Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social DIRECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, AFINES Y TECNOLOGÍA SANITARIA REQUISITOS PARA LA HABILITACION Y REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS DE ASEO Y BELLEZA DE LA PIEL, MASAJE ESTETICO, SAUNA, GIMNASIA Y ACTIVIDADES AFINES FORMULARIOS Solicitud: (3 copias) a nombre del propietario/s o representante/s legal/es y responsable técnico del establecimiento a habilitar; firmada en original con aclaración de firma. Rótulo: (3 copias) llenado y firmado en original con aclaración de firmas. Contrato de prestación de servicio (3 copias) llenado y firmado en original con aclaración de firmas. Este contrato se adjuntara en caso de que el propietario del establecimiento no sea el responsable técnico (regente) PLANOS: Planta arquitectónica: en escala 1:50 (3 copias), los planos deberán estar acotados, con nombre de ambientes y equipamientos fijos, firmados por profesional Arquitecto o Ingeniero Civil. Obs.; Si la construcción del establecimiento superan los 1000 m2, la escala será 1:100. Planta de ubicación: en escala 1:500 (3 copias), con nombre de calles y contorno del edificio y el terreno, ambos acotados y orientación; en el interior del país, indicar elementos de referencia. Presentar los planos en formato digital (pdf o autocad) en 1(un) CD DOCUMENTACION Fotocopia de los documentos de identidad (de Paraguay), actualizados, del propietario/s o representante legal/es, regente/s Fotocopia del registro profesional, actualizado, del regente (Responsable técnico acorde a la especialidad a habilitar). En caso de sociedad, presentar fotocopia de la constitución y acta de última asamblea protocolizada por escribanía. Fotocopia del RUC (Propietario, Representante legal o Sociedad) Fotocopia del contrato de alquiler con certificación de firma por escribanía y actualizado; de ser propio, recibo de impuesto inmobiliario a nombre del propietario actualizado. PAG. ¼ Brasil y F.R. Moreno - 1er. Piso Tel.:204 714 [email protected] Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social DIRECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, AFINES Y TECNOLOGÍA SANITARIA Factura de servicios básicos: luz, agua o teléfono del local, donde conste la Cta. Cte. Ctral., en caso de ser alquilado. Fotocopia de la Patente Municipal del Arquitecto / Ingeniero Civil, actualizada. Protocolo de procedimientos firmado por los responsables del establecimiento. Nomina de personal (profesionales, técnicos y auxiliares), donde conste nombre y apellido, C. I. (actualizada), Reg. Prof. (actualizado), profesión y especialidad, firmado por los responsables del establecimiento. Contrato de trabajo entre la empresa y los profesionales (según nomina de personal). Inventario de muebles y equipos, por área, firmado por el propietario y/o regente. Sistema de prevención de incendios (factura de compra o recarga de extintores y/o aprobación o informe que avale la seguridad del sistema dado por el municipio o el cuerpo de bomberos.). Debe contar con botiquín de primeros auxilios. Letrero REQUISITOS FÍSICOS: Áreas mínimas: Recepción y sala de espera: Área. mínima.: 5 m². El área debe contar con servicio higiénico. . Salas de tratamiento (aseo y belleza de la piel, masajes estéticos): Cada sala contará con el mobiliario y equipamiento necesarios, es decir: camillas, aparatos, etc. Los locales de tratamiento tendrán pisos de material lavable y antideslizante. No de alfombra ni material similar. Los locales de tratamiento tendrán lavamanos o dispensador de alcohol en gel y toallitas de papel. Si se tratara más de un paciente se protegerá la intimidad de los mismos utilizando mamparas, cortinas u otros medios de separación. Cada box de tratamiento tendrán un mínimo de dos (2) metros por 1,50 metros. Según tratamiento a realizar se requerirá vestuario, o solamente un área en la sala, destinada al efecto. Se recomiendan vestuarios separados para damas y caballeros, según la cantidad de pacientes. PAG. 2/4 Brasil y F.R. Moreno - 1er. Piso Tel.:204 714 [email protected] Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social DIRECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, AFINES Y TECNOLOGÍA SANITARIA Sauna: Sala de sauna azulejada o revestimiento de madera con fijaciones adecuadas. Especificar el tipo de equipo o aparato generador de calor Debe contar con SS.HH. y vestuario (diferenciados). Especificar, en un lugar visible, las recomendaciones antes del ingreso al sauna. Gimnasios: Gimnasia con aparatos, superficie mínima: 20 m2, excluido el SS.HH. Gimnasia de suelo, superficie mínima: 16 m2 (especificar tipo de pavimento o piso), excluido el SS.HH. Los pisos serán de material lavable y antideslizante. No de alfombra ni material similar. Deberán contar con SS.HH. y vestuario (diferenciados). Servicios higiénicos (SS.HH.): Es recomendable que el suelo sea de material antideslizante y de fácil limpieza.. Se recomiendan baños diferenciados para damas y caballeros, según la cantidad de pacientes. Cuarto de la limpieza: Se recomienda contar con un cuarto de dimensiones reducidas en el que se guardarán todos los enseres de limpieza. El establecimiento debe estar adaptado para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas para personas discapacitadas. Tendrá como mínimo un baño con acceso y elementos necesarios para personas discapacitadas que utilicen silla de ruedas, muletas, etc. FORMULARIOS A LLENAR SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS(Formulario N°1) ROTULOS (Formulario N°2) CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO ( Formulario N°3) NOMINA DE RR. HH. (Formulario Nº 6) PAG. 3/4 Brasil y F.R. Moreno - 1er. Piso Tel.:204 714 [email protected] Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social DIRECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, AFINES Y TECNOLOGÍA SANITARIA OBSERVACIONES: Todos los documentos fotocopiados, deben ser autenticados por Escribanía o Juez de Paz. Los documentos deben ser distribuidos y presentados en tres carpetas archivadoras rotulas, según orden de requisitos, las cuales contendrán todos los documentos solicitados y serán foliadas y rubricadas de menor a mayor, agregando índice de contenido. Adjuntar dos hojas folio para los certificados. Es de rigor la presencia del regente, propietario y/o representante legal en las inspecciones realizadas al establecimiento. Es obligación de los responsables de los establecimientos comunicar inmediatamente cualquier tipo de cambio que se registre en el servicio, so pena de incurrir en faltas establecidas en el Código Sanitario (Ley 836/80). Para renovación, traslado o cualquier otro tramite presentar fotocopia del certificado de registro y habilitación anterior. Las habilitaciones duran 5 (cinco) años. TODO TRAMITE CULMINA CON EL PAGO DE LOS ARANCELES. LA INSPECCION ES SOLO UN PASO PARA LA POSTERIOR APROBACION Y REGISTRO DEL EXPEDIENTE. SE CONSIDERA UN PLAZO NO MAYOR A TRES (3) MESES, POSTERIOR A LA INSPECCION, PARA GESTIONAR LA HABILITACIÓN, DE CUMPLIRSE ESTE PLAZO SE DARAN DE BAJA A LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS, DEBIENDO REINICIARSE EL TRAMITE, ADEMAS DE INFORMAR A ASESORIA JURIDICA PARA LO QUE CORRESPONDA EN DERECHO (LEY 836/80), PREVIO SUMARIO ADMINISTRATIVO. PAG. 4/4 Brasil y F.R. Moreno - 1er. Piso Tel.:204 714 [email protected]
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