contrato INET - iNet Internet

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ENLACE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DE ENLACE CELEBRADO ENTRE TELE SEGURIDAD PRIVADA S DE RL DE CV POR SU, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ INET, POR SER ES LA IMAGEN COMECIAL RELACIONADA CON EL PRESENTE SERVICIO Y POR OTRA PARTE LA PERSONA CUYO NOMBRE Y DIRECCIÓN SE ASIENTAN EN EL ANEXO DENOMINADO ACUERDO DE SUSCRIPCION QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA “EL CLIENTE” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. DECLARACIONES: DECLARA TELESEG: A)
Que es una sociedad consGtuida conforme a las leyes de la República Mexicana cuyo objeto social le permite la celebración del presente contrato. B)
Tener la capacidad legal y económica para obligarse en los términos del presente contrato DECLARA EL CLIENTE: a)
Que todos los datos anotados en el ACUERDO DE SUSCRIPCION son ciertos b)
Que ha recibido información a su entera saGsfacción respecto del contenido del presente contrato y por lo tanto, ha comprendido cabalmente la forma en que INET presta los SERVICIOS c)
Que a la firma del ACUERDO DE SUSCRIPCION solicita los servicios de telecomunicaciones indicados en el mismo, adhiriéndose al clausulado del presente contrato y Gene la capacidad legal y económica para obligarse en términos del mismo. d)
Que enGende que el Internet es una serie de servidores y computadoras interconectadas que transfieren información entre ellas, incluyendo la propia y sus disposiGvos móviles y por lo tanto, INET estrictamente hablando NO PROPORCIONA INTERNET, sino el servicio de enlace para que el cliente pueda tener acceso a ésta importante red de información e)
Que el servicio prestado es ADSL, es decir, asincrónico, lo que significa que el ancho de banda se divide entre subida y bajada, priorizándose la bajada pues es lo que la mayoría de los clientes más necesitan y que si sus necesidades son diferentes, deberá asesorarse para obtener el plan que mejor se adapte. CLAUSULAS PRIMERA. DEFINICIONES: SERVICIOS: Se refiere a la posibilidad de que EL CLIENTE uGlice ENLACES instalados por INET, que le permitan accesar a los servicios contratados por INET con proveedores de Internet. SISTEMA DE PAGO: Se refiere a la forma en que EL CLIENTE cubrirá el monto por los SERVICIOS EQUIPOS: Se refiere a los implementos electrónicos que INET instalará en el domicilio del cliente con fines de la prestación de LOS SERVICIOS CLIENTE: Es la persona que firma el ACUERDO DE SUSCRIPCIÓN y se compromete en término del presente contrato, independientemente de la persona que haga uso del servicio. SEGUNDA. OBJETO INET se obliga a establecer y operar el sistema de enlace para brindar al cliente acceso a servicio de internet y los componentes de dicho enlace serán programados de tal forma que busquen que el cliente obtenga lo más cercano a la velocidad máxima que contrató. Para ello seguirá una o más de las siguientes reglas de instalación: Contratar proveedores de Internet confiables, renombrados y que provean el servicio con Fibra ÓpGca hasta su torre central o alguna torre secundaria, uGlizar equipos de marcas de presGgio para la transmisión inalámbrica, programar los equipos con esquemas de seguridad AES, WPA o algún otro, dependiendo del Gpo de equipo para mantener el nivel de seguridad de la red en su conjunto, programar los equipos al menos un 20% por encima del valor del internet contratado a fin de que las variaciones normales de internet afecten lo menos posible, sin embargo, el cliente enGende que Internet es una red de diferentes redes de uso público y comparGdo entre ellas, por lo que la saturación de una u otra red en uno u otro punto del internet puede repercuGr en que esa saturación se repercuta en su enlace y por lo tanto, el acceso a internet. INET se obliga a proporcionar a EL CLIENTE LOS SERVICIOS contratados las 24 horas del día de los 365 días del año de acuerdo a las condiciones fijadas en el ACUERDO DE SUCRIPCION y en concordancia con las condiciones que establezca INET, en su caso. INET solamente estará obligada a la prestación de los SERVICIOS cuando se hayan cumplido todos los requisitos previstos en este CONTRATO, incluyendo el pago de los mismos por parte del cliente. Inet no limitará el número de equipos que el cliente pueda conectar por lo que podrá dar de alta en el Router cuantos equipos desee, en plena conciencia de