Promoción Nissan Tiida

Reglamento para rifa de 2 NISSAN TIIDA con motivo del
50 Aniversario de Coocique.
PREMIOS:

Un vehículo Nissan TIIDA modelo 2015 a sortearse en el mes de junio
(incluye marchamo 2015)

Un vehículo Nissan TIIDA modelo 2016 a sortearse en el mes de diciembre
(incluye marchamo 2016).
El color de ambos vehículos queda sujeto a disponibilidad y elección de
Coocique RL. No a elección del ganador.
I.
PATROCINADOR Y MARCA PATROCINADORA.
1. La promoción es propiedad de Coocique R.L. la cual a nombre de sus
productos Aportaciones, Crédito y Ahorro a Plazo Fijo, es la patrocinadora de
la promoción, sin perjuicio de realizar un convenio con una marca
patrocinadora.
2. La participación en la rifa se da por los siguientes puntos:
2.1- Aportaciones al capital individual de cada asociado a Coocique R.L.
realizadas mediante: aportes en ventanilla, débito automático, aplicación de
planilla, página transaccional de Internet, aplicación telefónica, capitalización.
2.2 Por la compra de un Certificado de Depósito a Plazo; ya sea renovación o
uno nuevo con plazo mínimo de 6 meses.
2.3 Adquisición de una operación de Crédito, superior o igual a medio millón
de colones, formalizada entre las fechas de la promoción. Exceptuando los
créditos del 80% sobre Certificados de Depósito a Plazo, los del 90% sobre
Ahorro Futuro, y los del 90% sobre Aportaciones.
1
II. FORMA DE PARTICIPAR
3. Este Reglamento aplica para todos los asociados(as) a Coocique R.L., con
excepción de los asociados(as) que en el momento de las rifas:
3.1 Se encuentren en pre cobro administrativo, cobro judicial, o tengan más de
dos cuotas de atraso en el crédito.
3.2 No sean asociados activos al día de la rifa.
3.3 Sean asociados(as) de Nueva Generación, para los cuales se realizará una
promoción diferente. Los jóvenes de 18 años que estén aportando la suma de
¢6.000 colones mensuales o el monto que el Consejo de Administración
establezca como aporte mensual sí participarán del sorteo.
3.4 Que hallan presentado carta de renuncia a la cooperativa.
3.5 Que hayan fallecido, de tal forma que se debe validar su situación actual,
ya que el premio no es trasladable a un beneficiario.
4. Para participar es necesario que los interesados conozcan, entiendan y
acepten este Reglamento, así como la mecánica de participación, condiciones
y limitaciones de la promoción. Este reglamento será expuesto en la Página de
Internet de Coocique R.L.
5.
Los sorteos se realizarán al Azar por medio de tómbola electrónica en
Oficinas Centrales de Coocique R.L. en las fechas que se establezca en el
punto 12 del presente Reglamento y en presencia de un representante de la
Auditoría Interna de Coocique R.L.; además, un Notario Público levantará el
acta legal correspondiente.
6. Otros productos de Coocique R.L. no participan en la promoción.
2
III. ASIGNACIÓN DEL NÚMERO DE ACCIÓN ELECTRÓNICA.
7. La promoción consiste en que el asociado(a) reciba mediante el sistema
computarizado de Coocique, acciones electrónicas que le otorgan el derecho a
participar en los sorteos programados, según las cantidades y condiciones
estipuladas para cada producto, descritas a continuación:
7.1 Aportaciones: Por cada aporte mensual que realicen los asociados de
¢6.000.00 (Seis mil
colones) o el monto que establezca el Consejo de
Administración como aporte mensual. El
sistema computadorizado de
Coocique R.L le asigna un número de una acción electrónica.
7.1.1 Recibirán acciones todos los asociados mayores de 18 años que efectúen
depósitos en sus aportaciones por un monto mayor o igual a ¢6.000 colones o
el monto que establezca el Consejo de Administración como aporte mensual.
La asignación del número de la acción es por medio de un consecutivo
electrónico que genera el sistema de emisión de acciones, por lo que no
necesariamente un depósito que involucre varias acciones, va a tener números
consecutivos de acción.
7.1.2 En caso de que los depósitos en aportaciones sean mayores a ¢6.000
colones o el monto que establezca el Consejo de Administración, pero no
múltiplos de dicha cifra, el remanente quedará acumulado para que se tome en
cuenta para futuros depósitos en aportaciones y pueda así completarse el
monto que da derecho a una acción.
7.1.3 Si por cualquier causa, se efectúan reversiones de depósitos en
aportaciones, se procede también a la anulación de la acción que le hubiere
sido asignada, de manera que la misma ya no contará para el sorteo final, ni
será asignada nuevamente a otro depósito.
3
8. Certificado de Depósito a Plazo:
8.1 Se asigna como mínimo una
acción por cada ¢500.000.00 colones
captados en un Certificado de Depósito a Plazo Fijo.
8.2 La cantidad máxima de acciones generadas mediante el sistema para un
asociado(a) por un mismo Certificado de Depósito a Plazo será de 50 acciones
electrónicas.
8.3 El plazo contratado debe ser mayor o igual a 6 meses inclusive.
