Manual de Procedimiento Depto Rentas Municipalidad de Las Cabras La misión de la Unidad de Rentas, es velar por el cumplimiento de las leyes y normas que las regulan. Además nuestro departamento es el encargado de la emisión de Permisos de Circulación, Patentes Municipales (Comerciales, Industriales, Alcohol, Profesionales e Inversiones ) y Permisos e Ingresos varios. Horario de Atención y contacto Lunes a Jueves de 8:30 13:00 hrs. y de 14:30 a 17:30 hrs. Viernes de 8:30 a 12:30 Hrs. Ante cualquier duda se puede contactar a: Fono 501676 – 501680 – 501028 – 501250 Fax 501269 E-mail: rentas_municipalidadlascabras hotmail.com Rentas lascabrasmunicipalidad.cl Para la cancelación de Permiso de Circulación, Patentes Comerciales y Derechos Municipales, la unidad de Rentas debe generar el giro correspondiente y los contribuyentes deberán pagar los derechos en Tesorería Municipal. I. PERMISO DE CIRCULACION II. PATENTES MUNICIPALES III. INGRESOS VARIOS I.- Permiso de Circulación La Ley 3.063 de Rentas Municipales faculta a las municipalidades para efectuar el pago de la renovación de permiso de Circulación este puede ser 2 cuotas, siendo obligación del contribuyente pagar la segunda cuota en la misma municipalidad en donde pago la primera cuota. El monto de la segunda cuota, corresponde al valor cuota reajustado por el IPC. Fechas de pago de Permisos de Circulación Tipo de Vehiculo Vehículos Particulares Total o 1° Cuota Hasta el 31 de Marzo 2° Cuota Hasta el 31 de Agosto Vehiculo de Alquiler de Lujo y Turismo Hasta el 31 de Marzo Hasta l 31 de Agosto Vehículos de Alquiler y Locomoción Colectiva Vehículos de Carga Hasta el 31 de Mayo Hasta el 30 de Junio Hasta el 30 de Septiembre Hasta el 31 de Octubre Los artículos 12º y siguientes de la Ley de Rentas Municipales establecen que los Vehículos que transiten por las calles, caminos y vías públicas en general, estarán gravados con un impuesto anual por permiso de circulación. Este es un trámite que debe realizarse todos los años en las fechas de vencimiento indicadas anteriormente. El primer permiso de circulación se cobra en forma proporcional dependiendo del valor neto de factura, desde el mes de emisión de ésta hasta el mes de diciembre del año en curso. La validez de este permiso es hasta el vencimiento del año siguiente, dependiendo del tipo de vehículo. No cancelan permiso de circulación los vehículos que en uno o más años completos ha estado fuera de circulación y ello se acredita mediante declaración jurada simple que deberá entregarse a la municipalidad donde obtuvo el último permiso de circulación, hasta el 30 de noviembre del año al que corresponda pagar el impuesto según articulo 16 Ley 3.063. Para aquellos vehículos cuyo permiso de circulación anterior fue pagado en comunas pertenecientes a la Provincia de Cachapoal, tienen plazo para realizar este trámite hasta el 31 de Marzo de cada año, para otras Provincias no existe vencimiento. No requieren permiso de circulación los siguientes vehículos. - Los pertenecientes a las fuerza de Armada y Orden ( uso exclusivo militar o policial) - Los pertenecientes al cuerpo de Bomberos - Los de propiedad de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país (acreditadas por Ministerio del Interior). Tramites que se pueden realizar: 1.- Obtención y Renovación de Permiso de Circulación 2.- Permiso de Circulación Vehículos Importados y otros 3.- Duplicado de Permiso de Circulación 4.- Registro comunal de Carros de Arrastre y Remolques 5.- Revisión Ocular 6.- Duplicado de Sellos de Circulación 7.- Certificados 8.- Permisos de Traslado. 1.