que todos los usuarios accesarán por el mismo enlace disponible y esto podría ocasionar saturación del mismo. El cliente permiGrá el uso del servicio en todo momento dentro del periodo contratado, por lo que el cliente podrá hacer uso del mismo en todo momento debiendo considerar que las horas de menor trafico son en la madrugada y si desea descargar archivos de música o video, quizás sea mejor dejar la computadora programada y trabajando para evitar las horas pico de saturación. Inet no impondrá límite a la canGdad de información que el cliente pueda descargar, solo limitará el ancho de banda disponible para el enlace y éste estará programado para darle más de la velocidad máxima que se especifique en el contrato. Sin embargo, exceso de tráfico, horas pico o sobrecarga en la red de Internet pueden ser factores para que el cliente note lento el internet en algunos horarios o en ciertas ocasiones. TERCERA. VIGENCIA El presente contrato será por el plazo señalado en el ACUERDO DE SUSCRIPCION contado a parGr de la fecha de firma del mismo y se renovará por periodos iguales subsecuentes si EL CLIENTE cumple con lo previsto en el contrato, EL CLIENTE no manifiesta su voluntad de no renovar el contrato o bien, si INET no manifiesta su voluntad de cancelarlo. CUARTA. OBLIGACIONES DE INET Instalar, mantener y operar la Red de Enlaces propia desde su domicilio, hasta el punto terminal de conexión en el límite interior del inmueble donde se encuentra localizado el domicilio de EL CLIENTE Instalar el equipo en el inmueble donde se encuentra localizado el domicilio de EL CLIENTE Proporcionar los servicios en érminos del presente contrato. Facturar a EL CLIENTE el importe acordado aplicando las tarifas convenidas con EL CLIENTE QUINTA. OBLIGACIONES DEL CLIENTE Pagar a través de los medios que INET le indique, el importe de los SERVICIOS de acuerdo a lo esGpulado en el ACUERDO DE SUSCRIPCION Pagar a INET los gastos de cobranza que se generen por atrasos en los compromisos de pago Pagar a INET por los trabajos de reconexión del servicio si éste se da de baja de acuerdo a las políGcas de INET por falta de pago o causa imputable a EL CLIENTE Sacar a salvo a INET y responder directamente ante las autoridades correspondientes por cualquier mal uso que se haga de LOS SERVICIOS prestados por INET o cuando éstos fueran usados para actos ilícitos como SPAM, Hacking, Phishing o cualquier otro, independientemente de que éstos se hayan realizado con o sin conocimiento de EL CLIENTE. De manera unilateral, INET podrá demandar el pago de los daños y perjuicios que el mal uso de LOS SERVICIOS cause a INET Hacer uso de los equipos proporcionados por INET en la forma en que INET lo requiera y/o el fabricante lo especifique, siguiendo las instrucciones de INET para su conexión a la red Respetar los protocolos y procedimientos de seguridad establecidos por INET, así como evitar por todos los medios a su alcance que él mismo, sus familiares o empleados, o terceras personas vulneren la seguridad de la red o uGlicen el servicio con fines ilícitos o inadecuados SEXTA. CAMBIO DE DOMICILIO DEL SERVICIO El cliente podrá solicitar por escrito el cambio de domicilio de EL SERVICIO e INET lo efectuará si cuenta con las facilidades técnicas necesarias, INET es el concepto comercial de TELE SEGURIDAD PRIVADA S DE RL DE CV para la prestación de servicios de Telecomunicaciones, Redes, Computo y enlaces a Internet
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ENLACE pagando EL CLIENTE el monto correspondiente a dicho cambio, de acuerdo a las tarifas vigentes de INET en ese momento SEPTIMA. EQUIPO INET realizará la instalación del cableado correspondiente y proveerá a EL CLIENTE de los accesorios y equipo en comodato expresados en el ACUERDO DE SUSCRIPCION y que son necesarios para la prestación de LOS SERVICIOS. EL CLIENTE se compromete a manejar el EQUIPO con el cuidado necesario y desGnarlo únicamente para el uso de LOS SERVICIOS sin posibilidad alguna de ceder, comercializar, transferir o retener bajo ningún concepto los mismos. EL CLIENTE se obliga a devolver a INET al término del presente CONTRATO, el EQUIPO en las mismas condiciones que lo recibió, excepto por el desgaste que el mismo haya sufrido en condiciones normales de uso. En caso de pérdida, extravío, robo o destrucción de EL EQIPO, descargas eléctricas, daño ambiental, vandalismo, daño por descuido, etc., el cliente se