Gaceta No. 27 de fecha 03 de junio del 2015. Edicto, por el que se

Año: 03
No. 27
Ciudad Típica de Metepec, a 3 de junio de 2015
EDICTO
POR EL QUE SE NOTIFICA A LOS CC. LUIS TREJO SOLIS,
GUADALUPE LUCIO PAVÓN, JOSÉ VILLALBA BLANCAS,
ENRIQUE SALAZAR MARTÍNEZ Y VALENTÍN BENJAMÍN
RAMÍREZ MEJÍA Y HOMERO GARCÍA ELIZONDO, LA
RESOLUCIÓN EMITIDA EN LOS PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS.
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“2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón”
SE NOTIFICA RESOLUCIÓN
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 109 fracción III y 113 de la Constitución
Política de los Estado Unidos Mexicanos; 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de México; 110, 111 y 112 fracciones XVI y XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México; I, 2, 3 fracción IV y VI, 47 tercer párrafo,49, 52, 58, 59 fracción I, 63, 79 y 80 fracción II de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 1.2, 1.4, 1.8 del
Código Administrativo del Estado de México; 124 y 129 fracciones I, II y III del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México; 37 fracción III del Bando Municipal de
Metepec, publicado en la Gaceta Municipal en fecha cinco de febrero del dos mil quince; Libro
Segundo, Capitulo I, articulo 25, letra A, fracción III y Capitulo III artículos 37 y 38 fracciones XVI, XVII
y XXIV del Compendio de Reglamentación Municipal de Metepec Estado de México, publicado
en la Gaceta Municipal, el cinco de febrero de dos mil quince, y Acuerdo 143/2015 publicado en
Gaceta Municipal el cuatro de mayo de dos mil quince; se notifica a los CC. LUIS TREJO SOLIS,
GUADALUPE LUCIO PAVÓN, JOSÉ VILLALBA BLANCAS, ENRIQUE SALAZAR MARTÍNEZ Y VALENTÍN
BENJAMÍN
RAMÍREZ
MEJÍA Y HOMERO GARCÍA ELIZONDO, la resolución emitida en los
procedimientos administrativos que se llevan en cada uno de los expedientes que se mencionan a
continuación:
RESPONSABLE
LUIS TREJO
SOLIS
EXPEDIENTE
CM/MET/MB/004
/2013
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- Esta autoridad administrativa determina que el C. LUIS TREJO
SOLIS es administrativamente responsable de haber infringido lo
establecido en lo dispuesto por los artículos 42 fracciones XIX y XXII, y 80
fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado y Municipios; y artículo 1.1 fracción II y 1.2 fracción VII inciso a)
del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación
Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus
Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el once de febrero
de dos mil cuatro; en virtud de lo expuesto en la presente resolución.
SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 43 y 80 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios,
esta autoridad impone al C.LUIS TREJO SOLIS , la sanción pecuniaria
consistente en quince días del sueldo base presupuestal que percibió
como COORDINADOR B, adscrito a la CONTRALORÍA MUNICIPAL del H.
Ayuntamiento de Metepec, México, lo que asciende a la cantidad de
$14,579.70 (catorce mil quinientos setenta y nueve pesos 70/100 M.N.);
misma que deberá pagar en la Tesorería del H. Ayuntamiento de
Metepec, Estado de México, en un plazo de diez días hábiles contados
a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta sus efectos la
notificación de la presente resolución, apercibido de que en caso de
incumplimiento, se procederá a su cobro mediante el procedimiento
económico coactivo de ejecución, en términos de lo dispuesto por los
artículos 29 y 30 del Código Financiero del Estado de México y
Municipios y 31 del Código de Procedimientos Administrativos del
Estado de México.
H. Ayuntamiento de Metepec 2013-2015
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“2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón”
GUADALUPE
LUCIO
PAVÓN
JOSÉ
VILLALBA
BLANCAS
CM/MET/MB/015/
2013
CM/MET/MB/018/2
013
PRIMERO.- Esta autoridad administrativa determina que la C.
GUADALUPE LUCIO PAVÓN es administrativamente responsable de
haber infringido lo establecido en lo dispuesto por los artículos 42
fracciones XIX y XXII, 79 párrafo segundo inciso a) y 80 fracción II de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios; y artículo 1.1 fracción II del Acuerdo que Norma los
Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores
Públicos del Estado de México y sus Municipios, publicado en la Gaceta
del Gobierno el once de febrero de dos mil cuatro; en virtud de lo
expuesto en la presente resolución.
SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 43 y 80 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios,
esta autoridad impone a la C. GUADALUPE LUCIO PAVÓN, la sanción
pecuniaria consistente en quince días del sueldo base presupuestal que
percibió como Policía “C”, adscrita a la Dirección de Seguridad Pública,
Tránsito y Bomberos del H. Ayuntamiento de Metepec, México, lo que
asciende a la cantidad de $3,984.49 (tres mil novecientos ochenta y
cuatro pesos 49/100 M.N.); misma que deberá pagar en la Tesorería del
H. Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, en un plazo de diez
días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que
surta sus efectos la notificación de la presente resolución, apercibido de
que en caso de incumplimiento, se procederá a su cobro mediante el
procedimiento económico coactivo de ejecución, en términos de lo
dispuesto por los artículos 29 y 30 del Código Financiero del Estado de
México y Municipios y 31 del Código de Procedimientos Administrativos
del Estado de México.
PRIMERO.- Esta autoridad administrativa determina que el C. JOSÉ
VILLALBA BLANCAS es administrativamente responsable de haber
infringido lo establecido en lo dispuesto por los artículos 42 fracciones
XIX y XXII, 79 párrafo segundo inciso a) y 80 fracción II de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; y
artículo 1.1 fracción II del Acuerdo que Norma los Procedimientos de
Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado
de México y sus Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el
once de febrero de dos mil cuatro; en virtud de lo expuesto en la
presente resolución.
SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 43 y 80 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios,
esta autoridad impone al C. JOSÉ VILLALBA BLANCAS, la sanción
pecuniaria consistente en quince días del sueldo base presupuestal que
percibió como Policía 3°, adscrito a la Dirección de Seguridad Pública,
Tránsito y Bomberos del H. Ayuntamiento de Metepec, México, lo que
asciende a la cantidad de $4,047.93 (cuatro mil cuarenta y siete pesos
93/100 M.N.); misma que deberá pagar en la Tesorería del H.
Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, en un plazo de diez días
hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta sus
efectos la notificación de la presente resolución, apercibido de que en
caso de incumplimiento, se procederá a su cobro mediante el
procedimiento económico coactivo de ejecución, en términos de lo
dispuesto por los artículos 29 y 30 del Código Financiero del Estado de
México y Municipios y 31 del Código de Procedimientos Administrativos
del Estado de México.
H. Ayuntamiento de Metepec 2013-2015
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“2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón”
ENRIQUE
SALAZAR
MARTÍNEZ
VALENTÍN
BENJAMÍN
RAMÍREZ
MEJÍA
CM/MET/MB/045/
2013
CM/MET/MB/057/
2013
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PRIMERO.- Esta autoridad administrativa determina que el C. ENRIQUE
SALAZAR MARTÍNEZ es administrativamente responsable de haber
infringido lo establecido en lo dispuesto por los artículos 42 fracciones
XIX y XXII, 79 párrafo segundo inciso a) y 80 fracción II de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; y
artículo 1.1 fracción II del Acuerdo que Norma los Procedimientos de
Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de
México y sus Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el once
de febrero de dos mil cuatro; en virtud de lo expuesto en la presente
resolución.
SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 43 y 80 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios,
esta autoridad impone al C.ENRIQUE SALAZAR MARTÍNEZ, la sanción
pecuniaria consistente en quince días del sueldo base presupuestal que
percibió como Policía, adscrito a la Dirección de Seguridad Pública,
Tránsito y Bomberos del H. Ayuntamiento de Metepec, México, lo que
asciende a la cantidad de $4,143.88(cuatro mil ciento cuarenta y tres
pesos 88/100 M.N.); misma que deberá pagar en la Tesorería del H.
Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, en un plazo de diez días
hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta sus
efectos la notificación de la presente resolución, apercibido de que en
caso de incumplimiento, se procederá a su cobro mediante el
procedimiento económico coactivo de ejecución, en términos de lo
dispuesto por los artículos 29 y 30 del Código Financiero del Estado de
México y Municipios y 31 del Código de Procedimientos Administrativos
del Estado de México.
PRIMERO.- Esta autoridad administrativa determina que el C. VALENTÍN
BENJAMÍN RAMÍREZ MEJÍA es administrativamente responsable de haber
infringido lo establecido en lo dispuesto por los artículos 42 fracciones
XIX y XXII, 79 párrafo segundo inciso a) y 80 fracción II de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; y
artículo 1.1 fracción II del Acuerdo que Norma los Procedimientos de
Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado
de México y sus Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el
once de febrero de dos mil cuatro; en virtud de lo expuesto en la
presente resolución.
SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 43, 49 fracción VII y 80 de
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios, esta
autoridad impone al C.VALENTÍN BENJAMÍN RAMÍREZ MEJÍA, la sanción
pecuniaria consistente en quince días del sueldo base presupuestal que
percibió como Policía 3° adscrito a la Dirección de Seguridad Pública,
Tránsito y Bomberos del H. Ayuntamiento de Metepec, México, lo que
asciende a la cantidad de $4,641.14 (cuatro mil seiscientos cuarenta y
un pesos 14/100 M.N.); misma que deberá pagar en la Tesorería del H.
Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, en un plazo de diez días
hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta sus
efectos la notificación de la presente resolución, apercibido de que en
caso de incumplimiento, se procederá a su cobro mediante el
procedimiento económico coactivo de ejecución, en términos de lo
dispuesto por los artículos 29 y 30 del Código Financiero del Estado de
México y Municipios y 31 del Código de Procedimientos Administrativos
del Estado de México.
H. Ayuntamiento de Metepec 2013-2015
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“2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón”
HOMERO
GARCÍA
ELIZONDO
CM/MET/MB/022/
2013
PRIMERO.- Esta autoridad administrativa determina que el C. HOMERO
GARCIA ELIZONDO es administrativamente responsable de haber
infringido lo establecido en lo dispuesto por los artículos 42 fracciones XIX
y XXII, 79 párrafo segundo inciso a) y 80 fracción II de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; y
artículo 1.1 fracción II, del Acuerdo que Norma los Procedimientos de
Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de
México y sus Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el once
de febrero de dos mil cuatro; en virtud de lo expuesto en la presente
resolución.
SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 43, 49 fracción VII y 80 de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios, esta autoridad impone al C.HOMERO GARCIA ELIZONDO, la
sanción pecuniaria consistente en quince días del sueldo base
presupuestal que percibió como SUBDIRECTOR F, adscrito a la Dirección
de Innovación Gubernamental del H. Ayuntamiento de Metepec,
México, lo que asciende a la cantidad de $24,143.40 (veinticuatro mil
ciento cuarenta y tres pesos 40/100 M.N.); misma que deberá pagar en
la Tesorería del H. Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, en un
plazo de diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a
aquél en que surta sus efectos la notificación de la presente resolución,
apercibido de que en caso de incumplimiento, se procederá a su cobro
mediante el procedimiento económico coactivo de ejecución, en
términos de lo dispuesto por los artículos 29 y 30 del Código Financiero
del Estado de México y Municipios y 31 del Código de Procedimientos
Administrativos del Estado de México.
Así mismo, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 65 de la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado y Municipios y 139 del Código de Procedimientos Administrativos
del Estado de México, se hace del conocimiento a los CC. LUIS TREJO SOLIS, GUADALUPE LUCIO
PAVÓN, JOSÉ VILLALBA BLANCAS, ENRIQUE SALAZAR MARTÍNEZ, VALENTÍN BENJAMÍN RAMÍREZ
MEJÍA Y HOMERO GARCÍA ELIZONDO, que tienen derecho a promover recurso administrativo de
inconformidad ante la autoridad correspondiente o Juicio Administrativo ante el Tribunal de lo
Contencioso Administrativo del Estado de México, en contra de la presente resolución, dentro del
término de quince días hábiles siguientes al en que surta sus efectos la respectiva notificación.
Para su publicación por una sola vez en la Gaceta Municipal y en uno de los periódicos de mayor
circulación a nivel estatal o nacional.
Ciudad Típica de Metepec, Méx., a 01 de Junio de 2015.
CONTRALORA MUNICIPAL DE METEPEC.
LIC. ABRIL ALEJANDRA GONZÁLEZ CARDOSO
(RÚBRICA)
H. Ayuntamiento de Metepec 2013-2015
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La publicación se realiza con base en los artículos 195, 200, 201 y 203 tercer párrafo, del Libro Sexto del
Compendio de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México, a solicitud de la Lic. Abril
Alejandra González Cardoso, Contralora Municipal de Metepec, mediante oficio: CM/2/727/2015.
H. Ayuntamiento de Metepec 2013-2015
Juan Pedrozo González
Presidente Municipal Sustituto
Alva Ibarra Torres
Segunda Regidora y encargada
del despacho de la Sindicatura Municipal
Rafael Gómez Escalera
Primer Regidor
María Magdalena Brito Llanos
Tercera Regidora
Guadalupe Magdalena Pichardo Martínez
Cuarta Regidora
Felipe Sánchez Lino
Quinto Regidor
Melanie Fernanda Limón Estrella
Sexta Regidora
Nora Brenda Aguilar Jardón
Séptima Regidora
Leobardo Plata Castañeda
Octavo Regidor
Everardo Padilla Camacho
Noveno Regidor
José Lenin Díaz Azpra
Décimo Regidor
Juan José Hernández Vences
Décimo Primer Regidor
José Antonio Leonardo Acevedo Esquivel
Décimo Segundo Regidor
Gabriela Ortiz Martínez de Kores
Décima Tercera Regidora
Víctor Manuel Romero Salgado
Secretario del Ayuntamiento
H. AYUNTAMIENTO DE METEPEC 2013-2015