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Manual de Procedimiento Depto Rentas
Municipalidad de Las Cabras
La misión de la Unidad de Rentas, es velar por el cumplimiento de las leyes
y normas que las regulan. Además nuestro departamento es el encargado de la
emisión de
Permisos de Circulación, Patentes Municipales (Comerciales,
Industriales, Alcohol, Profesionales e Inversiones ) y Permisos e Ingresos varios.
Horario de Atención y contacto
Lunes a Jueves de 8:30 13:00 hrs. y de 14:30 a 17:30 hrs.
Viernes de 8:30 a 12:30 Hrs.
Ante cualquier duda se puede contactar a:
Fono 501676 – 501680 – 501028 – 501250
Fax 501269
E-mail: rentas_municipalidadlascabras hotmail.com
Rentas lascabrasmunicipalidad.cl
Para la cancelación de Permiso de Circulación, Patentes Comerciales y
Derechos Municipales, la unidad de Rentas debe generar el giro correspondiente y
los contribuyentes deberán pagar los derechos en Tesorería Municipal.
I.
PERMISO DE CIRCULACION
II.
PATENTES MUNICIPALES
III.
INGRESOS VARIOS
I.- Permiso de Circulación
La Ley 3.063 de Rentas Municipales faculta a las municipalidades para efectuar el pago de la
renovación de permiso de Circulación este puede ser 2 cuotas, siendo obligación del contribuyente
pagar la segunda cuota en la misma municipalidad en donde pago la primera cuota. El monto de la
segunda cuota, corresponde al valor cuota reajustado por el IPC.
Fechas de pago de Permisos de Circulación
Tipo de Vehiculo
Vehículos Particulares
Total o 1° Cuota
Hasta el 31 de Marzo
2° Cuota
Hasta el 31 de Agosto
Vehiculo de Alquiler de Lujo y Turismo
Hasta el 31 de Marzo
Hasta l 31 de Agosto
Vehículos de Alquiler y Locomoción
Colectiva
Vehículos de Carga
Hasta el 31 de Mayo
Hasta el 30 de Junio
Hasta el 30 de
Septiembre
Hasta el 31 de Octubre
Los artículos 12º y siguientes de la Ley de Rentas Municipales establecen que los Vehículos que
transiten por las calles, caminos y vías públicas en general, estarán gravados con un impuesto
anual por permiso de circulación.
Este es un trámite que debe realizarse todos los años en las
fechas de vencimiento indicadas anteriormente.
El primer permiso de circulación se cobra en forma proporcional dependiendo del valor neto de
factura, desde el mes de emisión de ésta hasta el mes de diciembre del año en curso.
La validez
de este permiso es hasta el vencimiento del año siguiente, dependiendo del tipo de vehículo.
No cancelan permiso de circulación los vehículos que en uno o más años completos ha estado
fuera de circulación y ello se acredita mediante declaración jurada simple que deberá entregarse a
la municipalidad donde obtuvo el último permiso de circulación, hasta el 30 de noviembre del
año al que corresponda pagar el impuesto según articulo 16 Ley 3.063.
Para aquellos vehículos cuyo permiso de circulación anterior fue pagado en comunas
pertenecientes a la Provincia de Cachapoal, tienen plazo para realizar este trámite hasta el 31 de
Marzo de cada año, para otras Provincias no existe vencimiento.
No requieren permiso de circulación los siguientes vehículos.
- Los pertenecientes a las fuerza de Armada y Orden ( uso exclusivo militar o policial)
- Los pertenecientes al cuerpo de Bomberos
- Los de propiedad de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país
(acreditadas por Ministerio del Interior).
Tramites que se pueden realizar:
1.- Obtención y Renovación de Permiso de Circulación
2.- Permiso de Circulación Vehículos Importados y otros
3.- Duplicado de Permiso de Circulación
4.- Registro comunal de Carros de Arrastre y Remolques
5.- Revisión Ocular
6.- Duplicado de Sellos de Circulación
7.- Certificados
8.- Permisos de Traslado.
1.- Obtención y Renovación de Permisos de Circulación
Requisitos
Tipo de vehiculo
Valor Permiso Anual
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Permiso de Circulación del año
Anterior.
- Padrón del Vehiculo
- Factura (primer permiso y segundo si
corresponde)
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas vehiculo importado e
Inscripción en el Registro Civil
Vehículos Particulares
Vehículos de Alquiler de Lujo
Vehículos de Ambulancias
Vehículos de Turismo, carro de
Arrastre o remolques
Motos etc.
