Anuncio de Acuerdo de otorgamiento de Subvenciones - Cabildo de

Área de Empleo, Desarrollo Económico,
Comercio y Acción Exterior
Servicio Administrativo de Empleo, Desarrollo
Económico y Comercio
Anuncio de Acuerdo de otorgamiento de Subvenciones
En cumplimiento de lo establecido en las Bases Reguladoras de la convocatoria y a
efectos de notificación a los interesados, se hace público Acuerdo relativo al
otorgamiento de Subvenciones para la puesta en marcha de Iniciativas
Empresariales, (Modalidad A), convocatoria 2014 de conformidad con la previsión
contenida en el art. 59.6 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
El Consejo de Gobierno Insular, en sesión extraordinaria celebrada el 28 de octubre de
2014, punto del orden del día nº 74, adoptó entre otros, el siguiente ACUERDO:
En relación a las subvenciones de referencia, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo
22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
Resultando que mediante acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, en sesión celebrada
el día 7 de abril de 2014, punto de orden del día nº 31, se aprobaron las Bases
Reguladoras de las Subvenciones para la puesta en Marcha de Iniciativas Empresariales
(BOP nº 51 de 14 de abril de 2014).
Resultando que mediante el mismo acuerdo de Consejo de Gobierno Insular de 7 de
abril de 2014, se aprobó la convocatoria de dicha línea de subvenciones para el presente
ejercicio económico por un importe de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS
(185.000,00€) a imputar a las aplicaciones presupuestarias correspondientes de las
anualidades 2014 y 2015, (BOP nº 51 de 14 de abril de 2014), con arreglo al siguiente
detalle:
Anualidad
2014
2015
Aplicación Presupuestaria
14-051-433C-47900
15-051-433C-47900
Importe
Total
110.000,00
185.000,00 €
75.000,00
Resultando que el objeto de esta convocatoria se contempla en la Base Reguladora 1ª y
es el siguiente:
“(…) la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones
destinadas a sufragar los gastos de las pequeñas empresas que emprendan nuevos
proyectos empresariales generadores de empleo en la Isla de Tenerife. Se
distinguen dos modalidades de subvención según los gastos o conceptos que se
subvencionen.
- MODALIDAD A:
a) Gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad.
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
b) Gastos de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos de las personas promotoras.”
Resultando que el plazo de presentación de solicitudes se estableció desde el 15 de abril
hasta el 14 de mayo de 2014, habiéndose presentado en plazo 118 solicitudes, conforme
a las Bases establecidas en la convocatoria.
Resultando que con fecha 15 de mayo de 2014 numero de Registro de entada 48877, el
Sr. SAID HANA con numero de NIE: Y2503918Z, presenta solicitud un día después de
finalizado el plazo máximo establecido en la convocatoria, resultando por tanto
inadmitida su solicitud por presentarla fuera de plazo.
Resultando que, mediante anuncio publicado el 19 de junio de 2014 en el Tablón de
Anuncios de la Corporación y en el de sus Registros Auxiliares, se requirió a 100 de los
solicitantes la subsanación de la documentación presentada, de acuerdo con lo
establecido en las Bases 6ª y 7ª de las reguladoras de la presente línea de subvenciones,
concediendo a tal efecto un plazo de 10 días hábiles que finalizaba el 1 de julio de 2014.
Resultando que transcurrido el mencionado plazo, 42 interesados no procedieron en
tiempo y/o forma a la subsanación requerida, y en consecuencia deberán ser declarados
desistidos de su solicitud.
Resultando que 76 solicitudes fueron valoradas e informadas por el Servicio Técnico de
Empleo, Desarrollo Económico y Comercio, emitiendo informe correspondiente en el cual
se señalaba, que tan sólo 63 solicitudes cumplían con la totalidad de los requisitos
establecidos en las bases reguladoras de la presente convocatoria.
Resultando que en sesión celebrada el 30 de julio de 2014, se reúne la Comisión de
Valoración, con el fin de evaluar las solicitudes y formular la propuesta de concesión y
denegación de subvenciones, en función de los criterios establecidos en las bases de la
presente convocatoria.
Relación de solicitudes baremadas y su clasificación según la puntuación obtenida:
Expediente
NIF/CIF
Denominación
IE2014/042 B76617257
MOLNUEZ 810 S.L
BOREALIS TRAINING
IE2014/074 B76612977 GROUP SLU
CUTS PELUQUERÍA
IE2014/108 78633115W UNISEX
Ptos.
C1
C-2
C-3
C- C- C- C- C- C- C4 5 6 7 8 9 10
C11
117,50
0 97,50
0,00 10
0
0
0 10
0
0
0
97,50
0 97,50
0,00
0
0
0
0
0
0
0
0
90,00
0 60,00
5,00 10 10
0
0
0
0
5
0
IE2014/018 E76636059
PLAN BAKERY CAFÉ
80,00
0 45,00
0,00 30
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/117 B76612688
GATEWAYTIC SL
C.B. VIDA BUENA DEL
PUERTO DE LA CRUZ
80,00
0 45,00
0,00 10
0 10
0
0 10
0
5
75,00
0 45,00
0,00 20
0
0 10
0
0
IE2014/005 E76636125
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
0
0
2
Expediente
NIF/CIF
IE2014/045 E76629161
Denominación
C.B. AUTOESCUELA LA
CONCEPCIÓN
Ptos.
C1
C-2
C-3
C- C- C- C- C- C- C4 5 6 7 8 9 10
C11
75,00
0 30,00
0,00 20
0
0
0 10 10
0
5
CAFETERÍA DON PATA
BAR CAFETERÍA "EL
ENCUENTRO"
72,50
0 52,50
0,00 10
0
0
0
0
0
71,25
0 41,25
5,00 10
0
0
0 10
0
5
0
70,00
0 45,00
0,00 20
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/002 B76615376
C.B. EL PLAN B
AUTOMOTIVE
DEVELOPMENT OF
TENERIFE, SL
70,00
0 45,00
0,00 20
0
0
0
0
0
0
5
IE2014/095 E76626456
ENCHOLAS CB
IE2014/078 78711167S
IE2014/114 78858316X
IE2014/001 E76633080
0 10
70,00
0 30,00
0,00 20
0
0
0 10
0
5
5
IE2014/077 79063080M TALLER OCÉANO
PESCADERÍA
IE2014/099 43822722V TAMARAGUA C.B.
CENTRO DE
ESPECIALIDADES
IE2014/021 78562832F MÉDICAS MASSANA
PASAPALO
ESPECIALIDADES
IE2014/115 43610701X VENZOLANAS
66,25
0 41,25
0,00 10
0
0
0 10
0
5
0
65,00
0 30,00
0,00 20
0
0
0 10
0
5
0
60,00
0 45,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
60,00
0 45,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/064 E76637933
60,00
0 30,00
0,00 20
0
0
0 10
0
0
0
IE2014/008 X2362750Y LYRA SPACE SPAIN
RESTAURANTE
IE2014/040 X6552049Q PARRILLA
60,00
0 15,00 15,00 10
0 10
0 10
0
0
0
55,38
0 45,38
0
0
0
0
0
0
IE2014/061 79064199C C.B. ALUMINIOS ANDREA
55,00 30 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
C.B. VILLARODRI
0,00
0 10
IE2014/104 78699379A
SPORTS CARS
55,00
0 30,00
5,00 10
0
0
0 10
0
0
0
IE2014/086 E76629096
CB ROYMAR TENERIFE
55,00
0 30,00
0,00 20
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/092 43492985P
KATIA SUPERMERCADO
55,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
0
AFYS ISLA BAJA SLL
GOTAGUA TENERIFE
IE2014/087 51202839D NORTE
CENTRO DE
RECONOCIMIENTO BAEZ
IE2014/009 B76608553 S.L.
52,50
0 37,50
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
52,50
0 22,50 15,00 10
0
0
0
0
0
5
0
52,00
0 42,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/017 36548146L
Jorge Sánchez Torne
50,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0 10
0
0
0
IE2014/080 78673187P
ACTUS
IE2014/067 B76628643
47,50
0 22,50
0,00 10
0
0
0
0 10
5
0
IE2014/033 78679378N Raúl Alberto Díaz
45,00
0 30,00
5,00 10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/062 78642697Q CONGELADOS AFRIO
CENTRO INFANTIL
IE2014/003 X6859613R SANDRA
45,00
0 30,00
5,00 10
0
0
0
0
0
0
0
45,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/012 E76630847
GOMPLAS CB
45,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/020 E76621382
C.B. KAYLIMOVIL
45,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/047 78703963X
MULTITIENDA LA JUNTA
45,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/113 72079232S
BOHO CAFÉ
TERAPIAS CINCO
IE2014/014 78640721H ESTRELLAS
45,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
45,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
5
IE2014/013 45454034P
45,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
5
45,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
5
D. EREK PELUQUERAS
IE2014/035 X9541209G THAI WELLNESS
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
3
Expediente
NIF/CIF
Denominación
Ptos.
C1
C-2
C-3
C- C- C- C- C- C- C4 5 6 7 8 9 10
C11
IE2014/038 43356768C Centro de Belleza MAR
45,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
5
IE2014/107 43609753M LA CASITA DE MAPI
45,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
5
IE2014/041 E76634286
CALEMI C.B.
40,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/088 43490552J
MINIMARKE 24 HORAS
40,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/023 B76630565
STUDIESBOOKING SL
INNOMATE GLOBAL 2014
SL
40,00
0 30,00
0,00
0
0
0
0
0 10
0
0
40,00
0 30,00
0,00
0
0
0
0
0 10
0
0
IE2014/016 45850440D JOTAPEREA
40,00
0 15,00
5,00 10
0 10
0
0
0
0
0
IE2014/066 53632827R SERVICMASCOTAS
40,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
0
IE2014/071 13707340F
40,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
0
40,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
0
IE2014/010 X2696638A EL GARAJE
40,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0 10
0
0
5
IE2014/058 45446151Z
37,50
0 22,50
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
35,00
0 15,00
0,00
0 10 10
0
0
0
0
IE2014/089 B76636992
IE2014/090 43370807Y
ESPAÑOL FOREING
María de las Nieves
Marrero León
OPENCEL
HISTORIA EN ACCIÓN
IE2014/070 B76609635 TOURS S.L
PRODUCCIÓN, GESTIÓN
Y ORGANIZACIÓN DE
EVENTOS
IE2014/072 42064100K SOCIOCULTURALES
CENTRO INTEGRAL
"ESCUELA DE
ALIMENTACIÓN SANA Y
IE2014/007 50093671Q TERAPIAS NATURALES"
31,75
0 21,75
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/046 78611849B
TASCA GRACIOSA
FISIOTERAPIA
IE2014/050 46295692G AMANECER
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/079 78564614H LA TERRERA HOSTEL
RESTAURANTE SELF
SERVICE COMIDAS PARA
IE2014/084 43805884S LLEVAR
Pedro Alberto González
IE2014/073 43369417L Pérez
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
5
0
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
5
IE2014/103 42078427L
30,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
5
IE2014/029
25,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
25,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
25,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
25,00
0 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/034
IE2014/052
IE2014/083
INTEGRA LINE
Marcos Rodríguez
78728563T Guanche
LOCUTORIO CIBER
43494209J IRIARTE
GOOD SMOKE
78679123X CANDELARIA
H2O QUALITY SISTEM,
TRATAMIENTO DEL
X7596256T AGUA
0
Resultando que 13 de los proyectos presentados fueron desestimados por dicha
Comisión, a la vista de los informes emitidos por el Servicio Técnico de Empleo,
Desarrollo Económico y Comercio, al incumplir alguno de los requisitos establecidos en
las Bases Reguladoras de la convocatoria.
