REFORMA A LA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS EN CHILE. BASES PARA UNA PROPUESTA. Ricardo Gamboa Instituto de Estudios Internacionales. Universidad de Chile Andrés Dockendorff Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos Policy paper Nº10, mayo 2015. Este policy paper fue elaborado gracias al generoso apoyo de la agencia canadiense International Development Research Center (IDRC), quien financió el proyecto “Making Democracy Count: A Southern Perspective” (107015-001). Las expresiones vertidas en este documento no reflejan necesariamente las opiniones de IDRC. 2 Índice I.-Introducción04 II.- El Diagnóstico: los partidos en declive.05 A. Las Democracias Avanzadas05 B. Los partidos en América Latina06 C. El caso chileno: los partidos....¿la columna vertebral?07 III.- Bases para una reforma de la legislación sobre partidos: ¿qué debemos cambiar y en qué dirección? 09 1. Promover la Competencia Interpartidaria09 2. Financiamiento de la política12 3. La Organizacíon Partidaria. Democratizacíon y transparencia 15 de la actividad partidaria. 4. La Regulación de la Política: Transparencia de Instituciones 17 y Procedimientos Referencias20 3 I. Introducción Desde hace varios años se discute en Chile la necesidad de reformar la ley de partidos políticos (No. 18.603). Esta, desde su entrada en vigencia en 1987, sólo ha sido objeto de modificaciones menores. En ese contexto, desde la academia, centros de pensamiento y los partidos se han elaborado propuestas para avanzar en la materia. La autoridad política también ha reaccionado en este sentido, habiéndose presentado en 2008 y en 2013 sendos proyectos de ley que buscaban introducir modificaciones sustantivas a la legislación partidaria. A este respecto, destaca que estas diferentes propuestas coinciden en bastantes puntos, existiendo pocas áreas (como el financiamiento privado de la política) en que se registran diferencias de fondo. Hasta ahora, sin embargo, nada se ha avanzado. La convicción transversal respecto a la necesidad de reformar las reglas que regulan la actividad partidaria tiene su origen en un diagnóstico compartido: los partidos y el sistema de partidos se encontrarían en una situación, si no de profunda crisis, de debilidad y precariedad, la cual podría agravarse. En la ciudadanía predomina una visión profundamente crítica de los partidos y del rol que están cumpliendo en el sistema político. En efecto, las encuestas de opinión muestran una creciente desconfianza de los ciudadanos hacia los partidos como instituciones y una baja identificación con ellos. De esta forma, son vistos por la mayoría de la población como instituciones poco representativas y que favorecen más intereses propios que los del electorado; como entidades con bajos niveles de democracia interna; que se diferencian poco entre ellos en términos programáticos; y que sus procesos de toma de decisión son poco transparentes. Esto, a su vez, explicaría los decrecientes niveles de participación política y electoral. Por otro lado, desde los mismos partidos se reconocen deficiencias en sus procesos internos, debilidad de las organizaciones, falta de interés en participar en sus instancias internas, y carencia de debate programático, entre otras debilidades. Este escenario, que no es exclusivo de Chile, y sobre la base de que los partidos son esenciales para el buen funcionamiento del sistema democrático, hace necesario emprender reformas que conduzcan a revertir esta situación y así restablecer la confianza de los ciudadanos en los partidos y hacer de ellos instituciones sólidas y estables. Este policy paper aborda el tema de la reforma a la legislación sobre partidos políticos, formulando lineamientos y proposiciones de reforma legal que sirvan a los objetivos señalados precedentemente. Para la elaboración de este documento, se tuvieron a la vista no sólo las leyes pertinentes, sino que también se estudiaron los proyectos de ley existentes en la materia, se revisó la experiencia comparada, y se analizaron diversos estudios relativos al caso chileno. Igualmente, se realizaron doce entrevistas con dirigentes de distintos partidos chilenos para recabar su opinión al respecto. 4 II. El Diagnóstico: los partidos en declive. Tanto en la academia como en la política predomina la idea de que los partidos son fundamentales para el funcionamiento de la democracia representativa. Incluso, como señaló Schattschneider, la democracia es “inimaginable” sin ellos. Esto, dado que cumplen un conjunto de funciones (respecto del electorado, como organizaciones, y en el gobierno) que son esenciales para que el proceso democrático se desarrolle en forma ordenada y la democracia se mantenga en el tiempo. De hecho, son muy pocas las democracias estables que funcionan sin partidos. No obstante, para muchos ciudadanos en el mundo esto no es tan claro, predominando una visión negativa respecto de su rol como vehículos de representación. El fenómeno del declive de los partidos está bien documentado a partir de encuestas de opinión, estudios de expertos y de la evidencia sobre participación política y electoral. A continuación exponemos los elementos centrales de este debate, considerando la experiencia de las democracias avanzadas, América Latina y Chile en particular. A. Las Democracias Avanzadas. En el caso de los países desarrollados, existe amplia evidencia del declive en la valoración de los partidos políticos en las últimas décadas, como lo demuestran diversas investigaciones (Dalton 2012; Mair et. al. 2004) y prestigiosos estudios de opinión. Destacan a este respecto los datos de la Encuesta Mundial de Valores (EMV), que ahora explicamos en relación a tres niveles: confianza en los partidos, identificación partidaria y participación en organizaciones. Complementamos estos datos con información de otros estudios. En primer lugar, las mediciones de confianza en los partidos reflejan su precaria situación en muchas democracias. De acuerdo a los datos de la EMV de 2011 y 2013, el porcentaje de personas que dice confiar poco o nada en los partidos es extraordinariamente alto: Australia (85%), España (82,9%), Holanda (76,4%), Nueva Zelanda (76,1%), Alemania (74%) y Japón (71,6%). En estos países, además, ocurre que en promedio quienes señalan confiar mucho en los partidos llega sólo al 1,4%, mientras que el porcentaje de aquellos que confían “algo” en los partidos llega al 17%. Sólo el caso de Suecia escapa un poco a esta tendencia, donde la desconfianza partidaria llega al 55,1% (mientras un 39% confía algo o