Renovación según
tasación del Sii.
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Permiso de Circulación del año
Anterior.
- Padrón del Vehiculo
- Factura (primer permiso)
vehículos de Alquiler
Vehículos Locomoción Colectiva
Con o sin taxímetro
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Permiso de Circulación del año
Anterior.
- Padrón del Vehiculo
- Factura (primer permiso)
-- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Permiso de Circulación del año
Anterior.
- Padrón del Vehiculo
- Factura (primer permiso)
Primer Permiso Vehiculo
nuevo factura valor neto.
segundo Permiso
Vehiculo nuevo factura
meno 5%.
Valor Mínimo 1/2 UTM
Vehículos de Carga
Maquinaria Motorizada
Trilladoras, Buldózer, Aplanadoras,
Excavadoras, Tractores, etc.
Este impuesto se aplicará cuando
estos vehículos transiten por
caminos, calles y vías públicas en
general
1 UTM.
De 1.750 a 5.000 Kg.
= 1 UTM
De 5.001 a 10.000 Kg.
= 2 UTM
De más de 10.000 Kg.
= 3 UTM
1/2 UTM
2.- Permiso de Circulación Vehiculo Importados y Otros
Requisitos
Situación del vehiculo
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas.
- Inscripción en el Registro Civil
Importación directa vehículo con
uso
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas.
- Inscripción en el Registro Civil
Importación directa vehículo sin
uso
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas.
- Inscripción en el Registro Civil
Importación directa vehículo con
uso para lisiados
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas.
- Inscripción en el Registro Civil
Vehículos internados por
funcionarios de FFAA y Carabineros
- Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas.
- Inscripción en el Registro Civil
Vehículos de funcionarios
Diplomáticos
-Copia Seguro automotriz Obligatorio
- Copia Certificado de Homologación o
Revisión Técnica y Análisis de Gases
- Factura o Declaración de Ingreso de
Aduanas.
- Inscripción en el Registro Civil
Vehículos internados por
Diplomáticos Chilenos
Valor Permiso Anual
Según tasación Sii.
- Un vehículo usado que se compro
en zona franca y que fue liberado
de aduanas
De acuerdo a Valor CIF
más derechos de aduana
- Un vehículo nuevo que se compro
en zona franca y que fue liberado
de aduanas
De acuerdo a 25% de
valor de Tasación
- Un vehiculo nuevo que se compro
en zona franca y que fue liberado
de aduanas
De acuerdo a Valor CIF.
-Vehiculo de funcionarios que
cumplieron servicios fuera del país
y que lo internan para su uso
particular. Este beneficio es
mientras el vehiculo sea de su
propiedad.
De acuerdo a valor de
Tasación
-Vehiculo que circuló con patente
diplomática y que se encuentra
autorizado para enajenar.
-Vehiculo internados por
diplomáticos que vuelven a cumplir
funciones en el país
De acuerdo a Valor CIF
3.- Duplicado de Permiso de Circulación
Este trámite se realizar cuando el permiso de circulación se extravía o destruye en forma total o
parcial.
Requisitos:
- Pertenecer al Registro Comunal
- Acreditar dominio del vehículo
- Valor permiso 10 % UTM
4.- Registro Comunal de Carros de Arrastre y Remolques
Este trámite consiste en inscribir en el registro comunal los carros de arrastre y remolques, con
entrega de Padrón, y Placa Patente Única.
Documentación requerida:
- Factura o Declaración Jurada Notarial con características de propietario y del Carro de Arrastre o
Remolque, con carga hasta 3.860 Kg.
Los vehículos de esta naturaleza y cuyo peso superen los 3.860 kg. Deben inscribirse en el
Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil.
5.- Revisión Ocular
Este Trámite se debe realizar para verificar en forma ocular el número de motor, color,
transformaciones y otros, con la entrega de un Certificado para presentar en Registro Civil.
Documentación Requerida:
- Factura o padrón
- Pertenecer al Registro Comunal de Las Cabras
- Permiso de Circulación anterior.
6.- Duplicado de Sellos de Circulación
Este trámite se debe realizar cuando el sello se destruye en forma total o parcial, en la
Municipalidad en donde pagó el último permiso de circulación.
Contribuyentes que no pertenecen a nuestro Registro Comunal, pero que obtuvieron el sello en una
comuna que se encuentre a una distancia superior a 150 kilómetros de Las Cabras, podrán solicitar
el duplicado presentando la Declaración Jurada simple.
