BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE DESEMPLEADOS PARA PROYECTOS DE UTILIDAD SOCIAL Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO PARA PERSONAL LABORAL TEMPORAL Orden HAC/48/2014, convocatoria para el año 2015 de subvenciones a las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus entidades vinculadas o dependientes para la contratación de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social (2ª Fase), cofinanciadas al 50% por el Fondo Social Europeo (FSE), a través del Programa Operativo Regional de Cantabria 2014-2020 Santander, 15 de Mayo de 2015 I. OBJETO. Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral de personas desempleadas según el perfil indicado en el ANEXO IV-FICHA PUESTOS. El contrato se realizará por servicio determinado y modalidad de obra y servicio, a través de Santurban S.A., a jornada completa y con una duración de 6 meses sin posibilidad de prórroga. El horario de trabajo variará adaptándose a las propias necesidades del servicio. En atención a lo dispuesto en la Orden HAC/48/2014, estando previsto el inicio de ejecución de estos proyectos el 15 de agosto de 2015, se procede a ofertar la totalidad de plazas solicitadas al programa, si bien serán cubiertas las que sean aprobadas en la decisión del Consejo de Gobierno de Cantabria que aprueba en base a la convocatoria. II.- CARACTERÍSTICAS DE LOS PUESTOS. Se ofertan 70 puestos de diversos perfiles clasificados en cuatro programas: CASOME (Servicios de Calidad y Sostenibilidad Medioambiental), CULTUPA (Servicios Culturales, Turísticos y de Patrimonio), INSOLA (Servicios para la Inserción Social y Laboral) y OCIOSO (Servicios de Ocio a la Sociedad). En el ANEXO IV-FICHA PUESTOS, se especifican las funciones, requisitos y características de cada puesto ofertado. III. REQUISITOS. Para poder optar a esta Convocatoria, se exigen obligatoriamente, todos estos requisitos, siendo excluidas las candidaturas que no los cumplan: a) Estar en edad de trabajar. b) Tener la titulación exigida expresamente en la Convocatoria. c) Estar inscrito en las Oficinas de Servicio Cántabro de Empleo, en situación de desempleo, (queda excluida la mejora de empleo) en el día de publicación de estas Bases, y en el día anterior a la contratación. Será necesario acreditar esta situación con: INFORME DE PERIODOS DE INSCRIPCIÓN de EMCAN, de fecha a partir de la publicación de estas bases (15 de mayo de 2015). INFORME DE VIDA LABORAL de SEGURIDAD SOCIAL, se dará por válido un informe de vida laboral con fecha a partir de enero de 2015 si no ha variado su situación laboral desde esa fecha. O a fecha del periodo en que esté abierta esta convocatoria, si ha variado su situación laboral desde enero 2015. d) e) f) g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la administración ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Experiencia y Formación relacionada con el puesto ofertado y que aparecen desarrolladas en el ANEXO IV-FICHA PUESTOS. Cumplimentar y adjuntar debidamente, toda la documentación requerida para cada puesto, según lo establecido en el apartado VII.-SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. No haber sido contratado en el año 2014-2015 en los programas de Iniciativas Singulares de Empleo (ISE- periodo contratación noviembre 2014 a mayo 2015 ó ISE del Besaya), en los programas de Contratación a Desempleados para Proyectos de utilidad Social en Corporaciones Locales (1º Faseperiodo contratación febrero a agosto 2015) de cualquier Ayuntamiento, Entidad Dependiente o Mancomunidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Anexo III). Página 1 de 6 IV.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y BAREMACIÓN. El sistema de selección será concurso y entrevista o caso práctico, estableciéndose una puntuación máxima de: 25 puntos. La puntuación final, será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase, que serán valoradas ambas por el evaluador responsable del área. Fase de Concurso. Se establece una triple baremación: baremación de la FORMACIÓN COMPLEMENTARIA, con un máximo de 5 puntos; una baremación de la EXPERIENCIA LABORAL, con un máximo de 5 puntos; y una baremación de la parte PERSONAL, con una puntuación máxima de 5 puntos. El cómputo de toda la baremación se realizará teniendo en cuenta sólo la información y puntuación que el solicitante indique en el Anexo II de AUTOBAREMACIÓN, siendo sólo valorable lo que cada