CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional - STE-CLM

CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
05198441G
AGUILAR IDAÑEZ, ASCENSION
Desestimada
La reclamante participa desde su primer destino definitivo tras la supresión de su anterior destino defintivo en el CEIP Virgen de los
Llanos, centro calificado como de especial dificultad, de acuerdo con las bases recogidas en el Anexo II de la convocatoria, el tiempo a
computar es desde la toma de posesión en el puesto en que fue suprimido, y dado que el subaparatdo 1.1.3 se vincula a la antigüedad en
el Centro desde el que se participa no corresponde contabilizar en este los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en
el destino definitivo que fue suprimido.
Por lo que se refiere a la valoración de la publicación, no cumple la especificación contemplada en el Anexo II.
44377278C
ALARCON NARRO, MARIA INMACULADA
Estimada
La reclamante participa en situación de provisional por supresión del destino definitivo en el CEIP San Blas de Elche de la Sierra, por lo
que corresponde computar en este apartado el tiempo de servicios efectivamente prestados en los Centros aludidos (3 años y 2 meses)
47066023L
ARTEAGA AGUILAR, AMELIA
Desestimada
47057383G
APARICIO RODRIGUEZ, LIDIA
Estimada
La reclamante, en el apartado 3, señala la opción A) "opta por la puntuación obtenida en este apartado en el concurso de traslados 201314", por lo que no procede la revisión de los méritos alegados.
Se revisa la documentación que acompañaba a la solicitud de participación y se valora la titulación de grado que no le fue valorada en su
momento.
44398451X
BLEDA TEJERO, CONCEPCION
Estimada
La reclamante participa desde el primer destino definito tras la supresión de su anterior destino definitivo. Se estima su reclamación,
computando en el apartado 1.1.3. el difícil desempeño en el CEIP Hermengildo Moreno desde la fecha en que se clasificó dicho Centro (19-2008) hasta que fue suprimida en el mismo, así como los servicios prestados posteriormente con destino provisional en centros
calificados como de especial dificultad.
04594860N
BONILLA OSMA, MARIA JOSE
Estimada Parcialmente
En el apartado 4.2. se comprueba que se trata de un error material en la grabación de los datos y se subsana. Por lo que se refierre al
apartado 3.2.1. la Comisión a que alude el apartado 16 de la convocatoria desestima la reclamación dado que la interesada no aporta la
titulación de acceso al cuerpo.
44377914N
CAMPOS LOPEZ, SILVIA
Desestimada
Según la disposición complementaria del Anexo II de la Convocatoria, el Difícil desempeño se tiene en cuenta desde el destino definitivo
desde el cual se participa en el concurso de traslados y sea calificado como tal, por lo tanto, se cuenta desde el Cra Laguna de Pétrola
desde el 01/09/2011 a 24/11/2014 (3 años y 2 meses). Se desestima.
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 1.1.1. Según el anexo II de la Convocatoria para la valoración del apart. 1.1.1 Se considera como centro desde el
que se participa en el concurso aquel a cuya plantilla pertenezca el aspirante con desfino definitivo, o en el que se esté adscrito (teniendo
en cuenta que se readscribe al Ceip Virgen del Rosario de Pozocañada se cuenta la antiguedad desde el 01-09-2011). Se desestima.
Reclama el apartado 1.1.3. Según la disposición complementaria del Anexo II de la Convocatoria, el Difícil desempeño se tiene en cuenta
desde el destino definitivo desde el cual se participa en el concurso de traslados y sea calificado como tal, por lo tanto, su destino
definitivo es el Ceip Virgen del Rosario desde el 01/09/2011 y no es catalogado de difícil desempeño. Se desestima.
Reclama el apartado 4.3 Revisado este apartado se procede a su rectificación donde figuraraban 6 meses deben figurar 9 meses.
44387886W CEBRIAN GARCIA, MARIA TERESA
Estimada
Reclama el apartado 6.2. Revisado este apartado se procede a su rectificación, le corresponden 1.25 puntos.
07567773Z
CASTILLEJOS GARCIA, JAIME
Desestimada
Participa en el concurso desde una adjudicación provisional después de suprimírsele su segundo destino definitivo, por lo cual se le
barema desde su primer destino definitivo. Solo se valora en el apartado 1.1.2. cuando no hubiera desempeñado otro destino definitivo
distinto del suprimido según el anexo OO de la Convocatoria.
47051156X
CHARCOS MATA, GONZALO
Estimada
Revisado el apartado 5.1 se procede a su rectificación correspondiéndole 600 horas.
Revisado el apartado 5.2 se procede a su rectificación correspondiéndole 90 horas.
44381103G
CARCELES LORCA, FRANCISCO ALEJ
1/18
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Dni
07556048L
Apellidos y Nombre
CORDOBA MONEDERO, FRANCISCO JOSE
Estado
Respuesta
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 4.3, revisado este apartado se procede a su rectificación.
Reclama el apartado 6.6. según el anexo II de la convocatoria por los subapart. 4.1,4.2,4.3,6.4 y 6.6 , en el caso de que se haya
desempeñado simultáneamente más de uno de estos cargos no podrá acumularse la puntuación valorándose el que pudiera resultar más
ventajoso para el concursante, (como es tutor y coordinador de equipo en ese periodo en el apartado 6.6 no se cuenta nada). Se
desestima.
44390399P
DOLZ CHACON, MARIA TERESA
Desestimada
Se computará el tiempo de permanencia efectiva en Centros de dificil desempeño (5 años y 4 meses), ya que el cómputo se efectúa por
meses completos excluyéndose el tiempo en situación de excedencia por cuidado de hijos (9 meses), ya que de conformidad con las
bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay
desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan
como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijos, entre otras, en la especificación final del apartado 1, Anexo II de la
convocatoria.
53143651N
GARCIA GONZALEZ, MARIA DEL CARMEN
Estimada
Se estima la reclamación al comprobar que efectivamente no se ha contado el Proyecto de Innovación que aporta. Se rectifica.
74481801G
GARCIA LINARES, FRANCISCO
Desestimada
El reclamante participa en el concurso desde la situación de provisional, tras haberse suprimido su primer destino definitivo en el CRA
Sierra del Segura. Según la disposición complementaria del anexo II de la convocatoria se empezaría a contar el difícil desempeño desde
el CRA Sierra del Segura de Fuentes (Albacete), dado que el epígrafe 1.1.3 se vincula a la antigüedad en el Centro (apartado 1.1.1) y no
corresponde computar los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en el ultimo destino definitivo, y que fué contado,
por error, el año pasado. Por lo tanto no se cuenta el año 2008/2009 en el CEE Eloy Camino ya que era provisional y tuvo su primero
destino definitivo, aunque fuera suprimido posteriormente.
47069902B
GARCIA MOLINERO, GUILLERMO DAVID
Estimada
ESTIMADA: Por error material en la grabación del baremo no se le ha tenido en cuenta el tiempo realmente desempeñado como
funcionario de carrera, no se grabó nada en el punto 1.2.1. y le corresponden 8 años y 2 meses, y en el punto 1.2.3. la puntuación es 0
44385246F
GARRIDO ARGANDOÑA, JOSE MANUEL
Estimada
Por error material en la grabación de baremo no se le ha tenido en cuenta el tiempo realmente desempeñado como funcionario de
carrera que es 12 años y 2 meses en total.
47080981G
GOMEZ GOMEZ, PABLO
Estimada
La Comisión de Baremación estima favorablemente la reclamación ya que aporta la titulación requerida en el apartado 3.2.1 .(GRADO).
Pero por error la reclamante puso que se modificara el apartado 3.2.3.
47075910Q
GOMEZ RUIZ, EVA
Desestimada
DESESTIMADA. En el apartado 4.3., la reclamante elige por la opción C, que de conformidad con lo establecido en la base 25.5.3) de la
convocatoria supone que "Opta por los méritos perfeccionados desde el 15/02/2014 en este apartado (ampliación de méritos)" , por
tanto se suman 9 meses en el 4.2., mas ventajoso para la interesada, y no se amplian méritos en el 4.3. ya que solapa.
44391567A
HONRUBIA PEREZ, ALBERTO PASCUA
Estimada Parcialmente
44394006G
LAFUENTE VILLODRE, ANGEL JOSE
Estimada Parcialmente
29157604K
LOPEZ AYUSTE, CARLOS
Desestimada
1.1.2. Estimada se le ponen 2 años que estuvo provicional antes del destino definitivo
5.1.-Desestimada; la baremacion de 355 es correcta
1.1 desestimado participa desde su segundo destino definitivo y la puntuación es correcta.
4.3.-estimado, se le puntua un curso de tutoria
5.1.-desestimado, opto por la no revisión de méritos
6.2.- Desestimado. opto por la no revisión de méritos
6.6.-desestimado no se le puntúa una tutoria de prácticas porque solapa la fecha con coordinador de ciclo, además optó por la no
revisión de méritos.
En este apartado añade méritos en l el concurso anterior tenia 0.50 puntos se le añade el que consta en el extracto de formación en el
ejercicio 2014/15 con lo cual se le suman 0.25 y hace un total de 0.75, por lo que la puntuación es correcta.
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Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
47074995K
LOPEZ GONZALEZ, JUAN PABLO
Estimada Parcialmente
Apartado 3.3 Desestimado.- no aporta certificación académica
Apartado 6.2 Estimado.- aporta documentación
05626287G
LOPEZ JUAREZ, SALOME
Desestimada
1.1.3..-Se le cuenta la Especial Dificultad desde su ultimo destino definitivo.