Documentación Requerida:
- Permiso de Circulación anterior pagado en Las Cabras
- Declaración Jurada simple por daño total o parcial del sello
- Revisión técnica y Análisis de Gases
7.- Certificados o Informes
Se elaboran certificados o informes relacionados con permiso de Circulación correspondiente:
- Certificados Oculares
- Certificados de Cambio de Tipo de Vehículo
8.- Permiso de Traslados:
De conformidad a lo previsto en el artículo 48º de la Ley de Transito, en concordancia con el artículo 14ª de la
Ley de Rentas Municipales, la municipalidad está facultada para otorgar permisos especiales de circulación.
Permisos especiales: Permiso que autoriza a transitar a los vehículos de prueba de casas
comerciales con un máximo de 10 días
Requisitos; Carta de solicitud del representante legal aprobado
Permisos de Traslado diario: Permite transitar por un lapso máximo de 3 días al mes a un
vehículo que carece de permiso de Circulación, para los efectos de traslados para reparación y
obtención de revisión técnica.
Requisitos: Acreditar dominio del vehículo ( Padrón o Inscripción en el registro Civil)
Valor Permiso:
10 % UTM primer permiso
20 % UTM segundo permiso y
30 % UTM tercer permiso.
II.- Patentes Municipales
El ejerció de toda profesión, oficio, industrial, comercio, arte o cualquier actividad lucrativa
requiere de una patente Municipal. Para ello debe informarse en la Unidad de Rentas para
los requisitos y procedimiento, la cual se otorgará con arreglo a las norma del D.
L. Nº 3.063/79, sobre Rentas Municipales
Si se trata de actividades nuevas, la patente se paga en el momento de su aprobación, una
vez realizado el giro por la unidad de rentas, en la Tesorería Municipal.
Patentes Municipales:
1.2.3.4.5.6.7.8.-
Patente Industrial y Comercial
Patente de inversión
Patente de Alcohol
Patente Profesional
Patentes Temporales
Patentes Provisorias
Transferencia de Patentes Municipales
Traslado o Cambio de Local de Patentes Municipales.
1.- Patente Industrial y Comercial:
Obtener el formulario de solicitud respectivo, mediante una entrevista con el o los
funcionarios destinados a la atención personalizada en los módulos correspondientes, quien le
orientara en relación a la materia.
Adjuntar los antecedentes necesarios que el caso requiera, los que debe ingresar
conjuntamente con el formulario de solicitud de patente y que formaran un expediente de patente.
Para ejercer las actividades de expendio y consumo de alimentos, y otras específicas
que se refiere la circular Nº 114 del 23/07/1981 del Ministerio de Salud, deberá presentar
resolución sanitaria emitida por ese Ministerio. Autorización de otros organismos cuando proceda.
Si la solicitud corresponde a la apertura de una sucursal, deberá presentar certificado de
distribución de capital propio emitido por la municipalidad donde opera las casa matriz adjuntar a
demás fotocopia de la iniciación de actividades.
Artículo 24° de la Ley de Rentas Municipales: el valor
comprendidos entre el 1° de Julio y el 30 junio del año siguiente.
por 12 meses de la patente,
a).-
Requisitos:
™
™
™
™
™
™
™
™
Llenar solicitud en la Unidad de Rentas
Fotocopia de Cédula de Identidad
Fotocopia de Escritura, contrato de arriendo y/ o Autorización del local.
Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
Resolución de Sanidad según corresponda
Autorización del SEC. SAG. Según corresponda
Informe Recepción y Zonificación del Local
Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el
trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará.
Si el solicitante corresponde a una sociedad, además deberá presentar:
™ Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal
™ Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad y del Representante legal
™ Fotocopia del RUT de la sociedad.
b).- Valor a pagar:
Si se trata de establecimientos que ya cuentan con patente, el pago se deberá realizar en dos
cuotas dentro de los meses de Julio y Enero de cada año. El pago corresponde anual al 2.5 por mil
del capital propio y valor mínimo es de una UTM más los derechos de aseo y propaganda. Si el
monto del capital es igual o inferior a 200 UTM, el valor de la patente será de 1 UTM. Si el monto
del capital es superior a 200 UTM, el valor de la patente será la cifra que resulte de multiplicar el
capital por el 2,5 por mil.
c).- Cuánto dura el trámite:
Si la actividad solicitada no requiere de autorización o informe sanitario, reunidos los
requisitos básicos y comprobado el requisito de zonificación (que el uso de suelo permita la
actividad), la patente se otorga en forma provisoria, pudiendo el
contribuyente
funcionar de inmediato.