mucho). Esta baja confianza en los partidos contrasta con lo que ocurre respecto de otras instituciones. Considerando los mismos casos, se observa que en promedio sólo un 28,6% declara que confía poco o nada en las Fuerzas Armadas, en tanto que un 66,1% confía “algo o mucho en ellas”. Algo similar ocurre con otras instituciones, donde un 34,4% confía “algo o mucho” en las iglesias, y el 39,8% confía “algo o mucho” en la prensa y más de un 50% confía en las instituciones medio ambientales, sólo por mencionar algunas. Por último, cabe subrayar que estos índices son también precarios en nuevas democracias europeas. A modo de ilustración, en Polonia sólo un 7% de la población confía en los 5 partidos, en Rumania lo hace sólo el 10,8%, mientras en Eslovenia esa cifra es de apenas un 3,4%. En segundo lugar, consistente con este cuadro, la literatura ha documentado que la tendencia general en Europa (aun cuando con vaivenes) es a la baja en la identificación partidaria (Mair et. al. 2004: 4). Así, por ejemplo, de acuerdo a un estudio comparativo de seis países europeos, la identificación partidaria ha bajado de niveles superiores al 50% (en promedio) en la década de 1970, a menos de un 40% en los 2000 (Berglund, et. al. 2005). A la vez, informes recientes resaltan este problema respecto de casos específicos. Por ejemplo, de acuerdo con el Pew Research Center, mientras en 1990 un 64% de los ciudadanos en Estados Unidos se sentía identificado con alguno de los dos partidos principales, en 2013 esa cifra había bajado al 50%. Asimismo, los no identificados aumentaron al 40%. En tercer lugar, la participación en la actividad partidaria muestra un notable declive. De acuerdo a la EMV (2011-2013), en Australia sólo el 1,9% de los encuestados se autoclasificó como “miembro activo” de un partido. Estos porcentajes son también bajos en los demás países: Nueva Zelanda (3,1%), Alemania (2,8%), España (0,8%), Holanda (1,2%), Suecia (3%), Japón (2,1%) y Corea del Sur (0,7%). Sólo Estados Unidos escapa a esta tendencia, donde un 14% declaró en 2011 participar de forma activa en un partido político. Esto, nuevamente, contrasta con la participación declarada por los entrevistados en otro tipo de organizaciones. Por ejemplo, la EMV muestra que en los mismos países considerados anteriormente, un promedio de 14,8% de los entrevistados se define como “miembro activo” de una iglesia u organización religiosa, en tanto que un 22% responde ser un miembro inactivo. De igual forma, casi un 22% (en promedio) reconoce pertenecer activamente a una organización deportiva o de recreación. B. Los partidos en América Latina. En la región, el diagnóstico de precariedad de los partidos es aún más sombrío. Los índices de desconfianza en las instituciones son sistemáticamente más altos que en las democracias de países desarrollados. A ese respecto, por ejemplo, de acuerdo a Latinobarómetro, entre 1996 y 2010, los partidos fueron (en promedio considerando esos 14 años) las instituciones en las que menos confianza tenían los latinoamericanos: sólo un 20%, en promedio, confiaba en los partidos, mientras el 71% lo hacía en las iglesias, 55% en las radios y un 48% en la televisión. La confianza en los partidos también estaba muy por debajo de la que se tenía en las Fuerzas Armadas (43%). En 2011, mientras tanto, la confianza en los partidos alcanzó un 22%, todavía muy lejos del 64% que obtuvieron las iglesias, o el 49% de las radios. Por otra parte, en 2011, de acuerdo a la misma encuesta, el 44% declaró sentirse “cercano a algún partido”, estando algunos países muy por debajo del promedio: son los casos de Bolivia (24%), Ecuador (28%), Brasil (29%), Perú (33%) y Chile (35%). Ello contrasta con el caso de Uruguay, donde un 63% declaró cercanía con partidos. Asimismo, el Latinobarómetro 2013 reporta también un escenario negativo para estas organizaciones. Un segmento significativo de los ciudadanos latinoamericanos encuestados pensaba que la 6 democracia puede existir sin partidos políticos. En promedio, en la región sobre el 30% de los entrevistados estaba de acuerdo con que el sistema político democrático puede funcionar sin estas organizaciones, existiendo países en los que esa cifra era más alta: Brasil (34%), Perú (36%), Colombia (43%), México (45%). Por último, sólo un 9% reconoció que trabajaba para un partido o candidato. C. El caso chileno: los partidos…. ¿la columna vertebral? Hace un par de décadas, Manuel Garretón calificó a los partidos políticos como la “columna vertebral” del sistema político chileno. Con el retorno a la democracia, las organizaciones partidarias jugaron un papel crucial en la articulación de la transición, y desde ahí han sido la base de coaliciones de gobierno y han organizado a las oposiciones. Además, si se los compara con otros países de América Latina, los partidos chilenos muestran mayor grado de disciplina e institucionalización. Igualmente, los niveles de volatilidad electoral son bajos en términos comparados. No obstante, desde hace algunos años se percibe un fuerte deterioro de la percepción que tienen los ciudadanos de su rol dentro del sistema político, algo que, como dijimos, ocurre también en muchos países del mundo. Son varios los instrumentos que muestran esta realidad. Uno bien documentado es el informe Auditoria de la Democracia, publicado en 2014, elaborado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en conjunto con otros centros de pensamiento chilenos. ¿Qué dice, en términos generales, este Informe?. Primero, que los partidos políticos son las instituciones en las que menos confían los chilenos: sólo un 9% de los entrevistados declaró confiar en ellos, mientras un 53% confiaba en Carabineros y un 51% en las Fuerzas Armadas. A su vez, las otras instituciones representativas, como las cámaras del Parlamento, exhibieron altos niveles de desconfianza, levemente superiores a los de los partidos. Segundo, en 2010 sólo el 22% de las personas creía que los partidos facilitaban el proceso legislativo, mientras sólo el 33% estimaba que los partidos daban estabilidad a la democracia. Tercero, en 2012 sólo el 40% los consideraba esenciales para la democracia (PNUD 2014), a la vez que sólo un 11% de los encuestados declaró que en Chile los partidos funcionan bien, mientras que, por contrapartida, casi un 40% coincidía en que los partidos sólo son fuente de divisiones entre las personas. Cuarto, no existía una visión positiva sobre el rol que juegan los partidos en el ámbito programático: en 2012 un 40% señalaba que los partidos no ofrecían