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N.º 5.061
DOMINGO
Cali, domingo 01 febrero de 2015 - 12 págs.
ISSN 0124-5171
■ Desmembrados podrían ser más
Crece temor
entre los
habitantes
del puerto
Con el hallazgo de fosas
comunes en Buenaventura
ha aumentado el temor
entre los habitantes de la
ciudad porteña.
Aunque Medicina Legal
informó que la entidad tiene
reporte de siete cuerpos
desmembrados hallados en
el puerto, no descartó que
los casos sean más.
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■ Tendrán albergue temporal
Avanza proceso
para el retorno
de los embera
El asesor de paz del municipio de Cali, Felipe
Montoya, dijo que desde el año pasado se trabaja en el
retorno a su sitio de origen de la comunidad embera
katío que vive en el centro de Cali.
La administración municipal destinó $50 millones para
la adecuación de un albergue temporal para los indígenas
en el departamento de Risaralda.
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Pacífico, en la agenda
del presidente Santos
El Pacífico será la
primera región que visitará
el presidente Juan Manuel
Santos dentro del programa
El presidente en las
regiones, que iniciará este
fin de semana en Guapi,
Cauca.
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Sobrevuelos por la movilidad
Especial - Diario Occidente
LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO DE CALI REALIZÓ ESTE VIERNES EL PRIMERO DE UNA SERIE DE SOBREVUELOS PARA EVALUAR ESTRATEGIAS Y PROYECTOS CON EL FIN DE MEJORAR LA MOVILIDAD EN LA CIUDAD. EN EL RECORRIDO AÉREO SE CAPTARON IMÁGENES DE VARIAS
VÍAS QUE SERÁN ANALIZADAS.
■ Se invertirán $860 mil millones en el proyecto
Urge reubicar habitantes del
jarillón para avanzar en obras
El avance de las obras
del jarillón del río Cauca a
su paso por Cali depende
de la reubicación de
quienes habitan sobre la
franja a intervenir.
De las 7.852 familias que
deben ser trasladadas, dos
mil irían para la Ciudadela
Calida, en Navarro, el resto
serían reubicadas en otros
planes habitacionales.
En las obras de acondicionamiento del jarillón se
invertirán $860 mil millones.
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DIARIO OCCIDENTE, domingo, 01 de febrero de 2015
2 PRIMER PLANO
■ Licitación
■ Pesca
■ Relleno
■ Inaugurado
■ Reconocimiento
■ Bloqueo
La Agencia Nacional de
Infraestructura abrió licitación para la modernización del aeropuerto
Guillermo León Valencia
de Popayán con una
inversión de $75 mil 869
millones en adecuaciones locativas.
Desde Buenaventura el
Ministro de Agricultura
Aurelio Iragorri anunció
que el sector pesquero
en el Pacífico tendrá una
inversión de $6 mil millones, el presupuesto
más grande de la historia.
Buenaventura. Durante
su visita a esta ciudad la
viceministra de Agua
María Carolina Castillo
Aguilar anunció recursos
por mil millones de
pesos para el el nuevo
relleno sanitario del
Distrito.
Palmira. Con la presencia de la Primera Dama
de la Nación, Clemencia
Rodríguez de Santos fue
entregado el nuevo
Centro de Desarrollo
Infantil, CDI, o Jardín
Social Mundo de ilusiones, de la Comuna 1.
Buga. Con motivo del
Día de la Vallecaucanidad el gobierno departamental y la Sociedad de
Mejoras Públicas de Cali
colocarán este domingo
la primera piedra del
monumento
a los
héroes vallecaucanos.
Yumbo. Por cerca de
cuatro horas estuvo bloqueada la vía entre esta
localidad y Cali por parte
de habitantes del barrio
Juan Pablo II que reclamaron la reactivación del
suministro de agua en
ese sector.
■ Investigan desapariciones
Sigue temor en Buenaventura
E
l temor continúa en
Buenaventura ante el
reciente hallazgo de las
fosas comunes en la vía al
aeropuerto.
Habitantes de los barrios
El Progreso y Caldas han
expresado su preocupación
por las fosas comunes e incluso muchos han planteado su
intención de desplazarse
hacia otros sectores de la ciudad ante el temor reinante.
El director regional del
CTI de la Fiscalía, Edwar
Rodríguez, afirmó que los
restos son analizados para
establecer si pertenecen a personas desaparecidas y cuánto
tiempo llevaban sepultadas.
Precisamente
muchas
familias han denunciado la
desaparición de parientes y
están temerosas de que entre
Archivo Diario Occidente
Las autoridades siguen investigando los homicidios y desapariciones.
los cuerpos encontrados
aparezcan sus seres queridos.
El comandante de la Policía de Buenaventura, coronel
Marcelo Russi, dijo que
durante este mes se han
recibido denuncias por las
desapariciones de cuatro
hombres.
Por otra parte, el director
del Instituto Nacional de
Medicina Legal, Carlos
Eduardo Valdés, aseguró que
desde marzo de 2014 a la fecha,
han sido desmembradas siete
personas en Buenaventura.
El funcionario aclaró, sin
embargo, que la cifra se
desprende de los casos confirmados y agregó que pueden
existir subregistros de más
muertes de ese mismo tipo,
que no han sido notificadas.
Ante esta situación el gobernador del Valle Ubéimar
Delgado propuso al Ministerio
del Interior un bloque de
búsqueda para dar con los culpables de las muertes, desmembramientos y desaparecidos.
El Defensor Nacional del
Pueblo Jorge Armando Otálora recomendó a las autoridades tomar las medidas necesarias luego de recibir un
informe de una visita hecha
por la institución.
Medicina Legal indicó que
el año pasado hubo 153 homicidios en Buenaventura respecto a 195 en el 2013.
Gobierno llega al Pacífico
C
on la visita al municipio
de Guapi este fin de semana se inicia una serie de visitas del presidente Juan
Manuel Santos y el consejo de
ministros al Pacífico colombiano para conocer sus necesidades.
El mandatario de los
colombianos Juan Manuel
Santos hizo este viernes lanzamiento de la estrategia "El
Presidente en las Regiones" y
destacó la importancia de
estas en su administración.
La agenda de "El
Archivo Diario Occidente
El periplo del Presidente Santos por el Pacífico comienza
en Guapi.
Presidente en las regiones"
fue programada para empezar
este sábado en el Pacífico, más
concretamente en Guapi este
sábado y continuar los otros
fines de semana en Buenaventura, Tumaco y Quibdó.
Santos decidió iniciar sus
visitas en el Pacífico “porque
somos conscientes de sus
necesidades, pero también
porque reconocemos sus progresos, y porque queremos
honrar nuestras promesas de
que sería una prioridad para
nosotros”.
El Mandatario anotó que
“el presupuesto de inversión
para el Pacífico en este
Gobierno ha sido de 27 billones de pesos, una suma que
es dos veces y media la invertida en los cuatro años anteriores”.
Especial Diario Occidente
Esta es la marihuana incautada en Mediacanoa.
Incautan marihuana
D
urante operativos de control en el sector de Mediacanoa la policía incautó más
de dos toneladas de marihuana tipo cripa, detuvo a una
persona e inmovilizó la volqueta en que se transportaba.
Los 2.068 kilos de marihuana potenciada fueron avaluados por las autoridades en
más de $200 millones.
El alucinógeno venía
camuflado en la carga de
arena, distribuidos en 158
paquetes aforados en cinta
adhesiva de distintos colores.
El Departamento de
Policía Valle del Cauca
durante el 205 ha incautado
más de cuatro toneladas de
marihuana a lo largo y ancho
del departamento.
Red de semáforos
U
n plan de modernización
de la red de semáforos
con la tecnología LED de adelanta la alcaldía de Palmira.
El Secretario de Movilidad
Erminson Ortiz Soto dijo que
la instalación de semáforos en
nuevos cruces viales avanza
satisfactoriamente, .
El funcionario indicó que
en los próximos días, la comunidad palmirana contará con
semaforización en puntos
como la calle 32 con carrera 32
y la carrera 27 con calle 32.
El proyecto comprende
puntos como el cruce del Parque Los Bomberos, en donde
se instalará un sistema inteligente para que esta institu-
Especial Diario Occidente
La alcaldía adelanta la
instalación de la nueva red
de semáforos tipo LED.
ción disponga del semáforo en
rojo en casos de emergencia.
Ortiz dijo que también se
hace mantenimiento a las
intersecciones viales.
DIARIO OCCIDENTE,
OPINIÓN 3
domingo, 01 de febrero de 2015
Editorial
Siguen los
abusos
Campaña
sin violencia
ES COMÚN VER
CALI CABALLOS
EN LAS CALLES
CARRETILLEROS
QUE SIGUEN SIENDO SOMETIDOS
A TIRAR CARGAS DEMASIADO
PESADAS.
Hay que tomar medidas para que los violentos
no interfieran en el proceso electoral.
jalá el asesinato del concejal Jorge
Humberto Ramírez en el municipio de La
Unión no sea el anuncio de una campaña
política marcada por la violencia en el
Valle del Cauca.
En el periodo que termina (2012-2015) han
sido asesinados seis concejales en el
Departamento, y hace pocos días el presidente de la
Asamblea del Valle, Luis Enrique Ruiz, reveló que hay cuatro diputados amenazados.
Con los antecedentes de violencia política que tiene el
Departamento es necesario que se adopten medidas para
evitar que los debates de ideas y propuestas sean reemplazados por amenazas y atentados.
Hay municipios en los cuales organizaciones ilegales interfieren en la política y cada que hay elecciones sacan del escenario a balazos a quienes por una u otra razón no quieren
que resulten elegidos. Yumbo, donde en cada campaña
local hay políticos asesinados, es la mejor (o peor) muestra
de ello. Hace cuatro años el diputado Fernando Vargas, que
aspiraba a la Alcaldía de ese municipio fue asesinado, al
igual que ocurrió ocho años atrás con Jairo Romero, quien
aspiraba al mismo cargo.
Las elecciones de este año tendrán además la amenaza de
las bandas criminales, que han fortalecido su accionar en
ciudades como Buenaventura y Tulúa, y también en
pequeños municipios del norte del Valle. Estos grupos son
una grave amenaza para el proceso electoral, pues no representan peligro únicamente para los candidatos contrarios a sus intereses, sino también para los electores. Las presiones que históricamente ha ejercido la guerrilla sobre los
votantes en las zonas rurales pueden darse ahora en los
centros urbanos por cuenta de las bacrim.
La comisión de seguimiento electoral debe actuar con prontitud ante las denuncias y tomar medidas en aquellos
municipios históricamente complejos en tiempo de campaña para evitar que los violentos determinen las decisiones que los ciudadanos deben tomar en las urnas.
O
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PULSO DE OPINIÓN
Infraestructura y competitividad
C
on un valor promedio de US$1.807
por
transporte
interno de un contenedor
de 20 pies en Colombia,
frente a los US$550 en
Ecuador y los US$400 en
CARLOS CUERVO
China, leer noticias como
la adjudicación a un consorcio español de la vía Mulaló-Loboguerrero
proyecta una luz de esperanza ante el atraso de
la infraestructura del país.
Infortunadamente esta buena noticia llegó
acompañada de los malos resultados en la construcción del túnel de La Línea, con un atraso
de dos años y un nuevo aforo de $400 mil millones adicionales para lograr su culminación.
¿Se preguntarán los lectores el porqué de estos
descalabros?
Hay razones políticas, económicas y de ingeniería, además de los costosos procesos de conciliación con comunidades afectadas por las
obras.
En lo político está el afán de inaugurar obras
en el periodo de gobierno del funcionario que
adjudicó el proyecto.
En lo económico, por otorgar las licitaciones
al postor de menor precio, sin considerar vulnerabilidades climáticas, periodo útil de uso y
costo del mantenimiento preventivo.
Y, por supuesto, las de ingeniería como consecuencia del costo bajo que implica sacrificios
en el análisis de suelos y de fallas geológicas,
uso de elementos de construcción de menor calidad y de cimentación, pobre manejo de taludes
y de prácticas medio ambientales. Siendo estos
los ítems que dan a un proyecto estabilidad y
durabilidad.
Es urgente eliminar la visión de corto plazo
que solo beneficia a los políticos de turno y que
además arrastra sobre costos por la deficiente
planeación, mantenimiento y reparación.
Para modernizar la infraestructura del país
entre el 2013 y el 2020 se requieren inversiones
anuales sostenidas del 3.1% del PIB. ¿Se estará
cumpliendo?
PLEAMAR
Presidente, ¿y el aeropuerto de Buenaventura?
E
s una pregunta
urgente que requiere respuesta
positiva por los innumerables beneficios que
traerá a los colombianos.
Le pedimos con todo el
respeto al Mandatario de
AGUSTÍN ESCANDÓN
la Nación que ordene sin
PEÑA
demoras la actualización
del aeropuerto de Buenaventura.
La instalación de la Alianza del Pacífico le
correspondía a Buenaventura pero no se pudo
por la carencia de aeropuerto, Presidente,
usted sabe bien, y se realizó en Cali.
Se necesita prolongar la pista en las dos
cabeceras con la instalación eléctrica para la
operación nocturna. Obvio complemento tec-
nológico de la torre de control y las vías de
acceso.
Sobra que le añada más razones, conveniencias y beneficios.
Para la gente del Pacífico el ejercicio positivo de su autoridad sería histórico. La
gente del Litoral agradecerá que su positiva
determinación le incluya en el cambio que
le permita desarrollarse en el siglo XXI.
Será también la oportunidad para industrializar al puerto- ciudad con fábricas de
todo género que permitan producir con
bajos costos, buena calidad y solución del
desempleo. Hoy lo debe realizar. Es el
momento y la oportunidad. Nos convertimos, con orgullo en voceros del pueblo
porteño para decirle muchas gracias, presidente Santos.
EN VOZ
ALTA
Hay ladrones a los
que no se castiga, pero
que roban lo más preciado: el tiempo.
Napoleón
Bonaparte, emperador francés
RINCÓN DEL
PENSAMIENTO
Piensa en
lo bueno
Cuando el cielo esté gris,
acuérdate cuando lo viste profundamente azul.
Cuando sientas frío, piensa
en un sol radiante que ya te ha
calentado.
Cuando sufras una derrota,
acuérdate de tus triunfos y de
tus logros.
Cuando necesites amor,
revive tus experiencias de
afecto y ternura.
Acuérdate de lo que has
vivido y de lo que has dado con
alegría.
Recuerda los regalos que te
han hecho, los besos que te han
dado, los paisajes que has
disfrutado y las risas que de
ti han emanado.
Si esto has tenido lo podrás
volver a tener y lo que has
logrado, lo podrás volver a
ganar.
Alégrate por lo bueno que
tienes y por lo de los demás;
desecha los recuerdos tristes y
dolorosos, no te lastimes más.
Piensa en lo bueno, en lo
amable, en lo bello y en la
verdad.
Recorre tu vida y detente en
donde haya bellos recuerdos y
emociones sanas y vívelas otra
vez. Visualiza aquel atardecer
que te emocionó.
Revive esa caricia espontánea que se te dio.
Allá en tu mente están
guardadas todas las imágenes.
Y solo tú decides cuáles has
de volver a mirar...
Y así, un día como
cualquier otro, decidí triunfar.
Las columnas reflejan la
opinión del autor, no la
posición editorial del
Diario Occidente.
4 METRO
DIARIO OCCIDENTE, domingo, 01 de febrero de 2015
■ Apoyo social
■ Polideportivo
Hasta seis prendas de
ropa se llevaron las personas de escasos recursos que asistieron a la
boutique callejera, the
street store, que realizó
el viernes pasado el colegio Británico British
School.
El alcalde de Cali,
Rodrigo Guerrero, inauguró un polideportivo en
el
barrio
Manuela
Beltrán, en el oriente de
la ciudad, este espacio
deportivo beneficiará a
cinco mil niños de este
zona de la ciudad.
■ Se invertirán 860 mil millones en las obras
Reubicación masiva
a familias del jarrilón
"
Es urgente reubicar grupos grandes de esta
población para poder
realizar las obras de mitigación del jarillón, ya que
existe un riesgo alto de inundación".
Así aseguró el gerente del
Fondo
de
Adaptación,
Germán Arce, durante su visita en Cali al indicar que en las
obras de mitigación de los 17
kilómetros del jarrilón del río
Cauca a su paso por Cali se
invertirán 860 mil millones de
pesos.
La administración municipal está evaluando la
posibilidad de reubicar
grupos grandes de familias en la Ciudadela Calida
(antiguo
basurero
de
Navarro), para ofrecerles
mejores condiciones de
Germán Arce explicó en detalle las obras del jarrillón.
seguridad y bienestar.
"Llevarnos 2.000 o 3.000
familias con todas las
condiciones, con colegios, parques, hospitales y toda la
infraestructura
pública",
explicó el funcionario.
Al ser consultado sobre el
cronograma de obras, el director del fondo de adaptación
indicó que todo dependerá del
traslado de las familias que
habitan el jarrillón. Se espera
que finalizando el 2015 se realicen los primeros traslados
masivo.
Lo que sigue
■ Lograr el reasentamiento de las 7.852 familias en pro-
Riesgo
Para el director del fondo de
adaptación es necesario adelantar las obras lo mas pronto
posible ya que "900.000 personas (del distrito de Aguablanca) están con riesgo de
inundación”.
gramas habitacionales.
■ hacer las obras de
infraestructura para proteger la Planta de Puerto
Mallarino.
"Si esta planta llega a
colapsar por tener un aumento en el nivel de agua, el 70 %
de los caleños se quedarían
sin agua, y recuperar el funcionamiento de esta planta
sería algo complejo y tomaría
mucho tiempo", explicó el funcionario.