05165025F
LOPEZ MARTINEZ, FRANCISCO JOSE
Estimada
1.1.3. se barema apartado 1.1.3. de oficio ya que por error no se le ha contado el dificil desempeño.
47059113D
LOPEZ MONTES, ANA ISABEL
Estimada Parcialmente
1.1.3. Estimado desde que el Miguel Pinilla de Almansa esta considerado de dificil desempeño (01/09/2008) el total del tiempo que ha
estado en dicho centro es de 3 años.
3.3.- Desestimado.-Se le reconoce la titulación de mayor nivel.
6.2.-Estimado.- Aporta documentación se le pone 1 punto.
47066872V
LOPEZ PEÑA, ESTHER
Desestimada
Participa desde su destino definitivo que es el CRA Calar del Rio Mundo, según la disposición complementaria del Anexo II de la
Convocatoria, la Especial Dificultad se cuenta desde el último destino definitivo.
05166319J
LUJAN MARTINEZ, MARIA DOLORES
Estimada
Revisado el apartado 6.2 se procede a su rectificación corespondiéndole 1 punto.
04569124J
MARTINEZ BAUTISTA, MARIA CARMEN
Estimada
ESTIMADA: Por error no se habían tenido en cuenta los años de Maestro colaborador-Tutor de prácticas
Desestimada
La interesada participa en el Concurso desde la situación de destino definitivo en el CEIP Enriqueta Sánchez de Ossa de Montiel (AB),
centro que no está calificado como de especial dificultad, y dado que el epígrafe 1.1.3. se vincula a la antiguedad en en centro, no es
posible contabilizar los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en el últio destino definitivo. La funcion tutorial
reclamada, tampoco se tiene en cuenta ya que el año de prácticas no se valora. En cuanto al punto 3.3. la Comisión de Baremación
desestima la reclamación por no poseer la certificación de la Escuela Oficial de Idiomas.
47091919V
MARTINEZ TEJADA, MARIA CARMEN
74513350C
MARTINEZ VARGAS, LEONOR
Estimada Parcialmente
ESTIMADA PARCIALMENTE:
1.1.2 No se valora, ya que participa desde el 2º destino definitivo.
4. No se valora, ya que la tutoria correspondiente al curso 2006/07 no la aporto en el plazo de presentación de instancias para participar
en el concurso de traslados. 6.6. Estimada, ya que por error, no se había tenido en cuenta el año Maestro colaborador -Tutor de
prácticas.
La Comisión de Baremación estima favorablemente las reclamaciones en los apartados 3.1.2. y en el 3.2.1. porque aporta la
documentación requerida. FALTA EL 5.2.
23805359Z
MARTOS RODRIGUEZ, JOSE CARLOS
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 5.1, la comisión de valoración considera la puntuación obtenida es la correcta. Se desestima.
Reclama el apartado 6.2 revisado este apartado se procede a su rectificación correspondiendole 1 punto.
Desestimada
La reclamante solicita se le valore en el apartado 5.2. (como formación impartida) la tutoría de prácticas 2014 como colaboradora de la
Facultad de Educación, que, de conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria, corresponde valorar en el apartado 6.6,
donde se ha computado. Al efectuar la revisión de la documentación aportada se rectifica el número de horas de formación superadas en
el apartado 5.1.
Estimada Parcialmente
La reclamante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el CEIP Virrey Morcillo, centro que no está calificado
como de especial dificultad, por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no
procede asignar puntuación por el subapartado 1.1.3; y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión
en el último destino definitivo.
Respecto a los apartado 5.2. y 6.2. la Comisión prevista en el apartado 15 de la convocatoria desestima la reclamación relativa a
impartición e cursos; y estima y rectifica la valoración correspondiente a proyectos de innovación (6.2.)
02200397X
47065298F
MINGUEZ CASTELLANOS, ROSA MARIA
MOLINA LOPEZ, CARMEN MARIA
3/18
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Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
52752355S
MORCILLO BAIDEZ, ESTHER LIDIA
Desestimada
La reclamante elige en este apartado la opción A "Opta por la puntuación obtenida en la convocatoria de 2013-14", por lo que no
procede la valoración de los méritos alegados.
47068855E
MORENO SANCHEZ, FELIPE JAVIER
Estimada
Se comprueba que se trata de error en la grabación de los datos, y se subsana.
Desestimada
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en CRA Río Mundo,calificado como de especial dificultad el 22/09/2006, y
en situación de excedencia por cuidado de hijo, desde el 01/09/2014. De acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria no se
computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de
trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan como computables en la situación de
excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II de la convocatoria. Por lo que se ha
valorado desde el 22/09/2006 hasta el 31/08/2014 (situación de excedencia), que totalizan 7 años y 11 meses.
Por lo que se refiere al apartado 3.3. la interesada presenta certificado B1 de la UNED, no expedido por la Escuela Oficial de Idiomas,
como se señala en el Anexo II de la convocatoria.
47053636Y
MORENO SANCHEZ, SONIA
05199123L
MORENO SORIA, JOAQUIN FELIX
Desestimada
El reclamante participa con destino definitivo en el CEIP Margarita Sotos, centro calificado como de especial dificultad desde el
01/09/2014, contabilizando hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (24/11/2014): 2 meses. Dado que el
subapartado 1.1.3. se vincula a la antigüedad en el Centro (apartado 1.1.), no procede contabilizar los servicios prestados en centros
calificados como de difícil desempeño anteriores a la toma de posesión en el último destino definitivo, ni los servicios prestados con
destino definitivo en fecha anterior a la calificación del centro como de especial dificultad.
44398275H
MOYA GARCIA, SERGIO
Estimada
Revisada la documentación aportada se estima la reclamación presentada.
44399331Q
NIETO IÑIGUEZ, FRANCISCO JOSE
Desestimada
Ha estado en el Cra. Sierra de Alcaráz 4 años de los cuales solo 2 años 11 meses y 17 dias son los que ha estado el Centro catalogado
como de Dificil Desempeño (desde el 14/09/2006) mas el año que estuvo en el Antonio Machado hacen un total de 3 años 11 meses.
44387064P
OSUNA GRIÑAN, RAQUEL
Desestimada
de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en
situaciones que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre
los que expresamente se señalan como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación
final del apartado 1, del Anexo II de la convocatoria, la reclamante ha estado en excedencia por cuidado de hijo desde 01/09/2011 hasta
28/06/2013 en el CEIP Alonso Chicano de la Pedroñeras de Cuenca lo que hace un total de 1 año 9 meses y 28 dias que no ha estado
desempeñando el puesto.
47063472K
PANADERO NIETO, M SOLEDAD
Desestimada
Falta la titulación de acceso al cuerpo.
02620168P
PARREÑO SOTOS, MARIA DEL CARMEN
Desestimada
Desestimada .- porque lo desempeñó en fase provisional Según la disposición complementaria del Anexo II de la Convatoria, cuando se
participa desde el destino definitivo se cuenta a partir del mismo.
05200144M PEREZ GARIJO, MARIA ANGELES
Estimada Parcialmente
1.1.1. y 1.2.1. estimada tienes 2 meses mas de antigüedad en estos dos apartados
05200144M PEREZ GARIJO, MARIA ANGELES
Estimada
Se estima 1.1.1. donde ponia 5 años debe poner 5 años 2 meses.
Se estima 1.2.1. donde ponía 6 años debe de pner 6 años 2 meses
Se estima 6.2.- donde ponía 0.50 debe poner 0.75
05170389N
Desestimada
reclama el apartado 5.1, revisado este apartado no se aprecia error alguno. Se desestima.
ROZALEN HARO, RAFAEL JULIAN
4/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
47076969V
SAEZ LEAL, FRANCISCO J.
Actuación de oficio
47051135N
SANCHEZ SANCHEZ, JULIA
Desestimada
47055897J
SANCHEZ-AJOFRIN REINO, RAFAEL JUSTO
Estimada Parcialmente
07563365E
44382958L
VILLAR PINILLA, ANGELA
VILLARTA COLLADO, MARIA SANDRA
Respuesta
Revisado el apartado 1.1.3 se procede a su rectificación correspondiéndole 5 años 2 meses.
Revisado el apartado 4.2 se procede a su rectificación correspondiéndole3 años y 4 meses de secretario.
Revisado el apartado 4.3 se procede a su rectificación correspondiéndole 2 años.
Revisad el aparto 5.1 se procede a su rectificación correspondiéndole 600 horas.
Revisado el apartado 6.6 se procede a su rectificación perteneciendole una tutoría de prácticas curso 10-11.
La interesada opta en el apartado 1.3 por la opción "A" (opta por la puntación obtenida en el concurso de traslados 2012-2013) y por lo
tanto no se entra a valorar la documentación aportada en esta convocatoria.
Se desestima el punto 3.3. ya que la Comisión ha valorado al interesado el B2 aportado y según el Anexo II, apartado 3.3 de méritos, se
especifica que "cuando proceda valorar las certificaciones señaladas solo se considerará la de nivel superior que presente el
participante".
En el apartado 6.2 se le estima la reclamación otorgándole un total de 2 puntos, al comprobar que realmente tiene los proyectos de
investación que demanda.