- Obtención y Renovación de Permisos de Circulación Requisitos Tipo de vehiculo Valor Permiso Anual - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Permiso de Circulación del año Anterior. - Padrón del Vehiculo - Factura (primer permiso y segundo si corresponde) - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas vehiculo importado e Inscripción en el Registro Civil Vehículos Particulares Vehículos de Alquiler de Lujo Vehículos de Ambulancias Vehículos de Turismo, carro de Arrastre o remolques Motos etc. Renovación según tasación del Sii. - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Permiso de Circulación del año Anterior. - Padrón del Vehiculo - Factura (primer permiso) vehículos de Alquiler Vehículos Locomoción Colectiva Con o sin taxímetro - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Permiso de Circulación del año Anterior. - Padrón del Vehiculo - Factura (primer permiso) -- Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Permiso de Circulación del año Anterior. - Padrón del Vehiculo - Factura (primer permiso) Primer Permiso Vehiculo nuevo factura valor neto. segundo Permiso Vehiculo nuevo factura meno 5%. Valor Mínimo 1/2 UTM Vehículos de Carga Maquinaria Motorizada Trilladoras, Buldózer, Aplanadoras, Excavadoras, Tractores, etc. Este impuesto se aplicará cuando estos vehículos transiten por caminos, calles y vías públicas en general 1 UTM. De 1.750 a 5.000 Kg. = 1 UTM De 5.001 a 10.000 Kg. = 2 UTM De más de 10.000 Kg. = 3 UTM 1/2 UTM 2.- Permiso de Circulación Vehiculo Importados y Otros Requisitos Situación del vehiculo - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas. - Inscripción en el Registro Civil Importación directa vehículo con uso - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas. - Inscripción en el Registro Civil Importación directa vehículo sin uso - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas. - Inscripción en el Registro Civil Importación directa vehículo con uso para lisiados - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas. - Inscripción en el Registro Civil Vehículos internados por funcionarios de FFAA y Carabineros - Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas. - Inscripción en el Registro Civil Vehículos de funcionarios Diplomáticos -Copia Seguro automotriz Obligatorio - Copia Certificado de Homologación o Revisión Técnica y Análisis de Gases - Factura o Declaración de Ingreso de Aduanas. - Inscripción en el Registro Civil Vehículos internados por Diplomáticos Chilenos Valor Permiso Anual Según tasación Sii. - Un vehículo usado que se compro en zona franca y que fue liberado de aduanas De acuerdo a Valor CIF más derechos de aduana - Un vehículo nuevo que se compro en zona franca y que fue liberado de aduanas De acuerdo a 25% de valor de Tasación - Un vehiculo nuevo que se compro en zona franca y que fue liberado de aduanas De acuerdo a Valor CIF. -Vehiculo de funcionarios que cumplieron servicios fuera del país y que lo internan para su uso particular. Este beneficio es mientras el vehiculo sea de su propiedad. De acuerdo a valor de Tasación -Vehiculo que circuló con patente diplomática y que se encuentra autorizado para enajenar. -Vehiculo internados por diplomáticos que vuelven a cumplir funciones en el país De acuerdo a Valor CIF 3.- Duplicado de Permiso de Circulación Este trámite se realizar cuando el permiso de circulación se extravía o destruye en forma total o parcial. Requisitos: - Pertenecer al Registro Comunal - Acreditar dominio del vehículo - Valor permiso 10 % UTM 4.- Registro Comunal de Carros de Arrastre y Remolques Este trámite consiste en inscribir en el registro comunal los carros de arrastre y remolques, con entrega de Padrón, y Placa Patente Única. Documentación requerida: - Factura o Declaración Jurada Notarial con características de propietario y del Carro de Arrastre o Remolque, con carga hasta 3.860 Kg. Los vehículos de esta naturaleza y cuyo peso superen los 3.860 kg. Deben inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil. 5.- Revisión Ocular Este Trámite se debe realizar para verificar en forma ocular el número de motor, color, transformaciones y otros, con la entrega de un Certificado para presentar en Registro Civil. Documentación Requerida: - Factura o padrón - Pertenecer al Registro Comunal de Las Cabras - Permiso de Circulación anterior. 6.- Duplicado de Sellos de Circulación Este trámite se debe realizar cuando el sello se destruye en forma total o parcial, en la Municipalidad en donde pagó el último permiso de circulación. Contribuyentes que no pertenecen a nuestro Registro Comunal, pero que obtuvieron el sello en una comuna que se encuentre a una distancia superior a 150 kilómetros de Las Cabras, podrán solicitar el duplicado presentando la Declaración Jurada simple. Documentación Requerida: - Permiso de Circulación anterior pagado en Las Cabras - Declaración Jurada simple por daño total o parcial del sello - Revisión técnica y Análisis de Gases 7.