■ reconstrucción de la
estación de bombeo Paso del
Comercio, que empezó el año
pasado, el cual garantiza que
las aguas lluvias caigan en los
canales y se puedan disponer
de manera adecuada.
■ Usuario de la salud murió mientas hacía fila
L
a Personería Municipal reiteró el llamado a las instituciones de
salud públicas y privadas
para que mejoren la atención a sus afiliados al
indicar que entre enero y
agosto de 2014 se recibieron 1.418 quejas por
inconformidades en el servicio.
La solicitud la hizo el
ente de control al conocerse el caso de un hombre
“En salud, los adultos
mayores son prioridad”
proveniente de Sevilla que
murió en la mañana de
viernes mientras hacía
fila para autorizar un
tratamiento médico.
Andrés
Santamaría,
personero
municipal,
indicó que "la seguridad
del paciente es una prioridad de la atención en salud
en Colombia, los incidentes y eventos adversos
son una señal de alerta
sobre la problemática de
una atención no óptima".
El funcionario agregó
que "las largas filas para
adultos mayores, mujeres
embarazadas o personas
con menores de edad
hacen parte de sectores
de la población que deben
ser atendidos con prioridad".
Avanza retorno
de los embera
E
l proceso de retorno de los
199 indígenas Embera
Katío que viven en el barrio
El Calvario se adelanta desde
el año pasado.
Así lo explicó Felipe
Montoya, asesor de paz
alcaldía de Cali, quien
acompaña este proceso
desde que inició.
Frente a la tutela que pide
que se garanticen los derechos de esta comunidad indígena y que tiene frenada la
ejecución del proyecto de
renovación urbana en el centro de Cali, Ciudad Paraiso, el
asesor de paz aseguró que "los
indígenas no son sujetos de
intereses sino de derechos, no
entiendo por qué entran a
jugar un papel en un proyecto
de ciudad cuando lo que ellos
quieren es regresar a su territorio".
Frente a las aseveraciones
del abogado que tiene un
poder para representarlos y
que interpuso la acción de
tutela, Montoya comentó que
Felipe Montoya , asesor de
paz de la alcaldía.
"llama la atención que ese
documento lo firmaron indígenas que no hablan español,
es decir no leyeron el contenido". Por lo anterior fue
necesario revocar dicho
poder.
Ante las afirmaciones del
profesional del derecho en las
que aseguró que los indígenas
fueron presionados para revocar dicho poder, Montoya fue
enfático en afirma que "eso es
falso, lo que hicimos fue
explicar a los indígenas lo que
decía el documento y contarles el trabajo que estamos
haciendo para su retorno".
Relocalización
La administración municipal gestionó $50 millones para
que la gobernación de Risaralda y la alcaldía de Pereira
adecúen un albergue de manera temporal mientras se
logra el traslado definitivo.
Sobre la llegada de los indígenas a Cali, Montoya informó que "según reportes oficiales en Pueblo Rico, hace
cinco años no se presentan hechos de violencia, la información de manera no oficial que tenemos es que ellos
salieron de la zona por diferencias internas del resguardo
entre los embera katío y embera chamí, sin embargo,
están en el registro único de victimas y tenemos que
atenderlos y darles todas las garantías".
DIARIO OCCIDENTE,
ESCENARIO 5
Gana con el Diario Occidente
domingo, 01 de febrero de 2015
En la mira
Por Alberto Posso
Gómez Especial
Diario Occidente
Si quieres asistir a alguna de estas obras
escribe un email con tus datos personales
al
correo
concursos@
diariooccidente.com.co y participa por
pases dobles. Debes colocar en el asunto
el nombre de la obra: Las aventuras de
Fausto o Los tres cerditos.
Sombras eróticas
■ Llega el teatro negro de praga
Las aventuras de Fausto
E
T
odo está listo para el pomposo estreno de
una de las películas más esperadas de
comienzos de año, ’50 sombras de Grey’,
basada en el bestseller de E.L. James, que será
vista por primera vez el próximo 11 de febrero
en el Festival de Berlín. Al día siguiente será su
estreno mundial y los reportes de preventa
superan todas las expectativas. Lectores o no de
la candente obra literaria, están impacientes
por apreciar la versión cinematográfica.
El hecho demuestra que tanto la literatura
erótica como su variante fílmica siguen constituyendo uno de los principales intereses del
público del mundo, sin distingos de clase
social, edad o intelecto. Las cifras millonarias
de la saga literaria, compuesta por 3 libros, es
una excelente antesala para el estreno del
filme, también dirigido por una mujer,
Samantha Louise Taylor-Wood.
A Samantha, actriz británica y ahora
cineasta, de 47 años, la reconocemos por una
película que logró estrenarse comercialmente
en Colombia, ‘Mi nombre es John Lennon’,
aunque con bajos resultados de audiencia. De
repente está convertida en objetivo de la prensa
inglesa, debido a la gran responsabilidad que
tuvo con semejante manuscrito.
“Ha sido una bendición este trabajo, y
espero haberlo hecho con toda la ética que
merece”, dijo Samantha, a quien, al igual que
todos los miembros del equipo, les tienen firmado pacto de confidencialidad, que al parecer
ha funcionado, porque ’50 sombras de Grey’ es
de las pocas películas que no pueden bajarse de
los portales piratas de Internet, como el popular KickAss.
En definitiva, todos estamos listos para ver
la aventura de la joven estudiante Anastasia,
envuelta en los peculiares gustos eróticos del
millonario Christian Grey. No queda ninguna
duda… el sexo ¡vende! Y mientras más
pecaminoso… ¡mejor!
Foxcatcher, pelea por la vida
Llega
a
Colombia otra
p e l í c u l a
‘oscarizada’,
‘Foxcatcher’, la
historia real del
l u c h a d o r
ganador de una
medalla olímpica, Mark Schultz, quien cayó
en manos de un millonario loco que se
proclamó su entrenador y lo sometió a una
especie de esclavitud, John Du Pont.
Tatum Channing y Steve Carrell, los
actores que interpretan a los dos personajes,
están nominados gracias a unos roles realmente viscerales y emocionantes.
Cada vez, el cine mira más hacia el género
del drama biográfico, conocido como ‘biopic’.
A todos nos interesa hurgar en la vida de los
famosos y también en los no tan famosos…
l Teatro Negro de
Praga se ha convertido en un asiduo visitante de los escenarios
teatrales del país y regresa
para presentar Las aventuras de Fausto.
Su técnica se basa en un
espacio totalmente negro,
que con un juego de iluminación resalta la presencia
de elementos fluorescentes,
que parecen flotar en el escenario. “La mayoría de los
implementos y los juegos técnicos viajan con nosotros, es
fundamental un sonido óptimo y una sala que cuente con
una acústica casi perfecta”,
dice Pavel Hortek, director
ejecutivo del grupo.
Hortek añade que el trabajo técnico se divide en tres
equipos: los actores que protagonizan el montaje, los que
mueven los elementos, que
además caminan en las
penumbras, y los ingenieros
de luz y de sonido.
“Con ellos se hace una
labor muy precisa con la que
logramos engañar al ojo
humano. Para ello hemos
venido, a través del tiempo,
ingeniando truco tras truco
para perfeccionar los montajes. Trucos que no podemos
revelar para que el resultado
siga siendo un mágico misterio”, afirma.
Esta pieza está inspirada
en diferentes fuentes, principalmente el Fausto de
Goethe y también la leyenda
alemana del mismo nombre
en la que un hombre cambia
su alma para tener placeres
y conocimientos ilimitados.
El grupo ya había presentado en el país varias reinter-
pretaciones de clásicos de la
literatura, como Alicia en el
país de las maravillas, inspirada en la obra del británico
Lewis Carroll, y Las aventuras del Dr. Frankenstein,
que parte del famoso personaje que creó la escritora
Mary Shelley.
Este espectáculo estara en
Cali el 10 de febrero en el
teatro Jorge Isaacs a las 8:00
p.m. Informes: 880 9027.
ACCION S.A.
Domiciliada en la Calle 6 # 1N42 de Cali, de conformidad con lo prescrito por el artículo 212 de C.S.T., hace saber que el señor JULIAN ANDRES PEREZ BALLESTEROS
con Cédula de Ciudadanía No 1107049524 de Cali falleció el 16 de enero de 2015, se
presentaron la señora MARTHA STELLA BALLESTEROS SOLANO CC 51823130 en
calidad de madre, el menor ALEJANDRO PEREZ CALERO NUIP 1105389202 en representación del menor la señora JENNIFER CALREO ROSERO CC 1143954645..
Quienes crean tener derecho a reclamar sus prestaciones sociales, deben presentarse a la dirección anunciada dentro de los treinta días siguientes a la fecha de esta
publicación con el fin de acreditar su derecho.
SEGUNDO AVISO
FEBRERO 1 DE 2015
El Depositario Provisional, como accionista, me permito convocar a Asamblea Ordinaria de la
sociedad TRANSPORTES DEL ESPIRITU SANTO S.A., la cual tendrá lugar el día 23 de febrero
de 2015 a las 7:00 a.m. en el HOTEL LOS VIÑEDOS DE GETSEMANI S.A., en el municipio de la
Unión Valle, y desde ya se hace una segunda convocatoria de Asamblea Ordinaria a las 10:00
a.m., y particularmente a los accionistas:
i) LUISA FERNANDA OSORIO GUERRERO.
ii) HORACIO BERNAL CORREA.
iii) SANDRA MILENA PRIETO SANTIAGO.
iv) ORLANDO CHAPARRO GONZALEZ.
v) ANDRES FELIPE OSORIO GUERRERO.
Asamblea Ordinaria en la cual se tratara el siguiente orden del día:
1. Verificación del Quórum.
2. Nombramiento de Dignatarios.
3. Lectura del acta anterior.
4. Informe de Gestión del Depositario Provisional o Liquidador.
5. Informe de la Revisoría Fiscal y/o Contador, si a ello hay lugar
6. Presentación y aprobación de Estados Financieros Comparativos a 31 de diciembre de 2011 2010 debidamente dictaminados.
7. Nombramiento de Revisor Fiscal y suplente, y fijación de honorarios si a ello hay lugar.
8. Proposiciones y varios.
9. Lectura y aprobación del Acta.
Se informa a los accionistas que tienen disposición de los libros contables y demás documentos
sociales que consideren pertinentes para el ejercicio de inspección durante los próximos 15 días
hábiles a partir de esta convocatoria entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m.
En la Unión Valle, a los treinta (30) días del mes de Enero de 2015.
Cordialmente,
ANDRES MEJIA CADAVID.
Depositario Provisional.
TRANSPORTES DEL ESPIRITU SANTO S.A.
DIARIO OCCIDENTE, domingo, 01 de febrero de 2015
6 DEPORTES
Equidad vs. Santa Fe
Cúcuta vs. Junior
■ Lunes 2 de febrero
Uniautónoma vs. Alianza Petrolera
Aplazado Millonarios vs. Pasto.
Pitazo inicial, comienza la Liga Àguila
Hora: 5:30 p.m.
Hora: 7:30 p.m.
(WIN Sports)
(WIN Sports)
Hora: 7:45 p.m. (WIN Sports)
Deportivo Cali se estrena con
el recien ascendido Jaguares
Formación
Deportivo Cali: Ernesto Hernández; Victor Giraldo, Cristian Nasuti,
Germán Mera, Frank Fabra; Yerson Candelo, Juan Carlos Guazá, Juan
David Cabezas, David Mendieta; Miguel Murillo y Hárold Preciado.
Bogotá le abrió las puertas al América
El Deportivo Cali modelo 2015, enfrentará al recién ascendido Jaguares
de Córdoba, este domingo en Monteria. El equipo verde al mando de
Fernando 'Pecoso' Castro, su nuevo entrenador, tendrá el debut de cuatro
de sus refuerzos: el arquero uruguayo Ernesto Hernández, el volante caucano Juan Carlos Guazá ,el mediocampista paraguayo David Mendieta y el
delantero Harold Preciado, canterano que estaba a préstamo, precisamente es el primer rival de los 'azucareros' en la Liga.
DEPORTES 7
El volante Brayan Rovira completó dos tarjetas amarillas y no podrá jugar
ante Perú, partido de la tercera fecha del hexagonal final, Luis Díaz podría
ser su reemplazo.
Por su parte, el lateral derecho Leiner Orejuela ya pagó un partido de sanción y regresaría a la titular.
En duda está la participación de Jarlan Barrera, una de las figuras de la
Selección Colombia quien presenta daños en la córnea derecha, luego de
la agresión recibida por parte de Lucio Compagnucci, durante el partido
que el combinado nacional disputó contra Argentina, válido por la segunda fecha del hexagonal final, y que terminó igualado.
La tercera fecha será este domingo, con los siguientes juegos: Colombia
vs. Perú, 2:50 p. m., Argentina vs. Brasil, 5 p. m., y Uruguay vs. Paraguay,
7:10 p. m.
Cuadrado listo para ponerse
la camiseta del Chelsea
La nómina inicialista de los verdiblancos la complementan jugadores que
el año pasado hicieron parte de la escuadra que dirigía el técnico Héctor
Cárdenas, entre ellos figuran, Victor Giraldo, Cristian Nasuti, Germán
Mera, Frank Fabra, Yerson Candelo, Juan David Cabezas y Miguel Murillo.
Por primera vez en la historia el fútbol profesional colombiano tendrá 20 equipos.
Este año el torneo estará formado por 20 equipos, tras los ascensos de
Cúcuta y Cortuluá. Dos equipos que completaron los conjuntos que se
disputarán el torneo que durará 4 meses.
En el nuevo formato no se jugarán cuadrangulares semifinales, tan sólo
llaves de ida y vuelta. De esta manera, los equipos sólo contarán con 180
minutos para sellar su gloria o decepción en el campeonato que este año
patrocina Águila.
La Liga colombiana inició anoche con el duelo entre Cortuluá y Envigado,
e irá hasta el 17 de mayo, en un ‘Todos contra todos‘ que durará 20 jornadas, con una fecha más para los clásicos. Estos partidos especiales se
jugarán en la décima fecha del campeonato, programada para el fin de
semana del 15 de marzo.
Estos serán los cruces: Cúcuta-Alianza, Millonarios-Santa Fe, PatriotasChicó, Once Caldas-Águilas, Cortuluá-Cali, Jaguares-Envigado, NacionalMedellín, Tolima-Huila, Equidad-Pasto y Junior-Uniautónoma.
Al jugar los 20 compromisos del ‘Todos contra todos’, los 8 mejores
equipos clasificados se jugarán las llaves de cuartos de final a juegos de
ida y vuelta. En esta clasificación a la fase final, los cuatro primeros posiciones en la tabla de resultados tendrán el favor de acabar la llave de cuartos de final en su casa. La semifinal también se producirá en eliminatoria
de ida y vuelta, y posteriormente se jugará la gran final que decidirá el
campeón de 2015, programada para el domingo 7 de junio.
En cuartos de final, semifinal y final ganará el equipo con más goles en el
marcador global, aunque si existe igualdad entre los equipos se decidirá su
pase desde el punto penalti.
Primera fecha de la Liga Àguila
■ Viernes 30 de enero
Cortuluá 1 Envigado 1
■ Sábado 31 de enero
Tolima vs. Boyacá Chicó
Once Caldas vs. Medellín
Nacional vs. Águilas Pereira
■ Domingo 1 de febrero
Patriotas vs. Huila
Jaguares vs. Cali
Hora: 3:00 p.m.
Hora: 5:30 p.m.
Hora: 7:45 p.m.
(RCN)
(WIN Sports)
(WIN Sports)
Hora: 3:00 p.m.
Hora: 3:15 p.m.
(RCN)
(WIN Sports)
El objetivo del Deportivo Cali, en la presente temporada es poner fin a la
larga sequía de títulos. Desde el 2005 los verdes no dan una vuelta olímpica en el torneo colombiano.
América de Cali definirá la próxima semana el lugar donde jugará.
El Instituto de Recreación y Deporte de Bogotá, autorizó a los Diablos
Rojos para que jueguen en el Estadio Metropolitano de Techo, sus partidos
de la categoría B.
En un comunicado el ente rector del deporte bogotano anunció: "el IDRD
dio el aval a la solicitud enviada por el club América de Cali para que actué
en calidad de local en la ciudad de Bogotá, siempre y cuando acepte las
condiciones preestablecidas para el alquiler de los escenarios deportivos
donde la prioridad la tendrán los clubes de la capital".
América no podrá actuar en el estadio Pascual Guerrero debido a las obras
que se adelantan para el Campeonato Mundial de Atletismo de Menores
que se cumplirá en el mes de julio.
La próxima semana los directivos de América decidirán en que plaza
jugarán pues existen otros municipios a los que los escarlatas le solicitaron
permiso para actuar como locales.
Deportivo Cali debuta en la Liga este domingo. Los verdes irán a
Montería a jugar contra Jaguares.
Colombia presentará novedades ante Perú
Voces 'azucareras'
■ Fernando 'Pecoso' Castro, técnico del Cali
“Aún tenemos cosas por mejorar, pero veo un equipo
comprometido, un equipo que está iniciando a jugar de
la forma que nosotros pretendemos. Estamos trabajando para salir a ganar en cualquier parte. Esperamos
empezar con pie derecho, el domingo queremos los
tres puntos”.
■ Juan David Cabezas, volante del Deportivo Cali
“Estamos entendiendo lo que nos pide el cuerpo técnico. Hemos hecho una buena pretemporada y ahora solo
resta empezar a ganar en la Liga. Sabemos que
Montería es una plaza complicada pero estamos listos
para ir a jugar y sacar un buen resultado”.
Juan Guillermo Cuadrado, jugador colombiano.
El volante colombiano Juan Guillermo Cuadrado será transferido de la
Fiorentina a Chelsea, confirmó el técnico del club italiano.
