bases de la convocatoria para la contratación de los desempleados

BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE DESEMPLEADOS PARA PROYECTOS DE UTILIDAD SOCIAL Y
CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO PARA PERSONAL LABORAL TEMPORAL
Orden HAC/48/2014, convocatoria para el año 2015 de subvenciones a las
corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus entidades
vinculadas o dependientes para la contratación de personas desempleadas en la
realización de obras y servicios de interés general y social (2ª Fase), cofinanciadas al
50% por el Fondo Social Europeo (FSE), a través del Programa Operativo Regional de
Cantabria 2014-2020
Santander, 15 de Mayo de 2015
I. OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral de personas desempleadas según el perfil indicado
en el ANEXO IV-FICHA PUESTOS.
El contrato se realizará por servicio determinado y modalidad de obra y servicio, a través de Santurban S.A., a
jornada completa y con una duración de 6 meses sin posibilidad de prórroga. El horario de trabajo variará
adaptándose a las propias necesidades del servicio.
En atención a lo dispuesto en la Orden HAC/48/2014, estando previsto el inicio de ejecución de estos proyectos
el 15 de agosto de 2015, se procede a ofertar la totalidad de plazas solicitadas al programa, si bien serán
cubiertas las que sean aprobadas en la decisión del Consejo de Gobierno de Cantabria que aprueba en base a
la convocatoria.
II.- CARACTERÍSTICAS DE LOS PUESTOS.
Se ofertan 70 puestos de diversos perfiles clasificados en cuatro programas: CASOME (Servicios de Calidad y
Sostenibilidad Medioambiental), CULTUPA (Servicios Culturales, Turísticos y de Patrimonio), INSOLA (Servicios
para la Inserción Social y Laboral) y OCIOSO (Servicios de Ocio a la Sociedad).
En el ANEXO IV-FICHA PUESTOS, se especifican las funciones, requisitos y características de cada puesto
ofertado.
III. REQUISITOS.
Para poder optar a esta Convocatoria, se exigen obligatoriamente, todos estos requisitos, siendo excluidas las
candidaturas que no los cumplan:
a) Estar en edad de trabajar.
b) Tener la titulación exigida expresamente en la Convocatoria.
c) Estar inscrito en las Oficinas de Servicio Cántabro de Empleo, en situación de desempleo, (queda
excluida la mejora de empleo) en el día de publicación de estas Bases, y en el día anterior a la
contratación. Será necesario acreditar esta situación con:
INFORME DE PERIODOS DE INSCRIPCIÓN de EMCAN, de fecha a partir de la publicación de
estas bases (15 de mayo de 2015).
INFORME DE VIDA LABORAL de SEGURIDAD SOCIAL, se dará por válido un informe de vida
laboral con fecha a partir de enero de 2015 si no ha variado su situación laboral desde esa
fecha. O a fecha del periodo en que esté abierta esta convocatoria, si ha variado su situación
laboral desde enero 2015.
d)
e)
f)
g)
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la administración ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Experiencia y Formación relacionada con el puesto ofertado y que aparecen desarrolladas en el ANEXO
IV-FICHA PUESTOS.
Cumplimentar y adjuntar debidamente, toda la documentación requerida para cada puesto, según lo
establecido en el apartado VII.-SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
No haber sido contratado en el año 2014-2015 en los programas de Iniciativas Singulares de Empleo
(ISE- periodo contratación noviembre 2014 a mayo 2015 ó ISE del Besaya), en los programas de
Contratación a Desempleados para Proyectos de utilidad Social en Corporaciones Locales (1º Faseperiodo contratación febrero a agosto 2015) de cualquier Ayuntamiento, Entidad Dependiente o
Mancomunidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Anexo III).
Página 1 de 6
IV.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y BAREMACIÓN.
El sistema de selección será concurso y entrevista o caso práctico, estableciéndose una puntuación máxima de:
25 puntos. La puntuación final, será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase, que serán valoradas
ambas por el evaluador responsable del área.
Fase de Concurso.
Se establece una triple baremación: baremación de la FORMACIÓN COMPLEMENTARIA, con un máximo de
5 puntos; una baremación de la EXPERIENCIA LABORAL, con un máximo de 5 puntos; y una baremación de
la parte PERSONAL, con una puntuación máxima de 5 puntos.
