2.0 CIRCULAR 006 Bogotá D.C., 09 de abril de 2015 PARA ALCALDES MUNICIPALES ASUNTO: Diligenciamiento Encuesta Ambiental 2015, Vigencia 2014 Cordial saludo señores Alcaldes. De conformidad con el artículo 46 de la Ley 42 de 1993 y el numeral 7° del artículo 268 de la Constitución Política de Colombia, se establece la presentación del Informe Anual del Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente del Departamento de Cundinamarca; aspecto que viene atendiendo la Contraloría de Cundinamarca dentro del marco de sus competencias. Motivo por el cual para la elaboración y presentación de Informe del año 2015 vigencia 2014, se ha definido nuevamente dentro de su contenido un análisis comparativo de los bienes y servicios ambientales ofertados y demandados en el territorio municipal, en relación a los años 2012 y 2013, mediante una evaluación en los sectores de Ambiente, Agua Potable, Saneamiento Básico y Gestión del Riesgo. La información será recopilada mediante la encuesta adjunta a esta comunicación, la cual debe ser diligenciada en los siguientes términos: 1. Todos los campos obligatorios de la encuesta (señalados con un asterisco rojo - * -) deben ser diligenciados. Si no hay datos o información, así se debe indicar, de lo contrario el aplicativo no lo dejara continuar. 2. La información suministrada debe corresponder a la vigencia 2014 teniendo como corte el 30 de diciembre del citado año. 3. Los funcionarios responsables por parte de la administración municipal en responder la encuesta, deben indicar su nombre completo y cargo. 4. La administración municipal deberá coordinar con las entidades descentralizadas del orden municipal que considere pertinentes el diligenciamiento de la encuesta. 5. Para acceder a la encuesta debe contar con conexión a internet y remitirse al siguiente link: https://docs.google.com/forms/d/1eyBbuif2Fi2HkqEvVqza0_64Tlr2Zi7IHyrI3YQXys/viewform?usp=send_form 6. No se tendrán en cuenta las encuestas diligenciadas en otro formato o forma que no sea la del link indicado para la presentación de la encuesta. De la misma manera y en aras de ayudar a que el proceso se realice de la mejor forma, se remite la encuesta en formato "PDF", esto con el “Control Fiscal Responsable y Participativo” Calle 49 No. 13-33 PBX 3394460 www.contraloriadecundinamarca.gov.co propósito de realizar un documento borrador antes de subir la información al link correspondiente. 7. La encuesta debe ser enviada una sola vez. Se solicita ser cuidadosos al momento de subirla, esto con el fin de no generar duplicidad en la información suministrada. 8. La administración municipal deberá consolidar la totalidad de la información en los cuatro sectores y remitirla a más tardar el 29 de mayo de 2015. Cualquier observación o aclaración que sea necesaria con respecto a la encuesta, puede ser solicitada al teléfono 339 4460 extensiones 407, 408 Y 222 o a los correos electrónicos enunciados a continuación, esto antes del 08 de mayo del 2015. [email protected] [email protected] [email protected] El no envió de información dentro del plazo establecido, dará lugar a la aplicación del artículo 101 de la Ley 42 de 1993. Cordialmente, “Control Fiscal Responsable y Participativo” Calle 49 No. 13-33 PBX 3394460 www.contraloriadecundinamarca.gov.co
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