Cuadrado se someterá a los exámenes médicos de rigor este sábado en
Londres, antes de firmar contrato con el club inglés, dijo el entrenador
Vincenzo Montella. "Soy sincero, era algo que había que hacer. Como
entrenador estoy desilusionado, porque perdemos mucho con la salida de
Cuadrado, pero el club consiguió lo que quería, se pagó mucho (dinero) y
Chelsea es un gran club".
Aunque no dio detalles sobre la transacción, hay reportes de que Chelsea
pagó la cláusula de rescisión de 33 millones de euros (37,2 millones de
dólares) por Cuadrado.
Jhon Jairo López, nuevo
DT del Real Cartagena
Jhon Jairo López será nuevo técnico del Real
Cartagena. El vallecaucano busca con el conjunto 'heroico' alcanzar el ascenso a la máxima
división del fútbol colombiano, cuando se
juegue el Torneo Águila 2015.
Selección Colombia se mide a Perú este domingo.
López viene de dirigir al América de Cali,
donde logró 70 puntos en 2014. Sin embargo,
esto no alcanzó para devolver a los 'escarlatas'
a la Primera División.
Jhon Jairo López,
técnico del Real
Cartagena
El entrenador vallecaucano es avalado por la FIFA. Además, tiene distinción de técnico UEFA. Ha recibido seminarios y especializaciones en
clubes como el Real Madrid, Arsenal, Chelsea, entre otros.
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domingo, 01 de febrero de 2015
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SUBDIRECCIÓN DE CATASTRO MUNICIPAL
RESOLUCIÓN No. 4131.5.14.39-S-001 30 ENERO DE 2.015
POR MEDIO DE LA CUAL SE LIQUIDA EL EFECTO PLUSVALIA PARA EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO "EL VERDAL Y GONCHELANDIA" Y SE DETERMINA EL MONTO DE LA PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA.
La Subdirectora de Catastro Municipal del Departamento Administrativo de Hacienda
Municipal, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Acuerdo
Municipal 0219 de diciembre 20 de 2007, Decretos Municipales 411.20.0982 de Diciembre
31 de 2007, 411.0.20.0074 del 1º de Febrero de 2.012 y dando cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley 388 de 1997 y el Acuerdo Municipal 321 de 2011, (Decreto Reglamentario) y
CENTAJE DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. El Plan Parcial de Desarrollo El Verdal y
Gonchelandia destinará el 30.27% del área útil para desarrollos de vivienda VIS, concentrándola en la Unidad de Actuación Urbanística UAU-01. Esto para dar cumplimiento al porcentaje mínimo estipulado en el artículo 282 del acuerdo 069 del 26 de octubre de 2000 y la
Ley 388 de 1997, sin que esto sea impedimento para que las demás Unidades de Actuación
Urbanística puedan plantear desarrollos de vivienda de interés social adicionales a la enunciada anteriormente".
C O N S I D E R A N D O:
Que de acuerdo con lo consignado en el Artículo 82 de la Constitución Política de Colombia
"Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común",
por lo que, la participación en la distribución del efecto plusvalía se constituye una fuente
de recursos para el desarrollo urbano.
Que la participación en plusvalía se deriva de la acción urbanística del Estado, constituyéndose además de un mandato constitucional, en un instrumento de gestión del suelo, en un
regulador del mercado de tierras, y de financiamiento del desarrollo urbano, siendo para las
entidades públicas un deber, ya que les permite dar cumplimiento al objeto del Estado, a la
equidad social, la redistribución y la solidaridad contemplados en el ordenamiento jurídico
colombiano.
Que de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, "Por medio del
cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Santiago de Cali". POT,
establece que el suelo de Expansión Urbana Corredor Cali-Jamundí, se debe desarrollar
mediante Planes Parciales de Desarrollo.
Que la Subdirección del POT y Servicios Públicos del Departamento Administrativo de
Planeación Municipal deberá aportar los planos que delimiten las áreas presumiblemente
beneficiarias de los hechos generadores de la participación en plusvalía, de acuerdo con lo
estatuido en el Plan de Ordenamiento Territorial (Acuerdo 069 de 2000) o en los instrumentos que lo desarrollen o complementen, según lo establecido en el Acuerdo 0321 de 2011".
Que la Subdirección del POT y Servicios Públicos del Departamento Administrativo de
Planeación Municipal, mediante oficio envió al Departamento Administrativo de Hacienda
Municipal, "el Informe Técnico normativo para la determinación de hechos generadores del
efecto plusvalía para el Plan Parcial de Desarrollo El Verdal y Gonchelandia, localizado en el
Área de Expansión Urbana Corredor Cali- Jamundí, adoptado mediante el Decreto No.
411.0.20.0069 del 18 de febrero de 2013, así como el cálculo de los metros cuadrados que
se considera como objeto de la participación en plusvalía".
Que dentro del estudio técnico normativo enviado por la Subdirección del POT y Servicios
Públicos del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, se determinó la
Estructura de los Hechos Generadores de conformidad con el artículo 74 de la Ley 388 de
1997, para que se constituyan o configuren hechos generadores de la participación en plusvalía se requiere una decisión administrativa, que constituya un acción urbanística que
"autoricen específicamente ya sea a destinar el inmueble a un uso más rentable o bien a
incrementar el aprovechamiento del suelo permitiendo una mayor área edificada…."
Que el artículo 175 del Acuerdo 321 de 2011, define como hechos generadores de la participación en la plusvalía los siguientes:
a) La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana.
b) La consideración de parte del suelo rural como suburbano.
c) El establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo.
d) La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea elevando el Índice de construcción o la densidad, el índice de ocupación, ambos a la vez.
e) La ejecución por parte del Municipio de obras públicas previstas en el Plan de
Ordenamiento Territorial o en los instrumentos que lo modifiquen, subroguen, desarrollen o reglamenten, que generen mayor valor en los predios, siempre y cuando no se
utilice o no se haya utilizado para su financiación de contribución de valorización.
Que de conformidad a lo establecido por el Artículo 74 de la Ley 388 de 1997 constituyen
hechos generadores del efecto plusvalía los siguientes:
1. La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte
del suelo rural como suburbano.
2. El establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo.
3. La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea elevando
el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez.
En el mismo plan de ordenamiento territorial o en los instrumentos que lo desarrollen, se
especificarán y delimitarán las zonas o subzonas beneficiarias de una o varias de las
acciones urbanísticas contempladas en este artículo, las cuales serán tenidas en cuenta, sea
en conjunto o cada una por separado, para determinar el efecto de la plusvalía o los derechos adicionales de construcción y desarrollo, cuando fuere del caso.
Que por medio del Decreto No. 411.0.20.0069 del 18 de Febrero de 2013, se adoptó el Plan
Parcial de Desarrollo "EL VERDAL y GONCHELANDIA", ubicado en el Área de Expansión
Corredor Cali-Jamundí, publicado en el Boletín Oficial de Publicaciones de la Alcaldía de
Santiago de Cali No. 22 del 19 de Febrero de 2013.
Que el Decreto No. 411.0.20.0069 del 18 de febrero de 2013, en el artículo 31 estableció:
"PARTICIPACION EN PLUSVALÍA. En el Plan Parcial El Verdal y Gonchelandia, se configura el
efecto plusvalía resultado de la incorporación del Suelo Rural al Suelo de Expansión Urbana,
definido en el artículo 75 de la Ley 388 de 1997".
Que en el artículo 20 del Decreto Municipal No. 411.0.20.0069 del 2013, establece: "POR-
Que en el artículo 28 del Decreto Municipal No. 411.0.20.0069 del 2013, establece: "IDENTIFICACION DE INSTANCIAS DE COORDINACIÓN Y APOYO PARA EL DESARROLLO DEL
PLAN PARCIAL: El Departamento Administrativo de Planeación Municipal en desarrollo de
las funciones otorgadas para los organismos de planificación municipales por la Ley 388 de
1997, será el encargado de hacer seguimiento y apoyar las labores de coordinación para la
exitosa ejecución del presente Plan Parcial en los términos previstos en el presente
Decreto".
Que para la realización de los avalúos se debe seguir los parámetros de la Ley 388 de 1997,
el Decreto Nacional 1420 de 1998 y los lineamientos de la Resolución No. 620 de 2008 del
Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
Que la Subdirección de Catastro del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal,
suscribió un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 4131.0.26.1.1203 de
2014, con el Objeto de: "Prestación de servicios profesionales Especializados a la
Subdirección de Catastro del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal , para
realizar avalúos comerciales sobre los predios del Municipio de Santiago de Cali, cálculo y
liquidación del efecto en la participación en plusvalía en las actuaciones urbanísticas que
determine la Subdirección de Catastro del Departamento Administrativo de Hacienda
Municipal dentro del proceso de Gestión Catastral, según Ficha EBI 22735".
Que el Contratista entregó el estudio y memorias del Cálculo del Efecto Plusvalía del Plan
Parcial de Desarrollo El Verdal y Gonchelandia, con las siguientes conclusiones: "En desarrollo del producto denominado Cálculo del Efecto Plusvalía para el Plan Parcial de
Desarrollo El Verdal y Gonchelandia, se extraen aquí las condiciones particulares de mayor
relevancia que fueron analizados para la determinación de los valores asignados, así:
■ La ubicación de la zona de estudio al interior del suelo de expansión de la ciudad de
Santiago de Cali, Capital del Valle del Cauca.
■ Las estratégicas localizaciones de la ciudad de Santiago de Cali, a escasos 100 kilómetros del puerto de Buenaventura, principal puerto marítimo del país, a través del cual se
transporta el 60% del comercio internacional del país.
Que el Comité Técnico de la Subdirección de Catastro Municipal, mediante Acta del 30 de
diciembre de 2014, aprobó el Cálculo del Efecto Plusvalía del Plan Parcial Verdal y
Gonchelandia.
Que la Subdirección de Catastro Municipal, en oficio radicado No. 2014413150023054 del
11-12-2014, envió al Director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal el
Estudio del Cálculo del Efecto Plusvalía del Plan Parcial de Desarrollo El Verdal
Gonchelandia, para la aprobación del estudio y análisis de hechos generadores de Plusvalía.
Que de conformidad al oficio radicado No. 2014413220026644 del 17-12-2014 expedido por
el Departamento Administrativo de Planeación Municipal, en respuesta al oficio
2014413150023054 del 11 de diciembre de 2014, manifestó que: "Atendiendo a su solicitud
de aprobación de los estudios y análisis de los hechos generadores de la participación en
plusvalía para el Plan Parcial el "Verdal y Gonchelandia, remitido por su despacho, el
Departamento Administrativo de Planeación Municipal, desde su competencia sobre la normativa urbana, encuentra que el citado estudio se ajusta a los lineamientos nacionales y
municipales dispuestos por las normativas vigentes, y que corresponden a los análisis realizados por este Departamento Administrativo, acorde con los oficios remitidos a su despacho (radicados No. 2013413220013834 de agosto 21 de 2013, No. 2014413220021484 de
octubre 16 de 2014, y No. 2014413220087501 del 31 de octubre de 2014)".
Que en el Decreto No. 411.0.20.0069 del 18 de febrero de 2013, en el artículo 7.
COMPOSICIÓN PREDIAL, en el cuadro de PREDIOS PRIVADOS DEL PLAN PARCIAL EL
VERDAL, que hacen parte del Área de Planificación del Plan Parcial se desagregan e identifican de la siguiente manera:
PREDIOS PRIVADOS DEL PLAN PARCIAL EL VERDAL
UNIDAD
DE
GESTION
■ Las buenas condiciones de localización que presentan los predios que componen el
Plan Parcial, los cuales si bien se encuentran por fuera del perímetro urbano, no se
encuentran muy retirados del casco urbano. Se debe resaltar aquí que el sector depende
exclusivamente del acceso a través de la Avenida Simón Bolívar, vía que presenta un
alto nivel de tráfico por efecto de su conexión con el municipio vecino de Jamundí, así
como por ser una de las vías más importantes de la Comuna 22 de la ciudad de Cali.
■ Los valores asignados a las zonas homogéneas, se basan en las características endógenas y exógenas, contemplando variables como, topografía, vías de acceso, servicios
e infraestructura, destinación y usos económicos, localización general y particularmente, la normatividad urbanística aplicable a cada una de las zonas homogéneas.
■ El escenario normativo que regula y se aplica para la zona de estudio, son las estipuladas por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal para antes y
después de la acción urbanística. Este escenario normativo se certifica por el municipio
mediante los Conceptos de Uso de Suelo suministrados por la Secretaría de Planeación
y Ordenamiento Territorial, conceptos que se anexan al presente documento.
■ La normatividad correspondiente al escenario normativo antes de la acción urbanística,
donde los predios presentaban clasificación de Suelo de Expansión Urbana sin plan parcial aprobado, condición que de acuerdo con el Decreto Nacional 2181 de 2006, permite
al territorio únicamente usos agrícolas y forestales.
■ La normatividad correspondiente al escenario normativo después de la acción urbanística, la cual se corresponde a la adopción del Plan Parcial de Desarrollo El Verdal y
Gonchelandia, mediante el Decreto 069 de 2013.
■ Es de resaltar, que en concordancia con lo contenido en el Informe técnico normativo para la determinación de los hechos generadores de plusvalía para el
Plan Parcial El Verdal y Gonchelandia: "Es de anotar que los constructores podrán
hacer utilización de las norma según sus expectativas y conveniencias, definiendo en
sus proyectos los metros cuadrados que destinen finalmente a usos residenciales o mixtos, para lo cual al momento del trámite de las licencias urbanísticas, se deberá (efectuar sic) la reliquidación del cálculo de plusvalía por metro cuadrado, acorde a la
metodología dispuesta por la Ley 388 de 1997 y demás normas vigentes", el presente
estudio se desarrolla de acuerdo con los aprovechamientos definidos en el Decreto de
Adopción, Decreto 069 del 18 de febrero de 2013".
PROPIETARIO
UNG1
UNG2
MATRICULA
370
DIRECCION
DIRECCION DE
NOTIFICACION
AREA SEGUN
MATRICULA
AREA EN
PLANO
87.474,449
761909
CGTO HORMIGUERO, CALLE 4 No.27CRA. 109 C0N CALLE 42 52, Piso 5,
87.160,000
634615
CGTO HORMIGUERO, CALLE 4 No.27CRA. 109 C0N CALLE 42 52, Piso 5,
7.300,000
7.294,098
Z000309940000 ALIANZA FIDUCIARIA S.A.
213255
CGTO HORMIGUERO, CALLE 4 No.27CRA. 109 C0N CALLE 42 52, Piso 5,
12.800,000
12.797,932
Z000302570000 ALIANZA FIDUCIARIA S.A.
607612
CGTO HORMIGUERO, CALLE 4 No.27CRA. 109 C0N CALLE 42 52, Piso 5,
79.526,400
68.751,241
Z000302520002 ALIANZA FIDUCIARIA S.A.
■ Las características generales de la zona de estudio, especialmente su condición
topográfica que en su mayoría es plana, la cual facilita el desarrollo de los proyectos de
urbanísticos.
■ Las condiciones particulares que presenta el municipio y los municipios aledaños, en
los cuales la dinámica inmobiliaria ha venido presentando un alto nivel de desarrollo en
múltiples usos, resaltándose una importante oferta de inmuebles de vivienda y en
menor medida de inmuebles industriales.
NUMERO
PREDIAL
Z000309910000 ALIANZA FIDUCIARIA S.A.
Z000309830000
SOC LOPERA BARBOSA Y CIA
S. EN C. - DIRECCION
NACIONAL DE
ESTUPEFACIENTES
607613
CGTO HORMIGUERO,
CRA. 109 C0N CALLE 48
IDEM
79.526,400
52.600,178
Z000303980000
CARLOS ALBERTO CASTRO
FORERO Y PAOLA
MERCEDES CASTRO
CARDENAS
178644
CGTO HORMIGUERO,
CRA. 109 C0N CALLE 48
IDEM
12.400,000
12.297,617
266734
CGTO HORMIGUERO, Calle 44A Norte
CRA. 109 C0N CALLE 42 No. 4N-133
20.000,000
20.461,543
238261
CGTO HORMIGUERO, Calle 44A Norte
CRA. 109 C0N CALLE 42 No. 4N-133
20.000,000
20.485,030
318.712,800
282.162,088
UNG3
Z000303060000 JARAMILLO MORA S.A.
UNG4
Z000302560000 JARAMILLO MORA S.A.
AREA TOTAL PREDIOS PRIVADOS
Que revisado por parte de la Subdirección de Catastro Municipal, el Cuadro "Predios
Privados del Plan Parcial El Verdal" contenido en el Decreto, y analizado el aspecto jurídico
con los certificados de tradición y las actuaciones catastrales, se realizan las siguientes
anotaciones:
■ En la Unidad de Gestión 1: En el Decreto No.411.0.20.0069 de 2013, incluyeron
erradamente el número predial Z000302520002, que en el Censo Catastral corresponde a una Mejora (0002) y no al Terreno (0001), donde se aplica el Cálculo del Efecto
Plusvalía, siendo el número de predio correcto Z000302520001, cuyo folio de matrícula inmobiliaria es 370-213254, el estado de este folio: Cerrado, donde se deriva una
nueva matrícula inmobiliaria 370-761909, que corresponde al número de matrícula
inmobiliaria del cuadro de PREDIOS PRIVADOS DEL PLAN PARCIAL EL VERDAL del
Decreto, con un área restante de 8 has. 7.160m2., proceso de rectificación que realizó la Subdirección en la Resolución No. 4131.5.14. 39. V-6 de 2015, quedando con el
número de predio Z00033410001 de conformidad al certificado de tradición. En los
números prediales Z000309910000 y Z000309940000, se rectificaron las áreas de terreno en la Resolución No. 4131.5.14.39.V-6 de 2015, de conformidad a certificados de
tradición.