Desestimada
La reclamante participa desde la situación de destino definito en el CEIP Pedro Simón Abril, centro que no está calificado como de
especial dificultad, por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no procede
asignar puntuación por el subapartado 1.1.3., y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en el
último destino definitivo.
Por lo que se refiere al apartado 6.2. la interesada elige por la opción C, que de conformidad con lo establecido en la base 25.5.3) de la
convocatoria supone que "Opta por los méritos perfeccionados desde el 15/02/2014 en este apartado (ampliación de méritos)" y los
proyectos cuya valoración reclama son de 31/05/2007 y 31/05/2008, siendo, por tanto, méritos perfeccionados en fechas anteriores al
límite señalado (15/02/2014).
Desestimada
La interesada participa con destino provisional por supresión del puesto de trabajo, por lo que, de acuerdo con las bases de la
convocatoria, se valora desde la fecha de toma de posesión en el destino anterior al suprimido (01/09/2004) hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes en el CGT, que coincide con el apartado 1.2.1. al tratarse de su primer destino
definitivo: 10 años y 2 meses.
En el apartado 4.3. aporta certificado de tutoría desde 02/12/2013 a 31/08/2014, y elige la opción C. ("méritos perfeccionados desde el
14-02-2014"), por lo que se añaden a los méritos del anterior concurso los meses de febrero a agosto (7 meses), no se contabiliza en este
apartado la función de coordinadora de ciclo ya que el certificado que aporta está fechado el 5-11-2012.
Por lo que se refiere al Curso cuya valoración reclama, igual que en el apartado 4) señala la opción C, y el Curso a que alude fue en
octubre de 2013.
07562981Y
ZAFRILLA GUILLEN, SARA
Desestimada
En el apartado 1.1.3 se computa desde la toma de posesión en su último destino definitivo.
Apartados 4.3: Se valora la función de tutora y coordinadora, como funcionaria de carrera, (No en período de prácticas) y dado que,
según con las bases de la convocatoria, en caso de desempeño simultáneo de más de una función, no podrá acumularse la puntuación,
valorándose la que pueda resultar más favorable, totaliza 4 años y 2 meses.
Apartado 5.1.: Presenta nueva documentación no alegada en su día.
Apartado 6.1.: Los certificados no cumplen los requisitos señalados las bases.
Apartado 6.6. No se computa la función de tutora del curso 2002-03 (f. interina); y se excluye el curso 2006-07, que coincide con la de
coordinadora, valorada en el apartado 4.3.(más favorable)
Apartado 6.7. no es objeto de baremo en Castilla-La Mancha y se estará a lo establecido en la convocatoria de la Comunidad Valenciana.
Advertido error en el apartado 5.1. se subsana.
48471413V
FRANCES UBEDA, ISABEL
Estimada
Revisada la documentación se valora la titulación de Grado aportada en su momento.
5/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
53142203J
GARCIA VIZCAINO, ISABEL
Estimada Parcialmente
47052848T
ESPI GALLUR, BEATRIZ KAREM
Desestimada
44386230W GARCIA ORTEGA, MARIA
44397520E
07560245F
47067056V
PEREZ RUIZ, MONICA
MARTINEZ CEBRIAN, MARIA ROSA
GARCIA ABA, MARIA DOLORES
Desestimada
Respuesta
La reclamante participa desde la situación de destino definito en el CRA Laguna de Alboraj, Centro calificado como de especial dificultad y
le ha sido computado en el apartado 1.1.3 el período correspondiente (5 años y 2 meses) y dado que el epígrafe 1.1.3. se vincula a la
antigüedad en el Centro, no corresponde contabilizar los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en el último destino
definitivo. Se corrige la puntuación del apartado 3.2.1. al tratarse de un error material al efectuar la grabación.
Reclama el apartado 6.2. Revisado este apartado la comisión de valoración considera que como opta por ampliación de méritos desde el
15 de febrero de 2014 los certificados quedan fuera de fecha. Se desestima.
Reclama el apartado 5.2, revisado este apartado y como optó por ampliación de méritos desde el 14 de febrero de 2014 lo reclamado
está fuera de fecha. Se desestima.
Reclama el apartado 6.2 , como opto por ampliación de méritos desde el 14 de febrero de 2014 la comisión considera lo reclamado fuera
de fecha. Se desestima.
Desestimada
Reclama apartado 1.1.3 Dificil desempeño
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el CEIP ISABEL LA CATOLICA, centro calificado como de especial
dificultad desde el 1/09/2013. Se contabiliza el periodo desde esa fecha hasta el día en que pasa a la situación de excedencia por cuidado
de hijo, y de conformidad con las bases de la convocatoria "no se computará a estos efectos el tiempo que haya permanecido fuera del
centro en situación de servicios especiales, comisión de servicios, licencias por estudios o en supuestos análogos que supongan que no
hay desempeño efectivo del puesto de trabajo, continuando el dificil desempeño con la reincorporación al puesto de trabajo
nuevamente. Se desestima
Desestimada
Reclama apartado 1.1.3 Difícil desempeño.
La reclamante participa en el concurso con destino provisional en CEIP FRANCISCO GINER DE LOS RIOS, se contabiliza el periodo de dificil
de desempeño de CRA ALMENARA DE BOGARRA excepto del 09/01/2012 a 31/03/2012 periodo de la excedencia por cuidado de hijo que
de conformidad con las bases de la convocatoria " no se computará a estos efectos el tiempo que haya permanecido fuera del centro en
situación de servicios especiales, comisión de servicios, licencias por estudios o en supuestos análogos que supongan que no hay
desempeño efectivo del puesto de trabajo", se cuenta tambien el periodo del CEIP ANTONIO MACHADO DE ALBACETE. SE DESESTIMA.
Desestimada
Reclama el apartado 3.3 revisado este apartado por la comisión de valoración considera que no se reconoce titulación de mayor nivel. Se
desestima.
Reclama el apartado 5.2 revisado este apartado la comisión de valoración considera correcta la puntuación obtenida en este apartado.
Se desestima.
47070292X
SANCHEZ GARCIA, MARIA DEL MAR
Desestimada
Reclama apartado 1.1.3 Difícil desempeño.
Se cuenta el difícil desempeño desde el CRA LOS OLIVOS (22 de septiembre 2006 a 31 de agosto 2009) 2 años y 11 meses, CRA TOMAS Y
VALIENTE (1 de septiembre 2009 a 31de agosto de 2010) 1 año, CRA LOS OLIVOS (1 de septiembre de 2010 a 31de agosto de 2011) 1 año
y el DOCTOR FLEMING (1 de septiembre de 2014 a 24 de noviembre 2014) 2 meses. EL SANTIAGO APOSTOL no es difícil desempeño. Por
lo tanto se cuenta cinco años y 1 mes. SE DESESTIMA
44396367L
GALDON SANCHEZ, ANA BELEN
Desestimada
Reclama apartado 4. El total de puntuación de cargos directivos y otras funciones. De acuerdo con Anexo II del Concurso deTraslados, la
puntuación máxima en este apartado es de 20 puntos. Se desestima.
53141543C
LORENZO COMUÑAS, AMPARO
Estimada
Se le puntua el titulo de Grado, al haberse producido un error en la grabación.
47062522Z
ATENCIA GARCIA, SONIA
Estimada
Error de grabacion, subsanado añadiendo la titulación de grado
07552274V
LAZARO MOYA, MARIA JUANA
Desestimada
En el apartado 6.2 ha optado por la opción A, por tanto el mantenimiento de la puntuación en el anterior C.G.T, y en el anterior
Concurso, la puntuación es de 0.0
6/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
14311547G
GONZALEZ SAEZ, MARIA
Desestimada
Dicho premio es un reconocimiento o mención, pero no es valorable en el apartado 6.2
44388884B
SANCHEZ MARTINEZ, FRANCISCO JOSE
Estimada
Al optar por la opción A automaticamente se graba la puntuación obtenida en el C.G.T, en este caso por algun error de grabación del
Concurso anterior, no quedo grabada, una vez revisado el expediente del Concurso anterior, se comprueba que se le había estimado una
reclamación en el apartado 6.6, grabandole 1 punto en este apartado.
44393387Y
DIAZ GONZALEZ, ANA MARIA
Estimada
En el apartado 1.1.3, se le computa el tiempo de permanencia efectiva en los Centros de dificil desempeño, (5 años y 2 meses) y se
excluye, el tiempo en situación de excedencia, segun instruccionrs de la D.G. Recursos Humanos.
44386082S
ESCRIBANO GRIÑAN, ADELA
Estimada
Se le añaden al apartado 1.1.3, dos años en el Ceip San Antonio de Tomelloso, al estar clasificado de dificil desempeño,y ser el destino
anterior a la supresion de su puesto de trabajo en el Ceip Manuel Guillamon de Hellin.
74516267Q
FERNANDEZ RODRIGUEZ, ISABEL
Desestimada
Al optar por la C, se le ha tenido en cuenta la ampliación de meritos, como se le ha ampliado el curso 2013/2014 y 2014/2015, son 9
meses que añadido a los 3 años y 3 meses que tenia en el anterior C.G.T, hacen un total de 4 años.
47084363M GARCIA GALDON, LUCIA
Desestimada
Se considera como Centro desde el que se participaaquel con destino definitivo,en su caso el Centro desde el que participa como centro
con destino definitivo es el "CEIP Ramón y Cajal", por tanto es desde aqui donde se le valora la especial dificultad, En El "Cra Calar del Rio
Mundo" estaba de forma provisional obteniendo el destino definitivo en el Curso 2013/2014.