8.4 Aplicará tanto para nuevos Certificados, como para las renovaciones que
cumplan las condiciones señaladas.
9. Crédito:
9.1 Se asigna una acción por cada ¢ 500 000 en crédito formalizado.
9.2 La cantidad máxima de acciones generadas mediante el sistema para un
asociado(a) por un mismo crédito será de 50 acciones electrónicas.
9.3 Adicional a las acciones generadas por el monto total del crédito, el
asociado obtendrá el número de acciones que le asigne la capitalización del
crédito que formalice.
9.4 Participan todos los Créditos a excepción de: los créditos del 80% sobre
Ahorros Futuros, los del 90% sobre Certificados de Depósito a Plazo ó Back to
Back y los del 90% sobre Aportaciones.
IV. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN.
10. Contempla dos períodos de participación durante la promoción:
 Primer Sorteo: Comprende el periodo entre el 01 de febrero al 15 de
junio del año 2015.
 Segundo y último sorteo: Comprende el periodo entre el 16 de Junio al
12 de Diciembre del 2015. Dando por concluida la promoción.
4
V. FECHAS DE LOS SORTEOS, PREMIOS Y RECLAMO DE PREMIOS
11. Las fechas de realización de los sorteos, los premios y el reclamo de
premios se detallan a continuación:
11.1 El día 19 de junio se asignará al primer ganador o ganadora.
11.2 El día 18 de diciembre se asignará un segundo ganador o ganadora.
11.3 Los asociados favorecidos dispondrán de hasta 60 días naturales máximo,
para presentarse a reclamar su premio, en caso contrario se eliminará el
beneficio de su premio.
11.4 El color de ambos vehículos queda sujeto a disponibilidad y elección de
Coocique RL. No a elección del ganador.
11.5 Las acciones al corte del primer sorteo no son acumulativas para el
segundo sorteo.
VI. CONDICIONES, REQUISITOS Y RESTRICCIONES
12. En el momento del sorteo, se verificará en los sistemas de Coocique R.L.
que el asociado respectivo tenga asignada dicha acción, se encuentre activo en
aportaciones y no se encuentre en precobro administrativo, cobro judicial o
fianzas atrasadas en estas condiciones; que no se haya retirado o que haya
presentado la carta de renuncia y se encuentre en vida. En el caso de acciones
generadas por los certificados a plazo, el favorecido no precisamente deberá
encontrarse en condición de asociado activo al momento del sorteo para
considerarse ganador del premio. De estar todo en orden, de inmediato se dará
a conocer el nombre del ganador a los presentes.
13. Se asume que los participantes conocen y aceptan este Reglamento, así
como las condiciones y limitaciones señaladas en el mismo.
5
VII CONSIDERACIONES IMPORTANTES
14. Se entiende por aportaciones, el monto que los asociados a Coocique R.L.
aportan a su capitalización individual, ya sea por medio de aporte en ventanilla,
cargo automático, depósito a través de la Página Transaccional de Internet o
telefónica, deducción de planilla, o capitalización de excedentes.
15. Se entiende por certificado de deposito a plazo los títulos emitidos a favor
del asociado cuyo vencimiento esta preestablecido.
16. Crédito toda aquella operación donde la cooperativa entregue dinero en
arriendo.
17. Los asociados podrán consultar sus acciones al presentarse en cualquier
ventanilla de Coocique R.L y solicitar detalle de ello. En el entendido que el
corte real y registro de acciones se realiza a cierre de cada mes.
18. Las acciones electrónicas participantes que no resultaran premiadas al
diecinueve de junio y el dieciocho de diciembre del dos mil quince estarán en
poder de Coocique R.L. por un período máximo de dos meses, después de los
cuales serán eliminadas de la base de datos en presencia de la Auditoría
Interna de Coocique R.L.
19. Coocique, R.L. se reserva el derecho de ejercer todo tipo de acciones
legales contra quienes pretendan reclamar ilícitamente los premios ofrecidos.
20. La responsabilidad de COOCIQUE R.L en la presente promoción, finaliza
con la entrega de los premios a los respectivos ganadores.
21. La promoción podrá ser suspendida en forma inmediata si Coocique R.L.
llegara a detectar cualquier tipo de fraude o en el caso de que sobrevengan
situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor. Esta situación, de darse, se
6
dará a conocer en un medio de comunicación de alcance nacional y operará
desde el mismo momento en que Coocique, R.L. así lo decida.
22.
No participa en esta promoción el Gerente General, Auditor Interno,
miembros del Consejo de Administración, Comité de Vigilancia, Comité de
Educación y Bienestar Social y Tribunal Electoral. Así como tampoco las
sociedades anónimas, personas jurídicas, ni cuentas especiales.
23. Coocique R.L., se reserva el derecho de realizar los cambios que considere
necesarios a ésta promoción.
Para mayor información o consultas se puede llamar a los números de teléfono
2401-15 00 o al 2401-1509 Productos y Servicios de Coocique R.L.
7