- Certificados o Informes Se elaboran certificados o informes relacionados con permiso de Circulación correspondiente: - Certificados Oculares - Certificados de Cambio de Tipo de Vehículo 8.- Permiso de Traslados: De conformidad a lo previsto en el artículo 48º de la Ley de Transito, en concordancia con el artículo 14ª de la Ley de Rentas Municipales, la municipalidad está facultada para otorgar permisos especiales de circulación. Permisos especiales: Permiso que autoriza a transitar a los vehículos de prueba de casas comerciales con un máximo de 10 días Requisitos; Carta de solicitud del representante legal aprobado Permisos de Traslado diario: Permite transitar por un lapso máximo de 3 días al mes a un vehículo que carece de permiso de Circulación, para los efectos de traslados para reparación y obtención de revisión técnica. Requisitos: Acreditar dominio del vehículo ( Padrón o Inscripción en el registro Civil) Valor Permiso: 10 % UTM primer permiso 20 % UTM segundo permiso y 30 % UTM tercer permiso. II.- Patentes Municipales El ejerció de toda profesión, oficio, industrial, comercio, arte o cualquier actividad lucrativa requiere de una patente Municipal. Para ello debe informarse en la Unidad de Rentas para los requisitos y procedimiento, la cual se otorgará con arreglo a las norma del D. L. Nº 3.063/79, sobre Rentas Municipales Si se trata de actividades nuevas, la patente se paga en el momento de su aprobación, una vez realizado el giro por la unidad de rentas, en la Tesorería Municipal. Patentes Municipales: 1.2.3.4.5.6.7.8.- Patente Industrial y Comercial Patente de inversión Patente de Alcohol Patente Profesional Patentes Temporales Patentes Provisorias Transferencia de Patentes Municipales Traslado o Cambio de Local de Patentes Municipales. 1.- Patente Industrial y Comercial: Obtener el formulario de solicitud respectivo, mediante una entrevista con el o los funcionarios destinados a la atención personalizada en los módulos correspondientes, quien le orientara en relación a la materia. Adjuntar los antecedentes necesarios que el caso requiera, los que debe ingresar conjuntamente con el formulario de solicitud de patente y que formaran un expediente de patente. Para ejercer las actividades de expendio y consumo de alimentos, y otras específicas que se refiere la circular Nº 114 del 23/07/1981 del Ministerio de Salud, deberá presentar resolución sanitaria emitida por ese Ministerio. Autorización de otros organismos cuando proceda. Si la solicitud corresponde a la apertura de una sucursal, deberá presentar certificado de distribución de capital propio emitido por la municipalidad donde opera las casa matriz adjuntar a demás fotocopia de la iniciación de actividades. Artículo 24° de la Ley de Rentas Municipales: el valor comprendidos entre el 1° de Julio y el 30 junio del año siguiente. por 12 meses de la patente, a).- Requisitos: Llenar solicitud en la Unidad de Rentas Fotocopia de Cédula de Identidad Fotocopia de Escritura, contrato de arriendo y/ o Autorización del local. Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Resolución de Sanidad según corresponda Autorización del SEC. SAG. Según corresponda Informe Recepción y Zonificación del Local Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará. Si el solicitante corresponde a una sociedad, además deberá presentar: Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad y del Representante legal Fotocopia del RUT de la sociedad. b).- Valor a pagar: Si se trata de establecimientos que ya cuentan con patente, el pago se deberá realizar en dos cuotas dentro de los meses de Julio y Enero de cada año. El pago corresponde anual al 2.5 por mil del capital propio y valor mínimo es de una UTM más los derechos de aseo y propaganda. Si el monto del capital es igual o inferior a 200 UTM, el valor de la patente será de 1 UTM. Si el monto del capital es superior a 200 UTM, el valor de la patente será la cifra que resulte de multiplicar el capital por el 2,5 por mil. c).