opciones políticas alternativas a los ciudadanos, a la vez que sólo el 27% creía que las organizaciones partidarias alentaban a las personas a ser activos en política. Por otra parte, este informe, como otros, indica que los chilenos demandan mayores grados de participación y transparencia en las decisiones internas que toman los partidos. Por ejemplo, respecto de la selección de candidatos, casi el 80% se inclina por algún mecanismo que implique participación y competencia. Específicamente, un 61% prefiere que dicho 7 proceso tenga lugar a través de primarias abiertas a todos los electores, mientras que un 18% se inclina porque se realicen primarias al interior de los partidos. En este mismo contexto, cabe subrayar que los chilenos se muestran reacios a colaborar con el financiamiento de la política, o bien a apoyar que el Estado contribuya a los gastos de los partidos: sólo un 5% donaría dinero a una campaña y sólo un 16% está de acuerdo con que los partidos reciban recursos públicos para su funcionamiento permanente. En suma, dentro de la población predomina una visión muy negativa de los partidos, la que involucra distintos aspectos de su actividad. De acuerdo con el PNUD, algunas de las causas podrían estar en: la falta de democracia interna, procesos de toma de decisión “entre cuatro paredes” y en la incapacidad de conectarse con una sociedad que ha evolucionado. Todo ello, mientras en forma paralela la sociedad demanda cada vez más transparencia y participación respecto de las autoridades e instituciones políticas. Por otra parte, desde la política misma existe una fuerte crítica a la actividad de los partidos. En particular, según el mismo informe citado, menos del 40% de los parlamentarios considera que sus partidos tienen niveles suficientes de democracia interna. Igualmente, predomina entre los políticos la convicción de que en los partidos las decisiones están concentradas en pocas personas. A su vez, otros estudios recientes (Díaz/Sierra 2012) muestran la creciente debilidad institucional de estas organizaciones, su funcionamiento opaco y una creencia compartida por las élites partidarias de que dicha situación no cambiará en el futuro. Al mismo tiempo, el estudio hace una evaluación crítica de la falta de transparencia de la relación entre dinero, campañas y partidos, y analiza la forma en que ello contribuye a una negativa percepción sobre las organizaciones partidarias en la opinión pública. En síntesis, vemos que la “columna vertebral” del sistema político adolece de varios problemas. Primero, los partidos son muy mal evaluados por una ciudadanía que los ve lejanos y desconectados de sus demandas, lo que genera un fuerte déficit de representación del sistema político. Segundo, son percibidos como instituciones opacas y donde las decisiones se toman “entre cuatro paredes”. Operan como organizaciones verticales donde la cúpula concentra el proceso decisorio en las materias importantes, como la selección de candidatos. Ello contrasta con la demanda por participación y la existencia de nuevos mecanismos para canalizar lo anterior. Tercero, la relación entre dinero y política también está en el centro del debate, toda vez que la transparencia es cada vez más valorada por la opinión pública. Con todo, cabe hacer otra precisión. En Chile, al igual como ocurre en los países europeos, a pesar del declive en la evaluación ciudadana y la desafección con los partidos, ellos siguen siendo los principales vehículos de representación y los actores preferidos a la hora de votar (Dalton el. al. 2012). En Chile, aún en esta situación de declive, los partidos siguen dominando la escena electoral y casi monopolizan la representación política (parlamentaria y municipal), siendo muy pocos los independientes que logran acceder a cargos de representación (menos del 3% en las elecciones parlamentarias de 2013). Es decir, a pesar del déficit de confianza, identificación y participación en los partidos que reflejan estos datos, no se ven otras agencias de representación que puedan reemplazar a los partidos, al menos en lo inmediato. 8 Esto, ciertamente, no significa que ello no pueda ocurrir en el futuro, como lo demuestran algunos casos de América Latina, donde se desintegraron los sistemas partidarios, lo que tuvo profundas consecuencias para el sistema democrático. Un buen ejemplo, aun cuando no el único, es el de Venezuela, cuyo sistema partidario hasta la década de 1980 había exhibido un alto nivel de institucionalización. Visto esto, lo relevante ahora es ocuparse del problema. III. Bases para una reforma de la legislación sobre partidos: ¿qué debemos cambiar y en qué dirección? El diagnóstico anterior pone de manifiesto la necesidad de emprender una reforma del estatuto jurídico de los partidos, lo que incluye no sólo modificar la ley 18.603, sino la ley 18.700 sobre sistema electoral y la 19.884 sobre financiamiento electoral. Distinguimos cuatro áreas principales en las que esta reforma debe concentrarse, y definimos para cada una propuestas específicas. Si bien las reformas se proponen en un ámbito específico, se busca que en su conjunto confluyan en un objetivo común, que es el fortalecimiento de los partidos en el sistema político. Las áreas que distinguimos son: a) Competencia interpartidaria; b) Financiamiento de la política; c) Democratización de los partidos; d) Transparencia de la actividad política. Las propuestas específicas para cada una de ellas se explican continuación. Si son percibidos como “lo mismo” existe un problema profundo: las personas no saben exactamente por qué votan cuando lo hacen por un partido, o bien tendrán poco interés en votar. En cualquiera de los casos, esto es inconveniente para el buen funcionamiento del sistema, y en nada ayuda a que los partidos se fortalezcan ante el electorado. Por esto, estimamos que una cuestión de primera importancia en la reforma política debe ser la promoción de la competencia entre los partidos, de forma que ellos se distingan claramente entre unos y otros, y a la vez que los electores sepan exactamente por qué votan cuando lo hacen por un partido. Si los partidos deben distinguirse entre ellos, mayor es el incentivo para generar acciones que aumenten su atractivo en el electorado, y con ello aumenta la posibilidad de que mejore la percepción del público respecto de ellos y de su actividad. Asimismo, a mayor competencia, el incentivo a fortalecer la estructura partidaria aumenta, con lo cual también se benefician las organizaciones. En este sentido, se sugiere lo siguiente: 1.