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
4
Resultando que con fecha 21 de abril de 2014 el Consejo de Gobierno Insular, punto nº
19 del orden del día, acuerda completar el acuerdo de fecha 7 de abril de 2014 por el que
se aprueba la convocatoria de la presente línea de subvenciones, en lo relativo al crédito
presupuestario, quedando redactado del siguiente modo:
“CRÉDITO PRESUPUESTARIO:
(185.000,00€)
CIENTO
Aplicación presupuestaria
OCHENTA
Y
CINCO
MIL
EUROS
Importe
14-051-433C-479000 ................................................. 110.000,00 €
15-051-433C-479000 ................................................... 75.000,00 €
Para la financiación de los gastos de Seguridad Social de los Promotores de la iniciativa
que deban cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), se
destinará un importe de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €) del total de la financiación
aprobada. Si una vez concedida subvención por tal concepto a todas las solicitudes de
ayudas que hubiesen superado el mínimo de 30 puntos exigidos, resultase un crédito
sobrante, el mismo se añadirá al reservado para financiar el resto de los gastos
considerados subvencionables.
Para la financiación del resto de los gastos subvencionables, se destinarán OCHENTA Y
CINCO MIL EUROS (85.000,00 €).”
Resultando que, en cumplimiento de lo establecido en la Base 9ª de las que rigen la
convocatoria, se publicó en el Tablón de Anuncios de esta Corporación con fecha 8 de
agosto de 2014, a efectos de notificación a los interesados, la Propuesta Provisional de
Resolución de la convocatoria de la presente línea de subvenciones, otorgándose a los
interesados un plazo de 10 DÍAS HÁBILES, hasta el 21 de agosto de 2014, para que
presentaran las alegaciones que estimaran oportunas, presentándose en plazo las
siguientes 19 alegaciones.
Expte.
IE2014/085
Solicitante
CIF
BYZENE TENERIFE
B76617497
SL
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
Alegación
Que su solicitud fue desestimada por no
acreditar la realización de un curso en
materia de creación de empresas conforme a
los requisitos establecidos en la Base
Reguladora 4.1.g. y sin embargo, se aportó
en plazo certificado mediante el que se
acredita
haber
realizado
con
aprovechamiento un curso de 30 horas en
materia de creación de empresas, con la
empresa AULADIRECTA.COM.
5
Expte.
Solicitante
Alegación
Que su solicitud fue desestimada por no
acreditar la realización de un curso en
materia de creación de empresas conforme a
los requisitos establecidos en la Base
PAULA MARÍA DÍAZ
Reguladora 4.1.g. y sin embargo, se aportó
IE2014/081
33.995.794T
YAÑEZ
en plazo certificado mediante el que se
acredita
haber
realizado
con
aprovechamiento un curso de 30 horas en
materia de creación de empresas, con la
empresa AULADIRECTA.COM.
Que su solicitud fue desestimada por no
acreditar la realización de un curso en
materia de creación de empresas conforme a
los requisitos establecidos en la Base
PATRICIA
RAMOS
Reguladora 4.1.g. y sin embargo, se aportó
IE2014/049
45.680.050A
CARRILLO
en plazo certificado mediante el que se
acredita
haber
realizado
con
aprovechamiento un curso de 30 horas en
materia de creación de empresas, con la
empresa AULADIRECTA.COM.
Que su solicitud fue desestimada por no
acreditar la realización de un curso en
materia de creación de empresas conforme a
los requisitos establecidos en la Base
MERCANCÍAS
LA
Reguladora 4.1.g. y sin embargo, se aportó
IE2014/098
B76623255
OCA S.L.U
en plazo certificado mediante el que se
acredita
haber
realizado
con
aprovechamiento un curso de 80 horas en
materia de creación de empresas, con la
empresa AUDIOESTUDIO.
Que su solicitud fue desestimada por
considerarse que no se acreditaba la
viabilidad técnica, económica y financiera del
DIEGO
RAVELO
proyecto. Que cometió un error al
IE2014/105
78.636.664D
DÍAZ
cumplimentar los anexos referidos a dicha y
aporta ahora nuevos datos para acreditar la
viabilidad económica y financiera del
proyecto.
C.B.
CENTRO
Que su solicitud fue desestimada por no
HOLÍSTICO
DE
subsanar en tiempo y forma. Que entiende
IE2014/093 BIENESTAR
E76632421 que la documentación fue aportada
INTEGRAL
correctamente en el momento de formular la
SANANDA
solicitud.
Que su solicitud fue desestimada por no
VEND
haber subsanado en tiempo y forma. Que
IE2014/048
B76621325
ARCHIPIÉLAGO SL
aportó la documentación que le fue requerida
con fecha 1 de julio de 2014
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
6
Expte.
Solicitante
PADILLA
CIF
IE2014/063
ARISBEL
GUERRA
IE2014/004
JOSÉ
MANUEL
42.055.739D
DARIAS PADRÓN
IE2014/107
MARÍA DEL PILAR
43.609.753M
ARCOS DÍAZ
IE2014/012 GOMPLAS CB
IE2014/113
BLANCA
ÁLVAREZ
MARIELA
IE2014/053 VELÁZQUEZ
ESTÉVEZ
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
GARCÍA
78.617.801Y
E76630847
72.079.232S
43.388.461L
Alegación
Que su solicitud se desestimó por no
subsanar en tiempo y forma. Que no aportó
la documentación requerida por considerar el
expediente completo.
Que su solicitud fue desestimada por no
hallarse al corriente de obligaciones frente a
la Seguridad Social y no constar en su vida
laboral ningún tipo de actividad en los 8
meses anteriores a la fecha 30 de junio de
2014. Que se encuentra al corriente de
obligaciones frente a la Seguridad Social y
que no contar con vida laboral previa a la
presentación de la solicitud no es motivo de
desestimación.
Qué debe considerarse innovadora su
actividad.
Que debe considerarse su actividad
encuadrada en los Nuevos Yacimientos de
Empleo e Innovadora
Que debe considerarse que el promotor D.
José Manuel Gómez se encontraba
desempleado al
poner en marcha la
iniciativa, debiendo incrementarse en 10 la
puntuación de la solicitud.
Que existió un error en el Anexo VI (Ficha de
Empleo) al consignar los puestos de trabajo
a crear.
Que debe considerarse una iniciativa
innovadora pues se trata de un nuevo
concepto de cafetería.
Que se trata de una actividad encuadrada en
los Nuevos Yacimientos de Empleo.
(Creación de centros culturales, Difusión de
la cultura, Potenciación de la cultura
popular).
Que una de las promotoras tiene, al menos,
6 meses de experiencia laboral en la misma
actividad.
Que una de las promotoras cuenta con, al
menos, 6 meses de experiencia empresarial.
Que su solicitud se dio por desistida al no
subsanar diferentes defectos y que, sin
embargo, procedió a aportar en tiempo y
forma la documentación que le fue requerida.
7
Expte.
Solicitante
IE2014/016
JESÚS
RAMÍREZ
IE2014/106
BUYNETPLUS
SPAIN S.L.U
IE2014/086
C.B.
ROYMAR
E76629096
TENERIFE
LEOPOLDO
IE2014/111 GUTIÉRREZ
DOMÍNGUEZ
PEREA
CIF
45.850.440D
B76637115
43800657
IE2014/076
SERGIO
ALONSO
78.63.5867V
GONZÁLEZ
IE2014/007
SARA
GARCÍA
50.093.671Q
ZAMORANO
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
Alegación
Que uno de los promotores tiene, al menos,
6 meses de experiencia laboral en la misma
actividad. Que debe valorarse la titulación
específica sobre la actividad a desarrollar de
uno de los promotores.
Que su solicitud fue desestimada por no
acreditar la realización de un curso en
materia de creación de empresas conforme a
los requisitos establecidos en la Base
Reguladora 4.1.g. y sin embargo, se aportó
en plazo certificado mediante el que se
acredita
haber
realizado
con
aprovechamiento un curso de 30 horas en
materia de creación de empresas, con la
empresa AULADIRECTA.COM.
Que una de las promotoras cuenta con, al
menos, 6 meses de experiencia laboral en la
misma actividad. Que una de las promotoras
presenta la titulación de diplomada en
turismo y otra, la posesión de carnet de
conducir tipo btp, por lo que debiera valorase
la titulación específica.
Que en respuesta al requerimiento de
documentación para subsanar su solicitud,
aportó parte de la documentación que le fue
solicitada. Que para el resto de documentos
(certificados expedidos por la Hacienda
Autonómica y el Consorcio de Tributos de la
isla de Tenerife) otorgó autorización al
Cabildo Insular de Tenerife para recabar
certificados
frente
a
las
diferentes
Administraciones
Que en el momento de presentar su solicitud
de subvención fue informado de que caso de
la misma requiriese subsanación le serían
requeridos los documentos vía correo
electrónico o carta. Que transcurrido varios
meses sin tener noticias llamó por teléfono al
Cabildo y fue entonces, ya desistida su
solicitud, cuando se le informó que debió
consultar el Tablón de Anuncios de la
Corporación a fin de comprobar si debía
subsanar o no y que documentos le eran
requeridos.
Alegaciones en relación a los criterios de
valoración presentadas fuera del plazo
establecido al efecto (22 de agosto de 2014)
8
Resultando que examinadas las referidas alegaciones y vistos los informes emitidos por
los Servicios Técnico y Administrativo de Empleo, Desarrollo Económico y Comercio, la
Comisión de Valoración reunida el 16 de septiembre de 2014, concluye que procede lo
siguiente:
Expte.
Solicitante
Conclusión:
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
BYZENE
debe ser emitido por una Institución (como se
B76617497
IE2014/085
TENERIFE SL
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
PAULA
MARÍA
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/081
33.995.794T
DÍAZ YAÑEZ
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
PATRICIA RAMOS
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/049
45.680.050A
establece en las Bases Reguladoras) y no por
CARRILLO
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
MERCANCÍAS LA
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/098
B76623255
OCA S.L.U
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que al emitir la
valoración respecto a la viabilidad del proyecto
se hizo conforme a la información disponible. El
procedimiento
de
concesión
de
estas
DIEGO
RAVELO
IE2014/105
78.636.664D subvenciones es el de concurrencia competitiva,
DÍAZ
por lo que en el plazo de alegaciones no procede
admitir nueva documentación que no se aportó
en el plazo establecido de subsanación de
solicitudes
DESESTIMAR: Se constata que habiéndosele
C.B.
CENTRO
requerido una serie de documentación necesaria
HOLÍSTICO
DE
para la valoración del proyecto, no se procedió a
IE2014/093 BIENESTAR
E76632421
la subsanación de la misma en tiempo y forma,
INTEGRAL
por lo que precede la declaración de
SANANDA
desestimación de su solicitud
DESESTIMAR: No se procedió a subsanación
de la solicitud forma, toda vez que en los
diferentes documentos aportados se observan
defectos
(falta
la
firma
de
ambos
VEND
administradores mancomunados, falta indicación
IE2014/048 ARCHIPIÉLAGO
B76621325 del domicilio a efectos de notificación en el
SL
modelo de altas a terceros, presentan un Informe
del jefe de zona en lugar del Certificado
expedido por el Tesorero del Consorcio de
Tributos de Tenerife como se especifica en las
bases reguladoras)
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
9
Expte.
