frienio 2015 - 2017

Bases para el llamado a aspirac¡ones para proveer los cargos de
iilaestros Coord¡nadores de los Centros de Apoyo Pedagógico Didáctico
para Escuelas Rurales (CAPDER)
frienio
2015 - 2017
1- Llámese a aspiraciones para proveer, en carácter interino o suplente, Ios
-A¡t.
cargos de Maestros Coordinadores de los Cent¡os de Apoyo Pedagógico
Didáctico para Escuelas Ru¡ales (CAPDER). El presente llamado tiene carácte¡
departamental y tendrá vigencia para proveer los cargos durante el tdenio 2015
- 2017.
Art.2- Podrán presentarse al llamado los Maestros que tengan radicada la
efectividad en la jurisdicción departamental y que ¡eúnan los siguientes
requisitos:
2.1- Se¡ Maestro o Di¡ector efectivo de Educación Común en escuela ru¡al o
urbana.
2.2- Registrar un desempeño reai mínimo de cinco años en el cargo de Maestro
en Escueias Rurales, Director de Escuelas Rurales o Maestro Coordinador del
CAPDE& con una caiificación mínima de 85 puntos en un trienio calificado en
ese/os cargo/s-
2.3-
Registra¡ en el último trienio calificado, una Actividad Computada
promedial mínima de 19 puntos.
Art. 3 - Las inscripciones se¡án ¡ecibidas en las Inspecciones Departamentales
debiendo los aspirantes, en el rnomento de insc¡ibirse, p¡esentar ia siguiente
documentación:
3.1- Cédula de Identidad y Carné de Salud vigentes.
3.2- Foja de servicios actualizada debidamente firmada por
la
autoridad
competente y el interesado.
3.3- Documentación probatoria de los requisitos exigidos en el articulo 2 de las
Presentes bases.
,1.4- Carpeta de méritos en la que consten los antecedentes debidamente
documentados, foliados y ordenados de acuerdo a los crite¡ios establecidos en
Ias presentes bases y precedidos de1 índice respectivo.
3.s-Antep¡oyecto a eiecuta¡ en el desempeño del cargo al que se aspira.
Art.
4
-
A los efectos del o¡denamiento correspondiente
se
pondera¡án:
4.1- los antecedentes acreditados en la carpeta de méritos,
4.2-
el anteproyecto a ejecuiar en el desempeño del cargo al que
se
4.3 la entrevista con el tribunal en la que el aspirante defenderá
el
a>pira,
antepro) e(to pre5enl¿do.
Art. 5- Cada jurisdicción constituirá un t¡ibunal que entenderá en las tres
instancias detalladas en el arüculo artedor. El mismo estará integrado por el
Inspector Depa¡tamental y dos lnspectores de Zona que posean trayecto¡ia en
el t¡abajo en escuelas ru¡ales. Se deberá p¡ever una tema de suplentes.
Art. 6 - Los
antecedentes a tener en cuenta para el o¡denamiento de los
aspirantes -se ponderar¿ín de aoerdo a los siguientes criterio
6.1-
P¡ogresión de cargos desempeñados (como Maestro o como Director).
Máximo: 20 puntos
6.2.Calificación promedial en el grado. Coeficiente: 0.25. Máximo: 25 pu¡tos.
6.3.Concu¡sos para proveer cargos de Director con efectiva toma de posesión.
Máximo: 10 puntos.
Que no generaron tomá de posesión en efectividad
y
habilitaron para la
elección de intednatos y suplencias. Miáximo: 5 puntos.
6.4.Estudios de posgradd completos. Máximo: 15 puntos.
Estudios de posgrados, cu$os aprobados. Máximo 5 puntos.
6.5.Cu¡sos oficiales aptobados en en el ámbito de la ANEp, minimo de 1b0
horas. Miimo: 20 puntos.
6.6.Participación en cú¡sos, semi¡a¡ios y jornadas de actualización que tengan
¡elación con la educación rural, mínimo de 20 ho¡as. Máximo: 5 puntos.
6.T.Antecedentes calificados en el cargo a provee4 con un mínimo de 85 puntos.
Coeficiente de 0,10. Máximo: 10 puntos.
6.8.Organización" coordinación y/o exposición en cutsos, seminarios y demás
instancias académicas ¡elacionados con la educación ¡u¡al. Máxirno: 10 puntos.
6.9.Publicaciones éditas vinculadas a la educación rural. Máximo 10 puntos.
6.1O.Elaboración y/o ejecución de investigaciones o p¡oyectos oficiales avalados
por la autoridad competente, relacionados con la educación ru¡al. M¿{ximo; 15
puntos.
Total de puntos en Méritos: 150
Art.
Tribunal valorará el anteproyecto p¡esentado por cada aspi¡ante con
un máximo de 125 puntos.
7 - El
Art. 8
-
Cada aspirante participará de una enhevista. La misma tendrá una
duración máxima de 30 minutos. Se valo¡a¡á con un milximo de 100 puntos.
Art.
9
La suma total de los puntajes obtenidos en las tres instancias tendrá un
máximo de 37s punlos.
Art. 10 - El aspirante que reaüce su opción la tenovará automáticamente en
forma anual du¡a¡te el t¡ienio de obtene¡ calificación a¡ual mínima de g5
puntos en Aptitud Docente.
I
II
O". 11 - En
caso de que la gestión supewisada, no permita logra¡ esa
calificacióo no se renovará automáticÁente la continuidad en el cargo
procediéndose a ofrecer el mismo a la lista respectiva.
Monteyideo, 3 de noviembre de 2014