- Promover la Competencia Interpartidaria A.- Disponer que los partidos, al inscribir sus candidatos para una elección determinada, entreguen un documento que indique las posiciones programáticas que defienden, y cuáles son las medidas específicas que promoverán sus miembros en el ámbito en el que sean electos (Municipal, Regional, Parlamentario). Esa propuesta programática debe, ciertamente, ser de fácil acceso para el público, disponiendo la ley que el partido correspondiente le dé amplia publicidad. Como vimos, uno de los elementos clave en la mala percepción de los partidos tiene que ver con el que ellos “parecen todos iguales”. Esto, ciertamente no implica prohibir que los partidos tengan posiciones programáticas comunes, ni menos que luego de las elecciones 9 puedan formar coaliciones de gobierno. Simplemente, se trata de estimular a los partidos para que desarrollen y difundan entre el electorado propuestas claras, novedosas y distintivas, de forma de que tengan un instrumento que les sea útil para atraer electores y que éstos tengan claridad respecto de qué propuestas promueve cada partido. En este mismo sentido, en congruencia con lo que ocurre en el caso del voto, en el cual la indicación del partido al que pertenece el respectivo candidato es obligatoria, se debe estudiar la idea de exigir a los candidatos (que reciban aporte estatal para sus campañas, sea directamente o a través de los partidos), indicar en su propaganda el partido al que pertenecen. Esto, si bien puede no gustar a algunos candidatos, beneficiaría al sistema en su conjunto y al electorado en particular, al promover la “identificabilidad” electoral. Por último, la obligación de presentar una propuesta programática puede ser un mecanismo útil de “accountability”, en la medida de que permite a los electores, en cada período eleccionario, comprobar si las propuestas programáticas de cada partido fueron efectivamente impulsadas por ellos o no. Se crea así, un instrumento de control de la actividad partidaria hasta ahora inexistente. B.- Introducir reglas electorales que promuevan la competencia entre partidos. Más importante aún a este respecto, es que las reglas electorales incentiven efectivamente la competencia entre los partidos. Es bien conocido que el sistema binominal promueve sólo un tipo de competencia (la intracoalición), y no la competencia entre coaliciones. No obstante, en el caso de la primera, tampoco ello es tan claro, en el sentido de que obliga a los partidos que integran coaliciones de más de dos partidos a negociar el número de candidaturas que cada uno puede presentar, y dentro de ello se “garantiza” a cada partido cierto número de candidatos electos. Incluso, en muchos casos, el problema se ha resuelto a través de simplemente “no competir”, sea a través de que el pacto presente un solo candidato, o presente dos, pero donde sólo uno de ellos tiene posibilidades reales de competir. Si bien la discusión sobre un nuevo sistema electoral excede los límites de esta propuesta, lo central a subrayar es que las nuevas reglas de competencia electoral deben promover la competencia entre los partidos. En este sentido, la sustitución del sistema binominal por uno de representación proporcional de magnitud promedio moderada (como lo es la actual propuesta), es un paso útil en este sentido. Ahora bien, no sólo la regla electoral general sobre asignación de escaños (en este caso la D´Hondt) es relevante, sino también otras más específicas. En este contexto, una definición crucial es si se va a introducir la posibilidad de hacer pactos electorales o no (esto es, que los partidos puedan sumar sus votos para efecto de determinar la distribución de escaños por partido/pacto). Si la idea es fortalecer la competencia y promover la diferenciación de los partidos, la introducción de los pactos no contribuye mucho a ello, y la de los subpactos, menos. En este sentido, estimamos que el nuevo sistema no debe incluir la posibilidad de subpactos entre partidos. 10 C.- Reglas que permitan a nuevas fuerzas competir. Un aspecto esencial de la competencia tiene que ver con el acceso a ella, esto es, con la existencia de barreras a la competencia. Un primer elemento central a este respecto tiene que ver con la posibilidad de que nuevos grupos puedan constituir partidos políticos y competir electoralmente. Hoy, en lo esencial, la ley exige que para formar un partido se deben reunir las firmas de, como mínimo, 0,5 % del electorado que votó en la última elección en cada región del país. El partido queda constituido legalmente si logra aquello en tres regiones contiguas, o en ocho separadas (art.5 a 7, ley 18.603). Hoy, si un partido se quiere constituir en las 15 regiones, debe reunir en total cerca de 34.000 firmas. Sin embargo, un partido regional, por ejemplo, de la zona norte (3 primeras regiones) requiere sólo de cerca de 1670 firmas. Un segundo aspecto principal es el del sistema electoral, y en particular el de la regla de asignación de escaños que se use, como también el número promedio de parlamentarios a elegir por distrito (conocida como Magnitud-M). En el caso de la propuesta de reforma electoral en discusión, la combinación de la regla D´Hondt con una M promedio relativamente alta (5,5 en la Cámara y 3,8 en el Senado) ciertamente baja las barreras de entrada, y ello es positivo. De hecho, con esta reforma, para que un partido, que no sea parte de una coalición mayor, sólo requiere 11,2% de los votos para elegir un diputado (en los distritos con una M de 8). La discusión, en relación al primer punto, gira en torno a si estas exigencias constituyen o no una barrera de entrada sustantiva para que nuevas fuerzas puedan competir. Por una parte, hay quienes parecen asumir que ellas no son importantes, ya que para competir en política se requiere algún mínimo de adhesión y los requisitos serán suficientes (Propuesta Piñera 2013; Chile Transparente 2014). Luego, hay otros que si sostienen que sería una barrera, y proponiéndose bajar el porcentaje de 0,5 a 0,2 (Propuesta Bachelet 2008), o 0,3 (Díaz/ Sierra 2012). Por otra parte, se ha planteado aumentar el número mínimo regiones en las que se deben reunir las firmas a cinco, y establecer que esos partidos pueden funcionar a nivel nacional, terminando con la limitación de que los partidos puedan actuar sólo en las regiones en que están inscritos. Ahora bien, es cierto que mientras más bajo sea el porcentaje de firmas requerido para formar un partido, menor es la barrera de entrada. Esto, parece en principio