■ En la Unidad de Gestión 2: Número de predio Z000302570000 con matrícula inmobiliaria 370-607612, estado folio ACTIVO, se derivan once (11) folios Nos. 370-901418
al 370-901428 por Desenglobe, mutación que no se realizó porque descontada el área
de este desenglobe queda un área restante que no figura inscrita ni en el certificado
de tradición de la matrícula inmobiliaria 370-607612, ni derivan una nueva matrícula
inmobiliaria, se procedió a realizar rectificación del área de terreno del predio referenciado anteriormente, ajustándolo al título registrado, en la Resolución No.
4131.5.14.39.V-6 de 2015 expedida por la Subdirección de Catastro Municipal.
■ En la Unidad de Gestión 3: Números de predios Z000309830000 y Z000303980000,
con las matrículas inmobiliarias 370-607613 y 370-178644 respectivamente, estados
de folios: Activos, se rectificaron las áreas de terreno en la Resolución No.
4131.5.14.39.V.6 de 2015, expedida por la Subdirección de Catastro Municipal, de
conformidad a certificados de tradición.
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■ En la Unidad de Gestión 4: Números de predios Z000303060000 con matrícula inmobiliaria
370-266734 y Z000302560000 con matrícula inmobiliaria 370-238261, estados de folios cerrados por englobe donde se deriva la matrícula inmobiliaria 370-911424 estado de folio cerrado
por división material donde se derivan dieciséis (16) folios de matrículas inmobiliarias, mutaciones que no se realizaron porque sumada el área de la división material está superior al área
del englobe (matrícula inmobiliaria 370-911424) donde nacen estas dieciséis (16) matrículas
inmobiliarias. Se procedió a rectificar el área del terreno de los predios Z000303060000 y
Z000302560000 en la Resolución No. 4131.5.14.39.V-6 de 2015 expedida por la Subdirección
de Catastro Municipal, de conformidad a los certificados de tradición.
Que los artículos 152 y 153 de la Resolución 70 de 2011 establecen que el propietario o
poseedor está obligado a:
1. Cerciorarse de que todos los predios de su propiedad o posesión estén incorporados en
el catastro, con la información actualizada.
2. Informar a la autoridad catastral los datos actuales, para que los cambios en los aspectos físicos, jurídicos y económicos se asuman en los procesos catastrales.
3. Suministrar datos, documentos y facilitar la obtención y captura de información, para
el desarrollo de la actividad catastral. (Artículo 152 de la Resolución 70 de 2011).
Artículo 153. Presentación de planos. Los planos que los propietarios o poseedores presenten al catastro deberán ser georreferenciados al dátum oficial y elaborados conforme a las especificaciones señaladas por la autoridad catastral, firmado por un técnico o profesional idóneo y si fueron protocolizados, deben incluir anotación del número
y fecha de la escritura pública correspondiente.
Los planos serán objeto de verificación por parte de la autoridad catastral, para su
aceptación.
Que en el parágrafo del artículo 7º del Decreto Municipal No. 411.0.20.0069 del 2013,
establece que: "Será obligación de los propietarios de los predios realizar la rectificación de
áreas de acuerdo a levantamiento realizado para este fin, frente a la Subdirección de
Catastro Municipal o la entidad que haga sus veces", frente a lo cual consultado el sistema
de radicaciones y de correspondencia de la Subdirección de Catastro Municipal, a la fecha
no hay ninguna solicitud de radicación respecto a este trámite catastral.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Municipal 321 de 2011, el procedimiento adelantado para el cálculo del efecto plusvalía para El Plan Parcial de Desarrollo El
Verdal Gonchelandia, se encuentra debidamente soportado y reseñado en el Estudio Técnico
y Memoria del Cálculo y Liquidación del Efecto Plusvalía entregado por el Contratista, para
cuyo efecto se aplicó la metodología legalmente establecida en las normas relacionadas con
este proceso. Tal estudio y memoria reposa en los archivos de ésta Subdirección donde
puede ser consultado.
En mérito de las anteriores consideraciones, la Subdirectora de Catastro Municipal,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO. Determinar que el efecto plusvalía por metro cuadrado de suelo para
el Plan Parcial de Desarrollo "El Verdal y Gonchelandia", identificado catastralmente con los
Números Prediales Nacionales y los números de Matrículas Inmobiliarias, detallado en el
cuadro No.2, es el indicado de manera general en el cuadro No.1, de conformidad con los
avalúos y cálculos realizados por el Contratista, así:
CLASIFICADOS
OTROS
COLCHONES ORTOPEDICOS
DON DANILO 45 AÑOS
DIMENSIÓN
PULLMAN CON CASSATA
TELA CRETONA IMPORTADA
90-100 X 1.90
$190.000
120 X 1.90
$250.000
130-140 X 1.90
$260.000
PULLMAN ORTOPÉDICO
DIMENSIÓN
TELAS ACOLCHADAS
JACKART IMPORT. EN CASSATA
90-100 X 1.90
$190.000
120 X 1.90
$260.000
130-140 X 1.90
$270.000
PULLMAN PILLO-TOP
DIMENSIÓN
460 RESORTES ACERO
28-30 CM TELA ACOLCHADA,
JACKART-CRETONA IMPORTADA
90-100 X 1.90
$250.000
110-120 X 1.90
$350.000
130-140 X X1.90
$450.000
SUPER PULLMAN EN CASSATA
30 CM, ACOLCHADAS,
DIMENSIÓN JACKART IMPORT. PILLO-TOP
110-120 X 1.90
$370.000
130-140 X 1.90
$390.000
COLCHONES EN ALGODÓN
DIMENSIÓN
INDUSTRIAL, CRETONA AZUL
Y BLANCA ANTIALERGICA
80-90-100 X 1.90
$80.000
110-120 X 1.90
$90.000
130-140 X 1.90
$100.000
DIMENSIÓN
CAMA BASE EN MADERA
140 X 1.90
$250.000
DIMENSIÓN
BASE METALICA CON TABLA
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CUADRO No. 1 - CÁLCULO DEL EFECTO PLUSVALÍA
DESCRIPCIÓN
UAU1
(UNG1 SIC)
UAU2
(UNG2 SIC)
UAU3
(UNG3 SIC)
UAU4
(UNG4 SIC)
VR M2 DE SUELO
DESPUES DE LA
ACCIÓN
URBANISITCA
$
72.357,70
VALOR M2 DE
SUELO ANTES DE LA
ACCIÓN
URBANISTICA
$
25.197,76
PLUSVALIA $M2
$
47.159,95
145.992,65
$
171.190,40
$
25.197,76
$
$
100.851,43
$
25.197,76
$
75.653,67
$
208.924,91
$
25.197,76
$
183.727,16
CUADRO No. 2 - IDENTIFICACIÓN PREDIAL CENSO CATASTRAL
DESCRIPCIÓN
UAU 1
(UNG1)
No. MATRÍCULA
INMOBILIARIA
370-213254
(Folio Cerrado)
Una (1)
Matrícula
Derivada:
370-761909
370-634615
370-213255
UAU 2
(UNG2)
UAU 3
(UNG3)
UAU 4
(UNG4)
370-607612
Once (11)
Matrículas
Derivadas:
370-901418 al
370-901428
370-607613
370-178644
370-266734
(Folio Cerrado)
370-238261
(Folio Cerrado)
Una (1)
Matrícula
Derivada:
370-911424
(folio Cerrado)
Dieciséis (16)
Matrículas
Derivadas:
370-911425 a l
370-911440
NÚMERO PREDIAL NACIONAL
76001000052000006 0025500000001
(No. Predio Z000302520001 ) (Predio
Retirado)
76001000052000006 0933500000001
(No. Predio Z000334100001 )
760010000520000060025000000254
(No. Predio Z000309910000)
760010000520000060025000000256
(No. Predio Z000309940000)
760010000520000060014000000014
(No. Predio Z000302570000)
DIRECCIÓN
PREDIOS
ÁREA
TERRENO
Corregimiento
El Hormiguero
Vereda Valle
del Lili
8Has . 7.160 M2.
7.300 M2.
1Ha. 2.800 M2.
Corregimiento
El Hormiguero
Vereda Valle
del Lili - lote 1
7Has. 9.526 M2.
760010000520000060014000000252
(No. Predio Z000309830000)
760010000520000060015000000015
(No. Predio Z000303980000)
Lote 2
Corregimiento
El Hormiguero
Vereda Valle
del Lili
7Has. 9.526 M2.
760010000520000060020000000020
(No. Predio Z000303060000)
760010000520000060016000000016
(No. Predio Z000302560000)
El Vergel
2Has.
Granja Lili
del
Corregimiento
El Hormiguero
Vereda Valle
del Lili
2Has.
ARTÍCULO TERCERO. Aplicar la tarifa adoptada por el Concejo Municipal de Santiago de Cali, para
determinar el monto de la participación en plusvalía por metro cuadrado, con base en el efecto plusvalía, de conformidad con el artículo 178 del Acuerdo Municipal 321de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Los montos del efecto plusvalía y de la participación en plusvalía que
se liquidan en esta resolución serán ajustados cada año, de acuerdo con la variación de
Índice de Precios al Consumidor (IPC), de conformidad con lo previsto en el Acuerdo
Municipal 321 de 2011 y el parágrafo 2 del artículo 79 de la Ley 388 de 1997.
ARTÍCULO QUINTO. Adoptar como parte integral de la presente resolución el "Informe del
Cálculo del Efecto Plusvalía del Plan Parcial de Desarrollo "El Verdal Gonchelandia", realizados por el Contratista, el cual se encuentra a disposición de los particulares en esta
Subdirección.
ARTÍCULO SEXTO. Para fines de publicidad frente a terceros, una vez en firme la liquidación del efecto y del monto de la participación en plusvalía contenida en esta resolución, se ordenará a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos su inscripción en los
folios de matrículas inmobiliarias de los inmuebles objeto de la misma o de los resultantes
de los englobes o de los segregados de los mismos.
ARTÍCULO SÉPTIMO. La notificación de este acto administrativo a los propietarios o
poseedores de los inmuebles objeto de la participación en plusvalía se hará mediante tres
(3) avisos publicados en ediciones dominicales de periódicos de amplia circulación en el
Municipio de Santiago de Cali, así como a través de edicto fijado en la sede de la Alcaldía
Municipal y la Subdirección de Catastro Municipal, conforme a lo previsto en el artículo 81
de la Ley 388 de 1997.
ARTÍCULO OCTAVO. Remitir copia de la presente resolución a la Subdirección de
Impuestos y Rentas Municipales, a la Subdirección de Tesorería de Rentas del Municipio de
Santiago de Cali y a las Curadurías Urbanas de la ciudad, e incorpórese en la Base de Datos
Catastral.
1Ha. 2.400 M2.
ARTÍCULO NOVENO. Contra esta resolución procede exclusivamente el recurso de reposición ante la Subdirección de Catastro del Departamento Administrativo de Hacienda
Municipal, dentro de los términos previstos en los artículos 76 y 77 de La Ley 1437 de 2011,
teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en los artículos 81 y 82 de la Ley 388 de
1997.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santiago de Cali, a los 30 días del mes de Enero de dos mil quince (2.015).
Parágrafo: Hace parte del presente Acto Administrativo el Plano No. 1, denominado
"Resultado del Cálculo de la Participación en el Efecto Plusvalía", contenido en el anexo No.
1, de conformidad al artículo 183 del Acuerdo Municipal 0321 de 2011.
ARTÍCULO SEGUNDO. Es obligación de los propietarios de los predios del Plan Parcial de
Desarrollo "El Verdal y Gonchelandia", realizar la rectificación de áreas de acuerdo a levantamiento realizado para este fin, frente a la Subdirección de Catastro Municipal o la entidad que haga sus veces", como quedo establecido en el artículo 7o del Decreto Municipal
No. 411.0.20.0069 del 2013.
SEMINARIO DE AVALUOS
URBANOS
RURALES ESPECIALES
INDUSTRIALES ADMINISTRATIVOS NUEVAS
NORMAS
INTERNACIONALES
“NIIF”
NUEVA LEY DE AVALUOS
8855280,
3105711200, 3153154305,
3007855044 CALI.
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CENTRO: 8846180 - 8846187
SUR: 5131402 - 3855715
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AVISO
AMSOC
Por medio del presente
Edicto comunicamos a
todos los Asociados que
el proximo 2 de febrero
de 2015, a las 10 a.m. en
la direccion, Carrera 32A
# 8 - 33 Local 1 se
realizara la Asamblea
anual de Asociados.
FEBRERO 1 DE 2015
HIPOTECAS URBANAS
RURALES, BAJOS
INTERESES. PAGAMOS
IMPUESTOS, DINERO,
NOTARIA CON
PATRIMONIO PODER CALI,
TODOS LOS BARRIOS
PALMIRA, ROZO, YUMBO,
LA CUMBRE, DAGUA,
KM 18-30, EL CARMEN,
BUGA CANDELARIA,
PRADERA, 3046680,
3128819175, 3153603839
FONDO DE EMPLEADOS DEL GRUPO INVERSIONES CONCENTRADOS, SIGLA
“FONDECSA”
Avisa de acuerdo a lo establecido en su Reglamento, que la señora OLIVIA MORALES
GORDILLO, C.C. 31.164.222 de Palmira (V), falleció el día 15 de noviembre de 2014.
Quienes se crean con derecho a reclamar su auxilio por fallecimiento y otros, favor presentarse en nuestras oficinas en la dirección carretera central salida norte kilómetro 1 de
la ciudad de Buga (V) para que hagan valer sus derechos, dentro de los 30 días siguientes
a la publicación de este aviso.
PRIMER AVISO
FEBRERO 01 DE 2015
SERVICIOS INTEGRADOS SERTEMPO
NIT. 800125313
AVISA
De acuerdo a lo prescrito en el Art. 212 de C.S.T , que el día 13 de Enero de
2015 falleció el Sr. DIEGO LUCAS AHUMADA AGREDO
identificado con la cédula de ciudadanía No.6.345.731 estando al servicio
de la Empresa. Quienes se consideren con algún derecho
de reclamar sus prestaciones sociales y demás, favor presentarse en nuestras oficinas ubicadas en la Calle 17 Norte # 4N- 25 en la ciudad de Cali.
PRIMER AVISO
FEBRERO 1 DE 2015
Hace saber que el Señor LUIS CARLOS ANGRINO RODRIGUEZ, falleció
el 12 de Diciembre de 2014, estando al servicio de la Compañía. Damos el
presente aviso a las personas que se crean con algún derecho a reclamar
las prestaciones sociales, de acuerdo con lo estipulado en las leyes
vigentes.
Favor presentarse en las Oficinas de Gestión Laboral de la Empresa.
Después de transcurridos treinta (30) días de publicado el segundo aviso.
SEGUNDO AVISO
FEBRERO 01 DE 2015
10 AREA LEGAL
www.occidente.co
Llame al
4860555
domingo, 01 de febrero de 2015
Anuncie sus Edictos y avisos de ley en el Diario Occidente sin salir de su oficina. Llámenos 319 314 12 44/ Tel 486 05 55 ext. 165-168.