04597893D
Estimada Parcialmente
Se estima la reclamación del apartado 3.2.1, al aportar la documentación requerida. Se desestima al apartado 3.3 al no presentar, segun
las bases del C.G.T el certificado de la Escuela Oficial de Idiomas.
44377421W BARBA COTILLAS, MIGUEL ANGEL
Estimada
En el apartado 6.2 se le suman los dos proyectos de innovación
44377421W BARBA COTILLAS, MIGUEL ANGEL
Estimada
Se le valora el total del tiempo que permanece como ultimo destino definitico en el CEIP Martinez Parras de Hellin, desde el 01/09/2012
hastaa el 24/11/2014, en total dos años y sos meses.
PARREÑO MORENO, MARIA PILAR
44385775F
GARCIA JIMENEZ, ANA MARIA
Desestimada
Se le valora el total del año 2014/2015 de dificil desempeño en el CEIP Martinez Parras de Hellín (Albacete), pero de conformidad con las
bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay
desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan
como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II
de la convocatoria. Así se computará el tiempo de permanencia efectiva en Centros de difícil desempeño (3 años), ya que el cómputo se
efectúa por meses completos excluyéndose el tiempo en situación de excedencia por cuidado de hijos (2 meses).
04611460Y
TORRECILLA GRACIA, SANDRA MARIA
Estimada
Se estima su petición valorándole el apartado 6.2. con 1.5 puntos tras comprobar que realmente tiene los méritos reclamados.
44397498T
MARTINEZ ARNEDO, ISABEL
Desestimada
En el apartado 5.3 se valora, exclusivamente, la obtención de una nueva especialidad en el Cuerpo de maestros por el procedimiento
regulado en el artículo 4.2.a) del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, y el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que
aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, y la interesada no acredita la superación del proceso
selectivo convocado por el Ministerio de Educación y Ciencia.
47063068P
AGUILAR SERRANO, CARLOS
Desestimada
Revisada la valoración efectuada en su momento, la Comisión desestima la reclamación entendiendo correctamente baremado el
apartado relativo a formación y perfeccionamiento.
7/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
05170306K
53143251A
44392013N
53140633F
44392496N
Apellidos y Nombre
GAVILAN VERA, MARIA DEL CARMEN
CORCOLES ABIA, CRISTINA
PEREZ NAVARRO, MARINA
MIRANDA MARTINEZ, FABIOLA
AROCA GARCIA, CARMEN
Estado
Respuesta
Estimada Parcialmente
En en el apartado 1.1.1. ha de valorarse el período desde la toma de posesión, por concurso de traslados, en el CEIP Virgen de la
Consolación (01/09/2006 hasta 24/11/2014): 8 años y 2 meses; dado que, por error al transcribir, le había sido computado un total de 7
años y 2 meses, se rectifica.
Por lo que se refiere a la valoración del difícil desempeño, el CEIP Ana Soto está calificado como de especial dificultad desde 01/09/2008
por lo que se le valora el tiempo en que ha estado adscrita al mismo con posterioridad a su calificación, hasta la fecha en que finalizó la
comisión de servicios en dicho Centro (31/08/20012) : 4 años.
Estimada
Al efectuar la revisión se comprueba de oficio un error en el cómputo en el apartado 4.3., apartado en el que se contabiliza un total de 3
años y 6 meses.
En el apartado 3.2.2, revisada la documentación aportada en su día se estima la reclamación, al igual que en el apartado 5.2. se añade la
valoración de las actividades de formación impartidas.
Desestimada
La reclamante participa con destino definitivo en el CEIP Enriqueta Sanchez, centro que no está calificado como de especial dificultad,
por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no procede asignar puntuación
por el subsapartado 1.1.3, y no corresponde contabilizar en este apartado los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión
en el último destino definitivo.
En el apartado 6.2.,la reclamante elegió la opción C -méritos perfeccionados desde el 14/02/2014- y los proyectos de innovación que
reclama corresponden fechas anteriores (junio de 2010 y junio de 2012).
Estimada Parcialmente
Participa desde el primer destino definitivo tras la supresión de su anterior destino definivo, valorándose el tiempo de permanencia
efectiva en Centros de difícil desempeño (8 años y 10 meses). En el apartado 1.1.3.el cómputo se efectúa por meses completos y, de
acuerdo con las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que
supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo, y no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se
señalan como computables en situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del
Anexo II de la convocatoria.
En el apartado 1.2.1 se subsana el error material en la grabación del baremo.
Por lo que se refiere al apartado 5.1. revisado el extracto de formación, se rectifica.
Desestimada
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el CEIP Eduardo Sanchiz, centro calificado como de especial dificultad,
hasta el 31-08-2014. Se contabiliza el peridodo desde su toma de posesión en dicho centro 01/09/2009, hasta el 15/01/2014 -fecha en
que pasa a la situación de excedencia por cuidado de hijo-: 4 años, 4 meses y 15 días; ya que de conformidad con las bases de la
convocatoria no no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay desempeño
efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan como
computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II de la
convocatoria. A este período se ha de sumar desde su fecha de reingreso el 19/06/2015 hasta el 31/08/2014, (2 meses y 12 días), que
totalizan 4 años, 7 meses.
07544765Y
GARCIA NAVARRO, CANDELARIA
Desestimada
La reclamante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el CEIP San Isidro Labrador, centro que no está
calificado como de especial dificultad, por lo que de acuerdo con la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria no procede
asignar puntuación por el subapartado 1.1.3, y no corresponde se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de
posesión en el último destino definitivo.
74513807V
CANO TEBAR, MARIA JOSE
Desestimada
Revisado el aparatado 1.1.3 en este apartado se puntua aquellos puestos de especial dificultad desempeñados a partir del último destino
definitivo segun las disposiciones complementarias del anexo II de las bases de la convocatoria, , por lo tanto el último destino definitivo
es Ceip San Roque de Villalgordo y se cataloga de especial dificultad desde el 01-09-2014, corresponden 2 meses. Se desestima.
8/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
47063566T
CARRILLO NAVARRO, MARIA MERCEDES
Estimada Parcialmente
reclama el apartado 1.1.3. según la disposición complementaria del Anexo II de la Convocatoria, el díficil desempeño se cuenta desde el
último destino definitivo y si es calificado de difícil desempeño, por tanto, se cuenta desde el 01/09/2009 a 31/08/2014 (5 años). Se
desestima.
Reclama el apartado 1.2.1, advertido error en la hoja de servicios, es funcionaria de carrera desde el 01/09/2006, por tanto le
corresponden 8 años, 2 meses. Se rectifica.
07561116G
FISAC ALBENDEA, ENRIQUE
Estimada
Reclama el apartado 4.2. Le corresponden 5 años 4 meses, se procede a su rectificación.
07567068E
NAVARRO CHUMILLAS, MARIA JUANA
Desestimada
Revisado el apartado 3.2.1 no procede su rectificacion, no aporta el título de acceso al cuerpo. Se desestima.
Desestimada
Reclama el apartado 1.1.3, según disposición complementaria del anexo II de la convocatoria si participas en el concurso desde el
apartado 1.1.1 con destino definitivo se empezaría a contar el difícil desempeño desde el Ceip La Olivarera de Hellín, por lo tanto el Cee
Eloy Camino no se cuenta porque eres provisional. El difícil desempeño de Isabel la Católica el centro está catalogado de dificl
desempeño si se atiende alumnos del Aula Tea, y en este caso la especialista de estos alumnos es otra persona. Se desestima.
47077754C
TOMAS BOLIVAR, MARIA
47053882E
CANTOS ESTEBAN, HELENA
Desestimada
Reclama apartado 1.1.1
Revisada la documentación del apartado 1.1.1 y según el Anexo II de la Convocatoria, se considera como centro desde el que se participa
en el concurso, aquel a cuya plantilla pertenezca el aspirante con destino definitivo, o en el que se esté adscrito, el CEIP CERVANTES de
Tobarra es una adscripción definitiva, por lo tanto, se desestima la reclamación.
05170702A
GOMEZ MARTINEZ, CARMEN AMPARO
Estimada
Reclama apartado 1.1.3
Revisada la documentación, se rectifica el apartado 1.1.3 de dificil desempeño. Se estima la reclamación.
47070106P
FERNANDEZ PEÑARRUBIA, MARIA ESPERANZ Desestimada
El 17/11/2014, la Comisión para la Adquisición de nuevas Especialidades emite Resolución por la que se concede, con carácter
provisional, la especialidad en Lengua Extranjera: Inglés, a la reclamante; y se le remite certificado de habilitación para facilitar su
participación en el CGT. Durante el plazo de 10 días señalado para alegaciones y/o reclamaciones se comprueba que no reúne los
requisitos para la adquisición de dicha especialidad, por lo que se emite Resolución Definitiva, con fecha 20 de noviembre, denegando la
habilitación en la misma; y se contacta telefónicamente con la interesada, para evitar la posible exclusión de plazas de la especialidad
para la que no está habilitada. Se remite, asimismo copia de la Resolución definitiva por correo, con acuse de recibo que, tras varios
intentos infructuosos, es recogida en dicho Centro al que figura adscrita en este curso, con fecha 8 de enero de 2015.
74509656Y
CALERO GIL, EVA MARIA
Estimada
Reclama apartado 4.2, 4.3, 5.1 y 5.2.