Solicitante
CIF
IE2014/063
ARISBEL PADILLA
78.617.801Y
GUERRA
IE2014/004
JOSÉ
MANUEL
42.055.739D
DARIAS PADRÓN
IE2014/107
MARÍA DEL PILAR
43.609.753M
ARCOS DÍAZ
IE2014/012 GOMPLAS CB
IE2014/113
E76630847
BLANCA GARCÍA
72.079.232S
ÁLVAREZ
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
Conclusión:
DESESTIMAR: por no haber subsanado en
tiempo y forma. El procedimiento de concesión
de estas subvenciones es el de concurrencia
competitiva, por lo que en el plazo de
alegaciones
no
procede
admitir
nueva
documentación que no se aportó en el plazo
establecido de subsanación de solicitudes
DESESTIMAR Se constata que el interesado se
encontraba dado de alta en el Impuesto de
Actividades Económicas con fecha 16 de mayo
de 2014, momento en que surge la obligación de
cotizar a la Seguridad Social, disponiendo de 30
días para darse de alta en el Régimen Especial
de los Trabajadores Autónomos. El interesado
se dio de alta en fecha posterior al 30 de junio de
2014 (pues en dicha fecha su vida laboral no
indica altas para los 8 meses anteriores) con
efectos desde el 1 de junio del mismo año y
acredita hallarse al corriente frente a la
Seguridad Social, pero la documentación
obrante en el expediente pone en evidencia que
el alta en el RETA habría de tener efectos desde
el mes de mayo. Se considera que aún con la
nueva información (alta en el RETA con efectos
desde 1 de junio formalizada en fecha posterior
al 30 de junio) persiste el incumplimiento de
obligaciones frente a la Seguridad Social.
DESESTIMAR: No se considera que la actividad
desarrollada por la empresa sea susceptible de
encuadrarse en los Nuevos Yacimientos de
Empleo.
ESTIMAR: SÍ se considera como una actividad
innovadora en los términos previstos en la Base
11ª, por lo que se incrementa la puntuación de la
solicitud en 10 puntos, pasando de 45 a 55
puntos.
DESESTIMAR: No se considera que el promotor
aludido se encontrara en situación de desempleo
al poner en marcha la iniciativa, pues el inicio de
actividades de la misma tiene lugar el 21 de
febrero de 2014 y D. José Manuel Gómez está
dado de alta en el RETA desde noviembre de
2013.
DESESTIMAR: En ningún momento se
comunicó la existencia de error en la Ficha de
Empleo, ni se aportó corregido para que pudiera
valorarse.
No puede considerarse una iniciativa innovadora
10
Expte.
IE2014/053
IE2014/016
IE2014/106
IE2014/086
Solicitante
Conclusión:
en los términos previstos en la Base Reguladora
11ª
La actividad principal es la de "servicios de
cafetería" por lo que no puede considerarse
como Nuevo Yacimiento de Empleo.
Para que pueda valorarse la experiencia laboral
o la experiencia en gestión empresarial, las
Bases Reguladoras establecen que documentos
han de presentarse, sin que la interesada haya
procedido a ello
ESTIMAR: al constatarse que procedió a aportar
MARIELA
los documentos requeridos en tiempo y forma
VELÁZQUEZ
43.388.461L
La puntuación total que le corresponde a la
ESTÉVEZ
solicitud es de 52,5 puntos.
DESESTIMAR: la alegación referente a la
experiencia laboral en la misma actividad, pues
en su momento no se aportó la documentación
prevista en las Bases Reguladoras para
acreditar esta circunstancia.
ESTIMAR: la alegación en relación con la
titulación específica en la actividad. La
puntuación obtenida por la solicitud debe
incrementarse en 5 puntos.
JESÚS
PEREA
Así mismo, se constata de oficio la existencia de
45.850.440D
RAMÍREZ
un error material en la valoración de la solicitud
al valorarse como innovadora la iniciativa que no
entra dentro de los términos previstos en la Base
11ª. Debe minorarse en 10 puntos la puntuación
obtenida
La puntuación final que le corresponde es 35
puntos (40 ptos. según listado provisional +5
puntos por valoración de la titulación -10 puntos
por
valoración
errónea
como
iniciativa
innovadora).
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado de
haber realizado un curso en materia de creación
BUYNETPLUS
B76637115 de empresas, debe ser emitido por una
SPAIN S.L.U
Institución (como se establece en las Bases
Reguladoras) y no por una empresa privada
DESESTIMAR: la valoración de la posesión de
titulación específica. La actividad se centra en la
organización de rutas turísticas para grupos
reducidos y la titulación en turismo en la gestión
C.B.
ROYMAR
E76629096 de empresas turísticas. El carnet de tipo btp es
TENERIFE
un carnet de conducir y requisito obligatorio para
actuar como conductora en transporte de
personas.
ESTIMAR: que una de las promotoras posee
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
11
Expte.
Solicitante
CIF
Conclusión:
experiencia laboral valorable en los términos
previstos en las Bases Reguladoras, pues
acredita haber ejercido como taxista y su función
en la empresa es la de conductora.
La puntuación obtenida por la solicitud debe
incrementarse en 10 puntos (experiencia laboral)
pasando a 65 puntos.
DESESTIMAR: esta Corporación sólo puede
recabar los certificado emitidos por la Hacienda
Estatal y la Seguridad Social y resultando ambos
negativos se le requirió para que aportara los
certificados de haberse puesto al corriente con
LEOPOLDO
estas Administraciones, sin que procediera a
IE2014/111 GUTIÉRREZ
43800657 subsanar tal extremo. Asimismo se le requirió el
DOMÍNGUEZ
certificado de estar al corriente con el Consorcio
de Tributos de la isla de Tenerife sin que el
interesado lo aportara en tiempo y forma.
Además se le requirió fotocopia del DNI
compulsada y volvió a presentar una fotocopia
sin compulsar.
DESESTIMAR:
por
cuanto
las
Bases
Reguladoras
establecen
claramente,
SERGIO ALONSO
IE2014/076
78.63.5867V concretamente la Base 9ª, que el medio de
GONZÁLEZ
notificación es el Tablón de anuncios de la
Corporación.
SE INADMITEN las alegaciones a trámite por
presentarlas fuera del plazo concedido al efecto,
10 días hábiles tras la publicación de la
SARA
GARCÍA
IE2014/007
50.093.671Q
propuesta provisional (hasta el 21 de agosto) tal
ZAMORANO
y como se establece en la Base 9ª de las que
regulan esta convocatoria.
Resultando que detectado un error material en la relación de beneficiarios estimados en
la propuesta provisional, que afecta especialmente a los proyectos que obtuvieron 55
puntos en la baremación, procede corregir tal error, resultando con ello un cambio en los
importes a percibir por la beneficiaria KATIA MARÍA SANTIAGO ÁLVAREZ (Expte.
IE2014/092) que pasaría a no tener subvención para gastos de constitución, puesta en
marcha e inicio de la actividad, en favor del solicitante JULIO ESTÉVEZ RODRÍGUEZ
(Expte. IE2014/104) que si obtendría subvención por el citado concepto.
Expediente
NIF/CIF
Denominación
Ptos.
C1
C-2
C-3
C- C- C- C- C- C- C4 5 6 7 8 9 10
C11
IE2014/061 79064199C C.B. ALUMINIOS ANDREA
55,00 30 15,00
0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/104 78699379A
SPORTS CARS
55,00
0 30,00
5,00 10
0
0
0 10
0
0
0
IE2014/086 E76629096
CB ROYMAR TENERIFE
55,00
0 30,00
0,00 20
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/092 43492985P
KATIA SUPERMERCADO
55,00
0 30,00
0,00 10
0
0
0 10
0
5
0
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
12
Resultando que la Comisión de Valoración, tras el examen de las alegaciones, los
informes emitidos y corregido el error en la relación de los beneficiarios, propone una
reformulación de las puntuaciones obtenidas. La lista definitiva ordenada por puntuación
descendente de los expedientes valorados, quedaría del siguiente modo:
Expedient
e
NIF/CIF
Denominación
Ptos.
C1
C-2
C-3
C4
C- C- C5 6 7
C8
C9
C10
C11
IE2014/042 B76617257 MOLNUEZ 810 S.L
117,50
BOREALIS TRAINING
IE2014/074 B76612977 GROUP SLU
97,50
78633115 CUTS
PELUQUERÍA
IE2014/108 W
UNISEX
90,00
0
97,50 0,00
10
0
0
0 10
0
0
0
0
97,50 0,00
0
0
0
0
0
0
0
0
0
60,00 5,00
10 10
0
0
0
0
5
0
IE2014/018 E76636059 PLAN BAKERY CAFÉ
80,00
0
45,00 0,00
30
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/117 B76612688 GATEWAYTIC SL
C.B. VIDA BUENA DEL
IE2014/005 E76636125 PUERTO DE LA CRUZ
C.B.
AUTOESCUELA
IE2014/045 E76629161 LA CONCEPCIÓN
80,00
0
45,00 0,00
10
0 10
0
0
10
0
5
75,00
0
45,00 0,00
20
0
0
0 10
0
0
0
75,00
0
30,00 0,00
20
0
0
0 10
10
0
5
72,50
0
52,50 0,00
10
0
0
0
0
10
0
0
71,25
0
41,25 5,00
10
0
0
0 10
0
5
0
70,00
0
45,00 0,00
20
0
0
0
0
0
5
0
70,00
0
45,00 0,00
20
0
0
0
0
0
0
5
70,00
0
30,00 0,00
20
0
0
0 10
0
5
5
66,25
0
41,25 0,00
10
0
0
0 10
0
5
0
65,00
0
30,00 0,00
20
0
0
0 10
0
5
0
65,00
0
30,00 0,00
20
0
0
0 10
0
5
0
60,00
0
45,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
60,00
0
45,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
60,00
0
20
0
0
0 10
0
0
0
LYRA SPACE SPAIN
RESTAURANTE
PARRILLA
C.B.
ALUMINIOS
IE2014/061 79064199C ANDREA
60,00
0
30,00 0,00
15,0
15,00
0
10
0 10
0 10
0
0
0
55,38
0
45,38 0,00
0
0
0
0
0
0
55,00 30
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/104 78699379A SPORTS CARS
KATIA
IE2014/092 43492985P SUPERMERCADO
43609753
IE2014/107 M
LA CASITA DE MAPI
55,00
0
30,00 5,00
10
0
0
0 10
0
0
0
55,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
0
55,00
0
15,00 0,00
10
0 10
0 10
0
5
5
IE2014/067 B76628643 AFYS ISLA BAJA SLL
52,50
0
37,50 0,00
10
0
0
0
5
0
IE2014/078 78711167S CAFETERÍA DON PATA
BAR CAFETERÍA "EL
IE2014/114 78858316X ENCUENTRO"
IE2014/001 E76633080 C.B. EL PLAN B
AUTOMOTIVE
DEVELOPMENT
IE2014/002 B76615376 TENERIFE, SL
OF
IE2014/095 E76626456 ENCHOLAS CB
79063080
IE2014/077 M
TALLER OCÉANO
PESCADERÍA
IE2014/099 43822722V TAMARAGUA C.B.
CB
ROYMAR
IE2014/086 E76629096 TENERIFE
CENTRO
DE
ESPECIALIDADES
IE2014/021 78562832F MÉDICAS MASSANA
PASAPALO
ESPECIALIDADES
IE2014/115 43610701X VENZOLANAS
IE2014/064 E76637933
X2362750
IE2014/008 Y
X6552049
IE2014/040 Q
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
C.B. VILLARODRI
0 10
0
0
13
Expedient
e
NIF/CIF
Denominación
Ptos.
C1
C-2
C-3
C4
C- C- C5 6 7
C8
C9
C10
C11
GOTAGUA TENERIFE
IE2014/087 51202839D NORTE
Mariela
Velázquez
IE2014/053 43388461L Estévez
CENTRO
DE
RECONOCIMIENTO
IE2014/009 B76608553 BAEZ S.L.
52,50
0
22,50
15,0
0
10
0
0
0
0
0
5
0
52,50
0
22,50 0,00
0
0
0
0 10
10
5
5
52,00
0
42,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/017 36548146L Jorge Sánchez Torne
50,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0 10
0
0
0
IE2014/080 78673187P ACTUS
47,50
0
22,50 0,00
10
0
0
0
0
10
5
0
IE2014/033 78679378N
78642697
IE2014/062 Q
X6859613
IE2014/003 R
Raúl Alberto Díaz
45,00
0
30,00 5,00
10
0
0
0
0
0
0
0
CONGELADOS AFRIO
CENTRO
INFANTIL
SANDRA
45,00
0
30,00 5,00
10
0
0
0
0
0
0
0
45,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
45,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
45,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
45,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
45,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
45,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
5
45,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
5
45,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
5
IE2014/038 43356768C Centro de Belleza MAR
45,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
5
IE2014/041 E76634286 CALEMI C.B.