EDICTOS DOMINGO 01 DE FEBRERO
EDICTOS
REMATES
Remates
AVISO DE REMATE OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL
MUNICIPAL CALLE 12 No. 5-75 PISO 4 - CENTRO COMERCIAL PLAZA CAICEDO SANTIAGO DE CALI CLASE DE PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO DEMANDANTE: MARÍA
EUGENIA OSORIO CIFUENTES DEMANDADO: ELMER
VALLEJOS ALVIAR RADICACIÓN: 020-2012-00300-00
AVISA Que dentro del presente proceso de la referencia, se
ha señalado la hora de las 10:00 A.M. del día 18 DE
FEBRERO DE 2015 para llevar a cabo la diligencia de
remate del inmueble, demarcado en la nomenclatura
urbana de Cali, con matriculas inmobiliarias números 37028743, correspondiente al inmueble respectivamente
AVALUADO en $50.781.000, ubicado en la CALLE 43A N°
39B-05 B/Antonio Nariño de esta ciudad. El avaluó del
inmueble ascendió a la suma de CINCUENTA MILLONES
SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL PESOS MCTE
($50.781.000.oo) MCTE. Será postura admisible la que
cubra el 70% del total del avaluó, y postor hábil quien previamente consigne el 40% que ordena la ley, en la cuenta
N° 760012041704 de la Banco Agrario. La licitación
comenzara a la hora indicada y no se cerrara sino hasta
transcurrida por lo menos una hora, de conformidad con el
Articulo 525 del Código de Procedimiento Civil (Mod. Ley
1395 de 2.010), se publica el presente aviso de remate por
el término legal y se entrega copias a la parte interesada
para su publicación por una sola vez, con antelación no
inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate
en un diario de amplia circulación en la ciudad y por medio
de radiodifusora local, además deberá aportar el certificado de tradición y libertad del bien a rematar actualizado,
expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha
prevista. Aviso elaborado 14 de Enero SANDRA ARBOLEDA SANCHEZ Secretaria General Ejecución Civil
Municipal.cod.int.103380
AVISO DE REMATE LA OFICINA DE EJECUCION DE LOS
JUZGADOS CIVILES DELCIRCUITO DE CALI (VALLE) RADICADO: 02-2011-00274-00 HACE SABER: Que dentro del
proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO propuesto por ERIKA
PATRICIA PEÑALOZA MORALES contra YOLANDA
CASTAÑO MARTÍNEZ, el Juzgado 2° de Ejecución Civil
Circuito haciendo uso de las facultades señaladas en la ley
y en los Acuerdos 9962, 9984 y 9991 de 2013 expedidos
por el Consejo Superior de la Judicatura, se ha señalado el
día 17 de Febrero de 2015 a las 2:00 PM, para llevar a cabo
la diligencia de remate de los siguientes bienes: Una casa,
ubicada en la carrera 53No.13F-33, que se identifica con
número de matrículas inmobiliarias 370-367905 de la
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali. La
casa tiene un avalúo de QUINIENTOS CINCUENTA Y UN
MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS MCTE
($551.439.855), será postura admisible la que cubra el 70%
del avalúo de los bienes, y postor hábil el que consigne el
40% del mismo en el Banco Agrario de Colombia a órdenes
del juzgado de origen. Se expiden copias de este aviso de
remate a la parte interesada para que lo haga publicar por
una vez en un periódico de amplia circulación de esta ciudad (El País u Occidente) y en una radiodifusora local, con
antelación no inferior a Diez (10) días de la fecha fijada
para el remate; con la copia o la constancia de publicación
de este aviso, deberá allegarse un certificado de tradición
y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los
Cinco (5) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de remate. La licitación se iniciará a la hora antes
indicada, de la manera prevista en la ley 1395 del 12
deJulio de 2010. ESTHER LIMBANIA CAMPO CARDONA
Secretaria. Cod.int.103392
JUZGADOS
CIVILES MUNICIPALES
Juzgados
Civiles Municipales
REPÚBLICA DE COLOMBIA JUZGADO CINCUENTA CIVIL
MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA
CALLE 8 N° 1-16 PISO 4 CALI-VALLE Listado para
Emplazamiento (Art. 318 del C.P.C.) JUZGADO POR EL QUE
ES REQUERIDO:
50 CIVIL MUNICIPAL DE
DESCONGESTIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA DE CALI JUZGADO DE ORIGEN: 33 CIVIL MUNICIPAL DE CALI CLASE
DE PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR DTE:
JULIA INES MOLINA DE ZUÑIGA DDO: ALFONSO FAJARDO Y CARLOS ANDRÉS CHAVARRO RAD: 2013-832
EMPLAZADO: ALFONSO FAJARDO Y CARLOS ANDRES
CHAVARRO PROVIDENCIA A NOTIFICAR: Auto
Interlocutorio No. 020 del diez (10) de febrero de 2014 -
Mandamiento de Pago. El emplazamiento se entenderá
surtido transcurridos 15 días hábiles después de la publicación del listado. Si la emplazada no comparece se le
nombrara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación personal y se continuará el trámite procesal. La secretaria, MELISSA PEÑA LOAIZA Secretaria.Cod.int.103317
CONSTANCIA SECRETARIAL. A despacho del Señor Juez,
el presente proceso pasado en la fecha. Para Proveer. Cali,
Diecinueve (19) de Noviembre del año dos mil catorce
(2014) La Secretaria, NAYETH MARYURI TABARES QUINTERO REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL
PODER PUBLICO JUZGADO CUARENTA Y DOS CIVIL
MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA
CALI VALLE Auto de sustanciación No. 2395 Cali,
Diecinueve (19) de Noviembre del año dos mil catorce
(2014) REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO SINGULAR
incoado por GISELLA SARRIA DE VALDES frente a DIEGO
HERNÁN RESTREPO HERNÁNDEZ, MARILUZ GRAJALES
CANTOR Y LUIS ALBERTO SALAZAR. RAD. 2013-1066-00.
Teniendo en cuenta que se encuentra pendiente que la
parte interesada aporte la respectiva publicación de
emplazamiento de los acreedores conforme al Artículo 318
del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado de conformidad con el artículo 317 del Código General del Proceso,
DISPONE: 1.- REQUERIR a la parte demandante con el fin
de que dé cumplimiento a lo advertido en esta providencia
en los términos señalados en el cuerpo de este auto, so
pena de tener por desistida tácitamente la actuación e
imponerle la correspondiente condena en costas. 2.CONCÉDASE el término de 30 días para que promueva la
actuación respectiva, contados a partir de la notificación
del presente auto por estado. 3.- Vencido el término anterior o surtida la actuación antes referida, vuelva el presente
asunto al despacho para lo pertinente. NOTIFIQUESE,
JAVIER CASTRILLON CASTRO Juez.cod.int.103329
LISTADO PARA PUBLICACIÓN ART. 318 CP.C. EL JUZGADO
VEINTIDÓS CIVIL MUNICIPAL MENOR CUANTÍA DE ORALIDAD PALACIO DE JUSTICIA CARRERA 10 # 12-15 PISO 11
TORRE B CALI - VALLE EMPLAZA A: FREDDY MILLAN
ACHINTE Y GIOVANNI MILLAN ACHINTE Y LAS PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS PROCESO:
DECLARATIVA DE PERTENENCIA RADICACIÓN: 76001-4003-022-2013-01192-00 DEMANDANTE: LUCILA HUILA
DEMANDADO: FREDDY MlLLAN ACHINTE Y GIOVANNI
MILLAN ACHINTE Y LAS PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS EL EMPLAZAMIENTO QUEDARA SURTIDO
QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN ARTICULO 318 DEL C.P. CIVIL.Cod.int.103332
REPÚBLICA DE COLOMBIA JUZGADO VEINTICUATRO
CIVIL MUNICIPAL Carrera 10 Calle 12 - Esquina Palacio de
Justicia - Piso 11 Santiago de Cali EDICTO EMPLAZATORIO
RAD. 2012-00375-00 EL JUZGADO VEINTICUATRO CIVIL
MUNICIPAL DE CALI, EMPLAZA A EDGAR BENIGNO
NOVOA BUITRAGO C.C. 7.221.922 , para que dentro del
término de Quince (15) días comparezca a éste Despacho
Judicial a ponerse a derecho en el proceso EJECUTIVO
CON TÍTULO PRENDARIO que le adelanta GIROS & FINANZAS COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. Se advierte al
emplazado que en caso de no comparecer en el término
señalado, se le designará un CURADOR AD LITEM con
quien continuará el proceso. Para los fines del artículo 318
del C. P. Civil, se fija el presente listado, en lugar visible de
la secretaría. El cual quedará surtido transcurrido Quince
(15) días después de su publicación. Copias del mismo se
entregarán al interesado para que lo publique por una vez
en el diario OCCIDENTE, en EL PAÍS o en EL TIEMPO o en
una Radiodifusora Local, el día Domingo y en los demás
casos cualquier día entre las 6 de la mañana y las 11 de la
noche.- CLAUDIA LILIANA ANACONA CHAMORRO
Secretario.cod.int.103384
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO
TREINTA Y SEIS CIVIL MUNICIPAL DE CALI SANTIAGO DE
CALI - VALLE CALLE 8 No. 1-16 EDIFICIO ENTRECEIBAS
EMPLAZA A: JULIO ENRIQUE GARCÍA Conforme al artículo 318 del C. P. C., Sírvanse comparecer a este juzgado dentro de los quince (15) días de la publicación de este
emplazamiento con el fin de notificarse del auto interlocutorio No. 1022 de fecha 16 DE JULIO DE 2013, mediante el
cual se libró mandamiento de pago. Lo anterior dentro del
proceso Ejecutico Singular instaurado por JAIME
ERNESTO GUTIÉRREZ MURILLO contra JULIO ENRIQUE
GARCÍA. Se previene al aquí emplazado que si no comparecen en el término anterior se le designará Curador AdLitem, con quien se surtirá la notificación. De conformidad
INDUSTRIA COLOMBIANA DE LLANTAS S.A.
Empresa domiciliada en la ciudad de Santiago de Cali, en la Carrera 7 No. 22-01, de conformidad
con lo prescrito en el Artículo 212 del C.S.T., hace saber que el señor BENIGNO PÉREZ q.e.p.d.,
quien se identificaba con la cédula 2.421.130, falleció en la ciudad de Cali el día 28 de Noviembre
de 2014, estando en su calidad de pensionado de la empresa, a reclamar se han presentado la
Señora BLANCA CELINA ARROYAVE FLOREZ, en calidad de Compañera Permanente.
Se publica este aviso para que quienes crean tener derecho a reclamar sustitución pensional, se presenten a la oficina de Servicios de Personal, en la dirección arriba anotada, dentro de los treinta (30)
días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar sus derechos.
PRIMER AVISO
FEBRERO 01 DE 2015
EDICTO EMPLAZATORIO
A Quienes se crean con derecho a reclamar la Pensión de Sobreviviente de
la Jubilada MARIA DEL CARMEN CAMACHO DE BOTERO fallecida en
el Municipio de Santiago de Cali el día 22 de Diciembre de 2014, identificada con la cédula de ciudadanía No. 20.628.936 de Guaduas (C/marca).
Quienes se crean con derecho a reclamar deberán presentarse al CAM- Piso
14 Subdirección Administrativa de Recurso Humano-Oficina de
Prestaciones Sociales y Salarios, con el fin de acreditarlo.
con el Art. 318 del C. P. C., se entrega copia de este
emplazamiento al interesado para su publicación por una
vez, el día domingo, en un diario de amplia circulación
nacional (EL PAÍS, EL TIEMPO, LA REPÚBLICA o el DIARIO
OCCIDENTE). El emplazamiento se entenderá surtido
transcurrido quince días después de la publicación del listado. Se expide hoy, 14 de Enero de 2015. ANA GABRIELA
CALAD ENRIQUEZ Secretaria.Cod.int.103385
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO JUZGADO CUARENTA Y SIETE CIVIL MUNICIPAL
DE DESCONGESTIÓN (ACUERDO PSAA 13-10072 DE
2013) CALLE 8 No.1-16 EDIFICIO ENTRECEIBAS PISO 3
Emplaza A: GERMÁN ORTÍZ MURCIA C.C.5.963.821
Conforme al artículo 318 del C de P. Civil, sírvase comparecer a este juzgado dentro de los quince (15) días de la publicación de este emplazamiento con el fin de notificarse del
auto interlocutorio No. 1635 de fecha Julio 15 de 2013
mediante el cual se libró mandamiento de pago, dentro del
proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado 2013-00399-00
instaurado por: JAIME RODRÍGUEZ POLOCHE contra
GERMÁN ORTÍZ MURCIA. Se previene al (los) aquí
emplazado (s) que si no comparece en el término anterior
se le designará curador Ad-Litem con quien se surtirá la
notificación. De conformidad con el Art. 318 del C. P. C., se
entrega copia del emplazamiento al interesado para su
publicación por una vez, el día domingo, en el diario, El
País, El Tiempo, Occidente, El Espectador, La República
(Periódicos) o RCN, Caracol (emisoras) entre las 6 a.m. y 11
p.m. cualquier día, por cuanto han acreditado circulación
nacional. El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la publicación del listado.
(El proceso mencionado fue asignado al Juzgado 47 Civil
Municipal de Descongestión por redistribución, en
cumplimiento al Acuerdo PSAA 13-10072 de 2013, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura.). PAULA
ANDREA FAJARDO GUEVARA Secretaria.Cod.int.103397
JUZGADOS
CIVILES DELCiviles
CIRCUITO del Circuito
Juzgados
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE CIRCUITO DE ORALIDAD DE
CALI REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL
PODER PÚBLICO EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO
PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE CALI
(VALLE) EMPLAZA: A: HEREDEROS DEL CAUSANTE FRANCISCO MUÑOZ BEJARANO Y PERSONAS INCIERTAS E
INDETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir
en el proceso VERBAL DE PERTENENCIA POR
PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE
DOMINIO, instaurado por ADOLFO QUIÑONEZ ALVEAR
Contra HEREDEROS DEL CAUSANTE FRANCISCO MUÑOZ
BEJARANO Y PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS, para que dentro del término de veinte (20) días
comparezcan a éste Juzgado (Palacio de Justicia Pedro
Elias Serrano Abadía, Carrera 10 No. 12-15 Piso 12) a
recibir notificación personal del AUTO ADMISORIO DE LA
DEMANDA. Se hacen las siguientes prevenciones: A las
Personas Indeterminadas que transcurridos quince (15)
días contados a partir de la expiración del término del
emplazamiento, se entenderá surtido este, y se designará
Curador Ad-Litem, quien ejercerá el cargo en su representación, hasta la terminación del proceso. Los bienes
que se pretenden adquirir por Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio, urbano, se Trata de un bien inmueble, ubicado en la Calle 8 No. 3-57 de Yumbo Valle del
Cauca, LINDEROS SON: ORIENTE: Con predios de Elvia
Marina Perea Rengifo; OCCIDENTE: Con predios de la
Cooperativa Zona Industrial de Yumbo; NORTE: Con predios de Lorenzo Rivera Aros y ; SUR: Con predios de Fanny
Guevara Pelaez, con una extensión aproximada de 271
metros cuadrados. El bien inmueble se distingue con la
Matricula Inmobiliaria 370-241493 de la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos, de la Ciudad de Cali.
Para los efectos del Art. 407 en concordancia con el artículo 318 del
C. de P. Civil, se fija el presente edicto
Emplazatorio en lugar visible y acostumbrado de la
Secretaria del Juzgado por el término de veinte (20) días y
copias del mismo se entregarán a la parte interesada para
su publicacion por dos (2) veces con intervalos no menores
de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en
un periódico de amplia circulación (El Pais, El Occidente, El
Espectador, El Tiempo, La Republica) y por una radiodifusora local entre las 7 A.M. Y las 10 P.M. Se fija el presente
hoy Doce (12) de Diciembre DE DOS MIL CATORCE (2.014)
siendo las 8 A.M. RAD- 2014-191. GUILLERMO VALDES
FERNANDEZ Secretario.cod.int.103301
RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN CALLE 8 # 1
- 16 PISO 4 OFICINA 404 EDIFICIO ENTRECEIBAS SANTIAGO DE CALI EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO
SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN DE
CALI EMPLAZA A: WILLIE MARÍN MARÍN para que dentro
del término de quince (15) días siguientes a la presente
publicación, comparezca por sí mismo o a través de
apoderado judicial a notificarse personalmente de la providencia dictada dentro del proceso EJECUTIVO instaurado
por CARLOS ALBERTO MEJIA GÓMEZ, que cursa en este
despacho judicial con radicación No. 2013-368-00. Se le
advierte que si durante el término del emplazamiento
antes descrito no comparece, se le nombrara Curador Ad
Litem, con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el
presente asunto hasta su culminación. De conformidad a lo
dispuesto en el artículo 318 del C.P.C., se le hace entrega
de una copia del presente emplazamiento a la parte interesada, a fin de que surta su publicación por UNA VEZ en un
medio escrito de amplia circulación nacional (EL PAÍS,
OCCIDENTE O EL TIEMPO) o en una radiodifusora de transmisión nacional. En caso de publicarse en un medio de
prensa escrita, deberá hacerse un día domingo; en los
demás casos, podrá hacerse cualquier día en las horas
comprendidas entre las 06:00 A.M., y las 11:00 P.M. Para
constancia, se firma en Santiago de Cali a los Catorce (14)
días del mes de Enero de Dos mil Quince (2015).
Cordialmente, DEIVY ALEXANDER BASTIDAS DORADO
SECRETARIO.cod.int.103316
JUZGADO QUINCE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD
DIRECCIÓN: Calle 10 No. 12-15 piso 13 CALI VALLE
EMPLAZA A LAS PERSONES INCIERTAS E INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR, en
el PROCESO VERBAL DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA
propuesto por ELCI LUCIA SALAZAR CIFUENTES y HUMBERTO SALAZAR CIFUENTES, contra SANTIAGO
SALAZAR TORRES y ALEJANDRA SALAZAR TORRES Y de
más personas indeterminadas, para que comparezcan y
hagan valer su derecho dentro del citado proceso, dentro
del término de fijación del presente edicto y quince (15)
días más, conforme lo ordena el auto admisorio de la
demanda de fecha 14 de noviembre del Dos Mil Catorce
(2.014). SE PREVEE A LOS EMPLAZADOS, que transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de
fijación del presente emplazamiento, se entenderá surtido
este y se les designara Curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara con todas las etapas del
proceso hasta su terminación. EL BIEN QUE SE PRETENDE
PRESCRIBIR ES EL SIGUIENTE: Un inmueble ubicado en el
barrio belalcazar en la carrera 13 A # 16-42 en la actual
nomenclatura urbana, con área 221 m2 , registrado bajo la
partida -370-567507 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Cali. Alinderado de la siguiente manera por el NORTE en toda su extensión con la carrera 13 A,
por el SUR. Con propiedad de carlos meló, por el ORIENTE:
con propiedad de Antonio Bonilla y por el OCCIDENTE con
propiedad de león rosembay. De conformidad con el Art.
407 del C. de P. Civil, se fija este edicto en un lugar visible
de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20)
días, hoy 23 de Enero de 2015 a las 8:00 de la mañana y se
entrega copia del mismo al interesado para su publicación
por dos veces, con intervalos no menores de cinco (5) días
calendario dentro del mismo término, en un diario de
amplia circulación de la ciudad (Pais, diario occidente o El
Tiempo) y en una radiodifusora local entre las 7 de la
mañana y las 10 de la noche. MARLONG AUGUSTO
PAZOS TRUJILLO Secretario.Cod.int.103361
JUZGADO DOCE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE
CALI CARRERA 10 No. 12-15 / PISO 13 "PALACIO DE JUSTICIA / PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA" CALI-VALLE
NOTIFICACIÓN POR EMPLAZAMIENTO Art. 318 C.P.C.