solicitante se autopuntúe en dicho Anexo II (en caso de necesidad, presentar varias hojas del Anexo II). No se valorarán aquellos Anexos II en los que no esté indicada la puntuación correspondiente en cada fila (de curso, experiencia, etc), se dará por nulo y se puntuará cero. Los Anexos II vacíos no se tendrán en consideración. El evaluador nunca podrá añadir o aumentar la puntuación expresada por el solicitante en su autobaremo, aunque detecte un error o aparezca sin puntuar. La persona responsable de la selección, posteriormente cotejará la veracidad de las autobaremaciones realizadas, con la documentación presentada, según lo establecido en las Bases. La Autobaremación de la Formación Complementaria y de la Experiencia tendrá que tener una estrecha relación con las características o descripción del puesto de trabajo a cubrir, que estará definida y detallada en la ficha correspondiente para el puesto recogida en el ANEXO IV-FICHA PUESTOS, de estas bases y en caso de duda se tendrá en cuenta el criterio del evaluador. Debido al carácter de la subvención, se incorpora una baremación personal dónde se valorará aspectos de índole personal y social. 1.-BAREMO- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Cursos relacionados con el puesto/perfil de trabajo a desempeñar (máximo de 5 puntos). Quedan excluidas de este baremo las titulaciones de formación reglada. Cursos de hasta 50 horas 0,05 puntos/curso. Cursos hasta 100 horas. 0,15 puntos/curso. Cursos hasta 300 horas. 0,30 puntos/curso. De más de 301 horas. 0,60 puntos/curso. Cuando en el diploma no se haga constar el número de horas de duración de la formación, se computará la puntuación mínima de 0.05/curso. En el caso de que aparezca expresado en créditos, deberá presentarse el documento del órgano/entidad que indique el valor de dichos créditos en horas. 2.- BAREMO- EXPERIENCIA: Experiencia específica con el puesto/perfil de trabajo a desempeñar, teniéndose en cuenta el puesto y grupo profesional al que se presenta. (máximo de 5 puntos) a. Experiencia. Trabajando para el 1,00 pto/3meses. Ayuntamiento de SANTANDER o Entidad Dependiente. Trabajando en otras 0,75 ptos/3meses. Administraciones Públicas o Centros Privados b. Otras experiencias: becas, prácticas, Por cada 3 meses de trabajo efectivo y acreditado: 0,25 colaboración social… puntos Deberá hacerse constar expresamente, el periodo de inicio y fin de la experiencia, o en su caso los meses trabajados, en caso contrario no podrá contabilizarse dicha experiencia. Asimismo, si en el cómputo de la experiencia laboral, quedasen periodos inferiores a 3 meses, no se tendrán en cuenta en la puntuación total. En el caso de becas/ prácticas/ colaboración social, sólo se tendrá en cuenta los días cotizados según informe de vida laboral, certificado de empresa donde conste expresamente los días trabajados y si consta en horas se computará a 7 horas por día. 3.-BAREMO-PERSONAL: (máximo de 5 puntos) Estar empadronado en el municipio de Santander, con anterioridad a la 2 puntos publicación de estas Bases. Página 2 de 6 Tiempo de Permanencia en situación legal de Desempleo con antigüedad ininterrumpida en la Oficina de Empleo de Cantabria y contando siempre desde la fecha en el que dio lugar a la situación actual de desempleo (no computándose las mejoras de empleo): • Entre 360 y 720 días: 1 punto • Más de 720 días: 2 puntos Máximo 2 puntos Por encontrarse en alguna de estas situaciones sociales/personales: • Edad: Menor de 25 años (nacidos después del 15/05/1990) o mayor de 55 años (nacidos antes del 15/05/1960). • Discapacidad reconocida mayor o igual al 33%. • Familias monoparentales con persona a cargo. • Estar todos los miembros de la unidad familiar en desempleo. 1 punto Fase de Entrevista/ Caso Práctico. Sólo optarán a esta fase los cuatro candidatos por puesto, que hayan obtenido la mayor puntuación en la Fase de Concurso. Dicha fase podrá consistir en una ENTREVISTA/ UN CASO PRÁCTICO A DESARROLLAR/ O UNA MODALIDAD MIXTA. Esta fase tendrá estrecha relación con las características o descripción del puesto de trabajo a cubrir que está definido y detallado, así como la adecuación de la persona al puesto ofertado en función de la aptitud y actitud hacia el puesto de trabajo, en caso de duda se tendrá en cuenta el criterio del responsable del área. (Máximo 10 puntos). V.