AÑO 2015 CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS DE TORREJÓN DE ARDOZ ENERO Jº FEBRERO Jº MARZO Jº ABRIL Jº 1-6 7-13 14-20 21-27 28-31 3 4 1 2 3 1-3 4-10 11-17 18-24 25-28 3 4 1 2 3 1-3 4-10 11-17 18-24 25-31 3 4 1 2 3 1-7 8-14 15-21 22-28 29-30 4 1 2 3 4 MAYO Jº JUNIO Jº JULIO Jº AGOSTO Jº 1-5 6-12 13-19 20-26 27-31 4 1 2 3 4 1-2 3-9 10-16 17-23 24-30 4 1 2 3 4 1-7 8-14 15-21 22-28 29-31 1 2 3 4 1 1-4 5-11 12-18 19-25 26-31 1 2 3 4 1 SEPTIEMBRE Jº OCTUBRE Jº NOVIEMBRE Jº DICIEMBRE Jº 1 2-8 9-15 16-22 23-29 30 1 2 3 4 1 2 1-6 7-13 14-20 21-27 28-31 2 3 4 1 2 1-3 4-10 11-17 18-24 25-30 2 3 4 1 2 1 2-8 9-15 16-22 23-29 30-31 2 3 4 1 2 3 NOTA INFORMATIVA: La duración de la guardia es de ocho días, comenzando el MIÉRCOLES de cada semana, hasta el MIÉRCOLES, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia sólo a los efectos de celebrar los Juicios Rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia. También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia se produce a las 9.00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada MIÉRCOLES). Respecto al turno especial del Juzgado de Guardia previsto en el art. 47 del Reglamento sobre Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales (en caso de sucesos extraordinarios): el Juzgado coadyuvante al Juzgado de guardia en el momento del suceso será el Juzgado de Instrucción al que le corresponda la siguiente guardia según el calendario ordinario establecido; en caso de que fuera necesario el llamamiento como coadyuvante de más de un órgano judicial, dicho llamamiento será atendiendo al orden sucesivo numérico al del Juzgado llamado como coadyuvante en primer lugar (e.g. al Juzgado n° 1 le coadyuvará en primer lugar el Jugado n° 3, pero si fuera necesario el llamamiento de más órganos judiciales, será llamado el Juzgado n° 4 y, en último lugar, el nº 2).
© Copyright 2024 ExpyDoc