Emplazados EFRAÍN CAICEDO SÁNCHEZ ESTEFANÍA
CAICEDO MARTÍNEZ DANIELA CAICEDO Proceso
DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN
EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO
Demandante OLGA PATRICIA SUAREZ GALLEGO ALEXANDER CEBALLOS Demandado EFRAÍN CAICEDO SÁNCHEZ,
ESTEFANÍA CAICEDO MARTÍNEZ, DANIELA CAICEDO Y
DEMÁS PERSONAS INCIERTAS INDETERMINADAS
Providencia a notificar Auto ínterlocutorio No. 614 del 19
de septiembre de 2014 (fl. 55-56). Radicación
760013103012/2014-00352-00 El emplazamiento se
entenderá surtido transcurridos quince (15) días después
de la publicación del listado. Si el emplazado no comparecen se le designará curador ad litem, con quien se surtirá
la notificación y se continuará con el proceso. ARLEY
SANCHEZ OCAMPO SECRETARIO.Cod.int.103373
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO
PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN
CALLE 8 No. 1 - 16 EDIFICIO ENTRECEIBAS OF. 604 CALIVALLE. EMPLAZA A LAS PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir, para
y que se crean con derecho sobre el bien inmueble materia de debate, para que en el término de quince (15) días,
comparezcan por si mismos o por medio de apoderado
Judicial a recibir notificación del auto admisorio dictado
dentro de la demandada ORDINARIA DE DECLARACIÓN
DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA
ADQUISITIVA DE DOMINIO instaurada por PATRICIA
GARCÍA VELÁSQUEZ y DORA ELENA GARCÍA CRUZ contra
ENRIQUE BRAZO Y LAS PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS, la cual versa sobre el siguiente bien inmueble: El bien inmueble que se pretende adquirir por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio es rural, se
encuentra ubicado en el corregimiento de Dapa, jurisdicción del municipio de Yumbo, departamento del Valle del
Cauca, comprendido dentro de los siguientes linderos y
medidas especiales: NORTE: en extensión de 10.10 metros
con predio de LUIS BRAVO, ORIENTE: en extensión de
28.70 metros con predio de DAVID N; SUR: en extensión de
15.60 metros con predio de Patricia N, y OCCIDENTE: en
extensión de 27.30 metros con camino vecinal. Inscrito con
matrícula inmobiliaria 370-219459 de la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos de Cali y número de predio 01-000200070017000 de la Oficina de Hacienda de
Yumbo-Valle. Inmueble que hace parte de uno de mayor
extensión que mide dos y media (2 1/2) plazas aproximadamente, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, con camino vecinal de Dapa; SUR, con predio de La Carolina de propiedad de la señora Carolina
Muñoz de Muñoz; ORIENTE, con predio de la señora
Carolina Muñoz de Muñoz y OCCIDENTE, con lote de Blas
Casas. Se le advierte a los emplazados que si no comparecen dentro de dicho termino, se le designará un curador adlítem, con quien se proseguirá el proceso hasta su terminación. De conformidad con el Articulo 407 numeral 7 del
Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en
lugar visible de la Secretaria del despacho por el término
de veinte (20) días, y se expiden copias del mismo al interesado para su publicación por 2 veces con intervalos no
menores de cinco días calendarios dentro del mismo término en un diario de amplia circulación local (País,
Occidente y Tiempo) y en una radiodifusora local en las
horas comprendidas entre las 7:00 A.M. y las 10:00 P.M. Se
fija el presente siendo las 8:00 A.M. de hoy 15 de Enero de
2015.
LUZ
STELLA
UPEGUI
CASTILLO
Secretaria.Cod.int.103397
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO
PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN
CALLE 8 No. 1 - 16 EDIFICIO ENTRECEIBAS OF. 604 CALIVALLE. EMPLAZA A: ENRIQUE ERAZO, para que dentro del
término de quince (15) días siguientes a la publicación,
comparezca al Despacho a recibir notificación del auto
admisorio dictado dentro del proceso ORDINARIO DE
DECLARACIÓN DE PERTENCIA POR PRESCRIPCIÓN
EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO instaurada
por instaurada por PATRICIA GARCÍA VELÁSQUEZ y DORA
ELENA GARCÍA CRUZ contra ENRIQUE ERAZO Y DEMÁS
PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS, Radicación:
2013-00330. Se advierte a los emplazados, que si durante
el término del emplazamiento aquí señalado no comparecen se les nombrará un CURADOR AD LITEM, con quien se
surtirá la notificación y se proseguirá el proceso hasta su
culminación. De conformidad con el art. 318 del C.P.C., se
entrega copia de este emplazamiento al interesado para su
publicación por una vez, en un diario de amplia circulación
nacional (Occidente, País o Tiempo) o en una radiodifusora
nacional. En caso de que se publique a través de la prensa
deberá hacerse el día domingo, en los demás casos podrá
hacerse en cualquier día entre las 6:00 a.m. y las 11: p.m.
Se expide el presente edicto hoy 15 de Enero de 2015. LUZ
STELLA UPEGUI Secretaria. Cod.int.103397
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JUZGADOS DE FAMILIA
Rad. 760013110008-2013-00096-00.Cod.int.103336
JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE ORALIDAD NOMBRE
DEL EMPLAZADO: HEREDEROS INDETERMINDAOS DEL
SEÑOR LIBARDO ORTIZ PROCESO ORDINARIO- DECLARACION EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO Y
RECONOCIMIENTO DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL
ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES DEMANDANTE:
MARIA ORFELINA CHARA BELALCAZAR DEMANDADO:
HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE LIBARDO ORTIZ (Q.E.P.D) RADICACION: 2014-0422 AUTO:
INTERLOCUTORIO No 1190.Cod.int.103397
AVISO EL JUEZ TERCERO DE FAMILIA DE SANTIAGO DE
CALI HACE SABER Conforme lo normado en el articulo 44
de la ley 1395/10, en que resalta que ya no hay lugar al
tramite de consulta, y por lo cual este despacho mediante
Sentencia No. 0065 de fecha mayo 26 del 2014, fue
declarada INTERDICTA POR DISCAPACIDAD MENTAL al
señor JUAN FELIPE VICTORIA RAMÍREZ, nombrando como
CURADORA LEGITIMA de la interdicto, a EDGAR VICTORIA
GONZÁLEZ, identificado con la C.C. No. 17.028.151 de
Bogotá. Para conocimiento del público en general se fija el
presente aviso en lugar visible de la secretaria del Juzgado
hoy 20 de Enero de 2015. Se entregan copias a las partes
para su publicación por una sola vez en un diario de amplía
circulación nacional. Ley 1306 de 2009, art. 42 conc.
Tribunal Superior de Cali. Sala de Familia Sentencia 200500799-01 de enero 28 de 2010. LUZ KARIME LINARES
RUBIO Secretaria.Cod.int.103345
JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE CALI NOMBRE DEL
EMPLAZADO: JOSE JOAQUIN GONZALEZ CORREDOR
PROCESO: LEVANTAMIENTO DE LA AFECTACION A
VIVIENDA FAMILIAR DEMANDANTE: ALFREDO REYES
FILIGRANA DEMANDADO: JOSE JOAQUIN GONZALEZ
CORREDOR RADICACION: 2014--286 AUTO: ADMISORIO
No 01086 DEL 04 NOVIEMBRE 2014.Cod.int.103397
JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CALI
NOMBRE DEL EMPLAZADO:GERARDO CAICEDO
SANCHEZ PROCESO: DIVORCIO CONTENCIOSO DE MATRIMONIO CIVIL DEMANDANTE:CLARA INES MOLINA
MARIN DEMANDADO: GERARDO CAICEDO SANCHEZ
RADICACION: 2014-00377 AUTO: INTERLOCUTORIO 1181
DEL 19 DE NOV DEL 2014.cod.int.103397
EDICTO EMPLAZATORIO Rad. 76 001 3110 2014 00344 00
EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE
ORALIDAD DE SANTIAGO DE CALI EMPLAZA A todas las
personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA del causante LUIS
RINCÓN SUA, quien se identificara con la CC No.
2.445.529 que fue declarado abierto y radicado en este
Juzgado mediante providencia del 4 de noviembre de
2014. Para los efectos del Art. 589 del Código de
Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la secretaria del Juzgado por el término de 10 (diez)
días, siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) de hoy,
Enero 23 de 2015 y copia del mismo se entregará a la parte
interesada para su publicación por una vez en un periódico
de amplia circulación local, como la REPUBLICA o EL
DIARIO OCCIDENTE, el día domingo y en una radiodifusora local, como SONORA 1500 A.M., en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 11:00 p.m. El Secretario,
JHONIER ROJAS SANCHEZ.Cod.int.103327
EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL
JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA DE SANTIAGO DE CALI
EMPLAZA: Señor VICENTE LEIVA SOTELO, mayor de edad,
quien se encuentra desaparecido desde el día 21 de mayo
de 1985, sin que hasta la fecha se haya tenido noticias de
su paradero; de conformidad con el artículo 657 del C. P C
, en concordancia con el articulo 318 Ibídem. Este emplazamiento ha sido ordenado mediante auto interlocutorio No.
1105 del 06 de mayo de 2013, mediante el cual admitió la
demanda de PRESUNCIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO, adelantado por la señora GLORIA STELLA LEIVA
OLMOS, a través de apoderado judicial, Proceso radicado
bajo el No 760013110008-2013-00096-00. Se previene
además a quienes tenga noticias del ausente señor
VICENTE LEIVA SOTELO, para que las comuniquen'a este
despacho. EXTRACTO DE LA DEMANDA "Que el señor
VICENTE LEIVA SOTELO tenia fijado su residencia y domicilio en la carrea 58 No. 10 - 60 de esta ciudad de Cali,
donde vivía con su esposa OLIVA OLMOS (q.e.p.d.) y sus
hijos GLORIA ESTELLA y LUIS FERNANDO LEIVA OLMOS.
Desde el 21 de mayo de 1985 salió de su casa a las 7 de la
nombre y nunca volvió a saberse de su paradero hasta la
fecha, sin dejar rastro alguno, ni noticia de ello. Sus familiares iniciaron la búsqueda y correspondiente denuncia
penal ante la Unidad de Policía Judicial de Cali, denuncia
que se formulo por el presunto delito de hurto y desaparecimiento, toda vez que el señor Vicente Leiva se movilizaba en un vehículo de su propiedad marca Ford de placas VA2052, investigación que le correspondió al Juzgado
19 de Instrucción Criminal de Cali. Han transcurrido más de
10 años de la fecha del desaparecimiento no se ha podido
tener noticias sobre su paradero". Este emplazamiento se
surtirá en un listado que el interesado deberá publicar tres
(3) veces por lo menos, debiendo correr más de cuatro
meses entre cada dos citaciones; en uno de los periódicos
de mayor circulación que se editen en la capital de la
república (LA REPÚBLICA), en un periódico local (EL PAÍS),
publicados el día domingo; y una radio difusora local en
cualquier día entre las seis de la mañana (6:00 a.m.) y las
once de la noche (11:00 p.m.); para éste último el interesado deberá allegar copia del edicto debidamente cotejado y
sellado por el administrador o funcionario de la emisora,
además de constancia sobre su emisión o transmisión
suscrita por el administrador o funcionario, de conformidad
con el articulo 656 del C. de P. Civil., en armonía con el Nral.
2° del art. 97 del C.C. Se fija el presente edicto en la
secretaria del juzgado a partir de hoy19 de Junio de
2013. La secretaria, JENNIFER PEREIRO DEL CASTILLO
JUZGADO: Primero de Familia de Cali NOMBRE DEL (LOS)
EMPLAZADO(S: Julio Andrés Michielin Escobar (antes
Julio Andres Ortega Escobar) DEMANDANTE(S): Diana
Carolina Herrera Gonzáles DEMANDADO(S): Julio Andrés
Michielin Escobar (antes Julio Andres Ortega Escobar)
TIPO DE PROCESO: Divorcio de Matrimonio Civil
RADICACIÓN: 2014-00282-00 NOTA: SE PREVIENE QUE EL
EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO, TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE SU
PUBLICACIÓN (ART.318 C.P.C.).Cod.int.103350
JUZGADO 1º FAMILIA CALI NOMBRE EMPLAZADO
WILLIAM IVAN GARCIA PUERTAS PROCESO PRIVACIÓN
PATRIA POTESTAD DEMANDANTE ELMER CHAVES y
MARIA NELLY OSPINA DEMANDADO WILLIAM IVAN
GARCIA PUERTAS RADICACIÓN 2014-00301
AUTO.Cod.int.102941
AVISO EL JUEZ TERCERO DE FAMILIA DE
DESCONGESTIÓN DE CALI HACE SABER Conforme lo normado en el articulo 44 de la ley 1395/10, en que resalta
que ya no hay lugar al tramite de consulta, y por lo cual
este despacho mediante Sentencia No. 051 de fecha veintiséis (26) de Noviembre del 2013, fue declarado INTERDICTO POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA, al joven
HAROLD EDUARDO GUTIÉRREZ NEIRA, nombrando como
CURADOR legitimo del interdicto a su padre señor
HAROLD GUTIÉRREZ PEÑA identificada con la cédula de
ciudadanía número 16.644.956 de Cali -Valle,
RADICACIÓN 2013-0348-00. Para conocimiento del público en general se fija el presente aviso en lugar visible de la
secretaria del Juzgado hoy 27 Enero del 2015 . Se entregan
copias a las partes para su publicación por una sola vez en
un diario de amplia circulación nacional El País, el Tiempo.
Occidente, la República. Ley 1306 de 2009, art. 42 conc.
Tribunal Superior de Cali. Sala de Familia Sentencia 200500799-01 de enero 28 de 2010. SANDRA JOHANA HENAO
SERNA Secretaria.Cod.int.103379
JUZGADO: Primero de Familia de Santiago de Cali NOMBRE DEL (LOS) EMPLAZADO(S: Jorge Eliecer Sanchez
Gómez DEMANDANTE(S): Lina Maria Caicedo Carmona
DEMANDADO(S): Jorge Eliecer Sanchez Gómez TIPO DE
PROCESO: LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL
RADICACIÓN: 2014- 00 555 EL EMPLAZAMIENTO SE
ENTENDERÁ SURTIDO, TRANSCURRIDOS QUINCE (15)
DlAS DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN DEL LISTADO. (ART.
318 C.P.C.) SI EL EMPLAZADO NO COMPARECEN SE LE
DESIGNARÁ CURADOR AD LITEM, CON QUIEN SE
SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN Y SE CONTINUARA CON EL
PROCESO.Cod.int.103378
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD
DE CALI CALI -VALLE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL
JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE CALI
EMPLAZA de conformidad con el artículo 318 del C. P. Civil:
A: A la señora MARÍA DABEIBA VASQUEZ CÓRDOBA
Dentro del proceso: UNION MARITAL DE HECHO
Demandante: CARLOS ALBERTO TRUJILLO Demandados:
MARÍA DABEIBA VASQUEZ CÓRDOBA, CARMELINA
RAMÍREZ CÓRDOBA, NORALBA RODRÍGUEZ CÓRDOBA Y
HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA CAUSANTE
ESNELIA CÓRDOBA RODRÍGUEZ Radicación: 2014-0004600 Providencia: auto de fecha marzo 11 de 2014 El
emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince
(15) días después de la publicación del listado en un medio
escrito de amplia circulación nacional, pudiendo hacerlo en
el diario "El Tiempo" o "La República" editados en la capital del País o en el diario "El País" o "El Occidente", editados en esta ciudad el día domingo o en cualquier otro
medio masivo de comunicación local, como puede ser
Caracol Radio, RCN Radio o Todelar, cualquier día entre las
6 A.M. a 11 P.M. El emplazamiento se entenderá surtido
transcurrido quince (15) días después de la publicación del
listado. Si el emplazado no comparece, se le nombrara
curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación. La
www.occidente.co
domingo, 01 de febrero de 2015
Llame al
AREA LEGAL 11
4860555
Anuncie sus Edictos y avisos de ley en el Diario Occidente sin salir de su oficina. Llámenos 319 314 12 44/ Tel 486 05 55 ext. 165-168.