2.- Patente Inversiones:
Es el ejercicio de una actividad lucrativa, terciaria, afecta al pago de patente municipal que no
requiere registrar un domicilio físico, solo comercial
a).-
Requisitos:
™
™
™
™
™
™
Llenar solicitud en la Unidad de Rentas
Fotocopia de RUT de la empresa
Fotocopia de Cédula de Identidad de los socios o del representante legal
Fotocopia de Escritura y constitución de la sociedad
Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
Certificado de NO deuda en la Municipalidad anterior si corresponde.
b).- Valor a pagar:
Si se trata de establecimientos que ya cuentan con patente, el pago se deberá realizar en
dos cuotas dentro de los meses de Julio y Enero de cada año. El pago corresponde anual
al 2.5 por mil del capital propio y valor mínimo es de una UTM. Si el monto del capital es
igual o inferior a 200 UTM, el valor de la patente será de 1 UTM. Si el monto del capital es
superior a 200 UTM, el valor de la patente será la cifra que resulte de multiplicar el capital
por el 2,5 por mil.
c).- Cuánto dura el trámite:
Reunidos los requisitos básicos se otorga la patente.
3.- Patente de alcohol:
El ejercicio de comercio, distribución, expendio y consumo de bebidas alcohólicas, esta
Sujeta al pago de una contribución de patente municipal y una de patente de alcohol, las
cuales se otorgarán con arreglo a las normas del D. L. N° 3.063/79, sobre
rentas Municipales, de la Ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas
alcohólicas.
Reunidos todos los requisitos, el Alcalde deberá requerir el acuerdo del Concejo Municipal
para la autorización de la patente.
a).- Requisitos:
™ Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales
™ Fotocopia de cédula de Identidad
™ Fotocopia de escritura, autorización, o contrato de arriendo
™ Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
™ Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el de Registro Civil.
™ Declaración jurada de idoneidad de no estar afecto a las prohibiciones del articulo
4° de la Ley 19.925.
™ Informe de Carabineros (Retirar formulario en Rentas)
™ Opinión de la Junta de vecinos del sector donde se emplazará la actividad (Retirar
formulario en Rentas).
™ Revolución de sanidad.
Si el solicitante corresponde a una sociedad, además deberá presentar:
™ Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal
™ Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad y del Representante legal
™ Fotocopia del RUT de la sociedad.
™ Certificado de antecedentes emitido por el Registro Civil de todos los miembros de
la sociedad. Se trata de una sociedad anónima, el certificado deberá corresponder
a los miembros del directorio y del representante legal.
™ Declaración jurada de idoneidad de todos los miembros de la sociedad de no
encontrarse afecto a las prohibiciones del artículo 4° de la Ley 19.925. Si se trata
de una sociedad anónima, la declaración deberá corresponder a los miembros del
directorio y a su representante legal.
b).- Valor a pagar:
•
Artículo 24° de la Ley 3.063 de Rentas Municipales: el valor por 12 meses de la patente,
comprendidos entre el 1° de Julio y el 30 junio del año siguiente. Si el monto del capital
es igual o inferior a 200 UTM, el valor de la patente será de 1 UTM. Si el monto del
capital es superior a 200 UTM, el valor de la patente será la cifra que resulte de multiplicar
el capital por el 2,5 por mil.
•
Articulo 3° de la Ley N° 19.925: esta norma establece un valor semestral, expresado en
unidades tributarias mensuales, de acuerdo a la clasificación y características de cada una
de las patentes allí establecidas estas son las siguientes.
PATENTES DE ALCOHOLES LEY 19.925
CLASIFICACION-VALORES - HORARIO LAS CABRAS
C
L
A
S
E
GIRO
USO
A
DEPOSITO DE BEBIDAS
ALCOHOLICAS
Para ser consumidas fuera de local de
venta o de su dependencia
B
1.- HOTELES Y ANEXOS
DE HOTELES
1.-Hotel y Anexos de Hotel en que se
presta
servicio
de
hospedaje
y
alimentación, el expendio debe realizarse
en las dependencias del hotel.
2.- Casas de pensión o residencial que
proporcione alojamiento y comida el
expendio es para los alojados en los
horarios de comidas
Con expendio de bebidas alcohólica a los
clientes que concurran a ingerir alimentos
preparados
1.-Cabaret
con espectáculo artístico y
expendio de bebidas alcohólica
2.-Peñas folclóricas, destinada a difundir el
folclore nacional con venta de bebidas
alcohólicas
Cantinas, Bares, Pubs y Tabernas con
expendio y venta de comida rápida.