Revisada la documentación se estima la reclamación por error de grabación. Se procede a su rectificación.
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 5.1 revisado este apartado la comisión de valoración considera que como optó por ampliación de méritos desde el
14 de febrero de 2014 no está dentro de fecha. Se desestima.
Reclama apartado 6.5. Convocatorias miembros tribunal. Se desestima ya que la documentación no se presentó en el plazo que fija la
Convocatoria.
Reclama 6.6. Años tutor. Revisada la documentacion de oficio, se observa que en el punto 4.3 Funciones docentes: (coordinador, tutor...)
tiene el máximo (5 puntos) por lo que se le cuenta un año como tutora de alumnos/as de prácticas de magisterio 2011/2012. Se estima
Desestimada
Reclama apartado 4.3
Revisado el expediente desde el concurso de año 2012 donde se hizo nueva baremación, no se observa error alguno. Solicitó ampliación
de méritos en ese apartado y se suman 7 meses del año 2013-2014 y 2 meses del año 2014-2015. Se desestima.
47062640V
GARCIA TORRES, MARIA ISABEL
44392351M CALERO PALACIOS, SONIA
9/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
47050653J
TOLOSA CABALLERO, JOSE ANTONIO
Estimada
21996070C
GONZALEZ RUBIO, ROSARIO
Desestimada
44390780K
GARCIA ORTUÑO, VIOLETA
47050044W VILLODRE LOPEZ, ELENA
47060602A
MORALEDA CELAYA, ISABEL
Respuesta
Reclama apartado 4.1 y 4.2.
En el apartado 4.1 se cuentan 3 años y 7 meses. Se rectifica
En el apartado 4.2 se cuentan 2 meses. Se rectifica.
Reclama el apartado 6.2, revisado este apartado por la comisión de valoración considera que como opta por ampliación de méritos
desde el 14 de febrero de 2014 queda fuera de fecha. Se desestima.
Desestimada
Reclama apartado 1.1.3 Difícil desempeño
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el CRA LOS OLIVOS de Villapalacios, centro calificado como de especial
dificultad desde el 22/09/2006. Se contabiliza el periodo desde esa fecha hasta el día en que pasa a la situación de excedencia por
cuidado de hijo, y de conformidad con las bases de la convocatoria "no se computará a estos efectos el tiempo que haya permanecido
fuera del centro en situación de servicios especiales, comisión de servicios, licencias por estudios o en supuestos análogos que supongan
que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. SE DESESTIMA
Estimada
Reclama el apartado 6.1. revisado este apartado se procede a su rectificación correspondiéndole 0.1 puntos.
Desestimada
Reclama apartado 1.1.3 de difícil desempeño.
El epígrafe 1.1.3. se vincula a la antigüedad en el Centro (apartado 1.1.), no corresponde computar en dicho apartado los servicios
prestados con anterioridad a la toma de posesión en el último destino definitivo por lo que no se cuenta el difícil desempeño del Colegio
Publico León Felipe de Socovos. Se desestima.
74511858T
GIL GIL, VALENTINA
Desestimada
La declarante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el C.P. Nuestra Señora de Gracia de Mahora (AB), centro
que no está calificado como especial dificultad, por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de
la convocatoria, no procede asignar puntuación por el subapartado 1.1.3.; y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la
toma de posesión en el último destino definitivo.
47065881S
MARIN ROMERO, MERCEDES
Estimada
La Comisión de Baremación estima favorablemente la reclamación en el apartado 3.2.2.
74516671Y
COLLADO IBAÑEZ, ARACELI
Desestimada
En el apartado 6.6., la reclamante elige por la opción C, que de conformidad con lo establecido en la base 25.5.3) de la convocatoria
supone que "Opta por los méritos perfeccionados desde el 15/02/2014 en este apartado (ampliación de méritos)" , por tanto la
puntuación es 0. En cuanto al punto 6.2. la Comisión de Baremación la desestima ya que optó por la ampliación de méritos. Fuera de
fecha.
ESTIMADA: La declarante participa en el concurso desde su primer destino definitivo en el C.R.A. Rio Mundo de Agramon (Ab), en el que
tomó posesión el 01/09/1996 y nosotros solo le hemos tenido en cuenta desde el 01/09/2009, por lo que tiene razón en su
reclamanción. Le corresponde 18 años y 2 meses.
La declante está desde el 01/09/2014 como itinerante en el C.P. Ramon y Cajal (Tazona) y en el C.P. León Felipe (Socovos), por lo que le
corresponden otros 2 meses en el punto 1.1.3.. En cuanto al punto 6.2. la Comisión de Baremación estima favorablemente la
reclamación.
07549913W TORNERO HOYOS, MERCEDES
Estimada
52759332T
GOMEZ HERNANDEZ, ANA LUISA
Estimada
52759333R
GOMEZ HERNANDEZ, MARIA ROSARIO
Estimada
La Comisión de Baremación estima favorablemente la reclamación en el apartado 6.2. Le corresponde 1 punto.
Desestimada
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el CEIP San Pablo (Albacete), centro calificado como de especial
dificultad desde el 01/08/2008. Se contabiliza el periodo en el centro desde 01/09/2008 hasta el 24/11/2014, pero de acuerdo con lo
establecido en las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que
supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que
expresamente se señalan como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del
apartado 1, del Anexo II de la convocatoria. Por tanto no se le computan 3 años y 4 meses. Le corresponden 2 años y 10 meses en el
apartado 1.1.3.
05197265R
SOTELO YAÑEZ, MARIA CONSUELO
10/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
07567135C
Apellidos y Nombre
NAHARRO GONZALEZ, INMACULADA
Estado
Desestimada
Respuesta
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el C.R.A Los Molinos (Higuerüela), centro calificado como de especial
dificultad, desde el 22/09/2006. Se contabiliza el periodo en el centro desde 01/09/2007, hasta el 24/11/2014 ,de acuerdo con lo
establecido en las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que
supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que
expresamente se señalan como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del
apartado 1, del Anexo II de la convocatoria. Por tanto no se computan 4 meses. Le corresponden 6 años y 10 meses en el apartado 1.1.3.
1.1.3.-Según la Disposición Complementaria del Anexo II de la Convocatoria, cuando se participa desde el destino definitivo, la especial
dificultad se cuenta desde este momento, en este caso los Centro de Especial Dificultad que reclama están desempeñados antes de su
destino definitivo.
4.3.-Estimado, se le corrige y se pone 6 cursos de tutorias, coordinaciones etc.
5.1 donde pone 537 debe de poner 600
6.2 debe de poner 0.25
47086832J
LOPEZ GARCIA, JESUS
Estimada Parcialmente
05146763F
ATIENZAR FUENTES, FRANCISCO J.
Estimada
47080590G
GARRIDO GONZALEZ, MARIA PILAR
Estimada
debe de poner 0.25
44385395H
GARCIA RODRIGUEZ, JUAN DAVID
Estimada
Estimada, donde pone 8 años 2 meses, se corrige y son 9 años y 2 meses.
Desestimada
De acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en
situaciones que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre
los que expresamente se señalan como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación
final del apartado 1, del Anexo II de la convocatoria, la reclamante ha estado en situación de excedencia por cuidado de hijo 6 meses y
20 dias los cuales no se computan en el apartado 1.1.3. Con respecto al tiempo que estuvo en Ntra. Sr. de la Asunción de Letur, no se
barema porque la reclamante parte de su destino definitivo en el CRa los Molinos, con lo cual no se barema el Centro anterior al destino
definitivo, de todas formas el Centro Ntra. Sra. de la Asunción de Letur empezó a ser de dificil desempeño el 01/09/2012 época en la que
la reclamante ya no prestaba servicios en el mismo.
47065380C
47063803F
SEMPERE ALCOCEL, CANDIDA
MORENO MADRONA, ELENA
47059589W GOMEZ BONAL, NICOLAS
18956175N
IZQUIERDO GARCIA, DIEGO
Estimada Parcialmente
Desestimada
Desestimada
1.1.3. El dificil desempeño del Centro CRA Pinares de la Manchuela lo desempeña antes del destino definitivo por lo que no procede
baemarlo ya que segun la Disposición Complementaria del Anexo II de la Convocatoria cuando se participa desde el destino definitivo se
cuenta la Especial Dificultad a partir de entonces.
1.2.1. estimada donde pone 5 años y 2 meses debe de poner 6 años y 2 meses
La Comision desestima la peticion del interesado al no reunir los requisitos exigidos en el Anexo II de la convocatoria por no tener
carácter científico.
El reclamante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el CRA Los Olivos de Villapalacios (Albacete), centro
calificado como de especial dificultad, y desde el que se vincula la antigüedad en el centro en el apartado 1.1.1, por lo que, de acuerdo
con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no procede contabilizar los servicios prestados con
anterioridad a la toma de posesión en el ultimo destino definitivo, cuando era provisional.
11/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
Estimada Parcialmente
La Comisión valora en el apartado 3.2.2 la presentación de la segunda diplomatura y que no fué valorada en su día, por lo que es estima
este apartado.
En el apartado 5.1 se vuelve a baremar las actividades de formación superadas otorgándole un total de 572 horas, por lo que se estiman
sus pretensiones.
En el apartado 6.3. se desestima la petición del interesado al no presentar una certificación válida, de acuerdo a las bases de la
convocatoria y, adjuntar nueva documentación fuera del plazo establecido para ello.