40,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/088 43490552J
MINIMARKE 24 HORAS
40,00
0
30,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
IE2014/023 B76630565 STUDIESBOOKING SL
INNOMATE
GLOBAL
IE2014/089 B76636992 2014 SL
40,00
0
30,00 0,00
0
0
0
0
0
10
0
0
40,00
0
30,00 0,00
0
0
0
0
0
10
0
0
IE2014/066 53632827R SERVICMASCOTAS
40,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
0
IE2014/071 13707340F ESPAÑOL FOREING
María de las Nieves
IE2014/090 43370807Y Marrero León
X2696638
EL GARAJE
IE2014/010 A
40,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
0
40,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
5
0
40,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0 10
0
0
5
IE2014/058 45446151Z OPENCEL
37,50
0
22,50 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/016 45850440D JOTAPEREA
HISTORIA EN ACCIÓN
IE2014/070 B76609635 TOURS S.L
PRODUCCIÓN,
GESTIÓN
Y
ORGANIZACIÓN
DE
EVENTOS
IE2014/072 42064100K SOCIOCULTURALES
35,00
0
15,00 5,00
10
0
0
0
0
0
0
5
35,00
0
15,00 0,00
0
0 10 10
0
0
0
0
31,75
0
21,75 0,00
10
0
0
0
0
0
IE2014/012 E76630847 GOMPLAS CB
IE2014/020 E76621382 C.B. KAYLIMOVIL
MULTITIENDA
IE2014/047 78703963X JUNTA
LA
IE2014/113 72079232S BOHO CAFÉ
TERAPIAS
CINCO
IE2014/014 78640721H ESTRELLAS
D.
EREK
IE2014/013 45454034P PELUQUER@S
X9541209
IE2014/035 G
THAI WELLNESS
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
0
0
14
Expedient
e
NIF/CIF
50093671
IE2014/007 Q
Denominación
CENTRO
INTEGRAL
"ESCUELA
DE
ALIMENTACIÓN SANA
Y
TERAPIAS
NATURALES"
Ptos.
C1
C-2
C-3
C4
C- C- C5 6 7
C8
C9
C10
C11
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/046 78611849B TASCA GRACIOSA
46295692 FISIOTERAPIA
IE2014/050 G
AMANECER
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
IE2014/079 78564614H LA TERRERA HOSTEL
RESTAURANTE SELF
SERVICE
COMIDAS
IE2014/084 43805884S PARA LLEVAR
Pedro Alberto González
IE2014/073 43369417L Pérez
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
5
0
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
5
IE2014/103 42078427L INTEGRA LINE
Marcos
Rodríguez
IE2014/029 78728563T Guanche
LOCUTORIO
CIBER
IE2014/034 43494209J IRIARTE
GOOD
SMOKE
IE2014/052 78679123X CANDELARIA
H2O QUALITY SISTEM,
TRATAMIENTO
DEL
IE2014/083 X7596256T AGUA
30,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
5
25,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
25,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
25,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
25,00
0
15,00 0,00
10
0
0
0
0
0
0
0
Resultando que según lo dispuesto en la Base 9ª de las que rigen la presente
convocatoria, se publicó en el Tablón de anuncios de la Corporación, la propuesta
definitiva de concesión otorgando a los beneficiarios propuestos un plazo improrrogable
de diez (10) días naturales, para que comunicaran su ACEPTACIÓN que finalizaba el 29
de septiembre de 2014.
Resultando que un total de 55 solicitantes de los 60 respecto de los que se preveía la
concesión de ayudas en la propuesta definitiva publicada, presentaron en plazo el
correspondiente documento de aceptación de la subvención.
Resultando que una vez finalizado el plazo establecido, tuvo entrada en el Registro de la
Corporación con fecha 30 de septiembre de 2014, el escrito de aceptación presentado por
Dña. DÁCIL LORENZO HERNÁNDEZ con DNI 78703963X, (expediente IE2013/047);
dada la extemporaneidad de tal documento no cabe la admisión del mismo y en
consecuencia, no procede el otorgamiento de la subvención propuesta.
Resultando que en el plazo establecido para la aceptación o renuncia a las subvenciones
propuestas, se presentan por registro de entrada de esta Corporación Insular las
siguientes tres RENUCIAS a las mismas, por parte de los solicitantes que a continuación
se relacionan:
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
15
Expte.
SOLICITANTE
DNI/CIF
IE2014/117
IE2014/008
GATEWAYTIC, S.L.
GIOVANNI
SAMUELE
BOLOGNESE
BLANCA
GARCÍA
ÁLVAREZ
IE2014/113
B76612688
Nº de
registro
91125
Fecha
18/09/2014
Subvención
propuesta
6.800,00 €
X2362750Y
92370
23/09/2014
5.000,00 €
72079232S
94198
26/09/2014
2.000,00 €
Resultando que durante el referido plazo, el siguiente solicitante no ha procedido a
aportar documento alguno en relación con la aceptación de la subvención, por lo que, de
conformidad con lo establecido en la Base 9ª habrá de entenderse que renuncia a la
misma.
Expte.
IE2014/103
SOLICITANTE
ARQUÍMEDES ROJAS GUTIÉRREZ
DNI/CIF
42078427L
Subvención
propuesta
1.200,00 €
Resultando que, en atención a lo anteriormente señalado y a los presupuestos de los
proyectos presentados, en función de lo establecido en la Base 8ª, se otorgará
subvención en concepto de:
- Gastos de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos de las personas promotoras, a los solicitantes que han
alcanzado la puntuación mínima (30 puntos), prevista en las Bases Reguladoras,
para poder obtener la condición de beneficiarios de la subvención, por un importe
total de 81.200,00 €, de los 100.000,00 € destinados a tal fin
- Gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad. A los
solicitantes con mayor puntuación, por un total de 103.800,00 € correspondientes a
los 85.000,00 € previstos para tal fin más el remanente de 18.800,00 € importe
sobrante tras el reparto en función del concepto anterior.
Considerando que al presente expediente le es de aplicación lo contenido en la Ley
38/2003, General de Subvenciones, en la Ordenanza General de Subvenciones del
Cabildo Insular de Tenerife, en las bases que rigen la presente convocatoria y demás
normativa que resulte de aplicación.
Considerando que el procedimiento de concesión de estas subvenciones, tal y como
recoge la Base 8ª de las que rige la convocatoria, será el de concurrencia competitiva,
procedimiento por el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las
mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la Base 11ª,
adjudicando aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados
criterios.
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
16
Considerando que la Base 11ª de las que rigen la presente línea de subvenciones,
estableció que para la concesión de las mismas en relación a los gastos de constitución y
puesta en marcha se valorarían los siguientes criterios:
Nº
Orden
1
2
3
4
Criterio
Proyectos cuya actividad productiva sea de carácter
industrial
Este criterio se valorará inicialmente en función de la
descripción de la Actividad Principal y/o del epígrafe del
Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) consignado en el
punto “Características Generales del Proyecto” de la Memoria
del Proyecto Empresarial (Anexo V), o en su caso, de acuerdo
a los datos consignados en la Declaración Censal de Alta Mod.
036 o 037 de la empresa constituida
Sólo se valorará este criterio cuando la empresa desarrolle
única y exclusivamente actividad industrial.
Por cada alta de autónomo o contrato indefinido a tiempo
completo
Los contratos indefinidos a tiempo parcial se valorarán
proporcionalmente al número de horas del mismo respecto del
contrato a tiempo completo de 40 horas semanales.
En el caso de que los contratos indefinidos sean cubiertos con
trabajadores con una discapacidad reconocida igual o superior
al 33% se incrementará la valoración por cada contrato de esta
naturaleza a tiempo completo en 5 puntos, o en la parte
proporcional cuando se trate de contratos a tiempo parcial.
Este criterio y el nº 3 se valorarán en función de la información
aportada en la memoria empresarial recogida en el Anexo V y
debe ser coherentes con lo previsto en el Anexo VI, en caso
contrario no será valorados.
Por cada puesto de trabajo de carácter temporal a tiempo
completo
Este tipo de contratos sólo serán valorados cuando contemplen
expresamente una duración de al menos seis meses y sean a
tiempo completo. En ningún caso se valorará la creación de
más de tres puestos de esta naturaleza por proyecto.
Por cada promotor/a desempleado/a que vaya a trabajar en
la empresa
Puntuación
30
15
5
10
5
Por cada promotor/a con una discapacidad reconocida
igual o superior al 33%
10
6
Innovación
10
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
17
Nº
Orden
7
Criterio
Se valorará este criterio en función de lo expuesto en el Anexo
V, siempre que el proyecto presente alguno de los siguientes
aspectos: que sea novedoso, en el sentido de que signifique la
ejecución de una actividad con escasa presencia en la localidad
de implantación o en el territorio insular; capacidad de generar
actividades complementarias; mejor aprovechamiento de los
recursos ociosos (personal, materias primas, instalaciones,
etc.); introducción de nuevas formas de gestión de la actividad.
Actividad encuadrada en el ámbito de los Nuevos
Yacimientos de Empleo, de acuerdo con la relación
establecida en el Anexo X
Puntuación
10
8
Proyectos con promotores/as con experiencia laboral de al
menos seis meses en la misma actividad
10
9
Proyectos con promotores/as con experiencia en gestión
empresarial de al menos seis meses
10
10
Proyectos promovidos por mujeres en parte igual o
superior al 50%
5
11
Proyectos con promotores/as con titulación específica
sobre la actividad a desarrollar
5
Considerando que según se establece en la Base 11ª se confeccionará un listado
definitivo de beneficiarios en orden descendente, asignándole a cada solicitud el importe
de subvención que le corresponda, hasta el agotamiento del crédito disponible. En el caso
de empate entre dos o más solicitudes se priorizará el proyecto que haya obtenido mayor
puntuación por aplicación del criterio 1. Si persiste el empate, se aplicará el siguiente
criterio establecido en la tabla contenida en esta base, dando prioridad a los proyectos
que hayan obtenido mayor puntuación y así sucesivamente si fuera necesario para
desempatar. De persistir aún el empate se dará prioridad al solicitante que haya
completado en primer lugar la documentación en cualquiera de los registros de la
Corporación Insular.
Considerando que en la Base 12ª.1 establece los importes a otorgar en relación a los
distintos conceptos:
“Importe para gastos en Seguridad Social del Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos de las personas promotoras (MODALIDAD A y B):
Toda solicitud que alcance el mínimo de 30 puntos podrá recibir una subvención a los
gastos de Seguridad Social en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos
(RETA), de las personas promotoras de la iniciativa, correspondiente a los 6 primeros
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
18
meses de actividad y cuya cuantía en ningún caso superará el máximo del 100% de
dichos gastos con el tope de:
• Si la iniciativa cuenta con una única persona promotora que haya de cotizar
en dicho régimen, hasta un máximo de 1.200,00 €.
• Si la iniciativa cuenta con más de una persona promotora que deba cotizar
en el RETA, hasta un máximo de 2.000,00 €.
Importe para Gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad
(MODALIDAD A y B):
El importe de la subvención para sufragar este tipo de gastos se calculará
multiplicando la puntuación obtenida por 100 euros, de acuerdo con la aplicación de los
criterios previstos en la base 11ª, hasta el máximo de 6.000,00 euros, conforme a los
datos consignados en el ANEXO IV-1 y según los siguientes supuestos:
1. En el caso de que el proyecto beneficiario contemple la contratación
indefinida de personas con una discapacidad igual o superior al 33% o uno
de cuyos promotores tengan este nivel de discapacidad, hasta un máximo
de 6.000,00 €.
2. En caso de que el proyecto beneficiario cuente con más de una persona
promotora que deba cotizar en el Régimen Especial de los Trabajadores
Autónomos, hasta un máximo de 4.800,00 €.