Secretaria, LUZ KARIME LlNARES RUBIO.cod.int.103398
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE CALI VALLE,
EMPLAZA : AL señor ROBERTO PRADA VASQUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.442.906 de
Barrancabermeja cuyo ultimo domicilio fue el municipio de
Cali Valle, para que se presente a éste Despacho a ponerse
en derecho en la demanda de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA de DECLARACIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO formulada por ALEXANDRA CECILIA CONTRERAS FUNEZ. Igualmente se previene a quienes tengan
noticias del señor ROBERTO PRADA VASQUEZ, para que
lo comunique a éste Despacho. La demanda se admitió el
19 de Marzo de 2014 la cual contiene los siguientes
hechos: 1° ,EI señor ROBERTO PRADA VASQUEZ convivió
en Unión Marital de Hecho con la señora ALEXANDRA
CECILIA CONTRERAS FUNEZ, por espacio de once (11)
años, de manera permanente e ininterrumpida desde el
año 1.989 hasta la fecha de su desaparición ocurrida el día
19 de diciembre de 2.000. 2° Dentro de dicha Unión se procrearon dos hijos que corresponden a los nombres de
JHON HADDY PRADA CONTRERAS y STHEFANY PRADA
CONTEREAS, actualmente de 19 y 17 años. 3° El señor
ROBERTO PRADA VASQUEZ, tuvo su domicilio permanente
en esta ciudad, hasta el día 19 de diciembre de 2.000,
fecha en la cual se ausento al parecer definitivamente. 4°
Desde la fecha en que se ausentó de su residencia, salió a
las siete de la mañana, manifestó que iba a entregar
sesenta mil pesos { $60.000) que se iba a encontrar con
dos Policías, no dijo los nombres que se iban a encontrar
en un parque pero no le dijo cual, que iban a hacer un negocio, se desempeñaba como miembro activo de la Policía
Nacional, hasta hoy han transcurrido más de dos (02) años
y a pesar de las averiguaciones no se ha podido obtener
información de su paradero. 5° Desde la fecha mencionada y que se presume que desapareció, se realizaron gestiones para tratar de ubicarlo sin ningún resultado. 6° Se
encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidas
por la Ley para la declaración de muerte presunta por
causa de desaparecimiento del señor ROBERTO PRADA
VASQUEZ. 7° La señora ALEXANDRA CECILIA CONTRERAS FUNEZ, en su condición de cónyuge tiene derecho a
solicitar la declaración judicial de muerte presunta por
desaparecimiento de su esposo. De conformidad con el
numeral 2° del literal B del art. 656 y numeral 2 del artículo 657, se fija el présente edicto en lugar visible de la secretaria y se expiden copias para su publicación en un-periódico de la capital de la República (El tiempo o la
República) y en un periódico y una radiodifusora local,
(Caracol, Todelar o RCN) los cuales se harán en forma
simultánea entre la primera, la segunda y la tercera, deben
haber transcurrido más de cuatro meses. Se firma el presente edicto hoy Abril 01 de 2.014, siendo las ocho (8.00)
AM. Rad. 2014-0158 LA SECRETARIA LUZ KARIME
LINARES RUBIO.Cod.int.103397
JUZGADOS LABORALES
Juzgados Laborales
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA JUEZ
TERCERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS EN LO
LABORAL DE CALI EDICTO EMPLAZATORIO PROCESO:
ORDINARIO LABORAL DE ÚNICA INSTANCIA. DEMANDANTE: JAMES LONDONO ESCOBAR DEMANDADA:
TRANSPORTE AFILIADOS ROJO GRIS S.A RADICACIÓN:
76001 41 05 002 2011-00297 00. EL SUSCRITO SECRETARIO DE LA JUEZ TECERA MUNICIPAL DE PEQUEÑAS
CAUSAS EN LO LABORAL DE CALÍ HACE SABER: Que dentro del proceso ORDINARIO adelantado por el Señor
JAMES LONDOÑO ESCOBAR, en contra de TRANSPORTE
AFILIADOS ROJO GRIS S.A representada legalmente por la
señora AURA ROSA STERLEING VASQUES o por quien
haga sus veces. se ha ordenado emplazar a la TRANSPORTE AFILIADOS ROJO GRIS S.A representada legalmente por la señora AURA ROSA STERLEING VASQUES o
por quien haga sus veces, en su condición de demandada
dentro del proceso, advirtiéndole que se le ha designado
curador ad-lítem para que la represente. Lo anterior, con el
fin de que se surta el emplazamiento enunciado mediante
la inclusión de su nombre, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que la requiere, en un listado que se
publicará por una sola vez, en el Diario EL PAÍS o DIARIO
OCCIDENTE. Dicha publicación deberá hacerse el día
domingo, conforme a lo preceptuado en el artículo 318 del
Código de Procedimiento Civil. CHRISTlAN ANDRES ROSALES CARVAJAL Secretario.cod.int.103397
REPÚBLICA DE COLOMBIA - RAMA JUDICIAL JUZGADO
SEXTO LABORAL DE DESCONGESTIÓN DEL CIRCUITO DE
CALI Calle 8 No. 1-16 Edificio Entreceibas Of. 503 LA
SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO LABORAL
DE DESCONGESTIÓN DEL CIRCUITO DE CALI EMPLAZAMIENTO: Que dentro del proceso ORDINARIO LABORAL
DE PRIMERA INSTANCIA adelantado por el señor JHON
BREINI SARRIA YANDI, en contra RECONSTRUCTORA DE
ENVASES S.A., radicado bajo el número 76001-31-05-0102010-00290-00 se ha ordenado emplazar a RECONSTRUCTORA DE ENVASES S.A, y se te ha designado curador Ad Litem para que la represente dentro del citado litigio. Lo
anterior para que se surta el emplazamiento enunciado
mediante su inclusión, por una sola vez, en el listado que
con ese fin se implemente en los diarios de alta circulación,
durante la publicación del día domingo. La presente constancia se firma hoy dieciocho (18) de diciembre de Dos Mil
Catorce (2014). PAOLA ANDREA CUELLO VICTORIA
Secretaria.cod.int.103390
REPÚBLICA DE COLOMBIA SANTIAGO DE CALI JUZGADO
CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO Carrera 10 No. 12 -15
Palacio de Justicia Piso 8 EDICTO EMPLAZATORIO LA
SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE CALI VALLE EMPLAZA Al señor
LEYNER GRANADA ARGAEZ, en calidad de demandado
dentro del proceso ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA
INSTANCIA adelantado por el señor JOSÉ DAVID HOLGUIN MONTENEGRO bajo la radicación 2013-792, para
que comparezca ante éste Juzgado en el término de quince
(15) días hábiles a ponerse a derecho. Y LE HACE SABER
Que previo emplazamiento y de conformidad con el Art .29
del C.P.L. se le designara un CURADOR AD- LITEM con
quién se seguirá el proceso en caso de no comparecer, por
lo tanto y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art.
318 del C. P, C. modificado por la ley 794 del 2003. Se entrega copia del presente listado a la parte interesada para su
publicación en un día Domingo por una sola vez, en un
medio escrito de amplia circulación nacional (diario EL
PAÍS, EL TIEMPO u OCCIDENTE) para lo cual la parte interesada efectuara su publicación a través de uno de los
medios expresamente señalados; emplazamiento que se
entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de
la publicación. Para constancia se fija presente EDICTO
en Santiago de Cali a los 21 días del mes de Enero del año
Dos Mil Quince (2.015). ROSALBA VELÁSQUEZ MOSQUERA Secretaria.Cod.int103310
OTROS
Otros
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO
SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA
MÚLTIPLE DIAGONAL 26 M CON CALLE 73 ESQUINA
CASA DE JUSTICIA DE LOS MANGOS CALI-VALLE.
EMPLAZA A todos lo que tengan Créditos con Títulos de
Ejecución contra del señor HAROLD CUERO ARROYO, para
que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación
de sus demandas, dentro de los cinco (5) días siguientes a
la expiración del término del emplazamiento, dentro del
proceso EJECUTIVO que adelanta JACOBO VALENCIA contra HAROLD CUERO ARROYO, radicado bajo el No.201400007-00. Para los fines del artículo 318 del C. P. Civil, se
fija el presente listado, en lugar visible de la secretaria. El
cual quedará surtido transcurrido quince (15) días después
de su publicación. Copias del mismo se entregarán al
interesado para que lo publique por una vez en el diario
OCCIDENTE, en EL PAÍS o en EL TIEMPO o en una
Radiodifusora Local, el día domingo y en los demás casos
cualquier día entre las 6 de la mañana y las 11 de la noche.
Se expide el presente edicto hoy 20 de enero de 2015.
ANGELA
FERNANDA
ALDERETE
URCUQUI
Secretaria.Cod.int.103292
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA GERENCIA
DEPARTAMENTAL VALLE DEL CAUCA EMPLAZAMIENTO
A LOS HEREDEROS CIERTOS E INCIERTOS, DETERMINADOS E INDETERMINADOS de la señora ELIZABETH MOLINA LOAIZA, fallecida el dia 28 de marzo de 2013 y quien
en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número
31.933.929, para que concurran ante el Grupo de
Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de
la Gerencia Departamental Colegiada del Valle del Cauca
de la Contraloría General de la República ubicada en la Cra.
4 número 12-41 Piso 15 Edificio Seguros Bolívar de Cali,
con el fin de que conozcan y se hagan parte en el Proceso
de Responsabilidad Fiscal No. PRF-2014-00117_80762755-1642, aperturado mediante Auto No 435 del 16 de
diciembre de 2011, en contra de los presuntos responsables fiscales, OLGA LUCIA LÓPEZ MARMOLEJO, ELIZABETH MOLINA LOAIZA, TOMAS JOAQUÍN REYES MILLAN
y RAÚL ALBERTO SUAREZ FRANCO; por hechos ocurridos
las dependencias del Seguro Social, actual Colpensiones.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos
quince (15) días después de la publicación del listado. Si los
emplazados no comparecen se les designará curador ad
litem, con quien se continuará el trámite del proceso hasta
su finalización. El presente Edicto se fija en lugar visible de
la Secretaría Común y se expiden las respectivas copias
para su publicación en día domingo en un diario de amplia
circulación. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 19 de la Ley 610 de 2000 y según el Auto No.
642 del 16 de diciembre de 2014, por el cual se ordenó la
citación y el emplazamiento de herederos. Firma: ROCÍO
ESCOBAR ARANGO-Contralor Provincial-PonenteGerencia Colegiada Departamental Valle del Cauca. ROCIÓ
ESCOBAR ARANGO Contralora Provincial-Ponente
Gerencia Colegiada Departamental Valle del
Cauca.cod.int.103358
OTRAS CIUDADES
Otras Ciudades
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL GUADALAJARA
DE BUGA-VALLE DEL CAUCA Enero Dieciseis (16) de dos
mil quince (2015) LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE GUADALAJARA DE BUGA, POR
MEDIO DEL PRESENTE: EMPLAZA: A todas las personas
que se crean con derecho a intervenir en el proceso de
sucesión intestada de la causante MARTINA MESA
BANGUERA (C.C.29.273.263), fallecida en Guadalajara de
Buga (Valle del Cauca) el día 6 de Julio de 2013 y cuyo último domicilio fue la ciudad de Buga (Valle del Cauca).
Proceso de sucesión iniciado por la interesada SANDRA
PATRICIA YUSTI MESA, y radicado en este despacho judicial el No. 2014-00378, mediante auto de facha 15 de
Diciembre de 2014. Para efectos de los artículos 589 y 318
del Código de Procedimiento Civil se fija el presente edicto
emplazatorio en la cartelera del Despacho judicial, por el
término de diez (10) días, hoy viernes, dieciseis (16) de
enero de dos mil quince (2015), siendo las ocho 8:00 de la
mañana y copia del mismo se hace entrega a los interesados para su publicacion por una vez en un diario y una
radiodifusora de amplia cobertura en la región. HAROLD
PANESSO MENDEZ Secretario.cod.int.103300
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL EL JUZGADO
SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL EL CERRITO - VALLE
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE EL
CERRITO VALLE DEL CAUCA. EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir dentro de la
sucesión intestada de la causante LUIS ALFREDO BURBANO Y MERCEDES MUÑOZ PENILLA, fallecidos en esta
ciudad el día 8 de mayo de 2012 y 12 de enero de 1994,
respectivamente, proceso que fue declarado abierto y radicado en este Despacho Judicial mediante Providencia
Nro. 1242 de diciembre 15 de 2014, para que se presenten
oportunamente a hacer valer sus derechos. De conformi-
dad con lo establecido por el Articulo 589 del Código de
Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar
público de la Secretaria del Despacho, por el término de
diez (10) dias hábiles, y se hace entrega de sendas copias
a la parte interesada para su publicación en un diario de
amplia circulación de la localidad (pais u occidente) y en
una radiodifusora local, si la hubiere, hoy 27 de enero de
2015, siendo las ocho (8) de la mañana. Radicación 201400545-00. LEYDY JOHANA RESTREPO MAYORGA
Secretaria.Cod.int.103330
cado en la Carrera 2 No, 3-61 de esta municipalidad, con
matrícula inmobiliaria N° 373-23603 de la Oficina de
Registro e Instrumentos Públicos de Buga, para que dentro
de los 15 días siguientes a la publicacion comparezcan a
este Juzgado, ubicado en la carrera 7 No. 6 75 de Yotoco,
Valle, a hacer valer sus derechos que consideren tener en
el mencionado predio. La publicación podrá efectuarse en
el medio que se escoja conforme al punto anterior. La
Secretaria,
CLAUDIA
LORENA
FLECHAS
NIETO.Cod.int.103354
EDICTO EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE
GUADALAJARA DE BUGA VALLE EMPLAZA: Al ausente
CRISANTO GONZÁLEZ GUTIERREZ, identificado con la
cédula de ciudadanía No. 14.889.640 de Buga; para que se
apersone del Proceso de Jurisdicción Voluntaria de Muerte
Presunta por Desaparecimiento, promovido a través de
apoderado judicial por la señora NORA LIGIA GONZALEZ
QUINTERO y STEFANY GONZALEZ GONZALEZ, previniendo a quienes tengan noticias de él, para que comunique al
Juzgado. La demanda se extracta así: "El señor, CRISANTO
GONZALEZ GUTIÉRREZ, convivio en unión libre por mas de
diez (10) años con la señora NORA LIGIA GONZÁLEZ QUINTERO, hasta el 25 de junio de 1.997 cuando salió de su residencia en horas de la noche, sin que desde ese instante se
haya vuelto a tener noticias de su paradero, habiendo transcurrido hasta la fecha más de dieciséis (16) años. A pesar
de las labores por encontrar al señor CRISANTO
GONZÁLEZ GUTIERRREZ, no so ha logrado tener información sobre el paradero del mencionado señor." Fíjese éste
EDICTO en lugar visible de la Secretaria del Juzgado y publíquese el día domingo en un diario de mayor circulación en
la Capital de la República (El Tiempo o El Espectaror) en el
periódico (La República u Occidente) de la ciudad de Cali y
en una radiodifusofa local en las horas comprendidas entre
las 6:00 A.M. y las 11:00 P.M., por tres veces a lo menos,
debiéndose correr más dé cuatro (4) meses entre cada una
publicaciones, hoy 02 de diciembre del año dos mil catorce
(2014), a la hora de las 8:00 A.M. El Secretario, LUIS
ALFONSO CARREÑO BEDOYA.cod.int.103340
JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA GUADALAJARA DE
BUGA HOTEL CONDADO PLAZA Calle 7 No. 13-54 4to Piso
Oficina 410-411-412
AVISO POR EDICTO EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE
GUADALAJARA DE BUGA (VALLE) EMPLAZA A: LOS
ACREEDORES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. PROCESO:
LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL DEMANDANTE:
XIMENA GARCÍA DÍAZ y JUAN CARLOS BEDOYA BASTIDAS APODERADO: HERNAN TORRES DELGADO.
RADICACIÓN: 76-111 -31-10-002-2014-00295-00 SE FIJA
EL PRESENTE EDICTO EN LA SECRETARÍA DLL JUZGADO
POR EL TÉRMINO DE 10 DÍAS, HOY VEINTISIETE (27) DE
ENERO DE 2015 (ARTÍCULOS 589 Y 625 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO CIVlL). LUIS ALFONSO CARREÑO
BEDOYA Secretario.Cod.int.103355
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL YUMBO VALLE
Calle 7 No. 3 -62 Telf. 6691031 Yumbo Valle, 27 de
octubre de 2014 Oficio No.1445 Señores Diario "EL OCCIDENTE" o "EL PAÍS" Cali Valle. REFERENCIA: proceso EJECUTIVO SINGULAR instaurado por MARIA FERNANDA
BECERRA Contra MARIA LUISA MORENO DE TORRES y
GABRIEL TORRES MORENO, Radicación 76 892 40 03 002
2014-00204-00 Para efectos de que se surta el emplazamiento ordenado dentro del asunto de la referencia, con el
fin de notificar al demandado del interlocutorio No. 1408
de 20 de noviembre de 2007, siguientes datos en un listado que se publicará por una sola vez el día DOMINGO conforme lo establece el Art. 318 del Código de Procedimiento
Civil. ASÍ: Nombre del Emplazado HEREDEROS DETERMINADOS DEL SEÑOR
GABRIEL TORRES ROMERO
Partes del Proceso Dte: MARÍA FERNANDA BECERRA
Ddo: MARÍA LUISA MORENO DE TORRES Y GABRIEL TORRES MORENO Clase de Proceso EJECUTIVO SINGULAR
Juzgado que lo requiere Juzgado segundo Civil Municipal
de Yumbo Valle. Igualmente debe incluirse la advertencia
"que el emplazamienfo se entenderá surtido transcurridos
quince (15) días después de lA publicación del listado. Si el
emplazado no comparece se le designará CURADOR AD
LITEM, con quien se surtirá la notificación respectiva ".
Sírvase obrar de conformidad, Atentamente, ORLANDO
ESTUPIÑAN ESTUPIÑAN Secretario.103351
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
YOTOCO - VALLE DEL CAUCA
CARRERA 7 No. 5-76 Telefax 2524012 EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE YOTOCO VALLE EMPLAZA: A MARÍA
ANTONIA VALVERDE VIUDA DE PLAZA, ISABEL CRISTINA
CANIZALES VEIRA, OMAIRA ROCHA GIRALDO, JOSÉ
LIEVANO PAYAN ROCHA, MARÍA VICTORIA BUSTOS
MONDRAGÓN, MARÍA GENNY RAMÍREZ ROJAS,
MÍLTON FERNANDO CARMONA RAMÍREZ, WILLÍAM
ANDRÉS CARMONA RAMÍREZ, JENNY JÍMENA CARMONA RAMÍREZ, RAFAEL MONDRAGÓN, GLORIA INÉS
BUSTOS MONDRAGÓN, CLELIA UNIPI CHEFES, MANUEL
YEPES SOLIS, MARÍA ISABEL CIFUENTES DE YEPES,
FRANCISCO ELADIO LÓPEZ ESCOBAR Y LUZ MARINA
DUQUE ZULUAGA, quienes no fueron demandados y figuran en el certificado de tradición y libertad N° 373-23603,
como titulares de derechos reales de dominio sobre el bien
inmueble de mayor extensión del cual hace parte el inmueble cuyo saneamiento por falsa tradición se pretende, y
que se crean con derecho de intervenir en este proceso, a
fin de NOTIFICARLES la existencia de la demanda VERBAL
ESPECIAL que para TITULACIÓN DE LA POSESIÓN MATERIAL DE BIEN INMUEBLE URBANO ha presentado !a señora DANEY VIVIANA CÉSPEDES RIVERA, mediante apoderado judicial, contra ALFONSO BUSTOS ROJAS, RAFAEL
ANTONIO BUSTOS ROJAS, HERNANDO BUSTOS ROJAS,
MERCEDES BUSTOS DÉ CALERO, ISABEL BUSTOS VDA.