2.- CASAS DE PENSIÓN O
RESIDENCIALES
C
D
RESTAURANTES
1.- DIURNOS Y
NOCTURNO
1.-CABARET
2.-PEÑAS FOLCLORICAS
E
CANTINAS, BARES, PUBS
Y TABERNAS
F
ESTA. DE EXPENDIO DE
CERVEZAS O
SIDRAS DE FRUTAS
G
QUINTAS DE RECREO O
SERVICIOS AL AUTO
H
MINI MERCADOS
VALOR
HORARIO
La restricción no regirá para el 1º
Enero y Fiesta Patrias
1 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la
madrugada del sábado y feriados
0,7 UTM
0,6 UTM
1,2 UTM 10 A 04. hrs. , 1 horas mas la
madrugada del sábado y feriados
3,5 UTM
10 a 04 hrs.1 horas mas la madrugada
3 UTM del sábado y feriados
2 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la
madrugada del sábado y feriados
Que podrá funcionar en forma aislada o
junto a una pastelería fuentes de soda u
otro análogo para ser consumidas en
mismo local
Que
reúne las condiciones de bar
,restaurante, cabaret, pero con playa de
estacionamiento de automóviles para
clientes. Expendio en el mismo local.
0,5 UTM 10. y las 04 hrs. , 1 horas mas la
madrugada del sábado y feriados
Que funcione anexo a un minimarket o
almacén por mayor o al detalle para ser
consumida fuera del local
1,5 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la
madrugada del sábado y feriados
3,5 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la
madrugada del sábado y feriados
I
1.-HOTELES
2.-HOSTERIA
3.-MOTEL
4.-RESTAURANTE DE
TURISMO
J
K
L
M
N
Ñ
P
O
BODEGAS ELABODORA. O
DISTRIBUCION
DE VINOS, LICORES O
CERVEZA
LICORES O CERVEZAS
CASA IMPORTADORAS DE
VINOS O
LICORES
AGENCIAS DE VIÑAS O
INDUSTRIAS DE
LICORES ESTABLECIDAS
FUERA DE LA COMUNA
Hotel de Turismo que presta al turista
Servicio complementario y que comprende
las patentes de hotel, restaurante, cantina
y cabaret
Hostería de Turismo que presta al turista
servicio de hospedaje en unidades
independientes o aisladas entre si, dotadas
de elementos que permitan preparación de
comida
Motel de Turismo que se proporciona
servicio de hospedaje en unidades
habitacionales independientes o aisladas
entre si, dotada de elementos que
permitan la preparación de comidas
Restaurante de Turismo que comprende
las patentes de restaurante, cantinas y
cabaret
Bodega elaboradora o distribuidora de
vinos y licores o cerveza por mayor,
cantidades no inferior a 200 litros
Empresa productoras y exportadoras de
vinos, pisco o cerveza
Facultados para hacer degustaciones o
venta al detalle siempre que sea en el
recinto de producción y habilitado
Destinada a venta al por mayor de vinos y
licores importados
5 UTM
3 UTM
10 a 04 hrs. 1 horas mas la
2 UTM madrugada del sábado y feriados
4 UTM
1,5 UTM
10 a 22 hrs.
3 UTM
0,5 UTM 10 a 22 hrs.
Que venda por medio de comisionista o
1 UTM 10 a 22 hrs.
de corredores, vino o licores en
representación y por cuenta de una o más
viñas o de una o mas fabrica de licores o
de ambas, siempre que esta se encuentre
ubicadas fuera de la comuna donde el
agente ejerce su actividad.
CÍRCULOS O CLUBES
Deportivos o Culturales con personalidad
1 UTM 10 a 04 hrs. 1 horas mas la
SOCIALES
jurídica a quienes se les puede otorgar
madrugada del sábado y feriados
patente de bebidas alcohólica siempre que
tenga patente de restaurante.
DEPÓSITOS TURISTICOS
Depósitos
de ventas de bebidas
3 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la
alcohólicas de fabrica nacional, para ser
madrugada del sábado y feriados
consumir fuera del local ubicadas en
terminales arreos y marítimos con tráfico
internacional.