- Cuánto dura el trámite: Si la actividad solicitada no requiere de autorización o informe sanitario, reunidos los requisitos básicos y comprobado el requisito de zonificación (que el uso de suelo permita la actividad), la patente se otorga en forma provisoria, pudiendo el contribuyente funcionar de inmediato. 2.- Patente Inversiones: Es el ejercicio de una actividad lucrativa, terciaria, afecta al pago de patente municipal que no requiere registrar un domicilio físico, solo comercial a).- Requisitos: Llenar solicitud en la Unidad de Rentas Fotocopia de RUT de la empresa Fotocopia de Cédula de Identidad de los socios o del representante legal Fotocopia de Escritura y constitución de la sociedad Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Certificado de NO deuda en la Municipalidad anterior si corresponde. b).- Valor a pagar: Si se trata de establecimientos que ya cuentan con patente, el pago se deberá realizar en dos cuotas dentro de los meses de Julio y Enero de cada año. El pago corresponde anual al 2.5 por mil del capital propio y valor mínimo es de una UTM. Si el monto del capital es igual o inferior a 200 UTM, el valor de la patente será de 1 UTM. Si el monto del capital es superior a 200 UTM, el valor de la patente será la cifra que resulte de multiplicar el capital por el 2,5 por mil. c).- Cuánto dura el trámite: Reunidos los requisitos básicos se otorga la patente. 3.- Patente de alcohol: El ejercicio de comercio, distribución, expendio y consumo de bebidas alcohólicas, esta Sujeta al pago de una contribución de patente municipal y una de patente de alcohol, las cuales se otorgarán con arreglo a las normas del D. L. N° 3.063/79, sobre rentas Municipales, de la Ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. Reunidos todos los requisitos, el Alcalde deberá requerir el acuerdo del Concejo Municipal para la autorización de la patente. a).- Requisitos: Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales Fotocopia de cédula de Identidad Fotocopia de escritura, autorización, o contrato de arriendo Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el de Registro Civil. Declaración jurada de idoneidad de no estar afecto a las prohibiciones del articulo 4° de la Ley 19.925. Informe de Carabineros (Retirar formulario en Rentas) Opinión de la Junta de vecinos del sector donde se emplazará la actividad (Retirar formulario en Rentas). Revolución de sanidad. Si el solicitante corresponde a una sociedad, además deberá presentar: Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad y del Representante legal Fotocopia del RUT de la sociedad. Certificado de antecedentes emitido por el Registro Civil de todos los miembros de la sociedad. Se trata de una sociedad anónima, el certificado deberá corresponder a los miembros del directorio y del representante legal. Declaración jurada de idoneidad de todos los miembros de la sociedad de no encontrarse afecto a las prohibiciones del artículo 4° de la Ley 19.925. Si se trata de una sociedad anónima, la declaración deberá corresponder a los miembros del directorio y a su representante legal. b).- Valor a pagar: • Artículo 24° de la Ley 3.063 de Rentas Municipales: el valor por 12 meses de la patente, comprendidos entre el 1° de Julio y el 30 junio del año siguiente. Si el monto del capital es igual o inferior a 200 UTM, el valor de la patente será de 1 UTM. Si el monto del capital es superior a 200 UTM, el valor de la patente será la cifra que resulte de multiplicar el capital por el 2,5 por mil. • Articulo 3° de la Ley N° 19.925: esta norma establece un valor semestral, expresado en unidades tributarias mensuales, de acuerdo a la clasificación y características de cada una de las patentes allí establecidas estas son las siguientes. PATENTES DE ALCOHOLES LEY 19.925 CLASIFICACION-VALORES - HORARIO LAS CABRAS C L A S E GIRO USO A DEPOSITO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Para ser consumidas fuera de local de venta o de su dependencia B 1.- HOTELES Y ANEXOS DE HOTELES 1.-Hotel y Anexos de Hotel en que se presta servicio de hospedaje y alimentación, el expendio debe realizarse en las dependencias del hotel. 