El cómputo de toda la baremación se realizará teniendo en cuenta sólo la información y puntuación que el
solicitante indique en el Anexo II de AUTOBAREMACIÓN, siendo sólo valorable lo que cada solicitante se
autopuntúe en dicho Anexo II (en caso de necesidad, presentar varias hojas del Anexo II). No se valorarán
aquellos Anexos II en los que no esté indicada la puntuación correspondiente en cada fila (de curso,
experiencia, etc), se dará por nulo y se puntuará cero. Los Anexos II vacíos no se tendrán en consideración.
El evaluador nunca podrá añadir o aumentar la puntuación expresada por el solicitante en su autobaremo,
aunque detecte un error o aparezca sin puntuar.
La persona responsable de la selección, posteriormente cotejará la veracidad de las autobaremaciones
realizadas, con la documentación presentada, según lo establecido en las Bases.
La Autobaremación de la Formación Complementaria y de la Experiencia tendrá que tener una estrecha relación
con las características o descripción del puesto de trabajo a cubrir, que estará definida y detallada en la
ficha correspondiente para el puesto recogida en el ANEXO IV-FICHA PUESTOS, de estas bases y en caso de
duda se tendrá en cuenta el criterio del evaluador. Debido al carácter de la subvención, se incorpora una
baremación personal dónde se valorará aspectos de índole personal y social.
1.-BAREMO- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Cursos relacionados con el puesto/perfil de trabajo a
desempeñar (máximo de 5 puntos). Quedan excluidas de este baremo las titulaciones de formación
reglada.
Cursos de hasta 50 horas
0,05 puntos/curso.
Cursos hasta 100 horas.
0,15 puntos/curso.
Cursos hasta 300 horas.
0,30 puntos/curso.
De más de 301 horas.
0,60 puntos/curso.
Cuando en el diploma no se haga constar el número de horas de duración de la formación, se computará
la puntuación mínima de 0.05/curso.
En el caso de que aparezca expresado en créditos, deberá presentarse el documento del órgano/entidad
que indique el valor de dichos créditos en horas.
2.- BAREMO- EXPERIENCIA: Experiencia específica con el puesto/perfil de trabajo a desempeñar,
teniéndose en cuenta el puesto y grupo profesional al que se presenta. (máximo de 5 puntos)
a. Experiencia.
Trabajando
para
el 1,00 pto/3meses.
Ayuntamiento
de
SANTANDER o Entidad
Dependiente.
Trabajando
en
otras 0,75 ptos/3meses.
Administraciones Públicas
o Centros Privados
b. Otras experiencias: becas, prácticas, Por cada 3 meses de trabajo efectivo y acreditado: 0,25
colaboración social…
puntos
Deberá hacerse constar expresamente, el periodo de inicio y fin de la experiencia, o en su caso los meses
trabajados, en caso contrario no podrá contabilizarse dicha experiencia. Asimismo, si en el cómputo de la
experiencia laboral, quedasen periodos inferiores a 3 meses, no se tendrán en cuenta en la puntuación
total.
En el caso de becas/ prácticas/ colaboración social, sólo se tendrá en cuenta los días cotizados según
informe de vida laboral, certificado de empresa donde conste expresamente los días trabajados y si consta
en horas se computará a 7 horas por día.
3.-BAREMO-PERSONAL: (máximo de 5 puntos)
Estar empadronado en el municipio de Santander, con anterioridad a la 2 puntos
publicación de estas Bases.
Página 2 de 6
Tiempo de Permanencia en situación legal de Desempleo con antigüedad
ininterrumpida en la Oficina de Empleo de Cantabria y contando siempre
desde la fecha en el que dio lugar a la situación actual de desempleo (no
computándose las mejoras de empleo):
•
Entre 360 y 720 días: 1 punto
•
Más de 720 días: 2 puntos
Máximo 2 puntos
Por encontrarse en alguna de estas situaciones sociales/personales:
•
Edad: Menor de 25 años (nacidos después del 15/05/1990) o mayor
de 55 años (nacidos antes del 15/05/1960).
•
Discapacidad reconocida mayor o igual al 33%.
•
Familias monoparentales con persona a cargo.
•
Estar todos los miembros de la unidad familiar en desempleo.
1 punto
Fase de Entrevista/ Caso Práctico.
Sólo optarán a esta fase los cuatro candidatos por puesto, que hayan obtenido la mayor puntuación en la Fase
de Concurso. Dicha fase podrá consistir en una ENTREVISTA/ UN CASO PRÁCTICO A DESARROLLAR/ O
UNA MODALIDAD MIXTA. Esta fase tendrá estrecha relación con las características o descripción del
puesto de trabajo a cubrir que está definido y detallado, así como la adecuación de la persona al puesto
ofertado en función de la aptitud y actitud hacia el puesto de trabajo, en caso de duda se tendrá en cuenta el
criterio del responsable del área. (Máximo 10 puntos).