compromete a pagar por su susGtución en función de la siguiente tabla expresada en pesos mexicanos RADIO-­‐ANTENA EXTERIOR: 1,980.00 ROUTER INTERIOR WIFI: 860.00 ROUTER INTERIOR WIFI CON 4 PUERTOS: 980.00 El cliente enGende que el equipo de wi-­‐fi Gene un alcance limitado que puede verse afectado por el lugar donde se haya instalado, por el material de las paredes, muebles de metal, etc. Y que es posible que sea necesario que instale un repeGdor. OCTAVA. BONIFICACION POR INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO En caso de suspensión del servicio por un Gempo mayor de 72 horas consecuGvas, el cliente tendrá derecho a una bonificación proporcional del costo del periodo de la interrupción, aun cuando ésta se deba a causas fortuitas e incontrolables para INET NOVENA. PERTURBACION EN EL SERVICIO INET no será responsable en forma alguna cuando las fallas en la prestación de LOS SERVICIOS se deba a causas de fuerza mayor que impidan total o parcialmente la prestación de los mismos DECIMA. PARA SOLICITAR SERVICIO: A cualquier hora el cliente deberá llamar al Centro de Enlace y solicitar la generación de un Ticket de servicio. Deberás proporcionar el nombre del TITULAR DEL CONVENIO y también el NUMERO DE CONVENIO. Este úlGmo lo encuentra en una eGqueta sobre su router. INET se compromete a tender lo antes posible y resolver antes de 48 horas. DECIMA PRIMERA. PAGOS EL CLIENTE se obliga a pagar a INET por LOS SERVICIOS, las canGdades que correspondan por haberse expresado en el ACUERDO DE SUSCRIPCION correspondiente. DECIMA SEGUNA. CESION DE DERECHOS EL CLIENTE podrá ceder los derechos y obligaciones de éste contrato a cualquier persona en el mismo domicilio, siempre que se noGfique debidamente a INET por escrito y se presenten los documentos y datos necesarios de la idenGficación del nuevo CLIENTE DECIMA TERCERA. CAUSAS DE SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS De manera enunciaGva y no limitaGva, son causales de suspensión de LOS SERVICIOS: Que EL CLIENTE con cumpla en Gempo y forma con los pagos a que se ha compromeGdo Que se instalen equipos o accesorios impropios, no homologados, no aprobados por las autoridades o habiendo modificado los parámetros de la Red de prestación de SERVICIOS. Que el cliente o cualquier persona ajena a INET programe, reprograme, configure, reconfigure, resetee, altere en su conexión, desconectados sin indicación de personal de INET, desinstale o reinstale o lo uGlice para fines diversos de aquellos para los que INET los desGnó al momento de su instalación En estos casos, la suspensión de LOS SERVICIOS por parte de INET no le otorga a EL CLIENTE, derecho de reembolso, bonificación por interrupción ni indemnización de ningún Gpo, y no es causa válida para que el cliente suspenda los pagos a que se ha compromeGdo con INET. DECIMA CUARTA. RESCISION INET podrá rescindir unilateralmente el presente contrato si el cliente omite dos pagos a que se haya compromeGdo, si el cliente cambia su domicilio, por detectarse uso ilegal de LOS SERVICIOS o bien, cuando alguna autoridad así lo determine. En estos casos, la rescisión de LOS SERVICIOS por parte de INET no le otorga a EL CLIENTE, derecho de reembolso, bonificación por interrupción ni indemnización de ningún Gpo, y no es causa válida para que el cliente suspenda los pagos a que se ha compromeGdo con INET. DECIMA QUINTA. NOTIFICACIONES Las partes señalan como domicilios convencionales, los establecidos en el ACUERDO DE SUCRIPCION y cualquier cambio en los mismos deberá ser noGficado a la otra parte en los 10 dias siguientes a que ocurra. DECIMA SEXTA. MODIFICACIONES INET podrá modificar las condiciones del presente contrato y deberá noGficar a EL CLIENTE lo necesario a fin de que éste decida conGnuar o no con las nuevas condiciones. DECIMA SEPTIMA. JURISDICCION Ambas parte se apegarán a las autoridades y tribunales de la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios. DECIMA OCTAVA. AVISO DE PRIVACIDAD Todos los datos contenidos en el ACUERDO DE SUSCRIPCION están protegidos por el AVISO DE PRIVACIDAD que INET oportunamente publica en su página de internet tanto en su versión corta como larga. POR EL CLIENTE: _______________________________ POR INET: _______________________________________
INET es el concepto comercial de TELE SEGURIDAD PRIVADA S DE RL DE CV para la prestación de servicios de Telecomunicaciones, Redes, Computo y enlaces a Internet