recomendable si se busca fomentar pluralidad en la representación. No obstante, a la vez hay que considerar qué es lo deseable desde el punto de vista del número de partidos que operan en el sistema, esto es, cuánta fragmentación es razonable y deseable. La literatura comparada es, ciertamente, muy crítica de los sistemas donde hay demasiada fragmentación, ya que perjudica el buen funcionamiento del proceso decisorio. De esta manera, una nueva ley debe procurar que sus reglas faciliten la integración de nuevos partidos, pero que a su vez no estimule una proliferación exagerada de ellos. En este sentido, las bases de una reforma deben considerar las siguientes modificaciones: i) Establecer un número mínimo de firmas requeridas para formar un partido en torno a las 20.000, las cuales se podrían recolectar en cualquier parte del país (recuérdese que según la ley 14.852 de 1962 sólo se exigían 10 mil firmas para constituir un partido). Igualmente, 11 reunidas las firmas, el respectivo partido podría actuar en todo el país (y no sólo en las regiones en que obtuvo firmas). Con ello se alcanzan dos objetivos. Primero, se reduce en cerca de 40% el número de firmas a reunir para constituir un partido, pero a la vez establece un número que asegura que se van a formar colectividades con cierto nivel de adhesión y capacidad de articulación de intereses y demandas. Segundo, se evita la proliferación desmedida de colectividades y la consiguiente fragmentación. Con todo, insistimos, el punto más relevante no es el de los requisitos para constituir un partido, sino el de la regla electoral y la magnitud de los distritos. Esto es lo que determina en realidad la capacidad de supervivencia de los partidos. ii) Como formar nuevos partidos tiene necesariamente un costo económico considerable e involucra la realización de un conjunto de trámites que pueden ser engorrosos, la nueva ley puede incluir medidas en este sentido, y así bajar esta barrera de entrada. En particular, se debe considerar lo siguiente: a) Establecer un sistema de reembolso (parcial o total) de gastos de formación a los partidos que logren juntar las firmas para constituirse. Esto, sujeto a un estricto proceso de rendición de cuentas; b) Simplificar el proceso de adhesión de las personas a los partidos, de forma que todos tenga un sistema uniforme y simplificado. A la vez, sin embargo, se debe procurar la rectitud del proceso de adhesión, garantizando su limpieza y sancionando prácticas fraudulentas. 2.- El Financiamiento de la Pol’tica. El (re)establecimiento de un vínculo sólido y estable entre partidos y ciudadanos y el desarrollo de organizaciones partidarias fuertes exige disponer de recursos financieros. Sin ellos, la actividad política partidaria se precariza y corre el serio riesgo de hacerse muy dependiente de quienes proveen los recursos para financiar a los partidos. Asimismo, sin recursos, los partidos tienen menos alternativas para acercarse a los electores en épocas no eleccionarias, no pueden desplegar una estructura territorial acorde con ese objetivo, ni tampoco desarrollar eficientemente nuevas propuestas programáticas. Por último, sin recursos es difícil que una organización (sobre todo una nueva), pueda competir efectivamente. La mayoría de los países con sistemas democráticos estables han desarrollado esquemas de financiamiento estatal de la política, precisamente con el objeto de fortalecer a los partidos y asegurar mayor equidad en la competencia política (IDEA 2003). En este contexto, los requisitos para acceder al financiamiento público, las modalidades en que estos se entregan, los montos a que cada partido puede acceder, los gastos que se autoriza a realizar con ellos, como los mecanismos de control del uso de esos recursos varían de país en país. De la misma manera, existen diversos esquemas para regular los aportes de privados a la actividad política, y disminuir los riesgos de corrupción del sistema. En Chile existe un sistema de financiamiento público de campañas electorales (ley 19.884). En general, los recursos públicos financian en torno al 16% del gasto electoral total, mientras los aportes privados (donaciones a campañas) un 57%. El resto se financia con recursos propios de los candidatos o créditos que ellos contratan (Agostini 2012). Ahora bien, no todos los partidos poseen los mismos recursos para competir electoralmente. Si observamos los 12 datos de gasto electoral (declarado) en forma desagregada, encontramos que las diferencias de recursos de que disponen los partidos son muy altas, ya que algunos son muy beneficiados con aportes privados, mientras otros dependen casi exclusivamente de los aportes estatales. Es decir, a pesar de que existe financiamiento público de campañas, las condiciones de competencia son muy desiguales debido a la asimétrica distribución de los aportes privados, como de las capacidades financieras de los partidos y/o candidatos. de financiamiento público permanente de la actividad partidaria, que asegure una base de recursos que permita a los partidos sufragar gastos mínimos de funcionamiento en las diferentes regiones en que tiene actividad. A este respecto, básicamente cabe considerar entre esos gastos los relativos a: establecimiento de sedes locales, pago del personal administrativo, desarrollo de actividades de captación y formación de militantes, realización de actividades de discusión y producción de propuestas programáticas. Sin embargo, a diferencia de otros países, no existe un sistema de financiamiento de actividad política partidaria no electoral. Este es un déficit mayor, ya que la falta de recursos abre la posibilidad de que el sistema representativo se corrompa ampliamente. Mientras más autónomos sean los partidos de intereses particulares, mayor es la posibilidad de tener un mejor sistema de representación política. Junto a la decisión sobre financiamiento de actividad política, corresponde tomar otras decisiones conexas. En este marco, distinguimos dos conjuntos principales de normas sobre financiamiento de la política: las relativas al sistema de financiamiento público y las que regulan las donaciones privadas. Para efecto de esta presentación, exponemos nuestras sugerencias para cada una por separado. A.