2.- Casas de pensión o residencial que proporcione alojamiento y comida el expendio es para los alojados en los horarios de comidas Con expendio de bebidas alcohólica a los clientes que concurran a ingerir alimentos preparados 1.-Cabaret con espectáculo artístico y expendio de bebidas alcohólica 2.-Peñas folclóricas, destinada a difundir el folclore nacional con venta de bebidas alcohólicas Cantinas, Bares, Pubs y Tabernas con expendio y venta de comida rápida. 2.- CASAS DE PENSIÓN O RESIDENCIALES C D RESTAURANTES 1.- DIURNOS Y NOCTURNO 1.-CABARET 2.-PEÑAS FOLCLORICAS E CANTINAS, BARES, PUBS Y TABERNAS F ESTA. DE EXPENDIO DE CERVEZAS O SIDRAS DE FRUTAS G QUINTAS DE RECREO O SERVICIOS AL AUTO H MINI MERCADOS VALOR HORARIO La restricción no regirá para el 1º Enero y Fiesta Patrias 1 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la madrugada del sábado y feriados 0,7 UTM 0,6 UTM 1,2 UTM 10 A 04. hrs. , 1 horas mas la madrugada del sábado y feriados 3,5 UTM 10 a 04 hrs.1 horas mas la madrugada 3 UTM del sábado y feriados 2 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la madrugada del sábado y feriados Que podrá funcionar en forma aislada o junto a una pastelería fuentes de soda u otro análogo para ser consumidas en mismo local Que reúne las condiciones de bar ,restaurante, cabaret, pero con playa de estacionamiento de automóviles para clientes. Expendio en el mismo local. 0,5 UTM 10. y las 04 hrs. , 1 horas mas la madrugada del sábado y feriados Que funcione anexo a un minimarket o almacén por mayor o al detalle para ser consumida fuera del local 1,5 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la madrugada del sábado y feriados 3,5 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la madrugada del sábado y feriados I 1.-HOTELES 2.-HOSTERIA 3.-MOTEL 4.-RESTAURANTE DE TURISMO J K L M N Ñ P O BODEGAS ELABODORA. O DISTRIBUCION DE VINOS, LICORES O CERVEZA LICORES O CERVEZAS CASA IMPORTADORAS DE VINOS O LICORES AGENCIAS DE VIÑAS O INDUSTRIAS DE LICORES ESTABLECIDAS FUERA DE LA COMUNA Hotel de Turismo que presta al turista Servicio complementario y que comprende las patentes de hotel, restaurante, cantina y cabaret Hostería de Turismo que presta al turista servicio de hospedaje en unidades independientes o aisladas entre si, dotadas de elementos que permitan preparación de comida Motel de Turismo que se proporciona servicio de hospedaje en unidades habitacionales independientes o aisladas entre si, dotada de elementos que permitan la preparación de comidas Restaurante de Turismo que comprende las patentes de restaurante, cantinas y cabaret Bodega elaboradora o distribuidora de vinos y licores o cerveza por mayor, cantidades no inferior a 200 litros Empresa productoras y exportadoras de vinos, pisco o cerveza Facultados para hacer degustaciones o venta al detalle siempre que sea en el recinto de producción y habilitado Destinada a venta al por mayor de vinos y licores importados 5 UTM 3 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la 2 UTM madrugada del sábado y feriados 4 UTM 1,5 UTM 10 a 22 hrs. 3 UTM 0,5 UTM 10 a 22 hrs. Que venda por medio de comisionista o 1 UTM 10 a 22 hrs. de corredores, vino o licores en representación y por cuenta de una o más viñas o de una o mas fabrica de licores o de ambas, siempre que esta se encuentre ubicadas fuera de la comuna donde el agente ejerce su actividad. CÍRCULOS O CLUBES Deportivos o Culturales con personalidad 1 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la SOCIALES jurídica a quienes se les puede otorgar madrugada del sábado y feriados patente de bebidas alcohólica siempre que tenga patente de restaurante. DEPÓSITOS TURISTICOS Depósitos de ventas de bebidas 3 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la alcohólicas de fabrica nacional, para ser madrugada del sábado y feriados consumir fuera del local ubicadas en terminales arreos y marítimos con tráfico internacional. SALONES DE TÉ O Se permite también el expendio de 0,5 UTM 10 A 04 hrs., 1 horas mas la CAFETERIAS cerveza, de sidra y vino, siempre que madrugada del sábado y feriados venga embasados. SUPERMERCADOS Superficie mínima de 100 mt2 bodega 3 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la venta, 2 cajas pagadora , bodega y madrugada del sábado y feriados estacionamiento expendio de bebidas alcohólica para ser consumidas fuera del local O.