DE H, JÍMENA FILOMENA BUSTOS y ANA MARÍA BUSTOS DE GUTIÉRREZ, sobre el bien inmueble urbano distinguido con cédula catastral No. 01000210034000 ubicado
en la Carrera 2 No, 3-61 de la jurisdicción urbana esta
municipalidad con Matrícula Inmobiliaria No. 373-23603
de la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos de Buga,
radicada en este Juzgado al No, 2014-00013-00, en un listado que se publicará por una sola vez en un medio escrito
de amplia circulación nacional, para lo cual se disponen los
diarios el TIEMPO, EL PAÍS, OCCIDENTE o LA REPÚBLICA
(del día domingo) o en una RADIODIFUSORA DE MASIVA
COMUNICACIÓN (RCN, RADIO GUADALAJARA, VOCES
DE OCCIDENTE o LA VOZ DE LOS ROBLES) cualquier dia en
horario de 6. A.M a 11 P.M. Quince (15) días después de la
publicación se entenderá surtido el emplazamiento,
Previniéndoles a los emplazados que de no comparecer se
le designará Curador Ad Litem con quien se surtirá el acto
de notificación del auto admisorio de la demanda, y se continuará el proceso. Así mismo, se emplaza a FLOR DE
MARÍA PLAZA DE COLLAZOS, ARQUIMEDES SAAVEDRA,
MARCOS BUSTOS y demás colindantes del inmueble ubi-
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE
PALMIRA VALLE DEL CAUCA CARRERA 29 # 22-43, PISO
2, OFICINA 206 TELEFAX. 2660214 PALACIO DE JUSTICIA
"Simón David Carrejo Bejarano" EMPLAZA: A: GENARINA
HERRERA PROCESO: ORDINARIO DE PERTENENCIA
POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA
DE DOMINIO DEMANDANTE: MARÍA EUGENIA RENGIFO
CASTRO DEMANDADOS: GENARINA HERRERA, JESÚS
ANTONIO AGUADO TORRES, FERNANDO HERRERA
SALAZAR Y PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS
RADICACIÓN: 2014 - 00153 - 00 De conformidad con el
artículo 318 del Código de Procedimiento Civil se publica
por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación
nacional, un día domingo en el DIARIO EL PAÍS, EL ESPECTADOR, EL TIEMPO u OCCIDENTE. El emplazamiento se
entenderá surtido transcurridos quince (15) días después
de la publicación del listado. Si los emplazados no comparecen se le designará CURADOR AD - LITEM, con quien
se surtirá la notificación. CARLOS EDUARDO CAMPILLO
TORO Secretario.Cod.int.103363
República de Colombia Libertad y orden Juzgado
Promiscuo de Familia Palacio de Justicia - Carrera 7 No. 902 - Teléfono 2490993 Fax 2490989 Correo Corporativo:
[email protected] Roldanillo
Valle del Cauca EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ROLDANILLO
VALLE DEL CAUCA, POR MEDIO DEL PRESENTE
EMPLAZA: A todos los acreedores de la sociedad patrimonial conformada entre los señores GUSTAVO ALONSO
NARANJO PAREDES y JESSIE TATIANA MURCIA MANZANO, disuelta dentro del proceso de UNIÓN MARITAL DE
HECHO, propuesto por el primero de los nombrados en contra de la segunda, a fin de que se presenten a hacer valer
sus derechos. De conformidad con lo establecido en el
artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el
presente EDICTO en lugar público y visible de la Secretaría
del Despacho por el término de 10 días y copia del mismo
se expide a los interesados para su publicación en un diario
de amplia circulación en esta localidad y en la emisora
Roldanillo Estéreo 99.4 FM, hoy veintisiete (27) de enero de
dos mil quince (2015). SONIA SÁNCHEZ RIAÑO
Secretaria.Cod.int.103369
Nombres de las personas citadas JHON ALEJANDRO
MEJIA RÍOS Cédula y/o Nit. Del citado CC 1.053.776.926
Naturaleza del proceso EJECUTIVO SINGULAR Parte
demandante BANCO DE BOGOTÁ S.A. Parte demandada.
JHON ALEJANDRO MEJIA RÍOS Juzgado JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGO - VALLE. No.
Radicación expediente 2013-559 AUTO A NOTIFICAR:
MANDAMIENTO DE PAGO DEL 25 DE FEBRERO DE 2014.
DICHO EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERÁ SURTIDO
TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS DESPUÉS DE LA
PUBLICACIÓN DEL LISTADO. (ART. 318 DEL C.P.C). SI EL
EMPLAZADO NO COMPARECE SE LE DESIGNARA
CURADOR AD-LITEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA
NOTIFICACIÓN. Cod.int.103383
NOMBRE DE LA PERSONA CITADA Y/O EMPLAZADA
Fanny Rivera Castrillon JUZGADO: Tercero Civil del Circuito
de Guadalajara de Buga Valle del Cauca PARTE DEMANDANTE; Gilma Castrillon PARTE DEMANDADA: Fanny
Rivera Castrillon OBJETO: Declaración de Pertenencia de
Vivienda de Interés Social NATURALEZA DEL PROCESO:
Demanda Ordinaria de Pertenencia de Vivienda de Interés
Social No. RADICACIÓN DEL EXPEDIENTE: 76-111-31-03003-2015-00001-00.Cod.int.103372
LISTADO DE EMPLAZAMIENTO ART. 318 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE
PALMIRA, VALLE ANUNCIA: QUE MEDIANTE AUTO DE
FECHA NOVIEMBRE DIECINUEVE (19) DEL AÑO 2014,
PROFERIDO POR EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE
PALMIRA, VALLE, SE ORDENÓ EMPLAZAR AL SEÑOR
EUCARDO ORTIZ DÍAZ EN CALIDAD DE PROGENITOR DE
LA MENOR ANGIE MARCELA ORTIZ BUITRAGO, DE
QUIEN SE IGNORA SU HABITACIÓN Y LUGAR DE TRABAJO, CONFORME EL ART. 318 DEL C.P.C., MODIFICADO POR
LA LEY 794 DE 2003; PARA ENTERARLO DEL PRESENTE
JUCIO. NOMBRE DEL EMPLAZADO: EUCARDO ORTIZ
DÍAZ CLASE DE PROCESO: LICENCIA JUDICIAL
RADICACIÓN Nro. : 2014-00507-00 DEMANDANTE:
NAYIVI BUITRAGO CERÓN MENOR: ANGIE MARCELA
ORTIZ BUITRAGO JUZGADO QUE LO REQUIERE: JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE PALMIRA, VALLE.
DIARIO DE PUBLICACIÓN: PAÍS U OCCIDENTE DÍA DE
PUBLICACIÓN : DOMINGO TERMINO DE PUBLICACIÓN:
POR UNA VEZ TERMINO PARA COMPARECER AL PROCESO: 15 DÍAS DESPUÉS DE LA PUBLICACIÓN. PARA
CONSTANCIA SE FIRMA EN PALMIRA, VALLE, HOY VEINTIOCHO (28) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015).
La Secretaria, CLAUDIA PATRICIA COLLAZOS RUIZ SECRETARIA.Cod.int.103387
RAMA JURISDICIONAL JUZGADO SEGUNDO CIVIL
MUNICIPAL PAMIRA VALLE DEL CAUCA Listado de
emplazamiento ART 318 C .P. C EMPLAZADO: DARLY JULIETH RESTREPO DARAVIÑA,ELBER ALBERTO RESTREPO E
IVAN CALERO MOLINA PROCESO: PROCESO EJECUTIVO
DEMADANTE: WILSON ESCOBAR BOLAÑOS DEMANDADOS: DARLY JULIETH RESTREPO DARAVIÑA,ELBER
ALBERTO RESTREPO E IVAN CALERO MOLINA A fin de
notificarle auto de admisión de demanda proferido mediante auto interlocutorio No3708 fechado de 16 de
Diciembre del 2014 en él se ordenó El emplazamiento se
entenderá surtido quince días después de la publicación
del listado si la emplazada no comparece se le designara
un curador Ad. lÍtem, quienes se surtirá de la notificación.
Para efectos del ART 318 se ordena la publicación del presente escrito en el diario (DIARIO OCCIDENTE, EL TIEMPO
EL PAÍS O ESPECTADOR) el día Domingo RADICIACIÓN:
2013-314 LILIANA MARGOT CAMPO HERNÁNDEZ
JUEZ.cod.int.103399
RAMA JURISDICCIONAL JUZGADO TERCERO CIVIL
MUNICIPAL GUADALAJARA DE BUGA VALLE DEL CAUCA
Listado de emplazamiento ART 318 C .P. C EMPLAZADO
JAVIER ALEXANDER BEDOYA VALDERRAMA PROCESO:
PROCESO EJECUTIVO SINGULAR DEMADANTE:
ORGANIZACIÓN WILSON DEMANDADOS: JAVIER
ALEXANDER BEDOYA VALDERRAMA, GLORIA STELLA
LEYTON Y MARTHA LUCIA LEYTON RADICADO: 201400058-00 A fin de notificarle auto de admisión de demanda proferido mediante auto interlocutorio No 0919 fechado
de 9 de Septiembre del 2014 en el se ordeno El emplazamiento se entenderá surtido quince días después de la
publicación del listado si la emplazada no comparece se le
designara un curador Ad. litem, quine se surtirá de la notificación. Para efectos del ART 318 se ordena la publicación
del presente escrito en el diarlo (DIARIO OCCIDENTE,
ESPECTADOR o EL PAÍS ) el día Domingo RADICACIÓN:
2014- 00058-00 La Jueza JANETH DOMIGUEZ OLIVEROS.cod.int.103400
REPUBLICA DE COLOMBIA RAMAJUDICIAL JUZGADO
SEXTO CIVIL MUNICIPAL PALMIRA VALLE CARRERA 29
CALLE23 ESQUINA PISO 3 LISTADO PARA EMPLAZAMIENTOS (ART. 108 C.P.C.) CLASE DE PROCESO DEMANDANTE ORGANIZACIÓN WILSONS.A. DEMANDADO
WALTER CERVERA VIVEROS MARÍA CENIDE VIVEROS
PERSONA A EMPLAZAR WALTER CERVERA VIVEROS
MARÍA CENIDE VIVEROS CLASE PROCESO EJECUTIVO
MEDIDAS PREVIAS El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación de
este listado. Se advierte al emplazado que si no comparece
se les designará un Curador Ad litem, con quien se surtirá
la notificación del auto por el cual se libró mandamiento de
pago.- Se hace entrega al interesado el respectivo Edicto
Emplazatorio para que sea publicado en un diario de
amplia circulación el día domingo o a través de una radio
difusora local en cualquier día, en el horario comprendido
entre las seis de la mañana y once de la noche (Inciso 3 del
Ar. 318 del C.P. Civil). Palmira: Octubre 10 de 2014 CLARA
LUZ ARANGO ROSERO Secretaria PARTIDA: 2012-0056100.cod.int.103401
RAMA JURISDICCIONAL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL
MUNICIPAL PAMIRA VALLE DEL CAUCA Listado de
emplazamiento ART 318 C .P. C EMPLAZADO: CRISTHIAN
JAVIER MURILLO DÍAZ Y DIDIER ANTONIO BERMUDEZ
VILLEGAS PROCESO: PROCESO EJECUTIVO DEMADANTE:
ORGANIZACIÓN WILSON S.A. DEMANDADOS: CRISTHIAN JAVIER MURILLO DÍAZ Y DIDIER ANTONIO
BERMUDEZ VILLEGAS A fin de notificarle auto de
admisión de demanda proferido mediante auto fechado de
03 de Octubre del 2014 en él se ordenó El emplazamiento
se entenderá surtido quince días después de la publicación
del listado si la emplazada no comparece se le designara
un curador Ad. litem, quine se surtirá de la notificación.
Para efectos del ART 318 se ordena la publicación de! presente escrito en el diario (DIARIO OCCIDENTE, EL TIEMPO
EL PAÍS O ESPECTADOR) el día Domingo RADICIACIÓN:
7652040030007- 2013-00577-00 ANA RITA GÓMEZ CORRALES JUEZ.cod.int.103402
JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL PALMIRA VALLE
PALACIO DE JUSTICIA carrera 29 Calle 23 Oficina 309 LISTADO PARA EMPLAZAMIENTO (Art. 318 del Código de
Procedimiento Civil) CLASE DE PROCESO HIPOTECARIO
2014-00188-00 DEMANDANTE JAVIER SAAVEDRA VILLEGAS DEMANDADO LUIS CARLOS ARANA RÍOS PERSONA
A EMPLAZAR CARLOS ALBERTO BURGOS ORMEÑO EN
SU CONDICIÓN DE ACREEDOR HIPOTECARIO AUTO A
NOTIFICAR Auto Noviembre 28 del 2014 Comparezca a
hacer valer su crédito hipotecario sea este o no exígilbe.
NOTA: El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación del presente listado
y si no comparece en el término indicado, se le nombrara
Curador Ad-Iitem, con quien se continuara el trámite procesal. EL SECRETARIO, WILLIAM SARMIENTO ROJAS. Cód.
Int. 103406.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL PALMIRA VALLE
Palacio de Justicia Cra 29 Calle 23 esquina oficina 307 LISTADO PARA EMPLAZAMIENTOS (ART. 318 C.P.C.) PARTES
DE PROCESO DEMANDANTE OLGA CECILIA BEJARANO LORA DEMANDADO JOSÉ
ARTURO GIRALDO
RAMÍREZ PERSONA A EMPLAZAR Todas las personas que
tengan créditos con títulos de ejecución en contra del señor
JOSÉ ARTURO RAMÍREZ GIRALDO, para que comparezcan
a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas,
dentro de los cinco (05) días siguientes a la expiración del
término del presente edicto emplazarorio. CLASE DE PROCESO PROCESO EJECUTIVO CON MEDIDAS
PREVIAS (ACUMULACIÓN) Radicado 2001-0319 L.R 25.
VERONICA VARGAS ORTIZ SECRETARIA. Cód. Int. 103405
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO
QUINTO CIVIL MUNICIPAL PALMIRA - VALLE DEL CAUCA
EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO QUINTO CIVIL
MUNICIPAL DE PALMIRA. VALLE DEL CAUCA: EMPLAZA
A: TODOS los que se crean con derecho a intervenir en el
proceso de SUCESIÓN INTESTADA de la causante señora
MARÍA LUISA RODRÍGUEZ HOLGUÍN, quien en vida se
identificó con la cédula de ciudadanía número 29.530.701
expedida en Ginebra, Valle del Cauca, fallecida en Palmira,
Valle del Cauca, el día 03 de julio de 2.014, con último
domicilio en este municipio, radicado al número 201500014-00, propuesto por la señora OFELIA RUÍZ
RODRÍGUEZ y por el señor HÉCTOR FABIO RUÍZ
RODRÍGUEZ, en su calidad de hijos de la causante, proceso declarado abierto y radicado mediante auto ínterlocutorio número 072 de fecha 26 de enero de 2015, para que
dentro del término de diez (10) días hábiles comparezcan
ante este Despacho del Juzgado Quinto Civil Municipal de
Palmira, Valle del Cauca, a fin de hagan valer sus derechos.
Se fija el presente edicto por el término legal de diez (10)
días hábiles, hoy veintiocho (28) de enero del año dos mil
quince (2015). siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).
Se expiden copias a la interesada para su publicación por
una vez en un diario de amplia circulación en la región (El
País o el Diario Occidente), el día domingo, y en una radiodifusora local si la hubiere, en las horas comprendidas entre
las (6:00 A.M. y las 11:00 P.M.) HERNÁN RODRÍGUEZ
JARAMILLO Secretario.Cod.int.103397
INDUSTRIAS INTEGRADAS TALLERES RURALES DEL VALLE C.T.A
Que la señora CLAUDE YISET OROZCO CC. 1.116.723.652 quien estuvo vinculado
a la empresa fallecio el 09 de enero de 2015. Se ha presentado a reclamar el señor
Duvan Alexis Guzmán Jiménez. Las personas que crean tener derecho a sus acreencias favor presentarse en nuestra sede de Venecia salida a la debora (v) telefono fijo
8900644 y celular 3148304877, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación
con el fin de acreditar el derecho.
PRIMER AVISO
FEBRERO 01 DE 2015
SEGURIDAD OMEGA LTDA
Nit. 800.001.965 – 9
HACE SABER:
Que el día 26 de Diciembre de 2014, falleció el señor SEGUNDO ANDRES BETANCOURT
PALACIOS, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 16.764.887 de Cali (Valle), quien laboraba en nuestra empresa. Las personas que se crean con derecho a reclamar las prestaciones
sociales, favor acercarse a nuestra oficina en la Avenida 4 Norte No 2N-44 el 23 de Febrero de
2015 a las 4:00 p.m. Ese día deberán acreditar parentesco y afinidad legal.
SEGUNDO AVISO
FEBRERO 01 DE 2015
TRI FIT S.A. NIT No 800157847-8, informa que el señor JOSE YOVANNI LARGO LIEVANO, con
cédula 94.456.781, laboraba en nuestra compañía hasta el día 09 de enero de 2015, fecha en la cual
falleció, por lo que la empresa tiene la liquidación de salarios y prestaciones sociales.
Para reclamar la anterior liquidación se ha presentado SANDRA LORENA ROLDAN PENAGOS, con
cédula 66.914.594, quien indica ser su conyugue, de igual manera se presenta en calidad de
representante legal de sus hijos menores de edad y del trabajador fallecido, el niño(a) ANA MARIA
LARGO ROLDAN, las personas que se consideren con mejor derecho, que las personas antes
mencionadas deberán presentarse ante la empresa ubicada en la carrera 36A No 10- 170 Acopi,
Horario 8 a 12 y 2 a 5 PM, de Lunes a Viernes.
SEGUNDO AVISO
FEBRERO 01 DE 2015