- Financiamiento Público. En general, se distinguen mecanismos directos e indirectos de financiamiento público de la política. i) En cuanto al financiamiento directo de la política, se propone introducir un sistema La primera se refiere al criterio para definir el monto de los recursos a entregar a cada partido. Existen varias opciones, entre otras: a) Establecer una suma fija para todos los partidos; b) Fijar un monto base que perciba cada partido, al que se puede agregar otra suma dependiente del resultado electoral del partido en la última elección de diputados; c) Establecer un aporte estatal equivalente a la cantidad de recursos que aporten sus afiliados (matching fund); d) En vez de entregar una suma alzada, que el financiamiento público sea financiar actividades específicas de los partidos. No está claro cuál de estas (u otras) son mejores. Lo relevante, es que la que se decida implementar asegure lo esencial: que los partidos tengan los recursos mínimos para competir por los votos y puedan funcionar con autonomía. La segunda se refiere a las reglas sobre rendición de gastos. Si los partidos van a recibir recursos públicos, se deben establecer reglas 13 claras y precisas sobre rendición de gastos con el objeto de asegurar que esos recursos sean utilizados para el fin que se entregan. Se puede establecer un sistema de rendición anual de gastos. El tercer punto es el del establecimiento de sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones de los partidos y de una institucionalidad eficiente para monitorear el cumplimiento de estas reglas, sancionar las infracciones y hacerlas cumplir. Esto es sin duda esencial para asegurar el buen uso de los recursos, así como para asegurar mayor seriedad y transparencia en el uso de los recursos públicos. Esto, en principio, hace pensar rediseñar la estructura y funciones del SERVEL, en particular en relación a la dotación de recursos y personal, además de entregarle mayores facultades de control. ii) Respecto de instrumentos indirectos de financiamiento público de la política existen también distintas alternativas. Una es aumentar el espacio de propaganda gratuita de que gozan los partidos en televisión abierta en períodos electorales. En el mismo sentido, puede garantizarse un mínimo de espacio para cada partido, a fin de que el uso de ese espacio sea más equitativo. Otra alternativa, complementaria, es eximir a los partidos de ciertos impuestos, por ejemplo, los que afecten actividades relacionadas con la formación de militantes o a los inmuebles donde desarrollan su actividad. B.- Financiamiento Privado. Otro aspecto sustantivo de la discusión tiene que ver con el financiamiento privado de la política. Chile tiene un sistema que autoriza el financiamiento privado en el que los partidos son altamente dependientes de los recursos que son recibidos por esa vía, sobre todo en materia electoral (aunque con grandes diferencias). Además, es notable como el sistema chileno garantiza el anonimato de las donaciones privadas, no existiendo así claridad sobre qué personas, naturales o jurídicas, financian a partidos y candidatos. Esta situación plantea un problema mayor, referido a si se debe permitir el aporte privado a la política o no. Definido eso, y si (como lo hace la gran mayoría de las democracias occidentales) se permite el aporte privado a la política, se debe determinar si se van a establecer limitaciones en ese sentido o no (p.e. que sólo lo puedan hacer personas naturales y no empresas). Asimismo, cabe decidir sobre la publicidad de la donación política. En este marco, y si entendemos que lo importante es velar por la transparencia de la actividad política, permitir la libre expresión de las personas, y evitar la influencia excesiva de ciertos intereses en ella, sugerimos avanzar en el siguiente sentido: i) Primero, seguir permitiendo el financiamiento privado de la política, venga este de personas naturales o personas jurídicas. A este respecto, hacemos presente que la experiencia de las democracias avanzadas indica que, por un lado, en todos los casos el aporte de personas naturales es permitido. Por el otro, un poco distinto es el caso de personas jurídicas, como el de las empresas. En el caso específico de estas últimas, de acuerdo a IDEA Internacional, la tendencia general es a permitirlas: ello es así en 6 de las 9 democracias de Europa Occidental que incluye su estudio. Tampoco hay una regla uniforme en materia de aporte de otras personas jurídicas, como las 14 ONG o sindicatos (en algunos países su aporte también se prohíbe). En este contexto, si como creemos, se debe permitir el aporte privado a la política, lo primero a establecer es la obligación de los partidos de publicar los nombres de quienes les entregan dinero y los montos de esas donaciones (o su avalúo monetario cuando no lo son en dinero). Cabe discutir si la obligación es respecto de toda donación, o de las que superen un monto determinado. ii) Segundo, junto con establecer la publicidad de toda donación política, cabe analizar si se debe limitar o no el aporte privado a la política. En este sentido, siguiendo la experiencia comparada y vista la necesidad de hacer más competitivo el sistema, sugerimos limitar las donaciones privadas en un doble sentido. Primero, que nadie (sea persona natural o jurídica) pueda aportar a un candidato en específico más del 10% del límite de gasto que existe para su campaña. Segundo, que ninguna persona pueda aportar (en un año electoral específico) más de 3000 UF en total (esto es, sumados todos los aportes a campaña electoral que haga). En el caso de los partidos, el límite puede ser de 1000 UF anuales (cualquiera sea el año). En el mismo sentido, cabe discutir eliminar el beneficio tributario de las donaciones (o de las mayores a cierto monto), ya que el Estado ya estará otorgando más recursos. Con esto, creemos, se compatibilizan dos cuestiones esenciales. Por una parte se reconoce la libertad de las personas de contribuir a la política; y por la otra se limita la posibilidad de influencia de grandes intereses económicos en la política. Esto, a su vez, favorece una mayor competencia. iii) Obligar a los partidos a informar detalladamente a la autoridad y al público en general todas sus fuentes de financiamiento. iv) Existiendo límites de gasto de campaña, se debe establecer un mecanismo más eficiente de control del mismo. Esto, con el objeto de que la diferencia en cuanto a los recursos de los que disponen las candidaturas se mantenga dentro de ciertos límites y no termine afectando la competencia. Esto, como se señaló anteriormente, implica fortalecer al SERVEL tanto formal, como materialmente. v) Establecer un mecanismo sancionatorio efectivo para el incumplimiento de las normas de funcionamiento y gasto, e introducir sanciones efectivas para los partidos que las infrinjan. Estas ciertamente deben incorporar la pérdida de los recursos públicos (en el caso de los partidos) o del cargo (en el caso de las autoridades electas), e incluso la disolución del partido. 