- SALONES DE BAILE O Para ser consumidas en el mismo recinto, 2 UTM 19 A 04 hrs. 1 horas mas la DISCOTECAS con pista de baile y música embasada madrugada del sábado y feriados LIMITADAS A , E, F, H y Según Ley Rentas II Nº 20.033, el caso de las patentes Ñ y G servicio al auto no se podrán otorgar nuevas patentes. c).- Cuánto dura el trámite: Las patentes de alcoholes no pueden otorgarse en forma provisoria, de manera que el plazo del trámite de autorización depende del tiempo que demore el contribuyente en reunir los requisitos necesarios para ello. 4.- Patente profesional: Las personas que ejerzan profesiones liberales o cualquier otra profesión u oficio lucrativa, tramitaran y pagarán su patente anual en la comuna donde desempeñen la actividad o lugar determinado. a).- Requisitos: Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales Fotocopia de cédula de Identidad Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Fotocopia de Titulo o Certificado de Titulo. b).- Valor a pagar: El valor a pagar corresponde al 1 UTM anual más derecho de propaganda y ase si corresponde c).- Cuánto dura el trámite: Si la actividad solicitada no requiere de autorización o informe sanitario, requisitos básicos se otorga en forma provisoria, pudiendo el contribuyente de inmediato. reunidos los funcionar 5.- Patente Temporal: Según Articulo 28 Ley 3.063 sobre otorgamientos de patentes temporales en Balnearios o lugares Turísticos. En la comuna comprende los sectores; Seminario, Llallauquen , Las Balsas, El Estero y El Manzano, por la temporada estival ( Diciembre, Enero y Febrero). Estas pueden ser patente: A).- Patente Expendio de Cerveza. B).- Patente Comercial. A.).-Expendio de Cerveza. a.1).- Requisitos: Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales Contar con una patente comercial y al día en los pagos Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el de Registro Civil. Declaración jurada de idoneidad de no estar afecto a las prohibiciones del articulo 4° de la Ley 19.925. Local ubicado en Rivera del lago a.2).- Valor a pagar: El valor a cancelar corresponde a media UTM. Por el periodo autorizado. a.3).- Cuánto dura el trámite: Reunidos todos los requisitos, el Alcalde deberá requerir el acuerdo del Concejo Municipal para la autorización de la patente. Las solicitudes se presentan en la unidad de renta por el contribuyente en el mes de Noviembre de cada año. B).- Patente Comercial. a.1). Requisitos: Llenar solicitud en la Unidad de Rentas Fotocopia de Cédula de Identidad Fotocopia de Escritura, contrato de arriendo y/ o Autorización del local. Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Resolución de Sanidad según corresponda Autorización del SEC. SAG. Según corresponda Informe Recepción y Zonificación del Local Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará a.2).- Valor a pagar: El valor a cancelar corresponde a media UTM. Semestral. a.3).- Cuánto dura el trámite: Reunidos todos los requisitos anualmente se otorga la patente. Las solicitudes se presentan en la unidad de renta por el contribuyente en el mes de Noviembre de cada año. 6.- Patente Provisoria: Se otorga esta patente cuando el contribuyente ingresa a esta un unidad el expediente con todos los requisitos para postular a la patente comercial y se encuentran en condiciones de iniciar su actividad comercial inmediatamente. a).-Requisitos: Llenar solicitud en la Unidad de Rentas Fotocopia de Cédula de Identidad Fotocopia de Escritura, contrato de arriendo y/ o Autorización del local. Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Resolución de Sanidad según corresponda Autorización del SEC. SAG. Según corresponda Informe Recepción y Zonificación del Local Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará. b).- Valor a pagar: El valor a cancelar corresponde al 15 % UTM mensual b).- Cuánto dura el trámite: Un vez ingresando el expediente, por el contribuyente con los antecedentes requeridos se otorga la patente provisoria mientras se decreta y se enrola la patente definitiva. 