V.-CALIFICACIÓN.
El evaluador acreditará y cotejará lo cumplimentado y presentado por cada solicitante en el Anexo II de
Autobaremación, siendo válida la puntuación de la formación, experiencia y baremo personal que esté
convenientemente acreditada, junto con el resto de requisitos exigidos en las bases.
La puntuación final, será la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, con los límites de
puntuación marcados.
Fase de Concurso
FORMACIÓN
COMPLEMENTARIA
(MÁXIMO
5
PUNTOS)
Fase de Concurso
EXPERIENCIA
(MÁXIMO
5
PUNTOS)
Fase de Concurso
PERSONAL
(MÁXIMO 5 PUNTOS)
Fase de Entrevista/
Caso Práctico
(MAXIMO
10
PUNTOS)
Total
Puntuación
(MÁXIMO
PUNTOS)
25
El aspirante por puesto que consiga la mayor puntuación será propuesto para su contratación. El resto de
aspirantes pasarán a integrar una Bolsa de empleo, en calidad de reserva, por el orden de la puntuación
obtenida. La bolsa de empleo, tendrá una duración de 6 meses y será utilizada para los casos en que proceda
realizar contratos temporales para sustituciones del personal de esta convocatoria.
VI.-PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN.
Toda la publicidad relativa a este proceso aparecerá recogida en el tablón de anuncios de la Agencia de
Desarrollo de Santander y en la web del Ayuntamiento de Santander: www.santander.es (portada principal:
ultima información publicada y en concejalías/empleo y desarrollo empresarial/actividades), así como en la
página
web
de
la
Agencia
de
Desarrollo
de
Santander: http://agenciadesarrollo.aytosantander.es/adl/adl.aspx/web/convocatorias/empleo.
Una vez cerrado el plazo de presentación de candidaturas, se publicará un listado provisional por DNI de
admitidos y excluidos por programa y puesto, abriéndose un periodo de subsanación de tres días hábiles para
aquellas personas que hayan sido excluidas.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, se publicitará el listado definitivo por DNI de los admitidos y
excluidos.
Una vez finalizada la Fase de Concurso, se publicará un listado provisional por DNI con las puntuaciones de
todos los aspirantes que han sido admitidos, siendo los cuatro candidatos con mayor puntuación por puesto,
los que pasen a la Fase de Entrevista/ Caso Práctico.
Se abrirá un periodo de consulta de dos días hábiles para aquellas personas que consideren que ha habido un
error manifiesto y notorio debidamente justificado, en la valoración de su puntuación, teniendo en cuenta que
el evaluador sólo considera determinada formación y experiencia (la expresamente relacionada con las
funciones del puesto), con lo cual la puntuación del Autobaremo se puede ver disminuida.
Página 3 de 6
Una vez finalizado el plazo de consultas, se publicará un listado por DNI sólo con las modificaciones que se
puedan producir a consecuencia de los errores detectados y estimados en el periodo de consultas. Las personas
que a consecuencia de esta modificación en su puntuación pasen a la Fase de Entrevista, las realizarán
posteriormente sin perjuicio de las que ya la hayan realizado.
En el caso de que no se pueda localizar por teléfono al candidato que ha pasado a la Fase de Entrevista, tras
intentar contactar con él tres veces y no ser posible, se le enviará un mensaje de correo y/o un mensaje al
móvil, y si en el plazo de dos días no se pone en contacto con las responsables del proceso, se procederá a
llamar al siguiente candidato de la lista, perdiendo el derecho a realizar la entrevista.
Terminado el proceso de selección, del conjunto de las convocatorias, se publicará el listado con el DNI de las
personas que han llegado a la fase de entrevista/prueba, con su puntuación; siendo el candidato con mayor
puntuación el seleccionado para la contratación.
Una vez publicado el listado del cierre del proceso de selección, se abrirá un plazo de tres días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación de las mismas, al efecto de posibles alegaciones, reclamaciones o
sugerencias.
VII.-SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
Toda persona interesada en participar en este proceso de selección deberá cumplir y acreditar
documentalmente todos los requisitos generales que aparecen en el apartado III de estas bases y específicos
de cada puesto, según ANEXO IV-FICHA PUESTOS.