SALONES DE TÉ O
Se permite también
el expendio de 0,5 UTM 10 A 04 hrs., 1 horas mas la
CAFETERIAS
cerveza, de sidra y vino, siempre que
madrugada del sábado y feriados
venga embasados.
SUPERMERCADOS
Superficie mínima de 100 mt2 bodega
3 UTM 9.00 y las 1.00 hrs. , 2 horas mas la
venta, 2 cajas pagadora , bodega y
madrugada del sábado y feriados
estacionamiento
expendio de bebidas
alcohólica para ser consumidas fuera del
local
O.- SALONES DE BAILE O
Para ser consumidas en el mismo recinto,
2 UTM 19 A 04 hrs. 1 horas mas la
DISCOTECAS
con pista de baile y música embasada
madrugada del sábado y feriados
LIMITADAS A , E, F, H y Según Ley Rentas II Nº 20.033, el caso de las patentes Ñ y G servicio al auto no
se podrán otorgar nuevas patentes.
c).- Cuánto
dura el trámite:
Las patentes de alcoholes no pueden otorgarse en forma provisoria, de manera que el plazo del
trámite de autorización depende del tiempo que demore el contribuyente en reunir los requisitos
necesarios para ello.
4.- Patente profesional:
Las personas que ejerzan profesiones liberales o cualquier otra profesión u oficio lucrativa, tramitaran y
pagarán su patente anual en la comuna donde desempeñen la actividad o lugar determinado.
a).- Requisitos:
™
™
™
™
Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales
Fotocopia de cédula de Identidad
Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
Fotocopia de Titulo o Certificado de Titulo.
b).- Valor a pagar:
El valor a pagar corresponde al 1 UTM anual más derecho de propaganda y ase si corresponde
c).- Cuánto
dura el trámite:
Si la actividad solicitada no requiere de autorización o informe sanitario,
requisitos básicos se otorga en forma provisoria, pudiendo el contribuyente
de inmediato.
reunidos los
funcionar
5.- Patente Temporal:
Según Articulo 28 Ley 3.063 sobre otorgamientos de patentes temporales en Balnearios o lugares
Turísticos. En la comuna comprende los sectores; Seminario, Llallauquen , Las Balsas, El Estero y El
Manzano, por la temporada estival ( Diciembre, Enero y Febrero). Estas pueden ser patente:
A).- Patente Expendio de Cerveza.
B).- Patente Comercial.
A.).-Expendio de Cerveza.
a.1).- Requisitos:
Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales
Contar con una patente comercial y al día en los pagos
Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el de Registro Civil.
Declaración jurada de idoneidad de no estar afecto a las prohibiciones del articulo
4° de la Ley 19.925.
™ Local ubicado en Rivera del lago
™
™
™
™
a.2).- Valor a pagar:
El valor a cancelar corresponde a media UTM. Por el periodo autorizado.
a.3).- Cuánto dura el trámite:
Reunidos todos los requisitos, el Alcalde deberá requerir el acuerdo del Concejo Municipal para la
autorización de la patente. Las solicitudes se presentan en la unidad de renta por el
contribuyente en el mes de Noviembre de cada año.
B).- Patente Comercial.
a.1). Requisitos:
™ Llenar solicitud en la Unidad de Rentas
™ Fotocopia de Cédula de Identidad
™ Fotocopia de Escritura, contrato de arriendo y/ o Autorización del local.
™ Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
™ Resolución de Sanidad según corresponda
™ Autorización del SEC. SAG. Según corresponda
™ Informe Recepción y Zonificación del Local
™ Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el
trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará
a.2).- Valor a pagar:
El valor a cancelar corresponde a media UTM. Semestral.
a.3).- Cuánto dura el trámite:
Reunidos todos los requisitos anualmente se otorga la patente. Las solicitudes se presentan en la
unidad de renta por el contribuyente en el mes de Noviembre de cada año.
6.- Patente Provisoria:
Se otorga esta patente cuando el contribuyente ingresa a esta un unidad el expediente con todos los
requisitos para postular a la patente comercial y se encuentran en condiciones de iniciar su actividad
comercial inmediatamente.
a).-Requisitos:
™
™
™
™
™
™
™
™
Llenar solicitud en la Unidad de Rentas
Fotocopia de Cédula de Identidad
Fotocopia de Escritura, contrato de arriendo y/ o Autorización del local.
Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
Resolución de Sanidad según corresponda
Autorización del SEC. SAG. Según corresponda
Informe Recepción y Zonificación del Local
Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el
trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará.
b).- Valor a pagar:
El valor a cancelar corresponde al 15 % UTM mensual
b).- Cuánto dura el trámite:
Un vez ingresando el expediente, por el contribuyente con los antecedentes requeridos se otorga
la patente provisoria mientras se decreta y se enrola la patente definitiva.
7.- Transferencia de Patentes Municipales:
Si un establecimiento amparado con patente Comerciales, Industriales, o de Alcoholes cambiare de
dominio, el nuevo dueño deberá hacer anotar la transferencia ante la Municipalidad en la unidad de Renta.
Las transferencias de patentes municipales son autorizadas a través de un decreto alcaldicio
cuando se reúnan todos los requisitos para ello.
Requisitos:
™ Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales
™ Fotocopia de cédula de Identidad
™ Contrato de compraventa o título que acredite el cambio de domicilio de la patente
o declaración de transferencia
™ Autorización o informe sanitario, del nuevo dueño, si corresponde
™ Fotocopia de Iniciación de Actividades ante el SII.
™ Fotocopia de Titulo o Certificado de Titulo
™ Informe Recepción y Zonificación del Local
™ Otros antecedentes o requisitos que serán informados al momento de iniciar el
trámite, dependiendo del tipo de actividad que se desarrollará.
Si la patente a transferir es alcohol.
Requisitos:
™ Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el de Registro Civil.
™ Declaración jurada de idoneidad de no estar afecto a las prohibiciones del articulo
4° de la Ley 19.925.
™ Informe de Carabineros (Retirar formulario en Rentas)
™ Opinión de la Junta de vecinos del sector donde se emplazará la actividad (Retirar
formulario en Rentas).
Si el solicitante corresponde a una sociedad, además deberá presentar:
Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal
Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad y del Representante legal
Fotocopia del RUT de la sociedad.
Certificado de antecedentes emitido por el Registro Civil de todos los miembros de
la sociedad. Se trata de una sociedad anónima, el certificado deberá corresponder
a los miembros del directorio y del representante legal.
™ Declaración jurada de idoneidad de todos los miembros de la sociedad de no
encontrarse afecto a las prohibiciones del artículo 4° de la Ley 19.925. Si se trata
de una sociedad anónima, la declaración deberá corresponder a los miembros del
directorio y a su representante legal.
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8.- Traslado o Cambio de Local de Patentes Municipales:
Las patentes municipales (Comerciales, Industriales, Profesionales y de Alcoholes) existentes en la comuna
podrán ser trasladas o cambiadas de local, previa autorización por parte de la Municipalidad y previo
cumplimiento de los requisitos para ello.
Requisitos:
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Llenar solicitud en la unidad de Rentas Municipales
Contrato de compraventa o título que acredite el cambio de domicilio de la patente.
Autorización o informe sanitario, si corresponde
Informe Recepción y Zonificación del Local
Otros antecedentes, informes o requisitos que serán informados al momento de
iniciar el trámite, dependiendo del tipo de patente de alcoholes de que se trate.
Si la solicitud corresponde a una patente de alcoholes, además se deberá presentar:
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Autorización Sanitaria.
Informe de Carabineros.
Opinión de la junta e vecinos del sector donde se emplazará la actividad.
Otros antecedentes, informes o requisitos que serán informados al momento de
iniciar el trámite, dependiendo del tipo de patente de alcoholes de que se trate.
Los cambios de locales o traslados de patentes municipales no pueden ser autorizados en forma
provisoria, ya que esta figura sólo está referida para el otorgamiento de patentes, de manera que
el plazo de autorización dependerá del período en que se reúnan todos los requisitos para ello, y
son autorizados a través de un decreto municipal
Los cambios de local de patentes de alcoholes, una vez reunidos todos los requisitos, requieren del
acuerdo del Concejo Municipal, y de un decreto municipal.
III.- Ingresos Varios:
Los trámites generados por los departamentos Municipales, son ingresados para posterior recaudo
en dirección de administración y Finanzas. Correspondiendo a esta unidad generar el ingreso en
el sistema computacional .Los valores de Los permiso y derechos son según lo contemplado en la
ordenanza Municipal.
1.- Dirección de Desarrollo Comunitario
2.- Dirección de Obras
3.- Transito y Transporte Público
4.- Tesorería
5.- Juzgado de policía Local
6.- Secretaria Municipal
7.- Rentas
1.- Dirección de Desarrollo Comunitario:
- Ingreso por Autorización de Actividades Sociales organizadas por Instituciones o particulares con
aporte al comité de navidad.
