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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA
PIURA
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09 de mazo de 2015
CASTILLA,
VISTO:
El Expediente Administrativo 002355-352, presentado por el Sindicato de Servidores Municipales de
Castilla -SISERMUNC, mediante elcual presentan el Pliego de Reclamos para elaño 2016, asícomo solicitan la
designación de la Comisión Paritaria, y;
:CONSIDERANDO:
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Que, mediante el expediente de Visto, los represeniantes legales del Sindicato de Servidores Municipales de la
Municipalidad Distritalde Castilla, presentan el Pliego de Reclamos pára elaño 2016, el mismo que ha sido elaborado y
aprobado por la organización sindical conforme a las disposiciones previstas en la Ley de Relaciones Colectivas
de
Trabajo Ley N" 25593 y su Reglamento así como ponen a disposición la Comisión Negociadora proponiendo a sus
integrantes;
Que, de conformidad al Artículo ll del Título Preliminar de la Ley 27972, Los Gobiernos Locales gozan de
autonomia política, econÓmica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitución
Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento iurídico;
Que, el Articulo
28' de la
Constitución establece que
el
Estado reconoce los derechos de sindicación.
negociaciÓn colectiva y huelga. Cautela su e.jercicio democrático, a favor de los trabaiadores:
Que, de acuerdo a lc establecido en el Articulo 25' del D.S. 003-82-PCM establece, que recibido
el pliego de
reclamos se procederá a constituir una Comisión Paritaria el cual estará constituida por
cuatro (4) representantes dL los
trabajadores, (4) representantes de la repartición pública y un (1) representante del titular de la misma quien presidirá,
la
y
por lo que al haber acreditado el sindicato a sus representantes, corresponde a la
entidad acreditar a sus cuatro
representantes y 1 representante del títular del pliego quien la presidirá;
Que, a través del Informe N" 215-2015-MDC-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que
conesponde a
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Distrital de Castilla, garantizar que la aprobación y reajuste de los conceptos consignados
en el pliego
cuenten con el conespondiente financiamiento debidamente previsto y disponiblé, bajo sanción
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de
derecho de los actos administrativos que lo formalicen; siendo de opinión que es factible
formar tos
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la Comisión Paritaria, encargada
póticiones
¡.r"iur'{tn+r.r--f|1lembros
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rrabajadores
de encontrar fórmulas de arreglo al Pliego de
S
ISERMUNC;
del Sindicato de
Que, con Memorando N" 104-201S-MDC-GM, el Gerente Municipal, autoriza la emisión
del acto administrativo
correspond¡ente, que se encargará de estudiar el requerimiento formulado por el Sindicato
de Servidores Municipales de
Castilla (SISERMUNC), a través del Pliego de Reclamos 2016; proponiendo a los integrantes
que conformbran ras
Comisión Paritaria;
Con las visas de las Gerencias: Municipal, Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley
de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Designar la.Comisión Pantaria encargada de estudiar
el requerimiento formulado por el
Sindicato de Servidores Municipales de la Municipalidad Distrital de Castilla SISERMUNC a través del pliego de
Reclamos 2016, que estará conformada de la siguiente manera:
POR LA MUNICIPALIDAD
TITULARES
CPC. Leopoldo Otiniano Vásquez
Gerente Municipal
Mg. Nicolás Francisco Timaná Alamo
Gerente de Planeamiento y Presupuesto
Lic. Segundo Armando Arnao Regalado
Gerente Administración y Finanzas
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DD CASTILIA
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N.CATDIA
242.2015.M0C.4
ot de mazo de 2015
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L.
SUPLENTES
Abg. Manuel Alfredo Reusche Calderón
Subgerente de Recursos Humanos
Abg. Jusbie Leonarda Gonzales Navarro
Geiente de Asesoria Jurídica
POR EL SINDICATO
TITULARES
Ing. Domingo Távara Elías
Secretario General
Lic. Abel Navano Velásquez
Sub Secretario General
Econ. Cecilia Benites Colán
Secretaria de Defensa.
SUPLENTES
Manuel Andrade Farfán
a. Midory Panta Madrid
ARTICULO SEGUNDO.- La Comisión Paritaria se instalará en un plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados a
de la notificación de la presente Resolución. El Informe de la Negociación Colectiva deberá ser remitido al Despacho
de Alcaldía para su aprobación, debiendo las dependencias de esta Corporación Edil, brindar la información necesaria
requerida a la Comisión para el mejor cumplimiento de su trabajo,
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Resolución.
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