3. Si el proyecto beneficiario cuenta con sólo una persona promotora que deba
cotizar en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, hasta un
máximo de 3.800,00 €.
En todo caso, el importe de esta subvención no podrá sobrepasar el máximo de dos
tercios (2/3) del importe de la totalidad de los gastos subvencionables del proyecto
contemplados en la Base 2.1.1.”
Considerando que según lo dispuesto en la Base 9ª de las que rigen la presente
convocatoria se notificará la presente Propuesta Definitiva de concesión, mediante
publicación en el Tablón de anuncios de la Corporación, concediéndosele a los
interesados que hayan sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, un
plazo improrrogable de DIEZ (10) DÍAS NATURALES, a contar desde el día de la
publicación de dicha propuesta, para que comuniquen su ACEPTACIÓN, mediante escrito
presentado en cualquiera de los Registros (General o Auxiliares) de la Corporación
Insular, dirigido al Servicio Administrativo de Empleo, Desarrollo Económico y Comercio.
De no manifestarse nada por parte del beneficiario, se entenderá que renuncia a la
subvención concedida.
Considerando que el Acuerdo de concesión, conforme establece la Base 10ª, deberá
expresar lo siguiente:
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
19
Relación de solicitantes a los que se concede la subvención, así como la
desestimación del resto de solicitudes, estableciéndose respecto a las
desestimadas las causas de su exclusión y la puntuación obtenida en el
supuesto de que la exclusión sea la insuficiencia de dotación
presupuestaria.
Los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la
agrupación, cuando el otorgamiento se haya de realizar a beneficiarios que
sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin
personalidad.
El objeto, los fines y el importe subvencionado, especificando su evaluación
y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
La forma de abono de la subvención.
El plazo y la forma de justificación.
Cualquiera otra obligación que se estime conveniente en orden a garantizar
la ejecución de la actividad subvencionada.
Considerando que el presente procedimiento de subvenciones de acuerdo con la Base
10ª será resuelto por el Consejo de Gobierno Insular, de conformidad con lo dispuesto en
el Reglamento Orgánico de esta Corporación Insular.
A la vista de los informes obrantes en el expediente, el Consejo de Gobierno Insular
ACUERDA:
PRIMERO.- Inadmitir la solicitud del Sr. SAID HANA, con numero de NIE: Y2503918Z
presentada con fecha 15 de mayo de 2014, numero de rregistro de 48877, un día
después de finalizado el plazo máximo establecido en la convocatoria para presentar las
solicitudes.
SEGUNDO.- Desestimar las siguientes 4 solicitudes de subvención por no alcanzar la
puntuación mínima de 30 puntos necesaria para ser subvencionables, según lo
establecido en la Base 11ª.
Expediente
NIF/CIF
Denominación Ptos.
Marcos
Rodríguez
IE2014/029 78728563T Guanche
25,00
Gustavo Portal
IE2014/034 43494209J Riopedre
25,00
José
Yepes
IE2014/052 78679123X Hernández
25,00
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
C1
C-2
C-3
C- C- C- C- C- C- C- C4 5 6 7 8 9 10 11
0 15,00 0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
0 15,00 0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
0 15,00 0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
20
Marcos David
Sanoja
IE2014/083 X7596256T Almarza
25,00
0 15,00 0,00 10
0
0
0
0
0
0
0
TERCERO.- Desestimar, las siguientes 13 solicitudes, por no cumplir con los requisitos
para ser beneficiarios de la subvención según lo establecido en las Bases Reguladoras de
la presente convocatoria, por los motivos que se detallan a continuación:
Expediente
NIF/CIF
SOLICITANTE
IE2014/004
42055739D
José Manuel Darias
Padrón
IE2014/015
43819978X
Julia Margarita Gutiérrez
Valdivia
IE2014/019
79088837W Jorge Félix Luis Luis
IE2014/031
E76616895 C.B. ELTA TENERIFE
IE2014/049
45680050A Patricia Ramos Carrillo
IE2014/055
B76619840 AL CORTE 2013 S.L.
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
Motivo
No hallarse al corriente de sus
obligaciones frente a la Seguridad
Social, debería haber cotizado en
el Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos desde el
mes de mayo, fecha en la que
inicia la actividad. Se desestiman
sus alegaciones
No se prevé materializar gastos de
naturaleza subvencionable por
importe igual o superior a 4.950,00
€, como establece la Base
Reguladora 4.1.d
No hallarse al corriente de sus
obligaciones frente a la Seguridad
Social.
No se prevé materializar gastos de
naturaleza subvencionable por
importe igual o superior a 4.950,00
€, como establece la Base
Reguladora 4.1.d
No acreditar suficientemente haber
realizado con aprovechamiento, un
curso en materia de creación de
empresas con las características
establecidas
en
la
Base
Reguladora 4.1.g. Se desestiman
sus alegaciones
No acreditar suficientemente haber
realizado con aprovechamiento, un
curso en materia de creación de
empresas con las características
establecidas
en
la
Base
Reguladora 4.1.g.
21
Expediente
NIF/CIF
IE2014/057
78718307W
IE2014/081
33995794T
IE2014/085
B76617497
IE2014/097
B76634302
IE2014/098
B76623255
IE2014/105
78636664D
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
SOLICITANTE
Motivo
No se prevé materializar gastos de
naturaleza subvencionable por
importe igual o superior a 4.950,00
Ana Beatriz Díaz Puerta
€, como establece la Base
Reguladora 4.1.d
No acreditar suficientemente haber
realizado con aprovechamiento, un
curso en materia de creación de
empresas con las características
Paula María Díaz Yáñez
establecidas
en
la
Base
Reguladora 4.1.g. Se desestiman
sus alegaciones
No acreditar suficientemente haber
realizado con aprovechamiento, un
curso en materia de creación de
empresas con las características
BYZENE TENERIFE S.L.
establecidas
en
la
Base
Reguladora 4.1.g. Se desestiman
sus alegaciones
No acreditar suficientemente haber
realizado con aprovechamiento, un
curso en materia de creación de
empresas con las características
establecidas
en
la
Base
SUSISANROD, S.L.U.
Reguladora 4.1.g. Acredita un
curso de 15 horas, pero no haberlo
realizado entre el 1 de enero de
2013 y la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
No acreditar suficientemente haber
realizado con aprovechamiento, un
curso en materia de creación de
MERCANCÍAS DE OCA, empresas con las características
S.L.U.
establecidas
en
la
Base
Reguladora 4.1.g. Se desestiman
sus alegaciones
No
acredita
la
viabilidad
económica
y
financiera
del
proyecto conforme a lo establecido
Diego Ravelo Díaz
en la Base Reguladora 4.1.c. Se
desestiman sus alegaciones
22
Expediente
IE2014/106
NIF/CIF
B76637115
SOLICITANTE
BUYNETPLUS SPAIN
S.L.U.
Motivo
El certificado aportado no acredita
suficientemente haber realizado
con aprovechamiento, un curso en
materia de creación de empresas
con
las
características
establecidas
en
la
Base
Reguladora 4.1.g. Se desestiman
sus alegaciones
CUARTO.- Declarar el desistimiento de las siguientes 41 solicitudes por no proceder
en tiempo y/o forma a la subsanación requerida:
ID
IE2014/006
IE2014/011
IE2014/022
IE2014/024
IE2014/025
IE2014/026
IE2014/027
IE2014/028
IE2014/030
IE2014/032
IE2014/036
IE2014/037
IE2014/039
IE2014/043
IE2014/044
IE2014/048
IE2014/051
IE2014/054
IE2014/056
IE2014/059
IE2014/060
IE2014/063
IE2014/065
IE2014/068
IE2014/069
Fecha
Número
entrada
registro
Denominación solicitante
08/05/2014
45255 Miriam Chinea Plasencia
12/05/2014
46353 Román Alejo Alonso Rodríguez
13/05/2014
47166 TORRES Y VILLARREAL S.L.
13/05/2014
47179 Jesús María Martín López
13/05/2014
47224 ENMINUBE C.B.
13/05/2014
46972 Ezequiel Díaz Llanos Montes
13/05/2014
47070 María Ivonne Rodríguez Pérez
13/05/2014
47185 Cathaysa Siverio Borges
13/05/2014
47192 Luis Roberto Rey González
13/05/2014
47201 C.B. ALVAREZ IGLESIAS 2012
13/05/2014
47354 BALANIS S.L.U.
13/05/2014
47398 Irania Hernández Herrera
13/05/2014
47422 María Nieves González Martín
13/05/2014
47451 Beatriz Martínez González
13/04/2014
47452 Cristino José Rodríguez de la Rosa
14/05/2014
47529 VEND ARCHIPIÉLAGO, S.L.
14/05/2014
47571 José Luis Fariña Reyes
14/05/2014
47596 Tamara Concepción Pérez Poleo
14/05/2014
47604 C.B. SERVICIOS ELE
14/05/2014
47621 Elvira Yurena Díaz Castro
14/05/2014
47706 Esteban Padrón Perdomo
14/05/2014
47749 Arisbel Padilla Guerra
14/05/2014
47760 María del Pino Martín Sosa
14/05/2014
47779 Roberto Serra Lillo
14/05/2014
47787 E-MOVE EXPERTOS EN
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
DNI/CIF
solicitante
78698137A
43816415N
B76627447
15389026W
E76637263
78856292X
43362458Y
78850455S
32759159Y
E76577527
B76628890
78853823W
43370434R
30626145N
42057843C
B76621325
42065409L
43834234Y
E76616374
78696183G
78638904H
78617801Y
52820623L
22141401Z
B76625938
23
ID
Fecha
entrada
Número
registro
IE2014/075
IE2014/076
IE2014/082
IE2014/091
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
47913
47926
48015
48067
IE2014/093
IE2014/094
IE2014/096
IE2014/100
IE2014/101
IE2014/102
IE2014/109
IE2014/110
IE2014/111
IE2014/112
IE2014/116
IE2014/118
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
14/05/2014
48075
48076
48080
48089
48090
48108
48165
48187
48198
48199
48212
48219
Denominación solicitante
MOVILIDAD SOSTENIBLE, S.L.
C.B. AIVAL
Sergio Alonso González
Amparo Clemente Clemente
Yurena Campos Montañés
C.B. Centro Holístico de Bienestar
Integral SANANDA
VISTOLOVISTO S.L.
Pablo Gaspar Cabrera Romero
Gabriel García Izquierdo
Diover José Sánchez
C.B. SIRIMIRI CANARIAS
María de los Ángeles Trujillo de Cabo
Ricardo Jesús Martínez Castillo
Leopoldo Gutiérrez Domínguez
Ángel Luis Reverón Rodríguez
MERCADILLOS DE TENERIFE, S.L.
Domingo Manuel Negrín Peña
DNI/CIF
solicitante
E76611086
78635867V
43782638E
78693544X
E76632421
B76616960
78571800M
43831359Y
X9814219G
E76614817
78710778V
42266463F
43800657D
78692426L
B76618131
54046390R
QUINTO.- Desestimar las alegaciones presentadas a la baremación provisional por
los interesados que a continuación se relacionan por las razones que asimismo se
detallan:
Expte.
Solicitante
Conclusión:
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
BYZENE
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/085
B76617497
TENERIFE SL
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
PAULA
MARÍA
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/081
33.995.794T
DÍAZ YAÑEZ
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
PATRICIA RAMOS
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/049
45.680.050A
CARRILLO
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
MERCANCÍAS LA
debe ser emitido por una Institución (como se
IE2014/098
B76623255
OCA S.L.U
establece en las Bases Reguladoras) y no por
una empresa privada.
IE2014/105 DIEGO
RAVELO 78.636.664D DESESTIMAR: Se entiende que al emitir la
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
24
Expte.