2.- Dirección de Obras Ingresos por:
- Cancelación de certificado de Información previas, de Numero, daños, no expropiación,
Urbanización, Zonificación entre otros.
- Derecho de edificación, Subdivisión y Fusión de Terreno
- Extracción de áridos
- Pago de convenio e Informes
- Cancelación de aparcamiento de de vehículos, animales en corrales Municipales
- Cancelación de rompimiento de veredas y/o ocupación de estas con escombros o material de
Construcción.
- Pago por uso de Estadio Municipal
3.- Transito y Transporte Público:
- Ingreso por cancelación de Licencia de Conducir, Duplicados y Cambio de domicilio.
- Ingreso por extravió o deterioro del cuestuario para examen.
4.- Tesorería:
- Deposito directos, ingresados a las diferentes cuentas Municipales, estas pueden de aportes
por convenio, proyectos, Subsidio, Fondo común entre otros.
- Ingresos de cheques por proyectos, Licencia médica, aportes varios
- Ingreso por ventas de Estampilla de Impuesto Municipal
- Ingreso por Venta de guía de Libre Transito
5.- Juzgado de policía Local:
- Ingreso por cancelación de multas por infracción a la Ley de Transito, Ley de Alcoholes, Ley de
Rentas Municipales, Ordenanza Municipal entre otros.
6.- Secretaria Municipal:
- Ingresos por arriendo de Uso de Casino Municipal
7.- Rentas Ingresos y permisos varios:
a).- Ingresos por cancelación Permiso Ambulante, en el caso de venta de alimentos y mariscos
requiere resolución de sanidad, este permiso puede ser:
PERMISO
DIARIO
SEMANAL
MENSUAL
SEMESTRAL
VALOR
5% UTM
10% UTM
20% UTM
50% UTM
b).-Ingresos por cancelación de uso de Espacio Publico con un valor de 8 % UTM semestral o
proporcional, se otorgan estos permisos en los siguientes casos:
- Exposición y venta de mercadería.
- Instalación de Toldos, Andamios, Mesones y Aleros.
- Permiso de Circo, Juegos, Exposiciones y Promociones.
c).- Ingreso por permiso relativo a la propaganda.
- Altos Parlante con un valor del 5% UTM diario y 10% UTM Semanal, Volumen moderado entre
los horarios de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábado de 9 a 14 horas.
- Letreros con un valor del 10% UTM semanal o fraccional por metro cuadrado
d).-Ingreso por pago de Multas Impagas Otro Municipios, este ingreso realiza cuando el
contribuyen al momento de renovar su permiso de circulación tiene una multa impagas del Registro
Nacional de Multas.
e).-Ingresos por cancelación del derecho de aseo según La Ley de Rentas II pagan aseo todas
las Propiedades con un avaluó fiscal superior a 225 UTM. Todos los sitios eriazos cancelan este
derecho. El valor es fijado por la Municipalidad a solicitud de La Dirección de Obras, Aseo y
Ornato y Dirección de Administración y Finanzas, se requiere la aprobación del concejo Municipal
mediante decreto y/o ordenanza, el valor se cancela en cuatro cuatas anual, cuyo vencimiento
es:
- 31 de Marzo, 30 de Junio, 30 de Septiembre y 31 de Diciembre de cada año.
F).- Ingresos por cancelación de Permiso de Maquinas de Destreza, El contribuyente debe
llenar solicitud en la Unidad de Rentas y cancelar 1 UTM semestral por números de maquinas.
g).- Ingresos por cancelación de Permisos de Circo con un valor de 1 UTM diaria y Parque de
entretenimiento, con un valor de10% UTM diario. Se requiere dejar un garantía por aseo o
posible deterioro del espacio público, esta debe quedar en resguardo en la Unidad de tesorería
Municipal, por un valor de 2 UTM y requiere presentar solicitud ingresada en la oficina de partes
de la Municipalidad
h).-Ingresos por cancelación de permiso de Ramada por venta de frutos de la temporada, el
valor es de 25% de la UTM mensual por un máximo de 4 meses y requiere, fotocopia de
escritura, autorización o contrato de arriendo del lugar donde se instalara la Ramada.
i).- Permisos cancelados por Juego de entretenimiento, corresponde cancela el 5% del de la
UTM diario y Requiere presentar solicitud ingresada en oficina de partes de la Municipalidad.
Requiere presentar solicitud ingresada por oficina de partes.
Las Cabras Marzo 2011