Bases para el llamado a aspirac¡ones para proveer los cargos de iilaestros Coord¡nadores de los Centros de Apoyo Pedagógico Didáctico para Escuelas Rurales (CAPDER) frienio 2015 - 2017 1- Llámese a aspiraciones para proveer, en carácter interino o suplente, Ios -A¡t. cargos de Maestros Coordinadores de los Cent¡os de Apoyo Pedagógico Didáctico para Escuelas Ru¡ales (CAPDER). El presente llamado tiene carácte¡ departamental y tendrá vigencia para proveer los cargos durante el tdenio 2015 - 2017. Art.2- Podrán presentarse al llamado los Maestros que tengan radicada la efectividad en la jurisdicción departamental y que ¡eúnan los siguientes requisitos: 2.1- Se¡ Maestro o Di¡ector efectivo de Educación Común en escuela ru¡al o urbana. 2.2- Registrar un desempeño reai mínimo de cinco años en el cargo de Maestro en Escueias Rurales, Director de Escuelas Rurales o Maestro Coordinador del CAPDE& con una caiificación mínima de 85 puntos en un trienio calificado en ese/os cargo/s- 2.3- Registra¡ en el último trienio calificado, una Actividad Computada promedial mínima de 19 puntos. Art. 3 - Las inscripciones se¡án ¡ecibidas en las Inspecciones Departamentales debiendo los aspirantes, en el rnomento de insc¡ibirse, p¡esentar ia siguiente documentación: 3.1- Cédula de Identidad y Carné de Salud vigentes. 3.2- Foja de servicios actualizada debidamente firmada por la autoridad competente y el interesado. 3.3- Documentación probatoria de los requisitos exigidos en el articulo 2 de las Presentes bases. ,1.4- Carpeta de méritos en la que consten los antecedentes debidamente documentados, foliados y ordenados de acuerdo a los crite¡ios establecidos en Ias presentes bases y precedidos de1 índice respectivo. 3.s-Antep¡oyecto a eiecuta¡ en el desempeño del cargo al que se aspira. Art. 4 - A los efectos del o¡denamiento correspondiente se pondera¡án: 4.1- los antecedentes acreditados en la carpeta de méritos, 4.2- el anteproyecto a ejecuiar en el desempeño del cargo al que se 4.3 la entrevista con el tribunal en la que el aspirante defenderá el a>pira, antepro) e(to pre5enl¿do. Art. 5- Cada jurisdicción constituirá un t¡ibunal que entenderá en las tres instancias detalladas en el arüculo artedor. El mismo estará integrado por el Inspector Depa¡tamental y dos lnspectores de Zona que posean trayecto¡ia en el t¡abajo en escuelas ru¡ales. Se deberá p¡ever una tema de suplentes. Art. 6 - Los antecedentes a tener en cuenta para el o¡denamiento de los aspirantes -se ponderar¿ín de aoerdo a los siguientes criterio 6.1- P¡ogresión de cargos desempeñados (como Maestro o como Director). Máximo: 20 puntos 6.2.Calificación promedial en el grado. Coeficiente: 0.25. Máximo: 25 pu¡tos. 6.3.Concu¡sos para proveer cargos de Director con efectiva toma de posesión. Máximo: 10 puntos. Que no generaron tomá de posesión en efectividad y habilitaron para la elección de intednatos y suplencias. Miáximo: 5 puntos. 6.4.Estudios de posgradd completos. Máximo: 15 puntos. Estudios de posgrados, cu$os aprobados. Máximo 5 puntos. 6.5.Cu¡sos oficiales aptobados en en el ámbito de la ANEp, minimo de 1b0 horas. Miimo: 20 puntos. 6.6.Participación en cú¡sos, semi¡a¡ios y jornadas de actualización que tengan ¡elación con la educación rural, mínimo de 20 ho¡as. Máximo: 5 puntos. 6.T.Antecedentes calificados en el cargo a provee4 con un mínimo de 85 puntos. Coeficiente de 0,10. Máximo: 10 puntos. 6.8.Organización" coordinación y/o exposición en cutsos, seminarios y demás instancias académicas ¡elacionados con la educación ¡u¡al. Máxirno: 10 puntos. 6.9.Publicaciones éditas vinculadas a la educación rural. Máximo 10 puntos. 6.1O.Elaboración y/o ejecución de investigaciones o p¡oyectos oficiales avalados por la autoridad competente, relacionados con la educación ru¡al. M¿{ximo; 15 puntos. Total de puntos en Méritos: 150 Art. Tribunal valorará el anteproyecto p¡esentado por cada aspi¡ante con un máximo de 125 puntos. 7 - El Art. 8 - Cada aspirante participará de una enhevista. La misma tendrá una duración máxima de 30 minutos. Se valo¡a¡á con un milximo de 100 puntos. Art. 9 La suma total de los puntajes obtenidos en las tres instancias tendrá un máximo de 37s punlos. Art. 10 - El aspirante que reaüce su opción la tenovará automáticamente en forma anual du¡a¡te el t¡ienio de obtene¡ calificación a¡ual mínima de g5 puntos en Aptitud Docente. I II O". 11 - En caso de que la gestión supewisada, no permita logra¡ esa calificacióo no se renovará automáticÁente la continuidad en el cargo procediéndose a ofrecer el mismo a la lista respectiva. Monteyideo, 3 de noviembre de 2014
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