_________________________________________________________________________ : REQUERIMIENTOS TÉCNICO ADMINISTRATIVOS POR TIPO DE ESTABLECIMIENTO TIPO DE ESTABLECIMIENTO JUNTA COMPETENTE PARA EJECUCIÓN DE INSPECCIÓN ÓPTICAS Definición: Se considera establecimiento de óptica, todo local, o parte debidamente circunscrita de él, donde se expendan anteojos o lentes con fuerza dióptrica o donde se adapten y expendan lentes de contacto, tengan o no fuerza dióptrica, el despacho de los lentes ó anteojos deberá efectuarse exclusivamente bajo receta. JUNTA DE VIGILANCIA DE LA PROFESIÓN MÉDICA (JVPM) Los requerimientos técnico administrativos y que serán verificados en la inspección que se realizará a su establecimiento se detallan a continuación. Estos requerimientos se clasifican en los siguientes dos grandes grupos: Requerimiento Crítico y Requerimiento Mayor. Los Requerimientos Críticos son aquellos cuya ausencia o incumplimiento puede poner en riesgo la salud de la población o incumplir las disposiciones legales establecidas. Todos estos requerimientos deberán ser cumplidos en su totalidad (100%) para obtener informe favorable de la inspección de la Junta correspondiente. Los Requerimientos Mayores son aquellos requeridos para la atención de la población; su ausencia o incumplimiento no pone en riesgo la salud de la misma. El 80 % de este conjunto de requerimientos deberá ser cumplido por el establecimiento para obtener el informe favorable de la inspección realizado de la Junta correspondiente. REQUERIMIENTO GENERAL Nº 1 INFRAESTRUCTURA FISICA REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS 1. Sala de ventas y exhibición DESCRIPCIÓN Este criterio incluye todo lo referente a las especificaciones de infraestructura del establecimiento a inscribir, se detallan las especificaciones mínimas para la autorización de apertura y funcionamiento del mismo. NORMATIVA QUE FUNDAMENTA LA CLASIFICACIÓN DEL DESCRIPCIÓN SOLICITUD DEL REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO Esta área física debe permitir la Acuerdo tomado por permanencia de sillas de espera, la Junta de Vigilancia mostradores. de la Profesión Médica en Sesión CRÍTICO Así mismo, debe contar con luz cuarenta y dos de natural y artificial, la cual puede ser fecha cinco de blanca o amarilla, ventilación noviembre de 2009. externa o aire acondicionado, Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Página 1 de 5 _________________________________________________________________________ escritorio para recepción y teléfono Debe contar con una mesa, cuya altura permita estar sentado al usuario con el fin de acomodar los lentes, al momento de su entrega. Esta área debe contar con un espacio físico de uso exclusivo, además se requiere que esté separada de la sala de ventas y/o recepción por medio de puerta. 2. Consultorio 3. Servicio sanitario personal y/o usuario para REQUERIMIENTO GENERAL Nº 2 EQUIPO REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS 1. Sillón o stand 2. Caja de Prueba 3. Lensometro El establecimiento deberá contar con un servicio sanitario como mínimo para el uso de personal y/o usuarios, el cual debe estar señalizado. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. CRÍTICO MAYOR DESCRIPCIÓN En este requerimiento se detalla el equipo con que se debe contar en el consultorio para garantizar un diagnóstico correcto NORMATIVA QUE FUNDAMENTA LA CLASIFICACIÓN DEL DESCRIPCIÓN SOLICITUD DEL REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO Debe estar ubicado en el área de consultorio y su uso será destinado exclusivamente para este fin Acuerdo tomado por Funciones: permitir estudiar con la Junta de Vigilancia oftalmoscopio, la medición de de la Profesión agudeza visual y campimetria. Médica en Sesión CRÍTICO Sillón de refracción con elevación cuarenta y dos de (altura ajustable) automática, fijo o fecha cinco de reclinable, con base para el noviembre de 2009. proyector y brazo giratorio con foróptero digital. El establecimiento deberá contar con caja de prueba (aproximadamente 200- 300 lentes y 17 pares de esferas, para medir la refracción ocular) Se requiere contar con un lensometro o frontofocometro que sirva para medir la potencia de un lente; debe contar con su soporte y estar en la capacidad de Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de CRÍTICO CRÍTICO Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Página 2 de 5 _________________________________________________________________________ determinar: poder efectivo de las lentes esféricas, positivas o negativas, poder de las lentes cilíndricas, eje de los cilindros, poder prismático, centro óptico de una lente, poder de la adición de los bifocales. 4. Foroptero 5. Retinoscopio 6. Oftalmoscopio 7. Proyector de optotipos 8. Cartilla de pruebas 9. Lámpara auxiliar Deberá medir la capacidad de una persona de ver a una distancia específica. Este equipo podrá ser manual o computarizado. Deberá determinar de forma objetiva la refracción del ojo; este equipo debe ser manual, con su respectivo mango y cabezal, además de baterías en buen estado. Debe ser manual, con su respectivo mango y cabezal, además de baterías en buen estado. Debe contar con un proyector de Optótipos para: Niños; Letras; iletrados (tipos A, C, F, B1); por lo menos 50 cartas. Para evaluar la refracción subjetiva. Deben contar con Juego de cartillas a distancia o su equivalente tecnológico. Da lectura directa o de visión dicromática. Las especificaciones de cada uno de los elementos señalados, serán determinadas por las unidades médicas de acuerdo a sus necesidades. Debería contar con una lámpara auxiliar de baterías. fecha cinco de noviembre de 2009. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. CRÍTICO CRÍTICO CRÍTICO CRÍTICO Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. CRÍTICO Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. CRÍTICO Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Página 3 de 5 _________________________________________________________________________ 10. Calentador de vapor Debe contar con un calentador de vapor para el ajuste de los aros. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. CRÍTICO Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Página 4 de 5 _________________________________________________________________________ REQUERIMIENTO GENERAL Nº 3 PERSONAL REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS 1.Oftalmólogo y/o Optometrista 2. Asesor Visual DESCRIPCIÓN Personal con que debe contar una óptica, para un correcto diagnostico visual NORMATIVA QUE FUNDAMENTA LA CLASIFICACIÓN DEL DESCRIPCIÓN SOLICITUD DEL REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO La regencia de la Óptica deberá ser Acuerdo tomado por ejercida por un oftalmólogo y/o la Junta de Vigilancia optometrista autorizado por la de la Profesión JVPM, quien será el responsable Médica en Sesión CRÍTICO de realizar el examen visual cuarenta y dos de oftalmológico y/o optométrico. fecha cinco de noviembre de 2009. Debería contar con un asesor visual que recomiende el tipo de aro que le conviene al paciente, y realice los ajustes de los aros y lentes de contacto Es opcional. Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. MAYOR PARA MAYOR INFORMACIÓN CONSULTA TELEFÓNICA: 21212548 Gentilmente atendido por la Sección de Inspectoría de la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica CONSULTA ELECTRÓNICA: juntamedica@cssp. gob.sv Acuerdo tomado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en Sesión cuarenta y dos de fecha cinco de noviembre de 2009. Página 5 de 5
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