-CALIFICACIÓN. El evaluador acreditará y cotejará lo cumplimentado y presentado por cada solicitante en el Anexo II de Autobaremación, siendo válida la puntuación de la formación, experiencia y baremo personal que esté convenientemente acreditada, junto con el resto de requisitos exigidos en las bases. La puntuación final, será la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, con los límites de puntuación marcados. Fase de Concurso FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (MÁXIMO 5 PUNTOS) Fase de Concurso EXPERIENCIA (MÁXIMO 5 PUNTOS) Fase de Concurso PERSONAL (MÁXIMO 5 PUNTOS) Fase de Entrevista/ Caso Práctico (MAXIMO 10 PUNTOS) Total Puntuación (MÁXIMO PUNTOS) 25 El aspirante por puesto que consiga la mayor puntuación será propuesto para su contratación. El resto de aspirantes pasarán a integrar una Bolsa de empleo, en calidad de reserva, por el orden de la puntuación obtenida. La bolsa de empleo, tendrá una duración de 6 meses y será utilizada para los casos en que proceda realizar contratos temporales para sustituciones del personal de esta convocatoria. VI.-PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN. Toda la publicidad relativa a este proceso aparecerá recogida en el tablón de anuncios de la Agencia de Desarrollo de Santander y en la web del Ayuntamiento de Santander: www.santander.es (portada principal: ultima información publicada y en concejalías/empleo y desarrollo empresarial/actividades), así como en la página web de la Agencia de Desarrollo de Santander: http://agenciadesarrollo.aytosantander.es/adl/adl.aspx/web/convocatorias/empleo. Una vez cerrado el plazo de presentación de candidaturas, se publicará un listado provisional por DNI de admitidos y excluidos por programa y puesto, abriéndose un periodo de subsanación de tres días hábiles para aquellas personas que hayan sido excluidas. Una vez finalizado el plazo de subsanación, se publicitará el listado definitivo por DNI de los admitidos y excluidos. Una vez finalizada la Fase de Concurso, se publicará un listado provisional por DNI con las puntuaciones de todos los aspirantes que han sido admitidos, siendo los cuatro candidatos con mayor puntuación por puesto, los que pasen a la Fase de Entrevista/ Caso Práctico. Se abrirá un periodo de consulta de dos días hábiles para aquellas personas que consideren que ha habido un error manifiesto y notorio debidamente justificado, en la valoración de su puntuación, teniendo en cuenta que el evaluador sólo considera determinada formación y experiencia (la expresamente relacionada con las funciones del puesto), con lo cual la puntuación del Autobaremo se puede ver disminuida. Página 3 de 6 Una vez finalizado el plazo de consultas, se publicará un listado por DNI sólo con las modificaciones que se puedan producir a consecuencia de los errores detectados y estimados en el periodo de consultas. Las personas que a consecuencia de esta modificación en su puntuación pasen a la Fase de Entrevista, las realizarán posteriormente sin perjuicio de las que ya la hayan realizado. En el caso de que no se pueda localizar por teléfono al candidato que ha pasado a la Fase de Entrevista, tras intentar contactar con él tres veces y no ser posible, se le enviará un mensaje de correo y/o un mensaje al móvil, y si en el plazo de dos días no se pone en contacto con las responsables del proceso, se procederá a llamar al siguiente candidato de la lista, perdiendo el derecho a realizar la entrevista. Terminado el proceso de selección, del conjunto de las convocatorias, se publicará el listado con el DNI de las personas que han llegado a la fase de entrevista/prueba, con su puntuación; siendo el candidato con mayor puntuación el seleccionado para la contratación. Una vez publicado el listado del cierre del proceso de selección, se abrirá un plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de las mismas, al efecto de posibles alegaciones, reclamaciones o sugerencias. VII.-SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Toda persona interesada en participar en este proceso de selección deberá cumplir y acreditar documentalmente todos los requisitos generales que aparecen en el apartado III de estas bases y específicos de cada puesto, según ANEXO IV-FICHA PUESTOS. El plazo de presentación de candidaturas será del 15 al 29 de mayo de 2015, horario es de 8.30 a 14.30 horas. La solicitud, autobaremación y demás documentación requerida se presentarán, de manera presencial en la sede de la Agencia de Desarrollo de Santander (C/ Magallanes nº 30, Edificio Villaflorida) o bien en el Centro de Iniciativas Empresariales (C/ Alta, s/n, Mercado de México), en tiempo y forma establecidos. Deberán presentase tantos impresos de solicitud, autobaremaciones y documentación como número de puestos a los que se presente. Asimismo, cabe la posibilidad de presentar la solicitud en cualquiera de las formas/ vías determinadas por el art 38.4 de la Ley 30/1992. En el caso de utilizar algunas de estas vías establecidas por Ley, deberá remitirse, dentro del plazo de presentación de solicitudes, por email a [email protected] el Anexo I de solicitud con la acreditación fehaciente de su presentación en plazo, e indicándose la vía empleada para la presentación; es un correo de recepción, no de información, por lo que no tendrá respuesta. Dicha documentación remitida carecerá de valor definitorio en tanto no tuviera entrada en la Agencia de Desarrollo de Santander la solicitud en modelo original. Las bases y Anexos (I, II, III, IV y V) de la convocatoria estarán disponibles en el tablón de anuncios de la Agencia de Desarrollo de Santander y en la web del Ayuntamiento de Santander: www.santander.es (portada principal: ultima información publicada y en concejalias/empleo y desarrollo empresarial/actividades), así como en pagina web de la Agencia de Desarrollo de Santander: http://agenciadesarrollo.aytosantander.es/adl/adl.aspx/web/convocatorias/empleo. Deberá aportarse toda la documentación y méritos que se indiquen en el Anexo II de Autobaremación. Para facilitar la revisión de la Fase de Concurso, presentar la documentación en el mismo orden que aparece a continuación: Parte general de los requisitos: Anexo I de Solicitud (por duplicado), un anexo por cada puesto solicitado, indicando la denominación del puesto y el código correspondiente, tal y como se indica en el documento “Resumen de puestos” y en el Anexo IV- Ficha Puesto correspondiente. 2. Anexo II de Autobaremación cumplimentado, según lo establecido en las Bases. 3. Anexo III de Declaración Jurada, obligatoriamente firmada, de no ser así se considerará como no presentado. 4. Fotocopia del DNI vigente. 5. Curriculum Vitae, en el que se indique claramente la formación y experiencia que se presenta en el Autobaremo. 6. Fotocopia de la titulación que se pide expresamente en la convocatoria, independientemente de otras titulaciones que se posean. En el caso de presentar titulación diferente a la exigida, cuando el candidato considere que es equivalente por los distintos planes educativos a la solicitada en la 1. Página 4 de 6 7. 8. convocatoria, se deberá justificar con informe oficial de la Consejería de Educación o normativa que así lo justifique. Este punto no tendrá aplicación para los puestos de Ordenanza, quedando reflejado a tal efecto en el Anexo IV de ese puesto. Informe de Periodos de Inscripción en desempleo del Servicio Cántabro de Empleo, a fecha a partir de la publicación de estas bases (15 de mayo de 2015), dicho documento se puede obtener a través de la Oficina Electrónica del EMCAN www.empleacantabria.com, si se está registrado en dicha página web, así como en las Oficinas de Empleo del EMCAN. Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social, se dará por válido un informe de vida laboral con fecha a partir de enero de 2015 si no ha variado su situación laboral desde esa fecha. O a fecha del periodo en que esté abierta esta convocatoria, si ha variado su situación laboral desde enero 2015. En el caso de aquellas personas que nunca hayan estado dadas de alta en la Seguridad Social, deberán aportar declaración jurada que se adjunta como Anexo V. Si se da el caso de estar en situación legal de desempleo (no mejora de empleo) y estar dado de alta en la Seguridad Social, deberá acreditarlo con justificante de la empresa, EMCAN, Seguridad Social o documento acreditativo de esa condición (Ej: becas, bajas maternales, ERE´s…). El Informe de Vida Laboral se obtiene de forma inmediata habilitando el servicio de recepción de sms de forma presencial en la TGSS y así imprimirla desde su propio ordenador a través de www.seg-social.es, recibiéndola en su domicilio posteriormente si se solicita por Internet o por teléfono al 901502050 o a través del sistema Clave Pin (identidad electrónica de Administraciones). AutoBaremo de Formación Complementaria: Fotocopia de los certificados, diplomas o títulos por ambas caras, en el caso de que las horas o la especialidad figuren en el reverso. 