Desestimada
El reclamante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el CEIP Pablo Picasso de Bonete (Albacete), centro que
no está calificado como de especial dificultad, por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Segunda de la convocatoria, no
procede asignar puntuación en el subapartado 1.1.3. y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en
el último destino definitivo.
44383539W BAUTISTA SALMERON, CARINA
Desestimada
La reclamante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el CEIP Tomás Navarro Tomás de La Roda (Albacete),
centro calificado como de especial dificultad durante dos años (01/09/2012 a 31/08/2014, en que pierde dicha catologación)
valorándosele en el baremo los dos años completos como de dificil desempeño en el aparatado 1.1.3. y desde el que se vincula la
antigüedad en el centro en el apartado 1.1.1, no pudiendose contabilizar los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión
en el ultimo destino definitivo, y cuando era funcionario en practicas en el CEE Cruz de Mayo de Hellín (año 2001/2002, según consta en
hoja de servicios y no en el 2002/2003 que ella señala), por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Segunda de la
convocatoria no procede asignar mas puntuación en el apartado 1.1.3., y no se computaran los servicios prestados con anterioridad a la
toma de posesión en el último destino definitivo.
47082238L
LOPEZ CORTIJO, MARIA AMPARO
Desestimada
En el apartado 4.3, 4.2,....en caso que se hayan desempeñado varios cargos simultaneos, no podrá acumularse la puntuación,en su caso
coincididen simultaneamente el desempeño del cargo de secretaria con el de coordinadora de riesgos laborales, se le ha valorado el de
secretaria que es el más ventajoso para usted.
47088881S
FERNANDEZ GARRIDO, CRISTINA
Desestimada
Puntuación correcta en el punto 1.1.3, funcionaria de carrera en especial dificultad, la puntuación corresponde al ultimo destino
definitivo en el Concurso de traslados, con destino en el CRA Rio Taibilla.
44387128A
MORENO SANCHEZ, ANA MARIA
Estimada
revisado el baremo se le suman: en el apartado 3.2.2 dos puntos y en el apartado 6.2 0.25 puntos
47060532W OLMEDA BRULL, CIPRIANO
47059057E
TOBOSO RUESCAS, DANIEL
44387128A
MORENO SANCHEZ, ANA MARIA
Estimada Parcialmente
Se le estima la reclamación de los puntos 1.1.1 y 1.1.2, al haberse producido un error en la grabación. Se desestima la reclamación del
punto 1.2.1, cuando se participa desde la situación de provisionalidad por haber suprimido una plaza,se considera como centro desde el
que participa el ultimo servido con caracter definitivo, al que se acumulan los servicios prestados como definitivo en el centro
inmediatamente anterior.
47068046H
MARTINEZ TORRENTE, ENRIQUE
Desestimada
Se considera como Centro desde el que se participa con destino definitivo, y este es el Ceip S. Agustin de Casas Ibañez, clasificado de
especial dificultad desde el 01/09/ 2012 hasta el 31/08/2014, año que pierde la catalogación, siendo correcta la puntuación otorgada en
el apartado 1.1.3, de dos años como funcionario de carrera en centros catalogados de especial dificultad.
47077502K
ARENAS BLAZQUEZ, RAQUEL
Desestimada
No se puede valorar el apartado 6.1 porque no cumple los requisitos
47084406W MONTEAGUDO CORDOBA, MARIA REYES
Estimada
Se ha producido un error en la grabación, subsanando el punto 1.2.1, se le añaden dos meses tal y como figura en la hoja de servicio,
cuatro años y dos meses como funcionaria de carrera.
47085069K
Estimada
Se le barema al aportar la titulación requerida.
FERNANDEZ AGUILAR, CLARA
12/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
07558176P
CANTOS VILA, DAVID
Desestimada
De acuerdo con las bases del C.G.T, para asignarle una puntuación en el 3.3.C, es necesario la cerificación de la Escuela Oficial de Idiomas.
47086519E
HIDALGO IÑIGUEZ, NURIA
Estimada Parcialmente
Se le reconoce en el apartado 3.3 el nivel B1 de Ingles, y en el apartado 6.2 en proyectos de innovación 0.25.
47086519E
HIDALGO IÑIGUEZ, NURIA
Estimada
Error de grabacion en los dos meses del curso 2014/2015 en el CRA de la Manchuela
44387942N
JUNCOS BERLANGA, MARIA JULIA
Desestimada
Se considera como centro desde el que participa con destino definitivo, siendo este el CRA los Pinares de la Manchuela. Se corrige error
en la grabación, se le descuenta a los 8 años y 2 meses, los cinco meses pue permaneción en excedencia por cuidado de hijo,segun
instrucciones de la Dirección General.
47054048G
FERNANDEZ GARCIA, SONIA
Estimada
Se comprueba que se ha producido de un error material al efectuar la grabación, y se subsana.
47057763Q
CLEMENTE GARCIA, MARIA GLORIA
Estimada
Revisada la documentación se estima la reclamación.
44397838H
JIMENEZ CASTILLO, ANA BELEN
Desestimada
La reclamante participa con destino definitivo en el CEIP Pablo Picasso, centro que no está calificado como de especial dificultad, por lo
que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no procede asignar puntuación por el
subapartado 1.1.3.; y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en el último destino definitivo.
Desestimada
La interesada participa desde la situación de provisional por supresión de destino definitivo, por lo que, tal como se establece en las
bases de la convocatoria, se computa en el apartado 1.1.1 desde la fecha de toma de posesión en el destinto definitivo anterior al que
fue suprimido (01/09/2003) hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes; sin que corresponda contabilizar el
año con destino provisional anterior a su primer destino y que le fue contado, por error, el año pasado. Por otra parte, desde la
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso anterior han transcurrido 9 meses (de 14/02/2014 a
24/11/2014), no un año, como alega la reclamante.
Desestimada
En el apartado 5, la reclamante elige por la opción C, que de conformidad con lo establecido en la base 25.5.3) de la convocatoria supone
que "Opta por los méritos perfeccionados desde el 15/02/2014 en este apartado (ampliación de méritos)" y los certificados relativos a la
adquisición de las dos nuevas especialidades tienen fecha de 14 de noviembre de 2001 -adquisición de la especialidad de Educación
Infantil con fecha 16/08/1994- y 28 de octubre de 2003 -adquisición de la especialidad de Pedagogía Terapeútica de 3/10/2003- siendo,
por tanto, méritos perfeccionados en fechas anteriores al límite señalado (15/02/2014), y que sólo podrían ser baremados en esta
convocatoria si la interesada hubiera optado por una nueva valoración (Opción B) en este apartado.
Por lo que se refiere al apartado 6.1. la Comisión desestima la reclamación, al entender que el apartado se baremó correctamente.
Desestimada
Advertido error en su hoja de servicios, en la que aparecían períodos de tiempo duplicados, en las fechas en que la reclamante estuvo
destinada en el CEIP José María del Moral, de Tomelloso, se subsana dicho error y se computa en el apartado 1.2.1 la antigüedad que
realmente le corresponde, desde 1-09-2002 a 24-11-2014: 12 años y 2 meses (en vez de 14 años y 7 meses que le fueron computaron en
la anterior convocatoria) y en el apartado 4.2. desde 01-07-2004 al 31-08-2007, período en que ejerció la Jefatura de Estudios en el CEIP
José Mª del Moral: 3 años y 2 meses (en vez de 5 años y 2 meses, que le fueron computados en la anterior convocatoria). A los que se
añaden, de acuerdo con la opción señalada por la interesada ("C. méritos perfeccionados desde el 14/02/2014") los méritos que alega y
documenta con posterioridad a la fecha aludida.
44395880S
05160610P
44385952T
RUANO CRUZADO, MARIA BELEN
SANCHEZ NAVALON, BELEN
MURCIA GALLEGO, ROCIO
13/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
Respuesta
44395726E
SANCHEZ DESCALZO, MARIA PILAR
Desestimada
La reclamante solicita la valoración de su participación en Ponencias (1 hora), y de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la
convocatoria, no se puntuarán las actividades de formación impartidas cuando el número de horas sea inferiores a 3. Por lo que se
refiere a las publicaciones, la Comisión estima que las mismas no cumplen los requisitos que señala el apartado 6.1. del aludido Anexo II.
07566983Y
BAUTISTA SAHUQUILLO, DIEGO
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 4.1, revisado este apartado la comisión de valoración considera que no presenta titulación de la Escuela Oficial de
Idiomas. Se desestima.
Reclama el apartado 4.1, revisado este apartado se prodece a su rectificación correspondiendole 9 años, 4 meses de director.
05196512F
RODRIGUEZ BLAZQUEZ, EULOGIA
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 4.3 se procede a su rectificación donde figuraban 2 meses deben figurar 9 meses. Se rectifica.
Reclama el apartado 6.6 segun el anexo II de la convocatoria por los subapart. 4.1, 4.2, 4.3, 6.4 y 6.6 en el caso de que se haya
desempeñado simultáneamente mas de uno de estos cargos no podrá acumlarse la puntuación valorándose el que pudiera resultal más
ventajoso para el participante (no se cuenta nada en el 6.6 porque en ese periodo era tutora y ya se ha contado en el apart 4.3 ). Se
desestima.