3.La Organizac’on Partidaria. Democratizac’on y transparencia de la actividad partidaria. Uno de los elementos más criticados de los partidos dice relación con su forma de funcionar. Tanto el público general, como los pocos estudios que existen en la materia coinciden en que se sabe poco de cómo los partidos funcionan, existiendo además una fuerte crítica respecto a su nivel de democracia interna (PNUD 2014). Ello, ciertamente, constituiría un motivo más para que las personas se alejen de ellos. A la vez, aun cuando hay bastante varianza en relación a la forma que en los partidos organizan sus sistemas decisorios internos (más allá de sus estructura formal), recurriendo algunos de ellos mucho más que otros a reglas democráticas de decisión, predomina la idea de 15 hay una escasa participación de los militantes de base en la toma de decisiones partidarias principales, lo que evidentemente puede alejar a las personas de los partidos y desincentivar la participación de nuevos individuos en éstos. Una revisión de la participación en los últimos procesos electorales internos de los partidos más relevantes confirma esta percepción. En el caso del PDC, en su último proceso electoral interno (elección de Directiva) votaron cerca de 23 mil militantes, mientras que en el PS lo hizo un número algo inferior. En el PPD, ese número fue cercano a 15 mil, mientras en RN superó levemente los 11 mil (en la UDI no hay elección directa de directiva). Lo anterior refiere a la movilización electoral interna para procesos electorales, donde la participación es naturalmente más alta. Distinto es lo que ocurre cuando miramos a la “vida partidaria” normal de los partidos (fuera de períodos electorales), donde ella es menor. Si bien el dato puede no ser exacto, de acuerdo a nuestros entrevistados, en promedio no más de 5 mil personas, contando a las autoridades y a quienes ocupan cargos de elección popular, participan de la vida interna de cada partido. Esto, en un contexto en que formalmente esos partidos tienen entre 76 mil (UDI) y 113 mil (PDC) militantes. Hoy, la ley 18.603 determina algunas reglas básicas sobre organización partidaria (en especial la existencia de órganos mínimos que deben tener ciertas atribuciones), dejando a los partidos amplia libertad para definir su estructura interna en sus estatutos. En materia de selección de candidatos para elecciones generales, pese a que la ley contempla la intervención de sus órganos principales (Consejo Nacional, Consejos Regionales), no exige una mayor participación de militantes de base. Igualmente, la realización de primarias es voluntaria. Visto lo anterior, es necesario introducir mecanismos que aumenten la participación de los militantes en los procesos decisorios relevantes de los partidos. Esto, no sólo porque una mayor democratización interna de los partidos es buena en sí misma, sino porque incentiva una mayor participación en las actividades partidarias y genera una imagen de mayor transparencia. En este contexto, y considerando que tampoco es necesario limitar en extremo la autonomía de los partidos para determinar su organización interna, se sugiere considerar las siguientes modificaciones: i) Hacer obligatoria la elección directa por los militantes (como ya lo hacen distintos partidos, pero no todos) de los órganos principales del partido: Directiva Central, Directivas Regionales y Consejo General y Consejos Regionales (al menos). No obstante, se sugiere que el mecanismo electoral específico sea definido por los propios partidos. Junto a ello, es necesario establecer mecanismos (controles externos; sancionatorios) que aseguren el cumplimiento de la renovación periódica de autoridades y la democracia interna de los partidos. Por ejemplo, se puede sancionar la no realización de elecciones internas con pérdida total o parcial de recursos públicos. ii) Establecer mecanismos que permitan a los militantes tener poder decisorio en la selección de candidatos del partido, por ejemplo que sus candidatos sean electos a través de primarias (siempre y cuando ello sea necesario considerando el número de personas que quieran optar por competir). En cuanto a la participación de personas ajenas al partido en estas decisiones (por ejemplo que estas primarias sean abiertas a independientes), 16 creemos que ello debe ser una decisión del partido, y no hacerla obligatoria. Esto, porque los partidos son organizaciones que presentan propuestas y candidatos a los electores, y por tanto no necesariamente deben ser otros los que decidan cuáles son sus representantes. iii) Introducir mecanismos que aseguren la participación de la militancia en otras decisiones principales (p.e. modificaciones estatuarias), así como permitir que un porcentaje de militantes (p.e. un 15%) pueda convocar a sesiones extraordinarias del Consejo General, o de Consejos Regionales. iv) Hacer obligatoria la realización, cada cierto tiempo (p.e. 10 años como máximo), de un congreso doctrinario del partido, que cuente con participación amplia de los militantes, para definir sus proposiciones programáticas centrales. v) Incluir mecanismos de acción afirmativa, de forma de incentivar mayor participación de grupos específicos en la actividad partidaria. Esto, siempre resguardando lo fundamental que es la democracia interna. vi) Si bien la ley contempla la obligatoriedad de los partidos de desarrollar una estructura territorial, la evidencia recogida indica que ella está bastante debilitada en la mayoría de los casos. Por ello, debe exigirse un mayor énfasis en esta materia, lo que a su vez es esencial para que las personas se integren a los partidos y conozcan sus propuestas. vii) Disponer que en sus estatutos cada partido defina un catálogo de derechos y deberes de los militantes. La definición concreta de su contenido corresponde a los partidos, no obstante se deben asegurar ciertos derechos básicos, tales como: a) Derecho a participar en los procesos decisorios del partido; b) Derecho a optar a cargos electivos dentro del mismo; c) Derecho a ser informado de las decisiones partidarias; d) Derecho a reclamar ante la autoridad jurisdiccional correspondiente por el incumplimiento del estatuto partidario o la ley de partidos. Asimismo, al ser siempre voluntario el ingreso a un partido, quienes se incorporen a ellos deben asumir que existen deberes a cumplir. Un catálogo de deberes debe, al menos, incorporar la obligación de los militantes de: a) Cumplir los estatutos partidarios; b) Respetar las decisiones de los órganos jurisdiccionales del partido; c) Actuar respetando las decisiones que adopten los órganos decisorios partidarios. 