7.- Transferencia de Patentes Municipales: Si un establecimiento amparado con patente Comerciales, Industriales, o de Alcoholes cambiare de dominio, el nuevo dueño deberá hacer anotar la transferencia ante la Municipalidad en la unidad de Renta. Las transferencias de patentes municipales son autorizadas a través de un decreto alcaldicio cuando se reúnan todos los requisitos para ello. Requisitos: Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales Fotocopia de cédula de Identidad Contrato de compraventa o título que acredite el cambio de domicilio de la patente o declaración de transferencia Autorización o informe sanitario, del nuevo dueño, si corresponde Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII. Fotocopia de Titulo o Certificado de Titulo Informe Recepción y Zonificación del Local Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará. Si la patente a transferir es alcohol. Requisitos: Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el de Registro Civil. Declaración jurada de idoneidad de no estar afecto a las prohibiciones del articulo 4° de la Ley 19.925. Informe de Carabineros (Retirar formulario en Rentas) Opinión de la Junta de vecinos del sector donde se emplazará la actividad (Retirar formulario en Rentas). Si el solicitante corresponde a una sociedad, además deberá presentar: Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad y del Representante legal Fotocopia del RUT de la sociedad. Certificado de antecedentes emitido por el Registro Civil de todos los miembros de la sociedad. Se trata de una sociedad anónima, el certificado deberá corresponder a los miembros del directorio y del representante legal. Declaración jurada de idoneidad de todos los miembros de la sociedad de no encontrarse afecto a las prohibiciones del artículo 4° de la Ley 19.925. Si se trata de una sociedad anónima, la declaración deberá corresponder a los miembros del directorio y a su representante legal. 8.- Traslado o Cambio de Local de Patentes Municipales: Las patentes municipales (Comerciales, Industriales, Profesionales y de Alcoholes) existentes en la comuna podrán ser trasladas o cambiadas de local, previa autorización por parte de la Municipalidad y previo cumplimiento de los requisitos para ello. Requisitos: Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales Contrato de compraventa o título que acredite el cambio de domicilio de la patente. Autorización o informe sanitario, si corresponde Informe Recepción y Zonificación del Local Otros antecedentes, informes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el trámite, dependiendo del tipo de patente de alcoholes de que se trate. Si la solicitud corresponde a una patente de alcoholes, además se deberá presentar: Autorización Sanitaria. Informe de Carabineros. Opinión de la junta e vecinos del sector donde se emplazará la actividad. Otros antecedentes, informes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el trámite, dependiendo del tipo de patente de alcoholes de que se trate. Los cambios de locales o traslados de patentes municipales no pueden ser autorizados en forma provisoria, ya que esta figura sólo está referida para el otorgamiento de patentes, de manera que el plazo de autorización dependerá del período en que se reúnan todos los requisitos para ello, y son autorizados a través de un decreto municipal Los cambios de local de patentes de alcoholes, una vez reunidos todos los requisitos, requieren del acuerdo del Concejo Municipal, y de un decreto municipal. III.- Ingresos Varios: Los trámites generados por los departamentos Municipales, son ingresados para posterior recaudo en dirección de administración y Finanzas. Correspondiendo a esta unidad generar el ingreso en el sistema computacional .Los valores de Los permiso y derechos son según lo contemplado en la ordenanza Municipal. 1.- Dirección de Desarrollo Comunitario 2.- Dirección de Obras 3.- Transito y Transporte Público 4.- Tesorería 5.- Juzgado de policía Local 6.- Secretaria Municipal 7.- Rentas 1.