IE2014/093
IE2014/048
IE2014/063
IE2014/004
Solicitante
DÍAZ
Conclusión:
valoración respecto a la viabilidad del proyecto
se hizo conforme a la información disponible. El
procedimiento de concesión de estas
subvenciones
es
el
de
concurrencia
competitiva, por lo que en el plazo de
alegaciones no procede admitir nueva
documentación que no se aportó en el plazo
establecido de subsanación de solicitudes
DESESTIMAR: Se constata que habiéndosele
C.B.
CENTRO
requerido una serie de documentación
HOLÍSTICO
DE
necesaria para la valoración del proyecto, no se
BIENESTAR
E76632421
procedió a la subsanación de la misma en
INTEGRAL
tiempo y forma, por lo que precede la
SANANDA
declaración de desestimación de su solicitud
DESESTIMAR: No se procedió a subsanación
de la solicitud forma, toda vez que en los
diferentes documentos aportados se observan
defectos
(falta
la
firma
de
ambos
administradores
mancomunados,
falta
VEND
ARCHIPIÉLAGO
B76621325 indicación del domicilio a efectos de notificación
en el modelo de altas a terceros, presentan un
SL
Informe del jefe de zona en lugar del Certificado
expedido por el Tesorero del Consorcio de
Tributos de Tenerife como se especifica en las
bases reguladoras)
DESESTIMAR: por no haber subsanado en
tiempo y forma. El procedimiento de concesión
de estas subvenciones es el de concurrencia
ARISBEL PADILLA
78.617.801Y competitiva, por lo que en el plazo de
GUERRA
alegaciones no procede admitir nueva
documentación que no se aportó en el plazo
establecido de subsanación de solicitudes
DESESTIMAR El interesado se encontraba
dado de alta en el Impuesto de Actividades
Económicas con fecha 16 de mayo de 2014,
momento en que surge la obligación de cotizar
a la Seguridad Social, disponiendo de 30 días
para darse de alta en el Régimen Especial de
los Trabajadores Autónomos. El interesado se
dio de alta en fecha posterior al 30 de junio de
JOSÉ
MANUEL
42.055.739D
DARIAS PADRÓN
2014 (pues en dicha fecha su vida laboral no
indica altas para los 8 meses anteriores) con
efectos desde el 1 de junio del mismo año y
acredita hallarse al corriente frente a la
Seguridad Social, pero la documentación
obrante en el expediente pone en evidencia
que el alta en el RETA habría de tener efectos
desde el mes de mayo. Se considera que aún
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
25
Expte.
IE2014/012
IE2014/113
IE2014/106
IE2014/111
IE2014/076
Solicitante
Conclusión:
con la nueva información (alta en el RETA con
efectos desde 1 de junio formalizada en fecha
posterior al 30 de junio) persiste el
incumplimiento de obligaciones con Seguridad
Social.
DESESTIMAR: No se considera que el
promotor aludido se encontrara en situación de
desempleo al poner en marcha la iniciativa,
GOMPLAS CB
E76630847 pues el inicio de actividades de la misma tiene
lugar el 21 de febrero de 2014 y D. José
Manuel Gómez está dado de alta en el RETA
desde noviembre de 2013.
DESESTIMAR: En ningún momento se
comunicó la existencia de error en la Ficha de
Empleo, ni se aportó corregido para que
pudiera valorarse.
No puede considerarse una iniciativa
innovadora en los términos previstos en la Base
Reguladora 11ª
BLANCA GARCÍA
72.079.232S La actividad principal es la de "servicios de
ÁLVAREZ
cafetería" por lo que no puede considerarse
como Nuevo Yacimiento de Empleo.
Para que pueda valorarse la experiencia laboral
o la experiencia en gestión empresarial, las
Bases
Reguladoras
establecen
qué
documentos han de presentarse, sin que la
interesada procediera a ello
DESESTIMAR: Se entiende que el certificado
de haber realizado un curso en materia de
BUYNETPLUS
creación de empresas, debe ser emitido por
B76637115
SPAIN S.L.U
una Institución (como se establece en las
Bases Reguladoras) y no por una empresa
privada
DESESTIMAR: esta Corporación sólo puede
recabar los certificado emitidos por la Hacienda
Estatal y la Seguridad Social y resultando
ambos negativos se le requirió para que
aportara los certificados de haberse puesto al
LEOPOLDO
corriente con estas Administraciones, sin que
GUTIÉRREZ
43800657D procediera a subsanar tal extremo. Asimismo
DOMÍNGUEZ
se le requirió el certificado de estar al corriente
con el Consorcio de Tributos de la isla de
Tenerife sin que el interesado lo aportara en
tiempo y forma. Además se le requirió fotocopia
del DNI compulsada y volvió a presentar una
fotocopia sin compulsar.
SERGIO ALONSO
DESESTIMAR:
por
cuanto las
Bases
78.63.5867V
GONZÁLEZ
Reguladoras
establecen
claramente,
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
26
Expte.
Solicitante
CIF
Conclusión:
concretamente la Base 9ª, que el medio de
notificación es el Tablón de anuncios de la
Corporación.
SE INADMITEN las alegaciones a trámite por
presentarlas fuera del plazo concedido al
SARA
GARCÍA
efecto, 10 días hábiles tras la publicación de la
50.093.671Q
IE2014/007
propuesta provisional (hasta el 21 de agosto)
ZAMORANO
tal y como se establece en la Base 9ª de las
que regulan esta convocatoria.
SEXTO.Estimar completa o parcialmente las alegaciones presentadas por los
siguientes solicitantes.
Expte.
Solicitante
Conclusión:
DESESTIMAR: No se considera que la
actividad desarrollada por la empresa sea
susceptible de encuadrarse en los Nuevos
Yacimientos de Empleo.
MARÍA DEL PILAR
IE2014/107
43.609.753M ESTIMAR: SÍ se considera como una actividad
ARCOS DÍAZ
innovadora en los términos previstos en la Base
11ª.
Se incrementa la puntuación de la solicitud en
10 puntos, pasando de 45 a 55 puntos.
ESTIMAR: al constatarse que procedió a
MARIELA
aportar los documentos requeridos en tiempo y
IE2014/053 VELÁZQUEZ
43.388.461L forma
ESTÉVEZ
La puntuación total que le corresponde a la
solicitud es de 52,5 puntos.
DESESTIMAR: la alegación referente a la
experiencia laboral en la misma actividad, pues
en su momento no se aportó la documentación
prevista en las Bases Reguladoras para
acreditar esta circunstancia.
ESTIMAR: la alegación en relación con la
titulación específica en la actividad. La
puntuación obtenida por la solicitud debe
JESÚS
PEREA
incrementarse en 5 puntos.
IE2014/016
45.850.440D
RAMÍREZ
Así mismo, se constata de oficio la existencia
de un error material en la valoración de la
solicitud al valorarse como innovadora la
iniciativa que no entra dentro de los términos
previstos en la Base 11ª, debiendo minorarse
en 10 puntos la puntuación obtenida
La puntuación final que le corresponde es 35
puntos (40 ptos. según listado provisional +5
puntos por valoración de la titulación -10 puntos
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
CIF
27
Expte.
IE2014/086
Solicitante
CIF
C.B.
ROYMAR
E76629096
TENERIFE
Conclusión:
por valoración errónea como iniciativa
innovadora).
DESESTIMAR: la valoración de la posesión de
titulación específica. La actividad se centra en
la organización de rutas turísticas para grupos
reducidos y la titulación en turismo en la gestión
de empresas turísticas. El carnet de tipo btp es
un carnet de conducir y requisito obligatorio
para actuar como conductora en transporte de
personas.
ESTIMAR: que una de las promotoras posee
experiencia laboral valorable en los términos
previstos en las Bases Reguladoras, pues
acredita haber ejercido como taxista y su
función en la empresa es la de conductora.
La puntuación obtenida por la solicitud debe
incrementarse en 10 puntos (experiencia
laboral) pasando a 65 puntos.
SÉPTIMO.- Inadmitir la aceptación a la subvención propuesta para gastos en
Seguridad Social del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, por importe de
hasta 1.200,00 € presentada por Dña. DÁCIL LORENZO HERNÁNDEZ con DNI
78703963X, (expediente IE2013/047) al haberse presentado la misma fuera del plazo
establecido; no procediendo, en consecuencia, la concesión de la subvención propuesta
OCTAVO.- Aceptar las renuncias a las subvenciones propuestas, manifestadas por los
siguientes solicitantes:
Expte.
IE2014/117
IE2014/008
IE2014/113
SOLICITANTE
GATEWAYTIC,
S.L.
GIOVANNI
SAMUELE
BOLOGNESE
BLANCA
GARCÍA
ÁLVAREZ
DNI/CIF
Nº de
registro
Fecha
Subvención
propuesta
B76612688
91125 18/09/2014
6.800,00 €
X2362750Y
92370 23/09/2014
5.000,00 €
72079232S
94198 26/09/2014
2.000,00 €
NOVENO.- Entender que el solicitante que a continuación se relaciona renuncia a la
subvención que le hubiera podido corresponder al no haber procedido a aportar, dentro
del plazo concedido, el correspondiente escrito de Aceptación de la ayuda.
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
28
Expte.
IE2014/103
SOLICITANTE
DNI/CIF
ARQUÍMEDES ROJAS GUTIÉRREZ
42078427L
Subvención
propuesta
1.200,00 €
DÉCIMO.- Estimar las siguientes 55 solicitudes y en consecuencia conceder
subvención hasta los importes máximos que se detallan a continuación:
Expte.
NIF/CIF
Denominación
Seg
Gastos
Total
Social
117,5 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
Ptos.
IE2014/042 B76617257 MOLNUEZ 810 S.L
BOREALIS
TRAINING
IE2014/074 B76612977
97,50 1.200,00 € 3.800,00 € 5.000,00 €
GROUP SLU
ALCIA
ALONSO
IE2014/108 78633115W CONTRERAS
90 1.200,00 € 6.000,00 € 7.200,00 €
“Cuts Peluquería Unisex”
PLAN BAKERY CAFÉ,
E76636059
C.B.
María
del
Carmen
78634850N
IE2014/018
80 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
Clemente Díaz
Juan
Rafael
Cruz
42084226E
Márquez
42223485Q Gladys Clemente Díaz
C.B. VIDA BUENA DEL
E76636125
PUERTO DE LA CRUZ
IE2014/005 43371464L José Manuel Rodríguez
75 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
Ramos
Alfonso
González
43362461D
Perdomo
C.B. AUTOESCUELA LA
E76629161
CONCEPCIÓN
Jesús
David
Castro
43801864C
Bacallado
IE2014/045
75 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
María
Coromoto
78559200D
Rodríguez Reyes
Francisco Vicente Castro
42064034R
Bacallado
DAVID
GUTIÉRREZ
IE2014/078 78711167S GARRIDO
72,50 1.200,00 € 3.800,00 € 5.000,00 €
“Cafetería Don Pata”
VERÓNICA RODRÍGUEZ
TORRES
IE2014/114 78858316X
71,25 1.200,00 € 3.800,00 € 5.000,00 €
Bar-cafetería "El
Encuentro"
IE2014/001 E76633080 C.B. EL PLAN B
70 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
54057085R Beatriz Estévez Barroso
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
29
Expte.
IE2014/002
IE2014/095
IE2014/077
IE2014/099
IE2014/086
IE2014/021
IE2014/115
IE2014/064
IE2014/040
IE2014/061
NIF/CIF
Denominación
Ptos.
Seg
Social
Gastos
Total
54114085F Virginia Palmés Barroso
54113410E José Adrián Lucas Padilla
AUTOMOTIVE
B76615376 DEVELOPMENT
70 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
OF
TENERIFE, SL
E76626456 ENCHOLAS CB
Irma
Elena
Mesa
70 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
78621994J
Hernández
78624848S Laura Díaz Padilla
SERGIO
FUENTES
79063080M MATÍAS
66,25 1.200,00 € 3.800,00 € 5.000,00 €
“Taller Océano”
ROSALINA
DESIRÉ
HERNÁNDEZ MARTÍN
43822722V
“Pescadería Tamaragua
65 2.000,00 € 4.592,91 € 6.592,91 €
C.B.”