4.- La Regulac’on de la Pol’tica: Transparencia de Instituciones y Procedimientos El cuarto aspecto sustantivo que debe cubrir una reforma es el de la Transparencia de la actividad partidaria. Los partidos, como vimos, son vistos como instituciones respecto de las cuales poco se sabe acerca de sus procedimientos decisorios internos (Diaz/Sierra 2012), lo cual ciertamente en nada aporta a que sean mejor valorados por los electores. De esta manera, y como lo han planteado distintas iniciativas, es necesario avanzar en transparentar más la actividad partidaria, de forma que el público tenga más y mejor información sobre los partidos, su organización, programas, actividades y financiamiento. Esto es más necesario aún si es 17 que se adopta un régimen de financiamiento público permanente de los partidos. A la vez, sin embargo, estimamos debe considerarse que por la propia naturaleza de estas organizaciones, no todo lo relativo al partido puede ser de carácter público, existiendo asuntos que deben ser de conocimiento exclusivo de sus militantes, como lo son, por ejemplo, los procesos deliberativos internos de sus órganos decisorios. Al haber mencionado ya las normas sobre transparencia en materia de financiamiento, en esta parte nos referiremos a aquellas relativas a la organización, programas, actividades de los partidos. En concreto, a este respecto se sugiere adoptar medidas en la siguiente dirección: i) Coincidiendo con diversas propuestas existentes (Díaz/Sierra 2012; Luna 2012; Proyecto Bachelet 2008), es necesario, por obvio que parezca, asegurar que los partidos tengan información actualizada y abierta sobre distintas materias: a) Número de Afiliados; b) Estatutos, función y composición de sus órganos decisorios, nacionales y regionales, así como de las sedes en cada región y comuna; c) Propuestas programáticas y/o declaración de principios; d) Relaciones especiales que mantengan con organizaciones o grupos de interés específicos; e) Información básica relativa a actividades (p.e. seminarios, talleres, reuniones con grupos particulares) que realicen con fondos públicos, como también los informes o documentos que sean contratados con estos recursos, o sean producto de las actividades antes mencionadas; f) Relación de sus principales bienes e inmuebles partidarios. ii) En segundo lugar, entregar al público información básica sobre las elecciones internas partidarias, lo que incluye a las principales candidaturas, sus propuestas, los resultados generales y las reglas conforme a las cuales estas se eligen. 18 Cuadro 1. El siguiente cuadro resume las propuestas presentadas. Área Competencia Interpartidaria Financiamiento de la política Organización Partidaria Transparencia Actividad Política Propuestas - Para cada elección los partidos deben entregar una propuesta programática, que deba ser difundida por ellos. - Nuevo sistema electoral, y reglas complementarias, deben promover competencia y estimular la diferenciación entre partidos. Se sugiere eliminar idea de constitución de subpactos, pues va en contra de esta idea. - Estudiar obligar a candidatos de partidos que expliciten su militancia en propaganda. - Reducir el número de firmas para conformar un partido a 20 mil. - Financiamiento estatal, vía reembolso, de los gastos de constitución de partidos. - Simplificar y uniformar proceso de incorporación a partidos. - Introducir un sistema de financiamiento estatal permanente de los partidos. Modalidad específica puede incorporar instrumentos directos e indirectos. -Fortalecer sistema de rendición de gastos de recursos y mecanismo e institucionalidad sancionatoria. - Modificar sistema de funcionamiento privado, estableciendo la publicidad (al menos desde ciertos montos) de las donaciones privadas a la política, y establecer límites a ellas. - Fortalecer institucionalidad de control de límites en gasto electoral. - Establecer obligatoriedad de elección de principales órganos a través del voto de los militantes. También incorporar participación de militantes en selección de candidatos. - Hacer obligatoria participación de militantes en decisiones políticas sustantivas, y permitir que grupo de militantes convoquen a órganos partidarios. - Realización periódica de congresos programáticos de los partidos. - Desarrollo estructura territorial de los partidos. - Establecimiento de catálogo de derechos y deberes de los militantes. - Obligatoriedad de entregar al público amplia información sobre el partido y su organización. - Publicidad de los procesos electorales. - Publicidad sobre fuentes de financiamiento. 19 Referencias Agostini, Claudio. 2012. Financiamiento de la Política en Chile: campañas electorales de 2009-2010. En Díaz y Sierra (eds), Democracia con Partidos. Informe para la reforma de los partidos políticos en Chile. Santiago: CEPCIEPLAN, 269-320. Berglund, Frode, Sören Holmberg, Hermann Schmitt y Jacques Thomassen. 2005. “Party Identification and Party Choice”, en http:// www.mzes.uni-mannheim.de/projekte/ manifestos/schmitt/05-Thomassen-chap053. pdf Chile Transparente. 2014. “Indice de Transparencia en los Partidos Políticos en Chile”. www.partidostransparentes.cl Díaz, Francisco y Lucas Sierra (eds). 2012. Democracia con Partidos. Informe para la reforma de los partidos políticos en Chile. Santiago: CEP-CIEPLAN. Dalton, Russell, David Farrell e Ian McAllister. 2011. Political Parties & Democratic Linkage. Oxford: OUP. IDEA. 2003. Funding of Political Parties and Elections Campaigns. Estocolmo: IDEA. Latinobarómetro. Informe 2013. www.latinobarometro.org. Luna, Juan. 2012. “Tres reformas de fondo para revitalizar el sistema político chileno”. En 95 Propuestas para un Chile mejor. Santiago: Res Publica. Mair, Peter, Wolfgang Mueller y Fritz Plasser. 2004. Political Parties & Electoral Change. London: Sage. Propuesta Bachelet 2008. Mensaje que inicia un proyecto de ley que establece nueva ley orgánica constitucional de los partidos políticos (No. 218-356/2008) Propuesta Piñera 2013. Mensaje que inicia un proyecto de ley que establece nueva ley orgánica constitucional de los partidos políticos (No. 078-361/2013). PNUD. 2014. Auditoría a la Democracia. Más y mejor democracia para un Chile inclusivo. Santiago: PNUD. 20
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