44391867G
GABALDON RUIZ, JOSEFA
Estimada
Reclama el apartado 1.1.3 revisado este apartado se procede a su rectificación le corresponde el difícil desempeño desde el Cra Rio
Mundo desde el 22-09-2006 a 31-08-2011 y el Cra Los LLanos desde el 01-09-2011 a 31-08-2012 le corresponden 5 años 11 meses. Se
rectifica.
44385463V
AZAÑA CIFUENTES, SILVIA
Estimada
Reclama el apartado 4.3, revisado este apartado se procede a su rectificación amplia 9 meses de turora no 7 meses. Se rectifica.
Desestimada
Reclama el apartado 1.1.1., según el Anexo II de la Convocatoria dice que por el primero y segundo años, se puntua 2 puntos por año, por
el tercer año se puntúa 4 puntos y por el cuarto y siguientes se puntúa 6 puntos por año (participa desde su segundo destino definitivo
desde el Cra Peñas desde el 01/09/2008 le corresponden en el 1.1.1 6 años y 2 meses). Se desestima.
Reclama el apartado 1.1.3, Según la disposición complementaria del Anexo II de la Convocatoria, el Difícil desempeño se tiene en cuenta
desde el destino definitivo desde el cual se participa en el concurso de traslados y sea calificado como tal, por lo tanto, se cuenta desde el
CRA los Almendros desde el 01-09-2013 a 24-11-2014, se cuenta 1 año 2 meses. Se desestima.
Reclama el apartado 3.2.3 Revisado este apartado por la comisión de valoración considera que falta el título de acceso al cuerpo. Se
desestima.
Reclama el apartado 6.2 Revisado este apartado se procede a su rectificación correspondiéndole 1.50 puntos.
44383588M JAEN LOPEZ, EMILIO JAVIER
74512633Q
CUESTA GARCIA, MARTINA VICTORIA
Inicial
47072580K
GARCIA DE LA TORRE, MARIA NIEVES
Estimada
24301503W HUERCIO PALLARDO, AMPARO
Desestimada
Reclama el apartado 1.2.1. Se procede a su rectificación correspondiendole 4 años, 2 meses. Se rectifica.
Reclama el apartado 4.3, se procede a su rectificación correspondiendole 9 meses mas. Se rectifica.
Reclama el apartado 4.3. La participante opta en el apartado 4 por ampliar méritos desde el 15 de febrero de 2014 como el año pasado
febrero no se contó, amplia 9 meses de coordinadora de ciclo. Se desestima.
34800389D
SANCHEZ JACOBE, AMALIA
Estimada Parcialmente
Reclama el apartado 1.1.3 Según la disposición complementaria del Anexo II de la Convocatoria, el Difícil desempeño se tiene en cuenta
desde el destino definitivo desde el cual se participa en el concurso de traslados y sea calificado como tal, por lo tanto, se cuenta desde el
Cra de Yeste que es su destino definitivo desde el 01/09/2012 hasta el 24/11/2014 lo anterior no se cuenta porque participa desde un
destino definitivo, (2 años y 2 meses). Se desestima.
Reclama el apartado 4.2 Revisado este apartado se procede a su rectificación, correspondiendole 3 años y 10 meses. Se rectifica.
44390138T
PEREZ ALBEROLA, DAVID
Desestimada
Según la disposición complementaria del Anexo II de la Convocatoria, el Difícil desempeño se tiene en cuenta desde el destino definitivo
desde el cual se participa en el concurso de traslados y sea calificado como tal, por lo tanto, se cuenta desde el Cra Rio Taibilla de Nerpio
desde el 01-09-2011 hasta el 24/11/2014 (3 años y 2 meses). Se desestima.
14/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
Apellidos y Nombre
Estado
47063600B
VILLAR GOMEZ, MARTA
Desestimada
07564833H
MEDINA GIMENEZ, MARIA ELENA
Estimada
Respuesta
En este apartado la reclamante opta por la opción A, que es el mantenimento de la puntuacion en el anterior C.G.T, comprobada la
puntuación otorgada en el Concurso anterior es 0,00, la misma que obtiene en el actual Concurso al optar por la opcion A
"mantenimiento de la puntuación"
Se le tiene en cuenta la toma de posesión del cargo de directora desde el 01/07/2014 hasta la fecha de convocatoria del C.G.T, en total 4
meses.
47080238C
GOMEZ BERRUGA, MARTA
Actuación de oficio
Se rectifica de oficio la valoración correspondiente al apartado 1.1.3, en que se había computado, indebidamente, el tiempo prestado en
Centro calificado como de especial dificultad con anterioridad a la fecha de toma de posesión de su primer destino definitivo (suprimido),
asi mismo se quitan los dos meses pertenecientes al curso 2014/2015 por haber perdido la catalogación de dificil desempeño el CEIP
"Leon Felipe".
07566287T
ARAGON ATENCIA, JUAN
Desestimada
La Comisión ha valorado que no se admite documementación nueva fuera de plazo.
Desestimada
La reclamante participa desde el primer destino definitivo tras la supresión del anterior destino definitivo, por lo que se computa en este
apartado el tiempo efectivamente desempeñado en puesto calificado como de especial dificultad. De acuerdo con las bases de la
convocatoria, no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay desempeño
efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan como
computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II de la
convocatoria. Por lo que se computan 4 años, 9 meses y 11 días en el CRA Almenera, y 2 meses y 24 días en el CEE Eloy Camino, que
totalizan 5 años y 5 días.
47062628M MONDEJAR GONZALEZ, ANA ISABEL
44388863J
REDONDO CARRILERO, EMILIA
Desestimada
La reclamante aporta extracto de formación en el que aparece un total de 633 horas de formación; sin que desglosar las superadas, cuya
valoración se realiza en el apartado 5.1., de las impartidas cuya valoración se computa en el 5.2.. Revisada la valoración efectuada en su
momento, la Comisión desestima la reclamación entendiendo correctamente baremada el apartado relativo a formación y
perfeccionamiento.
44380616T
ALFARO GALLEGO, MARIA DOLORES
Estimada
Se comprueba que se trata de un error material al efectuar la grabación datos y se subsana.
Desestimada
Respecto al apartado 3.2.1., de acuerdo con el Anexo II de las bases de la convocatoria, serán computables las titulaciones que no
hubieran sido exigidas para el ingreso en el cuerpo desde el que participa, y dado que la reclamante no presenta el título de acceso al
cuerpo, la Comisión entiende que no es posible constatar que no se trata de la misma titulación por la que accedió. Respecto a la
participación como soprano en diversos conciertos, la Comisión estima que no reúne los requisitos establecidos en las especificaciones
que se contemplan en el anexo II citado.
44387400E
MARTINEZ ORTEGA, MARIA NIEVES
44267469J
AVILES AVILES, ANGELA
Desestimada
La reclamante participa desde su primer destino definitivo en el CRA de Yeste, calificado como de especial, y ha estado adscrita, desde su
toma de posesión como funcionaria de carrera, en el EAECRM Albaidel, como provisional inicialmente y en comisión de servicios desde la
obtención de destino definitivo el 01/09/2012. Dado que el cómputo en el epígrafe 1.1.3. se vincula a la antigüedad en el Centro, no
corresponde computar en este apartado los servicios prestados con anterioridad a la fecha de toma de posesión en el último destino
definitivo -no se ha contabilizado 2 años con destino provisional en el EAECRM Albaidel-.
Revisada la puntuación correspondiente al apartado 5.2., la Comisión estima correcta la baremación realización en su momento.
05916621D
BUENO MAS, LAURA CRISTINA
Estimada
El título presentado, se había valorado, por error, en el apartado 3.3.f); revisada la valoración efectuada en su día, se estima la
reclamación presentada, y se computa en el título aludido en el apartado 3.2.1, y rectifica en el apartado 3.3.f.)
15/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
07538534P
47057915F
Apellidos y Nombre
TORRES NAVARRO, FRANCISCO JOSE
PONCE MORATALLA, SONIA
Estado
Respuesta
Desestimada
El reclamante participa en el concurso como provisional, tras la supresión del puesto al que estaba adscrito con carácter definitivo (2º
destino definitivo), por lo que, de acuerdo con las bases de la convocatoria en el apartado 1.1.1. se ha de valorar desde la toma de
posesión en el destino definitivo inmediatamente anterior al puesto suprimido (01/09/2007), hasta el 24/11/2014 que suponen un total
de 7 años y 2 meses. La mayor puntuación obtenida en la anterior convocatoria se debe a que, por error, se valoró como primer destino
defintivo el desempeñado con carácter provisional durante el curso 2006-07 computándose un año más de los que le correspondiía en
este apartado.
Estimada
La reclamante participa con destino provisional, por supresión del puesto al que estaba adscrita con destino definitivo, y le corresponde
la valoración del difícil desempeño durante los siguientes períodos: 11 meses y 8 días en CRA Villalgordo-Fuensanta; 1 año en el CEE Eloy
Camino; 2 años en IES Tomás Navarro Tomás, 1 año, 2 meses y 24 días en IES Andrés de Vandelvira; que totalizan 6 años y 2 meses.
Comprobado el error de cálculo, se subsana.
44399998Q
GUERRERO SANCHEZ, MARIA DE RUS
Estimada Parcialmente
La reclamante participa desde la situación de destino definito en el CEIP Nuestra Señora del Rosario, de Hellín, centro que no está
calificado como de especial dificultad, por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la
convocatoria, no procede asignar puntuación por el subapartado 1.1.3.; y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la
toma de posesión en el último destino definitivo.