El plazo de presentación de candidaturas será del 15 al 29 de mayo de 2015, horario es de 8.30 a 14.30 horas.
La solicitud, autobaremación y demás documentación requerida se presentarán, de manera presencial en la
sede de la Agencia de Desarrollo de Santander (C/ Magallanes nº 30, Edificio Villaflorida) o bien en el Centro de
Iniciativas Empresariales (C/ Alta, s/n, Mercado de México), en tiempo y forma establecidos. Deberán
presentase tantos impresos de solicitud, autobaremaciones y documentación como número de puestos a los
que se presente.
Asimismo, cabe la posibilidad de presentar la solicitud en cualquiera de las formas/ vías determinadas por el art
38.4 de la Ley 30/1992. En el caso de utilizar algunas de estas vías establecidas por Ley, deberá remitirse,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, por email a [email protected] el Anexo I de
solicitud con la acreditación fehaciente de su presentación en plazo, e indicándose la vía empleada para la
presentación; es un correo de recepción, no de información, por lo que no tendrá respuesta. Dicha
documentación remitida carecerá de valor definitorio en tanto no tuviera entrada en la Agencia de Desarrollo de
Santander la solicitud en modelo original.
Las bases y Anexos (I, II, III, IV y V) de la convocatoria estarán disponibles en el tablón de anuncios de la
Agencia de Desarrollo de Santander y en la web del Ayuntamiento de Santander: www.santander.es (portada
principal: ultima información publicada y en concejalias/empleo y desarrollo empresarial/actividades), así como
en pagina web de la Agencia de Desarrollo de Santander: http://agenciadesarrollo.aytosantander.es/adl/adl.aspx/web/convocatorias/empleo.
Deberá aportarse toda la documentación y méritos que se indiquen en el Anexo II de Autobaremación.
Para facilitar la revisión de la Fase de Concurso, presentar la documentación en el mismo orden
que aparece a continuación:
Parte general de los requisitos:
Anexo I de Solicitud (por duplicado), un anexo por cada puesto solicitado, indicando la
denominación del puesto y el código correspondiente, tal y como se indica en el documento
“Resumen de puestos” y en el Anexo IV- Ficha Puesto correspondiente.
2. Anexo II de Autobaremación cumplimentado, según lo establecido en las Bases.
3. Anexo III de Declaración Jurada, obligatoriamente firmada, de no ser así se considerará como no
presentado.
4. Fotocopia del DNI vigente.
5. Curriculum Vitae, en el que se indique claramente la formación y experiencia que se presenta en el
Autobaremo.
6. Fotocopia de la titulación que se pide expresamente en la convocatoria, independientemente de
otras titulaciones que se posean. En el caso de presentar titulación diferente a la exigida, cuando el
candidato considere que es equivalente por los distintos planes educativos a la solicitada en la
1.
Página 4 de 6
7.
8.
convocatoria, se deberá justificar con informe oficial de la Consejería de Educación o normativa que
así lo justifique.
Este punto no tendrá aplicación para los puestos de Ordenanza, quedando reflejado a tal efecto en
el Anexo IV de ese puesto.
Informe de Periodos de Inscripción en desempleo del Servicio Cántabro de Empleo, a fecha a partir
de la publicación de estas bases (15 de mayo de 2015), dicho documento se puede obtener a través
de la Oficina Electrónica del EMCAN www.empleacantabria.com, si se está registrado en dicha
página web, así como en las Oficinas de Empleo del EMCAN.
Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social, se dará por válido un informe de vida laboral con
fecha a partir de enero de 2015 si no ha variado su situación laboral desde esa fecha. O a fecha del
periodo en que esté abierta esta convocatoria, si ha variado su situación laboral desde enero 2015.
En el caso de aquellas personas que nunca hayan estado dadas de alta en la Seguridad Social,
deberán aportar declaración jurada que se adjunta como Anexo V.
Si se da el caso de estar en situación legal de desempleo (no mejora de empleo) y estar dado de
alta en la Seguridad Social, deberá acreditarlo con justificante de la empresa, EMCAN, Seguridad
Social o documento acreditativo de esa condición (Ej: becas, bajas maternales, ERE´s…).
El Informe de Vida Laboral se obtiene de forma inmediata habilitando el servicio de recepción de
sms de forma presencial en la TGSS y así imprimirla desde su propio ordenador a través de
www.seg-social.es, recibiéndola en su domicilio posteriormente si se solicita por Internet o por
teléfono al 901502050 o a través del sistema Clave Pin (identidad electrónica de Administraciones).