Inmaculada Concepción
43787338F
Martín Cabrera
C.B.
ROYMAR
E76629096
TENERIFE
María
Lilia
Cozzolino
65 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
43486508V
Quiroga
Lilia Romina Mazzoni
43488983P
Cozzolino
AURORA
PEÑATE
MARTÍN
78562832F
60 1.200,00 € 3.800,00 € 5.000,00 €
“Centro de Especialidades
Médicas MASSANA”
CLARA
ISABEL
RODRÍGUEZ
43610701X RODRÍGUEZ
60 1.200,00 € 3.800,00 € 5.000,00 €
“Pasapalo, especialidades
venezolanas”
E76637933 C.B. VILLARODRI
Guido Ernesto Villanueva
78646355V
60 2.000,00 € 4.800,00 € 6.800,00 €
Payne
Edgar
Alexander
43842192Y
Rodríguez Yepez
JOSÉ
NOLBERTO
X6552049Q LEMOS GUERRERO
55,38 1.200,00 € 5.537,50 € 6.737,50 €
“Restaurante Parrilla”
C.B.
ALUMINIOS
55 2.000,00 € 3.300,00 € 5.300,00 €
E76629286
ANDREA
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
30
Expte.
NIF/CIF
79064199C
42024008H
IE2014/104 78699379A
IE2014/092 43492985P
IE2014/107 43609753M
IE2014/067 B76628643
IE2014/087 51202839D
IE2014/053
43388461L
IE2014/009 B76608553
IE2014/017
36548146L
IE2014/080 78673187P
IE2014/033 78679378N
IE2014/062 78642697Q
IE2014/003 X6859613R
E76630847
IE2014/012
42265751P
79073696H
IE2014/020
E76621382
45704519T
45730414C
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
www.tenerife.es
Denominación
Ptos.
Seg
Social
Francisco Javier Barreto
Contreras
Fermina Contreras Núñez
JULIO
ESTÉVEZ
RODRÍGUEZ
55 1.200,00 €
“Sports Cars”
KATIA
MARÍA
SANTIAGO ÁLVAREZ
55 1.200,00 €
“Katia Supermercado”
MARÍA DEL PILAR DE
55 1.200,00 €
ARCOS DÍAZ
“La Casita de Mapi”
AFYS ISLA BAJA SLL
52,50 2.000,00 €
SANDRA
MERCEDES
JAIMES PARRA
52,50 1.200,00 €
“Gotagua Tenerife Norte”
MARIELA VELÁZQUEZ
52,50 1.200,00 €
ESTÉVEZ
CENTRO
DE
RECONOCIMIENTO
52 2.000,00 €
BAEZ S.L.
JORGE
SÁNCHEZ
50 1.200,00 €
TORNE
MARÍA
VICTORIA
HERNÁNDEZ TOLEDO
47,5 1.200,00 €
“Actus”
RAÚL ALBERTO DÍAZ
45 1.200,00 €
ANTONIO
JOSÉ
FIGUEROA ROSQUETE
45 1.200,00 €
“Congelados Afrio”
SANDRA
MARISA
45 1.200,00 €
SANTOS ALVES
“Centro Infantil Sandra”
GOMPLAS CB
José
Manuel
Gómez
45 2.000,00 €
Márquez
Gabriela
Plasencia
Hernández
C.B. KAYLIMOVIL
Karina Reyes Guillén
45 2.000,00 €
Liz
María
Rodríguez
Rivero
Gastos
Total
3.800,00 € 5.000,00 €
3.800,00 € 5.000,00 €
3.800,00 € 5.000,00 €
4.800,00 € 6.800,00 €
2.169,59 € 3.369,59 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 2.000,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 2.000,00 €
0,00 € 2.000,00 €
31
Expte.
NIF/CIF
Denominación
Ptos.
Seg
Social
CHARLES
SAMMUEL
IE2014/014 78640721H HAGAN KWEKU
45 1.200,00 €
“Terapias Cinco Estrellas”
ALICIA MARÍA COUTO
IE2014/013 45454034P GONZÁLEZ
45 1.200,00 €
“D. Erek Peluquer@S”
JUTHARAT KONGKAEW
IE2014/035 X9541209G
45 1.200,00 €
“Thai Wellness”
MARÍA DEL MAR PÉREZ
IE2014/038 43356768C MARTÍN
45 1.200,00 €
“Centro de Belleza MAR”
E76634286 CALEMI C.B.
40 2.000,00 €
IE2014/041 Y3063617P Michele Di Fabio
Y3021576B Alessandro Donno
HAROLD
GREGORIO
HERNÁNDEZ
40 1.200,00 €
IE2014/088 43490552J
GONZÁLEZ “Minimarke
24 Horas”
IE2014/023 B76630565 STUDIESBOOKING SL
40 2.000,00 €
INNOMATE
GLOBAL
IE2014/089 B76636992
40 2.000,00 €
2014 SL
JESSAMIN RODRÍGUEZ
IE2014/066 53632827R MACÍAS
40 1.200,00 €
“Servicmascotas”
MARÍA
DEL
MAR
IE2014/071 13707340F GARCÍA ALONSO
40 1.200,00 €
“Español Foreing”
MARÍA DE LAS NIEVES
IE2014/090 43370807Y
40 1.200,00 €
MARRERO LEÓN
DIETMAR
ALFONS
IE2014/010 X2696638A ARTUR WENZEL
40 1.200,00 €
“El Garaje”
ROSARIO HERNÁNDEZ
IE2014/058 45446151Z RIVERO
37,50 1.200,00 €
“Opencel”
JESÚS PEREA RAMÍREZ
IE2014/016 45850440D
35 1.200,00 €
“Jotaperea”
HISTORIA EN ACCIÓN
IE2014/070 B76609635
35 2.000,00 €
TOURS S.L
JUAN
CARLOS
BLECHMIT CASTRO
IE2014/072 42064100K “Producción, Gestión y 31,75 1.200,00 €
Organización de Eventos
Socioculturales”
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
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Gastos
Total
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 2.000,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 2.000,00 €
0,00 € 2.000,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
0,00 € 2.000,00 €
0,00 € 1.200,00 €
32
Expte.
NIF/CIF
IE2014/007 50093671Q
IE2014/046 78611849B
IE2014/050 46295692G
IE2014/079 78564614H
IE2014/084 43805884S
IE2014/073
43369417L
Denominación
SARA
GARCÍA
ZAMORANO
Centro Integral "Escuela
de alimentación sana y
terapias naturales"
TANIELA
ÁLVAREZ
RODRÍGUEZ
“Tasca Graciosa”
MARÍA
CAROLINA
GÓMEZ ALARCÓN
“Fisioterapia Amanecer”
MIRIAM
BOTANZ
GUIMERÁ
“La Terrera Hostel”
ALICIA
VERÓNICA
LÓPEZ ALONSO
“Restaurante Self-Service
comidas para llevar”
PEDRO
ALBERTO
GONZÁLEZ PÉREZ
Ptos.
Seg
Social
Gastos
Total
30 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
30 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
30 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
30 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
30 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
30 1.200,00 €
0,00 € 1.200,00 €
UNDÉCIMO.Disponer a favor de los beneficiarios enunciados en el apartado
dispositivo anterior y según los importes correspondientes, una cantidad total ascendente
a CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (185.000,00€) según el siguiente desglose:
Anualidad
2014
2015
Aplicación Presupuestaria
14-051-433C-47900
15-051-433C-47900
Importe
110.000,00
75.000,00
Nº de propuesta
14-000529
14-004016
a. 81.200,00 €, para subvencionar los gastos de cotización a la Seguridad Social en el
Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos de las personas promotoras.
b. 103.800,00 € para subvencionar los gastos de constitución, puesta en marcha e
inicio de la actividad.
DUODÉCIMO.El abono de la subvención se hará según lo establecido en la base
12ª.2 de las reguladoras de la presente convocatoria.
a. Para los gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad, se
realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad para la
que se concedió, en los términos establecidos en las bases.
El abono de la subvención no podrá efectuarse hasta que se acredite la realización de la
inversión correspondiente y los extremos a que se refiere la presente Base. Asimismo no
podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente
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33
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea
deudor por resolución de procedencia de reintegro.
b. Para sufragar cuotas de Seguridad Social de las personas promotoras que deban
cotizar en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, se efectuará conforme al
siguiente cronograma:
i.
En el plazo de 30 DÍAS NATURALES a contar desde el siguiente a la publicación
del anuncio de otorgamiento de la subvención, los beneficiarios habrán de aportar
copia compulsada de las altas en el Régimen Especial de los Trabajadores
Autónomos que hubieran resultado subvencionadas. Tras la recepción de estos
documentos, se practicará el abono anticipado del 50% de la cuantía concedida por
este concepto o el 100% de la misma si se acreditase la totalidad del gasto de seis
meses de cotización.
ii.
Finalizado el plazo de justificación concedido para estos gastos, una vez aportada
y verificada la documentación justificativa a que hace referencia la Base 12.1 se
llevará a cabo el abono del resto de la subvención.
Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el
supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en
el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el caso de no justificar materialmente el cumplimiento de los criterios de valoración,
establecidos en la base 11ª de la convocatoria, tenidos en cuenta para la concesión de las
subvenciones, se recalculará la subvención a conceder mediante el recálculo de la
puntación con los nuevos datos aportados en la justificación:
-
Si el número de puntos obtenido por el proyecto después del recálculo es inferior a
30 puntos, de acuerdo con lo establecido en la Base 11ª, no procederá el abono de
la subvención (tanto en lo que hace referencia a la financiación de los gastos de
cotización de la Seguridad Social en el RETA de los Promotores como para la
financiación de los gastos de constitución y puesta en marcha y/o inversiones en
activos fijos nuevos)
-
En el caso de que la puntuación obtenida fuera mayor que 30 e inferior a la tenida
en consideración al conceder la subvención, se minorará la subvención a abonar
respecto a la concedida para la financiación de los gastos de constitución, puesta
en marcha e inicio de la actividad y/o inversiones en activos fijos nuevos, en la
misma proporción en que hubiere disminuido la puntuación justificada respecto a la
considerada al otorgar la subvención.
El beneficiario perderá el derecho al abono de la parte de la subvención concedida
para la financiación de los gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la
actividad, en los siguientes casos:
-
Cuando el importe total justificado implique una reducción superior al 30%
respecto de la cifra de gastos o inversión subvencionables a justificar para la
ayuda concedida.
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34
-
Cuando el importe total justificado, en conceptos distintos de los gastos de
cotización de la Seguridad Social en el RETA de los Promotores sea inferior a
3.000,00 euros, de acuerdo con lo establecido en la Base 4ª.
Además se producirá la pérdida del derecho al abono de la subvención otorgada para la
cobertura de gastos de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos cuando no se acredite que se han producido las altas efectivas
de los promotores en el referido Régimen dentro del plazo establecido al efecto.
Asimismo, procederá la reducción de la subvención concedida en tal efecto si una vez
formalizadas las correspondientes altas en el plazo establecido, las mismas no se
mantienen durante los seis meses subvencionados o se acredita solo parte de las
mismas.
En cualquier caso, se procederá dejar sin efecto la totalidad de la subvención concedida,
tanto en lo que hace referencia a la financiación de los gastos de cotización de la
Seguridad Social en el RETA de los Promotores como para la financiación de los gastos
de constitución y puesta en marcha o inversiones en activos fijos nuevos, en el supuesto
de iniciarse una actividad empresarial o profesional distinta de la prevista en la memoria
del proyecto (Anexo V) valorada en el momento de la concesión de la subvención.