- Dirección de Desarrollo Comunitario: - Ingreso por Autorización de Actividades Sociales organizadas por Instituciones o particulares con aporte al comité de navidad. 2.- Dirección de Obras Ingresos por: - Cancelación de certificado de Información previas, de Numero, daños, no expropiación, Urbanización, Zonificación entre otros. - Derecho de edificación, Subdivisión y Fusión de Terreno - Extracción de áridos - Pago de convenio e Informes - Cancelación de aparcamiento de de vehículos, animales en corrales Municipales - Cancelación de rompimiento de veredas y/o ocupación de estas con escombros o material de Construcción. - Pago por uso de Estadio Municipal 3.- Transito y Transporte Público: - Ingreso por cancelación de Licencia de Conducir, Duplicados y Cambio de domicilio. - Ingreso por extravió o deterioro del cuestuario para examen. 4.- Tesorería: - Deposito directos, ingresados a las diferentes cuentas Municipales, estas pueden de aportes por convenio, proyectos, Subsidio, Fondo común entre otros. - Ingresos de cheques por proyectos, Licencia médica, aportes varios - Ingreso por ventas de Estampilla de Impuesto Municipal - Ingreso por Venta de guía de Libre Transito 5.- Juzgado de policía Local: - Ingreso por cancelación de multas por infracción a la Ley de Transito, Ley de Alcoholes, Ley de Rentas Municipales, Ordenanza Municipal entre otros. 6.- Secretaria Municipal: - Ingresos por arriendo de Uso de Casino Municipal 7.- Rentas Ingresos y permisos varios: a).- Ingresos por cancelación Permiso Ambulante, en el caso de venta de alimentos y mariscos requiere resolución de sanidad, este permiso puede ser: PERMISO DIARIO SEMANAL MENSUAL SEMESTRAL VALOR 5% UTM 10% UTM 20% UTM 50% UTM b).-Ingresos por cancelación de uso de Espacio Publico con un valor de 8 % UTM semestral o proporcional, se otorgan estos permisos en los siguientes casos: - Exposición y venta de mercadería. - Instalación de Toldos, Andamios, Mesones y Aleros. - Permiso de Circo, Juegos, Exposiciones y Promociones. c).- Ingreso por permiso relativo a la propaganda. - Altos Parlante con un valor del 5% UTM diario y 10% UTM Semanal, Volumen moderado entre los horarios de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábado de 9 a 14 horas. - Letreros con un valor del 10% UTM semanal o fraccional por metro cuadrado d).-Ingreso por pago de Multas Impagas Otro Municipios, este ingreso realiza cuando el contribuyen al momento de renovar su permiso de circulación tiene una multa impagas del Registro Nacional de Multas. e).-Ingresos por cancelación del derecho de aseo según La Ley de Rentas II pagan aseo todas las Propiedades con un avaluó fiscal superior a 225 UTM. Todos los sitios eriazos cancelan este derecho. El valor es fijado por la Municipalidad a solicitud de La Dirección de Obras, Aseo y Ornato y Dirección de Administración y Finanzas, se requiere la aprobación del concejo Municipal mediante decreto y/o ordenanza, el valor se cancela en cuatro cuatas anual, cuyo vencimiento es: - 31 de Marzo, 30 de Junio, 30 de Septiembre y 31 de Diciembre de cada año. F).- Ingresos por cancelación de Permiso de Maquinas de Destreza, El contribuyente debe llenar solicitud en la Unidad de Rentas y cancelar 1 UTM semestral por números de maquinas. g).- Ingresos por cancelación de Permisos de Circo con un valor de 1 UTM diaria y Parque de entretenimiento, con un valor de10% UTM diario. Se requiere dejar un garantía por aseo o posible deterioro del espacio público, esta debe quedar en resguardo en la Unidad de tesorería Municipal, por un valor de 2 UTM y requiere presentar solicitud ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad h).-Ingresos por cancelación de permiso de Ramada por venta de frutos de la temporada, el valor es de 25% de la UTM mensual por un máximo de 4 meses y requiere, fotocopia de escritura, autorización o contrato de arriendo del lugar donde se instalara la Ramada. i).- Permisos cancelados por Juego de entretenimiento, corresponde cancela el 5% del de la UTM diario y Requiere presentar solicitud ingresada en oficina de partes de la Municipalidad. Requiere presentar solicitud ingresada por oficina de partes. Las Cabras Marzo 2011
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