autoricen para el personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, se realizarán con la misma plaza que ocupa el trabajador. La permuta será concertada de común acuerdo entre los trabajadores que la soliciten; por lo tanto, deberán manifestar su consentimiento a través de la solicitud de permuta. En tal virtud, se dará por entendido que ambos solicitantes están de acuerdo sobre las condiciones en que se realizará el movimiento. 5. 6. Al personal que realiza funciones Docentes, Técnico Docentes, de Dirección y Supervisión, así como al de Apoyo y Asistencia a la Educación que se les autorice una permuta de adscripción, y cuente con nivel de Carrera Magisterial, Compensación de Fortalecimiento Curricular o de otro Sistema de Promoción, el movimiento se realizará en las mismas condiciones. Si el interesado desiste de llevar a cabo su permuta de adscripción deberán estar de común acuerdo los interesados y cancelar por escrito su solicitud de forma mancomunada, ante las instancias competentes, en la fecha señalada en esta Convocatoria, ya que una vez autorizado el movimiento, tendrá carácter de irrevocable. III. REQUISITOS 1. Solicitud de permuta de adscripción que el interesado deberá obtener en la página www.uienl.edu.mx y requisitarla de acuerdo al instructivo disponible en la misma. 2. Copia del último comprobante de pago. 3. Documentación que avale el registro, deberá ser entregada por el interesado en la Dirección de Selección y Contratación del 28 de mayo al 7 de junio del 2015. IV. GENERALES 1. Las permutas de adscripción se llevarán a cabo solamente al término del ciclo escolar 2014-2015; se efectuarán en estricto apego a lo establecido en el Artículo 61 de la Ley General de Servicio Profesional Docente, salvo aquellos que por causas de fuerza mayor lo ameriten. 2. De acuerdo a lo establecido en el inciso anterior, los cambios de adscripción serán a partir del inicio del ciclo escolar 2015-2016; con efectos del 16 de Agosto de2015. 3. El trabajador solamente podrá presentar un tipo de solicitud, de cambio o permuta de adscripción. 4. Toda solicitud de permuta de adscripción que contenga datos falsos, será anulada. 5. El personal con funciones de Supervisión, Dirección, Docentes, Técnico Docentes y de Apoyo y Asistencia a la Educación, de Educación Básica, no podrá hacer una permuta de adscripción definitiva si le faltan menos de cinco años para su pensión por jubilación, ni temporal por un tiempo mayor al que le falte para adquirir estos derechos 6. La cancelación de la solicitud de permuta de adscripción, solo podrá tramitarse por escrito dirigido a la Secretaría de Educación en el Estado de Nuevo León, en la fecha establecida en la presente Convocatoria. 7. La Secretaría de Educación, analizará y resolverá las solicitudes de cambios de adscripción y verificará que las mismas reúnan todos los requisitos previstos en esta Convocatoria. 8. La aprobación de las solicitudes a que se refiere la presente Convocatoria, será de acuerdo a los criterios establecidos; los resultados se publicará en la página electrónica www.uienl.edu.mx. 9. La Secretaría de Educación en Nuevo León, únicamente tomará en consideración las solicitudes que hayan sido presentadas en tiempo y forma, en términos de lo previsto en la presente Convocatoria. 10. Las permutas de adscripción de centros de trabajo autorizados, deberán ser formalizados con el trámite de movimientos en los Nombramientos y Órdenes de Presentación respectivos. V. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. VI. 1. 2. FECHAS DEL PROCESO Publicación de la Convocatoria: el 27 de Mayo de 2015. Registro de solicitudes: Del 28 de mayo al 7 de junio de 2015 en la página www.uienl.edu.mx Recepción de solicitudes y documentación: del 28 de mayo al 7 de junio en mesas de trabajo y oficinas regionales. Revisión y Cancelación de solicitudes: el 8 y 9 de junio del 2015. Difusión de resultados: 10 de Junio de 2015. Entrega de oficios de asignación: 10 al 14 de Agosto de 2015. Efectos del movimiento de permuta de adscripción: 16 de Agosto de 2015. OTROS No podrán participar en el proceso quienes se encuentren con exceso de incapacidades médicas y/o proceso de litigio administrativo–judicial con la Secretaría de Educación; salvo aquellos casos que sean autorizados por el Comité Institucional de la Secretaría de Educación. Todo aquel movimiento efectuado producto de la presente convocatoria quedará sin efecto en caso de presentar alguna irregularidad detectada durante o posterior a este proceso y quedará a disposición del nivel para ubicarse donde las necesidades del servicio lo requieran. 3. Solo podrá acceder a un solo movimiento de cambio durante el evento, no aceptándose modificaciones o cancelaciones. 4. Los criterios no previstos en la presente, serán resueltos por el Comité Institucional, presidido por el Subsecretario de Recursos Humanos, y conformado por personal de la Dirección de Selección y Contratación; Dirección de Relaciones Laborales; Dirección de Nóminas y Prestaciones; Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente y la Dirección Jurídica. Todos los trámites relacionados con la presente Convocatoria, son totalmente gratuitos. 5. Monterrey, N. L., a 27 de mayo de 2015. ATENTAMENTE SECRETARIÍA DE EDUCACIÓN EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN
© Copyright 2024 ExpyDoc