Si, como consecuencia de la concurrencia con subvenciones concedidas por otras
entidades públicas o privadas para el mismo fin, el importe de la ayuda a percibir
superase el límite máximo del 100% del coste de la inversión, procederá la reducción de
la aportación del Cabildo Insular de Tenerife, de forma que no se sobrepase tal
porcentaje.
DECIMOTERCERO.- La justificación de la subvención se efectuará en los plazos
máximos establecidos en la base 12ª.2 de las reguladoras de la presente convocatoria
La justificación de cada una de las partes de la subvención concedida deberá presentarse
en cualquiera de los Registros (General o Auxiliares) de la Corporación Insular, a que
hace referencia la Base 5ª de las presentes, y dirigirse al Servicio Administrativo que
gestiona la concesión de la subvención o ayuda; debiendo aportarse dentro de los plazos
siguientes:
- El PLAZO MÁXIMO para proceder a la JUSTIFICACIÓN de la subvención otorgada para
gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de actividad, así como para las
inversiones en activos fijos, será de CUATRO (4) MESES, a contar a partir del día
siguiente de la publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación del Acuerdo por el
que se resuelve la convocatoria.
- El PLAZO MÁXIMO para proceder a la JUSTIFICACIÓN de la subvención otorgada para
gastos de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos de las personas promotoras será:
• 4 MESES a computar desde el día siguiente al de la publicación de la concesión de
la subvención, si en el momento de tal publicación el /los promotor/es ya se
encontrasen dados de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos
con una antigüedad igual o superior a 6 meses.
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35
• De no ser alcanzarse tal antigüedad en el momento de la publicación, el plazo de
justificación será de CUARENTA (40) DIAS NATURALES, después de
transcurridos SEIS (6) MESES a computar a partir de la fecha de efectos del Alta
en el referido Régimen.
En el caso de tratarse de varios promotores, se tomará como fecha para dicho cómputo la
del último Alta llevada a cabo, que habrá de realizarse en cualquier caso dentro del plazo
que impone esta Base.
Los beneficiarios tendrán la obligación de aportar, en el plazo de 30 días naturales a
contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de otorgamiento de la
subvención, copia compulsada de las altas en el Régimen Especial de los Trabajadores
Autónomos que hubieran resultado subvencionadas.
Transcurrido el plazo otorgado para presentar la documentación justificativa respecto de
cada una de las partes de la subvención concedida, sin haberse presentado la misma
ante el órgano competente, se requerirá al beneficiario para que en el plazo máximo e
improrrogable de quince (15) días hábiles sea presentada la misma.
Si se apreciasen defectos subsanables en la documentación justificativa presentada por
el beneficiario, el órgano administrativo competente lo pondrá en su conocimiento
otorgándole un plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles para su
subsanación.
La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no
eximirá al beneficiario de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones,
correspondan.
A) Para la justificación de la parte de la subvención destinada a la financiación de los
Gastos de constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad (MODALIDAD A):
Acreditar, la puesta en marcha de la empresa mediante la presentación de la
siguiente documentación:
o
o
Copia compulsada de la Escritura de Constitución de la Sociedad, en su
caso.
Copia compulsada del alta en la Declaración Censal (Modelo 036 ó 037).
Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y
del documento, su importe, fecha de emisión, así como una declaración de los
ingresos globales obtenidos para la actividad subvencionada (Anexo VIII).
Fotocopia Compulsada de Vida laboral de la empresa creada, si no se autorizó al
Cabildo Insular de Tenerife a su obtención al formular la solicitud de subvención,
en el supuesto de que la empresa ya estuviese creada.
Fotocopia compulsada de la Vida Laboral de los promotores u otras personas que
trabajen en la empresa creada que, de acuerdo a la normativa vigente, se
encuadren en el régimen especial de trabajadores autónomos, si no se autorizó al
Cabildo Insular de Tenerife a su obtención al formular la solicitud de subvención.
Plaza de España, 1
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
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36
Fotocopia compulsada de los certificados acreditativos de hallarse al corriente en
sus obligaciones con la Administración Tributaria Canaria (Hacienda Autonómica),
tanto de la empresa como de los promotores de la misma. En el caso de tratarse
de Comunidades de Bienes, junto al certificado expedido a nombre de cada uno
de los comuneros deberá aportarse igualmente el certificado expedido a nombre de
la Comunidad de Bienes.
Fotocopia compulsada de los certificados emitidos por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y por el
propio Cabildo, acreditativos de que tanto la empresa como los promotores de la
misma se hallan al corriente de sus obligaciones con dichos Organismos, salvo que
se hubiese autorizado expresamente a este Cabildo a recabar los mismos.
Fotocopia compulsada de los certificados expedidos por el Tesorero/a del
Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife que ponga de manifiesto la
inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo respecto de las
Entidades Locales consorciadas de la Isla de Tenerife, tanto a nombre de la
Empresa constituida como al de cada uno de los promotores de la misma. En el
caso de tratarse de Comunidades de Bienes, junto al certificado expedido a
nombre de cada uno de los comuneros deberá aportarse igualmente el certificado
expedido a nombre de la Comunidad de Bienes.
Fotocopias compulsadas de las facturas o, cuando la emisión de una factura no
proceda con arreglo a las normas fiscales y contables, de los documentos de valor
probatorio equivalente (TC1, TC2, etc.), por un importe igual o superior a tres
medios de la subvención otorgada para la financiación de los gastos de
constitución, puesta en marcha e inicio de la actividad.
Las facturas deberán contener los requisitos mínimos recogidos en el R.D.
1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula
las obligaciones de facturación (BOE Nº 289 de 01.12.12) y tener carácter
auténtico o ser compulsadas; en esta última circunstancia, se deberá dejar
constancia en el original, mediante diligencia, de la compulsa efectuada y de su
finalidad, procediendo a la validación o estampillado de las mismas que permita el
control de la concurrencia de subvenciones.
Las facturas deberán contener al menos los siguientes datos:
1. Número
2. Fecha de expedición
3. Nombre y Apellidos o razón o denominación social completa del expedidor
4. Nombre y Apellidos o razón o denominación social completa del destinatario o
cliente
5. NIF o CIF tanto del expedidor como del destinatario o cliente
6. Dirección completa tanto del expedidor como del destinatario o cliente
7. Descripción de las operaciones junto con su importe individualizado sin
impuestos
Plaza de España, 1
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Teléfono: 901 501 901
Fax: 922 239 846
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37
8. El tipo impositivo aplicado a las operaciones, cuando proceda.
9. La cuota tributaria repercutida, cuando proceda.
Las facturas que no contengan todos y cada uno de los datos arriba reseñados
no serán tenidas en cuenta como gasto subvencionable.
En el caso de haberse llevado a cabo la contratación indefinida de personas con
una discapacidad reconocida igual o superior al 33% prevista en la solicitud:
fotocopia compulsada de la certificación de los órganos competentes del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, que acredite tal condición.
Acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en base 13 apartado h) en relación con la
información y publicidad de la subvención concedida mediante la aportación de la
siguiente documentación:
a) En el caso de mención en el pié de los documentos emitidos por la empresa
beneficiaria (ofertas, presupuestos, albaranes y facturas), será necesario
aportar una muestra original de los documentos que se hayan emitido.
b) Cuando se haya optado por la colocación del cartel previsto en el Anexo IX,
se aportará por el beneficiario una foto donde se aprecie la colocación del
mismo en el lugar previsto en estas bases.
Declaración responsable del beneficiario de hallarse al corriente del pago de
obligaciones por reintegro de subvenciones. (Anexo XI).
En general, aquellos que permitan comprobar la veracidad de la información
aportada en el proyecto y cualquier otro documento que el Cabildo estime
conveniente requerirle.
B) Para la justificación de la parte de la subvención concedida para la financiación
DURANTE 6 MESES de los gastos de Seguridad Social en el Régimen Especial
de los Trabajadores Autónomos (RETA), de las personas promotoras de la
iniciativa:
•
Fotocopias compulsadas de los recibos acreditativos del abono la cotización
correspondiente a los seis meses subvencionados correspondientes a cada uno de
los promotores dados de alta en el RETA
•
Fotocopia Compulsada de Vida laboral de la empresa creada, si no se autorizó al
Cabildo Insular de Tenerife a su obtención al formular la solicitud de subvención,
en el supuesto de que la empresa ya estuviese creada.
•
Fotocopia compulsada de la Vida Laboral de los promotores que, de acuerdo a la
normativa vigente, se encuadren en el régimen especial de trabajadores
autónomos, si no se autorizó al Cabildo Insular de Tenerife a su obtención al
formular la solicitud de subvención.
•
Fotocopia compulsada de los certificados acreditativos de hallarse al corriente en
sus obligaciones con la Administración Tributaria Canaria (Hacienda Autonómica),
tanto de la empresa (en el supuesto de ser ésta la beneficiaria de la subvención
concedida) como de los promotores de la misma. En el caso de tratarse de
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Comunidades de Bienes, junto al certificado expedido a nombre de cada uno de los
comuneros deberá aportarse igualmente el certificado expedido a nombre de la
Comunidad de Bienes.
•
Fotocopia compulsada de los certificados expedidos por el Tesorero/a del
Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife que ponga de manifiesto la
inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo respecto de las
Entidades Locales consorciadas de la Isla de Tenerife, tanto a nombre de la
Empresa constituida (en el supuesto de ser ésta la beneficiaria de la subvención
concedida) como al de cada uno de los promotores de la misma. En el caso de
tratarse de Comunidades de Bienes, junto al certificado expedido a nombre de
cada uno de los comuneros deberá aportarse igualmente el certificado expedido a
nombre de la Comunidad de Bienes.
•
Fotocopia compulsada de los certificados emitidos por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y por el
propio Cabildo, acreditativos de que tanto la empresa (en el supuesto de ser ésta la
beneficiaria de la subvención concedida) como los promotores de la misma se
hallan al corriente de sus obligaciones con dichos Organismos, salvo que se
hubiese autorizado expresamente a este Cabildo a recabar los mismos.
•
Declaración responsable del beneficiario de hallarse al corriente del pago de
obligaciones por reintegro de subvenciones. (Anexo XI)
• Copia compulsada del alta en la Declaración Censal (Modelo 036 ó 037)
Cuando se presente la justificación del abono de los Gastos de cotización de la Seguridad
Social en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos de forma conjunta con los
otros tipos de gastos subvencionables, no será necesario presentar por duplicado la
documentación coincidente en ambos casos.
En ningún caso, la subvención concedida para sufragar gastos de Seguridad Social de
las personas promotoras que coticen en el Régimen Especial de los Trabajadores
Autónomos podrá superar el 100% de las cuotas efectivamente satisfechas por estas.
Será necesario justificar la realización de gastos subvencionables de constitución, puesta
en marcha e inicio de la actividad por un importe mínimo de tres medios (3/2) de la
subvención concedida.
Toda la documentación que se aporte por los interesados habrá de ser original o fotocopia
compulsada conforme a la legislación vigente.
….//…
La justificación deberá presentarse en cualquiera de los Registros (General o Auxiliares)
de la Corporación Insular, y dirigirse al Servicio Administrativo de Empleo, Desarrollo
Económico y Comercio.
DECIMOCUARTO.Los interesados cuyas solicitudes hayan sido desestimadas o
desistidas podrán proceder a la retirada de la documentación aportada en el plazo de
TRES (3) MESES a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
acuerdo, salvo que fuera interpuesto recurso contra el mismo en tiempo y forma. En el
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caso de que no se proceda a la retirada de la documentación en el referido plazo, se
procederá a su destrucción, excepción hecha de los documentos originales acreditativos
de la personalidad del solicitante que obren en el expediente.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, significándoles que contra
el presente acuerdo podrá interponer potestativamente, RECURSO DE REPOSICIÓN
ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN MES, contado a partir del día
siguiente a la publicación del presente anuncio, o directamente RECURSO
CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de
DOS MESES contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente.
En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de octubre de 2014
El Consejero Insular
Efraín Medina Hernández
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