10. Quedan excluidas de este baremo las titulaciones de formación reglada. 9. AutoBaremo de la Experiencia: 11. Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. 12. Contratos laborales y/o certificados de empresa dónde se detallen las funciones, puestos y fechas para justificar la experiencia laboral relacionada con el puesto. De no presentar estos documentos no se valorará. 13. En el caso de alta en Régimen de Autónomos, habrá que justificar las funciones realizadas mediante contrato mercantil o de prestación de servicios, facturas, o cualquier documento oficial que así lo exprese. 14. Fotocopia de certificados de cualquier otro mérito (becas, prácticas, colaboración social…), que establezca funciones puesto y fechas, siempre relacionado con el puesto. Para el cómputo del periodo a baremar, sólo se tendrá en cuenta los días cotizados según Informe de Vida Laboral, Certificado de Empresa donde conste expresamente los días trabajados y si consta en horas, se computará a 7 horas por día. AutoBaremo Personal: 15. Se acreditará el empadronamiento con anterioridad a la publicación de estas Bases en el municipio de Santander, marcando la autorización expresa que aparece en el Anexo I de solicitud para Página 5 de 6 16. 17. 18. 19. recabar los datos necesarios del empadronamiento en el municipio de Santander. En el caso de no marcar esta casilla o no presentar boletín de empadronamiento, no podrá contabilizarse los puntos. Se acreditará el tiempo de permanencia en situación legal de desempleo con antigüedad ininterrumpida en la Oficina de Empleo con el Informe de Periodos de Inscripción y con el Informe de Vida Laboral (consultar apartado c) de los III. REQUISITOS). Se acreditará la discapacidad reconocida mayor o igual al 33% con fotocopia de la tarjeta y del certificado ó resolución de discapacidad. Se acreditará la situación de familias monoparentales con persona a cargo, con copia de la sentencia de separación o divorcio en donde aparezca que la persona solicitante tiene la custodia de los hijos, libro de familia o certificado acreditativo. Se acreditará la situación de estar todos los miembros de la unidad familiar (considerada a partir de dos o más miembros) en desempleo, entregando fotocopia del libro de familia y tarjetas de desempleo como demandantes de empleo inscritos con anterioridad a la publicación de estas bases, de los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar. No se admitirá ninguna justificación o documento de méritos, posterior a la fecha establecida, salvo requerimiento de la propia entidad al interesado. VIII.-SUBSANACIONES. Las presentaciones de subsanación se deben hacer de manera presencial en la sede de la Agencia de Desarrollo de Santander (C/ Magallanes nº 30, Edificio Villaflorida), en tiempo y forma establecido en el anuncio que a tal efecto se publique en las páginas web del Ayuntamiento y de la Agencia de Desarrollo de Santander (ya citadas). Se deberá presentar el Anexo de Subsanación, junto con la documentación requerida, tantas veces como puestos solicitados. No se admitirá ninguna subsanación fuera de este plazo, horario, y lugar de recogida. Se podrá subsanar: 1–Vida Laboral o en su caso justificante que aclare la situación legal de desempleo en el momento exigido: Si se da el caso de estar en situación legal de desempleo (no mejora de empleo) y estar dado de alta en la Seguridad Social, deberá acreditarlo con justificante de la empresa, EMCAN, Seguridad Social o documento acreditativo de esa condición (Ej: becas, bajas maternales, ERE´s…). 2–Informe de Periodos de Inscripción en desempleo del Servicio Cantabro de Empleo. 3–Curriculum Vitae. 4–Titulación Exigida en la convocatoria. 5- Anexo III Declaración Jurada. 6- Anexo V Declaración Jurada no Alta Seguridad Social. No podrá ser subsanado en ningún caso: 1–La omisión de documentación imprescindible y no subsanable (Anexo I y II) ni defectos de forma en la entrega de solicitud (presentaciones fuera de plazo, email de confirmación de registro de solicitud utilizando vía establecida por Ley 30/1999). 2–No se admitirá nueva documentación de méritos, que no se haya presentado en el momento de solicitud, que acredite formación complementaria, experiencia profesional, situación personal, salvo requerimiento explícito de la propia entidad. Página 6 de 6
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