AutoBaremo de Formación Complementaria:
Fotocopia de los certificados, diplomas o títulos por ambas caras, en el caso de que las horas o la
especialidad figuren en el reverso.
10. Quedan excluidas de este baremo las titulaciones de formación reglada.
9.
AutoBaremo de la Experiencia:
11. Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
12. Contratos laborales y/o certificados de empresa dónde se detallen las funciones, puestos y fechas
para justificar la experiencia laboral relacionada con el puesto. De no presentar estos documentos
no se valorará.
13. En el caso de alta en Régimen de Autónomos, habrá que justificar las funciones realizadas mediante
contrato mercantil o de prestación de servicios, facturas, o cualquier documento oficial que así lo
exprese.
14. Fotocopia de certificados de cualquier otro mérito (becas, prácticas, colaboración social…), que
establezca funciones puesto y fechas, siempre relacionado con el puesto. Para el cómputo del
periodo a baremar, sólo se tendrá en cuenta los días cotizados según Informe de Vida Laboral,
Certificado de Empresa donde conste expresamente los días trabajados y si consta en horas, se
computará a 7 horas por día.
AutoBaremo Personal:
15. Se acreditará el empadronamiento con anterioridad a la publicación de estas Bases en el municipio
de Santander, marcando la autorización expresa que aparece en el Anexo I de solicitud para
Página 5 de 6
16.
17.
18.
19.
recabar los datos necesarios del empadronamiento en el municipio de Santander. En el caso de no
marcar esta casilla o no presentar boletín de empadronamiento, no podrá contabilizarse los puntos.
Se acreditará el tiempo de permanencia en situación legal de desempleo con antigüedad
ininterrumpida en la Oficina de Empleo con el Informe de Periodos de Inscripción y con el
Informe de Vida Laboral (consultar apartado c) de los III. REQUISITOS).
Se acreditará la discapacidad reconocida mayor o igual al 33% con fotocopia de la tarjeta y del
certificado ó resolución de discapacidad.
Se acreditará la situación de familias monoparentales con persona a cargo, con copia de la sentencia
de separación o divorcio en donde aparezca que la persona solicitante tiene la custodia de los hijos,
libro de familia o certificado acreditativo.
Se acreditará la situación de estar todos los miembros de la unidad familiar (considerada a partir de
dos o más miembros) en desempleo, entregando fotocopia del libro de familia y tarjetas de
desempleo como demandantes de empleo inscritos con anterioridad a la publicación de estas bases,
de los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar.
No se admitirá ninguna justificación o documento de méritos, posterior a la fecha establecida, salvo
requerimiento de la propia entidad al interesado.
VIII.-SUBSANACIONES.
Las presentaciones de subsanación se deben hacer de manera presencial en la sede de la Agencia de Desarrollo
de Santander (C/ Magallanes nº 30, Edificio Villaflorida), en tiempo y forma establecido en el anuncio que a tal
efecto se publique en las páginas web del Ayuntamiento y de la Agencia de Desarrollo de Santander (ya
citadas).
Se deberá presentar el Anexo de Subsanación, junto con la documentación requerida, tantas veces como
puestos solicitados.
No se admitirá ninguna subsanación fuera de este plazo, horario, y lugar de recogida.
Se podrá subsanar:
1–Vida Laboral o en su caso justificante que aclare la situación legal de desempleo en el momento exigido: Si
se da el caso de estar en situación legal de desempleo (no mejora de empleo) y estar dado de alta en la
Seguridad Social, deberá acreditarlo con justificante de la empresa, EMCAN, Seguridad Social o documento
acreditativo de esa condición (Ej: becas, bajas maternales, ERE´s…).
2–Informe de Periodos de Inscripción en desempleo del Servicio Cantabro de Empleo.
3–Curriculum Vitae.
4–Titulación Exigida en la convocatoria.
5- Anexo III Declaración Jurada.
6- Anexo V Declaración Jurada no Alta Seguridad Social.
No podrá ser subsanado en ningún caso:
1–La omisión de documentación imprescindible y no subsanable (Anexo I y II) ni defectos de forma en la
entrega de solicitud (presentaciones fuera de plazo, email de confirmación de registro de solicitud utilizando
vía establecida por Ley 30/1999).
2–No se admitirá nueva documentación de méritos, que no se haya presentado en el momento de solicitud,
que acredite formación complementaria, experiencia profesional, situación personal, salvo requerimiento
explícito de la propia entidad.
Página 6 de 6