En los apartado 6.1 y 6.2, una vez revisada la documentación aportada realiza nueva valoración subsanando el error.
47056836D
SIERRA GOMEZ, ELENA
Desestimada
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el CRA Camino de Anibal, centro calificado como de especial dificultad, y
dado que el epígrafe 1.1.3. se vincula a la antigüedad en dicho Centro, sólo corresponde contabilizar en este apartado los servicios
prestados desde la fecha de la toma de posesión en el último destino definitivo y no los prestados con anterioridad.
44380517Q
CALDERON SORIANO, MARIA LLANOS
Desestimada
La Comisión no estima su pretensión al considerar dicho premio un reconocimiento o mención pero no valorable en el apartado 6.2
sobre premios de ámbito autonómico, nacional o internacional covocados por el Ministerio de Educacion o por las Administraciones
Educativas.
Desestimada
La reclamante participa en el concurso desde la situación de destino definitivo en el CEIP León Felipe de Socovos (Albacete), -centro que
está calificado como de especial dificultad hasta el 31/08/2014, en que pierde dicha catalogación-, por lo que, de acuerdo con lo
establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria y dado que el epígrafe 1.1.3. se vincula a la antigüedad en el
centro, no es posible contabilizar los servicios prestados con anterioridad (siendo provisional) a la toma de posesión en el último destino
definitivo; tampoco se valoran los dos ultimos meses del CEIP León Felipe, que perdió su catalogación de especial dificultad a partir del
31 de agosto de 2014.
Estimada
Se comprueba que en la documentación existente en el expediente de la reclamante (Resolución de toma de posesión de 01/09/2001) la
causa de adscripción al CEIP Cristóbal Valera es "Adscripción Provisional (salvo reingreso)" y que no figura en la Resolución del Concurso
de traslados correspondiente al año indicado, por lo que se corrige el error en su hoja de servicios y se rectifica el apartado de
antigüedad en el Centro. Por lo que se refiere a la baremación del apartado 3.3.c), se trata de un error material al efectuar la grabación y
se subsana.
44378709W RUIZ JIMENEZ, MARIA CARMEN
Estimada Parcialmente
Revisada la documentación aportada en su día, la Comisión estima que las publicaciones no reúnen los requisitos establecidos en el
Anexo II de las bases de la convocatoria (apartado 6.1.), y, advertidio error en la valoración del apartado 6.2., se rectifica.
47062980N
Desestimada
De acuerdo con lo establecido en el Anexo II de las bases de la convocatoria se valorarán las titulaciones de enseñanzas en régimen
especial "otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas", y los certificados que aporta son de la Universidad de Cambridge.
74518536P
52759676E
CUARTERO ALMENDROS, LOURDES
PEÑA LORENTE, MARIA ADELA
CHACON CIFUENTES, VANESSA
16/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
47085453Z
Apellidos y Nombre
GOMEZ CEBRIAN, JOSE ANGEL
Estado
Respuesta
Desestimada
El reclamante participa desde la situación de destino definito en el CRA Calar del Mundo, desde el 01/09/2012, centro calificado como de
especial dificultad, y le ha sido valorado el tiempo efectivamente desempeñado en el mismo; no se ha computado el prestado en el curso
2010-2011, dado que el epigrafe 1.1.3. se vincula a la antigüedad en el centro (apartado 1.1.) no corresponde computar en este apartado
los servicios prestados con anterioridad a la fecha de toma de posesión en el último destino definitivo.
47066621L
LAMBEA JIMENEZ, PATRICIA
Desestimada
La reclamante participa en el concurso con destino definitivo en el CRA Camino de Anibal, centro calificado como de especial dificultad,
en situación de excedencia por cuidado de hijo, período que se excluye ya que,de acuerdo con lo establecido en las bases de la
convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay desempeño
efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan como
computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II de la
convocatoria. Dicho criterio se aplica, igualmente, al cómputo de los méritos referidos al apartado 4.3.
47058835F
MARTINEZ ARNEDO, MARIA CONSUELO
Estimada
Revisada la documentación aportada en su momento, la Comisión estima la reclamación, valorando el mérito alegado.
Desestimada
El reclamante participa desde la situación de destino definito en el CEIP Martínez Parras, de Lietor,centro que no está calificado como de
especial dificultada, , por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no
procede asignar puntuación por el subapartado 1.1.3.; y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión
en el último destino definitivo.
En el apartado 4.3. no se contabilizan las funciones de coordinador de ciclo ya que coinciden con fechas en que desempeña el cargo de
Jefe de Estudios - apartado 4.2. (curso 2012-13) y Director (inicio del curso 2014-15), y tal como establecen las bases de la convocatoria,
en el caso de que se haya desempeñado simultáneamente más de uno de estos cargos o funciones, no podrá acumularse la puntuación,
valorándose el que pudiera resultar más ventajoso para el concursante.
48530741M GRAS MADRIGAL, MARIA
Desestimada
La reclamante participa en el concurso con destino provisional (que nunca ha obtenido destino definitivo), por lo que se computa el
tiempo de servicios efectivamente prestados en centros calificados como de especial dificultad, excluyendo,el tiempo de permanencia en
situación de excedencia por cuidado de hijo (6 meses y 23 días), ya que,de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria no
se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en situaciones que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto
de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan como computables en la situación
de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II de la convocatoria. Dicho criterio se
aplica, igualmente, al cómputo de los méritos referidos al apartado 4.3.
74503376M MORA FUSTEL, EUFEMIA
Estimada
07564496A
DIAZ GARCIA-CONSUEGRA, ANGEL
Estimada
47084196E
GARCIA ANGULO, MARIA INMACULADA
Estimada
44396369K
RODENAS GONZALEZ, MERCEDES
Estimada
44377178N
ABELLAN MARTINEZ, JOSE MARIA
ESTIMADA: Por error material en la grabación del baremo no se le ha tenido en cuenta el tiempo realmente desempeñado como
funcionario de carrera, en el 1.1.1. y le corresponden 19 años y 2 meses.
ESTIMADA. Por error en la hoja de servicios se grabaron 3 años en el punto 4.2. , una vez modificada la hoja de servicios le corresponden
4 años.
La Comisión de Baremación estima favorablemente la reclamación en el apartado 5.1.. Además rectifica de oficio los puntos 3.1.4. y el
6.2.
Se graba titulo de grado
17/18
CGT maestros 2014. Reclamaciones Baremo Provisional
Dni
44383455X
53438526G
Apellidos y Nombre
LERMA TOBARRA, CONCEPCION
GREGORIO DONATE, LAURA
Estado
Respuesta
Desestimada
de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido fuera del centro en
situaciones que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el subapartado 1.1.3 entre
los que expresamente se señalan como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre otras, en la especificación
final del apartado 1, del Anexo II de la convocatoria (no se le cuentan 4 meses 20 dias que estuvo en situación de excedencia por
cuidado de hijo)
Desestimada
1.1.2. participa en el concurso desde una adjudicacion provisional después de suprimírsele su segundo destino definitivo, por lo cual se le
barema desde su primer destino definitivo. Solo se valora en el apartado 1.1.2 cuando no hubiera desempeñado otro destino definitivo
distinto del suprimido según el anexo II de la Convocatoria.
1.1.3. se cuenta la Especial Dificultad desde su primer Destino Definitivo al habersele suprimido el segundo Destino Definitivo, el tiempo
que estuvo provisional antes de este no se tiene en cuenta, al igual que en el punto anterior.
06250345A
LOPEZ ROPERO, MARIA JOSE
Desestimada
Apartado 1.1.3- y 4.3 .-de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria no se computará el tiempo que haya permanecido
fuera del centro en situaciones que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo. Por otra parte, no se incluye el
subapartado 1.1.3 entre los que expresamente se señalan como computables en la situación de excedencia por cuidado de hijo, entre
otras, en la especificación final del apartado 1, del Anexo II de la convocatoria.
en el apartado 4.3 se le lan baremado los 7 meses que ha estado ejerciendo la tutoria en el CEIP Parque Sur.
6.6.- la reclamante ha optado por la opción A (opta por la puntuación obtenida en concurso anterior).
53142374T
GARCIA BARBA, VANESSA
Estimada
se graba titulo de grado
47063557Z
COTILLAS FAJARDO, MARIA CORTES
Desestimada
La reclamante elige en su instancia la opcion C para este apartado " añade méritos" esta opción según el apartado 25.5.-3 de la
convocatoria opta por lo méritos perfeccionados desde 15/04/2014 (ampliacion de méritos), por lo que se bareman los 9 meses que ha
desempeñado esta función desde el mencionado mes. a los 3 años 4 meses de la convocatoria anterior se le suman los 9 meses y hacen
un total de 4 años y 1 mes.
05138085T
ROMERO ALFARO, PURIFICACION
Estimada
Se graban 600 horas de formación
44380456R
DIAZ-GALIANO GONZALEZ, JOSE MANUEL
Estimada
Estimada.-Se procede a incluirlo en las listas
07554338B
MARTINEZ GARCIA, ADORACION
Desestimada
La reclamante participa desde su destino definitivo en el CEIP Antón Díaz, centro que no está calificado como de especial dificultad, por
lo que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Complementaria Segunda de la convocatoria, no procede asignar puntuación por
el subapartado 1.1.3.; y no se computan los servicios prestados con anterioridad a la toma de posesión en el último destino definitivo.
18/18